Plantación xx Xxxx de Temporada Cláusulas de Ejemplo

Plantación xx Xxxx de Temporada. ▪ Se eliminarán y retirarán las plantas existentes. ▪ Se preparará el terreno con un volteo de, como mínimo, 40 cm. ▪ Las dimensiones xxx xxxx y el marco de plantación serán los adecuados a la plantación a realizar, según especie, tamaño y presentación. ▪ Se han de seleccionar especies y variedades adaptadas a la climatología de la zona y con bajas necesidades hídricas. ▪ Se realizará un plan anual de plantaciones de planta xx xxxx definiendo especie, época, color, densidad, presentación y frecuencia de reposición que será aprobado o modidificado hasta su correcta aceptación por el Ayuntamiento. La flor de temporada a suministrar será como mínimo de 5.000 ud que de no ser plantadas serán entregadas al Ayuntamiento para su uso. ▪ La planta cumplirá los parámetros de calidad exigibles a su desarrollo, conformación, proporción y estado sanitario. ▪ El transporte, empaquetado, protección de raíces, manipulación en el punto de plantación y el acopio si procede, será correcto en todo caso. ▪ La época de plantación será la adecuada a la presentación de la planta, la especie y su lugar de plantación. ▪ El proceso de plantación se ejecutará correctamente en cuanto a su asentado, aplomado y relleno, de forma que ésta quede perfectamente recta y centrada en el hoyo. ▪ Se aportará algún tipo de sustrato o abono en la plantación. ▪ Se efectuará el riego de instalación proporcional al tipo de planta, época y lugar de plantación. ▪ Tras la plantación se limpiará la zona dejándola libre de sustratos y residuos. Junto a estas medidas se tomarán en cuenta otras que fomenten la gestión sostenible de los trabajos de reposición y nueva plantación. ▪ Se evitará en el suministro de planta un exceso de envoltorios para minimizar la producción de residuos de envases, y se utilizarán envases fabricados con materiales reciclados, biodegradables o retornables. ▪ Se realizará la recogida selectiva de los residuos generados por las reposiciones y nuevas plantaciones como macetas, bandejas, residuos vegetales, envoltorios plásticos, cartón. Las empresas licitadoras definirán de forma precisa el personal, los medios mecánicos y vehículos necesarios para la correcta ejecución de la reposición de las nuevas plantaciones.
Plantación xx Xxxx de Temporada.  Se eliminarán y retirarán las plantas existentes.  Se preparará el terreno con un volteo de, como mínimo, 40 cm.  Las dimensiones xxx xxxx y el marco de plantación serán los adecuados a la plantación a realizar, según especie, tamaño y presentación.  Se han de seleccionar especies y variedades adaptadas a la climatología de la zona y con bajas necesidades hídricas.  Se realizará un plan anual de plantaciones de planta xx xxxx definiendo especie, época, color, densidad, presentación y frecuencia de reposición.  La planta cumplirá los parámetros de calidad exigibles a su desarrollo, conformación, proporción y estado sanitario. Se pondrá especial cuidado en suministrar sólo aquellos lotes de plantas que aún se encuentren en fase de desarrollo vegetativo, de forma que comiencen su floración en el terreno definitivo tras desarrollarse y crecer en éste.  El transporte, empaquetado, protección de raíces, manipulación en el punto de plantación y el acopio si procede, será correcto en todo caso.  La época de plantación será la adecuada a la presentación de la planta, la especie y su lugar de plantación.  El proceso de plantación se ejecutará correctamente en cuanto a su asentado, aplomado y relleno, de forma que ésta quede perfectamente recta y centrada en el hoyo.  Se aportará algún tipo de sustrato o abono en la plantación.  Se efectuará el riego de implantación proporcional al tipo de planta, época y lugar de plantación.  Tras la plantación se limpiará la zona dejándola libre de sustratos y residuos. Junto a estas medidas se tomarán en cuenta otras que fomenten la gestión sostenible de los trabajos de reposición y nueva plantación.  Se evitará en el suministro de planta un exceso de envoltorios para minimizar la producción de residuos de envases, y se utilizarán envases fabricados con materiales reciclados, biodegradables o retornables.  Se realizará la recogida selectiva de los residuos generados por las reposiciones y nuevas plantaciones como macetas, bandejas, residuos vegetales, envoltorios plásticos, cartón  Los residuos vegetales se desfibrarán y se aportarán como enmienda húmica en los espacios verdes y el resto de residuos se gestionarán convenientemente.
Plantación xx Xxxx de Temporada. La plantación xx xxxx de temporada se realizará un mínimo de dos veces (2) al año (primavera y otoño –invierno), corriendo el coste de las mismas y las labores de plantación por cuenta del contratista. La selección de especies se indicará desde los servicios técnicos del Ayuntamiento. Para la plantación en platabanda, primeramente se procederá a levantar, con desbroce profundo, la plantación existente, con retirada de restos a vertedero. Seguidamente, se procederá a realizar una labor de cava con volteo a una profundidad mínima de 20 centímetros, pase de fresa o motocultor, aportación de abonos químicos y orgánicos, y labor de incorporación de los mismos a la capa del suelo. Seguidamente, se darán las labores precisas para proceder a la plantación de las plantas de temporada. La densidad de la plantación estará en función de la variedad, oscilando entre 8 y 12 plantas por metro cuadrado.
Plantación xx Xxxx de Temporada. Se enumeran las tareas y se adjunta una tabla en la que constan las características de cada labor, la época, los medios materiales, el rendimiento del equipo, el cronograma y los equipos de trabajo.
Plantación xx Xxxx de Temporada. Se describe la mecánica de los trabajos a realizar, las épocas de reposición según se trate de plantas anuales, plantas bianuales, bulbosas y vivaces y los rendimientos estimados en función del tamaño de maceta. NIF: P0200300B Expediente 3553K En epígrafe aparte se desarrolla las labores de trasplante, de ejemplares arbóreos o arbustivos, el mantenimiento post-trasplante y los rendimientos estimados. Por último, se hace referencia a las necesidades de horas de trabajo y de operarios por mes para realizar las operaciones de reposición y se enumeran los medios materiales previstos.
Plantación xx Xxxx de Temporada. Se adjuntan las tablas con la distribución de medios humanos y vehículos donde se indica para cada zona de actuación (de A a J), la superficie objeto del programa, la asignación de mantenimiento (52%), los elementos vegetales objeto de actuación( arbolado de zonas verdes, árboles de alineación, macizos de arbustos, macizos xx xxxxxx), el coeficiente de reparto total de las operaciones de reposición y nueva plantación y el de reparto según el tipo de elemento vegetal, los medios humanos totales empleados en la zona, los medios humanos destinados según el tipo de elemento vegetal, las frecuencias de plantación indicando la época de plantación según el elemento vegetal que se trate y también los vehículos utilizados en cada zona para las operaciones del programa según el elemento vegetal que se trate. Se adjunta también tabla con la relación de arbolado, de arbustos y flor de temporada objeto de plantación.
Plantación xx Xxxx de Temporada. Se realizará el suministro y plantación xx xxxx de temporada en las jardineras municipales, dos veces al año, con un número de 500 unidades cada vez. Se consultará con los servicios municipales la idoneidad de la especie a plantar y las fechas de plantación. Las plantas se suministrarán en cajas reutilizables que retornará al vivero para su reutilización.
Plantación xx Xxxx de Temporada.  Se eliminarán y retirarán las plantas existentes.  Se preparará el terreno con un volteo de, como mínimo, 40 cm.  Las dimensiones xxx xxxx y el marco de plantación serán los adecuados a la plantación a realizar, según especie, tamaño y presentación.  Se han de seleccionar especies y variedades adaptadas a la climatología de la zona y con bajas necesidades hídricas.  Se realizará un plan anual de plantaciones de planta xx xxxx definiendo especie, época, color, densidad, presentación y frecuencia de reposición.  La planta cumplirá los parámetros de calidad exigibles a su desarrollo, conformación, proporción y estado sanitario.  El transporte, empaquetado, protección de raíces, manipulación en el punto de plantación y el acopio si procede, será correcto en todo caso.  La época de plantación será la adecuada a la presentación de la planta, la especie y su lugar de plantación.

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  • Presentación de Propuestas Técnicas y Económicas “Sobre A” y “Sobre B” Las Ofertas se presentarán en un Sobre cerrado y rotulado con las siguientes inscripciones: Dirección: Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Código postal #10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx, D.N. República Dominicana. Tel. 000-000-0000, Ext. 2906. Número de Referencia: Nombre del Oferente: Correo Electrónico: Teléfonos: (Sello social) (Firma del Representante Legal y Cédula de Identidad y Electoral) Tel. 000-000-0000, Ext. 2906 Correos: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Este Sobre contendrá en su interior el “Sobre A” Credenciales y Propuesta Técnica y el “Sobre B” Propuesta Económica. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que fueren observadas durante el acto de apertura se agregaran para su análisis por parte de los peritos designados. De igual forma, deberá contar con la seguridad apropiada para garantizar la confidencialidad de la información hasta el momento de la apertura, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma del Proceso de Licitación. Las propuestas inmediatamente sean recibidas en el lugar indicado, serán debidamente conservadas y custodiadas, permaneciendo cerradas hasta el momento de la apertura. Una vez recibidas las ofertas, los Oferentes no podrán retirarlas para fines de modificación. NOTA: Es obligatorio presentar las ofertas en físico y CD en su respectivo sobre; es decir, se deberá incluir en el Sobre A dos (02) CD conteniendo la oferta técnica y, en el Sobre B, un CD conteniendo la oferta económica.

  • Cohecho a servidores públicos extranjeros Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

  • Contrato eventual por circunstancias de la producción Es aquel que se concierta parar atender necesidades circunstanciales de las empresas del sector que, aun tratándose de la actividad normal de aquellas, no hallen encaje en el resto de los contratos consignados en el presente capítulo. A título enunciativo, podrán formalizarse tales contratos cuando, por necesidades organizativas de carácter estacional, las empresas no puedan cubrir los servicios contratados con personal fijo o no sea válido el recurso al contrato de interinidad o para obra o servicio determinado y, en general, cuando se contraten trabajos que, por su propia naturaleza, sean temporales. La duración de estos contratos no superará los 12 meses en un período de referencia de 18 meses, debiendo expresarse en los mismos la causa determinante de la duración. Los trabajadores eventuales cuyo contrato agote este máximo de duración previsto, y permanezcan en la empresa, se convertirán en trabajadores contratados por tiempo indefinido, según la modalidad contractual prevista en el artículo 20. Asimismo, cuando no habiendo transcurrido el tiempo máximo que permite su celebración, se detecte que la necesidad temporal se ha transformado en permanente, se procederá a transformar el contrato eventual en uno por tiempo indefinido según la modalidad contractual prevista en el artículo 20.

  • Contratos eventuales por circunstancias de la producción La duración máxima de los contratos eventuales por circunstancias de la producción, acumulación de tareas o exceso de pedidos, podrá ser de hasta doce meses en un período de dieciocho meses.

  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.

  • Empresas de trabajo temporal Las empresas afectadas por este Convenio, cuando contraten los servicios de empresas de trabajo temporal, garantizarán que los trabajadores puestos a su disposición tengan los mismos derechos laborales y retributivos que les corresponden a sus trabajadores en aplicación de su correspondiente Convenio Colectivo. Esta obligación constará expresamente en el contrato de puesta a disposición celebrado entre la empresa de trabajo temporal y la empresa usuaria que esté vinculada por el presente Convenio.

  • Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo 1. Cuando una norma legal un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general, imponga al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, los servicios dependientes del órgano de contratación deberán facilitar a los licitadores, en el propio pliego, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir una exacta evaluación de los costes laborales que implicará tal medida, debiendo hacer constar igualmente que tal información se facilita en cumplimiento de lo previsto en el presente artículo. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de este. Como parte de esta información en todo caso se deberán aportar los listados del personal objeto de subrogación, indicándose: el convenio colectivo de aplicación y los detalles de categoría, tipo de contrato, jornada, fecha de antigüedad, vencimiento del contrato, salario bruto anual de cada trabajador, así como todos los pactos en vigor aplicables a los trabajadores a los que afecte la subrogación. La Administración comunicará al nuevo empresario la información que le hubiere sido facilitada por el anterior contratista. 2. Lo dispuesto en este artículo respecto de la subrogación de trabajadores resultará igualmente de aplicación a los socios trabajadores de las cooperativas cuando estos estuvieran adscritos al servicio o actividad objeto de la subrogación. Cuando la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar fuese un Centro Especial de Empleo, la empresa que resulte adjudicataria tendrá la obligación de subrogarse como empleador de todas las personas con discapacidad que vinieran desarrollando su actividad en la ejecución del referido contrato. 3. En caso de que una Administración Pública decida prestar directamente un servicio que hasta la fecha venía siendo prestado por un operador económico, vendrá obligada a la subrogación del personal que lo prestaba si así lo establece una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general. 4. El pliego de cláusulas administrativas particulares contemplará necesariamente la imposición de penalidades al contratista dentro de los límites establecidos en el artículo 192 para el supuesto de incumplimiento por el mismo de la obligación prevista en este artículo. 5. En el caso de que una vez producida la subrogación los costes laborales fueran superiores a los que se desprendieran de la información facilitada por el antiguo contratista al órgano de contratación, el contratista tendrá acción directa contra el antiguo contratista. 6. Asimismo, y sin perjuicio de la aplicación, en su caso, de lo establecido en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el pliego de cláusulas administrativas particulares siempre contemplará la obligación del contratista de responder de los salarios impagados a los trabajadores afectados por subrogación, así como de las cotizaciones a la Seguridad social devengadas, aún en el supuesto de que se resuelva el contrato y aquellos sean subrogados por el nuevo contratista, sin que en ningún caso dicha obligación corresponda a este último. En este caso, la Administración, una vez acreditada la falta de pago de los citados salarios, procederá a la retención de las cantidades debidas al contratista para garantizar el pago de los citados salarios, y a la no devolución de la garantía definitiva en tanto no se acredite el abono de éstos.

  • Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.

  • SUMA ASEGURADA La cantidad fijada en cada una de las partidas de la póliza, que constituye el límite máximo de la indemnización a pagar por todos los conceptos por el asegurador.

  • Ofertas con valores anormales o desproporcionados si con arreglo a los parámetros objetivos señalados en el artículo 152, apartados 1 y 2 del TRLCSP la mesa de contratación constituida o, en su defecto, el servicio que tramita el procedimiento, apreciaran el carácter desproporcionado o anormal de alguna o algunas de las ofertas presentadas, lo pondrá en conocimiento del órgano de contratación adjuntando cuantos informes justificativos estime convenientes. Para la consideración, en principio, de valores anormales o desproporcionados, se tendrán en cuenta, en el caso de que el precio sea el único criterio de valoración de las ofertas, los supuestos previstos en el artículo 85 del RGLCAP y, si estuviera indicada, la reducción a que se refiere el punto 33.1 de la Carátula; en el caso de pluralidad de criterios de valoración de las ofertas, se tendrán en cuenta los parámetros objetivos que, en su caso, el punto 33.2 de la Carátula haya señalado como presunción fundada de que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados. La declaración del carácter anormal o desproporcionado requerirá la previa solicitud de información a quienes estuviesen supuestamente comprendidos en ella, el asesoramiento técnico del servicio correspondiente e informe de la mesa de contratación y, si en la licitación se hubieren presentado distintas ofertas por empresas vinculadas, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 145.4 del TRLCSP y en el artículo 86.1 del RGLCAP. Si el anuncio de la licitación hubiese sido publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, se deberá justificar la decisión ante el Comité Consultivo de la Comunidad Económica Europea para los contratos públicos. Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes mencionados en el artículo 152.3 del TRLCSP estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales y desproporcionados, acordará la exclusión de la clasificación de proposiciones presentadas.