Permisos y excedencias Cláusulas de Ejemplo

Permisos y excedencias. Se establecen en el presente convenio colectivo los siguientes derechos: El trabajador previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
Permisos y excedencias. 35.1 La persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
Permisos y excedencias. Como consecuencia de lo acordado por La Compañía y la Representación de los Trabajadores en referencia a medidas de armonización de la vida familiar con la profesional, y en consonancia con las directivas de la UE, y la Ley 39/99 de 5 de Noviembre de Conciliación de la vida familiar y laboral, y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, existen los siguientes permisos retribuidos y excedencias, adicionales a los regulados en la legislación vigente. Dichas medidas han sido constatadas como innovadoras a nivel estatal, sirviendo de referencia a otros desarrollos de acuerdos colectivos, y materializándose en: Permisos retribuidos • Permiso previo a maternidad. Las empleadas de Vodafone en España podrán solicitar permiso retribuido con una antelación de quince días a la fecha prevista de alumbramiento, y con la confirmación de su correspondiente médico-ginecólogo. Dicho permiso implica que :
Permisos y excedencias. Los trabajadores/as afectados por el presente convenio, previo aviso y justificación, podrán ausentarse del trabajo, desde el hecho causante, en los siguientes casos:
Permisos y excedencias. Artículo 49 bis.- PERMISOS NO RETRIBUIDOS.
Permisos y excedencias. 1. Los trabajadores regidos por este convenio colectivo tendrán derecho previo aviso y justificación, aparte de al disfrute de licencias establecidas en el Estatuto de los Trabajadores y demás normativa vigente de derecho necesario, a las siguientes:
Permisos y excedencias. 1.º El empleado/a tendrá derecho a permisos retribuidos, que se presentarán con una ante- lación de siete días naturales en los supuestos en que sea posible y se entenderán concedidos si en el plazo de 72 horas no se contesta por la administración y justificándolo debidamente, solo en los supuestos y con la duración que a continuación se especifica y contando desde la fecha del hecho causante .
Permisos y excedencias. 1.º El trabajador tendrá derecho a permisos retribuidos, previa autorización y justificándolo debidamente, solo en los supuestos y con la duración que a continuación se especifica y contando desde la fecha del hecho causante.
Permisos y excedencias. 5.5.1. Permisos Retribuidos.—Todo el personal, avisando con la suficiente o posible antela- ción, según los casos, que justificará adecuadamente, podrá faltar o ausentarse del trabajo, con de- recho a remuneración, por alguno de los motivos siguientes:
Permisos y excedencias. A) Licencias retribuidas.