Common use of OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LAS PARTES Clause in Contracts

OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LAS PARTES. Cliente: a) Pagar todas las facturas originadas en razón del presente contrato. b) Permitir el acceso a sus dependencias de personal autorizado por la PRESTADORA y debidamente identificado, para realizar trabajos de inspección, mantenimiento y/o reemplazo de equipos, previa autorización del ASOCIADO para dicho ingreso. c) Abstenerse de modificar el Equipamiento provisto por LA PRESTADORA. d) Proveer a LA PRESTADORA la documentación técnica necesaria relativa a los equipamientos no suministrados por la misma que tengan conexión o interfase con el Servicio. e) Proveer a su costo espacio para las instalaciones necesarias, debiendo acondicionar el lugar de instalación para permitir a LA PRESTADORA el montaje del Equipamiento. f) Obtener cualquier autorización, aprobación, o conformidad de terceras partes necesarias para la instalación, utilización y/o prestación del Servicio. g) Resarcir y mantener indemne a LA PRESTADORA por cualquier acto u omisión del ASOCIADO, sus empleados, agentes y/o personas por las que legalmente deba responder, que ocasione perjuicios a terceros derivado del uso del Servicio h) Mantener a su xxxxx sus componentes informáticos interconectados de manera tal que no impliquen un menoscabo en los Servicios ni causen interferencias que perjudiquen la prestación de los mismos. i) Mantener indemne a LA PRESTADORA por cualquier infracción a las leyes de propiedad intelectual, difamación, calumnia y/o por cualquier otro acto u omisión del ASOCIADO y/o de sus agentes, empleados o personas por la que legalmente deba responder, que ocasione perjuicios a terceros mediante el uso del Servicio. J) Abstenerse de llevar a cabo conductas que generen una congestión intencionada o a sabiendas de los Servicios, enlaces y sistemas para la prestación de los Servicios. K) Suspendido el servicio por falta de pago del ASOCIADO, el mismo deberá abonar, previo al alta del Servicio y en forma adicional a otros cargos que pudieran corresponder, un cargo de reconexión, el cual será determinado por LA PRESTADORA a su exclusivo criterio en función de las tareas que implique la reconexión y que en ningún caso superará el monto establecido en la Solicitud de Servicio como abono mensual. La Prestadora: a) Disponer de los medios necesarios para poner en funcionamiento el/los Servicio/s contratados. b) Coordinará con los proveedores de servicios o equipamiento relacionados con la prestación del Servicio de manera tal de poder ofrecer en todo momento la mejor calidad del servicio posible. c) No será responsable por interrupciones del Servicio o cualquier otra falla en él, debida a actos, hechos u omisiones de terceros o fuera de su control técnico comercial. d) No garantiza resultado alguno por los usos y/o aplicaciones específicas que realice el ASOCIADO de los Servicios, ni será responsable por la eficacia de los usos y/o aplicaciones específicas que realice el ASOCIADO. e) no será responsable por los daños y perjuicios de cualquier índole, directos o indirectos, actuales o futuros, que el ASOCIADO o terceros puedan sufrir debido al uso o imposibilidad de uso del Servicio, defectos, interrupciones, suspensiones, u otras fallas que afecten al Servicio. No será responsable frente al ASOCIADO y/o terceros por ningún daño y/o perjuicio que por cualquier reclamo pudiera corresponder en los supuestos indicados. LA PRESTADORA está exenta de todo tipo de responsabilidad por daños en el software y hardware propiedad del ASOCIADO. Su responsabilidad se limita solamente a proveer el Servicio conforme el presente, y a garantizar el correcto enrutamiento del Protocolo IP. El ASOCIADO expresamente asume y presta conformidad, que el Servicio objeto del presente contrato no está previsto para ser utilizado para salvar y/o proteger vidas, y LA PRESTADORA no responderá por ningún reclamo o pérdida en relación con tal uso. LA PRESTADORA no ejercerá ningún control sobre el contenido de la información que circule por sus redes. Si por causas atribuibles a LA PRESTADORA y, salvo caso fortuito o fuerza mayor previstos en el artículo 13.10., existiera una pérdida de disponibilidad, interrupciones, suspensiones de los servicios digitales u otros defectos o fallas en la prestación de servicios contratados por un período de igual o mayor a cuatro horas por mes (99.5% de disponibilidad), el ASOCIADO tendrá derecho a un crédito en el canon mensual que será proporcional a la duración de dicha indisponibilidad en lo que exceda a tales cuatro horas. El crédito por interrupción del servicio será deducible del precio del canon mensual del mes subsiguiente.

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Samples: Telecommunications, Telecommunications

OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LAS PARTES. Cliente: a) Pagar todas 1. Suministrar continuamente un servicio de buena calidad en el inmueble para el cual se hizo la solicitud, de acuerdo con los parámetros fijados por las facturas originadas autoridades competentes y con las especificaciones técnicas determinadas por la Empresa ECAAAS -ESP, las cuales se encuentran contenidas en razón el Anexo I, el cual forma parte integrante de este documento a través de las redes utilizadas. Una vez la Empresa haya realizado la conexión del servicio y el suscriptor haya pagado los costos de conexión. Los costos de conexión deberán ser pagados dentro de los 15 días calendarios siguientes a la fecha en que la Empresa le notifica el valor de los mismos, salvo que ésta haya otorgado plazos para amortizar dicho valor y el beneficiario haya otorgados un título valor para garantizar las facturas. 2. Recolectar y transportar, en forma permanente los residuos, especialmente líquidos provenientes del inmueble objeto del servicio, por medio de tuberías y conductos legalmente autorizados por la Empresa ECAAAS -ESP, así como realizar la disposición final de los mismos excepto en los casos en que la Empresa no preste dicho servicio por no contar con las redes o porque el usuario tiene otros medios de disposición de aguas residuales. La empresa se abstendrá de recibir y aceptar los residuos que no se ciñan a las características previstas para la clase de uso autorizada por la empresa. Página9 3. Recolectar, transportar los residuos sólidos provenientes del inmueble objeto de los servicios, así como realizar la disposición final y tratamiento de los mismos de acuerdo a la normatividad vigente. La empresa se abstendrá de recibir y aceptar los residuos que no se ciñan a las características previstas autorizada por la empresa. 4. Otorgar la garantía por el plazo mínimo exigido por las normas vigentes para los equipos de medición que suministre la Empresa. La empresa podrá celebrar contrato con los 5. Medir los consumos o, en su defecto, facturar el servicio con base en consumos promedios. En el caso de Servicio de Acueducto con base en la diferencia entre la lectura actual del medidor y la lectura anterior cuando exista medidor y éste funcione correctamente; de no existir medición, el consumo a facturar se obtendrá con base en alguno de los procedimientos establecidos por la Ley 142 de 1994º las normas que lo modifiquen. Para el caso del servicio de Alcantarillado, y sin perjuicio de poder utilizar otras fórmulas para la medición o cálculo de efluentes, el valor a facturar tendrá como base el consumo del servicio de acueducto, aplicándose las tarifas legalmente establecidas para el servicio de alcantarillado. 6. Facturar con periodicidad establecida y de forma tal que el consumo sea el elemento principal del precio que cobre al suscriptor, de acuerdo con los parámetros señalados por la Ley 142 de 1994 o por las autoridades competentes. Enviar la factura en el periodo de facturación siguiente al que se factura y entregarla en la dirección registrada para su entrega por lo menos con 5 días hábiles de anticipación a la fecha de su vencimiento utilizando para ello los mecanismos de reparto y sectorización que garanticen su entrega oportuna, de conformidad con lo previsto en la cláusula Décima Octava. 7. Ayudar al suscriptor o Usuario a detectar el sitio y causa de fugas imperceptibles de agua en el interior del inmueble, cuando sea solicitado formalmente ante la Empresa. 8. En el momento de preparar la factura, investigar las desviaciones significativas del consumo frente a consumos anteriores. 9. Realizar las revisiones técnicas a los equipos de medida cuando el suscriptor o usuario lo soliciten o cuando la Empresa tenga dudas sobre su correcto funcionamiento. Cuando el usuario pida revisión, la empresa podrá cobrar los gastos en que incurran a la tarifa aprobado para la misma. 10. Suspender la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado cuando el usuario o suscriptor incumpla la obligación de pagar, en los plazos fijados en la factura. 11. Restablecer el servicio dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha en que la Empresa haya recibido noticia de que han desaparecido la causa o causas que dieron origen a la suspensión o dentro los 5 días hábiles siguientes si se trata xx xxxxx, siempre 12. No suspender el servicio ni cortar la prestación de los servicios públicos domiciliarios mientras medie reclamación o recursos debidamente interpuesto, siempre y cuando la causa que se aduce para proceder a la suspensión o corte sea el mismo objeto de la reclamación o recurso. 13. Informar con tanta amplitud sea posible en el territorio donde presta sus servicios acerca de las condiciones uniformes del presente contrato. b) Permitir el acceso a sus dependencias CSP. Y disponer en la sede de personal autorizado la empresa copias legibles de las condiciones uniformes del CSP y del Reglamento de Usuarios expedido por la PRESTADORA y debidamente identificado, para realizar trabajos empresa. El CSP adolecerá de inspección, mantenimiento y/nulidad relativa si se celebra sin dar copia al suscriptor o reemplazo de equipos, previa autorización del ASOCIADO para dicho ingresousuario que lo solicite. 14. c) Abstenerse de modificar el Equipamiento provisto por LA PRESTADORA. d) Proveer a LA PRESTADORA la documentación técnica necesaria relativa a Hacer los equipamientos no suministrados por la misma que tengan conexión o interfase con el Servicio. e) Proveer a su costo espacio para las instalaciones necesarias, debiendo acondicionar el lugar de instalación para permitir a LA PRESTADORA el montaje del Equipamiento. f) Obtener cualquier autorización, aprobación, o conformidad de terceras partes necesarias para la instalación, utilización y/o prestación del Servicio. g) Resarcir y mantener indemne a LA PRESTADORA por cualquier acto u omisión del ASOCIADO, sus empleados, agentes y/o personas por las que legalmente deba responder, que ocasione perjuicios a terceros derivado del uso del Servicio h) Mantener a su xxxxx sus componentes informáticos interconectados de manera tal que no impliquen un menoscabo descuentos reparar e indemnizar cuando haya falta en los Servicios ni causen interferencias que perjudiquen la prestación de los mismos. i) Mantener indemne a LA PRESTADORA por cualquier infracción a las leyes de propiedad intelectual, difamación, calumnia y/o por cualquier otro acto u omisión del ASOCIADO y/o de sus agentes, empleados o personas por la que legalmente deba responder, que ocasione perjuicios a terceros mediante el uso del Servicio. J) Abstenerse de llevar a cabo conductas que generen una congestión intencionada o a sabiendas de los Servicios, enlaces y sistemas para la prestación de los Servicios. K) Suspendido el servicio por falta de pago del ASOCIADO, el mismo deberá abonar, previo al alta del Servicio y en forma adicional a otros cargos que pudieran corresponder, un cargo de reconexión, el cual será determinado por LA PRESTADORA a su exclusivo criterio en función de las tareas que implique la reconexión y que en ningún caso superará el monto establecido en la Solicitud de Servicio como abono mensual. La Prestadora: a) Disponer de los medios necesarios para poner en funcionamiento el/los Servicio/s contratados. b) Coordinará con los proveedores de servicios o equipamiento relacionados con la prestación del Servicio servicio en los términos del artículo 137.3 de manera tal la Ley 142 de poder ofrecer en todo momento la mejor calidad del servicio posible1994. 15. c) No será responsable por interrupciones del Servicio Permitir al suscriptor o cualquier otra falla en él, debida a actos, hechos u omisiones de terceros o fuera de su control técnico comercial. d) No garantiza resultado alguno por los usos y/o aplicaciones específicas que realice el ASOCIADO usuario elegir libremente al proveedor de los Servicios, ni será responsable por bienes necesarios para la eficacia de los usos y/o aplicaciones específicas que realice el ASOCIADO. e) no será responsable por los daños y perjuicios de cualquier índole, directos o indirectos, actuales o futuros, que el ASOCIADO o terceros puedan sufrir debido al uso o imposibilidad de uso del Servicio, defectos, interrupciones, suspensiones, u otras fallas que afecten al Servicio. No será responsable frente al ASOCIADO y/o terceros por ningún daño y/o perjuicio que por cualquier reclamo pudiera corresponder en los supuestos indicados. LA PRESTADORA está exenta de todo tipo de responsabilidad por daños en el software y hardware propiedad del ASOCIADO. Su responsabilidad se limita solamente a proveer el Servicio conforme el presente, y a garantizar el correcto enrutamiento del Protocolo IP. El ASOCIADO expresamente asume y presta conformidad, que el Servicio objeto del presente contrato no está previsto para ser utilizado para salvar y/o proteger vidas, y LA PRESTADORA no responderá por ningún reclamo o pérdida en relación con tal uso. LA PRESTADORA no ejercerá ningún control sobre el contenido de la información que circule por sus redes. Si por causas atribuibles a LA PRESTADORA y, salvo caso fortuito o fuerza mayor previstos en el artículo 13.10., existiera una pérdida de disponibilidad, interrupciones, suspensiones utilización de los servicios digitales u otros defectos o fallas siempre y cuando reúnan las condiciones técnicas definidas por el Ministerio de Desarrollo. 16. Informar a los usuarios acerca de la manera de utilizar con eficiencia y seguridad en el servicio. 17. Las demás contenidas en la prestación Ley 142 de servicios contratados por un período de igual o mayor a cuatro horas por mes (99.5% de disponibilidad), el ASOCIADO tendrá derecho a un crédito 1994 y en el canon mensual las normas que será proporcional a la duración de dicha indisponibilidad en lo que exceda a tales cuatro horas. El crédito por interrupción del servicio será deducible del precio del canon mensual del mes subsiguienteadicionen y modifiquen.

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Samples: Contrato De Condiciones Uniformes De Acueducto Y Alcantarillado

OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LAS PARTES. Cliente: a) Pagar todas las facturas originadas en razón SIN PERJUICIO DE LOS QUE PUEDAN ESTABLECERSE EN EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL ANEXO V. O bligaciones del presente contrato. b) Permitir el acceso a sus dependencias de personal autorizado por la PRESTADORA y debidamente identificado, para realizar trabajos de inspección, mantenimiento y/o reemplazo de equipos, previa autorización del ASOCIADO para dicho ingreso. c) Abstenerse de modificar el Equipamiento provisto por LA PRESTADORA. d) Proveer a LA PRESTADORA la documentación técnica necesaria relativa a los equipamientos no suministrados por la misma que tengan conexión o interfase con el Servicio. e) Proveer a su costo espacio para las instalaciones necesarias, debiendo acondicionar el lugar de instalación para permitir a LA PRESTADORA el montaje del Equipamiento. f) Obtener cualquier autorización, aprobación, o conformidad de terceras partes necesarias para la instalación, utilización y/o prestación del Servicio. g) Resarcir y mantener indemne a LA PRESTADORA por cualquier acto u omisión del ASOCIADO, sus empleados, agentes y/o personas por las que legalmente deba responder, que ocasione perjuicios a terceros derivado del uso del Servicio h) Mantener a su xxxxx sus componentes informáticos interconectados de manera tal que no impliquen un menoscabo en los Servicios ni causen interferencias que perjudiquen la prestación contratista respecto de los mismos. i) Mantener indemne a LA PRESTADORA por cualquier infracción a las leyes de propiedad intelectual, difamación, calumnia y/o por cualquier otro acto u omisión servicios. 1/ Será obligación del ASOCIADO y/o de sus agentes, empleados o personas por la que legalmente deba responder, que ocasione perjuicios a terceros mediante el uso del Servicio. J) Abstenerse de llevar a cabo conductas que generen una congestión intencionada o a sabiendas de los Servicios, enlaces y sistemas para la prestación de los Servicios. K) Suspendido el servicio por falta de pago del ASOCIADO, el mismo deberá abonar, previo al alta del Servicio y en forma adicional a otros cargos que pudieran corresponder, un cargo de reconexión, el cual será determinado por LA PRESTADORA a su exclusivo criterio en función de las tareas que implique la reconexión y que en ningún caso superará el monto establecido en la Solicitud de Servicio como abono mensual. La Prestadora: a) Disponer de los medios necesarios para poner en funcionamiento el/los Servicio/s contratados. b) Coordinará con los proveedores de servicios o equipamiento relacionados con la prestación del Servicio de manera tal de poder ofrecer en todo momento la mejor calidad del servicio posible. c) No será responsable por interrupciones del Servicio o cualquier otra falla en él, debida a actos, hechos u omisiones de terceros o fuera de su control técnico comercial. d) No garantiza resultado alguno por los usos y/o aplicaciones específicas que realice el ASOCIADO de los Servicios, ni será responsable por la eficacia de los usos y/o aplicaciones específicas que realice el ASOCIADO. e) no será responsable por contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de cualquier índolelas operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Diputación será responsable éste dentro de los límites señalados en las leyes. El contratista será responsable igualmente de los daños y perjuicios que se originen durante la ejecución del contrato, directos tanto para la Diputación como para terceros, por defectos o indirectosinsuficiencias técnicas de su trabajo, actuales o futurospor los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el ASOCIADO o terceros puedan sufrir debido al uso o imposibilidad trabajo haya incurrido, de uso del Servicio, defectos, interrupciones, suspensiones, u otras fallas que afecten al Servicio. No será responsable frente al ASOCIADO y/o terceros por ningún daño y/o perjuicio que por cualquier reclamo pudiera corresponder en los supuestos indicados. LA PRESTADORA está exenta de todo tipo de responsabilidad por daños en el software y hardware propiedad del ASOCIADO. Su responsabilidad se limita solamente a proveer el Servicio conforme el presente, y a garantizar el correcto enrutamiento del Protocolo IP. El ASOCIADO expresamente asume y presta conformidad, que el Servicio objeto del presente contrato no está previsto para ser utilizado para salvar y/o proteger vidas, y LA PRESTADORA no responderá por ningún reclamo o pérdida en relación acuerdo con tal uso. LA PRESTADORA no ejercerá ningún control sobre el contenido de la información que circule por sus redes. Si por causas atribuibles a LA PRESTADORA y, salvo caso fortuito o fuerza mayor previstos lo establecido en el artículo 13.10305 del TRLCSP. Si el contrato se ejecutara de forma compartida con más de un profesional, todos responderán solidariamente de las responsabilidades a que se refiere esta cláusula. 2/ El contratista deberá cumplir, existiera una pérdida bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de disponibilidad, interrupciones, suspensiones seguridad social y de los servicios digitales u otros defectos o fallas en la prestación de servicios contratados por un período de igual o mayor a cuatro horas por mes (99.5% de disponibilidad), el ASOCIADO tendrá derecho a un crédito seguridad e higiene en el canon mensual trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que será proporcional ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario. 3/ El contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la duración que tenga acceso con ocasión de dicha indisponibilidad la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en lo los pliegos, o que exceda a tales cuatro horaspor su propia naturaleza deba ser tratada como tal. El crédito por interrupción Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información. 4/ Del resto de obligaciones derivadas del servicio será deducible presente pliego o de la legislación aplicable. O bligaciones del precio del canon mensual del mes subsiguiente.contratista respecto de las obras

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Samples: Contrato Administrativo Mixto