Metodología del servicio. Las Partes acuerdan que la utilización del servicio Banca por Internet se sujetará a lo siguiente: I. El Cliente ingresará al servicio Banca por Internet usando sus Factores de Autenticación o Firma Electrónica, la cual resultará válida aún para operaciones efectuadas en Conexión Bursátil. En tal virtud, cada una de las operaciones efectuadas en dicho sistema se entenderá autorizada por el Cliente y proveniente del mismo. II. Cada operación realizada a través de Banca por Internet quedará confirmada de inmediato mediante el folio que asigne el propio sistema. Para todos los efectos legales, el Cliente sabe que dicho registro tiene el valor probatorio que otorga la Ley a este tipo de operaciones. En los casos en los que no se lleve a cabo una operación bancaria, el Banco no llevará a cabo notificación alguna (como por ejemplo serían las consultas de saldo o movimientos). III. Las Operaciones Xxxxxxxxxx entre cuentas propias solamente se efectuarán entre las cuentas que el Cliente tiene relacionadas con los Factores de Autenticación o Firma Electrónica. Banca por Internet mostrará todas las cuentas de las que el Cliente sea titular sin relación de mancomunidad. IV. Las Operaciones Xxxxxxxxxx sólo podrán efectuarse si el Cliente tiene saldo disponible suficiente en la cuenta objeto del cargo o en el crédito concedido. V. Las Operaciones Monetarias de traspaso a terceros por montos mayores al monto mínimo establecido por el Banco, sólo podrán realizarse previa relación de dichas cuentas a los Factores de Autenticación o Firma Electrónica de conformidad con las políticas que tenga establecidas el Banco y mediando a tal efecto autorización del Banco para la realización de la operación de que se trate. VI. En cualquier operación a través de Banca por Internet, la Firma Electrónica actuará como firma indistinta; por lo tanto, el Cliente reconoce que el uso de dicha firma en aquellas instrucciones u operaciones que se encuentren ligadas a cuentas cuyo régimen de firmas sea mancomunado, se entenderán autorizadas por todas las personas que integren dicho régimen y serán responsabilidad absoluta del Cliente; VII. El Banco no prestará el servicio materia de este Contrato cuando la información transmitida sea insuficiente o errónea o cuando la(s) Cuenta(s) Destino o las cuenta(s) del Cliente no se encuentre(n) dada(s) de alta en el servicio o bien, se encuentre(n) cancelada(s), sin importar que no hubiere(n) sido dada(s) de baja en el servicio, igualmente se podrá dejar de prestar el servicio sin responsabilidad del Banco cuando la cuenta no se encuentre operativa por cualquier circunstancia o bajo supervisión o vigilancia del Banco por causa de protección al Cliente o al Banco y de acuerdo con lo expuesto en los Manuales del Banco para tal fin. Para efectos de seguridad, el Banco podrá dar por terminada de forma automática la sesión iniciada por el Cliente en caso de que el sistema presente inactividad por más de 20 (veinte) minutos una vez iniciada la sesión. Asimismo, el Banco podrá impedir el acceso al sistema a un Cliente cuando se utilice un Usuario ya registrado en una sesión en curso.
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Samples: Contrato Único De Banca Por Internet Y Banca Móvil, Contrato De Banca Por Internet
Metodología del servicio. Las Partes acuerdan que la utilización del servicio Banca por Internet se sujetará a lo siguiente:
I. El Cliente ingresará al servicio Banca por Internet usando sus Factores de Autenticación o Firma Electrónica, la cual resultará válida aún para operaciones efectuadas en Conexión Bursátil. En tal virtud, cada una de las operaciones efectuadas en dicho sistema se entenderá autorizada por el Cliente y proveniente del mismo.
II. Cada operación realizada a través de Banca por Internet quedará confirmada de inmediato mediante el folio que asigne el propio sistema. Para todos los efectos legales, el Cliente sabe que dicho registro tiene el valor probatorio que otorga la Ley a este tipo de operaciones. En los casos en los que no se lleve a cabo una operación bancaria, el Banco no llevará a cabo notificación alguna (como por ejemplo serían las consultas de saldo o movimientos).
III. Las Operaciones Xxxxxxxxxx entre cuentas propias solamente se efectuarán entre las cuentas que el Cliente tiene relacionadas con los Factores de Autenticación o Firma Electrónica. Banca por Internet mostrará todas las cuentas de las que el Cliente sea titular sin relación de mancomunidad.
IV. Las Operaciones Xxxxxxxxxx sólo podrán efectuarse si el Cliente tiene saldo disponible suficiente en la cuenta objeto del cargo o en el crédito concedido.
V. Las Operaciones Monetarias de traspaso a terceros por montos mayores al monto mínimo establecido por el Banco, sólo podrán realizarse previa relación de dichas cuentas a los Factores de Autenticación o Firma Electrónica de conformidad con las políticas que tenga establecidas el Banco y mediando a tal efecto autorización del Banco para la realización de la operación de que se trate.
VI. En cualquier operación a través de Banca por Internet, la Firma Electrónica actuará como firma indistinta; por lo tanto, el Cliente reconoce que el uso de dicha firma en aquellas instrucciones u operaciones que se encuentren ligadas a cuentas cuyo régimen de firmas sea mancomunado, se entenderán autorizadas por todas las personas que integren dicho régimen y serán responsabilidad absoluta del Cliente;
VII. El Banco no prestará el servicio materia de este Contrato cuando la información transmitida sea insuficiente o errónea o cuando la(s) Cuenta(s) Destino o las cuenta(s) del Cliente no se encuentre(n) dada(s) de alta en el servicio o bien, se encuentre(n) cancelada(s), sin importar que no hubiere(n) sido dada(s) de baja en el servicio, igualmente se podrá dejar de prestar el servicio sin responsabilidad del Banco cuando la cuenta no se encuentre operativa por cualquier circunstancia o bajo supervisión o vigilancia del Banco por causa de protección al Cliente o al Banco y de acuerdo con lo expuesto en los Manuales del Banco para tal fin. Para efectos de seguridad, el Banco podrá dar por terminada de forma automática la sesión iniciada por el Cliente en caso de que el sistema presente inactividad por más de 20 (veinte) minutos una vez iniciada la sesión. Asimismo, el Banco podrá impedir el acceso al sistema a un Cliente cuando se utilice un Usuario ya registrado en una sesión en curso.
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Metodología del servicio. Las Partes acuerdan que la utilización del servicio Banca Personal por Internet se sujetará a lo siguiente:
I. El Cliente ingresará al servicio Banca Personal por Internet usando sus Factores de Autenticación o digitando en los sistemas del Banco su Firma Electrónica, la cual resultará válida aún para operaciones efectuadas en Conexión Bursátil. En tal virtud, cada una de las operaciones efectuadas en dicho sistema se entenderá autorizada por el Cliente y proveniente del mismo.
II. Cada operación realizada a través de Banca Personal por Internet quedará confirmada de inmediato mediante el folio que asigne el propio sistema. Para todos los efectos legales, el Cliente sabe que dicho registro tiene el valor probatorio que otorga la Ley a este tipo de operaciones. En los casos en los que no se lleve a cabo una operación bancaria, el Banco no llevará a cabo notificación alguna (como por ejemplo serían las consultas de saldo o movimientos).
III. Las Operaciones Xxxxxxxxxx entre cuentas propias solamente se efectuarán entre las cuentas que el Cliente tiene relacionadas con los Factores de Autenticación o a su Firma Electrónica. Banca Personal por Internet mostrará todas las cuentas de las que el Cliente sea titular sin relación de mancomunidad.
IV. Las Operaciones Xxxxxxxxxx sólo podrán efectuarse si el Cliente tiene saldo disponible suficiente en la cuenta objeto del cargo o en el crédito concedido.
V. Las Operaciones Monetarias de traspaso a terceros por montos mayores al monto mínimo establecido por el Banco, Banco sólo podrán realizarse previa relación de dichas cuentas a los Factores de Autenticación o la Firma Electrónica de conformidad con las políticas que tenga establecidas el Banco y mediando a tal efecto autorización del Banco para la realización de la operación de que se trate.
VI. En cualquier operación a través de Banca Personal por Internet, la Firma Electrónica Electrónica, actuará como firma indistinta; por lo tanto, el Cliente reconoce que el uso de dicha firma en aquellas instrucciones u operaciones que se encuentren ligadas a cuentas cuyo régimen de firmas sea mancomunado, mancomunado se entenderán autorizadas por todas las personas que integren dicho régimen y serán responsabilidad absoluta del Cliente;
VII. El Banco no prestará el servicio materia de este Contrato cuando la información transmitida sea insuficiente o errónea o cuando la(s) Cuenta(s) Destino o las cuenta(s) del Cliente no se encuentre(n) dada(s) de alta en el servicio o bien, se encuentre(n) cancelada(s), sin importar que no hubiere(n) sido dada(s) de baja en el servicio, igualmente se podrá dejar de prestar el servicio sin responsabilidad del Banco cuando la cuenta no se encuentre operativa por cualquier circunstancia o bajo supervisión o vigilancia del Banco por causa de protección al Cliente o al Banco y de acuerdo con lo expuesto en los Manuales del Banco para tal fin. Para efectos de seguridad, el Banco podrá dar por terminada de forma automática la sesión iniciada por el Cliente en caso de que el sistema presente inactividad por más de 20 (veinte) minutos una vez iniciada la sesión. Asimismo, el Banco podrá impedir el acceso al sistema a un Cliente cuando se utilice un Usuario ya registrado en una sesión en curso.
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Metodología del servicio. Las Partes acuerdan que la utilización Partes
I. “El Cliente” a través del Usuario Maestro y/o Usuarios Facultados ingresarán al servicio de Banca por Internet se sujetará a lo siguiente:
I. digitando en los sistemas de “El Cliente ingresará al servicio Banca por Internet usando sus Factores de Autenticación o Banco” su Firma Electrónica, la cual resultará válida aún para operaciones efectuadas en Conexión Bursátil. En tal virtud, cada una de las operaciones efectuadas en dicho sistema se entenderá autorizada entenderán autorizadas por el Cliente y proveniente del mismo“El Cliente”.
II. Cada operación realizada a través de Banca por Internet quedará confirmada de inmediato mediante el folio folio, comprobante o aviso, que asigne el propio sistema. ; Para todos los efectos legales, el Cliente “El Cliente” sabe que dicho registro tiene el valor probatorio que otorga la Ley a este tipo de operaciones. En los casos Todas la operaciones realizadas por “El Cliente” tanto de consultas, administración o monetarias, quedarán registradas en los que no sistemas de “El Banco” y podrán ser consultadas por el cliente y sólo las operaciones monetarias generarán folio y se lleve a cabo una operación bancaria, verán reflejadas en el Banco no llevará a cabo notificación alguna (como por ejemplo serían las consultas estado de saldo o movimientos)cuenta.
III. Las Operaciones Xxxxxxxxxx operaciones de traspasos entre cuentas propias solamente se efectuarán entre las cuentas que el Cliente tiene relacionadas con los Factores de Autenticación o Firma Electrónica. Banca por Internet mostrará todas las cuentas de las que el Cliente sea titular sin relación de mancomunidad“El Cliente” tenga pre- registradas.
IV. Las Operaciones Xxxxxxxxxx operaciones de retiro sólo podrán efectuarse si el Cliente “El Cliente” tiene saldo suficiente y disponible suficiente en la cuenta objeto del cargo o en el crédito concedidocargo.
V. Las Operaciones Monetarias de traspaso a terceros por montos mayores al monto mínimo establecido por el Banco, sólo podrán realizarse previa relación de dichas cuentas a los Factores de Autenticación o Firma Electrónica de conformidad con las políticas que tenga establecidas el Banco y mediando a tal efecto autorización del Banco para la realización de la operación de que se trate.
VI. En cualquier operación a través de Banca por Internet, la Firma Electrónica actuará incluyendo la contraseña dinámica generada por el TOKEN, actuarán como firma indistinta; siempre apegándose a los perfiles y reglas de firmas que el Usuario Maestro asigne a los Usuarios Facultados y por lo tanto, “El Cliente” operará de forma mancomunada si así lo decidiere el Cliente reconoce que el uso de dicha firma en aquellas instrucciones u operaciones que se encuentren ligadas a cuentas cuyo régimen de firmas sea mancomunado, se entenderán autorizadas por todas las personas que integren dicho régimen y serán responsabilidad absoluta del Cliente;Usuario Maestro.
VIIVI. “El Banco Banco” no prestará el servicio materia de este Contrato cuando la información transmitida sea insuficiente o errónea o cuando la(s) Cuenta(s) Destino o las cuenta(s) del Cliente de “El Cliente” no se encuentre(n) dada(s) de alta en el servicio o bien, o se encuentre(n) cancelada(s), sin importar que no hubiere(n) sido dada(s) de baja en el servicio, igualmente se podrá dejar de prestar el servicio sin responsabilidad del Banco de “El Banco” cuando la cuenta no se encuentre operativa por cualquier circunstancia o bajo supervisión o vigilancia del Banco de “El Banco” por causa de protección al Cliente a “El Cliente” o al Banco y de acuerdo con lo expuesto en los Manuales del Banco para tal fin. Para efectos de seguridad, el Banco podrá dar por terminada de forma automática la sesión iniciada por el Cliente en caso de que el sistema presente inactividad por más de 20 (veinte) minutos una vez iniciada la sesión. Asimismo, el Banco podrá impedir el acceso al sistema a un Cliente cuando se utilice un Usuario ya registrado en una sesión en curso“El Banco” .
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Metodología del servicio. Las Partes acuerdan que la utilización del servicio Banca por Internet se sujetará a lo siguiente:
I. El Cliente ingresará al servicio Banca por Internet usando sus Factores de Autenticación o Firma Electrónica, la cual resultará válida aún para operaciones efectuadas en Conexión Bursátil. .. En tal virtud, cada una de las operaciones efectuadas en dicho sistema se entenderá autorizada por el Cliente y proveniente del mismo.
II. Cada operación realizada a través de Banca por Internet quedará confirmada de inmediato mediante el folio que asigne el propio sistema. Para todos los efectos legales, el Cliente sabe que dicho registro tiene el valor probatorio que otorga la Ley a este tipo de operaciones. En los casos en los que no se lleve a cabo una operación bancaria, el Banco no llevará a cabo notificación alguna (como por ejemplo serían las consultas de saldo o movimientos).
III. Las Operaciones Xxxxxxxxxx entre cuentas propias solamente se efectuarán entre las cuentas que el Cliente tiene relacionadas con los Factores de Autenticación o Firma Electrónica. Banca por Internet mostrará todas las cuentas de las que el Cliente sea titular sin relación de mancomunidad.
IV. Las Operaciones Xxxxxxxxxx sólo podrán efectuarse si el Cliente tiene saldo disponible suficiente en la cuenta objeto del cargo o en el crédito concedido.
V. Las Operaciones Monetarias de traspaso a terceros por montos mayores al monto mínimo establecido por el Banco, sólo podrán realizarse previa relación de dichas cuentas a los Factores de Autenticación o Firma Electrónica de conformidad con las políticas que tenga establecidas el Banco y mediando a tal efecto autorización del Banco para la realización de la operación de que se trate.
VI. En cualquier operación a través de Banca por Internet, la Firma Electrónica actuará como firma indistinta; por lo tanto, el Cliente reconoce que el uso de dicha firma en aquellas instrucciones u operaciones que se encuentren ligadas a cuentas cuyo régimen de firmas sea mancomunado, se entenderán autorizadas por todas las personas que integren dicho régimen y serán responsabilidad absoluta del Cliente;
VII. El Banco no prestará el servicio materia de este Contrato cuando la información transmitida sea insuficiente o errónea o cuando la(s) Cuenta(s) Destino o las cuenta(s) del Cliente no se encuentre(n) dada(s) de alta en el servicio o bien, se encuentre(n) cancelada(s), sin importar que no hubiere(n) sido dada(s) de baja en el servicio, igualmente se podrá dejar de prestar el servicio sin responsabilidad del Banco cuando la cuenta no se encuentre operativa por cualquier circunstancia o bajo supervisión o vigilancia del Banco por causa de protección al Cliente o al Banco y de acuerdo con lo expuesto en los Manuales del Banco para tal fin. Para efectos de seguridad, el Banco podrá dar por terminada de forma automática la sesión iniciada por el Cliente en caso de que el sistema presente inactividad por más de 20 (veinte) minutos una vez iniciada la sesión. Asimismo, el Banco podrá impedir el acceso al sistema a un Cliente cuando se utilice un Usuario ya registrado en una sesión en curso.
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