Common use of OBLIGACIONES FISCALES Clause in Contracts

OBLIGACIONES FISCALES. Para los casos en que el monto de la adjudicación sea superior a $300,000.00 M.N., sin incluir el IVA, el licitante deberá presentar a la convocante previo a la firma del contrato, el documento vigente expedido por el SAT en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, prevista en la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, publicada en el DOF el 23 de diciembre de 2015. Para efectos de lo anterior, el licitante deberá obtener el acuse de recepción de solicitud de opinión a través del portal de internet del SAT, en los términos de la regla 2.1.39 de la Segunda Resolución Miscelánea Fiscal para 2016. Los licitantes deberán tomar en consideración, que de no presentar la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones en sentido positivo, Si el interesado no firma el contrato por causas imputables al mismo, conforme a lo señalado en el párrafo anterior, la Convocante, sin necesidad de un nuevo procedimiento, deberá adjudicar el contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen xxx xxxx por ciento. En caso de no contar con documento vigente, deberá realizar la solicitud de opinión ante el SAT, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del resultado del procedimiento o adjudicación correspondiente, incluyendo los correos electrónicos xxxxxx.xxxxxxxxx@xxx.xxx.xx y xxxxx.xxxxxx@xxx.xxx.xx que es de la convocante, para que el SAT envíe el “acuse de la consulta” que emitirá en atención a su solicitud de opinión.

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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicios, Contrato De Prestación De Servicios, Contrato Abierto De Prestación De Servicios

OBLIGACIONES FISCALES. (ANEXO 10): Para los casos en que el monto de la adjudicación sea superior a $300,000.00 M.N., sin incluir el IVA, el licitante deberá presentar a la convocante previo a la firma del contrato, el documento vigente expedido por el SAT en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, prevista en la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, publicada en el DOF el 23 de diciembre de 2015. Para efectos de lo anterior, el licitante deberá obtener el acuse de recepción de solicitud de opinión a través del portal de internet del SAT, en los términos de la regla 2.1.39 de la Segunda Resolución Miscelánea Fiscal para 2016. Los licitantes deberán tomar en consideración, que de no presentar la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones en sentido positivo, Si el interesado no firma el contrato por causas imputables al mismo, conforme a lo señalado en el párrafo anterior, la Convocante, sin necesidad de un nuevo procedimiento, deberá adjudicar el contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen xxx xxxx por ciento. En caso de no contar con documento vigente, deberá realizar la solicitud de opinión ante el SAT, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del resultado del procedimiento o adjudicación correspondiente, incluyendo los correos electrónicos xxxxxx.xxxxxxxxx@xxx.xxx.xx y xxxxx.xxxxxx@xxx.xxx.xx xxxxxxx.xxxxx@xxx.xxx.xx que es de la convocante, para que el SAT envíe el “acuse de la consulta” que emitirá en atención a su solicitud de opinión.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

OBLIGACIONES FISCALES. Para los casos en que el monto dar cumplimiento al artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la adjudicación sea superior Federación y de conformidad con la regla I.2.1.15 de la Resolución de Modificaciones a $300,000.00 M.N.la Resolución Miscelánea Fiscal 2009, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2009, la persona física o moral que en su caso resulte adjudicada con un contrato o pedido, cuyo monto exceda de 300 mil pesos sin incluir el IVA, el licitante deberá presentar a ante la convocante previo a Jefatura de Proyecto de Recursos Materiales, de la firma Dirección de Administración del contrato, Organismo xx Xxxxxx Balsas el documento vigente expedido por el SAT en “acuse de recepción” con el que se emita compruebe que realizó la solicitud de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, prevista en la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016regla citada, publicada o aquella que en el DOF el 23 de diciembre de 2015futuro la sustituya. Para efectos de lo anterior, el El licitante deberá obtener el acuse de recepción de solicitud de opinión a través del portal de internet del SAT, en los términos de la regla 2.1.39 de la Segunda Resolución Miscelánea Fiscal para 2016. Los licitantes deberán tomar en consideración, que de no presentar la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones en sentido positivo, Si el interesado no firma el contrato por causas imputables al mismo, conforme a lo señalado en el párrafo anterior, la Convocante, sin necesidad de un nuevo procedimiento, deberá adjudicar el contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen xxx xxxx por ciento. En caso de no contar con documento vigente, ganador deberá realizar la solicitud dicha consulta de opinión ante el SAT, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del resultado del procedimiento fallo o adjudicación correspondiente, incluyendo los correos electrónicos xxxxxx.xxxxxxxxx@xxx.xxx.xx y xxxxx.xxxxxx@xxx.xxx.xx que es . La solicitud de la convocante, opinión al SAT deberá incluir el siguiente correo electrónico: _xxxx.xxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx para que el SAT envíe el “acuse de la consultarespuesta” que emitirá en atención a su solicitud de opinión. Las personas físicas x xxxxxxx residentes en el extranjero que resulten adjudicadas y que no estén obligadas a presentar la solicitud de inscripción en el RFC o declaraciones periódicas en México, así como los contribuyentes que no estén obligados a presentar total o parcialmente la declaración anual del ISR, deberán realizar su solicitud de opinión al SAT ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda al domicilio de la convocante.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios