LISTA DE PRELACIÓN Cláusulas de Ejemplo

LISTA DE PRELACIÓN. Se confeccionará un orden de prelación, el cual estará conformado por aquellos postulantes que hayan superado la totalidad de las etapas de selección. El ordenamiento de los mismos será en función del puntaje obtenido, con criterio decreciente. La lista de prelación final tendrá una vigencia de 24 meses, a partir de la fecha de su aprobación u homologación.
LISTA DE PRELACIÓN. La lista de Prelación que se obtenga de este Llamado servirá de base para futuras contrataciones hasta la finalización del prestamos 9331 UY – ANEP – BIRF (30 xx Xxxxx del 2027)
LISTA DE PRELACIÓN. Para los escalafones Técnico Profesional, Administrativo y de Servicios Generales se mantendrá una lista de prelación por hasta 1 (un) año a partir de la homologación del fallo correspondiente al llamado original, salvo que el Gerente de Servicios Institucionales eleve propuesta de excepción ante el Directorio, la que estará sujeta a lo que éste resuelva. Las vacantes subsiguientes, derivadas de la estructura de cargos vigente al momento de realizarse cada llamado (vacantes subsiguientes), se cubrirán con la lista de prelación referida en el inciso anterior, al mes siguiente de generadas y respetando el orden establecido en la misma.
LISTA DE PRELACIÓN. Se confeccionará un orden de prefación, el cual estará conformado por aquellos postulantes que hayan igualado o superado los 70 puntos. El ordenamiento de los mismos será en función del puntaje obtenido, con criterio descendente. Cuando existiere empate en la calificación final de dos o más postulantes del orden de prelación, se deberá proceder de la siguiente forma a efectos del desempate: Primera firma: Xxxxxxx Xxxx - 26/10/2022 Ministerio de Defensa Nacional r ONSC a) se tomará en cuenta en forma excluyente el mayor puntaje obtenido en la Etapa de evaluación de méritos y antecedentes. b) Si el empate persiste, se realizará un ordenamiento aleatorio a través del sistema informático o ante Escribano Público si lo antedicho no fuere posible. La lista de prelación final permanecerá vigente durante un plazo de 18 meses, a partir de la fecha de la Resolución de Homologación. Los Incisos, podrán utilizar por el término de 18 meses, el orden de prelación resultante, en caso de verificarse nuevas necesidades de personal que se ajusten a los perfiles concursados y cuente con los créditos suficientes.
LISTA DE PRELACIÓN. Se confeccionará un orden de prelación por localidad. El ordenamiento de los mismos será siguiendo el orden del sorteo, con criterio descendente. El mismo incluirá el porcentaje correspondiente de aquellas personas que se hayan autodefinido afrodescendientes conforme a lo estipulado en la normativa vigente. Se seleccionará por género, en aquellos lugares donde así se estipule en el punto II. Plazas, del Perfil que se anexa, siguiendo el orden de prelación. Cuando una persona se hubiere postulado a más de una localidad oportunamente, deberá optar por una de ellas a los efectos de su contratación. La lista de prelación final permanecerá vigente a partir de la fecha de la Resolución de Homologación y durante seis meses. La Unidad Ejecutora, podrá utilizar el orden de prelación resultante, siempre que en conjunto la contratación no supere los 180 días, en caso de verificarse nuevas necesidades de personal que se ajusten a los perfiles concursados y cuente con los créditos suficientes.
LISTA DE PRELACIÓN. Finalizado el concurso, aquellas personas que hayan superado los mínimos requeridos y no resulten contratadas, permanecerán en una lista de prelación en orden decreciente según el puntaje total obtenido en el concurso, que será utilizada para futuras contrataciones siempre que se generen vacantes de similares características. El integrar la lista de prelación no genera derechos a la contratación. La referida lista se mantendrá por un periodo máximo de 18 meses contados a partir de la fecha de homologación del fallo del Tribunal por parte del Directorio de la Institución. En cada contratación se procederá a designar a la primera persona de la lista referida, según el orden de prelación existente. La persona convocada y notificada del ingreso, que no acepte las condiciones del contrato, o no se presente dentro de un plazo de 30 días calendario contados desde la notificación, será eliminada de la lista de prelación en forma definitiva y se convocará a la siguiente. Apartado primero del Art. 32 de la Ley Nº 11.923 del 27 xx xxxxx de 1953: “Ninguna persona podrá ocupar a la vez dos empleos públicos rentados, ni percibir más de una remuneración con cargo a fondos públicos ya dependan de la Administración Nacional; ya de la Municipal, ya de Entes Autónomos o Servicios Descentralizados u otros servicios de naturaleza estatal creados por la acumulación de sueldos en una misma persona sea con este título o con el de dieta; gratificación, pensión, emolumento u honorario o cualquier otro título o concepto”
LISTA DE PRELACIÓN. Se confeccionará un orden de prelación, el cual estará conformado por aquellos postulantes que hayan igualado o superado los 70 puntos. El ordenamiento de los mismos será en función del puntaje obtenido, con criterio descendente. Cuando existiere empate en la calificación final de dos o más postulantes del orden de prelación, se deberá proceder de la siguiente forma a efectos del desempate: a) se tomará en cuenta en forma excluyente el mayor puntaje en la Etapa de evaluación de méritos y antecedentes. b) Si el empate persiste, se realizará un ordenamiento ante Escribano Público. La lista de prelación final permanecerá vigente durante un plazo de 18 meses, a partir de la fecha de la Resolución de Homologación.
LISTA DE PRELACIÓN. En base a este llamado, además de la selección de hasta 1 un/una Contador/a Público/a se confeccionará una lista con un orden de prelación que podrá ser utilizada en el futuro caso que la I.M considere necesario la contratación de otro/a. La remuneración que corresponda se establecerá en cada oportunidad en que se recurra a dicha lista.

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  • ORDEN DE PRELACIÓN Todos los documentos que rijan el llamado, así como los que integren el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación: a) Decreto Delegado N° 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios. b) Las disposiciones del reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16. c) Las normas que se dicten en consecuencia del citado reglamento. d) El manual de procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional que dicte la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES o las normas que dicte dicha Oficina Nacional en su carácter de órgano rector. e) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. f) El pliego de bases y condiciones particulares aplicable. g) La oferta. h) Las muestras que se hubieran acompañado. i) La adjudicación.

  • Formulario de Oferta y Lista de Precios 12.1 El Oferente presentará el Formulario de Oferta utilizando el formulario suministrado en la Sección IV, Formularios de la Oferta. Este formulario deberá ser debidamente llenado sin alterar su forma y no se aceptarán sustitutos. Todos los espacios en blanco deberán ser llenados con la información solicitada. 12.2 El Oferente presentará la Lista de Precios de los Bienes y Servicios Conexos, según corresponda a su origen y utilizando los formularios suministrados en la Sección IV, Formularios de la Oferta.

  • CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA La carta de presentación de la propuesta se diligenciará conforme al modelo contenido en el Formulario No. 1 “Carta de Presentación de la Propuesta” y será firmada por el proponente, representante legal o su apoderado, si a ello hubiere lugar. Si la propuesta es presentada por una unión temporal o consorcio, debe venir suscrita por el representante debidamente facultado en los términos xx Xxx.

  • Plazo y lugar de presentación 21.2.1 Las propuestas deberán ser presentadas dentro del plazo (fecha y hora) fijado y en el domicilio establecido en el presente DBC. 21.2.2 Las propuestas podrán ser entregadas en persona o por correo certificado (Courier). En ambos casos, el proponente es el responsable de que su propuesta sea presentada dentro el plazo establecido.

  • Lugar y plazo de presentación de ofertas Las ofertas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Villanueva del Aceral, de forma presencial solicitando cita previa según lo dispuesto en la Cláusula 5 de este documento, dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx. De esta presentación podrán los interesados exigir el correspondiente justificante, sirviendo a tal efecto copia de la documentación presentada una vez sellada en la que figure el número de entrada en registro. En el supuesto de que el día de terminación de dicho plazo fuese inhábil, se entenderá el mismo prorrogado hasta el día siguiente hábil. Igualmente, podrán presentarse proposiciones a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso el interesado deberá comunicarlo por fax o telegrama al Ayuntamiento en el mismo día en que se efectúe la imposición del envío en la oficina correspondiente, siempre que quede constancia de la recepción por estos medios. Sin cumplir este requisito, que deberá acreditar al licitador que optase por esta vía de presentación, no será admitida la proposición en el caso que fuera recibida en el Registro General del Ayuntamiento de Villanueva del Aceral fuera del plazo fijado. Un mismo licitador no podrá presentar más de una oferta por una misma parcela agrícola, individualmente o bien mediante unión temporal con otros licitadores. No obstante, podrá presentar ofertas por diferentes parcelas, sin limitación alguna en cuanto al número de parcelas a las que puede optarse. Si un licitador presentará más de una oferta para la misma parcela agrícola, ello dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él presentadas para la misma.

  • POLÍTICA DE PRIVACIDAD F2X, y sus terceros aliados o proveedores, respetan la libertad e intimidad de las personas, así como las demás garantías consagradas en la Constitución y en la ley. Como consecuencia, y en cumplimiento de la ley 1581 de 2012 y sus normas complementarias, F2X solo da tratamiento a los datos personales, que le sean debidamente autorizado por sus titulares. EL CLIENTE, por la suscripción de este documento, autoriza expresamente a F2X y las entidades que pertenezcan o llegaren a pertenecer a su Grupo Empresarial de acuerdo con la ley, sus filiales y/o subsidiarias, domiciliadas en Colombia y/o en el exterior, o a quien represente sus derechos u ostente en el futuro la calidad de cesionario, en calidad de Responsable del Tratamiento, para hacer el tratamiento de los datos personales que, como de Titular o encargado del tratamiento de los mismos, el cliente entrega y/o autoriza a F2X y sus terceros aliados o proveedores. En tal orden de ideas, con arreglo de la presente autorización, F2X y sus aliados comerciales, podrán recolectar, compilar, almacenar, usar, consultar, transferir, circular a terceros aliados, comercializar, transmitir y suprimir mis datos personales o aquellos que en calidad de titular y/o encargado le transfiero, para cualquiera de las finalidades tendientes a mantener un flujo de comunicación adecuada con una finalidad netamente comercial para la correcta prestación de nuestros servicios ofrecidos, así como también con el fin de que dichos a ENCARGADOS DEL TRATAMIENTO, ofrezcan a los CLIENTES beneficios o servicios propios de su actividad comercial, lo anterior de conformidad con las políticas de tratamiento de datos personales que se encuentran publicadas en el sitio web xxx.xxxxxxx.xxx.xx. Por lo anterior, el Cliente en cualquier momento podrá acceder a sus datos personales suministrados en su CUENTA FLYPASS y actualizarlos, rectificarlos y eliminarlos (siempre y cuando no sean esenciales para la operación normal de sistema o requeridos para el desarrollo de la relación contractual). Para efectuar consultas o solicitar la actualización, corrección o supresión de los datos, puede utilizar los siguientes canales de servicio: Correo electrónico dirigido a xxxx@xxxxxxx.xxx.xx Comunicarse telefónicamente con nosotros a nuestro PBX (000)0000000 Chat en línea a través de xxx.xxxxxxx.xxx.xx Pagina web: xxx.xxxxxxx.xxx.xx Los horarios de atención de estarán publicados en la pagina web xxx.xxxxxxx.xxx.xx Por este mismo documento se AUTORIZA EXPRESAMENTE a F2X para compartir los datos personales de los CLIENTES con los participantes del sistema de recaudo electrónico vehicular, es decir, con Concesiones, entidades financieras, redes de interconexión, sistemas públicos de administración de información y demás operadores e intermediarios del sistema de recaudo electrónico vehicular o entidades que presten servicios afiliados o complementarios al sistema FLYPASS, para que tengan acceso a la información compartida y restringida estrictamente necesaria para sus actividades específicas quienes también quedan obligadas a mantener la privacidad de la información disponible bajo los mismos parámetros y criterios de confidencialidad que mantendrá F2X. El usuario reconoce y acuerda que F2X, las entidades que pertenezcan o llegaren a pertenecer a su Grupo Empresarial de acuerdo con la ley, sus filiales y/o subsidiarias, domiciliadas en Colombia y/o en el exterior, o a quien represente sus derechos u ostente en el futuro la calidad de cesionario, sus proveedores y aliados, así como los participantes del sistema de recaudo electrónico vehicular mencionados en el párrafo anterior, pueden utilizar el TAG o pueden autorizar a cualquier otro organismo gubernamental a utilizar el TAG para recopilar información anónima sobre tránsito, viajes u otro tipo de información para la toma de datos estadísticos o comerciales.

  • Autorización de Prórrogas Siempre y cuando en el apartado de tiempo y/o condiciones de entrega de la carátula, no exista la negativa a otorgar prórrogas, previo al vencimiento de las fechas de cumplimiento estipuladas en la cláusula cuarta, a solicitud expresa de “El Proveedor”, y por caso fortuito o fuerza mayor o por causas atribuibles a “El Estado”, se podrán otorgar prórrogas para la entrega de los bienes, quedando enterado “El Proveedor” que si no cumple con el nuevo periodo de entrega “El Estado” procederá a cobrar el concepto xx xxxxx convencionales a partir de la nueva fecha pactada.

  • Lugar y plazo de presentación Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva, se presentarán, dentro del plazo señalado en el anuncio, en el Registro General del órgano de contratación indicado en el mismo. No podrán presentarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos por la indisponibilidad temporal de un sistema que cumpla con los requisitos de seguridad jurídica, garantía de integridad y confidencialidad de la información, trazabilidad y sellado de tiempo e interoperabilidad. Los plazos de presentación de las ofertas y de las solicitudes de participación se ampliarán cuando por cualquier razón los servicios dependientes del órgano de contratación no hubieran atendido, seis días antes de que finalice el plazo de presentación de ofertas, el requerimiento de información que la persona interesada hubiere formulado al menos 12 días antes del transcurso del plazo de presentación de las proposiciones o de las solicitudes de participación, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.3 de la LCSP y la citada información adicional solicitada tenga un carácter relevante a los efectos de poder formular una oferta o solicitud que sean válidas, conforme a lo estipulado en el artículo 136.2 de la LCSP. Asimismo, se ampliará el plazo de presentación de las ofertas y solicitudes de participación en el caso de que se introduzcan modificaciones significativas en los pliegos de la contratación, sin perjuicio de lo señalado en los artículos 122.1 y 124 de la LCSP. La duración de la prórroga en todo caso será proporcional a la importancia de la información solicitada por la persona interesada. Cuando las proposiciones se envíen por correo, la persona empresaria deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en las Oficinas de Correos y anunciará la remisión de su oferta al órgano de contratación, en el mismo día, mediante fax, telegrama o correo electrónico remitido al Registro General que se indique en el perfil de contratante y en el anuncio de licitación, en su caso. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.

  • PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS Indicado en el Perfil de Contratante: xxx.xxxx-xxxxxxxxxxx.xx

  • NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO El contrato que basándose en este Pliego se perfeccione, tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará en lo dispuesto específicamente en el Libro IV, Titulo II, Capítulo V de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como en las demás normas aplicables a la contratación de las Administraciones Públicas.