Norma. Las autoridades públicas aceptarán la declaración de provisiones de a bordo fechada y firmada por el capitán o por un oficial del buque debidamente autorizado por el capitán que tenga conocimiento personal de dichas provisiones.
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Samples: Convenio Para Facilitar El Trafico Marítimo Internacional
Norma. Las autoridades públicas aceptarán que la declaración de provisiones de a bordo general esté fechada y firmada por el capitán o por un oficial capitán, el agente del buque o cualquier otra persona debidamente autorizado autorizada por el capitán que tenga conocimiento personal capitán, o autenticada de dichas provisionesuna manera aceptable para la autoridad pública competente.
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Norma. Las autoridades públicas aceptarán la declaración de provisiones de a bordo cargamento fechada y firmada por el capitán o por un oficial capitán, el agente del buque o cualquiera otra persona debidamente autorizado autorizada por el capitán que tenga conocimiento personal de dichas provisionescapitán.
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Samples: Convenio Para Facilitar El Trafico Marítimo Internacional
Norma. Las autoridades públicas aceptarán la declaración de provisiones de a bordo general fechada y firmada por el capitán o por un oficial capitán, el agente del buque o cualquiera otra persona habilitada y debidamente autorizado autorizada por el capitán que tenga conocimiento personal de dichas provisionescapitán.
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