Pago mixto Cláusulas de Ejemplo

Pago mixto. La venta y todo el proceso posterior de comunicaciones y gestión contable y de compensaciones, comisiones y liquidaciones en el PCGB y SCGB deberá tener previsto el pago de cualquier operación podrá efectuarse en pago mixto realizado por diferente modos (por ejemplo pagar la mitad al contado y el resto con tarjeta de crédito).
Pago mixto. El Sistema de Pago Mixto se refiere a aquél en que parte de los gastos generados por el Asegurado, a consecuencia de una enfermedad o accidente cubierto, “LA ASEGURADORA” los liquida directamente al prestador del servicio, de conformidad con el inciso a) anterior, y otra parte es liquidada por el propio Asegurado, que pagará “LA ASEGURADORA” mediante el Sistema de Rembolso, con sujeción a los términos estipulados en la póliza.
Pago mixto. El sistema de pago mixto es aquél en el que una parte de los gastos generados por el asegurado, a consecuencia de una enfermedad o accidente cubierto, son liquidados directamente al prestador del servicio por la Aseguradora de conformidad con el inciso a) anterior. La otra parte es cubierta por el propio asegurado, la cual será liquidada por la Aseguradora mediante el Sistema de Reembolso, con sujeción a los términos estipulados en el contrato. El sistema de pago complementario es aquel en donde, independientemente del Sistema de Pago con el cual se hubiera iniciado una reclamación a consecuencia de una enfermedad o accidente cubierto, los gastos generados y liquidados por el asegurado antes o después de la atención médica y/o quirúrgica autorizada por la Aseguradora, se reembolsan con sujeción a los términos estipulados en este contrato y de conformidad con el sistema de pago que le dio origen. En caso de que a la reclamación inicial, por enfermedad, le hubieren aplicado deducible y coaseguro, al pago complementario sólo se le aplicará el coaseguro. Si en la reclamación inicial se pagó el deducible y se eliminó el coaseguro, los pagos complementarios no tendrán ni deducible ni coaseguro, siempre y cuando la atención se continúe recibiendo de un médico y hospital de red.
Pago mixto. Sistema de pago mediante el cual la aseguradora liquidará al asegurado los gastos erogados como consecuencia de algún accidente o enfermedad cubierto por la póliza mediante los sistemas de pago directo y reembolso. En caso de usar médicos y prestadores de servicios pertenecientes a la red médica, NO APLICARA DEDUCIBLE NI COASEGURO.
Pago mixto. Sistema de pago mediante el cual “LA ASEGURADORA” liquidará al Asegurado los gastos erogados como consecuencia de algún accidente o enfermedad cubierto por esta póliza mediante los Sistemas de Pago Directo y Rembolso.

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  • CESIÓN EL CONTRATISTA no podrá ceder ni total, ni parcialmente éste contrato, ni subcontratar sin autorización expresa y por escrito del contratante.