PERSONAL DE SERVICIOS Y ACTIVIDADES AUXILIARES Cláusulas de Ejemplo

PERSONAL DE SERVICIOS Y ACTIVIDADES AUXILIARES a - Personal de Oficios de primera (Carpintero, Electricista, Mecánico,..): Es el trabajador que ejecuta los trabajos propios de un oficio clásico, con iniciativa y responsabilidad propia, y, con un alto grado de esmero en la realización de su cometido, realiza labores que requieren perfección, dentro de su especialidad.
PERSONAL DE SERVICIOS Y ACTIVIDADES AUXILIARES. Jefe de sección de Servicios 1.044,39 Escaparatista 1.094,60 Ayudante de Montaje 864,44 Visitador 907,71 Rotulista 907,71 Cortador 1.057,03 Ayudante de Cortador 898,72 Jefe de Taller 898,72 Profesional de Oficio de 1º 927,86 Profesional de Oficio de 2º 864,64 Conductor Repartidor 927,86 Capataz 919,48 Mozo Especializado 864,64 Recepcionista- Telefonista 864,64 Mozo 864,64 Preparador de 16 a 17 años 612,12 Empacador, envasador marcador 864,64 Auxiliar de Caja mayor 18 864,64 PERSONAL SUBALTERNO Conserje 864,64 Cobrador 864,64 Vigilante, Sereno, Ordenanza, Portero y Personal de Limpieza 864,64 Personal de Limpieza 864,64 CONTRATO PARA LA FORMACION Y EL APRENDIZAJE Aprendiz de 16 a 17 años 612,15 Aprendiz de 18 a 26 años 864,64 Plus de Transporte 83,42 Dietas 12,77 Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx 864,64 TABLA SALARIAL PROVISIONAL 2016 CATEGORIA Técnico de Grado Superior 1.513,94 Titulado de Grado Medio 1.307,59 Ayudante Técnico Sanitario 1.060,68 PERSONAL MERCANTIL TITULADO Director 1.353,67 Jefe de División 1.335,71 Jefe de Departamento 1.307,56 Encargado General 1.307,56 Jefe de Sucursal y Supermercado 1.185,36 Jefe xx Xxxxxxx 1.185,36 Jefe de Grupo 1.122,23 Jefe de Sección Mercantil 1.088,49 Encargado de Establecimiento, 1.084,41 Vendedor, Comprador, Subastador, Interprete 1.054,67 PERSONAL MERCANTIL PROPIAMENTE DICHO Viajante 1.046,37 Corredor de Plaza 987,68 Dependiente de mayor 1.041,59 Dependiente 970,93 Ayudante 873,30 Aprendiz de 16 a 18 años 618,27 Aprendiz de 17 a 18 años 618,27 PERSONAL TECNICO NO TITULADO ADMINISTRATIVO Director 1.338,62 Jefe de División 1.337,06 Jefe Administrativo 1.387,38 Secretario 963,33 Contable 1.144,67 Jefe de Sección Administrativo 1.185,47 Contable, Cajero o Taquimecanógrafo, e Idioma 1.105,58 Oficial Admtvo. 1.004,66 Auxiliar Admtvo, o Perforista 873,28
PERSONAL DE SERVICIOS Y ACTIVIDADES AUXILIARES. Jefe de sección de Servicios 1.054,83 Escaparatista 1.105,55 Ayudante de Montaje 873,08 Visitador 807,71 Rotulista 807,71 Cortador 1.067,60 Ayudante de Cortador 907,71 Jefe de Taller 907,71 Profesional de Oficio de 1º 937,14 Profesional de Oficio de 2º 873,29 Conductor Repartidor 937,14 Capataz 928,67 Mozo Especializado 873,29

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.