Common use of OBLIGACIONES FORMALES Clause in Contracts

OBLIGACIONES FORMALES. La contrata dispondrá de personal suficiente para proceder de forma inmediata a las sustituciones que por ausencia, vacancia, enfermedad u otras causas resulten precisas con objeto de que no se interfiera en la prestación del servicio. En el supuesto de que la empresa adjudicataria considere oportuna la sustitución de su personal, deberá notificarlo al Distrito con una antelación mínima de cinco días naturales. Las sustituciones que tengan su causa en la cobertura de bajas por enfermedad u otros motivos de carácter imprevisible y que no hayan podido ser comunicadas en el plazo anteriormente fijado, serán notificadas al Distrito en el momento de la incorporación del sustituto. En dichas notificaciones se expresarán las circunstancias que obligan a la sustitución y los demás datos personales del trabajador que se incorpora. Las intervenciones del personal que se encuentren reguladas por normas o reglamentos se realizarán por personal homologado y que cuente con los correspondientes permisos y acreditaciones oficiales exigidos por la normativa de aplicación. En su caso también se deben cumplimentar los libros o documentos oficiales correspondientes con las anotaciones y observaciones pertinentes. Todo el personal de la contrata adscrito al servicio deberá disponer de una tarjeta de identificación plastificada. En ella se hará constar:, la empresa a la que pertenece, el número de la plantilla y la categoría profesional. Dicha tarjeta irá firmada por el Jefe del Departamento de los Servicios Técnicos de Distrito y por el representante del contratista ante el Ayuntamiento o responsable máximo. Todo el personal la llevará siempre visible en los lugares donde esté desarrollando su labor profesional. En cualquier caso deberá mostrar su tarjeta de identificación cuando le sea requerida por la persona encargada o responsable del edificio de que se trate. El contratista deberá proveer a su personal de los uniformes de trabajo necesarios para el desempeño de las tareas en los casos que así se prevé en los correspondientes Anexos. El contratista deberá indicar de forma previa al inicio de la prestación una dirección de correo electrónico y fax a efecto de notificaciones lo que supone la aceptación de este sistema como medio valido de notificación.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Del Contrato De Gestión Integral De Los Servicios Complementarios De Las Instalaciones Deportivas Y Pistas Elementales Adscritas, Pliego De Prescripciones Técnicas Del Contrato De Gestión Integral De Los Servicios Complementarios De Las Instalaciones Deportivas Y Pistas Elementales Adscritas

OBLIGACIONES FORMALES. La contrata dispondrá El contrato implica que el adjudicatario se responsabilizará, por sí mismo y ante EOI, del cumplimiento íntegro y satisfactorio de la totalidad de las prestaciones objeto del mismo. Por ello los licitadores deberán disponer de la organización, medios técnicos, materiales y humanos suficientes que permitan acometer y realizar perfectamente la totalidad del servicio que constituye el objeto del contrato, respondiendo con su organización incluso de aquellos que deban ser subcontratados. El adjudicatario deberá contratar al personal suficiente que resulte preciso para proceder atender el cumplimiento de forma inmediata sus obligaciones. En ningún caso existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución de este contrato por el adjudicatario y EOI, por cuanto el personal queda expresamente sometido al poder direccional y de organización del adjudicatario (artículo 43 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores). El adjudicatario será el único responsable y obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables con relaciones a su personal, en especial las sustituciones referidas a su contratación, Seguridad Social, Prevención de Riesgos Laborales y tributarias. El adjudicatario será responsable del tratamiento adecuado de las instalaciones, así como del material, mobiliario y enseres que por ausenciaforman parte de su continente, vacancia, enfermedad u otras causas resulten precisas con objeto siendo responsable de los deterioros o cualquier otra anomalía que no se interfiera pueda darse como consecuencia de una negligencia en la prestación del ejecución de su servicio. En caso de producirse ésta, estará obligado a devolver a su estado inicial, reparar o sustituir el supuesto posible daño causado. En todas las operaciones que se realicen en cumplimiento de que los trabajos contratados el adjudicatario velará de forma escrupulosa, por el cumplimiento de las medidas de Seguridad e Higiene en el Trabajo vigentes y, de manera específica, por el cumplimiento de las previsiones contenidas en los artículo 15, 17, 19 y 41 de la empresa adjudicataria considere oportuna Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y sus normas de desarrollo. El adjudicatario deberá cumplir la sustitución legislación vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales, siendo necesario a efectos de comprobación documental, la presentación del Manual de gestión de la prevención de riesgos laborales aplicado en el desarrollo de su personalactividad. Tanto EOI como el adjudicatario durante el tiempo que dure el contrato y sus prorrogas, deberá notificarlo al Distrito con una antelación mínima mantendrán la confidencialidad de cinco días naturaleslos datos e información intercambiados entre ellos, incluyendo información objeto de derecho de autor, patentes, técnicas, modelos, invenciones, know-how, procesos, algoritmos, programas, ejecutables, investigaciones, detalles de diseño, información financiera, lista de clientes, inversionistas, empleados, relaciones de negocios y contractuales, pronósticos de negocios, planes de mercadeo y cualquier información revelada sobre terceras personas. Las sustituciones Es especialmente importante garantizar la confidencialidad de las personas que tengan su causa presten el servicio, en la cobertura cualquier tipo de bajas por enfermedad u otros motivos de carácter imprevisible y que no hayan podido ser comunicadas en el plazo anteriormente fijado, serán notificadas al Distrito en el momento de la incorporación del sustituto. En dichas notificaciones se expresarán las circunstancias que obligan a la sustitución y los demás datos personales del trabajador que se incorpora. Las intervenciones del personal que se encuentren reguladas por normas o reglamentos se realizarán por personal homologado y que cuente con los correspondientes permisos y acreditaciones oficiales exigidos por la normativa de aplicación. En su caso también se deben cumplimentar los libros o documentos oficiales correspondientes con las anotaciones y observaciones pertinentes. Todo el personal de la contrata adscrito al servicio deberá disponer de una tarjeta de identificación plastificada. En ella se hará constar:, la empresa información a la que pertenecetengan acceso en el desarrollo de su actividad, el número de la plantilla y la categoría profesional. Dicha tarjeta irá firmada por el Jefe del Departamento de en especial los Servicios Técnicos de Distrito y por el representante del contratista ante el Ayuntamiento datos relativos a alumnos o responsable máximo. Todo el personal la llevará siempre visible en los lugares donde esté desarrollando su labor profesional. En cualquier caso deberá mostrar su tarjeta de identificación cuando le sea requerida por la persona encargada o responsable del edificio de que se trate. El contratista deberá proveer a su personal de los uniformes de trabajo necesarios para el desempeño de las tareas en los casos que así se prevé en los correspondientes Anexos. El contratista deberá indicar de forma previa al inicio de la prestación una dirección de correo electrónico y fax a efecto de notificaciones lo que supone la aceptación de este sistema como medio valido de notificaciónclientes.

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Samples: Pliego De Características Técnicas Contratación Del “Suministro E Instalación De Caldera De Gas

OBLIGACIONES FORMALES. Es condición especial para la ejecución de este contrato, que la empresa adjudicataria organice 2 acciones formativas en el puesto de trabajo de 3 horas de duración que mejore la ocupación y la adaptabilidad de las personas adscritas a la ejecución del contrato, así como sus capacidades y su calificación. Para su acreditación la empresa adjudicataria deberá presentar con carácter previo a la finalización del contrato la relación de acciones formativas realizadas al personal vinculado a la ejecución del contrato con especificación del contenido formativo y de los asistentes así como fecha y lugar de los mismos. La contrata dispondrá persona responsable de personal suficiente para proceder formación de forma inmediata a la empresa adjudicataria deberá rubricar la relación de las sustituciones que por ausenciaacciones formativas realizadas así como su contenido, vacancia, enfermedad u otras causas resulten precisas con objeto debiendo entregarse copia de que no se interfiera la documentación anterior en el Departamento de Inmuebles e Instalaciones de la prestación del servicioDirección General de la Policía. En el supuesto de que la empresa adjudicataria contratista considere oportuna la sustitución de su personal, personal deberá notificarlo al Distrito Departamento de Inmuebles e Instalaciones con una antelación mínima de cinco días naturales. Las sustituciones que tengan su causa en la cobertura de bajas por enfermedad u otros motivos de carácter imprevisible y que no hayan podido ser comunicadas en el plazo anteriormente fijado, serán notificadas al Distrito Departamento de inmuebles e Instalaciones en el momento de la incorporación del sustitutosustituto y acreditar su afiliación y alta en la Seguridad Social. En dichas notificaciones se expresarán las circunstancias causas concretas que obligan a la sustitución y se indicará porqué trabajador de la lista de reserva ha sido la sustitución. En caso de no figurar el sustituto/a en la lista de reserva se facilitarán los demás datos personales del trabajador que se incorpora. La distribución de los medios personales podrá ser variada por la empresa contratista cuando las circunstancias concurrentes así lo requieran, sin que ello suponga modificación del contrato, poniendo en conocimiento del Departamento de Inmuebles e Instalaciones la nueva distribución con una antelación de cinco días naturales. La empresa contratista organizará su personal de modo que cubra en todo momento las necesidades de funcionamiento de las dependencias, debiendo proceder, en todo caso, a la sustitución inmediata de las ausencias del personal a su cargo, independientemente de la causa de las mismas, con objeto de que no se interfiera en la prestación del servicio. Cualquier sustitución del personal deberá mantener iguales condiciones en cuanto a la categoría, formación y experiencia del trabajador/a sustituido. Los trabajadores que presten el servicio de limpieza estarán obligados a guardar el debido sigilo profesional en relación con las actuaciones, informaciones o hechos, de los que pudieran tener conocimiento como consecuencia del normal desempeño de sus funciones. Las intervenciones del personal que se encuentren reguladas por normas o reglamentos se realizarán por personal homologado cualificado y que cuente con los correspondientes permisos y acreditaciones oficiales exigidos por la normativa de aplicación. En su caso también se deben de cumplimentar los libros o documentos oficiales correspondientes con las anotaciones y observaciones pertinentes. Todo el personal de la contrata empresa contratista adscrito al servicio a los servicios objeto del contrato deberá disponer de una tarjeta de identificación plastificada. En ella se hará constar:constar nombre y apellidos del trabajador, la empresa a la que pertenece, el número de la plantilla pertenece y la categoría profesional. Dicha tarjeta irá firmada ira validada por el Jefe del Departamento de los Servicios Técnicos de Distrito Inmuebles e Instalaciones y por el representante del de la empresa contratista ante el Ayuntamiento de Madrid o responsable máximo. Todo el personal la llevará llevara siempre visible en los lugares donde esté desarrollando su labor profesional. En cualquier caso deberá mostrar su tarjeta de identificación cuando le sea requerida por el responsable de la persona encargada o responsable del edificio dependencia de que se trate. El contratista deberá proveer a su personal En caso de los uniformes sustituciones o incorporaciones de trabajo necesarios para el desempeño de las tareas en los casos que así se prevé en los correspondientes Anexos. El contratista deberá indicar de forma previa al inicio última hora, dependiendo de la prestación urgencia de que se trate, el Departamento de Inmuebles validará las mismas a la mayor brevedad posible. A este personal, la Empresa le facilitara una dirección acreditación temporal. En el caso del personal adscrito al edificio de correo electrónico la Xxxxxxx Xxxxxxxxx 0, sede de la Coordinación General de Seguridad y fax a efecto de notificaciones lo Emergencias, la tarjeta será la del personal externo que supone le facilite la aceptación de este sistema como medio valido de notificacióndependencia competente del citado edificio.

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Samples: sede.madrid.es

OBLIGACIONES FORMALES. La contrata dispondrá de personal suficiente para proceder de forma inmediata a las sustituciones que por ausencia, vacanciavacaciones, enfermedad u otras causas resulten precisas con objeto de que no se interfiera en la prestación del servicio. En el supuesto de que la empresa adjudicataria considere oportuna la sustitución de su personal, deberá notificarlo al Distrito con una antelación mínima de cinco días naturales. Las sustituciones que tengan su causa en la cobertura de bajas por enfermedad u otros motivos de carácter imprevisible y que no hayan podido ser comunicadas en el plazo anteriormente fijado, serán notificadas al Distrito en el momento de la incorporación del sustituto. En dichas notificaciones se expresarán las circunstancias que obligan a la sustitución y los demás datos personales del trabajador que se incorpora. Las intervenciones del personal que se encuentren reguladas por normas o reglamentos reglamentos, se realizarán por personal homologado y cualificado que cuente con los correspondientes permisos y acreditaciones oficiales exigidos por la normativa de aplicación. En su caso también se deben cumplimentar los libros o documentos oficiales correspondientes con las anotaciones y observaciones pertinentes. Todo el personal de la contrata adscrito al servicio deberá disponer de una tarjeta de identificación plastificadaplastificada diferente a la tarjeta corporativa de los empleados municipales. En Dicha identificación será expedida por la empresa y en ella se hará constar:harán constar el nombre y apellidos del trabajador, el nombre y/o logo de la empresa a la que pertenece, el número de la plantilla pertenece y la categoría profesional. Dicha tarjeta irá firmada validada por el Jefe del Departamento de los Servicios Técnicos de Distrito y por el representante del contratista ante el Ayuntamiento o responsable máximo. Todo el personal la llevará siempre visible en los lugares donde esté desarrollando su labor profesional. En cualquier caso deberá mostrar su tarjeta de identificación cuando le sea requerida por la persona encargada o responsable del edificio de que se trate. El contratista deberá proveer a su personal de la contrata que preste sus servicios en cada uno de los uniformes de trabajo necesarios para el desempeño de centros municipales, deberá participar en las tareas de autoprotección que se le asignen, entre ellas formar parte de los diferentes equipos de emergencia, evacuación e intervención, para lo cual la contrata deberá facilitarle la formación adecuada. En el caso de que dicho personal sea el único con presencia física en los casos que así se prevé en los correspondientes Anexos. El contratista el edificio, la empresa adjudicataria designará a un Jefe de Emergencias por edificio, para lo cual deberá indicar de forma previa al inicio de facilitarle la prestación una dirección de correo electrónico y fax a efecto de notificaciones lo que supone la aceptación de este sistema como medio valido de notificaciónformación adecuada.

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Samples: sede.madrid.es