Common use of MARCO NORMATIVO Clause in Contracts

MARCO NORMATIVO. El actual marco normativo de la gestión de residuos sólidos actual tiene su origen en el Decreto Ley 2811 de 1974 (Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente) y a la Ley 9 de 1979 (Código Sanitario Nacional). De esta primera etapa normativa sobresale la preocupación del Estado por la reglamentación técnica y los aspectos ambientales, con una preferencia explícita por fomentar procesos de reciclaje y modificar patrones de producción y consumo de bienes para minimizar la generación de residuos sólidos. Con la expedición de la Constitución Política de 1991 y de las Leyes 99 de1993 y 142 de 1994, se estableció un marco institucional para el desarrollo empresarial del servicio público domiciliario de aseo, con el fin de asegurar su prestación eficiente, bajo la responsabilidad de los municipios y distritos. Adicionalmente, se planteó la necesidad de crear una política nacional para el manejo de los residuos sólidos, basada en la gestión integral y en la prestación del servicio de aseo de manera planificada. Es así como se diseñó una estrategia para el desarrollo de instrumentos normativos, técnicos y de capacitación, establecida en el Decreto 1713 de 2002, el cual articula el componente ambiental del manejo de los residuos sólidos mediante la prestación del servicio público de aseo; especialmente, se incluyen los siguientes aspectos: - Establecer las condiciones ambientales mínimas que se deben cumplir en cada uno de los componentes del servicio público de aseo. - Introducir un instrumento de planificación del sector, denominado “Plan Regional o Local de Gestión Integral de Residuos Sólidos - PGIRS”, mediante el cual las entidades territoriales deben establecer estrategias, programas y proyectos sostenibles a corto, mediano y largo plazo. En la búsqueda de soluciones, el Gobierno Nacional promulgó además la Resolución 1045 de 2003, a través de las cuales comprometió a los municipios con la formulación e implementación de los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS). En coherencia con la Gestión Integral de Residuos Sólidos (GIRS) y en armonía con los lineamientos planteados a nivel mundial en eventos como la Cumbre de Río y la Cumbre de Johannesburgo, se definió la jerarquía para la gestión de los residuos sólidos, que integra, en su orden, la reducción en la generación, su aprovechamiento y valorización, el tratamiento y la disposición final (Marmolejo et al., 2010). En el año 2013, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible emitieron el Decreto 2981 del 20 de diciembre, por el cual se reglamenta la prestación del servicio público de aseo y se reestructuran los componentes de la gestión de residuos sólidos, exceptuando la actividad de Disposición Final de Residuos Sólidos y excluyendo también la Gestión de Residuos Peligrosos, los cuales seguirán estando regidos por el Decreto 4741 de 2005. Asimismo, 11 meses después, los mismos Ministerios presentaron la Resolución 0754 del 25 de noviembre de 2014, por la cual se adoptó la metodología para la formulación, implementación, evaluación, seguimiento, control y Revisión de los PGIRS, la cual fue tomada como referencia para la elaboración del presente documento. A continuación, se presenta el Ordenamiento Jurídico empleado en la formulación de la revisión del PGIRS.

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Samples: Contrato De Consultoría, Contrato De Consultoría

MARCO NORMATIVO. El actual marco normativo De acuerdo con lo establecido en los artículos 1º y 2º de la gestión Ley 80 de residuos sólidos actual tiene su origen 1993, por la naturaleza jurídica del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y del Fondo Nacional Ambiental, salvo las excepciones que establezcan las disposiciones legales, el régimen jurídico de contratación aplicable es el consagrado en el Decreto Estatuto General de Contratación de la Administración, previsto en la Ley 2811 80 de 1974 (1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1882 de 2018, decretos reglamentarios y normas concordantes, así mismo aquellas que las modifiquen, adicionen o sustituyan. También forman parte del marco legal de contratación de la Entidad, el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables Comercio, el Código Civil, el Estatuto Orgánico de Presupuesto y Decretos Reglamentarios, el Estatuto Anticorrupción, el Código de Procedimiento Administrativo y de Protección lo Contencioso Administrativo, las Circulares expedidas por Colombia Compra Eficiente y las normas sobre austeridad del gasto y las resoluciones, circulares o memorandos internos relacionadas con la contratación y ejecución del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y del Fondo Nacional Ambiental. La gestión contractual del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y del Fondo Nacional Ambiental, debe dar estricto cumplimiento a los principios y procedimientos establecidos en la normativa vigente. Particularmente, resulta imperioso dar cumplimiento al Medio Ambiente) principio de planeación en todos los procesos y a la Ley 9 procedimientos de 1979 (Código Sanitario Nacional). De esta primera etapa normativa sobresale la preocupación del Estado por la reglamentación técnica y los aspectos ambientales, con una preferencia explícita por fomentar procesos de reciclaje y modificar patrones de producción y consumo de bienes para minimizar la generación de residuos sólidos. Con la expedición de la Constitución Política de 1991 y de las Leyes 99 de1993 y 142 de 1994, se estableció un marco institucional para el desarrollo empresarial del servicio público domiciliario de aseo, contratación con el fin de asegurar su prestación eficienteminimizar los riesgos que puedan llegar a presentarse durante las etapas precontractual, bajo la responsabilidad de los municipios contractual y distritospostcontractual. AdicionalmenteAsí mismo, se planteó la necesidad de crear una política nacional para el manejo de los residuos sólidos, basada teniendo en la gestión integral y en la prestación del servicio de aseo de manera planificada. Es así como se diseñó una estrategia para el desarrollo de instrumentos normativos, técnicos y de capacitación, establecida en el Decreto 1713 de 2002, el cual articula el componente ambiental del manejo de los residuos sólidos mediante la prestación del servicio público de aseo; especialmente, se incluyen los siguientes aspectos: - Establecer las condiciones ambientales mínimas cuenta que se deben cumplir en cada uno de los componentes del servicio público de aseo. - Introducir un instrumento de planificación del sector, denominado “Plan Regional o Local de Gestión Integral de Residuos Sólidos - PGIRS”, mediante el cual las entidades territoriales deben establecer estrategias, programas y proyectos sostenibles a corto, mediano y largo plazo. En la búsqueda de soluciones, el Gobierno Nacional promulgó además la Resolución 1045 de 2003, a través de las cuales comprometió a los municipios con la formulación e implementación de los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS). En coherencia con la Gestión Integral de Residuos Sólidos (GIRS) y en armonía con los lineamientos planteados a nivel mundial en eventos como la Cumbre de Río y la Cumbre de Johannesburgo, se definió la jerarquía para la gestión de los residuos sólidos, que integra, en su orden, la reducción en la generación, su aprovechamiento y valorización, el tratamiento y la disposición final (Marmolejo et al., 2010). En el año 2013, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible emitieron es el Decreto 2981 del 20 de diciembre, por el cual se reglamenta la prestación del servicio público de aseo y se reestructuran los componentes rector de la gestión del ambiente y de residuos sólidoslos recursos naturales renovables con la función de definir políticas y regulaciones para su manejo, exceptuando uso y aprovechamiento, al igual que evaluar los alcances y efectos económicos de los factores ambientales, su incorporación al valor xx xxxxxxx de bienes y servicios y su impacto sobre el desarrollo de la actividad economía nacional y su sector externo; se expidió la Política de Disposición Final Producción y Consumo Sostenible, la cual se orienta a cambiar los patrones de Residuos Sólidos producción y excluyendo consumo de la sociedad colombiana hacia la sostenibilidad ambiental, contribuyendo a la competitividad empresarial, y al bienestar de la población. En el marco de la Política de Producción y Consumo Sostenible se establece como estrategia la compra sostenible de bienes y servicios, por lo cual, se prioriza al Estado como un actor fundamental en la implementación de acciones encaminadas al desarrollo sostenible; en este sentido, las Compras Públicas Sostenibles (CPS) se entienden como el “… proceso mediante el cual las organizaciones públicas satisfacen sus necesidades de bienes, servicios, obras y utilidades de tal forma que alcanzan un alto rendimiento basado en un análisis de todo el ciclo de vida, que se traduce en beneficios no sólo para la organización, sino también para la Gestión sociedad y la economía, al tiempo que reduce al mínimo los daños al medio ambiente”. 7 Ley 99 de Residuos Peligrosos1993 art.1 numerales 1,2,7 y 10 Esto en consonancia con lo señalado en el numeral 2 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 y en el artículo 2.2.1.1.2.2.2. el Decreto 1082 de 2015, los cuales seguirán estando regidos por el Decreto 4741 disponen que las Entidades Estatales deben determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta las normas aplicables a cada modalidad de 2005. Asimismo, 11 meses después, los mismos Ministerios presentaron la Resolución 0754 selección del 25 de noviembre de 2014, por la cual se adoptó la metodología para la formulación, implementación, evaluación, seguimiento, control y Revisión de los PGIRS, la cual fue tomada como referencia para la elaboración del presente documento. A continuación, se presenta el Ordenamiento Jurídico empleado en la formulación de la revisión del PGIRScontratista.

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Samples: www.minambiente.gov.co, www.minambiente.gov.co

MARCO NORMATIVO. El actual marco normativo Para el presente acuerdo será de aplicación la siguiente normativa: La Ley N° 1845 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) de Protección de Datos Personales, tiene por objeto regular, dentro del ámbito de la gestión Ciudad de residuos sólidos actual tiene su origen Buenos Aires, el tratamiento de datos personales referidos a personas físicas o de existencia ideal, asentados o destinados a ser asentados en archivos, registros, bases o bancos de datos del sector público de la Ciudad de Buenos Aires, a los fines de garantizar el Decreto Ley 2811 de 1974 (Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección derecho al Medio Ambiente) honor, a la intimidad y a la Ley 9 autodeterminación informativa, de 1979 (Código Sanitario Nacional). De esta primera etapa normativa sobresale la preocupación del Estado conformidad a lo establecido por la reglamentación técnica y los aspectos ambientales, con una preferencia explícita por fomentar procesos de reciclaje y modificar patrones de producción y consumo de bienes para minimizar la generación de residuos sólidos. Con la expedición el artículo 16 de la Constitución Política de 1991 la Ciudad de Buenos Aires. En este sentido, la Ley Nacional N° 25.326 de Protección de Datos Personales y su decreto reglamentario 1558/2001 tienen por objeto la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento de datos, sean éstos públicos, o privados destinados a dar informes, para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las Leyes 99 de1993 personas, así como también el acceso a la información que sobre las mismas se registre. El presente debe ser interpretado en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 104 de Acceso a la Información y 142 la Ley N° 1845 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347). En este sentido, por la Disposición Nacional N° 60/2016 de 1994la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, determina cuales son los destinos adecuados con relación a las transferencias de datos personales. Asimismo, aprueba dos modelos de contratos para ser utilizados en transferencias internacionales de datos a países no adecuados, tanto en caso de cesiones de datos como en los supuestos de prestación de servicios. Al respecto por la Resolución 12/ASINF/2017 se estableció un marco institucional para aprobó el desarrollo empresarial del servicio público domiciliario Marco Normativo de aseoCloud Computing, con en el fin de asegurar su prestación eficiente, bajo la responsabilidad que se establece los criterios respecto de los municipios modelos de nube, tipos de servicio, las medidas de seguridad y distritos. Adicionalmentelos requisitos, se planteó la necesidad de crear una política nacional para el manejo de los residuos sólidos, basada en la gestión integral y en la prestación del servicio de aseo de manera planificada. Es así como se diseñó una estrategia para el desarrollo de instrumentos normativos, técnicos y de capacitación, establecida en el Decreto 1713 de 2002, el cual articula el componente ambiental del manejo de los residuos sólidos mediante la prestación del servicio público de aseo; especialmente, se incluyen los siguientes aspectos: - Establecer las condiciones ambientales mínimas que se deben cumplir considerar para proteger la información del GCABA, seleccionando el escenario más acorde de acuerdo con el tipo de información que se desea publicar en cada uno un entorno Cloud. Al respecto la Resolución N° 953/2017 de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tiene por objeto garantizar un adecuado nivel de protección de los componentes del servicio público de aseo. - Introducir un instrumento de planificación del sector, denominado “Plan Regional o Local de Gestión Integral de Residuos Sólidos - PGIRS”, mediante el cual las entidades territoriales deben establecer estrategias, programas y proyectos sostenibles a corto, mediano y largo plazo. En la búsqueda de soluciones, el Gobierno Nacional promulgó además la Resolución 1045 de 2003, a través de las cuales comprometió a los municipios con la formulación e implementación de los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS). En coherencia con la Gestión Integral de Residuos Sólidos (GIRS) y en armonía con los lineamientos planteados a nivel mundial en eventos como la Cumbre de Río y la Cumbre de Johannesburgo, se definió la jerarquía para la gestión de los residuos sólidos, que integra, en su orden, la reducción en la generación, su aprovechamiento y valorización, el tratamiento y la disposición final (Marmolejo et al., 2010). En el año 2013, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible emitieron el Decreto 2981 del 20 de diciembredatos, por el cual se reglamenta considera la confección de un contrato de prestación del servicio público de aseo y se reestructuran los componentes servicios el cual deberá ser firmado por el contratista con cláusulas que garanticen la seguridad de la gestión de residuos sólidos, exceptuando la actividad de Disposición Final de Residuos Sólidos y excluyendo también la Gestión de Residuos Peligrosos, los cuales seguirán estando regidos por el Decreto 4741 de 2005información. Asimismo, 11 meses después, los mismos Ministerios presentaron deberá cumplimentarse con lo normado por la Resolución 0754 del 25 Nº 47/2018 de noviembre la Agencia de 2014, por Acceso a la cual se adoptó la metodología Información Pública (AAIP) que establece las Medidas de Seguridad recomendadas para la formulación, implementación, evaluación, seguimiento, control el Tratamiento y Revisión Conservación de los PGIRS, la cual fue tomada como referencia para la elaboración del presente documento. A continuación, se presenta el Ordenamiento Jurídico empleado Datos Personales en la formulación de la revisión del PGIRSmedios Informatizados y No Informatizados.

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Samples: Pliego Contratacion Directa Por Exclusividad, Pliego De Licitacion Pública

MARCO NORMATIVO. El actual marco normativo Servicio Madrileño de Salud, conforme a lo establecido en la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, en sus artículos 61 y 81 y el artículo 4 del Decreto 24/2008, de 3 xx xxxxx, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, tiene, parcialmente modificado por Decreto 211/2015, de 29 de septiembre, entre otras, las siguientes funciones: • La atención integral de la salud en todos los ámbitos asistenciales. • El establecimiento de medidas para garantizar la calidad y seguridad de los servicios sanitarios. • La distribución de los recursos económicos afectos a la financiación de los servicios y prestaciones que configuran el sistema sanitario público. • La planificación y gestión de las políticas de recursos humanos referidas al personal de las instituciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud y sus Entes dependientes o adscritos. • La gestión de los centros, servicios y establecimientos sanitarios integrados en el Servicio Madrileño de Salud, y de los servicios administrativos que conforman su estructura. • La gestión y ejecución de las actuaciones y programas institucionales en materia de promoción y protección de la salud, prevención de la enfermedad, asistencia sanitaria y rehabilitación, de acuerdo con el Plan de Servicios y el Programa de Asignación por Objetivos Sanitarios del Servicio Madrileño de Salud. • La supervisión y control de la gestión económica y financiera de los centros, servicios y establecimientos sanitarios adscritos. Por otro lado, la Ley 11/2017, de 22 de diciembre, de buen gobierno y profesionalización de la gestión de residuos sólidos actual tiene los centros y organizaciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud, en su origen artículo 24 regula el Contrato Programa de las organizaciones del Servicio Madrileño de Salud que, de acuerdo con el presupuesto, deberá permitir que la descentralización de la gestión se fundamente en una rendición de cuentas integrada que vincule financiación, recursos, actividad, calidad y resultados. Además, en el Decreto Ley 2811 ámbito de 1974 (Código Nacional cada gerencia, en aplicación del principio de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente) y a la Ley 9 de 1979 (Código Sanitario Nacional). De esta primera etapa normativa sobresale la preocupación del Estado por la reglamentación técnica y los aspectos ambientales, con una preferencia explícita por fomentar procesos de reciclaje y modificar patrones de producción y consumo de bienes para minimizar la generación de residuos sólidos. Con la expedición de la Constitución Política de 1991 y de las Leyes 99 de1993 y 142 de 1994, se estableció un marco institucional para el desarrollo empresarial del servicio público domiciliario de aseo, con el fin de asegurar su prestación eficiente, bajo la responsabilidad de los municipios y distritos. Adicionalmente, se planteó la necesidad de crear una política nacional para el manejo de los residuos sólidos, basada en la gestión integral y en la prestación del servicio de aseo de manera planificada. Es así como se diseñó una estrategia para el desarrollo de instrumentos normativos, técnicos y de capacitación, establecida en el Decreto 1713 de 2002descentralización, el cual articula Contrato Programa se desplegará en acuerdos de gestión con las áreas, institutos, servicios o unidades en las que la organización sanitaria esté internamente constituida, de modo que la combinación de dichos acuerdos sea congruente y sustente el componente ambiental conjunto del manejo Contrato Programa. El apartado 6 de los residuos sólidos mediante la prestación dicho artículo establece que el cumplimiento del servicio público de aseo; especialmente, Contrato Programa se incluyen los siguientes aspectos: - Establecer las condiciones ambientales mínimas que se deben cumplir en cada uno de los componentes del servicio público de aseo. - Introducir un instrumento de planificación del sector, denominado “Plan Regional o Local de Gestión Integral de Residuos Sólidos - PGIRS”, mediante el cual las entidades territoriales deben establecer estrategias, programas y proyectos sostenibles a corto, mediano y largo plazo. En la búsqueda de soluciones, el Gobierno Nacional promulgó además la Resolución 1045 de 2003, hará a través de un cuadro de mando con indicadores relativos a cada una de las cuales comprometió a los municipios dimensiones y objetivos establecidos, y con la formulación e implementación desagregación hasta el nivel de unidades. El mencionado cuadro de mando mostrará los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS). En coherencia con la Gestión Integral de Residuos Sólidos (GIRS) y en armonía con los lineamientos planteados a nivel mundial en eventos como la Cumbre de Río y la Cumbre de Johannesburgo, se definió la jerarquía para la gestión de los residuos sólidos, que integra, en su orden, la reducción en la generación, su aprovechamiento y valorización, el tratamiento y la disposición final (Marmolejo et al., 2010). En el año 2013, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio objetivos previstos y el Ministerio avance o desviaciones producidas y el control de Ambiente y Desarrollo Sostenible emitieron el Decreto 2981 del 20 de diciembre, por el cual gestión se reglamenta la prestación del servicio público de aseo y se reestructuran los componentes de la gestión de residuos sólidos, exceptuando la actividad de Disposición Final de Residuos Sólidos y excluyendo también la Gestión de Residuos Peligrosos, los cuales seguirán estando regidos por el Decreto 4741 de 2005. Asimismo, 11 meses después, los mismos Ministerios presentaron la Resolución 0754 del 25 de noviembre de 2014, por la cual se adoptó la metodología para la formulación, implementación, evaluación, seguimiento, control y Revisión de los PGIRS, la cual fue tomada como referencia para la elaboración del presente documento. A continuación, se presenta el Ordenamiento Jurídico empleado en la formulación de la revisión del PGIRShará trimestralmente.

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Samples: www.comunidad.madrid

MARCO NORMATIVO. El actual marco normativo Las normas aplicables al proceso de gestión contractual de la gestión Superintendencia de residuos sólidos actual tiene su origen Sociedades, se encuentran descritas en el Decreto Ley 2811 Normograma del proceso del Sistema de 1974 (Código Gestión Integrado, publicado en la página web de la Entidad. Los servidores públicos, así como los particulares que cumplan labores de interventoría o supervisión involucrados en el proceso de contratación deben atender las siguientes buenas prácticas:  Conocer y reforzar los conocimientos sobre la gestión contractual y las herramientas del Sistema de Compra Pública, asistiendo a las capacitaciones coordinadas por la Entidad y a las programadas en el calendario de eventos publicado por la Agencia Nacional de Recursos Naturales Renovables Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente.  Consultar los manuales y guías elaborados por la Agencia Nacional de Protección Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente.  Evaluar la necesidad de la contratación desde la etapa de planeación valorando el bien, servicio u obra pública a contratar, estructurando condiciones técnicas que garanticen la eficiencia de los recursos públicos.  Presentar al Medio Ambiente) Ordenador del Gasto y a la Ley 9 los Comités Asesores los componentes de 1979 (Código Sanitario Nacional). De esta primera etapa normativa sobresale la preocupación del Estado por la reglamentación técnica los estudios y documentos previos de los aspectos ambientales, con una preferencia explícita por fomentar procesos de reciclaje contratación cuando corresponda, así como los informes de evaluación de dichos procesos para recomendar, conceptuar y modificar patrones de producción y consumo de bienes para minimizar la generación de residuos sólidos. Con la expedición asegurar que con los mismos se permite alcanzar los objetivos de la Constitución Política contratación.  Maximizar la participación potencial de 1991 y de las Leyes 99 de1993 y 142 de 1994, se estableció un marco institucional para el desarrollo empresarial del servicio público domiciliario de aseoproponentes, con el fin de asegurar garantizar su prestación eficientepluralidad. Para tal propósito, bajo se deben realizar estudios del sector que permitan conocer el mercado, teniendo en cuenta las diferentes fuentes de información y bases de datos internas, como externas, de conformidad con la responsabilidad ”Guía para la elaboración de estudios de sector” elaborada por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, por lo que deberá evitarse limitaciones innecesarias que disminuyan el número de posibles participantes, para lo cual se definirán requisitos habilitantes adecuados y proporcionales a la naturaleza del contrato y a su valor.  Definir condiciones de participación claras y precisas, para lo cual es importante cerciorarse que no exista ambigüedad en la información de estudios xx xxxxxxx o del sector, estudios previos y pliegos de condiciones, que permitan una interpretación errónea por parte de los municipios y distritos. Adicionalmenteinteresados o proponentes, para lo cual se planteó la necesidad de crear una política nacional para el manejo de los residuos sólidos, basada recomienda tener en la gestión integral y en la prestación del servicio de aseo de manera planificada. Es así como se diseñó una estrategia para el desarrollo de instrumentos normativos, técnicos y de capacitación, establecida en el Decreto 1713 de 2002, el cual articula el componente ambiental del manejo de los residuos sólidos mediante la prestación del servicio público de aseo; especialmente, se incluyen cuenta los siguientes aspectos: - Establecer las condiciones ambientales mínimas que se deben cumplir en cada uno  Definir objetos contractuales y alcance al mismo, especificando los servicios, bienes o productos esperados.  Respetar los términos de maduración de los componentes proyectos (numeral 12 del servicio público artículo 25 de aseola Ley 80 de 1993). - Introducir un instrumento  Determinar plazos adecuados para el desarrollo y entrega de planificación los productos esperados, servicios, suministro de bienes, elementos u otras características esenciales del sector, denominado “Plan Regional o Local de Gestión Integral de Residuos Sólidos - PGIRS”, mediante el cual las entidades territoriales deben establecer estrategias, programas y proyectos sostenibles a corto, mediano y largo plazoobjeto. En la búsqueda de soluciones, el Gobierno Nacional promulgó además la Resolución 1045 de 2003, a través  Para efectos de las cuales comprometió a los municipios con la formulación e implementación modificaciones de los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS). En coherencia con la Gestión Integral de Residuos Sólidos (GIRS) y contratos deberá tenerse en armonía con los lineamientos planteados a nivel mundial en eventos como la Cumbre de Río y la Cumbre de Johannesburgo, se definió la jerarquía para la gestión de los residuos sólidos, que integra, en su orden, la reducción cuenta:  No subsanar yerros en la generación, su aprovechamiento y valorización, el tratamiento y la disposición final (Marmolejo et al., 2010). En el año 2013, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible emitieron el Decreto 2981 planeación del 20 de diciembre, por el cual se reglamenta contrato que afecten la prestación del servicio público servicio.  Verificar en caso de aseo y se reestructuran los componentes inclusión de actividades u obligaciones, que las mismas guarden relación con el objeto del contrato.  No superar el tope de adición en el valor fijado por la ley.  La descripción de la gestión necesidad técnica, económica o jurídica que motiva la modificación del contrato.  Los supervisores realizarán reuniones periódicas con el contratista, a fin de residuos sólidoslograr una comunicación directa y permanente, exceptuando que pueda evidenciar los avances y las eventualidades que puedan surgir durante la actividad ejecución contractual.  No se pactarán prorrogas automáticas que puedan ir en contra de Disposición Final los principios de Residuos Sólidos libre concurrencia, promoción a la competencia y excluyendo también selección objetiva.  La Superintendencia velará de manera permanente por la Gestión participación ciudadana en los procesos de Residuos Peligrosos, los cuales seguirán estando regidos por el Decreto 4741 de 2005. Asimismo, 11 meses después, los mismos Ministerios presentaron la Resolución 0754 del 25 de noviembre de 2014contratación, por lo que en aquellos que impliquen convocatoria pública, se incluirá en el pliego de condiciones o invitación pública, la cual se adoptó la metodología para la formulacióninvitación a las personas, implementaciónveedurías ciudadanas y demás interesados en hacer control social, evaluacióna que presenten las recomendaciones que consideren pertinentes, seguimientoparticipen en las audiencias y a que consulten los documentos del proceso.  Los servidores públicos, control y Revisión así como los particulares que cumplan labores de interventoría o supervisión de los PGIRScontratos involucrados en el proceso de gestión contractual, acatarán las disposiciones del Código General Disciplinario, en especial los deberes, prohibiciones, incompatibilidades, impedimentos, inhabilidades y conflictos de intereses del servidor público, conforme a las disposiciones que regulan la cual fue tomada como referencia para la elaboración del presente documento. A continuación, se presenta el Ordenamiento Jurídico empleado en la formulación de la revisión del PGIRSmateria.

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Samples: www.supersociedades.gov.co

MARCO NORMATIVO. El actual marco normativo presente llamado a Contratación Directa por Exclusividad se regirá por lo normado en el Artículo N° 28 inc. 5 y el artículo 40 “Modalidad Orden de Compra Abierta” de la gestión Ley N° 2095 (Texto consolidado por ley Nº 6017), su Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto Nº 207/GCABA/19, por el Pliego Único de residuos sólidos actual tiene su origen Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC - Buenos Aires Compras-, aprobado por Disposición Nº 1073/GCABA/DGCYC/19 y las contenidas en el Decreto presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas publicado en BAC. Todos los documentos serán considerados como recíprocamente explicativos de las cláusulas y disposiciones contractuales. Asimismo, lo normado por la Ley 2811 CABA Nº 1845 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017) – Ley de 1974 (Código Datos Personales y la Ley Nacional 25.326 – Protección de Datos Personales, su decreto reglamentario 1558/2001. De igual modo, será aplicable la Disposición Nacional N° 60/2016 de la Dirección Nacional de Recursos Naturales Renovables y Protección de Protección al Medio Ambiente) y Datos Personales, determina cuales son los destinos adecuados con relación a la Ley 9 las transferencias de 1979 (Código Sanitario Nacional)datos personales. De esta primera etapa normativa sobresale la preocupación del Estado Corresponde dejar de manifiesto que por la reglamentación técnica Resolución 12/ASINF/2017 se aprobó el Marco Normativo de Cloud Computing, en el que se establece los criterios respecto de los modelos de nube, tipos de servicio, las medidas de seguridad y los aspectos ambientalesrequisitos, con una preferencia explícita por fomentar procesos de reciclaje y modificar patrones de producción y consumo de bienes para minimizar la generación de residuos sólidos. Con la expedición de la Constitución Política de 1991 y de las Leyes 99 de1993 y 142 de 1994, se estableció un marco institucional para el desarrollo empresarial del servicio público domiciliario de aseo, con el fin de asegurar su prestación eficiente, bajo la responsabilidad de los municipios y distritos. Adicionalmente, se planteó la necesidad de crear una política nacional para el manejo de los residuos sólidos, basada en la gestión integral y en la prestación del servicio de aseo de manera planificada. Es así como se diseñó una estrategia para el desarrollo de instrumentos normativos, técnicos y de capacitación, establecida en el Decreto 1713 de 2002, el cual articula el componente ambiental del manejo de los residuos sólidos mediante la prestación del servicio público de aseo; especialmente, se incluyen los siguientes aspectos: - Establecer las condiciones ambientales mínimas que se deben cumplir considerar para proteger la información del GCABA, seleccionando el escenario más acorde de acuerdo con el tipo de información que se desea publicar en cada uno de los componentes del servicio público de aseoun entorno Cloud. - Introducir un instrumento de planificación del sectorEn este sentido, denominado “Plan Regional o Local de Gestión Integral de Residuos Sólidos - PGIRS”deberá tenerse en cuenta la Resolución N° 953/2017, mediante la cual el cual las entidades territoriales deben establecer estrategias, programas y proyectos sostenibles a corto, mediano y largo plazo. En defensor de pueblo de la búsqueda ciudad autónoma de soluciones, el Gobierno Nacional promulgó además buenos aires realizó algunas recomendaciones respecto de la Resolución 1045 prestación de 2003, a través de las cuales comprometió a los municipios con la formulación e implementación de los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS). En coherencia con la Gestión Integral de Residuos Sólidos (GIRS) y en armonía con los lineamientos planteados a nivel mundial en eventos como la Cumbre de Río y la Cumbre de Johannesburgo, se definió la jerarquía para la gestión de los residuos sólidos, que integra, en su orden, la reducción servicios en la generación, su aprovechamiento y valorización, el tratamiento y la disposición final (Marmolejo et al., 2010). En el año 2013, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible emitieron el Decreto 2981 del 20 de diciembre, por el cual se reglamenta la prestación del servicio público de aseo y se reestructuran los componentes de la gestión de residuos sólidos, exceptuando la actividad de Disposición Final de Residuos Sólidos y excluyendo también la Gestión de Residuos Peligrosos, los cuales seguirán estando regidos por el Decreto 4741 de 2005nube. Asimismo, 11 meses después, los mismos Ministerios presentaron deberá cumplimentarse con lo normado por la Resolución 0754 del 25 Nº 47/2018 de noviembre la Agencia de 2014, por Acceso a la cual se adoptó la metodología Información Pública (AAIP) que establece las Medidas de Seguridad recomendadas para la formulación, implementación, evaluación, seguimiento, control el Tratamiento y Revisión Conservación de los PGIRS, la cual fue tomada como referencia para la elaboración del presente documento. A continuación, se presenta el Ordenamiento Jurídico empleado Datos Personales en la formulación de la revisión del PGIRSmedios Informatizados y No Informatizados.

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Samples: Pliego De Contratación Directa Por Exclusividad