NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD Cláusulas de Ejemplo

NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD. 1. CAPÍTULO I
NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD. ARTÍCULO 36°.- Se pone en conocimiento de todos los trabajadores del Instituto Nacional de Fútbol, Deporte y Actividad Física, que el presente Reglamento de Higiene y Seguridad se establece en cumplimiento del artículo Nº 67 de la Ley Nº 16.744, que estipula normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y del Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales, (D.S.Nº 140 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, de fecha 11-02-1969) y del artículo Nº 153 del Código del Trabajo. El destino de las multas antes mencionadas, se regirá por lo señalado en el Art. 20° del citado Decreto Supremo Nº 40. En consecuencia, las disposiciones que contiene el presente reglamento han sido establecidas con el fin de prevenir los riesgos de accidentes del trabajo o enfermedades profesionales que pudieran afectar a los trabajadores del Instituto Nacional del Fútbol, Deporte y Actividad Física y pudieran contribuir así al mejoramiento de la seguridad en los lugares de trabajo del INAF. La prevención contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales requiere que, tanto los trabajadores como el Instituto, realicen una acción mancomunada y en estrecha colaboración, para alcanzar los objetivos de controlar y suprimir las causas que provocan los accidentes y las enfermedades. La empresa desea y espera que todo personal dé un responsable y decidido cumplimiento a cada una de estas normas, ya que su única y principal finalidad es protegerlo de riesgos que pueden ser evitados con la participación de todos. Las disposiciones que contienen este Reglamento han sido establecidas con el objeto de prevenir los riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que pudieran afectar a los trabajadores del Instituto Nacional del Fútbol y contribuir así a mejorar y aumentar la seguridad de los lugares de trabajo. La prevención contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales requieren que tanto los trabajadores como el Instituto mismo, realicen una acción mancomunada y en estrecha colaboración, para alcanzar los objetivos principales que radican en controlar y suprimir las causas que provocan accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Por lo anterior, este Reglamento Interno esta destinado a poner a todos los trabajadores del INAF en las condiciones de Higiene y Seguridad necesarias para la no ocurrencia de accidentes del trabajo ni enfermedades profesionales, lo que sólo podrá ser logrado con la coopera...
NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD. La A.R.T. detallará las Normas de Procedimientos para un trabajo seguro, que ya estén desarrolladas e implementadas para otras actividades iguales o similares a las de EANA SE.
NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD. La Adjudicataria cumplirá estrictamente con las normas de higiene y seguridad que parte integrante del presente. (Ver anexo)

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.