ETAPA DE EVALUACIÓN. 5.1.2.1 Evaluación de la documentación presentada (Curricular)
ETAPA DE EVALUACIÓN. Los factores de evaluación dentro del proceso de selección tendrán un máximo y un mínimo de puntos:
ETAPA DE EVALUACIÓN. La etapa de evaluación curricular se desarrolla de la siguiente manera:
ETAPA DE EVALUACIÓN. Los miembros del proceso de contratación procederán a la evaluación de las propuestas presentadas, según corresponda aplicando el Método de Selección descrito en la Parte IV de la presente IC.
ETAPA DE EVALUACIÓN. 6 Secretaría General Procede a publicar en el SECOP Comité evaluador 8 Procede a publicar en el SECOP Secretario General 9
ETAPA DE EVALUACIÓN. CODIGO 01: TRABAJADOR SOCIAL NOTA: La disponibilidad para viajar será tomado en cuenta en la entrevista.
ETAPA DE EVALUACIÓN. Comité evaluador ETAPA DE TRASLADO DE 8 Secretaria General 1.Traslado al informe de evaluación (5 días hábiles) Secretario General Secretaria General 9
ETAPA DE EVALUACIÓN. EVALUACIONES PESO PUNTAJE MÍNIMO PUNTAJE MÁXIMO C. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
ETAPA DE EVALUACIÓN. El Comité de Contratación procederá a la evaluación de las ofertas presentadas, aplicando el Método de Selección descrito en la parte IV del presente DCD.
ETAPA DE EVALUACIÓN. El Comité de Evaluación procederá a revisar las propuestas que hayan sido habilitadas, aplicando los formularios que correspondan, verificando el cumplimiento de lo solicitado en la convocatoria aplicando la metodología “Cumple/No Cumple” para los requerimientos mandatorios, procediendo a la calificación de los requerimientos sujetos a puntuación y emitiendo el informe de evaluación y recomendación de concertación, adjudicación o declaratoria desierta, según lo establecido en el inciso b), Artículo 13 del Reglamento de YPFB para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios Especializados en el Extranjero. En caso de evidenciarse errores aritméticos en los Formularios de la Propuesta Económica, se corregirán de la siguiente manera: Cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en numeral y literal, prevalecerá el literal. Cuando haya diferencia entre el precio unitario señalado en el Formulario B-1 y el total de un ítem que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado. Si se establece una diferencia superior al dos por ciento (2 %) entre el monto leído de la propuesta y el monto obtenido de la revisión aritmética, la propuesta será descalificada. Cuando la diferencia sea menor al dos por ciento (2%) sea positiva o negativa, se adoptará el monto real obtenido en la revisión aritmética del formulario B-1 como el monto de la propuesta.