Obligaciones básicas del concesionario Cláusulas de Ejemplo

Obligaciones básicas del concesionario. Serán obligaciones básicas del contratista concesionario, las siguientes: 28.3.1 De carácter general:
Obligaciones básicas del concesionario. Serán obligaciones básicas del contratista concesionario, las siguientes:
Obligaciones básicas del concesionario. Serán obligaciones básicas del contratista-concesionario las siguientes:
Obligaciones básicas del concesionario. Serán las siguientes:
Obligaciones básicas del concesionario. Serán Obligaciones Básicas del concesionario las siguientes:
Obligaciones básicas del concesionario b00671a14728190191307e10ac050c070 Serán obligaciones del concesionario, además de las establecidas en las disposiciones citadas en la cláusula 2 de este pliego, las siguientes: La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxx=x00000x00000000000000x00xx000x000
Obligaciones básicas del concesionario. Serán obligaciones básicas del Concesionario, las siguientes: El Ayuntamiento de XXXXXXXXXXX pondrá a disposición del Concesionario para su uso durante la vida de la concesión, todas las edificaciones, instalaciones, infraestructuras y demás medios actualmente adscritos a los Servicios Municipales contratados, y que figurarán en el Acta de bienes. Durante los tres primeros meses de la concesión se suscribirá entre el Ayuntamiento de XXXXXXXXXXX y el Concesionario, un Acta comprensiva de las infraestructuras, inmuebles, maquinaria y otros que hayan sido puestos a disposición del Concesionario y con descripción del estado de las mismas, de conformidad con el apartado anterior. Indemnizar los daños que se causen a terceros, como consecuencia de operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración, en cuyo caso ésta será responsable dentro de los límites señalados en la legislación. Asumir directamente la responsabilidad que le corresponde como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de la realización de la gestión del servicio objeto de la concesión, quedando obligado al resarcimiento de todos los daños y perjuicios que se causen o produzcan a terceros o al propio órgano de contratación, ya sean bienes o personas, sin perjuicio de las sanciones que se le puedan imponer conforme al presente Xxxxxx. No enajenar, ni gravar sin autorización bienes o instalaciones que deban revertir a la administración concedente. Deberá hacer figurar en todos los recibos, locales, establecimientos e impresos la mención: Ayuntamiento de XXXXXXXXXXXXX. Servicio de abastecimiento y alcantarillado. Control de facturas emitidas y recibidas. Deberá confeccionar, poner al día y poner a disposición del Ayuntamiento, en plano y en soporte digital compatible con las aplicaciones informáticas municipales del Sistema de Información Geográfica (a especificar en cada momento con el Ayuntamiento), la red de distribución, pozos, depósitos, acometidas, estaciones de bombeo, instalaciones, almacenes, etc., a escala conveniente y suficiente, que permita una visualización y localización de todos los elementos que integren todo lo descrito y de acuerdo con este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. En estos planos en todo momento se contemplarán todos los datos, dimensiones, etc., debiendo obrar en las dependencias del Ayuntamiento, de acuerdo con lo estipulado en el presente Xxxxxx, un ejemplar de cada ...
Obligaciones básicas del concesionario. Serán obligaciones básicas del Concesionario, las siguientes.
Obligaciones básicas del concesionario. Sin perjuicio de lo dispuesto por el Art. 256 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, Ley de Contratos del Sector Público, serán obligaciones básicas del contratista-concesionario, las siguientes: aprobadas.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.