Common use of MODIFICACIONES Clause in Contracts

MODIFICACIONES. Debido a que los servicios descritos en el presente CONTRATO son objeto de una regulación normativa especial y para adaptar los mismos al constante desarrollo tecnológico en materia de seguridad, las presentes condiciones podrían verse modificadas para seguir cumpliendo con la finalidad para la que los Servicios fueron contratados. En caso de producirse modificaciones en el CONTRATO, SECURITAS DIRECT lo comunicará por escrito a través de cualquiera de los siguientes medios, SMS, email, correo postal, página web, etc…, con un periodo de antelación de 30 días a la entrada en vigor, pudiendo el CLIENTE consultarlas en la web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx. El CLIENTE podrá resolver el CONTRATO en caso de desacuerdo con dichas modificaciones comunicando por escrito su decisión de resolver a SECURITAS DIRECT, antes de su entrada en vigor. La continuación en el uso del servicio por parte del CLIENTE, transcurrido el plazo indicado se considerará aceptación de las nuevas condiciones del CONTRATO. Si se produjeren cambios del sistema de seguridad, ampliaciones o modificaciones sustanciales en el mismo, ambas partes acuerdan formular o acogerse a un nuevo CONTRATO, pudiendo prestarse el consentimiento por vía electrónica, a cuyo efecto la dirección de SECURITAS DIRECT, será la facilitada por SECURITAS DIRECT y la del CLIENTE será la recogida en el ANEXO II (“PLAN DE ACCIÓN. CONDICIONES DEL SERVICIO DE EXPLOTACION DE CENTRAL RECEPTORA DE ALARMAS”) del presente CONTRATO a efecto de comunicaciones con SECURITAS DIRECT.

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MODIFICACIONES. Debido a que los servicios descritos en el presente CONTRATO son objeto de una regulación normativa especial y para adaptar los mismos al constante desarrollo tecnológico en materia de seguridad, las presentes condiciones podrían verse modificadas para seguir cumpliendo con la finalidad para la que los Servicios fueron contratados. En caso de producirse modificaciones en el CONTRATO, SECURITAS DIRECT SEGUR CONTROL lo comunicará por escrito a través de cualquiera de los siguientes medios, SMS, email, correo postal, página web, etc., con un periodo de antelación de 30 días a la entrada en vigor, pudiendo el CLIENTE consultarlas en la web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxx.xxxxxxxxxxxx.xx. El CLIENTE podrá resolver el CONTRATO en caso de desacuerdo con dichas modificaciones comunicando por escrito su decisión de resolver a SECURITAS DIRECTx XXXXX CONTROL, antes de su entrada en vigor. La continuación en el uso del servicio por parte del CLIENTE, transcurrido el plazo indicado se considerará aceptación de las nuevas condiciones del CONTRATO. Si se produjeren cambios del sistema de seguridad, ampliaciones o modificaciones sustanciales en el mismo, ambas partes acuerdan formular o acogerse a un nuevo CONTRATO, pudiendo prestarse el consentimiento por vía electrónica, a cuyo efecto la dirección de SECURITAS DIRECTSEGUR CONTROL, será la facilitada por SECURITAS DIRECT SEGUR CONTROL y la del CLIENTE será la recogida en el ANEXO II (“PLAN DE ACCIÓN. CONDICIONES DEL SERVICIO DE EXPLOTACION DE CENTRAL RECEPTORA DE ALARMAS”) del presente CONTRATO a efecto de comunicaciones con SECURITAS DIRECTSEGUR CONTROL.

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MODIFICACIONES. Debido a que los servicios descritos en el presente CONTRATO son objeto de una regulación normativa especial y para adaptar los mismos al constante desarrollo tecnológico en materia de seguridad, las presentes condiciones podrían verse modificadas para seguir cumpliendo con la finalidad para la que los Servicios fueron contratados. En caso de producirse modificaciones en el CONTRATO, SECURITAS DIRECT lo comunicará por escrito a través de cualquiera de los siguientes medios, SMS, email, correo postal, página web, etc…, . con un periodo de antelación de 30 días a la entrada en vigor, pudiendo el CLIENTE consultarlas en la web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx. El CLIENTE podrá resolver el CONTRATO en caso de desacuerdo con dichas modificaciones comunicando por escrito su decisión de resolver a SECURITAS DIRECT, antes de su entrada en vigor. La continuación en el uso del servicio por parte del CLIENTE, transcurrido el plazo indicado se considerará aceptación de las nuevas condiciones del CONTRATO. Si se produjeren cambios del sistema de seguridad, ampliaciones o modificaciones sustanciales en el mismo, ambas partes acuerdan formular o acogerse a un nuevo CONTRATO, pudiendo prestarse el consentimiento por vía electrónica, a cuyo efecto la dirección de SECURITAS DIRECT, será la facilitada por SECURITAS DIRECT y la del CLIENTE será la recogida en el ANEXO II (“PLAN DE ACCIÓN. CONDICIONES DEL SERVICIO DE EXPLOTACION DE CENTRAL RECEPTORA DE ALARMAS”) del presente CONTRATO a efecto de comunicaciones con SECURITAS DIRECT.

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MODIFICACIONES. Debido a que los servicios descritos en el presente CONTRATO son objeto de una regulación normativa especial y para adaptar los mismos al constante desarrollo tecnológico en materia de seguridad, las presentes condiciones podrían verse modificadas para seguir cumpliendo con la finalidad para la que los Servicios fueron contratados. En caso de producirse modificaciones en el CONTRATO, SECURITAS DIRECT SEGUR CONTROL lo comunicará por escrito a través de cualquiera de los siguientes medios, SMS, email, correo postal, página web, etc…, . con un periodo de antelación de 30 días a la entrada en vigor, pudiendo el CLIENTE consultarlas en la web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxx.xxxxxxxxxxxx.xx. El CLIENTE podrá resolver el CONTRATO en caso de desacuerdo con dichas modificaciones comunicando por escrito su decisión de resolver a SECURITAS DIRECTx XXXXX CONTROL, antes de su entrada en vigor. La continuación en el uso del servicio por parte del CLIENTE, transcurrido el plazo indicado se considerará aceptación de las nuevas condiciones del CONTRATO. Si se produjeren cambios del sistema de seguridad, ampliaciones o modificaciones sustanciales en el mismo, ambas partes acuerdan formular o acogerse a un nuevo CONTRATO, pudiendo prestarse el consentimiento por vía electrónica, a cuyo efecto la dirección de SECURITAS DIRECTSEGUR CONTROL, será la facilitada por SECURITAS DIRECT SEGUR CONTROL y la del CLIENTE será la recogida en el ANEXO II (“PLAN DE ACCIÓN. CONDICIONES DEL SERVICIO DE EXPLOTACION DE CENTRAL RECEPTORA DE ALARMAS”) del presente CONTRATO a efecto de comunicaciones con SECURITAS DIRECTSEGUR CONTROL.

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