PAGO DEL SINIESTRO. GLOBAL Seguros estará obligada a efectuar el pago del siniestro por la presente póliza y sus anexos, si los hubiere, dentro del mes siguiente a la fecha en que el Tomador o Beneficiario acredite, aún extrajudicialmente, su derecho ante Global Seguros de acuerdo con los artículos 1077 y 1080 del Código de Comercio.
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