MARCO LÓGICO Cláusulas de Ejemplo

MARCO LÓGICO. Un resumen narrativo de los objetivos del Programa, los indicadores de desempeño de su ejecución, los respectivos medios de verificación y supuestos se encuentran en el Apéndice Unico de este Anexo. COSTOS TOTALES DEL PROGRAMA ( en miles de U$$ equivalente) BID/CO APORTE TOTAL %TOTAL LOCAL 1. Administración 600 300 900 7.2% 1.1 Unidad Coordinadora del Proyecto 600 300 900 7.2% 2. Costos Directos 8,830 550 9,380 75.0%
MARCO LÓGICO. A continuación, se presenta la matriz de marco lógico para el proyecto “Implementación de infraestructura y equipamiento para la comercialización de productos artesanales en Imbabura”, cuyo formato sugerido por el Gobierno Provincial de Imbabura, contiene por un lado objetivo general y específico, resultados y actividades y por otro lado: indicadores base, indicador meta, medios de verificación y supuestos, tal como se describe en la siguiente Tabla: Tabla 2: Matriz de Xxxxx Xxxxxx OBJETIVO GENERAL INDICADOR BASE INDICADOR META MEDIOS DE VERIFICACION SUPUESTOS Mejorar los ingresos económicos de los pequeños y medianos productores artesanales de la provincia de Imbabura El ingreso anual promedio de un artesano es de USD 4.000,00 Al 2027 se mejoran los ingresos económicos de los pequeños y medianos productores artesanales, en al menos un 25%. Informe de la evaluación de medio término y final de la agenda productiva de Imbabura Existen recursos financieros provinciales y disposición de actores públicos, privados y cooperación internacional para financiar el proyecto. Disponer de un sistema de centros de comercialización de productos artesanales con infraestructura y equipamiento en la provincia de Imbabura Actualmente no se dispone de un sistema de centros de comercialización masiva para los artesanos de los 6 cantones de la provincia. Al 2024 se cuenta con un sistema de centros de ventas y comercialización de artesanías en la provincia de Imbabura. Informe de la evaluación de medio término y final del proyecto Existen recursos financieros provinciales y disposición de actores públicos, privados y cooperación internacional para financiar el proyecto. 1. Construido e implementado un centro de comercialización de productos artesanales en el espacio con comodato que dispone el MAG en la parroquia urbana Xx Xxxxxxxx xx Xxxxxx, de la provincia de Imbabura. Los productores de artesanías de la provincia de Imbabura no disponen de un espacio con infraestructura y equipamiento adecuado para la promoción y comercialización de sus productos A partir del año 2024, al menos 200 productores de artesanías dispondrán de un espacio para exhibición, servicios y ventas de sus productos. - Un informe del diseño del centro de comercialización. - Acta de entrega recepción de la construcción - Actas de entrega - recepción del equipamiento Existe buen apoyo institucional por parte del Estado y se tiene una alta participación de las organizaciones y productores artesanales de la prov...
MARCO LÓGICO. Marco lógico en el que se reflejen las consideraciones descritas en los puntos 1-3 (véase el Manual de Gestión del Ciclo de Proyecto, que se puede consultar a través de la página dedicada a la Gestión del Ciclo del Proyecto en la siguiente dirección: xxxx://xxxxxx.xx.xxx/xxxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxx/xxx.xxx)
MARCO LÓGICO. MATRIZ DE MARCO LÓGICO DEL PROYECTO
MARCO LÓGICO. Cumplimente el anexo C de la Guía para los solicitantes8.
MARCO LÓGICO. Título APOYO A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA NUEVA AGENDA URBANA EN EXTREMADURA Objetivo general Fortalecer las capacidades de los socios de la Nueva Agenda Urbana, con el fin de que puedan responder a las oportunidades y desafíos de la urbanización sostenible, en el contexto de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y la Nueva Agenda Urbana Resultado esperado Actividad Indicador de cumplimiento Meta Fuente de validación Método recolección RE.1: Conocimiento especializado generado y capacidades de gobiernos y otros actores fortalecido para el desarrollo de ciudades y otros asentamientos humanos más inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles, que fomenten el desarrollo urbano sostenible en el contexto de la Agenda de Desarrollo 2030 y la Nueva Agenda Urbana Acompañamiento en la organización de sesiones y/o talleres temáticos relacionados con implementación de la Agenda Urbana en España Informe de actividad 1 Oficina de ONU- Habitat en España y unidades de ONU- Habitat relacionadas Participantes en eventos Minutas Informes de justificación Informes de misiones Boletines y materiales de difusión Notas de prensa Entrevistas Revisión de documentación Organización de un Encuentro de Grupos de Expertos (EGM) virtual evento global realizado 1 RE2: Fortalecidas las alianzas y colaboraciones con redes de gobiernos locales y otros socios de la Nueva Agenda Urbana mediante la incidencia, divulgación, sensibilización y soporte de los esfuerzos de movilización en el proceso de implementación local de la Nueva Agenda Urbana y la Agenda de Desarrollo 2030 Apoyo a la organización de actividades y eventos de incidencia relativos al Desarrollo Urbano Sostenible y las agendas urbanas evento realizado 1 Facilitación y apoyo a la participación de socios extremeños en eventos internacionales organizados y/o apoyados por ONU- Habitat informe de participación 2 Elaboración de una comunicación efectiva y publicaciones relacionadas boletines/ materiales informativos 4
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  • CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EPM prestará el servicio público domiciliario de acueducto y/o alcantarillado dentro de sus posibilidades técnicas y económicas, bajo la modalidad de residencial y no residencial en las condiciones de continuidad y calidad establecidas en la ley y en el anexo técnico de este contrato. EPM tiene la obligación de suministrar efectivamente los servicios a los predios urbanizados y/o que cuenten con licencia de construcción que se encuentren dentro de su área de prestación. El titular de la licencia de construcción deberá solicitar su vinculación como usuario a EPM, la cual deberá ser atendida en un término no mayor a quince (15) días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud. Salvo fuerza mayor o caso fortuito, la iniciación en la prestación del servicio solicitado no podrá superar cuarenta (40) días hábiles contados desde el momento en el que EPM indique que está en posibilidad de prestar el servicio y el USUARIO ha atendido las condiciones uniformes. Si un proyecto con licencia de construcción vigente se encuentra por fuera del área de prestación del servicio, el interesado podrá voluntariamente acordar con EPM las condiciones para la prestación. EPM podrá acordar con los urbanizadores y constructores la conexión de sus proyectos urbanísticos a las redes locales de acueducto y alcantarillado, la construcción de las redes propias del proyecto y el pago del reconocimiento económico de aquello que exceda las necesidades del proyecto urbanístico. EPM podrá recuperar los reconocimientos económicos efectuados a un primer urbanizador, mediante el cobro a otros urbanizadores que se beneficien posteriormente de estas redes. Los aspectos relativos a la conexión y el procedimiento para efectuarla, así como los requerimientos técnicos, se regirán por el reglamento técnico de redes internas o normas que lo aclaren, modifiquen o remplacen, y las normas que adopten o defina EPM. Parágrafo 1. Para la solicitud del servicio por primera vez, el USUARIO potencial deberá tramitar ante EPM el formulario respectivo, adjuntando los documentos que identifiquen al USUARIO potencial, al inmueble, y las condiciones especiales de suministro, si las hubiere. Así mismo para la legalización del servicio, EPM verificará el cumplimiento de los requisitos técnicos y legales. Parágrafo 2. EPM podrá cobrar las siguientes actividades asociadas con el servicio de conexión: el suministro y calibración del equipo de medición, el suministro de los materiales de la acometida, la ejecución de las obras de conexión, la certificación y cualquier otro que pueda llegar a generarse en ejecución del presente contrato. Cuando el constructor de un condominio, urbanización o copropiedad de tipo residencial o no residencial haya cubierto los respectivos cargos asociados a la conexión, EPM no podrá cobrar de nuevo a los usuarios por estos conceptos. Parágrafo 3. La conexión a la red de la acometida deberá ser efectuada por EPM o personal autorizado por estas. Parágrafo 4. EPM recibirá las solicitudes de los usuarios potenciales en todos los casos. Una vez presentada la solicitud será resuelta dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su presentación, a menos que se requiera de estudios especiales. Para los casos de solicitudes incompletas o que no presentan requisitos, al momento de la recepción de la misma se informará al USUARIO potencial de los requisitos faltantes para proceder a ingresar la solicitud. Ésta se dejará pendiente para que en un plazo de quince (15) días el USUARIO aporte los documentos o información requeridos. Vencido este término sin que el peticionario haya cumplido el requerimiento, EPM entenderá que ha desistido de su petición y dispondrá su archivo.

  • MONTO AFIANZADO La institución de fianzas, en los términos de la legislación aplicable a la materia, se compromete a pagar al beneficiario, hasta el monto de esta póliza, que representa el ____ % (señalar el porcentaje con letra) del valor del contrato indicado en la carátula de esta póliza, más la indemnización por xxxx que, en su caso proceda de conformidad con el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.

  • Plazo para Presentar las Ofertas 24.1 Las ofertas deberán ser recibidas por el Comprador en la dirección y no más tarde que la fecha y hora que se especifican en los DDL. 24.2 El Comprador podrá a su discreción, extender el plazo para la presentación de ofertas mediante una enmienda a los Documentos de Licitación, de conformidad con la Cláusula 8 de las IAO. En este caso, todos los derechos y obligaciones del Comprador y de los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las ofertas quedarán sujetos a la nueva fecha prorrogada.

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • Igualdad de oportunidades El Oferente certifica que no discrimina a ningún empleado o a uno que aplica a un empleo por edad, sexo, religión, incapacidad, raza, credo, color u origen nacional.

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-4015/2014 FEDERAL ESTATAL

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  • Igualdad 1. Las relaciones laborales en las empresas deben estar presididas por la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, adhesión sindical o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. 2. Los derechos establecidos en el presente Xxxxxxxx afectan por igual al hombre y la mujer de acuerdo con las disposiciones vigentes en cada momento. Ninguna cláusula de este Convenio podrá ser interpretada en sentido discriminatorio en los grupos profesionales, condiciones de trabajo o remuneración entre trabajadores de uno y otro sexo. Se considera discriminación directa por razón de sexo la situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra situación comparable. Se considera discriminación indirecta por razón de sexo, la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros, pone a la persona de un sexo en desventaja particular con respecto a personas de otro, salvo que dicha disposición, criterio o práctica puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios o adecuados. En cualquier caso, se considera discriminatoria toda orden de discriminar directa o indirectamente por razón de sexo. 3. Las empresas realizarán esfuerzos tendentes a lograr la igualdad de oportunidades en todas sus políticas, en particular la igualdad de género adoptando medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres. En el caso de empresas de más de 250 trabajadores, las medidas de igualdad a que se refiere el párrafo anterior, deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, que deberá asimismo ser objeto de negociación en la forma en que determine la legislación laboral. Los planes de igualdad, podrán contemplar, entre otras, materias de acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo, favorecer en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. Para facilitar el seguimiento de la aplicación del principio de igualdad entre hombres y mujeres, las empresas facilitarán anualmente a la representación sindical los datos relativos a sexo, antigüedad en la empresa, grupo y nivel profesional según se establece en el artículo 9, de forma que pueda seguirse la evolución de las plantillas desde una perspectiva de género.