PERSONAS AUTORIZADAS A RETIRAR GARANTIAS CONSTITUIDAS EN CHEQUE Cláusulas de Ejemplo

PERSONAS AUTORIZADAS A RETIRAR GARANTIAS CONSTITUIDAS EN CHEQUE. { Nombre y Apellido - tipo y número de documento: .....................................................................................
PERSONAS AUTORIZADAS A RETIRAR GARANTIAS CONSTITUIDAS EN CHEQUE. { Nombre y Apellido - tipo y número de documento: ..................................................................................... a. Mantener en perfecto estado de funcionamiento y conservación los sistemas, constituidos por sus paneles principales de control, red de interconexión y sensores asociados. b. Efectuar diagnósticos precisos y oportunos, relacionados con el rendimiento de los dispositivos que componen los sistemas, a fin de permitir su inmediata reparación o reemplazo, según corresponda. c. Elaborar estadísticas de funcionamiento de los sistemas para medir performance, desviaciones de rendimiento, tiempo medio entre fallas, tiempo medio de reparación, confiabilidad media, y todo dato de interés que permita al Banco asegurarse la prestación de un adecuado servicio y medir calidad de componentes. Particulares de cada ítem: ÍTEM N° 1 - Agencia Regional Bahía Blanca: Central de incendios micro procesada, marca Notifier, modelo AFP-200 Cantidad: 1 (una). Detectores de humo fotoeléctrico, modelo FSP-851 Cantidad: 12 (doce). Detector termovelocimétrico, modelo FST-851R Cantidad: 3 (tres). Pulsadores manuales direccionables, modelo NBG-12LSP Cantidad: 3 (tres). Luces estroboscópicas, modelo S1224 MC Cantidad: 2 (dos). Sirenas con luces estroboscópicas, modelo P1224 MC Cantidad: 1 (una). ÍTEM N° 2 - Agencia Regional Comodoro Rivadavia: Central de incendios micro procesada, marca Notifier, modelo AFP-200 Cantidad: 1 (una) Detectores de humo fotoeléctrico Cantidad: 10 (diez) Detector termovelocimétrico Cantidad: 3 (tres) Pulsadores manuales direccionables Cantidad: 3 (tres) Luces estroboscópicas Cantidad: 4 (cuatro) Sirenas con luces estroboscópicas Cantidad: 1 (una) ÍTEM N° 3 - Agencia Regional Córdoba: Central de incendios micro procesada, marca Notifier, modelo NFS 320 Cantidad: 1 (una). Detector de humo iónico Notifier CPX-551 Cantidad: 6 (seis). Avisador manual Notifier PULS-1 Cantidad: 1 (uno). Detector IRP Antimaskin Optex CX-50 AM Cantidad: 5 (cinco). Detector IRP Antimaskin Optex de techo Cantidad: 2 (dos). Detectores de vibración Cosmotron WS-200/302 Cantidad: 7 (siete).
PERSONAS AUTORIZADAS A RETIRAR GARANTIAS CONSTITUIDAS EN CHEQUE. { Nombre y Apellido - tipo y número de documento: ..................................................................................... 1.a) SERVICIO DE LIMPIEZA: I. DESCRIPCION GENERAL DEL SERVICIO: Deben considerarse, incluidas en el servicio de limpieza, todas las áreas cubiertas y descubiertas (cocheras de las playas de estacionamiento, terrazas, balcones, etc.); todo su mobiliario, claraboyas de policarbonato, artefactos lumínicos, elementos e instalaciones actuales y/o futuras; pisos, paredes, puertas, pasarelas de acceso, mostradores, xxxxxx metálicos, vidrios de todo tipo y cielorrasos en general, como también fachadas, balcones, subsuelos, veredas, patios y vidrios de los pozos de aire/luz y estructuras de altura, cornisas, marquesinas, toldos de todo tipo, y rejas. Las tareas de limpieza deberán garantizar permanentemente las condiciones de higiene y salubridad de los locales de oficinas, los lugares de tránsito y baños en general, tanto para el personal del Banco como para el público en general. Los métodos que la adjudicataria emplee podrán ser modificados dentro del diagrama establecido, si el Banco lo estimase necesario. Toda transgresión, notificada fehacientemente mediante Orden de Servicio, será considerada como incumplimiento de tarea.
PERSONAS AUTORIZADAS A RETIRAR GARANTIAS CONSTITUIDAS EN CHEQUE. { Nombre y Apellido - tipo y número de documento: ..................................................................................... ................................................................................................................................................... E) DOMICILIO ELECTRÓNICO: En la oferta presentada por el proveedor deberá estar constituido el domicilio electrónico en donde se tendrán por válidas las notificaciones que allí se cursen en el marco del procedimiento de selección en el que se presente. Dirección de Correo electrónico: ……………………………………………………………………………………….………………………………..

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  • LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS “EL PROVEEDOR” se obliga a observar y mantener vigentes las licencias, autorizaciones, permisos o registros requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones.

  • Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-4015/2014 FEDERAL ESTATAL

  • OBLIGACIONES DE LA PERSONA PRESTADORA Son obligaciones de la persona prestadora de la actividad de aprovechamiento, aquellas contenidas en la legislación, reglamentación y regulación vigente para las personas prestadoras del servicio público de aseo y en particular, las siguientes: 1. Definir e informar al usuario sobre las condiciones de prestación del servicio. 2. Definir e informar al usuario sobre los residuos sólidos aprovechables y las condiciones mínimas de separación en la fuente de conformidad con lo establecido en el PGIRS. 3. Recolectar los residuos sólidos presentados por el usuario como aprovechables. 4. No dejar residuos sólidos dispersos en las vías públicas que puedan conducir a la generación de puntos críticos. 5. Realizar campañas de capacitación de separación en la fuente a los usuarios de la actividad de aprovechamiento del servicio público de aseo. 6. Responder por prestación integral de la actividad de aprovechamiento. 7. Registrarse ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios de conformidad con lo establecido en el numeral 9 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994. 8. Reportar al Sistema Único de Información (SUI) de la SSPD la información técnica, administrativa, comercial, operativa y financiera en los términos y condiciones que para el efecto establezca dicha entidad. 9. Conformar junto con las personas prestadoras de la actividad de recolección y transporte de residuos no aprovechables, un Comité de Conciliación de Cuentas. 10. Recolectar y transportar los residuos separados en la fuente por los usuarios hasta la Estación de Clasificación y Aprovechamiento ECA, y del pesaje y clasificación en la ECA, estableciendo las frecuencias, horario y formas de presentación de acuerdo con el Plan de Gestión Integral de residuos sólidos PGIRS. 11. Entregar Reportar de forma oportuna, completa y de calidad la información necesaria para la facturación integral del servicio de aseo. Facturar de manera integral el servicio público de aseo incluyendo la actividad de aprovechamiento, de acuerdo con la tarifa resultante de la aplicación de la metodología tarifaria vigente o del contrato respectivo cuando aquella se hubiere definido contractualmente, con la periodicidad señalada en el contrato de condiciones uniformes.

  • GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

  • PLAZO DE GARANTIA Dado el tipo de contrato no se establece plazo de garantía alguno.

  • CAUSAS DE DESECHAMIENTO Se descalificará a los licitantes que incurran en uno o varios de los siguientes supuestos: a) Que no cumplan con los requisitos establecidos en esta convocatoria o sus anexos y, que con motivo de dicho incumplimiento se afecte la solvencia de la proposición, conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo 36, de la Ley. b) Cuando se compruebe que tienen acuerdos con otros licitantes para elevar el costo de los servicios solicitados o bien, cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. c) Cuando proporcionen información o documentación falsa y/o alterada. d) Cuando el licitante se encuentre en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 50 de la Ley. e) Cuando incurran en cualquier violación a las disposiciones de la Ley, al Reglamento o a cualquier otro ordenamiento legal o normativo vinculado con este procedimiento. f) Cuando no cotice la totalidad de los servicios requeridos por partida, o en su totalidad, según sea el caso. g) Cuando presente más de una proposición en la licitación. h) Cuando no presente uno o más de los documentos o manifiestos solicitados en la presente convocatoria, o bien, los presentados no reúnan los requisitos mínimos solicitados por la convocante. i) Al presentar un precio no aceptable: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley, será aquel que derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un 10% al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la licitación pública. j) Al presentar precios no convenientes: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley, se obtendrá el promedio de los precios preponderantes de las proposiciones técnicas aceptadas y a éste se le restará el 40%; los precios que se encuentren por debajo de ese parámetro se considerarán no convenientes y se desecharán de la licitación pública.

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Los órganos de contratación podrán establecer condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato, siempre que estén vinculadas a su objeto, en el sentido del artículo 145 LCSP, no sean directa o indirectamente discriminatorias y sean compatibles con el derecho comunitario. Las condiciones especiales de ejecución para este contrato se indican en el apartado 23 del Anexo I al presente pliego. Para el caso de incumplimiento de estas condiciones especiales de ejecución, deberán establecerse penalidades en el apartado 29 del Anexo I al presente pliego o atribuirles a estas condiciones el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos señalados en la letra f) del artículo 211 LCSP. Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen en la ejecución del mismo.

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Art. 118 TRLCSP

  • Proyecciones de Flujo de Efectivos 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.