Permisos retribuidos. Los trabajadores tendrán derecho a los siguientes permisos retribuidos: a) Quince días, en caso de matrimonio. b) Tres días en caso de nacimiento de un hijo, o por el fallecimiento, accidente, enfermedad grave, u hospitalización de un pariente hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando por estos motivos el trabajador deba hacer un traslado fuera de la provincia en que radique su domicilio y su centro de trabajo, el plazo se ampliará a cinco días. c) Un día por traslado de domicilio. d) El día de la boda de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. e) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento inexcusable de un deber de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal un período determinado, se estará a lo que ésta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica.
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Permisos retribuidos. Los trabajadores tendrán derecho a los siguientes permisos retribuidos:
a) Quince días, en caso de matrimonio.
b) Tres días en caso de nacimiento de un hijo, o por el fallecimiento, accidente, enfermedad grave, u hospitalización de un pariente hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando por estos motivos el trabajador deba hacer un traslado fuera de la provincia en que radique su domicilio y su centro de trabajo, el plazo se ampliará a cinco días.
c) Un día por traslado de domicilio.
d) El día de la boda de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
e) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento inexcusable de un deber de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal un período determinado, se estará a lo que ésta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica.
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Permisos retribuidos. Los trabajadores tendrán derecho El trabajador tendrá derecho, previa solicitud, a licencia con sueldo en cualquiera de los siguientes permisos retribuidoscasos siguientes:
a) Quince días, en caso de matrimonioMatrimonio del trabajador: 15 días naturales.
b) Tres días en caso de por el nacimiento de un hijo, hijo o por el fallecimiento, accidenteaccidente o enfermedad graves u hospitalización por enfermedad grave de parientes hasta el segundo grado de consaguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días. En el supuesto de que la enfermedad grave, grave u hospitalización de un pariente hasta segundo grado familiar diese derecho a licencia a más de consanguinidad un trabajador de una misma empresa, por su relación de parentesco, podrán hacer uso de esta licencia evitándose en lo posible la utilización simultánea o afinidad. Cuando por estos motivos coincidente en el trabajador deba hacer un traslado fuera tiempo de la provincia en que radique su domicilio y su centro de trabajo, el plazo se ampliará a cinco díaseste derecho.
c) Un día por traslado de domicilio.
d) El día de la boda de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
e) Por el tiempo indispensable para el Para dar cumplimiento inexcusable de a un deber de carácter público formal impuesto por las Leyes y personaldisposiciones vigentes: el tiempo necesario, comprendido debidamente justificado por el ejercicio trabajador ante la empresa.
d) Por motivo de traslado del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal un período determinadodomicilio habitual: 1 día laborable.
e) En caso de matrimonio de padres, se estará a lo que ésta disponga en cuanto a duración hijos o hermanos de la ausencia y a su compensación económicauno u otro cónyuge: 1 día.
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