PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE PARQUES, JARDINES, ARBOLADO VIARIO, MACETEROS Y JARDINERAS DE VARIAS ZONAS EN EL TERMINO MUNICIPAL DE CUENCA.
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE PARQUES, JARDINES, ARBOLADO VIARIO, XXXXXXXXX X XXXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX XX XX XXXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXX.
CAPÍTULO 1: OBJETO Y ÁMBITO DEL SERVICIO.
ARTÍCULO 1: OBJETO XXX XXXXXX.
Es objeto del presente pliego el establecer las condiciones mínimas bajo las que se contrata el servicio de mantenimiento y conservación de los espacios verdes, alineaciones arbóreas, árboles, jardineras, cubre alcorques, etc., de titularidad pública municipal, abiertos o no al uso público general, de varias zonas en el término municipal xx Xxxxxx, que se relacionan en el Anexo 2 (incluidos los colegios y edificios públicos) del presente Pliego de Condiciones Técnicas, con arreglo a lo especificado en el mismo.
El mantenimiento y conservación de los elementos antes mencionados, tiene como objetivo promover el ordenado crecimiento y el máximo valor ornamental de la vegetación existente, mantener en perfecto estado de servicio las instalaciones xx xxxxx y otras, así como la limpieza de las superficies contratadas, que serán (exclusivamente de lunes a viernes, excluidos festivos y fines de semana) las señaladas en la siguiente tabla:
-
LIMPIEZA CONTRATA
Ámbito de Actuación Limpieza
Superficie TOTAL (m²)
Xxxxx xx xx Xxxxxx xxx Xxx
0.000
Xxxxxx Xxxxxx xxx Xxx
14.272
Parque Avda. San Xxxxxx - Helipuerto
14.190
Residencial Universidad
10.065
Parque Xxxxxx Xxxxxx
20.550
Parque de los Titiriteros
10.042
Parque Rústico Villarromán y terrizos
17.161
Xxxxxx xx xxx Xxxxxxxxx
00.000
Xxxxxx Xxx - Xxxx Xxxxxx
12.171
Parque Europa
16.914
Parque Dos Xxxx
10.367
Parque xx Xxxxxxxx
4.771
Parque de San Xxxxxxxx
12.569
180.107
El servicio que se contrata mantendrá los jardines y espacios verdes, alineaciones, etc. de la zona a que se refiere, en un estado adecuado de ornamentación y limpieza, entendiéndose que con el presente contrato se mantiene y mejora la calidad de los mismos, subsanándose a lo largo de su periodo de duración, sin incluir las posibles prórrogas, aquellos defectos e imperfecciones que mermen su valor ornamental.
Es también objeto del presente pliego la limpieza de las áreas infantiles ubicadas en el interior o adosadas a los jardines y espacios verdes a que se refiere la tabla anterior, así como informar y sensibilizar a los usuarios sobre buenas prácticas, comportamientos y uso de los espacios públicos, que hacen que se prolongue su vida útil y disminuyan las tareas de conservación, mantenimiento y limpieza.
El pliego consta de los siguientes anexos:
Anexo 1: Tareas a realizar por la empresa con definición específica de los conceptos.
Anexo 2: Inventario de xxxxx xxxxxx xxxxxx xxx xxxxxxxx.
Xxxxx 0: Indicadores.
ARTÍCULO 2: RÉGIMEN Y CONTENIDO DEL CONTRATO.
El contrato se enmarcará dentro de los comprendidos en el artículo 10º del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, como contrato de servicios. La contratación se regirá por lo establecido en este pliego de condiciones que lo regula y para lo no previsto en él, será de aplicación lo establecido en el texto refundido anteriormente citado y sus disposiciones de desarrollo. De forma supletoria, se aplicará la Ordenanza Municipal de Medio Ambiente, las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las normas de Derecho Privado.
El contrato será de carácter administrativo y en base al artículo 21 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se establece la atribución al Orden Jurisdiccional Contencioso – Administrativo del conocimiento de las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos.
ARTÍCULO 3: DURACIÓN DEL CONTRATO.
La duración del contrato al que se refiere el presente Pliego será de cuatro (4) años, prorrogable en periodos de un año, hasta un total no superior a dos.
ARTÍCULO 4: COMIENZO DE LA ACTUACIÓN.
El adjudicatario deberá iniciar la prestación del servicio en el plazo máximo de quince (15) días desde la firma del contrato.
CAPÍTULO 2: TRABAJOS A REALIZAR Y FORMA DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
ARTÍCULO 5: CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA. PREMISAS XX XXXXXXX.
Conforme al Anexo II del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el contrato que nos ocupa corresponde a un servicio encuadrado dentro de la Categoría 14 “Servicios de limpieza de edificios y servicios de administración de bienes raíces”.
Conforme al Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre:
Grupo O
Subgrupo 6
Categoría 3
El contratista acepta los espacios verdes, alineaciones arbóreas, parterres, árboles y jardineras de la zona objeto del contrato y todos y cada uno de sus componentes, en las condiciones en que se encuentren.
El contratista debe mantener los elementos existentes sin que puedan ser sustituidos por otros, salvo los casos especificados en este Xxxxxx o cuando previamente haya sido autorizado para ello por el personal técnico del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx.
ARTÍCULO 6: DESCRIPCIÓN DE TRABAJOS INCLUIDOS EN EL CONTRATO.
En el Anexo 1 se describen los trabajos mínimos que la empresa adjudicataria deberá realizar. Las labores serán realizadas en tiempo y forma con el personal adecuado en competencia y dotación, equipados con la maquinaria y herramientas más adecuadas en cada momento.
Desde el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx se podrá proponer, bajo su responsabilidad, la detracción con carácter temporal y en momentos apropiados para ello, de parte de los recursos humanos destinados a estas labores.
El adjudicatario tendrá la obligación de efectuar todos aquellos trabajos, labores y actuaciones en las zonas verdes que determine el personal técnico del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx y que serán en espacios de titularidad municipal, tales como suministro de planta para actos municipales, ornato de arbolado en fiestas navideñas u otras, suministro de leñas para actos municipales, instalación de jardineras, etc. El abono de estos trabajos se hará en base a un presupuesto previo aceptado por ambas partes, adjudicatario y Ayuntamiento.
Se ha excluido en la licitación, la limpieza de aquellas superficies que, por su tamaño, no requieran la presencia diaria de los jardineros, es decir aquellas zonas en las que las tareas típicas de jardinería (cavas, cortar césped, podas, riegos, tratamientos fitosanitarios, etc.) requieran la presencia del jardinero en periodos o frecuencias superiores a la semanal, siendo la necesidad diaria exclusivamente la de limpieza. Se ha excluido también la limpieza de los grandes parques en fines de semana y festivos. En la tabla del artículo 1º del presente Xxxxxx se relacionan las mencionadas zonas.
CAPÍTULO 3: ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO.
ARTÍCULO 7: ESTUDIO PORMENORIZADO.
Los licitadores organizarán el servicio teniendo en cuenta, al menos, los siguientes objetivos:
Se buscará la máxima flexibilidad y adaptabilidad de los equipos humanos y materiales en la realización de distintos cometidos complementarios entre sí.
Se optimizarán métodos, equipos y formación profesional para la prestación del servicio.
Habrá de buscarse el menor impacto medio-ambiental en la prestación del servicio.
Optimización de los medios a emplear mediante el diseño de una adecuada sectorización de la ciudad.
Involucrar al ciudadano en una serie de hábitos que signifiquen una mayor responsabilidad e implicación en el mantenimiento y mejora de las zonas verdes, mediante su concienciación y colaboración en actuaciones que afecten directamente a su eficacia.
Modificar la imagen de los servicios mediante una mayor presencia en la ciudad y la creación de una imagen de grupo organizado al servicio del ciudadano.
Aplicación de las últimas tecnologías existentes en el mercado, adoptando las soluciones más ecológicas.
Implantar tecnologías encaminadas a la reducción de gases de escape (Normativa Euro III) y la reducción de emisiones sonoras.
Minimización en el empleo de productos químicos, apostando por soluciones ecológicas, como el control biológico de enfermedades y plagas.
Los licitadores deberán contemplar en su proyecto todos los aspectos relacionados con el servicio:
Obtención de los datos básicos xx xxxxxxx necesarios para el futuro dimensionamiento de los servicios. Se analizarán las zonas actualmente integradas en el contrato, previendo las futuras incorporaciones a la red municipal de áreas verdes.
Análisis de la estacionalidad en los trabajos a realizar, distribuyendo los medios a emplear según la época del año y realizando un planning lo más exhaustivo posible.
Análisis y justificación de los medios y equipos para cada una de las zonas contempladas, atendiendo a criterios técnicos, económicos y de imagen de los servicios.
Definición de los parámetros básicos, tales como frecuencia de los servicios, turnos de trabajo, rendimiento de los equipos, etc. Se detallarán los cálculos justificativos que determinen el diseño final de los servicios propuestos.
Se potenciará la transmisión de información al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx de los distintos aspectos de la ejecución del contrato.
Como consecuencia de los trabajos a realizar por los distintos equipos que se propongan, los licitadores indicaran en sus ofertas los aspectos de organización que consideren, concretando en particular:
Organización detallada para todos los elementos personales y materiales aportados.
Sistema de control de calidad de los servicios que permitan proporcionar diariamente al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx todos los datos requeridos en orden a la justificación de los trabajos realizados.
Relación de puestos de mando previstos a todos los niveles con sus funciones generales, adscritos al contrato.
Dispositivos organizativos y personales en relación con todos los servicios necesarios.
Mantenimiento de las instalaciones fijas.
Planificación operativa de los trabajos.
Gestión de personal y seguros sociales.
Las empresas licitadoras propondrán el sistema más eficaz para llevar a cabo todos los servicios con los medios propuestos, señalando los criterios utilizados para elaborar en cada servicio el proyecto de organización.
Las comunicaciones entre la empresa adjudicataria y el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx se ajustarán a los protocolos previamente definidos y aprobados y se integrarán en la plataforma tecnológica de gestión integral desarrollada al efecto. Dentro de la organización propuesta, los licitantes deberán prever unos dispositivos ágiles y suficientes que permitan proporcionar a tiempo todos los datos requeridos por el Ayuntamiento, que podrá solicitarlos en cualquier momento a los efectos de comprobar la buena marcha del servicio así como el cumplimiento del presente pliego.
La empresa licitadora deberá, en todo caso, elaborar y poner a disposición del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx al comienzo efectivo de la prestación del servicio, los siguientes documentos y datos:
Informe de situación inicial.
Inventario inicial de equipos, material y vehículos.
El órgano de contratación designará una persona física o jurídica, vinculada al ente contratante o ajeno a él como Responsable del Contrato, quien supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato, y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación.
El seguimiento de los trabajos se realizará mediante las comunicaciones entre la empresa adjudicataria y el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, además de reuniones periódicas, con el objeto de solucionar los diferentes aspectos técnicos o problemas que pudieran plantearse en la ejecución de los mismos, sin perjuicio de las potestades que en todo caso corresponden a la Administración.
En resumen, los licitadores formularán un proyecto de organización de los servicios objeto de este contrato, en el que se reflejen con detalle: los medios, horarios, frecuencias, zonas, etc., que se proponen para cumplir las necesidades del mismo.
ARTÍCULO 8: INFORME DE SITUACIÓN INICIAL.
En el plazo de tres meses computado desde el momento de la firma del contrato el contratista deberá realizar un informe de situación inicial, en el que se reflejará detalladamente el estado del municipio en sus diferentes ámbitos funcionales. Dicho informe hará especial hincapié en las deficiencias de cobertura del servicio, de equipamiento y mantenimiento o limpieza encontradas al comienzo del servicio y en consecuencia no atribuibles al adjudicatario. Irá acompañado de la cartografía necesaria para precisar la localización exacta de las disfunciones encontradas, así como material fotográfico necesario para documentar la naturaleza de los desperfectos y, en su caso, de los correspondientes informes periciales o de terceros independientes.
La estructura, forma de realización, nivel de detalle y plazo de elaboración del citado informe serán objeto de propuesta técnicamente justificada a incluir en la oferta de las empresas concurrentes a la presente licitación.
Este informe será revisado y finalmente validado por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx. Una vez validado, constituirá la referencia oficial del momento de puesta en marcha del servicio a los efectos de clarificar y delimitar las obligaciones del adjudicatario.
ARTÍCULO 9: INVENTARIO INICIAL.
En el plazo de tres meses, computado desde el momento de la firma del contrato, el adjudicatario deberá realizar un inventario completo de la totalidad de los elementos asociados a cada uno de los ámbitos funcionales de los que consta el proyecto, incluida vegetación, arbolado, dependencias, infraestructuras, elementos xx xxxxx, viales, elementos para delimitación, y todos aquellos que resulten de utilidad. Dicho inventario debe reflejar, con el máximo nivel de detalle, todos los elementos que son objeto de conservación.
Para su realización el contratista podrá contar con la información de que disponga el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx.
La estructura, metodología, sistemas geográficos y plataformas informáticas a utilizar, forma de realización, nivel de detalle y plazo de elaboración del citado inventario serán objeto de propuesta técnicamente justificada a incluir en la oferta de las empresas concurrentes a la presente licitación, aunque el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx fijará finalmente, una vez adjudicado el contrato, los parámetros a los que deberá ajustarse dicho inventario.
El inventario afectará a la totalidad de los elementos a considerar y culminará en la creación de una base de datos informatizada que permita almacenar y gestionar posteriormente toda la información recopilada desde la plataforma tecnológica implantada para la gestión integral del contrato.
Para la elaboración del inventario es preciso desarrollar una fase de trabajos de campo y otra de trabajos de gabinete:
a) Trabajos de campo
Previa selección y revisión de la base cartográfica a utilizar (con la máxima escala de detalle que se pueda disponer para todos los ámbitos funcionales a inventariar), se procederá a georreferenciar y, en su caso, a documentar fotográficamente, toda la información que pueda conseguirse. Para la recogida de información se utilizarán fichas normalizadas y específicamente diseñadas y se realizará por personal técnico debidamente cualificado.
b) Trabajos de gabinete
Consistirán en la incorporación, adaptación, armonización y verificación de toda la información recogida y su almacenamiento en bases de datos interrelacionadas, que deben permitir su utilización posterior para la gestión del contrato y para cualesquiera otros propósitos de la administración municipal. Se procederá también a revisar y corregir la ubicación de todas las posiciones sobre la cartografía base, generándose un plano que incorpore toda la información cartográfica recogida en campo, así como todas las correcciones que haya sido preciso realizar. Dichas bases contendrán:
La información cartográfica georreferenciada.
Los datos de los inventarios.
Información fotográfica.
El adjudicatario deberá incluir una propuesta específica y razonada a este respecto en su oferta. Para ello se tendrá en cuenta que la aplicación o sistema de información que se utilice deberá permitir además de la visualización y consulta de la información anteriormente expuesta, otras prestaciones diversas tales como el registro de incidencias, la planificación y el seguimiento de tareas y órdenes de trabajo, la planificación de efectivos, la generación de todo tipo de informes, etc.
La empresa adjudicataria estará obligada a actualizar de manera continua los inventarios y cartografía durante todo el periodo de duración del servicio, según el modelo que establezca el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx en coordinación con el adjudicatario, inventario que será puesto a disposición de dicho Ayuntamiento mediante la plataforma tecnológica desarrollada.
ARTÍCULO 10: ÓRDENES DE LA DIRECCIÓN.
El contratista deberá atender cuantas órdenes dicte la Dirección Técnica del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Preferiblemente las ordenes se realizarán por procedimientos informatizados (Internet, correo electrónico), no obstante, también podrán hacerse por cualquier medio del que quede constancia e incluso verbalmente cuando, a juicio de la Dirección, la interpretación de la orden y la relevancia de su cumplimiento inmediato no sean de especial relevancia.
En caso de dudas sobre la interpretación de las órdenes o cuando el contratista lo considere imprescindible, podrá solicitar por escrito que se le comunique la orden de igual manera, expresando los motivos.
El contratista se asegurará del cumplimiento estricto de las mismas e informará, con la frecuencia que requiera el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, sobre los resultados y su grado de ejecución. La información se proporcionará en soporte informatizado.
ARTÍCULO 11: VARIACIÓN DE LA SUPERFICIE DE ACTUACIÓN.
El adjudicatario estará obligado a asumir para su conservación, tanto las zonas verdes de nueva creación como otras zonas verdes del municipio, el arbolado viario, las medianas, rotondas y jardineras que, con motivo de obra nueva, ampliaciones, recepciones, adquisiciones, etc., incrementen las unidades de actuación, en las mismas condiciones que el resto de la adjudicación.
El precio, siempre y cuando la superficie incrementada no supere el 10% de superficie objeto del contrato, se calculará de forma proporcional (basada en el precio de adjudicación) y será invariable a lo largo de todo el año.
Cada año se procederá a actualizar el precio de conservación en proporción al aumento de la superficie de mantenimiento, actualizando el inventario con las ampliaciones que hubieren existido durante el año precedente, con efectos exclusivos desde el 1º de enero del año siguiente al que se hayan producido las variaciones. No obstante, el incremento de superficie en las condiciones arriba descritas determinará el inicio del correspondiente expediente de modificación del contrato.
A los efectos del contrato se considerará año nuevo a partir de cumplir un año desde la fecha de firma del contrato.
En el caso de disminución de zonas a conservar o superficie total a conservar, se llevará a cabo el correspondiente expediente de modificación contractual comprensivo de la disminución del precio por la superficie no conservada.
ARTÍCULO 12: OBRA NUEVA.
El Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx tendrá absoluta libertad para realizar tanto obras nuevas como mejoras en los espacios entregados a conservar, no habiendo lugar a incremento de precio a tanto alzado alguno por los mismos, siempre que éstos no supongan una variación sustancial dentro de la clasificación establecida.
Por su parte, el adjudicatario no podrá realizar obras nuevas, ni mejoras que alteren o modifiquen el trazado y/o características de los elementos a conservar, salvo autorización expresa del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx y siendo los mismos a cargo del adjudicatario.
ARTÍCULO 13: PERSONAL.
Las tareas de mantenimiento y limpieza de las zonas definidas en el Anexo 2 y que son objeto de este Pliego, se han visto disminuidas en la limpieza tal como se indica en los artículos 1 y 6 del presente Pliego.
La innovación tecnológica en el sector está a la orden del día, de forma que la productividad por trabajador se incrementa de año en año. Así es posible atender mayor superficie con menos personal o lo que sería lo mismo, es necesario un menor número de trabajadores por hectárea de superficie ajardinada. Por otro lado, es necesario tener en cuenta la época del año. Los requerimientos de la vegetación, así como la utilización de los jardines por los ciudadanos varían a lo largo del año. Distinguiremos dos temporadas, temporada baja (otoño e invierno) y temporada alta (primavera y verano), ambas tendrán una duración de seis meses.
Las empresas licitadoras aportarán una propuesta detallada y justificada de las previsiones de la plantilla que considere necesaria para cada una de las operaciones a realizar y temporada. Desde el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx se estima que con el nivel tecnológico actual los ratios son para superficies con césped 0,36 U.T.H./ha, superficies sin césped 0,22 U.T.H./ha y alineaciones arbóreas 0,15 U.T.H./1.000 plantas. Las superficies en las que se realice limpieza se incrementará en 0,10 U.T.H./ha. Por tanto, conforme a las superficies incluidas en el Anexo 2, el número de trabajadores medio asciende a 15. La relación temporada alta/baja se considera del 60% para la temporada alta y el 40% para la temporada baja con respecto al total anual.
El desglose del personal será el siguiente:
-Personal directo necesario para la realización de los trabajos; tendrá la categoría profesional de:
Oficiales Jardineros.
Jardineros.
También se reflejará el personal necesario de las citadas categorías para asegurar la ejecución de los trabajos cuando se produzcan bajas por vacaciones, absentismo laboral, enfermedad, accidente y otras causas debidamente justificadas.
-Personal necesario para ejercer labores de vigilancia y control que aseguren la correcta ejecución de los servicios, en las categorías de:
Encargados.
Otros mandos intermedios.
-Asimismo, deberán presentar relación detallada de todo el personal indirecto asignado a los servicios, especificando su dedicación, con el fin de garantizar el buen funcionamiento de los mismos y dentro del siguiente desglose:
Dirección y personal técnico de los servicios.
Administración.
Otros servicios.
El licitador en su oferta presentará un organigrama del servicio especificando claramente su plantilla, la cual no podrá modificar sin antes solicitar la correspondiente autorización a los Servicios Técnicos del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, indicando con detalle suficiente las motivaciones que justifican su propuesta.
El personal, además de tener los conocimientos técnicos, certificados y habilidades acordes con su categoría, tratamientos y funciones, deberá conocer el contenido de las ordenanzas municipales que establezcan obligaciones, limitaciones, formas de uso, infracciones más frecuentes, sanciones, etc., relacionadas con el mantenimiento, conservación, limpieza y uso de los parques y jardines.
El contratista facilitará a los Servicios Técnicos del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx los documentos que le sean solicitados por estos, referentes a personal, contratos, TC-2, y en general toda aquella información que permita comprobar la plantilla e identificar a los responsables de las distintas tareas.
El tiempo máximo para la sustitución de un trabajador será de 72 horas.
El adjudicatario dispondrá del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias del contrato y abonará sus retribuciones, incentivo, pagas extraordinarias, seguros sociales, etc., los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto en la legislación vigente y los convenios locales y provinciales que los afecten.
Existirá un servicio xx xxxxxxx que tendrá como misión fundamental, hacer frente sin demora a las situaciones de emergencia producidas en las horas no incluidas en la jornada laboral. Para ello, facilitará el medio de comunicación elegido por el ofertante. Este servicio será efectivo 24 horas al día los 365 días del año.
Durante las jornadas con climatología adversa, tales como lluvias, fuertes temporales, etc., el personal dispondrá de ropa especialmente adecuada para continuar realizando los trabajos de conservación sin paralización de las actividades previstas, salvo aquellas que incidan negativamente en la propia conservación.
Se notificará al personal técnico del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, las categorías y demás circunstancias personales de los trabajadores que hayan de cubrir la plantilla para el desempeño de las misiones a las que se refiere el presente Pliego, así como las variaciones que se produzcan en el mismo.
La empresa adjudicataria deberá cumplir, además de la legislación en materia de Contratos del Sector Público, la legislación en materia laboral que sea de aplicación.
Los uniformes del personal se adaptarán a los condicionantes técnicos establecidos por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx.
La empresa adjudicataria se compromete a tener debidamente dado de alta al personal en la Seguridad Social y cumplir todas las obligaciones legales contractuales respecto del mismo, siendo causa de resolución del contrato el estar al descubierto en las cuotas de la Seguridad Social.
ARTÍCULO 14: VEHÍCULOS, MAQUINARIA, ÚTILES Y HERRAMIENTAS.
Los licitadores harán constar en su oferta, expresa y detalladamente, el material que precisan adscribir a los servicios, su número y características de cada tipo, aportando fotografía y ficha técnica de cada vehículo propuesto. Este material será para uso exclusivo del contrato y deberán permanecer en los almacenes designados o realizando tareas en la zona objeto del contrato.
El material a utilizar será el más adecuado a las características del servicio y a las necesidades de la ciudad. Se valorará especialmente la versatilidad y adaptación de los mismos a la red viaria del Municipio y las mejoras tecnológicas de aplicación en los distintos servicios a prestar. Se deberá especificar por los licitadores, entre otros, la disminución de las emisiones sonoras de los vehículos que por sus características de trabajo lo requieran, la emisión de humos y todos aquellos que ayuden a una mejor comprensión del material móvil propuesto.
Deberán reflejarse de forma clara la relación entre el distinto material móvil ofertado y el servicio a que esta destinado dicho material.
El material necesario para la realización de los servicios no deberá ser necesariamente de nueva adquisición, pero no se admitirán aquellos elementos que, por su estado deficiente o su mal funcionamiento, no respondan a las expectativas generadas, tanto al inicio como durante el desarrollo del servicio. Este material deberá ser minuciosamente descrito con aportación de memoria técnica, planos, fotografías, etc., con el fin de obtener el conocimiento más exacto del mismo. Toda la maquinaria a emplear, así como las herramientas, deberán estar homologadas y poseer los certificados correspondientes.
El adjudicatario dispondrá de los vehículos, maquinaria y medios auxiliares necesarios para el correcto desarrollo de las labores previstas. En todo momento deberá tener en funcionamiento la maquinaria y material necesario para prestar los servicios, por lo que dispondrá de los equipos de reserva que considere oportuno, debiendo indicar en su oferta el Plan de Reservas propuesto.
Los vehículos deberán ser adecuados a la función a realizar, debiendo tener permanentemente un buen aspecto exterior y serán pintados con los colores y símbolos corporativos que le sean indicados por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx. Todos los vehículos y maquinaria que oferten las empresas licitadoras se encontrarán en perfecto estado de utilización y conservación, pudiendo ser desechados por el personal técnico del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, de forma justificada, cuando no reúnan esas condiciones, debiendo el adjudicatario sustituirlos por otros adecuados. Del mismo modo, estarán en todo momento en perfectas condiciones de mantenimiento en cuanto a limpieza, señalización, sistemas de seguridad, etc.
La adquisición de todo tipo de vehículo, material y maquinaria necesarios para la prestación del servicio será por cuenta y a cargo del adjudicatario, así como los gastos de conservación y mantenimiento para el correcto funcionamiento durante el periodo de vigencia del contrato. Se valorará positivamente un plan detallado de mantenimiento preventivo de cada uno de los equipos ofertados, indicando el contenido de los niveles especificados en los mismos en función de las horas de servicio acumuladas y la metodología de ejecución de dicho plan de mantenimiento. Se realizará, con la periodicidad necesaria, lavados tanto en el interior como en el exterior de los mismos. Se evitará la sobrecarga de los vehículos, extrayendo del mismo aquellos objetos que resulten innecesarios.
Para el caso de la maquinaria averiada, su sustitución debe ser inmediata si se está realizando una labor de conservación que no pueda dilatarse, siendo causa de sanción si la labor que se está realizando se interrumpe y/o altera el nivel de mantenimiento.
Con carácter general, en lo referente a vehículos, maquinaria y medios auxiliares, desde el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx se exigirá:
Un diagnóstico favorable por parte de la ITV, homologada por la dirección general de Industria de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx la Mancha. Las tasas correspondientes serán por cuenta del adjudicatario.
Homologación y marcado CE de la maquinaria y herramientas empleadas.
Los dispositivos de seguridad o señalización homologados.
De no resultar suficiente a juicio del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx el material que el contratista ofreció en su propuesta para la realización del servicio, lo comunicará razonadamente al contratista, el cual deberá adquirir a su riesgo y xxxxxxx el preciso para su correcta prestación.
ARTÍCULO 15: INSTALACIONES.
El adjudicatario se compromete durante la ejecución del contrato y sus posibles prórrogas, a disponer de las instalaciones precisas para atender a todo el personal y maquinaria que pueda ser objeto de aplicación. No obstante, el adjudicatario podrá disponer para su uso, de las casetas e instalaciones que actualmente disponga el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx en las zonas objeto de la licitación.
Las instalaciones que utilice el adjudicatario deberán estar siempre en buenas condiciones de uso, por lo que deberá seguirse un programa de mantenimiento y conservación, durante el tiempo de duración del presente contrato, debiendo incluir dicho programa en su oferta.
La conservación y mantenimiento de los elementos que engloban la red e hidrantes xx xxxxx incluyen todos los trabajos necesarios ordinarios que es preciso llevar a cabo al objeto de garantizar el buen funcionamiento y fiabilidad de los mismos mediante la realización de revisiones y reparaciones, localizando averías o desperfectos con el fin de corregirlos o repararlos. Estos trabajos incluirán como mínimo la realización de las siguientes labores:
Comprobación, mantenimiento y conservación preventiva y correctiva de los elementos que componen la red xx xxxxx e hidrantes.
Prevención y control de la legionelosis.
Retirada, sustitución, reposición e instalación de elementos por fin de vida útil, accidentes o actos vandálicos.
Los gastos asociados a mejoras o modificaciones en las instalaciones fijas, así como los gastos de conservación y mantenimiento de las mismas, enumerados en el párrafo anterior, serán por cuenta y cargo del adjudicatario.
La puesta en servicio de las instalaciones para el personal deberá coincidir con el comienzo del servicio. El adjudicatario dispondrá de instalaciones adecuadas, con al menos una oficina de conexión con el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, debiendo tener una línea de teléfono directa atendida durante las horas de jornada laboral municipal. También deberá disponer así mismo (en régimen de propiedad o alquiler) de unas instalaciones tipo nave o cochera, cuya superficie mínima no podrá se inferior a 400 m2, con dedicación exclusiva a la contrata para almacenar y guardar la maquinaria que no se deposite en las casetas arriba citadas, así como los vehículos y maquinaria de mayor tamaño.
ARTÍCULO 16: ALTERACIONES LABORALES.
Suponiendo que durante el plazo de contrato de los servicios, objeto de este Pliego, se produjeran alteraciones laborales, incumbirá al adjudicatario la solución de las mismas. No obstante el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, prestará la colaboración necesaria si con ello contribuye a la resolución de la alteración laboral.
Si se comprueba una manifiesta desidia del contratista en la realización de cuantas gestiones sean necesarias, será de aplicación la sanción que corresponda.
ARTÍCULO 17: PERIODICIDAD DEL SERVICIO.
En cuanto a las labores de mantenimiento se aplicará en cada caso la frecuencia adecuada, en función de las necesidades específicas de cada servicio, no pudiendo ser dicha frecuencia en ningún caso inferior a los mínimos fijados en este Pliego de Condiciones.
ARTÍCULO 18: SECTORIZACIÓN.
Se organizará el servicio dividiendo la zona objeto del presente Pliego en zonas o sectores que, una vez fijados, no se podrán cambiar sin autorización por parte de los Servicios Técnicos del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx.
CAPÍTULO 4: RESPONSABILIDAD TÉCNICA Y CONTROL DEL SERVICIO.
ARTÍCULO 19: RESPONSABILIDAD TÉCNICA DEL ADJUDICATARIO.
La empresa adjudicataria estará obligada al cumplimiento del contrato con estricta sujeción al Pliego de Condiciones Técnicas, a las mejoras contenidas en su oferta, y a las órdenes que a través de cualquier medio (escrito, verbal o digital-email) procedan de la Dirección Facultativa.
El adjudicatario intervendrá directamente, sin necesidad de autorización expresa del personal técnico del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, en aquellas operaciones de inspección y conservación que requieran las actuaciones especificadas en el Pliego, pues es su obligación la detección de los desperfectos o averías que se originen en las zonas objetos del contrato.
El adjudicatario dispondrá de un sistema de autocontrol que permita la detección y corrección de cuantos defectos, trabajos mal realizados, faltas, roturas, superficies en mal estado, etc. ocurran de manera que se puedan detectar directamente por la empresa adjudicataria y sean corregidos a la máxima brevedad, siendo este hecho comunicado inmediatamente al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Intervendrá asimismo, a requerimiento del personal técnico del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, en actuaciones que por urgencia sean necesarias, aun fuera de su horario habitual de trabajo y en todos los acontecimientos y fiestas que se realicen en el ámbito de este contrato. El abono de estos trabajos se hará en base a un presupuesto previo aceptado por ambas partes, adjudicatario y Ayuntamiento. En caso de no acuerdo se utilizarán los índices que el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx tiene establecidos para el pago de horas extraordinarias y compensaciones horarias.
El personal y medios del adjudicatario se pondrán a las órdenes del personal técnico del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx a fin de participar en las actuaciones que se realicen para resolver actuaciones extraordinarias, atendiendo a las instrucciones que se den al respecto y utilizando, si fuera necesario, los medios especiales que se necesitaran. La empresa adjudicataria será responsable de imprimir a sus trabajadores un ritmo de trabajo adecuado, capaz de alcanzar los objetivos previstos en cuanto a la cantidad y calidad de las labores.
Aquellos vegetales que hayan muerto por causas debidas al mal cuidado o mantenimiento de los mismos serán sustituidos a cuenta del contratista, incluyéndose también las labores complementarias necesarias, con la aplicación de la correspondiente sanción.
La empresa adjudicataria estará obligada a abonar los gastos que se deriven de la obtención de autorizaciones, licencias, documentos o cualquier otro trámite relacionado con el servicio, así como abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y otras prestaciones patrimoniales de carácter público que resulten como consecuencia del contrato o su ejecución.
La empresa adjudicataria adoptará las medidas preventivas necesarias para evitar accidentes y/o perjuicios de todo orden sobre personas y bienes. Los daños y perjuicios ocasionados en cualquiera de los elementos de los espacios verdes, edificios municipales y demás elementos de propiedad municipal, serán responsabilidad de la empresa adjudicataria cuando se deban a negligencia, culpa o incumplimiento del presente Xxxxxx, así como por una inadecuada ejecución de las labores.
La empresa adjudicataria deberá minimizar los impactos ambientales ocasionados sobre el medio ambiente en general, la atmósfera, el suelo, los recursos hídricos y cualesquier otro bien natural que pudiera ser impactado durante la ejecución del servicio.
Semanalmente, la empresa adjudicataria reportará al personal técnico del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx la programación de trabajos previstos para la semana siguiente y los ejecutados durante la anterior, de forma que se pueda conocer el grado de adecuación de los trabajos a los Programas de Gestión. Esta programación semanal deberá incluir la ubicación exacta en la que se ejecutará cada labor y el técnico de la empresa responsable de la misma, así como sus datos de contacto.
Todas las plantaciones, semillados, esquejados, implantación xx xxxxxxxx, etc., que impliquen la utilización de material vegetal tendrán una garantía de un año, debiendo el contratista reponer el mismo en caso de muerte o mal estado vegetativo, incluyéndose también las labores complementarias necesarias. En el caso de que sea debido a un mantenimiento inadecuado, además se aplicará la sanción correspondiente, establecida en el Pliego de Condiciones Administrativas.
ARTÍCULO 20: RESPONSABILIDAD ECONÓMICA DEL ADJUDICATARIO.
20.1. Faltas:
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones de este Pliego, así como de la oferta adjudicataria, dará lugar a las sanciones que correspondan a cada caso, conforme a los siguientes criterios:
20.1.1. Faltas leves.
Tendrán la consideración xx xxxxxx leves:
La imperfección no reiterada en la prestación del servicio, relativa tanto a la calidad de los trabajos, insuficiencia de medios, estado, conservación y mantenimiento de vehículos y material, ritmo de ejecución de los trabajos, retraso en la prestación del servicio, incumplimiento de órdenes emanadas de los técnicos del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, etc., siempre que no deriven daños graves y que suponga la imposición de tres apercibimientos al año.
La interrupción en la prestación del servicio por un plazo inferior a tres horas.
La falta o deficiencia de uniformidad del personal.
La falta de envío de la información o su retraso.
20.1.2. Faltas graves.
Tendrán la consideración xx xxxxxx graves las siguientes:
La prestación manifiestamente defectuosa o irregular de los servicios, no cumpliendo las condiciones establecidas y el retraso en la prestación de los mismos.
La interrupción en la prestación del servicio por un plazo superior al establecido para las faltas leves.
La reiteración en la comisión xx xxxxxx leves no comprendidas en los apartados anteriores y que a juicio y acreditada justificación de los técnicos responsables del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, merezcan tal condición por denuncias presentadas, en razón al incumplimiento de las obligaciones derivadas de la prestación de los servicios objeto del contrato.
La percepción por el adjudicatario o sus empleados de cualquier remuneración, canon o merced de los particulares.
Impedir o retrasar dolosamente las tareas inspectoras de los técnicos del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Los incidentes del personal del contratista adscritos a los servicios contratados con el vecindario y usuarios de los mismos, tanto por tratos incorrectos como por anomalías en la recogida de residuos o en la realización de la limpieza.
La inobservancia de las prescripciones sanitarias o el incumplimiento de las órdenes sobre evitación de situaciones insalubres, de peligrosidad o incomodidad, una vez apercibido formalmente el contratista y no haberlas éste cumplimentado.
El incumplimiento de las obligaciones laborales y de la Seguridad Social con el personal adscrito a los servicios, por cuenta del contratista.
No estar al corriente de las primas de seguro obligatorio de los vehículos que prestan el servicio.
Todas aquellas que, implicando un incumplimiento de las obligaciones establecidas para el contratista en el presente Xxxxxx, no merezcan la calificación de muy graves y que, por su naturaleza, no deban ser comprendidas en las leves.
20.1.3. Faltas muy graves.
Tendrán la consideración de muy graves las siguientes infracciones:
No dar comienzo a la prestación de los servicios contratados dentro del plazo estipulado para ello en el contrato donde se formalice la adjudicación del contrato.
El incumplimiento o demora de las órdenes de trabajo dadas por los técnicos responsables del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx con el carácter de urgentes.
Paralización o no prestación de los servicios contratados, no utilizando los medios adecuados o elementos esenciales exigidos, o desaparición de alguno de los materiales adscritos al servicio.
Fraude en la forma de prestación de los servicios, no utilizando los medios adecuados o elementos esenciales exigidos, o desaparición de alguno de los materiales adscritos al servicio.
Carencia de los elementos de protección y seguridad, necesarios y obligatorios, en los medios personales y/o materiales para la prestación de los servicios.
Verter en lugar no autorizado los productos y residuos de los distintos trabajos.
Reiteración xx xxxxxx graves en la conservación y mantenimiento de vehículos, maquinaria, materiales y demás elementos.
Ceder, subarrendar o traspasar parte del servicio contratado, bajo cualquier modalidad o título, sin la previa autorización del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx.
20.2. Penalizaciones:
Las faltas cometidas por el contratista se penalizarán por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx de la siguiente forma:
Las faltas leves tendrán una penalización de trescientos a mil euros (de 300,00 a 1.000,00 €).
Las faltas graves tendrán una penalización de mil a seis mil euros (de 1.000,00 a 6.000,00 €).
Las faltas muy graves tendrán una penalización de seis mil a diez mil euros (de 6.000,00 a 10.000,00 €), pudiendo conllevar la pérdida de la fianza definitiva, con obligación del contratista de constituir una nueva por igual importe si no hay resolución del contrato, todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que se determine de acuerdo con la normativa vigente.
El importe de las penalizaciones impuestas se deducirá de las certificaciones mensuales que se expidan para el abono de los servicios realizados por el contratista.
La presente valoración de las penalizaciones no elimina la posibilidad de resolución del contrato, conforme al procedimiento legalmente establecido y, en su caso, previa audiencia del interesado.
En caso de no ejecución de un determinado servicio de los que compongan el objeto del contrato y sin perjuicio de las penalizaciones que le sean de aplicación, se efectuará una deducción de la certificación mensual valorándola por los precios unitarios de las operaciones fijas, bien en su totalidad o en un porcentaje que dependerá de las labores no realizadas.
A tales efectos, el adjudicatario se hace responsable ante el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx de todas las faltas que pudieran ser cometidas por sus empleados, así como de las repercusiones a que dieran lugar. El adjudicatario, igualmente, se hará responsable de los daños y perjuicios que se ocasionen en las zonas verdes, arbolado y demás elementos de propiedad municipal por culpa, negligencia o incumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente Xxxxxx.
La valoración de estos daños o perjuicios será realizada por el personal técnico del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, quedando obligado el adjudicatario a satisfacer la cuantía correspondiente al importe que resulte de la valoración de los daños o perjuicios producidos. Dicha valoración se fijará sobre el importe estimado de las labores no realizadas, realizadas incorrectamente o fuera de época. En aquellos donde no se puedan valorar los porcentajes correspondientes a cada labor de conservación de forma general, será el personal técnico del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx el que procederá a valorar, en cada caso puntual y concreto, aquella labor de conservación que dentro del total de las mismas sea objeto de posible sanción por incumplimiento.
El adjudicatario se responsabilizará económicamente de aportar los medios, materiales y personal establecidos en la oferta, pudiendo ser penalizado por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx en un importe no inferior al beneficio económico que su incumplimiento haya producido en el adjudicatario y al perjuicio provocado por tales omisiones y hasta el doble del mismo, según las circunstancias que concurran en cada supuesto.
ARTÍCULO 21: RESPONSABILIDAD TÉCNICA DEL AYUNTAMIENTO.
El personal técnico del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx velará y controlará en todo momento que la forma de prestación del servicio adjudicado se ajusta a las especificaciones del presente Pliego.
La dirección e inspección técnica de los trabajos descritos en este Pliego de Condiciones se ejercerá por el personal técnico de dicho Ayuntamiento.
Las correcciones o modificaciones en el servicio que se estimen oportunas por parte del personal técnico del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx deberán ser consideradas para su aplicación de forma inmediata por la empresa adjudicataria. Asimismo, se podrán transmitir órdenes e instrucciones de trabajo mediante carta o correo electrónico con acuse de recibo.
El personal técnico del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx tramitará las autorizaciones y permisos que sean necesarios para el normal desarrollo del servicio, así como en situaciones excepcionales o de emergencia donde se encargará además de coordinar con los distintos Servicios Municipales implicados.
CAPÍTULO 5: ORGANIZACIÓN GENERAL.
En este capítulo se indicarán las premisas en lo relativo a los servicios técnicos, administrativos, almacenes, control y vigilancia, etc. que son comunes a la totalidad de los servicios. Los licitadores deberán proponer las condiciones técnicas y económicas a que den lugar.
Asimismo, los licitadores indicarán en sus propuestas, toda la relación de los puestos de mandos intermedios previstos, encargados, capataces, etc. y las funciones a realizar, así como los medios mecánicos adscritos a estos servicios.
ARTÍCULO 22: ADMINISTRACIÓN.
Los licitadores en su oferta definirán con el máximo detalle, todo el equipo administrativo necesario para la correcta realización de las tares propias de este servicio. Indicarán en sus propuestas todos los medios humanos y materiales adscritos al mismo, con su grado de dedicación, así como la organización prevista a tal efecto.
ARTÍCULO 23: SERVICIOS MÉDICOS.
Todo el personal será sometido a las correspondientes revisiones médicas, ajustándose la empresa adjudicataria a las normas dictadas por las autoridades laborales competentes en la materia.
ARTÍCULO 24: OTRAS CONDICIONES. RELACIONES DEL ADJUDICATARIO CON EL AYUNTAMIENTO.
El Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx está obligado a comunicar por escrito al responsable del contrato, cuantas obras, trabajos, operaciones u otras actuaciones, se realicen por el propio Ayuntamiento, organismos dependientes del mismo o por terceros, en los espacios verdes, alineaciones arbóreas, árboles, jardineras, cubre alcorques y zonas de influencia, al objeto de coordinar las actuaciones de no haberse previsto anteriormente y de prevenir la producción de daños o desperfectos.
El adjudicatario deberá realizar las podas necesarias para mantener la adecuada visibilidad de semáforos, farolas y señales de tráfico. En los casos que sean precisas las podas de ramas que supongan la supresión de más de un tercio foliar, o supresión de la totalidad del ejemplar vegetal, el contratista recabará del personal técnico del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, un escrito en el que se haga constar la necesidad de dicho trabajo, desde el punto de vista circulatorio, quedando obligado a realizar los trabajos que determine el personal técnico de dicho Ayuntamiento, en la fecha y hora que se concrete.
El contratista viene obligado a sustituir aquellos suministros y materiales que, a juicio del responsable del contrato, no reúnan las condiciones adecuadas. Si en cualquier hora y día del año se presentara una situación que pudiera representar un peligro para personas, animales o cosas, motivada por cualquier causa, incluso meteorológica, el contratista adoptará las medidas pertinentes y necesarias para la evitación de daños y perjuicios y, según la gravedad e importancia de la situación, dará cuenta inmediata a la Policía Local, a los Servicios de Bomberos y a los demás servicios que puedan verse afectados, para que tomen las medidas que procedan.
De todo lo actuado se dará por escrito cumplida información de lo acaecido al personal técnico del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx.
El adjudicatario pondrá a disposición del servicio para la dirección técnica de los trabajos un Técnico competente, debidamente cualificado y con experiencia suficientemente acreditada en el sector que deberá estar adscrito al contrato con dedicación exclusiva, domicilio en el Término Municipal xx Xxxxxx y cuya designación será efectuada por el contratista y comunicada al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx en el plazo máximo de 24 horas a partir de la formalización de dicho contrato. Así mismo, el contratista comunicará los posibles cambios de esta Dirección Técnica que se puedan producir y que serán a su vez comunicados en un plazo máximo de 3 días desde que se realice éste.
Esta persona representante de la empresa adjudicataria, dirigirá el contrato, será responsable a todos los efectos de la gestión del mismo, tendrá capacidad decisoria para resolver cualquier incidencia vinculada a los servicios y será responsable de la elaboración de la Memoria Anual de la Gestión que deberá redactar el adjudicatario. Así mismo será responsable de la coordinación estratégica de los servicios, de la comunicación con el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, de los controles de calidad, de la responsabilidad Medioambiental por la gestión, de la Atención al Ciudadano, de la gestión del personal y de los medios materiales. Estará disponible y/o localizable de forma permanente, facilitando un teléfono móvil de contacto a dicho Ayuntamiento.
Será el máximo responsable de concertar y disponer de la forma más eficaz los medios materiales y humanos para la ejecución de las labores, velará por la máxima productividad en la realización de los trabajos, la flexibilidad y adaptabilidad de los equipos humanos y materiales en la realización de los trabajos, la optimización de los recursos, la adaptación correcta de los métodos de trabajo con los equipos humanos y los medios materiales asignados, la adaptación de los medios a los servicios y a las características y necesidades de cada caso en particular y velará además por la coordinación estratégica de los servicios y actuaciones conjuntas con los servicios municipales y en particular con los Servicios de Medio Ambiente, Parques y Jardines, Aguas, Vías y Obras, Policía Local, Bomberos, Participación Ciudadana, etc.
El adjudicatario comunicará, con suficiente antelación, a las empresas de Servicios y al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx (Alumbrado Público, Semáforos, red de agua, y demás servicios), la realización de aquellos trabajos que puedan afectar las líneas, conducciones, instalaciones y demás elementos, debiéndose realizar los trabajos coordinadamente con los servicios afectados.
El adjudicatario dispondrá del personal y medios suficientes para poder efectuar una vigilancia continuada de la totalidad de los espacios verdes, alineaciones arbóreas, árboles y jardineras con el fin de detectar, en cualquier momento, anomalías, desperfectos, detección de posibles peligros, desgarros de ramas, debilitación de fustes o sistemas radicular o cualquier otra circunstancia que pudiera presentar algún riesgo para personas o bienes y determinar las actuaciones que estas requieran.
Deberán tomarse las medidas necesarias, habida cuenta que los trabajos se realizarán en la vía pública, teniendo especial cuidado de retirar rápidamente los residuos y productos resultantes de las distintas labores, poniendo especial cuidado en no obstaculizar el tráfico rodado o peatonal ni dificultar el disfrute de los espacios verdes y juegos infantiles.
Se pondrá especial atención en los trabajos, especialmente podas, arranque de árboles, plantaciones, tratamientos fitosanitarios y demás labores que implique riesgo, en no producir daño alguno a personas, animales o cosas, siendo la contrata plenamente responsable de ello.
Antes de realizar las labores que lo precisen, se procederá a señalizar, vallar y proteger la zona debidamente, incluso con señales luminosas.
El adjudicatario viene obligado a realizar todas las actuaciones previstas y necesarias para subsanar cualquier tipo de daño, desperfecto o deterioro, incluso de obra civil, que se haya podido producir, por cualquier causa imputable al incumplimiento de las obligaciones descritas en el presente Pliego, en los espacios verdes, alineaciones arbóreas, árboles, jardineras y cubre alcorques. La totalidad de los gastos que ocasionen dichas actuaciones serán a cargo del contratista. El plazo máximo de reposición, será de 48 horas hábiles.
Será obligación del adjudicatario atender con la debida diligencia cualquier requerimiento de información o de otro tipo que desde el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx se le solicite. Estos requerimientos podrán ser de forma verbal, si la urgencia así lo requiere, o de forma escrita, bien mediante fax o correo electrónico.
CAPÍTULO 6: NORMAS DE TRABAJO.
ARTÍCULO 25: HORARIOS.
El horario de realización de las distintas labores será, en invierno de 8:00 a 18:00 horas y en verano de 07:00 a 19:00 horas, pudiendo variar en función de las necesidades del servicio. Caso especial es el de las festividades locales de Semana Santa, San Xxxxxx y San Xxxxx, en el que el horario se establece en cuatro horas, quedando establecido en el intervalo entre las 07:00 y las 11:00 horas.
Comprende el presente contrato la obligatoriedad por parte del responsable de la empresa de permanecer localizable con disponibilidad todos los días del año y en horario de 24 horas para atender las urgencias relacionadas con parques y jardines.
Por otro lado, el personal adscrito al presente contrato, está obligado a colaborar en el dispositivo establecido en base al Plan de Emergencia Municipal y de Vialidad Invernal (PEMUVI) por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx. Estos Servicios, aun no teniendo una programación predeterminada por los servicios técnicos municipales, deberán incluirse en la oferta económica de acuerdo a las condiciones establecidas, no dando lugar a ninguna compensación económica complementaria. No obstante se podrán reorganizar puntualmente los servicios permanentes para atender a estas necesidades de acuerdo con el Servicio Municipal correspondiente.
ARTÍCULO 26: SEGURIDAD E HIGIENE DEL PERSONAL Y RIESGOS LABORALES.
La empresa adjudicataria se someterá a las normas dictadas en cada momento por las autoridades laborales competentes en esta materia y en particular en lo que se refiere a:
Instalaciones fijas para los operarios.
Cuidados y previsión sanitaria.
Señalización o cualquier otra medida a tomar para la protección del personal frente al tráfico rodado en las calles.
Así, la empresa adjudicataria cumplirá las disposiciones de la Normativa General y Autonómica sobre riesgos laborales. De forma especial asumirá los compromisos siguientes:
1. El adjudicatario deberá presentar en el plazo de un mes desde la adjudicación un Plan de Prevención de Riesgos Laborales para las tareas que se describen en el Pliego, diferenciando los factores y niveles de riesgo, las medidas correctoras y preventivas para cada categoría. Asimismo, presentará en el plazo de un mes desde la adjudicación un Plan de Calidad del Servicio, donde se adscribirá un responsable y equipo preciso para la realización del trabajo en colaboración con el personal técnico del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx.
2. La empresa adjudicataria dispondrá de los equipos de protección colectiva y dotará a sus operarios de los equipos de protección individual, debidamente homologados, exigidos o recomendados para cada puesto de trabajo.
ARTÍCULO 27: IMAGEN DEL SERVICIO HACIA EL CIUDADANO.
a) En lo referente a la uniformidad del personal:
El personal irá debidamente uniformado en todo momento del servicio en la vía pública, sin otras indicaciones u otros símbolos que los previstos en el diseño del uniforme.
Mantendrá la limpieza del uniforme.
b) Del trato con el usuario.
La empresa adjudicataria hará prestar a sus operarios la debida cortesía con los mismos.
En caso contrario los hechos serán comunicados a la empresa contratista para que tome de forma inmediata las medidas oportunas, sin prejuicio de la tipificación de falta a que pudiera dar lugar.
c) Del material.
Se respetará por la empresa las normas de pintura y leyenda que se establezca para los equipos y vehículos.
Se mantendrá la estricta limpieza en los equipos.
No se permitirán otras leyendas, símbolos, etc., que las permitidas por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Los vehículos y maquinas que se adquieran, cumplirán la normativa más exigente respecto a la emisión de ruidos y gases contaminantes, valorándose de forma positiva la incorporación de medios que minimicen estos valores.
ARTÍCULO 28: INCIDENCIAS. ACTOS VANDÁLICOS.
El contratista deberá comunicar en el día cualquier anomalía que impida la prestación de un buen servicio, a los Servicios Técnicos del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Del mismo modo pasará una relación semanal con todo tipo de modificaciones en el normal desarrollo de los servicios como cambios, incidencias, reposición de materiales o elementos vegetales, etc., que se produzcan en la semana.
El servicio de mantenimiento y reposición de elementos xx xxxxx, así como vegetación e infraestructuras inherentes a la jardinería, reparará a su cargo todas las averías que se produzcan en los mismos y corregirá los defectos que en ellos puedan surgir. Siempre que dichas deficiencias sean debidas a actos vandálicos o accidentes de circulación, se deberá poner en conocimiento de la Policía y los Servicios Técnicos Municipales para que dispongan de dicha información, a efectos de localización de los autores y exigencia de responsabilidad. A estos efectos, el contatista concertará póliza de seguros contra actos vandálicos, colaborando el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx en el esclarecimiento de los hechos e identificación del responsable/s a fin de que la Compañía Aseguradora del contratista pueda repercutir los gastos en que se hubiera incurrido.
Se procederá a su reparación o sustitución en un plazo máximo de 48 horas a partir de la detección de la deficiencia. Los trabajos se realizarán sin alterar el servicio, por lo que se deberá contar con un stock suficiente en las dependencias de la empresa.
CAPÍTULO 7: CONTROL Y MONITORIZACIÓN DE LOS SERVICIOS. PLATAFORMA INTEGRAL DE GESTIÓN.
ARTÍCULO 29: CONTROL Y MONITORIZACIÓN DE LOS SERVICIOS.
El control y monitorización de los servicios se llevará en los siguientes términos:
Control objetivo de la prestación del Servicio. Se realizará mediante la aplicación de los Indicadores Mínimos de Calidad más aquellos propuestos por el adjudicatario, tal y como ya se ha definido en artículos anteriores.
Control Subjetivo de la percepción del Servicio. Mediante un sistema de gestión de los datos de quejas, incidencias y reclamaciones ciudadanas, los servicios técnicos municipales podrán conocer en todo momento el grado de satisfacción de los usuarios de estos servicios. Esta sistemática permitirá evaluar la compatibilidad entre el Servicio prestado efectivamente por el contratista y el Servicio percibido por los ciudadanos.
Monitorización de las prestaciones del contrato: Completará el sistema de control y seguimiento la monitorización de todos los elementos y servicios susceptibles de ellos, tales como recorridos teóricos y reales de la flota de vehículos y equipos, labores de limpieza, programaciones semanales, mensuales y anuales de los trabajos con sus grados de cumplimiento, alertas automáticas ante incidencias y desvíos, etc.
El sistema de monitorización deberá estar íntimamente relacionado con el nivel tecnológico de la ciudad, con la finalidad de llevar a cabo dicha monitorización de la forma lo más automatizada posible, implementándose a lo largo de la vida del Contrato aquellas tecnologías que puedan ayudar a dicha automatización.
Del grado de consecución de resultados dependerá la percepción del ciudadano acerca del nivel de calidad de los Servicios. En base a ello, el Contratista obtendrá bonificaciones o penalizaciones, tal como se describen en el artículo 00 x Xxxxx 0, que en ningún caso supondrán aumento de precio de adjudicación o incremento de la facturación, si no que servirán para compensar deducciones anteriores; o bien deducciones en su facturación mensual, en función del grado de cumplimiento de los parámetros de calidad exigidos.
ARTÍCULO 30: SOPORTE TECNOLÓGICO. PLATAFORMA INTEGRAL.
El objetivo de este apartado es desarrollar los requerimientos técnicos relativos a tecnología de la información y las comunicaciones destinadas a garantizar una gestión eficiente y sostenible de los Servicios objeto de licitación. El adjudicatario deberá implantar una plataforma informática para la gestión y control integral de todos los servicios objeto del contrato, para el suministro de información relativa a los mismos y para el registro y seguimiento de incidencias detectadas por la empresa o comunicadas por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx o los propios ciudadanos.
La empresa licitadora propondrá un Sistema de Gestión o Aplicación Informática Integral del Servicio que englobe la gestión de los trabajos y del inventario en los espacios verdes, arbolado urbano y resto de elementos xxx xxxxxx, así como las comunicaciones objeto de este pliego. En última instancia, será el Servicio Municipal el que seleccione razonadamente el sistema y aplicación a utilizar de entre los propuestos por la empresa adjudicataria.
La puesta a disposición, actualización, desarrollo y mantenimiento corresponderá a la empresa adjudicataria, facilitando a los técnicos del Servicio Municipal lo necesario para su acceso, manejo y utilización.
La aplicación será la misma para las superficies de trabajo de la empresa adjudicataria y para los medios propios del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx. La empresa adjudicataria trabajará sobre su área de trabajo, permitiendo al usuario de dicho Ayuntamiento poder acceder a toda la información de la ciudad. La aplicación será única, así como la base de datos, lo que permitirá al Ayuntamiento acceder siempre sobre los datos actualizados de inventario y de gestión.
Los sistemas tecnológicos exigidos son los siguientes:
1.- Soluciones de campo
Este apartado lo constituyen los sistemas tecnológicos que tienen como objetivo interactuar con la ciudad y con los diferentes elementos sobre los que se desarrolla el servicio (sensorización, toma de datos y comunicación de éstos).
El licitador deberá considerar la incorporación de todos aquellos elementos y subsistemas basados en el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) que permitan una gestión eficiente y sostenible del servicio y todo ello sin coste adicional para el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx. Estos sistemas, cuyo objetivo básico es interactuar con la ciudad, deben centrarse en recoger información de los elementos fijos y móviles adscritos al servicio para localizarlos, monitorizarlos o telecontrolarlos así como transmitir tareas al personal de servicio.
Estos dispositivos pueden estar asociados a vehículos, a los elementos fijos de la ciudad, a los elementos móviles aportados por el adjudicatario, a los edificios y al personal adscrito al servicio.
Se valorará la correcta justificación de aplicabilidad de cada tecnología, así como el dimensionamiento que aporte eficiencia al servicio.
2.- Plataforma de gestión
Aplicativos que tienen como objetivo controlar la actividad de forma coordinada/eficiente y garantizar el acceso por parte del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx a la información relevante para la supervisión y control de los Servicios.
El periodo de adaptación e implantación de esta plataforma se realizará dentro de los primeros 12 meses del Contrato alineado con la estrategia de despliegue de servicios a definir con dicho Ayuntamiento.
Esta plataforma deberá soportar al menos los siguientes requerimientos funcionales:
Control, inventario y monitorización del estado de los activos adscritos a los diferentes servicios.
Asignación, control y seguimiento de trabajos realizados en tiempo real por los operarios con soporte cartográfico.
Control y seguimiento de las flotas de vehículos del servicio.
Acceso al histórico de trabajos realizados.
Elaboración de informes de gestión.
Generación de indicadores de calidad del servicio.
Gestión de los datos de quejas, incidencias y reclamaciones ciudadanas.
El acceso a la información de la plataforma de gestión del servicio deberá hacerse desde terminales tipo PC, Smartphone, Tablet, etc. valorándose la aportación de referencias concretas.
La Plataforma de gestión a desarrollar deberá ser abierta al objeto de que puedan integrarse de manera total o parcial otros servicios municipales directos e indirectos.
3.- Infraestructura tecnológica
Aquellas licencias de programas informáticos que sean derivados del funcionamiento del servicio del Contrato, deberán correr a cargo del adjudicatario.
Las bases de datos cartográfica y alfanumérica deberán ser exportables y utilizables en otros sistemas, ya sea, en modelos SQL Server 2008 o superior, o ficheros shape o DWG. Igualmente, cualquier informe deberá ser exportable, directamente, a Excel.
La entrada al sistema deberá estar restringida mediante usuario y contraseña y dispondrá de un sistema de roles y usuarios que permitirá, para las funcionalidades que se consideren necesarias, accesibilidad desde cualquier dispositivo con acceso internet, tanto fijo como móvil, mediante el otorgamiento de permisos según perfiles de usuario. Además, permitirá un gran número de usuarios del sistema, con altos rendimientos.
La aplicación funcionará sin necesidad de tener instaladas licencias de la aplicación en los equipos cliente. Y tendrá un modelo de “software como servicio”, lo que permitirá que puedan trabajar todos los usuarios de la aplicación mediante conexión a internet, tanto los usuarios de la empresa adjudicatarias como los usuarios del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx.
El sistema de información debe ser vivo y estar actualizado, por lo que se valorará los planes de actualización y uso por parte del máximo número de empleados en la contrata, así como por la formación necesaria en nuevas tecnologías que permitan al servicio de conservación y mantenimiento tomar provecho de dichas tecnologías.
4.- Comunicaciones
La implementación de la tecnología para la transmisión de datos entre las soluciones de campo, los operarios adscritos al servicio, los diferentes sistemas de gestión y el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, será a cargo del adjudicatario.
Todos los costes de comunicaciones asociados a estas tecnologías correrán a cargo del Contratista.
5.- Servicios de puesta en marcha, mantenimiento y soporte
Las ofertas deberán incorporar una propuesta de Plan de Establecimiento de la Tecnología propuesta para el Contrato. Dentro de la planificación de la puesta en marcha de los Servicios se tendrá que incorporar la justificación de la implantación de cada uno de los sistemas, indicando la duración de los mismos y la combinación entre ellos. En ningún caso la duración de dicha implantación podrá ser superior a los 12 meses.
Para evaluar la operatividad y funcionalidad de los sistemas propuestos, es condición necesaria que el licitador incluya un Plan de Establecimiento de la Tecnología y pruebas que deberán ser validado por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Así mismo, se incluirá un Plan de Formación para los servicios municipales que garanticen el correcto uso de la plataforma por los técnicos municipales adscritos al servicio.
El licitador deberá garantizar el correcto funcionamiento de todos los equipos y sistemas instalados, mediante los mantenimientos preventivos y correctivos que sean necesarios sin que supongan un coste adicional para el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx.
El licitador deberá garantizar la adecuada actualización de los equipamientos y programas que proponga (versiones de software, renovación de equipos, etc.) durante la vigencia del Contrato.
ARTÍCULO 31: CONTROL DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. PARÁMETROS DE CALIDAD.
Desde el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx se vigilará y controlará la forma de prestación de los servicios adjudicados, en relación con las especificaciones de este Pliego.
El personal que vaya a desempeñar el servicio de dirección e inspección será nombrado para tal fin. Se nombrará un Director del Servicio de Medio Ambiente (Unidad Técnica) y tantos adjuntos a la dirección como sea necesario. Al director del servicio le serán facilitados cuantos medios y datos precise para el desarrollo de su trabajo con respecto a su funcionamiento. En el uso de sus competencias podrán realizar diariamente las revisiones del personal y material que estime oportunas y en cualquier momento y lugar.
Las funciones del personal destinado a labores de inspección serán las siguientes:
1. Controlar que las labores se efectúen oportunamente y en la forma correcta.
2. Controlar que se cumple, tanto lo estipulado en el Pliego como en los posibles compromisos posteriores del adjudicatario, en cuanto al número y calificación del personal.
3. Determinar que los equipos, maquinaria y herramientas de que dispongan para la realización de las labores, satisfacen las condiciones exigidas en este Pliego.
4. Vigilar que el aseo, vestuario, etc., del personal de la plantilla adscrita a la contrata, reúne las condiciones exigidas a su rango, lugar de actuación e importancia de la misión que tenga encomendada, adaptándose asimismo a las condiciones dictadas por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx en cuanto a vestuario de las empresas contratistas que trabajen con el mismo.
5. Fiscalizar el consumo de agua para que sea el mínimo compatible con la realización de los riegos adecuados y el baldeo necesario.
A la vista del resultado de estas inspecciones, se determinarán las correcciones o modificaciones que se estimen oportunas. Las decisiones serán cumplidas de forma inmediata, o en su caso, en el plazo que oportunamente se fije.
El adjudicatario estará obligado, además de la información que estará disponible de manera continua en la plataforma integral de gestión, a elaborar semanal, mensual y anualmente, y de acuerdo con el personal técnico del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, una programación con las actuaciones a realizar para el mantenimiento adecuado de las zonas a mantener.
Semanalmente, elaborará un parte con los trabajos realizados la semana anterior, así como los previstos para la semana siguiente (programados, no programados sustitutivos, etc), que se remitirá al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx. Asimismo, recibirá las instrucciones pertinentes o las observaciones necesarias para la mejor prestación del servicio que le haga el personal técnico de dicho Ayuntamiento. Estas comunicaciones se realizarán de forma personal a través del representante de la empresa que dirija la contrata y, además, mediante correo electrónico para que haya constancia de las mismas. Si la inspección del Ayuntamiento comprobase diferencias entre los servicios prestados y los reflejados en el parte de trabajo emitido por la empresa, se realizarán los correspondientes ajustes de unidades, de tal forma que la factura refleje los trabajos efectivamente prestados por el contratista.
El adjudicatario entregará mensualmente una memoria en la que quede reflejado el personal y medios que están trabajando, así como las actuaciones realizadas, etc., con el fin de facilitar la realización de las comprobaciones oportunas:
Información relativa a la plantilla de trabajadores, especialmente TC2.
Relación Valorada de los trabajos realizados.
Datos relativos a los parámetros de calidad (índices, reducciones, etc.) y su repercusión en el precio del contrato, para su aprobación por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Todo aquello que dicho Ayuntamiento considere oportuno.
En el Anexo 3 se contempla el protocolo para la evaluación de los indicadores y parámetros de calidad, que tienen carácter de mínimos y que servirán de base para la evaluación de la eficacia y calidad de los trabajos efectuados. En el mismo figuran tanto los parámetros evaluados como los índices asociados a los mismos y su forma de cálculo. Asimismo se recogen los descuentos a aplicar en cada certificación de acuerdo a la aplicación de estos parámetros de calidad, que repercutirán en la totalidad del precio mensual del contrato.
Especialmente, antes de finalizar el primer trimestre desde la adjudicación del contrato, el contratista propondrá una batería de indicadores de actividad y de calidad, hasta un máximo de veinticinco (25), que como mínimo contemplará los que se indican en el Anexo 3. Dichos indicadores, junto con los anteriores, constituirán los indicadores oferta y al igual que aquellos, serán igualmente de obligado cumplimiento para el Contratista, cuyo valor deberá aportar éste, con carácter mensual, al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Los valores referenciados de los indicadores podrán ser mejorados por los licitadores en sus ofertas, tanto en los límites de los valores que cuantifican los indicadores como aceptables, no aceptables o críticos; tanto en los porcentajes a retraer del precio del contrato, todo ello en base a la obtención del grado máximo de calidad en la prestación del servicio, siendo de obligatorio cumplimiento el contenido dado a los mismos en la oferta que resulte adjudicataria.
El contratista deberá elaborar y proporcionar al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx las plantillas para toma de datos, que serán aprobadas por dicho Ayuntamiento, tanto en formato papel como en formato digital. Asimismo deberá dotar al Ayuntamiento de material informático móvil (Tablet o similar) de tal manera que en los recorridos de inspección puedan informatizarse en tiempo real los resultados de las mismas (ya sea mediante hoja de cálculo o APP diseñada al efecto). Asimismo, en este dispositivo informático deberán incluirse los recorridos, tanto gráficos como con la información alfanumérica necesaria para el correcto seguimiento de los mismos, de todas aquellas actividades susceptibles de ser incorporadas al sistema.
La observación y cumplimiento de los parámetros de calidad reflejados en el Anexo 3, al que hace referencia este artículo, no exime al contratista de cumplir fielmente lo estipulado en el Pliego de Condiciones y en su Oferta.
Por ello, se establece igualmente el control del servicio mediante inspecciones puntuales o por tramos de zona, cuya aplicación puede derivar en penalizaciones y descuentos en las certificaciones mensuales o en cómputo anual por incumplimientos xxx Xxxxxx y la Oferta presentada por el contratista, que serán independientes de las reducciones en las certificaciones mensuales derivadas del grado de incumplimiento de los parámetros de calidad.
Los aspectos a evaluar mediante inspecciones puntuales o por tramos de zona son, sin tener carácter exhaustivo, los reflejados en el Anexo 1 “Relación de Trabajos a realizar”.
Las penalizaciones o reducciones derivadas del resultado de las inspecciones puntuales o por zonas se aplicarán de manera proporcional a la partida afectada, según el grado de consecución de los objetivos o porcentaje de la misma no realizada, aplicándose mensualmente.
Durante los tres primeros meses desde el inicio del contrato no se efectuarán tomas de datos de los parámetros de calidad. A partir de entonces, si los Servicios Técnicos Municipales lo consideran conveniente, se iniciará el proceso de control de calidad de acuerdo a los protocolos establecidos, no realizándose reducciones del precio del contrato en los dos meses siguientes en concepto de minoración por parámetros de calidad. A partir xxx xxxxxx mes y hasta la finalización del contrato este artículo será de plena y total aplicación en todas sus especificaciones.
ARTÍCULO 32: Plan de Control de Calidad.
Para poder llevar a cabo correctamente el control de la prestación de los Servicios el contratista deberá presentar, formando parte del Proyecto de Gestión, un Plan de Control de Calidad (PCC).
Este plan recogerá todos los aspectos necesarios para evaluar la calidad de servicio prestada. Este Plan de Calidad es independiente y complementario del sistema de evaluación de calidad por parámetros indicado en el anterior artículo.
El PCC, es un documento elaborado y propuesto por el contratista que tiene el carácter de contractual y que obliga al Contratista a cumplir los estándares de calidad recogidos en el mismo y que cumplirán como mínimo las exigencias reflejadas en el Pliego.
Los servicios técnicos municipales, de acuerdo con los incumplimientos y deficiencias observadas, independientemente de los referidos a los estándares de calidad y a las reducciones resultantes por aplicación de los parámetros de calidad del artículo anterior, serán los encargados de proponer las penalidades o deducciones económicas que procedan por servicios no realizados o realizados de manera incompleta, sin perjuicio del régimen sancionador que proceda.
El PCC deberá incluir una explicación detallada de todos los aspectos relacionados con el control de calidad de los Servicios prestados por el Contratista, desde la organización y medios propuestos para llevarlo a cabo hasta los indicadores que valorarán cada una de las prestaciones y trabajos incluidos.
El PCC recogerá:
Un control objetivo de la prestación del Servicio.
Un control subjetivo de la percepción del Servicio.
CAPÍTULO 8: PROYECTO DE GESTIÓN. OFERTA ECONÓMICA. ABONO DE LOS SERVICIOS.
ARTÍCULO 33: CONTENIDO MíNIMO DEL PROYECTO TÉCNICO DE GESTIÓN.
El Proyecto de Gestión incluirá como mínimo lo señalado a continuación, así como, todos los documentos que el licitador considere, a excepción de la oferta económica y su estudio económico-financiero y demás datos que hayan de ser objeto de valoración objetiva. El total de documentación presentada no podrá superar las 100 páginas (excluidos planos), con tamaño de letra Arial 12 o equivalente, e interlineado sencillo. Deberá presentarse en formato papel y en formato digital, debiéndose incorporar los planos al menos en formato DXF.
Los licitadores deberán acompañar a su propuesta como condición imprescindible para concurrir a la licitación, un Proyecto Técnico de Gestión de la explotación (sobre B) en el que se justifique de forma pormenorizada y detallada todas y cada una de las tareas a desarrollar y los medios a emplear en ella.
La información básica que ha de facilitar dicho Proyecto será:
Plan Estratégico de la Contrata.
Organización de apoyo a la gestión con la que contará desde la organización de la empresa.
Justificación de los objetivos a cumplir, así como los rendimientos previstos.
Los medios humanos, mecánicos, así como las instalaciones y los servicios generales asignados a este contrato no podrán ser utilizados para trabajos ajenos al mismo, salvo que el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, por razones excepcionales de interés público y debidamente justificadas y motivadas, así lo aconsejen, debiendo autorizarse de manera puntual y expresa.
Política general de Gestión de Personal propuesta por el licitador para cubrir todos los puestos de trabajo en caso de bajas por incapacidad, absentismo, etc.
Sistemas de control de presencia-cantidad de medios humanos y calidad de los servicios que permitan proporcionar al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx todos los datos requeridos en orden a la justificación de los trabajos realizados.
Los Licitadores organizarán los servicios teniendo en cuenta las necesidades/consideraciones descritas en el presente Xxxxxx con al menos, los siguientes objetivos:
Se buscará la máxima productividad.
Se potenciará al máximo la mecanización en la ejecución de los trabajos.
Se buscará la máxima flexibilidad y adaptabilidad de los equipos humanos y materiales en la realización de distintos cometidos complementarios entre sí.
Se buscará el adecuado dimensionamiento de la plantilla y la estructura jerárquica más eficaz.
Se potenciarán medidas orientadas a la reducción del absentismo.
Se optimizarán métodos, equipos y formación profesional para la prestación de los servicios.
Se buscará el menor impacto medio-ambiental en la prestación de los servicios.
Se potenciará las acciones de información y sensibilización ciudadana.
Política propuesta para sustitución inmediata de aquellos equipos de trabajo y maquinaria que no puedan prestar servicio por avería u otras causas.
Constitución de los equipos (personal, maquinaria, material, herramientas, etc.), y su distribución por servicios, zonas o sectores y actuaciones a realizar por cada uno de ellos.
Cantidad, características técnicas, marca y modelo comercial de toda la maquinaria adscrita a cada equipo de trabajo, cuadrilla, itinerario o sector.
Cantidad total de trabajo por día, semana y mes a realizar por cada uno de los equipos de trabajo que se organicen para atender cada zona y/o servicio, expresado en unidades: metros cuadrados, metros lineales, pies de ejemplar, etc.
Sistemas de control de calidad. Cuantificación de los parámetros indicadores de calidad que deberán como ser como mínimo los exigidos por este pliego, e indicando el porcentaje de mejora, en su caso, ofertado sobre los indicados en el pliego, particularizados a la prestación de cada servicio.
Planificación del ámbito de actuación en zonas, sectores, itinerarios o cualquier otra subdivisión propuesta por el licitador, en función de cada una de las prestaciones que integran este servicio.
Planos individualizados a escala suficientemente detallados de las zonas o sectores, con los itinerarios del recorrido efectivo de cada uno de los equipos empleados, rutas de actuación y hora de inicio y finalización de las rutas, así como al menos de dos puntos intermedios.
Frecuencia y distribución horaria de las tareas. Discriminando invierno y verano en su caso. Incluyendo, en su caso, las variaciones según la época del año.
Respecto de la plataforma tecnológica:
Informatización General del Servicio.
El licitador deberá detallar de manera personalizada la solución técnica planteada.
Deberá indicar todos los equipos informáticos propuestos, así como todos aquellos sistemas de comunicación necesarios y la sensorización de equipos y elementos propuestos, ya sean activos o pasivos.
Sistemas de Información Geográfica (S.I.G.) y de control de la planificación incluidos en la plataforma tecnológica a desarrollar.
Sistema integral de gestión de incidencias incorporado en la plataforma tecnológica.
ARTÍCULO 34: MODIFICACIONES DEL PROYECTO DE GESTIÓN.
La Propuesta de Organización de los Servicios ofertados por la empresa adjudicataria podrá sufrir a requerimiento municipal modificaciones, a fin de acomodarse a nuevas necesidades del servicio.
En el caso de que nuevas zonas urbanas se incorporen al patrimonio municipal durante la vigencia del contrato, el adjudicatario deberá prestar el servicio en la mismas en igualdad de condiciones y de acuerdo a lo que la legislación en materia de contratación pública establezca, excepto que su superficie no sobrepase el 5% de la superficie inicialmente licitada, en cuyo caso deberá ser asumida por el adjudicatario sin coste alguno para el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx. Igual consideración merecerán las disminuciones de patrimonio.
Las modificaciones podrán ser propuestas por la iniciativa de la propia contrata o a requerimiento de los Servicios Técnicos Municipales y aprobarse por el órgano municipal competente.
ARTÍCULO 35: PRECIO DE LICITACIÓN.
Se establece como precio de licitación la cantidad anual de CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE EUROS CON DOS CÉNTIMOS (485.697,02 €), I.V.A. excluido, cantidad que puede ser licitada a la baja por los licitadores.
Corresponden a Conservación y Mantenimiento 449.675,62 € (que supone el 92,58356583% del total) y a Limpieza 36.021,40 € (que supone el 7,416434168% restante).
|
EM+GG+BI (€) |
I.V.A. € |
TOTAL (€) |
|
CONSERVACIÓN |
449.675,62 |
0,21 |
94.431,88 |
544.107,50 |
LIMPIEZA |
36.021,40 |
0,10 |
3.602,14 |
39.623,54 |
TOTAL |
485.697,02 |
|
98.034,02 |
583.731,04 |
Serán de cuenta del adjudicatario los gastos de anuncios, licitación y formalización del contrato, en su caso.
No se contempla revisión de precios a lo largo de los años de duración del contrato, en base al artículo 89 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
ARTÍCULO 36: OFERTA ECONÓMICA.
Los licitadores deberán acompañar a su propuesta como condición imprescindible para concurrir a la licitación, un Estudio Económico-Financiero del Servicio (sobre C) para justificar de manera pormenorizada las tareas a desarrollar, así como el equilibrio económico del servicio según su propuesta, debiendo figurar y justificar adecuadamente los siguientes conceptos:
Coste unitario de personal:
Coste diario de todos los puestos de trabajo en las distintas categorías y turnos de trabajo.
Coste unitario de vestuario y herramientas:
Coste unitario anual de vestuario.
Coste unitario anual de herramientas.
Coste unitario de maquinaria y equipos:
Coste anual de explotación (costes de conservación, mantenimiento, seguros, combustible, etc.).
Coste total anual por máquina y equipo.
Coste unitario de las instalaciones fijas:
Coste anual total por cada instalación fija.
Coste anual de conservación y mantenimiento de cada instalación.
Coste unitario equipos incluidos en plataforma tecnológica:
Coste unitario de sensores, etiquetas RFID, lectores, GPS, etc.
Coste unitario comunicación de los equipos (GPRS, nodos, etc.).
Coste anual y coste total del funcionamiento y gestión de la plataforma.
Coste unitario partidas/prestaciones:
Coste unitario prestación (Ej. Hora poda, hora corta césped, limpieza, etc.).
Coste unitario partida, indicando como mínimo desglose de medios humanos, maquinaria y resto costes.
Coste anual y coste total por prestación y por partida.
Para la elaboración de este epígrafe, el licitador, al margen de aportar los datos solicitados y en la forma que considere oportuna, deberá incluir una tabla resumen de las partidas / servicios que refleje de manera clara y concisa al menos los siguientes aspectos:
Partida/Servicio |
Breve Descripción |
Unidad de Medida (Jornada, m2 Elemento, etc) |
Nº Unidades/día |
Nº Unidades/Mes |
Nº Unidades/Año |
Coste Unidad |
Coste Diario |
Coste Mensual |
Coste Anual |
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Los licitadores presentarán en sus ofertas los presupuestos anuales parciales de cada uno de los servicios objeto de licitación. El cálculo de estos presupuestos anuales estará debidamente justificado, presentando los licitadores una descomposición del precio anual distribuido en las diversas partidas que lo integran, distinguiendo los siguientes conceptos:
Costes de personal, obtenidos por aplicación de los precios unitarios obtenidos del actual convenio, detallado por servicios, número de empleados, categorías, días de servicio, etc.
Costes de combustibles, lubricantes, mantenimientos, reparaciones, amortizaciones etc., relativos a los vehículos y maquinaria adscritos a los servicios.
Costes de las mejoras, así como obras en las instalaciones, prorrateados durante el tiempo que dure el contrato.
Otros costes anuales relativos a los seguros, impuestos, material auxiliar, vestuario, utillaje, etc.
Sobre los costes mencionados se aplicarán los Gastos Generales y Beneficio Industrial, así como el I.V.A. correspondiente, conformando los presupuestos parciales de todos y cada uno de los servicios, cuya suma determinará el presupuesto anual del Servicio.
Al margen de los presupuestos parciales de cada uno de los servicios, se calculará de forma diferenciada y debidamente justificada, el presupuesto anual de los servicios comunes, tales como dirección y vigilancia de los servicios, administración, taller, almacén, servicio médico, etc.; dicho presupuesto se incluirá de forma proporcional en los diferentes servicios objeto del contrato.
ARTÍCULO 37: PAGO.
El pago de los servicios se efectuará por doceavas partes del precio de adjudicación.
Las facturas mensuales deberán ir acompañadas de un informe mensual de actuaciones cuyo contenido mínimo, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 32, contendrá un resumen de actuaciones, listado de incidencias, reparaciones y controles realizados, vehículos, en materia de personal, nombres, puestos en plantilla, TC2 e incidencias. Así mismo, será requisito imprescindible que junto a la factura mensual se acompañe relación valorada de los trabajos realizados, en las que deberán ir incluidos los descuentos calculados por aplicación de los parámetros de calidad.
Previamente al pago, los Servicios Técnicos del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx emitirán un informe con las incidencias, si las hubiera, correspondientes al mes a certificar. Es en este informe, dado el caso, donde se realizarán bien las correspondientes propuestas de aplicación del régimen sancionador para que fueren aplicadas por el órgano competente, si así lo estima oportuno o bien las pertinentes deducciones sobre el precio del contrato correspondientes a los servicios no realizados.
CAPÍTULO 9: VALORACIÓN DE LAS OFERTAS PRESENTADAS.
ARTÍCULO 38: CRITERIOS DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA.
Los criterios de selección del contratista, conforme a los artículos 75 y 78 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, serán:
1º.- Criterios de selección relativos a la solvencia económica y financiera del empresario que se acreditarán mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos:
Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, en los tres últimos años, por importe igual o superior a 600.000,00 €.
Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior a 600.000,00 €/año (SEISCIENTOS MIL EUROS), con una duración de 4 años.
Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior a 600.000,00 €.
2º.- Criterios de selección relativos a la solvencia técnica o profesional del empresario que se acreditarán mediante:
Una relación de los principales servicios realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado como mínimo será de 5.000.000 euros, en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato, la pertenencia al mismo subgrupo de clasificación. Los certificados de buena ejecución de los servicios incluidos en la relación cuyo destinatario fue una entidad del sector público podrán ser comunicados directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de los servicios.
La solvencia económica y financiera y la técnica y profesional anteriormente exigida, podrá ser sustituida por los licitadores por la siguiente clasificación:
Grupo O.
Subgrupo 6. Conservación y mantenimiento xx xxxxxx y jardines.
Categoría 3. Cuantía del contrato (media anual) sea igual o superior a 300.000 euros e inferior a 600.000 euros.
Además se exige que las empresas licitadoras cumplan con los siguientes requisitos:
-Disponer de un sistema de gestión de calidad certificado en ISO9001.
-Disponer de un sistema de gestión ambiental efectivo certificado en ISO14001 o EMAS.
-Estar inscrita en el Registro Oficial de Productos y Operadores de medios de defensa fitosanitarios (ROPO).
-Que la empresa disponga de un técnico en plantilla con titulación adecuada para el tratamiento de la Legionella.
-Que la empresa disponga de un técnico en plantilla con titulación técnica adecuada sobre seguridad de arbolado urbano, este técnico será el que lleve la gestión técnica del servicio.
ARTÍCULO 39: CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
Toda la documentación inherente al proceso de licitación se presentará, aparte de en soporte papel, también en soporte informático. Será motivo de exclusión la no presentación en ambos soportes.
El Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx adjudicará el presente contrato al licitador que en su conjunto haga la proposición más ventajosa, sin atender exclusivamente al precio de la misma.
Criterios de adjudicación:
CRITERIOS |
Puntuación |
Criterios valorables en cifras o porcentajes |
68 |
PRECIO: Oferta económica. |
25 |
Formación de los trabajadores |
6 |
Sustitución de los trabajadores |
6 |
La puesta a disposición del Ayuntamiento de vehículo todo terreno equipado (en caso de nieve, con pala frontal y salero) para atender las situaciones de emergencia (nevadas, inundaciones, etc.): 1 punto por vehículo y equipo, hasta un máximo de 10 puntos. |
10 |
La puesta a disposición del Ayuntamiento de personal para atender las situaciones extraordinarias y de emergencia (celebraciones, nevadas, inundaciones, etc.), sin coste alguno: 1 punto por cada 3 trabajadores o 100 horas, hasta un máximo de 10 puntos. |
10 |
La puesta a disposición del Ayuntamiento de máquina mini mixta para atender las situaciones extraordinarias y de emergencia (nevadas, inundaciones, etc.): 1 punto por vehículo o 100 horas, hasta un máximo de 5 puntos. |
5 |
La puesta a disposición del Ayuntamiento de vehículo equipado con grúa para atender las necesidades de trabajos en altura para podas: 1 punto por vehículo o 100 horas, hasta un máximo de 6 puntos. |
6 |
Criterios no valorables en cifras o porcentajes |
32 |
Organización Técnica del Servicio |
10 |
Programas de Gestión de las labores |
10 |
Maquinaria y medios auxiliares |
2 |
Actuaciones y mejoras complementarias al Servicio |
10 |
PUNTUACIÓN TOTAL |
100 |
1.- CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES.
1.1.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA: 25 puntos
Se valorará el precio ofertado por los licitadores en función de la oferta más económica de las admitidas a la licitación. La puntuación otorgada a cada proposición corresponderá a la aplicación de la siguiente fórmula:
Vi = 25 X (Omin / Oi )1/2
Siendo:
Vi = Puntuación obtenida por la oferta que se valora.
Omin = Oferta mínima entre las admitidas a la licitación.
Oi = Oferta que se valora.
En relación con los criterios para apreciar las ofertas desproporcionadas o temerarias se estará a lo que establece el artículo 85 del R.D.1098/2001, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Bajas temerarias:
Antes de proceder a la puntuación de las ofertas económicas, se seleccionarán aquellas que incluyen bajas temerarias, considerando como criterio para calificarlas como tales el que sean inferiores en un diez por ciento a la baja media de todas las ofertas.
Las ofertas económicas seleccionadas por incluir bajas temerarias deberán ser justificadas por el contratista que las presenta en el plazo y forma indicados por el órgano de contratación. En caso de no presentarse dicha justificación o no ser ésta adecuada serán descartadas definitivamente del procedimiento de contratación.
1.2.- FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES: 6 puntos
Para cada oferta la valoración de este apartado se realizará otorgando la siguiente puntuación al cómputo de horas lectivas a recibir por cada trabajador a lo largo del año. En el caso de que la cuantía de horas lectivas a recibir por cada trabajador no sea igual, se calculará la media de cómputos de horas lectivas, procediéndose a otorgar la siguiente puntuación a dicha cifra media:
-
Criterio
Puntuación
Menos de 10 horas lectivas.
0
Entre 10 y 20 horas lectivas.
2
Entre 21 y 40 horas lectivas.
4
Más de 40 horas lectivas.
6
Se requerirá un compromiso explícito firmado por el responsable de la empresa licitadora, en el que figure el número total de horas que recibirá cada trabajador a lo largo del año, indicando que las mismas serán impartidas en horario laboral y que durante dicho periodo, el servicio estará cubierto por personal de sustitución, sin coste adicional para el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx.
El incumplimiento del compromiso adquirido implica el incumplimiento de una obligación contractual esencial del contrato.
1.3.- SUSTITUCIÓN DE LOS TRABAJADORES: 6 puntos
Se reservan 3 puntos, otorgando esta máxima puntuación a las empresas que oferten el mayor porcentaje de sustitución sobre el personal adscrito propuesto, y en el menor tiempo proporcionalmente al resto de las ofertas, sin coste adicional para el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx.
-
Criterio
Puntuación
Entre el 25% y 50% de los trabajadores en 48 horas.
2
Mas del 50% de los trabajadores en 48 horas.
4
Mas del 50% de los trabajadores en 24 horas.
6
El incumplimiento del compromiso adquirido implica el incumplimiento de una obligación contractual esencial del contrato.
1.4.- MEDIOS PARA LA ATENCIÓN DE EVENTOS Y EMERGENCIAS EN CUENCA CAPITAL: 25 puntos
La valoración de este apartado se realizará mediante la asignación de puntos a aquella empresa licitadora que ponga a disposición del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx vehículos y personal para atender eventos y situaciones de emergencia (nevadas, inundaciones, Semana Santa, San Xxxxx, etc.), conforme a la siguiente distribución:
-
Medio
Puntuación
Vehículo 4x4
1
Pala Frontal
1
Xxxxxx (suspendido o arrastrado)
1
-
La puesta a disposición del Ayuntamiento de vehículo todo terreno equipado (en caso de nieve, con pala frontal y salero) para atender las situaciones de emergencia (nevadas, inundaciones, etc.): 1 punto por vehículo y equipo, hasta un máximo de 10 puntos.
10
La puesta a disposición del Ayuntamiento de personal para atender las situaciones extraordinarias y de emergencia (celebraciones, nevadas, inundaciones, etc.), sin coste alguno: 1 punto por cada 3 trabajadores o 100 horas, hasta un máximo de 10 puntos.
10
La puesta a disposición del Ayuntamiento de máquina mini mixta para atender las situaciones extraordinarias y de emergencia (nevadas, inundaciones, etc.): 1 punto por vehículo o 100 horas, hasta un máximo de 5 puntos.
5
1.5.- MEDIOS PARA TRABAJOS EN ALTURA. PODAS: 6 puntos
-
La puesta a disposición del Ayuntamiento de vehículo equipado con grúa para atender las necesidades de trabajos en altura para podas: 1 punto por vehículo o 100 horas, hasta un máximo de 6 puntos.
6
2.- CRITERIOS NO VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES.
2.1.- ORGANIZACIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO: 10 puntos
Se otorgará la máxima puntuación a la oferta que presente una organización técnica del servicio más acorde con la prestación a realizar y el resto se valorará de manera proporcional. Se exigirá una estructura organizativa justificada de los medios técnicos y operativos para que este apartado sea objeto de valoración. En cualquier caso el personal perteneciente a dicha organización técnica del servicio coincidirá con el personal adscrito al mismo. Se valorará de acuerdo con el siguiente baremo en función de la idoneidad.
-
Óptimo = 100% de la máxima puntuación.
Notable = 75% de la máxima puntuación.
Suficiente = 50% de la máxima puntuación.
Insuficiente = 25% de la máxima puntuación.
Deficiente = 0% de la máxima puntuación.
-
Criterio
Puntuación
Organización de apoyo a la gestión.
1,0
Justificación de los objetivos a cumplir.
1,0
Organigrama. Estructura jerárquica. Constitución de los equipos de personal y su distribución por tareas/servicios.
1,0
Cartografías escala detallada de las zonas o sectores y actuaciones a realizar por cada uno de ellos.
1,0
Mecanización. Cantidad, características técnicas, de la maquinaria adscrita a cada equipo de trabajo, cuadrilla, sector.
1,0
Rendimiento del trabajo por hora, jornada, semana y/o mes, individual o por equipo, expresado en unidades: metros cuadrados, metros lineales, pies de ejemplar, etc.
1,0
Sistemas de control de calidad.
1,0
Planificación de actuaciones en zonas, sectores, itinerarios o cualquier otra subdivisión propuesta.
1,0
Informatización General del Servicio. (Sistemas de Información Geográfica, planificación, gestión de incidencias).
2,0
TOTAL
10,0
2.2.- PROGRAMAS DE GESTIÓN DE LAS LABORES: 10 puntos
Se otorgará la máxima puntuación a los programas de gestión de la oferta que demuestre:
Un mayor conocimiento de la realidad en cuanto a necesidades y soluciones técnicas y operativas de los espacios verdes.
Proponga una mejor solución técnica y operativa concretada en métodos de trabajo para cada programa de gestión.
Asigne los medios humanos y materiales idóneos -cuantitativa y cualitativamente- para realizar todas y cada una de las labores que comprende el Pliego, de tal forma que la valoración económica de estos medios humanos y materiales para la realización de los programas coincida con la valoración del coste del servicio (personal, maquinaria, instalaciones, herramientas, etc.).
Cada uno de estos tres bloques vendrán analizados en cada uno de los programas definidos en este Pliego por igual y así serán valorados: Riegos, abonados y enmiendas, xxxxxxxx y praderas, arbolado y arbustos, tratamientos y limpieza. Se valorará de acuerdo con el siguiente baremo en función de la idoneidad:
-
Óptimo = 100% de la máxima puntuación.
Notable = 75% de la máxima puntuación.
Suficiente = 50% de la máxima puntuación.
Insuficiente = 25% de la máxima puntuación.
Deficiente = 0% de la máxima puntuación.
-
Criterio
Puntuación
Programa xx xxxxxx
0,5
Programa de mantenimiento de la red xx xxxxx
1,0
Programa de abonados y enmiendas
0,5
Programa de entrecavados y escardas
0,5
Programa de escardas químicas
1,0
Programa de xxxxx xx xxxxxxxx
1,0
Programa de desbroces de praderas
0,5
Programa de aireados
0,5
Programa de escarificados
0,5
Programa de renovación y resiembras
0,5
Programa de poda y recorte de setos.
1,0
Programa de reposiciones y nuevas plantaciones
0,5
Programa de seguridad del arbolado
1,0
Programa de tratamientos fitosanitarios
0,5
Programa de limpieza
0,5
TOTAL
10,0
2.3.- MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES: 2 puntos
Se otorgará la puntuación correspondiente a la integración de la idoneidad, rendimiento, ruido, consumo, emisiones, ergonomía, características e innovaciones técnicas y su adecuación.
Criterio |
PESO |
0 % puntos |
25% puntos |
50% puntos |
75% puntos |
100% puntos |
Idoneidad de la misma |
40% |
Deficiente |
Insuficiente |
Suficiente |
Notable |
Óptimo |
Rendimiento |
20% |
Deficiente |
Insuficiente |
Suficiente |
Notable |
Óptimo |
Ruido |
15% |
Deficiente |
Insuficiente |
Suficiente |
Notable |
Óptimo |
Consumos y/o emisiones |
15% |
Deficiente |
Insuficiente |
Suficiente |
Notable |
Óptimo |
Ergonomía |
10% |
Deficiente |
Insuficiente |
Suficiente |
Notable |
Óptimo |
2.4.- ACTUACIONES Y MEJORAS COMPLEMENTARIAS AL SERVICIO: 10 Puntos
2.4.1. Idoneidad.
Se valorará la idoneidad y viabilidad de las actuaciones complementarias ofertadas a la realidad medioambiental del municipio xx Xxxxxx en cuanto a sus necesidades reales, carencias, problemas y soluciones consecuentes. Se valorará, así mismo, la influencia de las mismas en la productividad de los operarios y aquellas que mejoren lo especificado en el presente Pliego y redunden en una mejor prestación del servicio.
2.4.2. Cuantía económica.
Se valorará la adopción de actuaciones específicas encaminadas a la subsanación o mejora de la realidad medioambiental del municipio xx Xxxxxx. Las empresas licitadoras elegirán el importe destinado a las mismas según las categorías establecidas, no pudiendo sobrepasar su importe total de ejecución material del 4 % del precio de licitación, en cuyo defecto serán valoradas con 0 puntos.
Sólo se puntuarán por su cuantía las actuaciones que previamente hayan sido consideradas y puntuadas por su idoneidad, según el apartado anterior.
El incumplimiento del compromiso adquirido implicará la rescisión del Contrato.
ESTUDIO DE ESTADO Y RIESGO DEL XXXXXXXX XX XXXXXX- ZONA CONTRATO
La mera presencia del arbolado conlleva necesariamente asumir un cierto nivel de riesgo de caída y por este motivo se debe trabajar en la detección y valoración de dichos riesgos, aplicando metodologías y sistemáticas testadas y ampliamente consensuadas, tanto a nivel nacional como internacional, que ayuden a minimizar este riesgo.
Se valorará como mejora la ejecución de un estudio durante el primer año de contrato del estado y riesgo del arbolado urbano de “toda” la ciudad xx Xxxxxx y pedanías.
El estudio deberá de contar con al menos el siguiente alcance:
Inspección visual del arbolado, basada en la metodología Windshield Survey u otro a consensuar con el Servicio Técnico Municipal y que se adaptará a las características de la ciudad xx Xxxxxx.
Categorización preliminar del nivel de riesgo en aquellos ejemplares en que se considere necesario. Dicha valoración se fundamentará en la puntuación de riesgo propuesta por Xxxxxxx (1998) o similar.
Elaboración de una ficha individual por árbol, con características principales, nivel de riesgo, fotografías y propuesta de actuación encaminada a reducir riesgo.
Informes detallados de aquellos ejemplares que se considere necesario, que incorporarán análisis con aparatos de testificación mediante Tomógrafo Xxxxxx-Xxxxx y/o Resistógrafo y/o Tree Radar.
Mapa de riesgo y memoria final, con propuestas de mejora.
Documentación en formato digital, que quedará incorporada al inventario incorporado a la plataforma informática.
Para la realización del estudio el adjudicatario deberá contar con los servicios de personal propio o una empresa consultora especializada, que deberá contar con la aprobación inicial del Servicio Técnico Municipal del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, con experiencia demostrable, de al menos de tres años, en la participación directa en Estudios de Análisis del Estado y Riesgo de Arbolado para ciudades con una población de más de 50.000 habitantes.
ACCIONES DE INFORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN CIUDADANA.
ACCIONES USO DE ZONAS VERDES POR MASCOTAS Y ANIMALES DE COMPAÑÍA.
3.- EMPATE
En caso de empate en la puntuación global entre dos o más licitadores, en aplicación de lo establecido por la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP, se dirimirá el mismo mediante la consideración de los siguientes factores por este orden:
1º.- Mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
2º.- Mayor equilibrio entre mujeres y hombres en su plantilla.
Cuenca, a 31 xx xxxxxx del 2017
EL TÉCNICO MUNICIPAL
Fdo. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx.
EL JEFE DEL SERVICIO ELÉCTRICO MUNICIPAL
CON ATRIBUCIONES EN MEDIO AMBIENTE U.T.
Fdo. Xxxxxx Xxxxxxxxx Hontecillas.
ANEXO 1
RELACIÓN DE TRABAJOS A REALIZAR.
Se relacionan a continuación, los trabajos a realizar, debiendo considerar igualmente incluidos todos los aspectos que en la práctica del buen oficio, sean necesarios ejecutar en cada labor.
Las frecuencias que se señalan para las labores deberán tomarse como indicativas, en cualquier caso mínimas y siempre supeditadas al criterio del personal técnico del Ayuntamiento.
El adjudicatario, con el personal idóneo en número y competencia profesional (que estará a su cargo a todos los efectos), así como con los equipos y maquinaria, herramientas y con los sistemas idóneos y eficaces, atenderá debidamente en tiempo y forma la realización de las expresadas labores, las cuales se precisan a continuación.
El nivel de prestación de los servicios descritos posteriormente deberá ser tal, que, el estado actual de la zona verde se incremente con las naturales mejoras que el tiempo y el cuidado permanente producen, a buen criterio del personal técnico del Ayuntamiento.
DESCRIPCIÓN DE TRABAJOS Y LABORES MÍNIMOS.
La conservación y mantenimiento de espacios verdes, alineaciones arbóreas, árboles y jardineras, tiene como objetivo mantener el ordenado crecimiento y el máximo valor ornamental de la vegetación existente, así como mantener en perfecto estado de servicio las instalaciones xx xxxxx, y en perfecto estado de limpieza las superficies contratadas.
El contratista está obligado a realizar todas y cada una de las labores y trabajos que se mencionan en el presente Xxxxxx.
El horario de realización de las distintas labores será el mismo que se establece para los trabajadores del Ayuntamiento, en invierno de 8:00 a 18:00 y en verano de 07:00 a 19:00, pudiendo variar en función de las necesidades del servicio.
La calidad de los materiales utilizados deberá cumplir las Normas Tecnológicas de Jardinería y Paisajismo y deberá estar aprobada por la Dirección Facultativa. Además el contratista viene obligado a realizar todas y cuantas labores, trabajos y aportaciones que sean tenidas por buenas en el quehacer jardinero. Todo ello para mantener en perfecto estado de conservación los espacios verdes, alineaciones arbóreas y árboles.
1.- Cava y entrecava del terreno.
Antes de proceder a la siembra, resiembra, plantación o trasplante, se procederá al acondicionamiento y preparación del suelo, dando las labores profundas, con volteo y mezclas necesarias para que la capa del suelo quede suelta, homogénea y regular.
La labor de cava se efectuará hasta una profundidad mínima de quince (15) centímetros, arrancando hierbas, rompiendo terrones, allanando las superficies y retirando a vertedero los productos sobrantes. Las superficies susceptibles de cava, recibirán como mínimo dos (2) labores al año, o las veces que fuere preciso para mantener las plantas en un valor ornamental y sanitario aceptable.
Se binará, terciará, o cuarteará el suelo que desde su última cava no se haya compactado lo suficiente para que sea preceptiva otra labor de cava. Se darán las labores suficientes para que en todo momento las tierras se hallen suficientemente esponjadas, mullidas, sueltas, homogéneas y regulares, las labores de entrecavado se darán como mínimo dos (2) veces al año.
Para evitar la compactación del suelo, todos los terrenos serán rastrillados frecuentemente y siempre después de cada labor de cavado, entrecavado, escardado y labores similares.
El personal técnico del Ayuntamiento, podrá dictar en todo momento órdenes conducentes al logro de un adecuado estado del terreno. Se darán los rastrillados precisos para mantener en todo momento las superficies no ocupadas por praderas, sin piedras, terrones de tierra, plásticos, papeles y cuerpos extraños y para que estén lo suficientemente mullidas, para evitar capilaridades y para obtener una buena absorción y aireación. Asimismo, deberán quedar suficientemente allanadas, reguladas, refinadas y perfiladas.
Las partes de los espacios verdes dedicadas a plantas xx xxxx y vivaces se entrecavarán, binarán, terciarán y se darán las demás labores necesarias, las veces que sea preciso para mantenerlas limpias de adventicias y con el suelo suelto y mullido.
A los arbustos y árboles se les darán los entrecavados necesarios, a una profundidad mínima de 10 centímetros y en una superficie circular de 70 centímetros de radio. Se darán las escardas precisas para que los anteriores rodales estén limpios de adventicias y con el suelo suelto y mullido. Se darán las labores necesarias, en todas las superficies no ocupadas por praderas, platabandas y rodales de planta para mantenerlas mullidas y sin adventicias.
Después de las cavas, escardas o binas se dejará hecho a cada arbusto o árboles correspondiente alcorque u hoya.
En los alcorques de los árboles, los trabajos se realizarán de la forma descrita en el presente pliego de condiciones y en la totalidad de la superficie. En los alcorques provistos de cubre alcorques, éstos serán extraídos para permitir las distintas labores de limpieza. Seguidamente se procederá a su correcta recolocación.
2.- Escarda.
Tendrá como finalidad mantener el terreno limpio de malas hierbas. Podrán utilizarse dos sistemas:
Escarda manual: Consiste en el entrecavado de las zonas ocupadas por árboles, arbustos y grupos xx xxxx de temporada. Este sistema será, normalmente, el más utilizado.
Escarda química: Mediante la aplicación de herbicidas selectivos. A su utilización, se procederá solo cuando el personal técnico del Ayuntamiento lo considere oportuno. En cualquier caso, se comunicará el tipo de herbicida que se quiere utilizar, lugar de aplicación y dosis, a efectos de su aprobación.
Si procede, además de las zonas ocupadas por árboles, arbustos y flor, se tratarán otras superficies sin plantación, como pueden ser caminos, zonas de estancia (se pondrá especial cuidado en torno y bajo el mobiliario urbano), terrenos utilizables pendientes de ordenación, etc.
La escarda o eliminación de malas hierbas del césped deberá efectuarse en cuanto desmerezca su aspecto. La eliminación se realizará preferentemente de forma manual complementándose con el uso herbicidas. En este último caso, será el personal técnico del Ayuntamiento quien autorizará la aplicación del herbicida selectivo propuesto, que garantizará la supervivencia de las especies utilizadas en la siembra y las demás plantas que componen el jardín.
Se procederá con la regularidad necesaria a realizar las labores xx xxxxxxx y deshierbe para mantener un perfecto control de las adventicias, dicha labor se efectuará como mínimo una (1) vez al año, o las veces que fuere preciso para mantener las plantas en un valor ornamental y sanitario aceptable.
3.- Abonados y enmiendas.
Se incorporarán las tierras, arenas, correctores, enmiendas, abonos químicos y abonos orgánicos en las cantidades suficientes para conseguir suelos con tendencia franca y fertilidad suficiente.
El abonado se efectuará como mínimo dos veces al año. La fórmula de abonado químico se establecerá de acuerdo con las condiciones edafológicas del suelo y exigencias de las plantaciones, pudiendo el personal técnico del Ayuntamiento supervisar, cambiar o corregirla en cualquier momento.
Al realizar las plantaciones de las plantas xx xxxx, arbustos o árboles, se abonará el suelo con abono orgánico, abono químico y correctores, según se determina en el párrafo anterior.
Las tierras, arenas, abonos orgánicos, abonos químicos, enmiendas, fitosanitarios y correctores, serán suministrados y colocados por la contrata.
Abonado químico: Los abonos químicos o minerales que emplee la contrata en la conservación de espacios verdes, alineaciones arbóreas y árboles, serán los más adecuados para cada tipo de suelo y plantación, para conseguir que en todo momento los vegetales estén en su máximo esplendor sanitario y ornamental.
Todos los abonos químicos o minerales, o fórmulas de aplicación, reunirán las condiciones exigidas por la Legislación vigente, debiendo estar debidamente registrados, y no ofrecer peligro alguno para la salud pública. Los abonos químicos y minerales a utilizar correrán a cuenta de la contrata.
Así mismo, el personal técnico del Ayuntamiento estudiará y determinará las fórmulas, cantidades, fechas y modo de aplicación de los agroquímicos en cada caso concreto. En todo momento, podrá cambiar fórmulas, cantidades, fechas y modos de aplicación de los agroquímicos y solicitar los correspondientes análisis edafológicos.
Otro abonado: La utilización de sustancias distintas a las mencionadas más arriba deberán ser autorizadas por el personal técnico del Ayuntamiento, que podrá rechazar, cambiar cantidades, fechas y modos de aplicación de los abonos orgánicos, así como solicitar al contratista los análisis edafológicos que considere.
4.- Tratamientos fitosanitarios.
El contratista quedará obligado a realizar con sus propios medios y Dirección Técnica, en las fechas oportunas, los tratamientos fitosanitarios preventivos adecuados para impedir la iniciación o propagación de cualquier enfermedad o plaga, que pudiera aparecer en alguna de las plantas o terrenos objeto de la contrata, así como aquellos otros encaminados a combatir, hasta su total extinción, la enfermedad o plaga una vez desarrollada.
En el caso concreto de aplicación de herbicidas, estos se considerarán como tratamientos fitosanitarios de apoyo y no sustitutivos de escardas manuales o mecánicas y su uso se realizará con carácter restrictivo.
En la aplicación de estos tratamientos fitosanitarios se utilizarán productos y procedimientos modernos y eficaces y no perjudiciales ni molestos para las personas, animales y medio ambiente. Los fitosanitarios o fórmulas de aplicación reunirán las condiciones exigidas por la legislación vigente, debiendo estar debidamente registrados y no ofrecer peligro para la salud pública.
El personal que aplique o manipule cualquier tipo y clase de producto químico, deberá ser personal especializado y tener conocimientos suficientes acerca de los productos que maneja, así como de sus aplicaciones, toxicidad, fitotoxicidad, aplicaciones correctas cuantitativamente y cualitativamente, conocimiento de las técnicas más modernas y prestigiosas y actuaciones a tomar en caso de intoxicación humana, animal o vegetal. La contrata facilitará los medios y la formación para el cumplimiento de lo anteriormente indicado.
5.- Siembras y plantaciones.
5.1.- Apertura xx xxxx para plantación.
La excavación y apertura xx xxxx de plantación se llevará a cabo con las precauciones oportunas para no dar lugar a desprendimientos o corrimientos. Asimismo, se cuidará de no causar daño a las conducciones eléctricas, telefónicas, de agua, y de otros servicios, que pudieran existir; se descubrirán con las debidas precauciones y se suspenderán adecuadamente, conforme a su rigidez. En atención a las plantaciones existentes, en las excavaciones, se pondrá especial cuidado en no dañar sus sistemas radiculares.
En el supuesto que se produzcan daños o desperfectos a conducciones o canalizaciones eléctricas, telefónicas, agua, gas, y de otros servicios, el contratista viene obligado a dar cuenta de forma inmediata al servicio afectado correspondiente. El coste de la reparación e indemnizaciones a que hubiere lugar serán a cargo de la contrata, a no ser que hubiera cumplido escrupulosamente con las obligaciones pertinentes y la causa de los daños o desperfectos no sea la negligencia o impericia del contratista. Por otra parte, con independencia a lo anteriormente indicado, se notificará por escrito al personal técnico del Ayuntamiento la descripción de daños y desperfectos causados.
A efectos de este Pliego de Condiciones los árboles se clasifican en los siguientes grupos:
Árboles Grupo A: incluyen perennes, caducas y coníferas con perímetro de tronco de menos de 35 cm.
Árboles Grupo B: incluyen perennes, caducas y coníferas con perímetro de tronco entre 35 y 60 cm.
Árboles Grupo C: incluyen perennes, caducas y coníferas con perímetro de tronco entre más de 60 y 90 cm.
Árboles Grupo D: incluyen perennes, caducas y coníferas con perímetro de tronco de más de 90 cm en adelante.
El perímetro del tronco de los árboles se medirá a 1 x. xxx xxxxxx de la planta.
Las plantaciones de árboles especiales se realizarán mediante apertura xx xxxx de 1,50 x 1,50 x 1,50 metros, cambio mínimo del 40 % de la tierra resultante, mezcla y abonado de la totalidad de la misma y plantación en las debidas condiciones de un árbol especial con cepellón.
La plantación de árboles con cepellón de tierra se realizará mediante la apertura xx xxxx de 1,00 x 1,00 x 1,00 metros, cambio mínimo del 40 % de la tierra resultante o de la totalidad, mezcla y abonado de la totalidad de la misma y plantación en las debidas condiciones de un árbol con cepellón.
La plantación de árboles a raíz desnuda se realizarán mediante apertura xx xxxx de dimensiones de 0,80 x 0,80 x 0,80 metros, cambio mínimo del 40 % de las tierras resultantes, o de la totalidad, mezcla y abonado de la totalidad de la misma y plantación en las debidas condiciones de un árbol a raíz desnuda, previa realización de la limpieza del mismo.
5.2.- Plantación de árboles.
Durante la plantación de los diferentes tipos de árboles, se adicionará la tierra correspondiente, se darán los riegos precisos a dicha plantación, se dejará un alcorque apropiado para riegos posteriores y se colocará el tutor, caja o tirantes necesarios. Las tierras y productos sobrantes serán retirados y transportados a vertedero. Se pondrá especial atención en que cada vegetal quede plantado a la profundidad exigida en función de su tamaño y variedad. Se cuidará de forma meticulosa que la zona de actuación quede completamente limpia.
Toda plantación de arbolado incluirá el entutorado, que se realizará con la estructura necesaria para asegurar la estabilidad de los árboles frente a factores externos, tanto ambientales como producidos por personas o animales.
Será obligación del contratista, una vez detectados desperfectos en árboles proceder a su tratamiento o sustitución inmediata; en el supuesto de que no sea época vegetativa de sustitución, se procederá al arranque del árbol o tocón y relleno xxx xxxx.
Posteriormente y en la primera época vegetativa adecuada se procederá a la reposición xx xxxxx.
5.3.- Plantación de arbustos.
La plantación de arbustos comprende la apertura xx xxxx o zanja, cambio mínimo del 40 % de las tierras resultantes, colocación de la planta en la debida forma, incluyendo el entutorado si fuere preciso, aportando las tierras, dando los riegos necesarios y adicionando el fertilizante correspondiente. Se dejará el alcorque apropiado para recoger el agua xx xxxxx. Se cuidará de forma meticulosa que la zona de actuación quede completamente limpia.
5.4.- Plantación de vivaces y anuales.
La plantación de vivaces o de plantas de temporada, incluye la plantación de la planta en la forma requerida para asegurar su vida y su mayor valor ornamental, sobre el terreno previamente preparado.
Para la plantación a estaca verde fuerte, se procederá al deshilachado y preparación del mismo, y plantación propiamente dicha, con punzón, a una distancia a marco real entre mata y mata de 10 a 15 centímetros, recebando con mantillo o estiércol y dando el primer riego. Para la plantación a estaca verde fino, se procederá al deshilachado y preparación del mismo y plantación propiamente dicha, con punzón a una distancia a marco real entre mata y mata, no superior a 5 centímetros, recebando con mantillo o estiércol y dando el primer riego.
5.5.- Siembra.
La siembra de verde fino comprende el reparto de la simiente sobre el terreno previamente refinado, cubrirla con mantillo o mezcla adecuada, previamente preparada, y aplanado con la herramienta apropiada y dando los riegos necesarios. La cantidad de semilla dependerá de la especie o mezcla utilizada, siendo la dosis mínima la de 30 g/m2.
5.6.- Plantación xx xxxxx.
La plantación xx xxxxx se realizará de forma que no haya necesidad de pisar los tepes ya colocados y no queden oquedades entre ellos y el suelo o entre si. Una vez colocados, se esparcirá tierra ligera para colmar las juntas del tepeado, las cuales no deberán quedar alineadas. Se regará hasta saturarse el tepe y unos centímetros del suelo, que lo recibió.
Los tepes deben plantarse poco después de haberse cortado. En tiempo caluroso, no deben plantarse en lo posible, transcurrido más de un día de su arranque. En tiempo fresco, el plazo puede ampliarse hasta tres días.
5.7.- Alcorques.
Una vez plantado el árbol o arbusto y allanado el suelo, se procederá a la confección de su correspondiente alcorque para el riego, formando un caballón en circunferencia alrededor del árbol, de 25 centímetros de altura, debiéndose conseguir la máxima horizontalidad.
6.- Entutorados.
Los árboles de perímetro de tronco a 1 m. de altura de 25 cm o menos, así como todos los que lo precisen serán debidamente entutorados, debiendo aportar la contrata los materiales precisos como maderas, metales y ligaduras. Se pondrá una atención especial en los tutores y ligaduras para que cumplan su cometido.
El entutorado se realizará, con tres redondos xx xxxxxx debidamente tratados colocados de forma triangular alrededor del árbol. Los tres redondos, estarán a la vez unidos por redondos colocados horizontalmente y a dos alturas. El entutorado tendrá la altura suficiente para asegurar la verticalidad del tronco y la altura de la copa del árbol que tutore.
Los grosores de los elementos del entutorado serán proporcionales al árbol que tutoren.
Las ligaduras del árbol serán siempre elásticas. La profundidad del anclaje de los tres redondos del entutorado, será la suficiente, para que asegure su solidez. Los redondos se colocarán no completamente verticales, de forma que en su parte superior estén a menor distancia entre ellos que en su base o anclaje.
Los árboles que por su volumen de ramaje ofrezcan excesiva resistencia al viento, con peligro de desplome, deberán asegurarse con tutores o alambres gruesos debidamente protegidos a la fricción de contacto, según las técnicas más modernas, en forma xx xxxxxx a cuatro vientos. Los cables y alambres que se utilicen para protección del viento, deberán a su vez estar protegidos y señalizados para que no ofrezcan ningún peligro a los peatones y vehículos. La contrata mantendrá en todo momento en perfecto estado los afianzamientos para que cumplan su finalidad, retirando en el momento adecuado los que ya no sean necesarios.
7.- Arranque sin aprovechamiento.
El arranque de árboles sin aprovechamiento comprende el corte de ramas, excavación xxx xxxx de arranque (para minimización del tocón), corte y separación del tocón, apeo del árbol, con las precauciones necesarias, traslado del tronco y restos a vertedero y relleno de la hoya con tierras, dejando el lugar de arranque en las debidas condiciones. Se cuidará, que el lugar de actuación quede debidamente limpio.
Se arrancarán los árboles que estén muertos con la mayor brevedad, y de forma inmediata si pueden producir daños a terceros por caída o rotura de ramas.
8.- Arranque con aprovechamiento o transplante.
El arranque con aprovechamiento o transplante de los árboles y arbustos de hoja caduca comprende abrir la tierra con azada alrededor del tronco, a una distancia y a una profundidad variable en función del tamaño de la planta, apartar la tierra y tirar suavemente de la parte aérea hasta completar el arranque. Se incluye la carga y transporte a pie xx xxxx del nuevo emplazamiento, relleno xxx xxxx con tierra y dejando el lugar de arranque en las debidas condiciones.
El arranque con aprovechamiento o transplante de árboles y arbustos perennes o caducos que precisen cepellón para ser transplantados, comprende abrir la tierra con azada a una distancia alrededor del tronco y a una profundidad variable, en función del tamaño de la planta y su sistema radicular, que deberá ser suficiente para no dañar el cepellón. Se apartará la tierra y se tirará suavemente de la parte aérea hasta completar el arranque. Se protegerá el cepellón con los medios más oportunos para cada caso (rejilla, yeso, bolsa o similares). Los cortes de las raíces serán limpios y realizados con las herramientas adecuadas para ello. Se incluye la carga y transporte a pie xx xxxx del nuevo emplazamiento, relleno xxx xxxx con tierra y dejando el lugar de arranque en las debidas condiciones.
En los diferentes trabajos, objeto de este Pliego y especialmente, en las diferentes operaciones de transplante (carga, descarga, elevación con grúa u otros medios, y otras operaciones), se tomarán las precisas precauciones para no producir heridas, hendiduras, descortezados o quemaduras en troncos, ramas, raíces, etc., siendo responsable la contrata.
9.- Xxxxx y perfilado xx xxxxxxxx y praderas.
Las siegas de los xxxxxxxx y praderas se realizarán con la frecuencia precisa y necesaria para que la hierba no alcance una altura superior a los 10 centímetros. Las siegas no se realizarán durante las horas de máxima insolación. Si es preciso, en cada siega, se procederá al perfilado y recorte de los bordes o límites de la pradera, de forma que en todo momento quede una línea perfectamente limpia y delimitada.
9.1.- Xxxxxx:
Se realizarán con la frecuencia precisa para que las plantas no alcancen una altura tal que estética o fisiológicamente supongan un perjuicio. Los técnicos responsables designados por el Ayuntamiento podrán fijar las alturas máximas admisibles para cada tipo de césped o pradera, no pudiendo ser, en cualquier caso, superior a 10 cm. o La siega ha de ser realizada con un corte limpio, sin desgarros ni tirones, con la suficiente intensidad para que el aspecto general de la pradera no desmerezca ni estética ni fisiológicamente, ni suponga un perjuicio para el césped. Para esto será necesario un perfecto estado de mantenimiento de la maquinaria, sobre todo en cuanto al afilado de cuchillas se refiere.
No se realizarán en horas de máxima insolación y afluencia de usuarios.
La siega y recogida de restos se harán con los sistemas de mecanización adecuados.
En cualquier caso, los restos de siega se retirarán de forma inmediata al corte, no pudiendo quedar depositados en las praderas ni aun de forma eventual.
La frecuencia de la siega estará en consonancia con la altura máxima admisible y con las instrucciones de los técnicos del Ayuntamiento.
Se evitarán los riegos en un periodo prudencial y anterior a las siegas, procediendo a los mismos con posterioridad a aquéllas.
Se pondrá especial cuidado en no dañar, con la maquinaria, los cuellos de árboles y arbustos en praderas.
Se utilizarán desbrozadoras de hilo para las zonas donde el acceso de las segadoras no sea posible, así como en el entorno de elementos donde la maquinaria no pueda acercarse.
Cuando se trate de cubiertas vegetales que no admiten siega, se reducirá la altura mediante corte manual y/o mecánico, cuando lo indiquen los técnicos responsables designados por el Ayuntamiento.
9.2.- Perfilado de praderas.
Se realizará con los medios mecánicos y/o manuales que sean necesarios, en todo el perímetro de su superficie, cortando y perfilando los bordes, procurando eliminar los sistemas radicales y retirando inmediatamente los restos.
Los productos sobrantes de siegas y perfilados serán rápidamente recogidos, cargados y transportados a vertedero, debiendo quedar los espacios de actuación perfectamente barridos y limpios.
10.- Resiembras y recuperación de praderas.
La contrata viene obligada, para el buen mantenimiento de las praderas, a realizar las siembras y resiembras precisas y necesarias para que en todo momento presenten el mejor estado, uniformidad y máximo esplendor. Se realizarán al menos una vez al año y siempre que por cualquier circunstancia aparezcan calvas.
Esta labor comprenderá el levantamiento parcial o total de la zona dañada, la recuperación de la cota con aporte de sustrato, la preparación del terreno, la siembra, el tratamiento fitosanitario si fuese necesario y todos los trabajos que marque la dirección técnica.
Si así se indica, se acotarán y señalizarán las zonas sembradas con todos los medios que sean necesarios para su protección.
Se tendrá especial atención en los verdes para conseguir completa cobertura, no aceptándose la existencia xx xxxxxx o variaciones de tonalidades producidas por cualquier causa física, fisiológica, edafológica o hídrica, o cualquier otra que se pudiera presentar.
11.- Plantación xx xxxx de temporada.
La plantación xx xxxx de temporada se realizará un mínimo de dos veces (2) al año (primavera y otoño –invierno), corriendo el coste de las mismas y las labores de plantación por cuenta del contratista. La selección de especies se indicará desde los servicios técnicos del Ayuntamiento.
Para la plantación en platabanda, primeramente se procederá a levantar, con desbroce profundo, la plantación existente, con retirada de restos a vertedero. Seguidamente, se procederá a realizar una labor de cava con volteo a una profundidad mínima de 20 centímetros, pase de fresa o motocultor, aportación de abonos químicos y orgánicos, y labor de incorporación de los mismos a la capa del suelo. Seguidamente, se darán las labores precisas para proceder a la plantación de las plantas de temporada.
La densidad de la plantación estará en función de la variedad, oscilando entre 8 y 12 plantas por metro cuadrado.
12.- Reposición de plantas.
Las labores de reposición consistirán en la plantación, sustitución, renovación o resiembra de las plantas permanentes o de temporada, palmáceas, arbustos, árboles y praderas de cualquier lugar de la zona verde, alineaciones arbóreas y árboles que se contratan, que hubieran muerto o sido rotos o alterados de manera que se hubiera producido la pérdida o merma de sus características ornamentales.
Las plantas de sustitución reunirán similares condiciones y características en cuanto a variedad, dimensiones y porte de la planta a la que sustituya, y en el supuesto de que no exista en el mercado, se plantarán las de condiciones similares, previa autorización del personal técnico del Ayuntamiento, considerando la excesiva necesidad o exigencia en agua o materia orgánica.
El coste de materiales (plantas) y labores de plantación correrá por cuenta del contratista siempre y cuando las marras puedan ser imputables a malas prácticas de jardinerías, omisiones, dejadez o descuidos por parte del personal de la misma, nunca por actos vandálicos u otros motivos externos. La reposición en el primer supuesto, podrá ir acompañada de la correspondiente sanción.
En los espacios verdes de carácter extensivo para plantaciones y sustitución de árboles se requerirá la previa autorización del personal técnico del Ayuntamiento, valorando la excesiva necesidad o exigencia en agua y materia orgánica.
Estas labores serán realizadas, en principio, en la época adecuada más próxima, y comprenderá todas aquellas reposiciones que fueren precisas para conseguir lo apuntado en los párrafos anteriores. Las reposiciones sucesivas se efectuarán igualmente en las épocas propicias, dentro de cada ciclo vegetativo.
En lo que se refiere a las plantas de temporada, la replantación se efectuará en los plazos adecuados para el mantenimiento de la platabanda y de acuerdo con el calendario de sustitución que se establezca, con un mínimo de dos (2) sustituciones al año, y en igual superficie y con igual densidad, que la que existía anteriormente y combinando técnicamente y artísticamente las diferentes especies y sus coloridos.
13.- Calidad de la planta.
El acopio a pie de obra de plantas para su plantación se irá realizando en las cantidades necesarias para seguir el orden natural en la plantación. Deberán depositarse convenientemente embaladas y protegidas contra el frío, el sol y el viento, con el fin de conservar las condiciones óptimas de arraigue y desarrollo posterior.
Por lo que respecta al suministro de árboles y arbustos. Se entiende como altura total de la planta desde el cuello de la misma hasta la cota máxima de la copa. La parte aérea de las plantas (tronco, ramas y ramillas) estarán exentas de golpes, quemaduras, raspaduras, descortezados y otros accidentes. Tendrán el tronco recto, las ramas y ramificaciones estarán situadas conforme a su variedad y utilización.
Todas las plantas estarán exentas de malformaciones fisiológicas o accidentales, libres de parásitos y enfermedades y reunirán todas las condiciones fitosanitarias. En cuanto a su sistema radicular, guardarán la correspondiente proporción entre grosor y longitud, no aceptándose el desgarre de raíces. Los cortes de estas deberán estar hechos con herramientas de filo fino, no presentarán ninguna zona con raspaduras ni descortezados. Las raicillas serán respetadas cuidando al máximo para dañar el mínimo de estas.
En cuanto a las plantas encepellonadas, estarán repicadas y llevarán por lo menos seis (6) meses en maceta o cepellón enrejillado. Los árboles cuyas dimensiones sean inferiores a las especificadas en la plica, serán considerados como arbustos.
En lo que se refiere a arbustos, todas las plantas deberán tener dos años o más, vendrán en contenedor o maceta del tamaño más adecuado a su porte y desarrollo radicular.
Todas las plantas estarán exentas de malformaciones fisiológicas o accidentales, libres de parásitos y enfermedades y reunirán todas las condiciones fitosanitarias.
En lo referente a plantas de temporada se cumplirán las siguientes condiciones:
a) Todas las plantas irán en maceta aceptándose el “multipot” en determinadas variedades, siendo el diámetro de la maceta o la diagonal de alvéolo del “multipot” superior a 8 cm.
b) Toda la planta será híbrida, en su primera generación (F-1) del tipo y coloración exacto que se especifique en el pedido.
c) Las plantas tendrán uniformidad en tamaño, floración y coloración foliar y floral.
d) Las plantas serán sanas y estarán exentas de parásitos y/o enfermedades, así como de malas hierbas.
e) Las plantas tendrán la altura correspondiente a cada variedad y la propia para el transplante en platabanda. Serán bien formadas y con ramificación para una buena floración. Tendrán el sistema radicular suficientemente denso y desarrollado según variedad y tamaño.
f) Las plantas tendrán los botones de la primera floración y aparecerán con inicios de floración, debiendo haber un 10% aproximado de plantas que hayan iniciado la floración.
La contrata aportará el correspondiente certificado fitosanitario de todas las plantas que suministre.
14.- Poda de árboles y arbustos.
En la poda de árboles o arbustos, se tenderá a que estos estén lo suficientemente contenidos de ramas según corresponda a su edad y vigor. Se procederá a clarear suficientemente las ramas que crezcan dentro de la copa del vegetal a fin de que todas perciban luz y ventilación necesarias. Cada rama de vegetal deberá alcanzar un grosor propio según exija la forma de la planta, teniendo en cuenta que las ramas nuevas sólo deberán nacer de los brazos más jóvenes. Los despuntes se efectuarán sobre madera de un año. Así, de modo general, las podas irán encaminadas a cubrir los siguientes objetivos:
Conseguir un desarrollo adecuado de los elementos a podar, manteniendo y mejorando su salud y estructura.
Adecuar cada especie vegetal a las necesidades de uso del espacio donde se desarrolla. Así, se suprimirán todas aquellas ramas que puedan estorbar las edificaciones, tránsito de peatones, líneas aéreas, señalización semafórica y de tráfico, instalaciones y puntos de luz, y demás elementos situados en la vía pública a los que pueda afectar.
Realizar todos los trabajos de poda que sean necesarios para controlar la seguridad de los ciudadanos
Formar correctamente los árboles, reformar aquellos que estén mal formados y/o reequilibrar las copas descompensadas.
Eliminar las ramas secas.
Eliminar las ramas y follaje afectado por plagas y enfermedades.
Eliminar la floración que pueda dar algún tipo de alergia.
Deberá asimismo, eliminarse el peligro de caída mediante las actuaciones preventivas correspondientes, basadas en la supresión de elementos muertos, podas, tratamientos fitosanitarios y/o cualquier otro sistema de sujeción o apoyo.
El contratista, para mantener la salud y buen aspecto del árbol, podará:
En primer lugar las ramas enfermas, estropeadas o secas.
La eliminación de ramas vivas y sanas sólo se justificará para aclarar la copa, permitiendo la entrada de luz y aire cuando sea muy densa y para dar buena forma al árbol, eliminando las ramas cruzadas o mal dirigidas.
Se evitarán las podas drásticas ya que reducen seriamente la superficie foliar potencia, pudiendo debilitar el árbol y hacerlo más susceptible de infecciones.
Deberá efectuar correctamente los cortes. Se procurará cortes oblicuos en la realización de la poda para favorecer así la cicatrización, usando herramientas bien afiladas y desinfectándolas con la frecuencia habitual en este tipo de prácticas.
Efectuará la poda de los árboles para evitar interferencias con los cables eléctricos y telefónicos, semáforos y señales viarias, con el tráfico rodado, viviendas, así como para impedir la caída espontánea de ramas.
Se eliminarán los muñones.
Posteriormente se aplicarán en la herida productos que favorezcan la cicatrización de la misma, eliminando al mismo tiempo el riesgo de ataque de patógenos de tipo fúngico. Estos productos (tipo mastic), deberán ser aprobados antes de su aplicación por los Técnicos responsables designados por el Ayuntamiento.
Se podrá realizar poda Natural o de Mantenimiento, poda de Formación, poda Terciario, poda de Recuperación, poda Circunstancial, poda en Cabeza de Sauce, poda de Reducción Sistemática de Copa, poda del Método Inglés de Reducción de copa. Estos trabajos se realizarán según las técnicas de la poda y según la forma de realizarlas que se expone en el presente documento.
El personal técnico del Ayuntamiento podrá, en cualquier momento, determinar criterios y formas de realizar la poda.
La contrata viene obligada a atender, por lo menos una vez cada dos años, a cada uno de los árboles y dos veces al año para los arbustos con el tipo de poda adecuado al vegetal concreto, con el fin de conseguir su máximo valor ornamental.
Para el mantenimiento de setos de recorte y formas geométricas, se actuará con la periodicidad adecuada para la consecución del fin de ornamentación, con un mínimo de dos (2) recortes al año.
En líneas generales, el criterio que prevalecerá en la poda, será el adecuado para mantener cada árbol o arbusto en la forma propia y natural de su variedad concreta. Se exceptuará de este criterio aquellas plantas que por razones de ornamentación están sujetas a forma concreta.
Los trabajos de poda serán realizados por personal capacitado, con experiencia y que tengan pericia para la trepa. Serán empleadas las más modernas técnicas y siguiendo los criterios de poda ornamental.
Los cortes se realizarán de forma que se consiga el rápido recubrimiento de la herida por lo que se tenderá a conseguir una buena formación del labio cicatrizal y un recubrimiento rápido de la herida que evite la podredumbre de la rama o del tronco. Se pondrá máxima atención en que se forme el callo en todo el contorno de la herida. Se procurará, en lo posible, que los cortes no hagan heridas de más de 5 cm. de diámetro. Los cortes serán dados de abajo hacia arriba.
Se emplearán preferentemente herramientas de filo fino. Todos los cortes dados con serrucho o sierra serán rematados con herramienta de filo: hacha, cuchillo, formón, etc. En todo caso, la herida será debidamente protegida para evitar podredumbres, utilizándose materiales y fitosanitarios adecuados.
Los tipos de poda a efectos de este Pliego se dividirán en poda natural o de mantenimiento, de formación y de rejuvenecimiento vegetal.
Criterios generales de poda.
En líneas generales, el criterio que prevalecerá en la poda, será el adecuado para mantener cada árbol o arbusto en la forma propia y natural de su variedad concreta. Se exceptuará es este criterio aquellas plantas que por razones de ornamentación están sujetas a forma concreta o que debido a su emplazamiento exijan otro criterio.
La poda de formación se efectuará en las leñosas jóvenes, deformadas o añosas y cuando lo permita su período vegetativo. Tiene por objeto dar a la planta la forma que admita el lugar donde está plantada, regulando el desarrollo de la misma. Se procurará regular las ramas para que la leñosa perciba la distribución apropiada de la savia para su crecimiento.
La poda natural o de mantenimiento se puede llevar a cabo durante todo el período vegetativo, al tratarse únicamente de ejemplares que teniendo la copa formada y sólo exija una regulación de su crecimiento, verificándose el corte solamente en los brotes de un año, dejándole a lo sumo cuatro o cinco yemas para su nueva vegetación.
La poda de rejuvenecimiento vegetal, conocido vulgarmente como poda de tala o decapitación, y demás tipos de poda enérgica, se efectuará únicamente sobre ejemplares que por su gran porte y/o envejecimiento de su copa así lo requieran. Para estos tipos de poda se requerirá la previa autorización expresa por escrito del personal técnico del Ayuntamiento.
Todos los ejemplares que reúnan las condiciones específicas de su variedad serán podadas con la periodicidad adecuada para que siempre sea moderada. La contrata viene obligada a realizar todos y cada uno de los tipos de poda en su correspondiente período vegetativo y siguiendo los criterios y técnicas más prestigiosas y modernas de reconocida aceptación general.
En aquellos tipos de poda que sea preciso realizarlos en parada vegetativa, se dará por terminada la poda, aunque sin que haya terminado la labor, si los vegetales presentaran signos del inicio vegetativo.
Los útiles de la poda serán los específicos de esta clase de trabajo (hachas, tijeras, serruchos, cuerdas y demás útiles). Se procurará realizar el corte de abajo hacia arriba y por la parte opuesta a la yema en las ramas más jóvenes. Los cortes serán oblicuos, para que cicatricen más rápidamente y expulsen el agua, evitando podredumbres.
Los cortes de gran tamaño, desgarrones, roturas, descortezados, quemaduras y otros supuestos similares, se limpiarán convenientemente, se desinfectarán y se protegerán adecuadamente con los productos convenientes. Los cortes realizados con serrucho o sierras, serán repasados con herramientas de filo fino (hacha, cuchillo o formón).
Aquellos árboles o arbustos que por su estado precisen cirugía arbórea, cableados u otras actuaciones, serán atendidos con las modernas técnicas. Los recortes y poda con tijeras, se realizarán en la forma y tiempo precisos para la mejor vegetación y conformación de la plantas.
En los recortes de formas geométricas se mantendrán las formas existentes o las que determinarán los técnicos municipales. Los recortes se darán con la frecuencia necesaria para que en ningún momento las ramillas en su crecer sobresalgan más de 5 centímetros de su superficie geométrica. Los productos resultantes de los recortes y podas deberán ser retirados y transportados inmediatamente al vertedero, dejando limpio y barrido el espacio de actuación.
Retirada de leñas.
La retirada y troceo de leñas, se llevará a cabo al mismo tiempo que se vaya verificando el trabajo de poda del arbolado o arbustaje. Se irá recogiendo la leña y ramaje que se produzca en la poda, procurando que las calles o senderos queden limpias de ramaje y no entorpezcan el tránsito en su recogida.
La contrata tomará las medidas suficientes y necesarias para evitar que las ramas en su caída puedan producir daños a personas, animales o cosas.
No se podrán hacer hogueras. Las leñas caídas deberán quedar retiradas diariamente y transportadas a vertedero autorizado, debiendo preferentemente triturarse y proceder a su compostaje, pudiendo utilizarlas el contratista para cualquier aprovechamiento posterior, de no determinar lo contrario el personal técnico del Ayuntamiento.
16.- Riegos.
Se aplicara el método de “riego deficitario controlado”, desde el punto de vista de la gestión del agua, consiste en la disminución de la cantidad de agua para el riego de la vegetación influyendo lo menos posible en el rendimiento de la planta y en la calidad ornamental de la misma. Se basa fundamentalmente en la idea de reducir los aportes hídricos en los períodos fenológicos en los que un déficit hídrico controlado no afecta sensiblemente a la producción y la calidad.
Se procederá al riego de todas las superficies de los parterres, jardineras, alcorques, etc. objeto de la contrata. Los riegos se establecerán de acuerdo con el criterio xxx xxxxx deficitario controlado.
Para efectuar el riego el contratista dispondrá de todos los útiles y medios necesarios para cumplir las normas del buen uso o costumbre tenidas por buenas en jardinería. Se emplearán bocas xx xxxxx, redes automáticas o semiautomáticas, aspersores, difusores, goteos, mangueras y xxxxx x xxxxxxxxx según las instalaciones y/o necesidades propias de cada zona.
En caso de que no exista infraestructura xx xxxxx, el contratista pondrá medios, personal, vehículos, cuba xx xxxxx, mangueras, motobomba, aspersores móviles, patines xx xxxxx, etc. El coste de estas labores correrá por cuenta del contratista.
Horarios xx xxxxx: el horario habitual xx xxxxx manual será el normal de trabajo, estableciéndose, si es necesario y en casos extraordinarios, por causa climatológicas o cualquier otra de fuerza mayor, un horario distinto al habitual y a determinar por los técnicos responsables designados por el Ayuntamiento.
El horario de funcionamiento de los riegos automáticos será preferentemente nocturno, entre las 24:00 p.m. y las 8:00 a.m. Este horario podrá ser modificado por los técnicos responsables del Ayuntamiento y deberá ser controlado en todo momento por el adjudicatario.
Para los riegos automáticos en zonas verdes establecidas que tuvieran áreas en las que el riego no es completo, el adjudicatario deberá realizar los riegos de apoyo para corregir esta problemática con los medios y los sistemas xx xxxxx tradicionales o con xxxxx si fuera necesario.
Se pondrá especial atención en el riego de los árboles con menos de tres años desde su última plantación o trasplante, y aquellas variedades que requieran una mayor humedad, procediéndose por lo menos y a criterio de la dirección facultativa, desde el 1 xx xxxxx al 30 de septiembre a dar un riego profundo cada semana en los árboles trasplantados de menos de 1 año y cada 15 días en los de menos de 3 años. La persistencia en los riegos dependerá de las condiciones de cada alcorque y de la humedad del terreno.
Los riegos se realizarán con mangueras, a manta, a inundación, surcado, con aspersores, riego localizado y en caso extremo con camión cuba, según la naturaleza y circunstancias de los cultivos a regar y las instalaciones existentes, pero siempre bajo la premisa de economizar y racionalizar el uso del agua.
Se cuidará, muy especialmente, en los riegos, de no producir daños a las plantas, escorrentías ni erosiones en las superficies a regar, pérdidas innecesarias de agua, así como molestias o perjuicios a terceros, dejando limpio y barrido el espacio de actuación. Se prestará especial atención a que las zonas cubiertas por los aspersores y sistemas xx xxxxx no echen agua sobre aceras y calzadas. El agua consumida en esta atención será de cuenta del Ayuntamiento.
El contratista mantendrá en perfecto estado y condiciones de utilización la instalación xx xxxxx existente en cada espacio, mediante el uso cuidadoso del mismo, y realizando las operaciones de revisión y mantenimiento necesarias, previniendo las posibles averías y reparando correctamente las que se hubieran producido. En la utilización de bocas xx xxxxx, se pondrá especial esmero en, una vez utilizadas las mismas, dejarlas con las debidas condiciones de cierre y asentamiento de tapa. El mantenimiento de la red xx xxxxx en las condiciones adecuadas correrá a cargo del contratista incluso la reposición por fin de la vida útil, accidentes y actos vandálicos.
Se incluye en este mantenimiento y conservación de la red xx xxxxx, toda la obra civil precisa para conseguir el fin de su buen funcionamiento. El contratista podrá establecer nuevas instalaciones xx xxxxx a su xxxxx, previa autorización del personal técnico del Ayuntamiento.
El Adjudicatario deberá sustituir anualmente los elementos xx xxxxx que queden deteriorados (por actos vandálicos, quema o pérdida de funcionalidad), hasta un máximo de un 5%. Las sustituciones se realizarán de oficio o a requerimiento de los STM de conformidad con lo establecido en el pliego y en su proyecto de gestión.
Si fuera pertinente la utilización de aguas regeneradas, la contrata cumplirá escrupulosamente todas las normas legales existentes, en concreto el decreto 13 de febrero de 1992, que regula la evacuación de residuos líquidos procedentes de plantas de tratamiento de aguas residuales urbanas y el Real Decreto 1620/2007 de 7 de diciembre que establece el régimen jurídico de la reutilización de aguas depuradas.
Las instalaciones xx xxxxx en medio urbano están contempladas en el Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis y concretamente están catalogadas como una instalación de "menor probabilidad de proliferación y dispersión de Legionella". Por lo que se deberá establecer un protocolo de actuación que incluya los distintos programas de limpieza, desinfección, muestreo y análisis.
Los criterios básicos de actuación se deben basar en garantizar que el agua de aporte sea de una calidad bacteriológica adecuada y, por otra parte en la realización de un mantenimiento de la instalación que permita la limpieza y desinfección de las partes más susceptibles de contaminación.
El adjudicatario podrá proponer y realizar a su cargo, previa autorización del Ayuntamiento y sin derecho alguno a indemnización, las mejoras en la red xx xxxxx que crea más oportunas. En todos los casos, cualquier reforma o nueva instalación de ajustará a la normativa municipal existente, aportando los servicios municipales competentes la documentación oportuna que defina la obra realizada en su totalidad. Será responsable del exacto cumplimiento de todo lo establecido al respecto, o que pueda establecerse, así como de los daños que pudieran derivar por el incumplimiento de lo establecido.
17.- Limpieza.
La labor de limpieza consistirá en la eliminación, tanto de la vegetación de crecimiento espontáneo (hierbas, malezas, etc.), de las hojas caídas y residuos de las labores de siega, recortes y podas, como de los desperdicios y objetos (papeles, colillas, trapos, cristal, metales, maderas, etc.), que de cualquier procedencia hubiera podido llegar a las superficies bajo su cuidado.
La obligación del contratista no se limita al barrido, recogida y amontonamiento de las indicadas materias, dentro o fuera de la superficie a su cuidado, sino que ha de complementarse con la extracción de todas ellas, con los medios a su cargo, fuera de las superficies adjudicadas, transporte a vertedero y vertido.
Se significa que el contratista se hará cargo de los gastos de vertido en vertedero. Por otra parte el vertedero que utilice el contratista deberá estar debidamente legalizado por parte de los organismos correspondientes.
La limpieza se realizará con carácter general de lunes a viernes. En Semana Santa, San Xxxxxx, San Xxxxx y Navidades, se establecerán tareas extraordinarias de limpieza tanto en zonas céntricas como exteriores. En el caso de días festivos seguidos no transcurrirán nunca más de 48 horas sin que se atiendan estas labores de limpieza.
El horario en el que se deberán realizar los trabajos de limpieza será preferentemente de 7:00 h. a 14:00 h.
Es obligación del adjudicatario la retirada de todos los residuos resultantes de los trabajos, tanto de limpieza como de cualquier operación objeto del presente pliego, debiendo disponer para ello de los medios necesarios para su recogida y transporte hasta vertedero autorizado.
La empresa licitadora deberá disponer de vertedero autorizado o bien tener contrato con gestor autorizado para este tipo de residuos, incluyéndose el coste del mismo incluido dentro de los gastos generales de los precios.
18.- Conservación y mantenimiento de jardineras.
La conservación y mantenimiento de las jardineras, comprende: limpieza, riego, escarda, abonado, reposiciones vegetales, conservación de sus elementos, recolocación de sus elementos y la sustitución parcial o total del mismo por cualquier causa. Desde el Ayuntamiento se suministrarán los elementos a sustituir siempre y cuando estos sean irreparables por procedimientos normales y su deterioro no sea imputable al contratista.
Los elementos componentes de las jardineras, se mantendrán en todo momento, en perfecto estado de seguridad y estética, debiéndose realizar los trabajos que sean precisos para su buena conservación, estética y acabados de pinturas o barnices.
19.- Baldeos.
Consistirán en proceder a limpiar con agua las zonas pavimentadas usando para ello además cepillos de raíz o similares para hacer desaparecer la acumulación de los residuos existentes y su posterior retirada, siendo objeto de esta operación los viales y zonas de estancia de las zonas verdes objeto del presente contrato.
La operación se realizará cuantas veces sea necesaria para una debida presentación de las zonas pavimentadas, siendo la frecuencia mínima de una vez por semana, realizándose durante la mañana.
En los jardines con viales de tierra se procederá al regado de los mismos para evitar que se levante polvo en los meses más calurosos del año. El riego podrá llegar a ser diario si las condiciones meteorológicas lo exigen, a criterio del personal técnico del Ayuntamiento.
20.- Cubre alcorques.
Los cubre alcorques, y la protección de árboles, serán atendidos respecto a su mantenimiento y conservación, reparándose y repintándose las veces que fuera preciso, para mantenerlos en perfecto estado de seguridad, estéticas y acabado de pintura.
21.- Mantenimiento de pavimentos.
Para mantener en buen estado de uso los pavimentos de arena se nivelarán y compactarán los baches producidos por erosiones externas como mínimo una vez al año. El material que deberá utilizarse para el recebo de estas zonas será el mismo que se encuentre en las zonas en cuestión.
Los pavimentos de adoquín, aglomerado y baldosa se mantendrán en perfecto estado, entendiendo dentro de las obligaciones de la contrata la eliminación de malas hierbas mediante arranque manual o escarda química. En este último caso, se mantienen las premisas vistas en el capítulo de empleo de herbicidas visto anteriormente.
22.- Mantenimiento del trazado de zonas verdes y carteles divulgativos.
El contratista mantendrá en líneas generales el actual trazado y perfiles de los diferentes espacios verdes y alcorques, corriendo a su cargo la subsanación de los desperfectos o alteraciones de los perfiles debidos a la realización de labores jardineras, escorrentías producidas por las aguas o producidas por otras causas. Se prestará especial atención a la delimitación de parterres y a la eliminación de hierba en bordillos de delimitación.
Cualquier modificación de los actuales trazados y perfiles requerirá la previa aprobación del personal técnico del Ayuntamiento.
Desde el Ayuntamiento, se podrá autorizar la colocación de rótulos en los espacios verdes, previa aprobación del diseño y dimensiones y pudiendo en todo caso introducir las modificaciones que estime oportunas tanto en diseño, dimensiones, materiales, etc. La leyenda de dichos rótulos únicamente podrá hacer referencia al Ayuntamiento. Así mismo el Ayuntamiento fijará libremente el emplazamiento y número de dichos rótulos, pudiendo ordenar su retirada, sin que proceda indemnización alguna.
23.- Mantenimiento xx xxxxxxx y bosquetes.
Por lo que respecta a los pinares y bosquetes, teniendo en cuenta sus características particulares, los trabajos que deberán realizarse en dichos espacios, serán los que específicamente a continuación se citan:
a) Limpieza, veces a la semana:
Verano: 5-6 días, según criterio de la dirección técnica
Invierno: 2-3 días, según criterio de la dirección técnica.
b) Desbroces: En atención a las plantas que convenga mantener, conservar y fomentar se darán los desbroces oportunos y necesarios siguiendo los criterios que aporte la contrata y que xxxx aceptados por el personal técnico del Ayuntamiento.
c) Riegos: se darán los riegos localizados, precisos y suficientes para la buena vegetación de la masa a conservar. En todo caso se darán un mínimo de acuerdo con el criterio xxx xxxxx deficitario controlado comprendidos entre los meses xx xxxx a septiembre.
d) Control fitosanitario: se procederá a realizar las labores y los tratamientos preventivos para todo tipo de enfermedad y plaga y los precisos en caso de que aparecieran para su eliminación. Se pondrá especial atención en la prevención y tratamientos de la Procesionaria, perforadores y patógenos de tipo fúngico. Si aparecieran bolsones o procesiones de orugas se procederá de inmediato a la recogida de los mismos.
e) Poda: se mantendrán los árboles y arbustos en las condiciones que especifica el presente Pliego de Condiciones, tendiendo a su estado natural.
24.- Mantenimiento de areneros y zonas de juegos infantiles.
Estas zonas deben tener un tratamiento especial en cuanto a la limpieza y mantenimiento debido a su uso intensivo y al tipo de usuarios. Las labores de conservación, cuyo coste correrá por cuenta del contratista, comprenderán:
Limpieza diaria de los residuos y basuras que aparezcan en las zonas infantiles y deportivas, independientemente de su procedencia. Esta labor consistirá en el barrido de toda la zona, la recogida de papeleras y/o contenedores y la eliminación de malas hierbas, retirando todos los residuos de forma inmediata.
Tapado y hoyos y nivelación de areneros: se recabarán los huecos y hoyos producidos por el propio uso de la zona. Asimismo, se redistribuirán los áridos esparcidos como consecuencia de las actividades de los usuarios. Esta labor se realizará según necesidades, a fin de conseguir en todo momento superficies estéticas, funcionales, cómodas y seguras para los usuarios. Se tendrá un cuidados especial en el entorno de los juegos infantiles, así como su alrededor y bajo los bancos próximos. En todo momento se mantendrá el espesor de la capa de arena, por lo que tendrán que hacerse las aportaciones necesarias en compensación de la disminución producida por el uso, el viento, etc.
Aireado de la arena: Siempre que sea preciso y como mínimo una vez al mes se procederá al aireado de la arena (repicado, esponjamiento y nivelación de arena). Esta operación se efectuará en todo el área de arena hasta su límite, atendiendo muy especialmente en lo referente a limpieza y salubridad.
Desinfección y renovación de la arena: Se procederá las veces que sea preciso a la desinfección de las arenas, con productos que no sean nocivos y que estén debidamente autorizados. Dos veces al año, o más frecuentemente si fuera preciso, se procederá a la total renovación de toda la arena de cada arenero.
Recebo y reposición de areneros.
25.- Mantenimiento de zonas terrizas.
Las labores de conservación de estas zonas deben ir encaminadas a:
Deshierbe y eliminación de malezas por medios manuales, mecánicos y/o químicos, junto con la limpieza de restos que puedan producir mal apariencia en la zona verde a mejorar.
Una rápida evacuación de las aguas superficiales procedentes de precipitaciones, áreas vecinas situadas en cotas superiores y riegos.
Realizar labores encaminadas a eliminar la acumulación de aguas, charcos, blandones, etc.
Reponer y sustituir las arenas o subbases en las distintas zonas.
26.- Información y prevención.
Los trabajos y labores que más adelante se enumeran se deben intensificar o se hacen necesarias por el mal uso o las infracciones a las ordenanzas municipales, que se cometen por los usuarios.
El personal, además de tener los conocimientos técnicos y habilidades acordes con su categoría y funciones, deberá conocer el contenido de las ordenanzas municipales que establezcan obligaciones, limitaciones, formas de uso, infracciones más frecuentes, sanciones, etc., relacionadas con el mantenimiento, conservación, limpieza y uso de los parques y jardines.
Deberá informar a los usuarios de lo que son buenas prácticas, comportamientos y uso de los espacios públicos, que hacen que se prolongue su vida útil y disminuyan las tareas de conservación, mantenimiento y limpieza. La información verbal se complementará con la entrega a los usuarios de folletos divulgativos preparados al efecto.
Obligación de colaboración con los servicios de policía, bomberos y resto de servicios municipales, en la comisión de infracciones y delitos, situaciones de riesgo o amenaza, o simplemente cuando se observen averías, roturas o desperfectos de cualquier tipo.
TABLA FRECUENCIA DE LABORES |
||||||||||||||
LABORES |
ACTUACIÓN |
Frecuencias mensuales |
anual |
|||||||||||
En |
Fr |
Mr |
Ab |
My |
Jn |
Jl |
Ag |
Spt |
Oct |
Nov |
Dic |
|||
Riegos |
Inspección y control del sistema xx xxxxx automatizado |
1 |
1 |
2 |
22 |
22 |
22 |
22 |
22 |
22 |
22 |
2 |
1 |
161 |
Realización xx xxxxxx manuales |
0 |
0 |
12 |
16 |
16 |
20 |
20 |
20 |
20 |
16 |
4 |
0 |
144 |
|
Abonados |
Frecuencia de abonado en césped |
0 |
0 |
1 |
0 |
0 |
0 |
1 |
1 |
0 |
1 |
0 |
0 |
4 |
frecuencia de abonado en resto de zonas |
0 |
0 |
1 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
1 |
0 |
0 |
2 |
|
Escardas y entrecavas |
Frecuencia xx xxxxxxx manual |
0 |
0 |
0 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
0 |
0 |
7 |
Frecuencia xx xxxxxxx química |
0 |
0 |
0 |
0 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
0 |
0 |
6 |
|
Frecuencia de entrecavas |
0 |
0 |
0 |
0 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
0 |
0 |
6 |
|
Césped |
Inspección y control de estado del césped |
0 |
0 |
2 |
22 |
22 |
22 |
22 |
22 |
22 |
22 |
2 |
1 |
159 |
Frecuencia de siegas |
0 |
0 |
2 |
3 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
2 |
0 |
31 |
|
Frecuencia de perfilado de praderas |
0 |
0 |
1 |
2 |
2 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
1 |
0 |
26 |
|
Resiembra de praderas |
0 |
0 |
0 |
1 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
1 |
|
Arbolado, arbustos y setos |
Inspección y control del estado de los árboles |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
48 |
Frecuencia de podas en árboles. |
1 |
1 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
1 |
3 |
|
Inspección y control del estado de los arbustos |
0 |
0 |
1 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
0 |
0 |
15 |
|
Frecuencia de poda, guiado y formación. |
0 |
0 |
1 |
1 |
1 |
2 |
2 |
2 |
2 |
1 |
0 |
0 |
12 |
|
Inspección y control del estado de los setos |
0 |
0 |
1 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
0 |
0 |
15 |
|
Frecuencia de podas de formación y recortes. |
0 |
0 |
1 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
0 |
0 |
15 |
|
Maceteros y jardineras |
Inspección y control del estado de jardineras y maceteros |
1 |
1 |
2 |
3 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
3 |
2 |
1 |
33 |
Reposición de planta |
0 |
0 |
1 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
1 |
0 |
1 |
3 |
|
Mantenimiento de zonas terrizas |
Inspección y control de pavimentos terrizos |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
48 |
Trabajos de conservación en zonas deterioradas |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
48 |
|
Trabajos xx xxxxxxx química. |
0 |
0 |
0 |
0 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
0 |
0 |
6 |
|
Mantenimiento de suelos con cubierta xx xxxxxx decorativa |
Inspección y control de cubierta xx xxxxxx decorativa |
2 |
2 |
3 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
3 |
2 |
2 |
38 |
Trabajos xx xxxxxxx manual o química. |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
12 |
|
Reposición xx xxxxxx decorativa |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
12 |
|
Mantenimiento de áreas infantiles y zonas deportivas |
Inspección y control de estado de conservación |
1 |
1 |
1 |
3 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
3 |
2 |
1 |
32 |
Nivelación de areneros |
2 |
2 |
2 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
2 |
2 |
38 |
|
Recebo y reposición de areneros |
2 |
2 |
2 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
2 |
2 |
38 |
|
Limpieza |
Inspección y control de grado de limpieza |
4 |
4 |
8 |
8 |
10 |
15 |
15 |
15 |
15 |
10 |
8 |
4 |
116 |
Limpieza de zonas según usos |
26 |
24 |
26 |
26 |
26 |
26 |
26 |
26 |
26 |
26 |
26 |
26 |
310 |
|
Limpieza y retirada de hojas. |
10 |
5 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
10 |
20 |
20 |
65 |
|
Inspección y control de elementos vegetales |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
24 |
|
Enfermedades y plagas |
Identificación y valoración |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
24 |
Tratamientos |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
48 |
|
Control de grado de evolución |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
2 |
24 |
ANEXO 2
ZONAS VERDES OBJETO DEL PRESENTE PLIEGO.
Las zonas verdes y el arbolado urbano que incluye este pliego son todas aquellas que se encuentran comprendidas en el interior del área delimitada por las siguientes calles, incluidas las superficies, alineaciones arbóreas, maceteros, rotondas y en general todas las superficies de carácter público municipal abiertas al uso público general o restringido a los usuarios de los edificios de los que forman parte (colegios y otros), así:
Alineación formada por Puerta de Valencia, calle Las xxxxxx, calle Xxxxxxx, calle Xxxx Xxxx, Avenida Castilla-La Mancha, calle Escultor Xxxxxx y avenida San Xxxxxx desde xxxxxxx xxx Xxxxx hasta el puente sobre el río Júcar.
Margen izquierda del Júcar, incluida zona de DPH, desde el puente anterior hasta el puente de la xxxxx xxxxx sobre el río Júcar.
Margen derecha, incluida zona de DPH, del río Huécar desde Tiradores-Puerta de Valencia hasta desembocadura en el Júcar.
Margen derecha, incluida zona de DPH, del río Júcar desde la desembocadura del Huécar hasta la intersección de la calle del “Quejigo” en el barrio “Residencial Alameda-Xxxxxxxxxx.
Superficies en Pedanías.
A continuación se relacionan las más destacadas, pudiendo sufrir las variaciones reflejadas en el apartado correspondiente (nuevas incorporaciones, etc.).
MANTENIMIENTO DE ZONAS VERDES EN EL MUNICIPIO XX XXXXXX |
|
||||||||
|
SECTOR A |
SUPERFICIES |
DISTRIBUCIÓN SUPERFICIE SIN CÉSPED |
LIMPIEZA |
|||||
Cod. |
Ámbito de Actuación |
TOTAL |
CON CÉSPED |
SIN CÉSPED |
PIEDRA DECORATIVA |
RÚSTICA |
ZAHORRAS |
TIERRA VEGETAL |
|
|
Jardín xx Xxxxxxx |
247 |
0 |
247 |
247 |
0 |
0 |
0 |
|
|
Fuente del Escardillo |
197 |
0 |
197 |
0 |
0 |
0 |
197 |
|
|
Xxxxxxx de Justicia |
397 |
0 |
397 |
0 |
0 |
0 |
397 |
|
|
Miradores de San Xxxxxx |
6.335 |
0 |
6.335 |
0 |
6.335 |
0 |
0 |
|
|
Ajardinamiento bajada Mirador del Júcar |
601 |
0 |
601 |
0 |
0 |
0 |
601 |
|
|
Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxx |
714 |
0 |
714 |
0 |
0 |
0 |
714 |
|
|
Plaza de San Xxxxxxx |
40 |
0 |
40 |
0 |
0 |
0 |
40 |
|
|
Iglesia de San Xxxxxxxxx |
70 |
0 |
70 |
0 |
0 |
0 |
70 |
|
|
X/ Xxxxxxxxx |
000 |
0 |
108 |
0 |
0 |
0 |
108 |
|
|
Xxxxxx xx Xxx Xxxxxx |
0.000 |
0 |
8.235 |
0 |
0 |
0 |
8.235 |
|
|
X. Xxxxxxxx xxxxx |
000 |
0 |
603 |
0 |
0 |
0 |
603 |
|
|
Parking c/caballeros. |
99 |
0 |
99 |
0 |
0 |
0 |
99 |
|
|
Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx |
1.265 |
166 |
1.099 |
0 |
0 |
0 |
1.099 |
|
|
Xxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxx |
000 |
0 |
111 |
0 |
0 |
0 |
111 |
|
|
TOTAL |
19.022 |
166 |
18.856 |
247 |
6.335 |
0 |
12.274 |
0 |
|
SECTOR B |
SUPERFICIES |
DISTRIBUCIÓN SUPERFICIE SIN CÉSPED |
LIMPIEZA |
|||||
Cod. |
Ámbito de Actuación |
TOTAL |
CON CÉSPED |
SIN CÉSPED |
PIEDRA DECORATIVA |
RÚSTICA |
ZAHORRAS |
TIERRA VEGETAL |
|
|
Xxx. Xxx. Xxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx |
0.000 |
1.719 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
|
Avda. Xxxx Xxxx Española |
15.538 |
110 |
15.428 |
4.500 |
10.928 |
0 |
0 |
|
|
Xxxxxx Xxxx. Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx |
14.190 |
10.337 |
3.853 |
0 |
0 |
0 |
3.853 |
14.190 |
|
Rotondas y otras Xxxx. Xxx Xxxxxx |
000 |
000 |
000 |
000 |
0 |
0 |
0 |
|
|
Xxxx Xxxxxxxxxx |
1.026 |
891 |
135 |
135 |
0 |
0 |
0 |
|
|
Urbanización Balcón del Júcar |
881 |
0 |
881 |
0 |
0 |
0 |
881 |
|
|
Residencial Universidad |
10.065 |
9.250 |
815 |
0 |
815 |
0 |
0 |
10.065 |
|
Rotondas y otras en Xxxx. Xxxxxxx |
0.000 |
909 |
976 |
0 |
0 |
0 |
976 |
|
|
Xxxxxxxxxxx y Talud las Josefinas |
919 |
0 |
919 |
0 |
0 |
0 |
919 |
|
|
Rocalla San Xxxxx |
176 |
0 |
176 |
0 |
0 |
0 |
176 |
|
|
Laderas San Xxxxx |
1.871 |
0 |
1.871 |
0 |
1.871 |
0 |
0 |
|
|
Parking Xxx Xxxxx |
000 |
0 |
253 |
253 |
0 |
0 |
0 |
|
|
TOTAL |
49.454 |
23.955 |
25.499 |
5.080 |
13.614 |
0 |
6.805 |
24.255 |
|
SECTOR C |
SUPERFICIES |
DISTRIBUCIÓN SUPERFICIE SIN CÉSPED |
LIMPIEZA |
|||||
Cod. |
Ámbito de Actuación |
TOTAL |
CON CÉSPED |
SIN CÉSPED |
PIEDRA DECORATIVA |
RÚSTICA |
ZAHORRAS |
TIERRA VEGETAL |
|
|
Zona Xxxxxx Xxxxxxxx |
1.040 |
807 |
233 |
0 |
0 |
0 |
233 |
|
|
X/ Xxxxx Xxxxxxxx |
000 |
0 |
399 |
0 |
0 |
0 |
399 |
|
|
Parque Xxxxxx Xxxxxx |
20.550 |
20.250 |
300 |
0 |
0 |
0 |
300 |
20.550 |
|
Parque de los Titiriteros |
10.042 |
10.042 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
10.042 |
|
Xxxxxxxxxx XXX Xxxxxxxx y medianas |
13.878 |
13.300 |
578 |
0 |
0 |
0 |
578 |
|
|
Parque Xxxxxxx Xxxxxxxxxx y terrizos |
17.161 |
0 |
17.161 |
0 |
16.199 |
0 |
962 |
17.161 |
|
X/ Xxxxxx. |
00 |
0 |
00 |
0 |
0 |
0 |
00 |
|
|
X/ Xxx Xxxxxx. Triángulo acceso Tiradores |
854 |
0 |
854 |
0 |
0 |
0 |
854 |
|
|
Xxx. xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx |
0.000 |
0 |
0.000 |
0 |
0 |
0 |
0.000 |
|
|
Xxxx xx Xxxxxxxxx Altos. Xxxxxx |
731 |
594 |
137 |
0 |
0 |
0 |
137 |
|
|
Xxxx Xxxx de las Xxxxxx |
2.460 |
244 |
2.216 |
0 |
0 |
0 |
2.216 |
|
|
TOTAL |
70.630 |
45.237 |
25.393 |
0 |
16.199 |
0 |
9.194 |
47.753 |
|
|||||||||
|
SECTOR D |
SUPERFICIES |
DISTRIBUCIÓN SUPERFICIE SIN CÉSPED |
LIMPIEZA |
|||||
Cod. |
Ámbito de Actuación |
TOTAL |
CON CÉSPED |
SIN CÉSPED |
PIEDRA DECORATIVA |
RÚSTICA |
ZAHORRAS |
TIERRA VEGETAL |
|
|
Parque Sol Bulevar desde Ludoteca a Caseta |
6.000 |
6.000 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
|
Parque Sol Caseta. Encima P. Príncipes |
12.171 |
11.137 |
1.034 |
0 |
0 |
1.034 |
|
|
|
Parque de los Príncipes |
29.335 |
20.594 |
8.741 |
5.325 |
3.216 |
0 |
200 |
29.335 |
|
X. Xxxxxxx Xxxxxxx |
000 |
0 |
496 |
0 |
0 |
0 |
496 |
|
|
Mediana X/ Xxxxx Xxxxxxx X. Xxxxx Xxxxxxx |
0.000 |
1.124 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
|
Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx X |
0.000 |
5.707 |
401 |
401 |
0 |
0 |
0 |
|
|
Zona Centro de Mayores Xxxxxxxxxx |
162 |
162 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
|
Plaza xxx Xxxxxx |
1.598 |
184 |
1.414 |
0 |
0 |
0 |
1.414 |
|
|
X/ Xxxx. Xxxxxxxx |
0.000 |
637 |
737 |
396 |
341 |
0 |
0 |
|
|
Acceso por Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx |
0.000 |
0 |
3.200 |
0 |
3.200 |
0 |
0 |
|
|
Xxxxx xx xx X |
000 |
0 |
000 |
|
|
|
|
|
|
Xxxxx xx Xxxxxxxx |
200 |
0 |
200 |
|
|
|
|
|
|
TOTAL |
61.968 |
45.545 |
16.423 |
6.122 |
6.757 |
1.034 |
2.110 |
29.335 |
|
SECTOR E |
SUPERFICIES |
DISTRIBUCIÓN SUPERFICIE SIN CÉSPED |
LIMPIEZA |
|||||
Cod. |
Ámbito de Actuación |
TOTAL |
CON CÉSPED |
SIN CÉSPED |
PIEDRA DECORATIVA |
RÚSTICA |
ZAHORRAS |
TIERRA VEGETAL |
|
|
Parque Xxx Xxxx Xxxxxx |
12.171 |
11.137 |
1.034 |
0 |
0 |
1.034 |
0 |
12.171 |
|
Parque Sol Bulevard hasta Ludoteca |
6.000 |
6.000 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
|
Ars Natura |
400 |
0 |
400 |
0 |
0 |
0 |
400 |
|
|
Parque Europa |
16.914 |
16.914 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
16.914 |
|
Parque Dos Xxxx |
10.367 |
10.367 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
10.367 |
|
Zona verde X/ Xxx Xxxxxxxx. Xxxxxxxxxx X |
0.000 |
1.282 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
|
Zona plaza dos xxxx |
1.612 |
1.612 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
|
Parque trigeneracional |
220 |
0 |
220 |
0 |
0 |
0 |
220 |
|
|
Centro social Xxxxxxxxxx |
455 |
297 |
158 |
0 |
0 |
0 |
158 |
|
|
Xxxxx xxx Xxxxxxxx |
000 |
000 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
|
Xxxxx xx xx Xxxxxxxx |
334 |
0 |
334 |
0 |
0 |
0 |
334 |
|
|
Plaza de la Hierbabuena |
167 |
0 |
167 |
0 |
0 |
0 |
167 |
|
|
C/Xxxxxxxxx Xxxxxxxx |
773 |
0 |
773 |
0 |
0 |
0 |
773 |
|
|
Avenida del Mediterráneo |
5.425 |
0 |
5.425 |
0 |
0 |
0 |
5.425 |
|
|
Xxx. Xxxxxxxxxxxx- Xxxx Xx Xxxxxxx |
0.000 |
0.000 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
|
X/ Xxx Xxxxxxxxx. Mediana Xxxxxxxx |
220 |
0 |
220 |
0 |
0 |
0 |
220 |
|
|
C/ Río San Xxxxxx. Peatonal |
442 |
0 |
442 |
0 |
0 |
0 |
442 |
|
|
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx |
000 |
0 |
750 |
0 |
0 |
0 |
750 |
|
|
TOTAL |
60.146 |
50.223 |
9.923 |
0 |
0 |
1.034 |
8.889 |
39.452 |
|
|||||||||
|
SECTOR F |
SUPERFICIES |
DISTRIBUCIÓN SUPERFICIE SIN CÉSPED |
LIMPIEZA |
|||||
Cod. |
Ámbito de Actuación |
TOTAL |
CON CÉSPED |
SIN CÉSPED |
PIEDRA DECORATIVA |
RÚSTICA |
ZAHORRAS |
TIERRA VEGETAL |
|
|
X/ Xxxxxxxxxx-Xxxxx xxx Xxxxxxxxxxx |
000 |
557 |
300 |
0 |
0 |
0 |
300 |
|
|
Parque xx Xxxxxxxx |
4.771 |
4162 |
609 |
0 |
609 |
0 |
0 |
4.771 |
|
Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxx |
0.000 |
4511 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
|
C/ Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx |
100 |
0 |
100 |
0 |
0 |
0 |
100 |
|
|
C/ Xxxxxxx Xxxx |
1.366 |
0 |
1366 |
794 |
0 |
0 |
572 |
|
|
Plaza Xxxxxxx Xxxxxx |
614 |
0 |
614 |
0 |
0 |
0 |
614 |
|
|
Plaza de la Ajedrea |
189 |
0 |
189 |
189 |
0 |
0 |
0 |
|
|
Plaza de la Mejorana |
405 |
0 |
405 |
0 |
0 |
0 |
405 |
|
|
Xxxxx xx xx X |
000 |
0 |
000 |
0 |
0 |
0 |
000 |
|
|
Xxxxxxxx xx Xxx Xxxx |
2.800 |
0 |
2800 |
0 |
2800 |
0 |
0 |
|
|
Xxxxxx Xxxxxxx |
000 |
0 |
000 |
0 |
0 |
0 |
000 |
|
|
Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx |
12.569 |
9389 |
3.180 |
0 |
0 |
0 |
3.180 |
12.569 |
|
TOTAL |
28.500 |
18.619 |
9.881 |
983 |
3.409 |
0 |
5.489 |
17.340 |
|
SECTOR G |
SUPERFICIES |
DISTRIBUCIÓN SUPERFICIE SIN CÉSPED |
LIMPIEZA |
|||||
Cod. |
Ámbito de Actuación |
TOTAL |
CON CÉSPED |
SIN CÉSPED |
PIEDRA DECORATIVA |
RÚSTICA |
ZAHORRAS |
TIERRA VEGETAL |
|
|
Carretera xx Xxxxxxx |
1.000 |
|
1.000 |
|
|
|
1.000 |
|
|
Residencial Los Porches |
5.303 |
0 |
5303 |
0 |
0 |
0 |
5.303 |
|
|
Xxxx xx xxx 000. Xxxxxx Xx Xxxxx |
1.641 |
0 |
1.641 |
0 |
0 |
0 |
1.641 |
|
|
Árboles Cinematógrafo |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
|
Ajardinamiento Plaza de Toros |
940 |
940 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
|
Ajardinamiento Bomberos y Xxxx Xxxx |
3.410 |
3410 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
|
Ajardinamiento Piscina Xxxx Xxxxx |
1.690 |
1388 |
302 |
0 |
0 |
0 |
302 |
|
|
Rotonda Reyec Católicos y Ronda |
1.952 |
1554 |
398 |
0 |
0 |
0 |
398 |
|
|
Jardinería C/ Xxxxx xx Xxxxxxx |
700 |
300 |
400 |
0 |
0 |
0 |
400 |
|
|
Jardinería Policia Municipal |
200 |
200 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
|
Ajardinamiento X/ Xxxxxxx Xxxxxxx |
0.000 |
912 |
600 |
0 |
0 |
0 |
600 |
|
|
Urb Teniente Xxxxxxx |
5.667 |
4975 |
692 |
0 |
0 |
0 |
692 |
|
|
Rotondas Xxxxx Xxxxx |
0.000 |
2834 |
1.120 |
0 |
0 |
0 |
1.120 |
|
|
Río Moscas |
4.242 |
2.480,00 |
1.762,00 |
125 |
|
|
1.637 |
|
|
Siglo XXI |
6.700 |
6.700,00 |
0,00 |
|
|
|
|
|
|
TOTAL |
38.911 |
25.693 |
13.218 |
125 |
0 |
0 |
13.093 |
0 |
|
SECTOR H |
SUPERFICIES |
DISTRIBUCIÓN SUPERFICIE SIN CÉSPED |
LIMPIEZA |
|||||
Cod. |
Ámbito de Actuación |
TOTAL |
CON CÉSPED |
SIN CÉSPED |
PIEDRA DECORATIVA |
RÚSTICA |
ZAHORRAS |
TIERRA VEGETAL |
|
|
XXXX XXXXXXXXXX |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Parque Xxxxxxxxxx |
2750 |
2750 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
|
Rotonda Xxxxxxxxxx |
1300 |
1300 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
|
Mediana peatonal césped |
3013 |
3013 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
|
Mediana peatonal |
832 |
0 |
832 |
0 |
0 |
0 |
832 |
|
|
Ajardinamiento exterior |
2240 |
736 |
1504 |
0 |
0 |
0 |
1504 |
|
|
Jardines Plaz. Xxxxx Xxxxx |
1950 |
0 |
1950 |
0 |
0 |
0 |
1950 |
|
|
Xxxxx xx xx Xxx xxx Xxx |
0000 |
0 |
7700 |
0 |
0 |
0 |
7700 |
7700 |
|
Parque Fte del Oro |
14272 |
6475 |
7.797 |
0 |
0 |
0 |
7797 |
00000 |
|
Xxx Xxx Xxxxxx Social |
1585 |
1385 |
200 |
0 |
0 |
0 |
200 |
|
|
Fte Oro Laderas Ferrocarril |
10243 |
0 |
10243 |
0 |
0 |
0 |
10243 |
|
|
Paseo Fluvial hasta puente Fte del Oro MI |
9154 |
0 |
9.154 |
0 |
0 |
0 |
9154 |
|
|
Paseo Fluvial hasta puente Fte del Xxx XX |
00000 |
0 |
15703 |
0 |
0 |
0 |
15703 |
|
|
TOTAL |
70.742 |
15.659 |
55.083 |
0 |
0 |
0 |
55.083 |
21.972 |
Pedanía |
Ámbito de Actuación |
TOTAL |
CON CÉSPED |
SIN CÉSPED |
PIEDRA DECORATIVA |
RÚSTICA |
ZAHORRAS/XXXXXX |
XXXXXX VEGETAL |
Árboles |
Nohales |
Xxxxxxxxxxxx Xxx Xxxxx |
0.000 |
700 |
1.060 |
0 |
0 |
1.060 |
0 |
35 |
Nohales |
Parque entrada |
1.701 |
701 |
1.000 |
0 |
0 |
1.000 |
0 |
12 |
Nohales |
Edificios, plaza, iglesia y otros públicos. |
580 |
0 |
580 |
0 |
0 |
0 |
580 |
22 |
Nohales |
Pista deportiva-fuente |
3.401 |
1 |
3.400 |
0 |
0 |
0 |
3.400 |
2 |
Colliga |
Iglesia |
290 |
0 |
290 |
0 |
0 |
290 |
0 |
9 |
Colliga |
Ayuntamiento |
660 |
0 |
660 |
0 |
0 |
660 |
0 |
20 |
Colliga |
Escuelas |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
3 |
Colliga |
Museo Etnográfico |
120 |
0 |
120 |
0 |
0 |
120 |
0 |
2 |
Colliga |
Entrada desde Xxxx. Xxxxxx |
000 |
|
120 |
|
|
|
120 |
2 |
Colliguilla |
Iglesia y Juegos infantiles |
615 |
|
615 |
|
|
250 |
365 |
15 |
Colliguilla |
Xxxxx xxx xxxxxx |
000 |
|
000 |
|
|
|
000 |
0 |
Xxxxxxxxxxx |
Xxxxxx salud |
40 |
|
40 |
|
|
|
40 |
|
Colliguilla |
Pista polideportiva |
220 |
|
220 |
|
|
|
220 |
24 |
La Xxxxxxx |
Xxxxxxx |
350 |
|
350 |
|
|
100 |
250 |
8 |
La Xxxxxxx |
Urbanización X/ Xxxxxxxxxxx |
000 |
|
000 |
|
|
000 |
000 |
00 |
Xx Xxxxxxx |
C/ del Río |
20 |
|
20 |
|
|
|
20 |
2 |
Mohorte |
Dispersos |
0 |
|
0 |
|
|
|
|
6 |
Mohorte |
Pista polideportiva |
0 |
|
0 |
|
|
|
|
2 |
Mohorte |
Juegos infantiles |
250 |
|
250 |
|
|
250 |
|
6 |
Mohorte |
X/ Xx Xxxxxxx |
000 |
|
100 |
|
|
|
100 |
8 |
Tondos |
Iglesia-Cementerio |
1.000 |
|
1.000 |
|
|
|
1.000 |
25 |
Tondos |
Multiusos "Los Huertos" |
1.750 |
|
1.750 |
|
|
950 |
800 |
25 |
Valdecabras |
Fuente |
165 |
|
165 |
|
|
|
165 |
3 |
Valdecabras |
Zona deportiva |
25 |
|
25 |
|
|
|
25 |
1 |
Valdecabras |
Disperso urbano |
0 |
|
0 |
|
|
|
|
14 |
Valdecabras |
Cementerio |
0 |
|
0 |
|
|
|
|
10 |
Xxxxxxxxxx de los escuderos |
Merendero |
220 |
|
220 |
|
|
|
220 |
8 |
Zona deportiva |
0 |
|
0 |
|
|
|
|
2 |
|
Iglesia |
230 |
|
230 |
|
|
|
230 |
|
|
TOTALES |
14.357 |
1.402 |
12.955 |
0 |
0 |
4.790 |
8.165 |
278 |
|
RESUMEN |
SUPERFICIES |
DISTRIBUCIÓN SUPERFICIE SIN CÉSPED |
LIMPIEZA |
|||||
Cod. |
Ámbito de Actuación |
TOTAL |
CON CÉSPED |
SIN CÉSPED |
PIEDRA DECORATIVA |
RÚSTICA |
ZAHORRAS |
TIERRA VEGETAL |
|
A |
CASCO ANTIGUO |
19.022 |
166 |
18.856 |
247 |
6.335 |
0 |
12.274 |
0 |
B |
ZONA OESTE |
49.454 |
23.955 |
25.499 |
5.080 |
13.614 |
0 |
6.805 |
24.255 |
C |
XXXX XXXXXXXXXX |
70.630 |
45.237 |
25.393 |
0 |
16.199 |
0 |
9.194 |
47.753 |
X |
XXXXXX XXX-XXXXXX XX XXX XXXXXXXXX |
00.000 |
45.545 |
16.423 |
6.122 |
6.757 |
1.034 |
2.110 |
29.335 |
E |
PARQUE EUROPA Y DOS XXXX |
60.146 |
50.223 |
9.923 |
0 |
0 |
1.034 |
8.889 |
39.452 |
F |
SAN XXXXXXXX-XXXXXXXX |
28.500 |
18.619 |
9.881 |
983 |
3.409 |
0 |
5.489 |
17.340 |
X |
XXXXX CATOLICOS-TTE XXXXXXX |
38.911 |
25.693 |
13.218 |
125 |
0 |
0 |
13.093 |
0 |
X |
Xxxxxxxxxx- Fuente del Oro |
70.742 |
15.659 |
55.083 |
0 |
0 |
0 |
55.083 |
21.972 |
|
PEDANÍAS |
14.357 |
1.402 |
12.955 |
0 |
0 |
4.790 |
8.165 |
0 |
TOTALES |
413.730 |
226.499 |
187.231 |
12.557 |
46.314 |
6.858 |
121.102 |
180.107 |
ARBOLADO XXXXXX
XXXXXXXX XXXXXX |
nº árboles |
Arbolado viales y jardineras |
5540 |
A estas zonas habrán de añadirse todas aquellas que, situadas en el entorno, y durante la duración del contrato a que se refiere el presente Pliego, el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, disponga.
ANEXO 3
INDICADORES DEL CONTRATO INTEGRAL DE GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE LIMPIEZA URBANA Y CONSERVACIÓN DE LOS ESPACIOS PÚBLICOS Y ZONAS VERDES.
INTRODUCCION GENERAL
El seguimiento y el control de los resultados de la ejecución de las prestaciones incluidas en el presente contrato para la prestación del servicio de mantenimiento y conservación de parques y jardines, arbolado viario, maceteros y jardineras de varias zonas en el término municipal xx Xxxxxx se realizará por parte de los Servicios Municipales, no solo a través del control de incumplimientos de fracciones puntuales de las prescripciones xxx Xxxxxx, sino mediante la obtención de indicadores de calidad de tipo estadístico y objetivo asociados a los mismos.
Los indicadores de calidad están orientados a medir el resultado final de las operaciones realizadas por la empresa contratista, con el fin de conseguir los objetivos de calidad en la prestación del servicio. Parte de la retribución que recibirá la empresa contratista estará ligada al valor obtenido para cada uno de los indicadores.
En los siguientes epígrafes se determina la posible variación del importe a abonar en función del nivel de calidad obtenido, es decir, del nivel de cumplimiento de los estándares de calidad medidos en cada periodo de muestreo a través de los indicadores definidos, tras la aplicación de los correspondientes descuentos a la base imponible de la certificación.
Para cada indicador se ha definido un estándar de calidad o umbral de alerta, siendo este el valor del indicador por debajo del cual no hay penalización, no produciéndose ningún descuento en la certificación mensual a la que sea de aplicación. Además, también se ha definido un umbral máximo cuyo valor produce el descuento máximo en la certificación. Entre ambos umbrales, se encuentra una zona donde se aplicará un descuento proporcional a la certificación en función del valor que adquiere el indicador en el periodo de cálculo.
Los umbrales de alerta y máximo, así como otros valores de los indicadores del presente contrato se pueden consultar en cuadro anexo.
El sistema de indicadores se complementa con una serie de incumplimientos del contrato o infracciones de tipo puntual, que se especifican en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y que darán lugar a los correspondientes expedientes sancionadores y penalizaciones. Siempre que una medición de un indicador supere un valor máximo que suponga la comisión de una infracción así tipificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y que genera una señalización puntual, será eliminado del cálculo del indicador.
Se considera obligación contractual esencial el deber de no superar el porcentaje del 15% de descuento total en la certificación mensual durante tres meses en un plazo de seis meses.
Cada indicador tendrá un peso diferente, adecuándose a las características intrínsecas del lote.
Como norma general, los indicadores se calculan mensualmente y las detracciones de la certificación mensual podrán afectar hasta a un 20% del valor de la misma, pudiendo incrementarse este porcentaje de descuento de forma variable tal como se explica en apartados posteriores, en casos como:
la reiteración del valor de un indicador durante 3 meses consecutivos o más en el nivel de descuento máximo (región no admisible).
la detección de información incorrecta o no cierta en determinados indicadores cuyo calculo se basa en información facilitada por la empresa (factor o coeficiente de veracidad).
la aplicación de indicadores denominados “de tipo estacional”, que no aplican todos los meses (en cuyo caso la deducción del periodo completo de calculo se aplica al ultimo mes del mismo).
Los umbrales de alerta y máximo de algunos indicadores de conservación y mantenimiento de zonas verdes varían a lo largo del contrato, siendo “umbrales progresivos”, es decir, se exige una determinada calidad al inicio del contrato, adecuada a la situación de la que se parte, y una mayor calidad a medida que el contrato avanza. Estos umbrales progresivos se especifican en el procedimiento de medida de cada indicador.
A la hora de redondear las cifras obtenidas de los cálculos se seguirán los siguientes criterios:
En el cálculo del valor del indicador se utilizará el procedimiento de redondeo matemático a cuatro decimales. Si su aplicación diera lugar al valor 0,0000, siempre se redondearía al alza, empleándose como valor limite el 0,0001.
En el cálculo del valor del descuento a aplicar en cada indicador cuando se aplican factores de corrección, se utilizara el procedimiento de redondeo matemático a seis decimales. Si su aplicación diera lugar al valor 0,000000, se redondearía al alza, empleándose como valor limite el 0,000001.
En este documento se especifican detalladamente los indicadores a aplicar, la metodología de medición y cálculo de cada uno, y la repercusión en los pagos mensuales en caso de incumplimiento por parte de la empresa contratista. Además, se adjunta una tabla resumen con los parámetros más importantes de cada indicador así como su peso en el descuento a aplicar.
En el caso de indicadores cuyo control se realiza sobre muestras seleccionadas de forma aleatoria, el Ayuntamiento podrá seleccionar, atendiendo a sus propios criterios técnicos, hasta un 25% de las mismas.
En ocasiones, para el cálculo de algunos indicadores es imprescindible que la empresa contratista remita cierta información grafica y alfanumérica a los Servicios Municipales, para lo cual debe disponer de determinadas herramientas informáticas o bases de datos que aseguren la obtención de dicha información. Esta información deberá ser facilitada por el adjudicatario desde el inicio del contrato en los formatos y plazos que establezcan los Servicios Municipales, y deberá ser compatible con los sistemas informáticos que el Ayuntamiento tenga o desarrolle para la gestión del presente contrato.
En caso de circunstancias extraordinarias como catástrofes, nevadas y eventos de magnitud extensible a gran parte de la Ciudad o de concentraciones masivas de personas u otras circunstancias que alteren en el ámbito de toda la Ciudad, el Ayuntamiento no aplicará temporalmente los indicadores de calidad en aquellos prestaciones y zonas de la Ciudad que se vean afectados, de acuerdo con los criterios establecidos en dicho apartado.
a. Metodología de normalización para el cálculo de indicadores
La metodología adoptada para el cálculo del descuento a aplicar en función del valor del indicador de calidad es la siguiente:
1. Se comienza definiendo el extremo superior (Es) e inferior (Ei) del indicador (x). Estos dos valores determinan el intervalo o rango de variabilidad (Ri) del indicador (conjunto de valores numéricos que puede tomar).
2. Dentro de este intervalo se definen dos valores:
Umbral de alerta (o estándar de calidad) (Ua) que es el valor del indicador (x) por debajo del cual no hay descuento en la certificación, y que divide el intervalo del rango en dos regiones: Aceptable y No Aceptable.
Umbral máximo (Um), o valor que produce el máximo descuento. Este valor divide a su vez la región No Aceptable del rango en dos regiones, una región de descuento proporcional, que será el intervalo en la cual se produce descuento en certificación de manera proporcional al valor del indicador (x), y la región inadmisible, que será la región donde siempre se descontara el porcentaje máximo y además podrá tener penalizaciones adicionales en determinados indicadores.
3. A efectos de establecer el porcentaje de descuento correspondiente a aplicar para un determinado valor del indicador (variable x) se considera conveniente definir otra variable y = f(x), que transforme el valor del indicador en un valor comprendido entre 0 y 1, de tal forma que de una idea del porcentaje de desviación con respecto al umbral de alerta. Esta formula seria:
y = (x- Ua) / (Um- Ua)
Donde:
Ua es el Umbral de alerta y
Um el Umbral máximo.
Esto permite interpretar la variable “y” como el porcentaje (o tanto por uno) que se desvía respecto del estándar o umbral de alerta. Si se obtiene un 1, será el 100% de desviación. Permite, además, usar directamente este valor en la formula de descuento lineal en la certificación que se indica mas abajo. Cuando el valor del indicador sea inferior al Umbral de alerta (Ua) el valor de “y” será 0, por lo que no existirá descuento; cuando el valor del indicador sea mayor que el
Umbral máximo (Um) el valor de “y” será 1 y se aplicara el descuento máximo, como se indica en la formula de descuento.
4. Para garantizar que la muestra de inspecciones sea suficiente y ofrezca el suficiente nivel de confianza, se define un numero “N” como tamaño mínimo de la muestra. Si los Servicios Municipales realizan un número real de muestras “n”, tal que n ≥ N, se considera que la fiabilidad del muestreo es suficiente para aplicar al 100% el valor de descuento del indicador (Dmax). Pero, en caso de que no se alcance ese mínimo de muestras “N” (es decir, n < N) se corregirá la formula de descuento con el coeficiente “K” de acuerdo a la formula, aplicándose por tanto un descuento menor:
K = √ (n/N) para n < N;
K = 1 para n ≥ N;
La razón de elegir la raíz cuadrada obedece a que la fiabilidad no decrece linealmente con “n” sino con la raíz de “n”.
5. Por tanto, la formula de descuento del indicador en la base imponible de la certificación vendría entonces dada por:
a. Si Ua≥U entonces Di = 0
b. Si Ua < U < Um entonces: Di = Dmax * y * K
c. Si U≥Um entonces Di = Dmax
Dónde:
Dmax es el máximo porcentaje de descuento del indicador.
Di: El descuento calculado a aplicar. Se calculará redondeando a dos cifras decimales.
Para algunos indicadores se establece un factor de corrección V o coeficiente de Veracidad que evalúa la autenticidad de los datos facilitados por la empresa contratista en relación a este indicador, penalizándose todos los datos recogidos incorrectamente. Este factor de corrección V o coeficiente de Veracidad multiplica al descuento a realizar en la certificación, y su cálculo se realiza aplicando la siguiente expresión:
V= 1 + (Nº datos verificados incorrectos: Nº datos verificados totales)
Si el coeficiente de veracidad V fuese inferior a 1,05 en un determinado mes, para la obtención del descuento definitivo se aplicara sobre el descuento calculado el coeficiente de veracidad obtenido.
En caso de que el coeficiente de veracidad V estuviera comprendido entre 1,05 y 1,10 (ambos inclusive), en un determinado mes y el valor del indicador fuera inferior al umbral mínimo (región sin descuento) o se encontrase en la mitad inferior de la región de descuento proporcional, se considerara el descuento equivalente al correspondiente al valor medio del intervalo de descuento proporcional del indicador. Para la obtención del descuento se aplicara, además, el coeficiente de veracidad obtenido. Si el valor del indicador se encontrase en la mitad superior de la región de descuento proporcional, o en la zona de descuento máximo, para la obtención del descuento se aplicara sobre el descuento calculado el coeficiente de veracidad obtenido.
En el caso de que el coeficiente de veracidad supere el valor de 1,10, se considerara el descuento equivalente al valor máximo del intervalo de descuento proporcional del indicador. Para la obtención del descuento se multiplicara además por el coeficiente de veracidad obtenido.
Como criterio general, excepto para los indicadores que se incluyen mas adelante, en caso de que el valor de los indicadores supere el umbral máximo durante tres meses consecutivos (o periodo de medición establecido en caso de no ser mensual), a partir del tercer mes (o periodo de medición), se multiplicara el porcentaje de descuento máximo (Dmax) por un coeficiente, por cada mes de reincidencia en la región no admisible, siguiendo las siguientes indicaciones:
Tercer mes consecutivo en el que se supere el valor del umbral máximo: se multiplica el máximo descuento por 1,1.
Cuarto mes consecutivo en el que se supere el valor del umbral máximo: se multiplica el máximo descuento por 1,5.
Xxxxxx y sexto mes consecutivos en los que se supere el valor del umbral máximo: se multiplica el máximo descuento por 2.
Para los indicadores nº 2 y 13, los anteriores coeficientes serán:
Tercer mes consecutivo en el que se supere el valor del umbral máximo: se multiplica el máximo descuento por 2.
Cuarto mes consecutivo en el que se supere el valor del umbral máximo: se multiplica el máximo descuento por 3.
Xxxxxx y sexto mes consecutivos en los que se supere el valor del umbral máximo: se multiplica el máximo descuento por 4.
En todo caso, la superación del valor del umbral máximo en cualquier indicador mensual durante más de 6 meses en un plazo de 12 meses, se considerara abandono de la actividad, por lo que permitirá la imposición de penalidad muy grave. En ese mes, no seria de aplicación el descuento por indicador.
Para los indicadores, que se miden con frecuencia anual, el incremento en el descuento sobre la certificación del mes de septiembre por reiteración en la Región de descuento máximo, se aplicara desde el segundo año, con los siguientes coeficientes:
Segundo año consecutivo en el que se supere el valor del umbral máximo: se multiplica el máximo descuento por 1,1.
Tercer ano consecutivo en el que se supere el valor del umbral máximo: se multiplica el máximo descuento por 1,5.
Cuarto ano y siguientes consecutivos en los que se supere el valor del umbral máximo: se multiplica el máximo descuento por 2.
b. Modificación de los umbrales de los indicadores.
En determinados casos de discrepancias entre los valores obtenidos de los indicadores y la percepción de las prestaciones, cuando estas discrepancias se produzcan en la mayor parte de las zonas simultáneamente, se podrán reajustar los umbrales de alerta y máximos que determinan el intervalo en el cual se producen deducciones de la certificación. De este modo, se podrían ajustar a la realidad percibida de las prestaciones, sin que esta modificación repercutiera económicamente en el contrato en ningún caso. Estos casos pueden ser:
El indicador de calidad esta adoptando valores aceptables de manera continua y no se aplica deducción en la certificación, y, sin embargo, la percepción de la prestación que mide es mala.
El indicador de calidad esta adoptando valores inadmisibles (en la región de descuento máximo) produciendo un descuento reiterado en la certificación de la empresa contratista y, sin embargo, la percepción de la prestación es buena o aceptable.
Se limita la posibilidad de modificación de los umbrales durante los dos primeros años de aplicación de cada indicador. El porcentaje de modificación de los valores de los umbrales no podrá ser superior a un 30%.
c. Observaciones especificas para los indicadores de limpieza
Con el fin de comprobar la correcta realización de la toma de datos, la empresa contratista podrá realizar junto con el Ayuntamiento y solamente durante el primer trimestre de vigencia del contrato, las mediciones para el cálculo de los indicadores de limpieza xx xxxxxx, alcorques y jardineras, de vaciado de papeleras, de reposición de bolsas en papeleras, de manchas y olores y de limpieza de zonas verdes incluidas. Durante ese primer mes, solo se podrá realizar un máximo de una visita conjunta por semana, y de acuerdo con el procedimiento que el Ayuntamiento establezca.
d. Observaciones especificas para los indicadores de conservación y mantenimiento de zonas verdes
Se realizan las siguientes puntualizaciones para la obtención de los indicadores de conservación y mantenimiento de zonas verdes:
1.- Durante el primer trimestre de implantación de los indicadores, se realizaran visitas conjuntas entre los Servicios Municipales y el Servicio de Control de la empresa contratista, orientadas a establecer los criterios de evaluación de los indicadores. Dichas visitas conjuntas podrán repetirse siempre que así lo estime la Dirección Facultativa.
2.- La muestra sobre la que realizará la empresa contratista el control de indicadores se obtendrá de forma aleatoria. En el caso que la empresa contratista no realice el control de calidad sobre la totalidad de las muestras seleccionadas, exceptuando el caso de inexistencia del elemento seleccionado, o no presente los resultados con la periodicidad y los formatos establecidos, se procederá a imputar el descuento máximo en el indicador correspondiente.
3.- Se aplicara sobre la mayoría de los indicadores un “Factor de corrección por comparación entre muestreos” o el “Coeficiente de Veracidad” a excepción de aquellos indicadores cuya evaluación se realiza exclusivamente por los Servicios Municipales o mediante visitas conjuntas, como son:
Indicador de verificación de la información en zonas verdes
Indicador de limpieza de elementos del sistema xx xxxxx y abastecimiento del agua.
Indicador de estado de elementos del sistema xx xxxxx y abastecimiento de agua.
Sobre dichos factores se aplicara corrigiendo, si fuera necesario, el resultado obtenido a partir de la información facilitada por la empresa.
4.- Los indicadores de conservación y mantenimiento de zonas verdes nº, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, se calculan sobre una muestra mínima obligatoria que debe hacer el adjudicatario en cada sector (el numero de medidas mínimo por lote que se especifica en el Cuadro de “Valores umbral y descuento asociados a los indicadores”). Sobre esa muestra, los Servicios Municipales comprobaran, como mínimo, un 10% para testar la veracidad de la información facilitada por la empresa, y el resultado obtenido del indicador y el descuento a aplicar se afectaran por un “Factor de corrección por comparación entre muestreos” en función de la veracidad comprobada. A efectos del calculo del “Coeficiente de fiabilidad K” antes mencionado, el numero “N” de medidas mínimas a realizar por indicador y lote será el 10% de medidas que realizan los Servicios municipales, y no el que debe hacer la empresa y que aparece en el Cuadro de “Valores umbral y descuento asociados a los indicadores”.
5.- Los indicadores de conservación y mantenimiento de zonas verdes nº 3, 13 se obtienen en gabinete a partir de la información facilitada por la empresa. Los Servicios Municipales verificaran la autenticidad de la información facilitada, al menos en un 10%, aplicándoseles el “Coeficiente de veracidad”.
e. Método de medida para la aplicación del “Factor de corrección por comparación entre muestreos” en los indicadores de conservación y mantenimiento de zonas verdes.
Para dicha corrección, los Servicios Municipales comprobaran en campo la veracidad de la información facilitada por la empresa como resultado de su control de calidad, muestreando al menos un 10% de las unidades o parcelas evaluadas por la empresa contratista en su control de calidad; y, al menos, el 10% de las plantaciones durante el primer, segundo y tercer ano de arraigo.
Se contabilizara para evaluar el “Factor de corrección por comparación entre muestreos” el numero de divergencias en la evaluación de unidades o parcelas de muestreo idénticas donde la empresa haya calificado como “NO” y el Ayuntamiento como “SI”.
Con estos datos se calculará un “Factor de corrección por comparación entre muestreos”. La metodología de aplicación del mismo será similar a la de los indicadores, definiéndose umbrales de alerta y máximo que determinaran las regiones SIN DESCUENTO, de DESCUENTO PROPORCIONAL y DESCUENTO MÁXIMO de dicho factor. Estas regiones indican el nivel de desviación entre la información recogida y facilitada por la empresa contratista en su control de calidad y la información recogida por el Ayuntamiento al evaluar idéntica muestra, pero en ningún caso puede inferirse que la Región del “Factor de corrección por comparación entre muestreos” indique el nivel de calidad de la población para ese indicador.
La muestra verificada en campo por los Servicios Municipales para obtener el “Factor de corrección por comparación entre muestreos” se escogerá aleatoriamente a partir de la población muestreada por la empresa.
e.1. Periodicidad
Se implantara simultáneamente al indicador y con idéntica periodicidad.
e.2. Parámetros del factor de corrección
Los parámetros del factor son los siguientes:
Umbral de alerta 0,05
Umbral máximo 0,10
Nº de medidas optimo Al menos 10%
La aplicación de este factor corrector se realizara sobre el descuento propuesto por la empresa de acuerdo con los siguientes criterios:
-
FACTOR DE CORRECCIÓN POR COMPARACIÓN ENTRE MUESTREOS. DESVIACIÓN ENTRE MUESTREOS
REGIÓN DEL INDICADOR TIPO PROPUESTA POR LA EMPRESA
REGIÓN DEL INDICADOR EFECTIVA A APLICAR
ACEPTABLE
SIN DESCUETO
SIN DESCUETO
DESCUENTO PROPORCIONAL
DESCUENTO PROPORCIONAL
DESCUENTO MÁXIMO
DESCUENTO MÁXIMO
DESCUENTO PROPORCIONAL
SIN DESCUETO
DESCUENTO PROPORCIONAL
DESCUENTO PROPORCIONAL
DESCUENTO MÁXIMO
DESCUENTO MÁXIMO
DESCUENTO MÁXIMO
INADMISIBLE
SIN DESCUETO
DESCUENTO MÁXIMO
DESCUENTO PROPORCIONAL
DESCUENTO MÁXIMO
DESCUENTO MÁXIMO
DESCUENTO MÁXIMO
En el caso de que la Región del indicador efectiva como consecuencia de la aplicación del “Factor de corrección por comparación de muestreos” sea “Descuento proporcional” se imputará el valor medio del intervalo de descuento.
En el caso de que el Factor de corrección por comparación entre muestreos no altere la región del indicador tipo propuesto por la empresa, y este sea “Descuento proporcional”, el descuento aplicable en la certificación será proporcional al valor de medición.
1 INDICADOR DE LIMPIEZA DE ZONAS VERDES O TERRIZAS.
1.1 Objetivo
El indicador tiene por objetivo garantizar la limpieza de aquellas zonas que se quedan fuera de lo considerado acera y calzada o no sean asimilables a aquellas, y cuya superficie sea menor o igual a 1 hectárea. Se consideran zonas verdes, elementos de jardinería, zonas terrizas o pavimentadas, parterres, zonas ajardinadas, o similares, con superficie menor o igual a 1 ha.
1.2 Clasificación de los residuos.
El presente indicador evaluara la existencia de residuos orgánicos e inorgánicos existentes en los puntos de muestreo seleccionados, clasificados en:
Residuos inorgánicos
Los residuos inorgánicos son aquellos residuos inertes y sin olor, no susceptibles de una descomposición rápida.
Según su tamaño, se clasifican en:
MUY PEQUENOS: son residuos de tamaño inferior a una moneda de euro (pequeños envoltorios, papeles, etc.).
PEQUENOS: son residuos de tamaño igual o superior a una moneda de euro e inferior a un paquete de cigarrillos (paquetes de cigarrillos arrugados, tickets de metro, etc.).
MEDIANOS: son residuos de tamaño superior a un paquete de cigarrillos (paquetes de cigarrillos sin arrugar, folletos publicitarios, bolsas de plástico vacías, botellas de plástico llenas o vacías de líquidos…).
Residuos orgánicos
Los residuos orgánicos son restos de basura domiciliaria, alimentos, etc. También se contabilizan aquí restos inorgánicos impregnados de sustancias orgánicas o mojados. En general, son residuos olorosos y con posibilidad de descomposición rápida. Los elementos mojados son susceptibles de una descomposición más rápida que el mismo elemento seco.
Según su tamaño, se clasifican en:
MUY PEQUENOS: son residuos de tamaño inferior a una moneda de euro (pipas, trozos de cáscara de naranja, etc.).
PEQUENOS: son residuos de tamaño igual o superior a una moneda de euro e inferior a una piel de plátano (restos de comida, jeringuillas, preservativos, residuos inorgánicos pequeños manchados significativamente por sustancias orgánicas como kleenex, papel higiénico,…).
MEDIANOS: son residuos de tamaño superior a una piel de plátano (restos de comida, acumulaciones de comida o vómito, residuos medianos inorgánicos manchados significativamente por sustancias orgánicas,…).
* Las hojas de los árboles se consideran como residuos orgánicos únicamente en el caso de haber acumulaciones de las mismas, y se clasifican según el volumen que ocupen: similar a uno o varios residuos medianos, similar a uno o varios residuos grandes, etc.
* Las hojas no se consideran como residuo en el periodo de caída.
* Las colillas se consideran residuos muy pequeños.
1.3 Formula de cálculo
El cálculo del indicador se realizara a partir de la siguiente fórmula polinómica:
I = 0,4. I1 + 0,2. I2 + 0,3. I3 + 0,1. I4
En los puntos de muestreo se verificara la presencia de los incumplimientos que se relacionan a continuación:
- I1. Residuos medianos o grandes: Se considera incumplimiento cuando en el área de muestreo se cumpla alguna de las siguientes condiciones:
la presencia de 5 o más desperdicios de cualquier tipo, de tamaño mediano o superior (elementos extraños, materiales de construcción y basuras).
la presencia de 1 o más puntos negros. A efectos del presente indicador se entiende por punto negro la concentración de restos de cualquier especie que ocupen una superficie superior o igual a 0,25 m2 y 5 cm de altura, o un volumen superior o igual a una bolsa de basura de 20 litros llena.
- I2. Residuos pequeños: Se considera incumplimiento cuando en el area de muestreo se cumpla alguna de las siguientes condiciones:
la presencia de 10 residuos o más de tamaño pequeño.
la concentración de 20 o más residuos de tamaño muy pequeño (colillas, pipas, etc.).
- I3. Excrementos: Se considera incumplimiento la presencia de 3 o más excrementos caninos o similares presentes en el área de muestreo.
- I4. Zonas estanciales: Se considera incumplimiento cuando en el área de muestreo se cumpla alguna de las siguientes condiciones:
la presencia de residuos sólidos de tamaño mediano o superior bajo cualquier banco ubicado en la zona de muestreo.
la presencia de una concentración de 20 o más residuos de tamaño muy pequeño (colillas, pipas, etc.) bajo cualquier banco ubicado en la zona de muestreo o en un área de 1 m de ancho alrededor del mismo.
la presencia de hierbas de altura igual o superior a 15 cm bajo cualquier banco ubicado en la zona de muestreo o en un área de 1 m de ancho alrededor del mismo.
Donde cada uno de los valores I1 a I4 se obtienen como proporción de incumplimientos respecto del número de muestras realizadas (en tanto por uno).
1.4 Método de medida
Este indicador se plantea en base a controles efectuados en las zonas indicadas seleccionadas aleatoriamente.
Si la superficie de la zona verde, terrizo o similar es inferior a 0,5 ha se tomara, como mínimo, una muestra de 100 m2 o, en caso de que sea menor a 100m2, toda la superficie de la zona.
Si la superficie de la zona verde, terrizo o similar es mayor o igual a 0,5 ha se tomaran, como mínimo, dos muestras de 100 m2.
Los Servicios Municipales inspeccionaran estas zonas, seleccionando áreas de
Muestreo de 100 m2 y determinando, dentro de esa superficie, el cumplimiento de los aspectos relativos a los subindicadores I1 a I4.
1.5 Periodicidad
Aplicación en la certificación mensual. Se implantara a partir del segundo mes del contrato, a partir de los datos recogidos en el mes en curso.
2 INDICADOR DE LIMPIEZA DE LOS ELEMENTOS DEL SISTEMA XX XXXXX.
2.1 Objetivo
El Indicador tiene por objetivo comprobar que la empresa contratista realiza la adecuada limpieza de los elementos del sistema xx xxxxx y abastecimiento de agua en zonas verdes y vía publica.
2.2 Fórmula de cálculo
Este Indicador se plantea en base a controles aleatorios efectuados en cada sector, en los que se verificará la presencia de los incumplimientos en los siguientes elementos:
1.- ACOMETIDA
Presencia de lodos o agua en el fondo u objetos extraños en el interior o dificultad en abrir la tapa del contador debido al nivel de suciedad acumulada en las juntas de las tapas o dentro de esta …(I1)
2.-ARQUETAS
Presencia de lodos o agua en el fondo u objetos extraños en su interior o tapa no fácilmente visible. El drenaje de la arqueta no funciona correctamente, estando encharcada… (I2)
3. BOCA XX XXXXX
Presencia de lodos o agua en el fondo u objetos extraños en el interioro dificultad en abrir la tapa del contador debido al nivel de suciedad acumulada en las juntas de las tapas o dentro de esta… (I3)
El cálculo del indicador se realizara a partir de la siguiente fórmula polinómica:
I = 0,33I1+ 0,33I2+ 0,33I3
Donde cada uno de los valores I1 a I3 se obtienen como proporción de incumplimientos (anomalías) de cada aspecto anterior (en tanto por uno) respecto del numero de inspecciones realizadas por sector.
La población sobre la que se realiza el muestreo será la totalidad de los elementos del sistema xx xxxxx y abastecimiento del agua tanto en zonas verdes como en vía pública, tanto de agua regenerada como de agua potable Se atenderá a la hora de definir la población al ámbito del contrato en vigencia según fechas de incorporación.
2.3 Método de medida
El control de calidad se realizará mediante visitas conjuntas de los Servicios Municipales y de la empresa contratista. Se seleccionará de forma aleatoria un punto (con sistema xx xxxxx) a inspeccionar.
Se evaluará la limpieza de la acometida, todas las arquetas y todas las bocas xx xxxxx que se encuentren en dicho tramo de red.
Asimismo serán objeto de evaluación mediante muestreo aleatorio las arquetas, bocas xx xxxxx y acometidas que no den servicio a zonas verdes y se encuentren en la vía pública. Para ello, se seleccionará de forma aleatoria un elemento de la red xx xxxxx a partir del cual se inspeccionarán todos los elementos localizados en los 100 metros de red anteriores y posteriores al elemento seleccionado, tanto del ramal en el que se sitúa dicho elemento como de los ramales que se deriven o acometan a él.
En caso de no encontrarse elementos en ese tramo, se realizará inspección de los primeros elementos encontrados fuera del tramo.
El Servicio Municipal realizará la verificación de los aspectos recogidos en el punto anterior de forma visual de los elementos.
El tamaño mínimo de muestra será de 1 tramo seleccionado por distrito y mes durante el periodo de noviembre x xxxxx, ambos inclusive y de 2 tramos por distrito y quincena durante el periodo xx xxxx a octubre ambos inclusive.
2.4 Periodicidad
Aplicación en la certificación mensual. Se implantará a partir del segundo mes del contrato, a partir de los datos recogidos en el mes en curso.
Los ámbitos de aplicación se ajustarán al calendario de incorporaciones al contrato.
3 INDICADOR DE TIEMPO DE RESPUESTA EN LA EJECUCIÓN DE ÓRDENES EN ZONAS VERDES.
3.1 Objetivo
Conseguir que el 100% de las ejecuciones de las órdenes de trabajo en zonas verdes se realicen en el tiempo prescrito en la misma.
3.2 Formula de cálculo
Se evaluarán la totalidad de las órdenes de trabajo emitidas con fecha límite de ejecución en el mes en curso a partir de la información facilitada por la empresa y/o la información obtenida por los Servicios Municipales.
Se contabilizarán todas las órdenes de trabajo no realizadas y cuyo plazo de ejecución haya vencido. Se excluirán las órdenes de apeo de árboles con peligro inminente cuyo plazo de ejecución es inferior a 48 h y su incumplimiento conllevara una penalización grave.
3.3 Método de medida
Se contrastará mediante un proceso de cálculo informático la fecha límite prevista para la ejecución de las órdenes y la fecha real de ejecución facilitada por la empresa y/o por los Servicios Municipales.
3.4 Periodicidad
Aplicación en la certificación mensual. Se implantará a partir del segundo mes del contrato, a partir de los datos recogidos en el mes en curso.
3.5 Aplicación del “Coeficiente de veracidad”.
Se aplicará el “Coeficiente de veracidad”.
3.6 Tamaño mínimo de muestra para la evaluación del indicador.
Se evaluarán la totalidad de las órdenes de trabajo emitidas con fecha límite de ejecución en el mes en curso.
4 INDICADOR DE PRESENCIA DE MALAS HIERBAS.
4.1 Objetivo
Evitar la presencia de malas hierbas en terrizos, macizos arbustivos y florales, bordes, setos, y resto de superficies.
4.2 Fórmula de cálculo
El parámetro a evaluar será la presencia de malas hierbas con una altura superior a 5 cm o que cubran más del 10% de la parcela de muestreo.
4.3 Método de medida
El indicador se obtiene a partir de los valores puntuales del parámetro evaluado sobre el terreno en la muestra seleccionada.
La población de muestreo se obtendrá a partir de los registros en conservación con presencia de terrizos o superficies granulares. La superficie máxima a evaluar en cada parcela de muestreo es de 100 m². La población de muestreo estará formada por parcelas que se definirán tomando completos aquellos registros cuya superficie sea inferior a 100 m² y dividiendo en parcelas según una malla cuadrada con superficie máxima de luz de 100 m² los que sean mayores que esta superficie. Entre todas las parcelas así definidas se elegirán las parcelas de muestreo de forma aleatoria, asegurando la máxima variabilidad de tipologías. La muestra se aplicará sobre todos los terrizos y pavimentos granulares en conservación municipal, siempre que no haya una comunicación previa de la empresa al Ayuntamiento en la que se manifieste una situación excepcional y esta circunstancia sea aceptada por el Ayuntamiento.
El Ayuntamiento seleccionará y comunicará periódicamente a la empresa, las parcelas de muestreo para el estudio del indicador. Esta será la encargada de realizar con sus propios medios la toma de datos La toma de datos podrá distribuirse a lo largo de todas las semanas del mes y a lo largo de todos los días laborables de la semana según la planificación establecida por el Ayuntamiento.
La empresa facilitará los resultados del control de calidad, en el formato que estimen los Servicios Municipales y con una periodicidad diaria.
4.4 Periodicidad
Aplicación en la certificación mensual a partir de los datos recogidos en el mes en curso. Se implantara a partir del segundo mes del contrato.
4.5 Parámetros del indicador
El umbral final de alerta y el umbral final máximo sufren modificaciones en los primeros meses de aplicación, como resultado de aplicar los coeficientes de umbrales progresivos correspondientes.
-
Coeficiente sobre umbral de alerta
Coeficiente sobre umbral máximo
1er Trimestre
2
1,5
4º mes
1,5
1,25
5º mes y sucesivos
1
1
4.6 Aplicación del “Factor de corrección por comparación entre muestreos”.
Se aplicara el “Factor de corrección por comparación entre muestreos”.
4.7 Tamaño mínimo de muestra para la evaluación del indicador.
El número de parcelas a muestrear mensualmente por la empresa ira modificándose a lo largo del contrato al ir actualizándose la superficie a conservar.
De forma orientativa, el tamaño mínimo de muestra estimada por sector de 5 parcelas de muestreo mensual.
5 INDICADOR DE ALTURA Y PERFIL XX XXXXXXXX.
5.1 Objetivo.
Conseguir una superficie encespedada con una altura adecuada y contornos bien definidos.
5.2 Fórmula de cálculo.
El parámetro a evaluar será parcelas de muestreo con altura inferior a 3 cm o superior a 12 cm y/o contornos irregulares o sin recortar que invadan superficies aledañas de forma reiterada.
5.3 Método de medida.
El indicador se obtiene a partir de los valores puntuales del parámetro evaluado sobre el terreno en la muestra seleccionada.
La población de muestreo se obtendrá a partir de los registros en conservación con presencia de superficies encespedadas. La superficie máxima a evaluar en cada parcela de muestreo es de 100 m². La población de muestreo estará formada por parcelas que se definirán tomando completos aquellos registros cuya superficie sea inferior a 100 m² y dividiendo en parcelas según una malla cuadrada con superficie máxima de luz de 100 m² los que sean mayores que esta superficie. Entre todas las parcelas así definidas se elegirán las parcelas de muestreo de forma aleatoria, asegurando la máxima variabilidad de tipologías. La muestra se aplicará sobre todas las superficies encespedadas en conservación municipal, siempre que no haya una comunicación previa de la empresa al Ayuntamiento en la que se manifieste una situación excepcional y esta circunstancia sea aceptada por el Ayuntamiento.
El Ayuntamiento seleccionará y comunicará periódicamente a la empresa, las parcelas de muestreo para el estudio del indicador. Esta será la encargada de realizar con sus propios medios la toma de datos La toma de datos podrá distribuirse a lo largo de todas las semanas del mes y a lo largo de todos los días laborables de la semana según la planificación establecida por el Ayuntamiento.
La empresa facilitará los resultados del control de calidad, en el formato que estimen los Servicios Municipales y con una periodicidad diaria.
5.4 Periodicidad.
Aplicación en la certificación mensual a partir de los datos recogidos en el mes en curso. Se implantara a partir del segundo mes del contrato.
5.5 Parámetros del indicador.
El umbral final de alerta y el umbral final máximo sufren modificaciones en los primeros meses de aplicación, como resultado de aplicar los coeficientes de umbrales progresivos correspondientes.
-
Coeficiente sobre umbral de alerta
Coeficiente sobre umbral máximo
1er y 2º mes
1,5
1
3er mes y siguientes
1
1
5.6 Aplicación del “Factor de corrección por comparación entre muestreos”.
Se aplicara el “Factor de corrección por comparación entre muestreos”.
5.7 Tamaño mínimo de muestra para la evaluación del indicador.
El número de parcelas a muestrear mensualmente por la empresa irá modificándose a lo largo del contrato al ir actualizándose la superficie a conservar.
De forma orientativa, el tamaño mínimo de muestra estimada por sector es de 5 parcelas de muestreo mensual.
6 INDICADOR DE RECUBRIMIENTO, HOMOGENEIDAD Y REGULARIDAD EN LAS SUPERFICIES ENCESPEDADAS.
6.1 Objetivo.
Conseguir una superficie cespitosa homogéneamente cubierta y con el terreno nivelado.
6.2 Fórmula de cálculo.
El parámetro a evaluar será parcelas de muestreo con más del 15% de su superficie sin cubrir o con presencia de irregularidades en el terreno.
6.3 Método de medida.
El indicador se obtiene a partir de los valores puntuales del parámetro evaluado sobre el terreno en la muestra seleccionada.
La población de muestreo se obtendrá a partir de los registros en conservación con presencia de superficies encespedadas. La superficie máxima a evaluar en cada parcela de muestreo es de 100 m². La población de muestreo estará formada por parcelas que se definirán tomando completos aquellos registros cuya superficie sea inferior a 100 m² y dividiendo en parcelas según una malla cuadrada con superficie máxima de luz de 100 m² los que sean mayores que esta superficie. Entre todas las parcelas así definidas se elegirán las parcelas de muestreo de forma aleatoria, asegurando la máxima variabilidad de tipologías. La muestra se aplicará sobre todas las superficies encespedadas en conservación municipal, siempre que no haya una comunicación previa de la empresa al Ayuntamiento en la que se manifieste una situación excepcional y esta circunstancia sea aceptada por el Ayuntamiento.
El Ayuntamiento seleccionará y comunicará periódicamente a la empresa, las parcelas de muestreo para el estudio del indicador. Esta será la encargada de realizar con sus propios medios la toma de datos.
La toma de datos podrá distribuirse a lo largo de todas las semanas del mes y a lo largo de todos los días laborables de la semana según la planificación establecida por el Ayuntamiento.
La empresa facilitara los resultados del control de calidad, en el formato que estimen los Servicios Municipales y con una periodicidad diaria.
6.4 Periodicidad
Aplicación en la certificación mensual a partir de los datos recogidos en el mes en curso. Se implantará a partir del segundo mes del contrato.
6.5 Parámetros del indicador.
El umbral final de alerta y el umbral final máximo sufren modificaciones en los primeros meses de aplicación, como resultado de aplicar los coeficientes de umbrales progresivos correspondientes.
-
Coeficiente sobre umbral de alerta
Coeficiente sobre umbral máximo
1er Semestre
2
1,5
2º mes
1,5
1,25
2º año y siguientes
1
1
6.6 Aplicación del “Factor de corrección por comparación entre muestreos”.
Se aplicará el “Factor de corrección por comparación entre muestreos”.
6.7 Tamaño mínimo de muestra para la evaluación del indicador.
El número de parcelas a muestrear mensualmente por la empresa irá modificándose a lo largo del contrato al ir actualizándose la superficie a conservar.
De forma orientativa, el tamaño mínimo de muestra estimada por sector es de 5 parcelas de muestreo mensual.
7 INDICADOR DE ÁRBOLES SIN RAMAS SECAS, ROTAS O MAL FORMADAS.
7.1 Objetivo.
Conseguir un adecuado desarrollo de los árboles y mejorar su salubridad y estructura.
7.2 Fórmula de cálculo.
El parámetro a evaluar será número de árboles con más del 10% de la copa con ramas secas, rotas o mal formadas siempre que no presenten peligro para los ciudadanos.
Se considerará rama seca aquella que presente más de un 20% de su longitud con sistema foliar seco.
7.3 Método de medida.
El indicador se obtiene a partir de los valores puntuales del parámetro evaluado sobre el terreno en la muestra seleccionada.
La población de muestreo se obtendrá a partir de los árboles tanto en zonas verdes como arbolado viario, excluyendo los árboles de zonas forestales (según clasificación SIG) en conservación. Entre todos los árboles así definidos se elegirán las unidades de muestreo de forma aleatoria, asegurando la máxima variabilidad de tipologías. La muestra se aplicará sobre todas las unidades arbóreas en conservación municipal excluyendo las zonas forestales (clasificación SIG), siempre que no haya una comunicación previa de la empresa al Ayuntamiento en la que se manifieste una situación excepcional y esta circunstancia sea aceptada por el Ayuntamiento.
El Ayuntamiento seleccionará y comunicará periódicamente a la empresa, las unidades de muestreo para el estudio del indicador. Esta será la encargada de realizar con sus propios medios la toma de datos.
La población sobre la que se realizará el muestreo durante los meses invernales serán los árboles de hoja perenne, mientras que en el resto de meses la población inicial será la totalidad de los árboles en conservación.
La toma de datos podrá distribuirse a lo largo de todas las semanas del mes y a lo largo de todos los días laborables de la semana según la planificación establecida por el Ayuntamiento.
La empresa facilitará los resultados del control de calidad, en el formato que estimen los Servicios Municipales y con una periodicidad diaria.
7.4 Periodicidad.
Aplicación en la certificación mensual a partir de los datos recogidos en el mes en curso. Se implantará a partir del segundo mes del contrato.
7.5 Parámetros del indicador.
El umbral final de alerta y el umbral final máximo sufren modificaciones en los primeros anos de aplicación, como resultado de aplicar los coeficientes de umbrales progresivos correspondientes.
-
Coeficiente sobre umbral de alerta
Coeficiente sobre umbral máximo
1er Semestre
2
1,5
2º mes
1,5
1,25
2º año y siguientes
1
1
7.6 Aplicación del “Factor de corrección por comparación entre muestreos”.
Se aplicara el “Factor de corrección por comparación entre muestreos”.
7.7 Tamaño mínimo de muestra para la evaluación del indicador.
El número de parcelas a muestrear mensualmente por la empresa irá modificándose a lo largo del contrato al ir actualizándose la superficie a conservar.
De forma orientativa, el tamaño mínimo de muestra estimada por sector es de 5 parcelas de muestreo mensual.
8 INDICADOR DE PELIGROSIDAD DEL ARBOLADO.
8.1 Objetivo.
Eliminar riesgo de presencia de arbolado peligroso en parte o en su totalidad.
8.2 Fórmula de cálculo.
El parámetro a evaluar será número de árboles con presencia de ramas tronchadas o muertas o árboles con problemas estructurales (inclinación superior a 45º, abombamientos del terreno, pudriciones elevadas en la xxxx o el punto de inserción de ramas, grietas profundas con mayor significación en anchura que en longitud…) que presenten peligro para los ciudadanos.
El ámbito de aplicación del presente indicador son todos los árboles excluyendo aquellos cuya solicitud de apeo por peligrosidad haya sido comunicada a los Servicios Municipales para su valoración.
Se excluirán de la población de muestreo los árboles recién plantados y jóvenes por carecer de peligro.
8.3 Método de medida.
El indicador se obtiene a partir de los valores puntuales del parámetro evaluado sobre el terreno en la muestra seleccionada.
La población de muestreo se obtendrá a partir de los árboles tanto en zonas verdes como arbolado viario en conservación, excluyendo los árboles recién plantados y jóvenes. Entre todos los árboles así definidos se elegirán las unidades de muestreo de forma aleatoria, asegurando la máxima variabilidad de tipologías. La muestra se aplicará sobre todas las unidades arbóreas en conservación municipal excluyendo los recién plantados y jóvenes, y siempre que no haya una comunicación previa de la empresa al Ayuntamiento en la que se manifieste su solicitud de tala por peligrosidad.
El Ayuntamiento seleccionará y comunicará periódicamente a la empresa, las unidades de muestreo para el estudio del indicador. Esta será la encargada de realizar con sus propios medios la toma de datos
La toma de datos podrá distribuirse a lo largo de todas las semanas del mes y a lo largo de todos los días laborables de la semana según la planificación establecida por el Ayuntamiento.
La empresa facilitará los resultados del control de calidad, en el formato que estimen los Servicios Municipales y con una periodicidad diaria.
Aplicación en la certificación mensual. Se implantará a partir del segundo mes del contrato, a partir de los datos recogidos en el mes en curso.
8.4 Periodicidad.
Aplicación en la certificación mensual a partir de los datos recogidos en el mes en curso. Se implantará a partir del segundo mes del contrato.
8.5 Parámetros del indicador.
El umbral final de alerta y el umbral final máximo sufren modificaciones en los primeros meses de aplicación, como resultado de aplicar los coeficientes de umbrales progresivos correspondientes.
-
Coeficiente sobre umbral de alerta
Coeficiente sobre umbral máximo
1er Trimestre
2
1,5
4º mes
1,5
1,25
5º mes y sucesivos
1
1
8.6 Aplicación del “Factor de corrección por comparación entre muestreos”.
Se aplicará el “Factor de corrección por comparación entre muestreos”.
8.7 Tamaño mínimo de muestra para la evaluación del indicador.
El número de parcelas a muestrear mensualmente por la empresa ira modificándose a lo largo del contrato al ir actualizándose la superficie a conservar.
De forma orientativa, el tamaño mínimo de muestra estimada por sector es de 5 parcelas de muestreo mensual.
9 INDICADOR DE ADECUACIÓN DE PODA DE RECORTE EN MACIZOX ARBUSTIVOS, SETOS, BORDURAS Y TAPIZANTES.
9.1 Objetivo.
Conseguir un adecuado desarrollo de los macizos arbustivos, setos, borduras y tapizantes evitando la presencia de ramas secas, rotas o mal formadas y conservando la geometría del macizo.
9.2 Fórmula de cálculo.
El parámetro a evaluar será parcelas de muestreo con presencia de ramas secas, rotas o malformadas y/o pérdida de la geometría del macizo.
9.3 Método de medida.
El indicador se obtiene a partir de los valores puntuales del parámetro evaluado sobre el terreno en la muestra seleccionada.
La población de muestreo se obtendrá a partir de los registros en conservación con presencia de macizos arbustivos, setos, borduras y tapizantes. La superficie máxima a evaluar en cada parcela de muestreo es de 100 m². La población de muestreo estará formada por parcelas que se definirán tomando completos aquellos registros cuya superficie sea inferior a 100 m² y dividiendo en parcelas según una malla cuadrada con superficie máxima de luz de 100 m² los que sean mayores que esta superficie. Entre todas las parcelas así definidas se elegirán las parcelas de muestreo de forma aleatoria, asegurando la máxima variabilidad de tipologías. La muestra se aplicará sobre todas las superficies con macizos arbustivos, setos, borduras y tapizantes en conservación municipal, siempre que no haya una comunicación previa de la empresa al Ayuntamiento en la que se manifieste una situación excepcional y esta circunstancia sea aceptada por el Ayuntamiento.
El Ayuntamiento seleccionará y comunicará periódicamente a la empresa, las parcelas de muestreo para el estudio del indicador. Esta será la encargada de realizar con sus propios medios la toma de datos.
La toma de datos podrá distribuirse a lo largo de todas las semanas del mes y a lo largo de todos los días laborables de la semana según la planificación establecida por el Ayuntamiento.
La empresa facilitará los resultados del control de calidad, en el formato que estimen los Servicios Municipales y con una periodicidad diaria.
9.4 Periodicidad.
Aplicación en la certificación mensual a partir de los datos recogidos en el mes en curso. Se implantará a partir del segundo mes del contrato.
9.5 Parámetros del indicador.
El umbral final de alerta y el umbral final máximo sufren modificaciones en los primeros meses de aplicación, como resultado de aplicar los coeficientes de umbrales progresivos correspondientes.
-
Coeficiente sobre umbral de alerta
Coeficiente sobre umbral máximo
1er Trimestre
2
1,5
4º mes
1,5
1,25
5º mes y sucesivos
1
1
9.6 Aplicación del “Factor de corrección por comparación entre muestreos”.
Se aplicará el “Factor de corrección por comparación entre muestreos”.
9.7 Tamaño mínimo de muestra para la evaluación del indicador.
El número de parcelas a muestrear mensualmente por la empresa irá modificándose a lo largo del contrato al ir actualizándose la superficie a conservar.
De forma orientativa, el tamaño mínimo de muestra estimada por sector es de 5 parcelas de muestreo mensual.
10 INDICADOR DE VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN EN ZONAS VERDES.
10.1 Objetivo.
Comprobación de la veracidad de la información sobre las ejecuciones realizadas por la empresa y facilitadas a través de cualquier sistema informático u otro medio en zonas verdes.
10.2 Fórmula de cálculo.
El parámetro a evaluar serán los programas no realizados o realizados parcialmente y cuya ejecución haya sido informada por la empresa al Ayuntamiento a través de cualquier sistema informático o cualquier otro medio que se estime por los Servicios Municipales.
10.3 Método de medida.
El indicador se obtiene a partir del parámetro evaluado sobre el terreno en la muestra seleccionada.
Los Servicios Municipales evaluarán al menos el 10% de los programas ejecutados y comunicados al Ayuntamiento. En el mes en curso. Podrán elegir el número de labores y las labores concretas sobre las que se obtiene la muestra.
Se considerarán parcialmente ejecutados aquellos programas cuyo ámbito de ejecución en la realidad no coincida estrictamente con el comunicado al Ayuntamiento, o cuya ejecución no haya sido concluida.
Dado que la información sobre las ejecuciones realizadas se facilitará por la empresa a semana vencida, las comprobaciones municipales se verificarán al menos en la semana siguiente a su realización.
10.4 Periodicidad.
Aplicación en la certificación mensual. Se implantará a partir del tercer mes del inicio del contrato.
11 INDICADOR DE TIEMPO DE RESPUESTA EN LA RESOLUCIÓN DE AVERÍAS DE LA RED XX XXXXX.
11.1 Objetivo.
Conseguir que el 100% de las averías de la red xx xxxxx, registradas en el sistema de control de avisos y peticiones de que disponga el Ayuntamiento, se resuelvan en menos de 48 horas.
11.2 Fórmula de cálculo.
Se evaluarán la totalidad de averías en la red e hidrantes xx xxxxx registradas en el sistema de control de avisos y peticiones que disponga el Ayuntamiento, cuya fecha limite de resolución se encuentre dentro del mes en curso, a excepción de aquellas que a criterio de los Servicios Municipales y tras comunicación de la empresa necesite un consumible o la complejidad en su resolución requiera de un mayor plazo.
11.3 Método de medida.
Se contrastará mediante un proceso de cálculo la fecha límite de resolución de las averías registradas en el sistema de control de avisos y peticiones y la fecha real de ejecución facilitada por la empresa y/o por los Servicios Municipales.
11.4 Periodicidad.
Aplicación en la certificación mensual. En el caso de averías en la red e hidrantes xx xxxxx, en zonas verdes, este indicador se aplicará a partir de la implantación de las necesarias adaptaciones en el sistema de control de avisos y peticiones del Ayuntamiento.
11.5 Aplicación del “Coeficiente de veracidad”.
Se aplicará el “Coeficiente de veracidad”.
11.6 Tamaño mínimo de muestra para la evaluación del indicador.
Se evaluarán la totalidad de averías en la red e hidrantes xx xxxxx registradas en el sistema de control de avisos y peticiones de que disponga el Ayuntamiento cuya fecha limite de resolución se encuentre dentro del mes en curso, a excepción de aquellas que a criterio de los Servicios Municipales y tras comunicación de la empresa necesite un consumible o la complejidad en su resolución requiera de un mayor plazo.
12 INDICADOR DEL ESTADO DE LOS ELEMENTOS DEL SISTEMA XX XXXXX Y ABASTECIMIENTO DEL AGUA.
13.1 Objetivo.
El Indicador tiene por objetivo comprobar que la empresa contratista realiza el adecuado mantenimiento de los elementos del sistema xx xxxxx y abastecimiento del agua en zonas verdes y vía pública, asegurando su correcto funcionamiento.
12.2 Fórmula de cálculo.
Este Indicador se plantea en base a controles aleatorios efectuados en cada lote, en los que se verificará la presencia de los incumplimientos en los siguientes elementos:
1.- ACOMETIDA.
Mal funcionamiento del drenaje con arqueta anegada o marco hundido, oxidado o roto, tapa xx xxxxxxx o puerta oxidada, bisagras o cerraduras deterioradas, tapa rota, deformada o mal colocada, perdidas en las uniones a partir del contador …(I1)
2.-ARQUETAS.
Xxxxxx desprendidos o tapas mal colocadas o sin asegurar con tornillos, tapas hundidas o levantadas respecto al terreno, filtros sucios, fugas en las uniones posteriores de la electroválvula, el programador autónomo no esta fijado y se moja, las conexiones eléctricas no están aisladas correctamente…. (I2)
3. BOCA XX XXXXX.
Boca xx xxxxx cubierta o no localizable, tapas rotas o mal ajustadas, perdidas de agua, hundidas o levantadas respecto al pavimento. ….(I3)
4.- PROGRAMADOR XX XXXXX.
Indicio de falta de control del programador, la hora del programador no es correcta, el programa introducido no corresponde con el previsto, no funciona correctamente una o más estaciones del programador, la batería del mantenimiento de memoria del programador central o la de alimentación de un programador autónomo esta agotada. ….(I4)
5.- SECTOR XX XXXXX: ESTACIONES Y EMISORES
Más del 5% de los emisores de la parcela muestreada están rotos o no funcionan correctamente o más del 20% de los emisores de la parcela muestreada no tienen la boquilla adecuada al sector que cubren.. ….(I5)
El cálculo del indicador en zonas verdes se realizara a partir de la siguiente fórmula polinómica:
Io = 0,1I1 +0,3I2+0,15I3+0,25I4+0,2I5
Donde cada uno de los valores I1 a I5 se obtienen como proporción de incumplimientos (anomalías) de cada aspecto anterior (en tanto por uno) respecto del numero de inspecciones realizadas por lote.
El cálculo del indicador en vía pública se realizara a partir de la siguiente fórmula polinómica:
Io = 0,4 I1+0,3 I2+0,3I3
La población sobre la que se realiza el muestreo será la totalidad de los elementos del sistema xx xxxxx y abastecimiento de agua tanto en zonas verdes como en vía pública, tanto de agua regenerada como de agua potable. Se atenderá a la hora de definir la población, al ámbito del contrato en vigencia según fechas de incorporación.
12.3 Método de medida.
El control de calidad se realizará mediante visitas conjuntas del personal municipal y de la empresa contratista.
Se seleccionará de forma aleatoria un punto de una zona verde (con sistema xx xxxxx), definiéndose la parcela de muestreo como un buffer respecto al punto elegido de radio 25 m. Se evaluará el estado de los emisores incluidos en dicha parcela y todas las arquetas, todos los programadores, todas las bocas xx xxxxx y acometidas que se encuentren en dicho tramo de red.
Asimismo serán objeto de evaluación mediante muestreo aleatorio las arquetas, bocas xx xxxxx y acometidas que no den servicio a zonas verdes y se encuentren en la vía pública. Para ello, se seleccionará de forma aleatoria un elemento de la red xx xxxxx a partir del cual se inspeccionarán todos los elementos localizados en los 250 metros de red anteriores y posteriores al elemento seleccionado, tanto del ramal en el que se sitúa dicho elemento como de los ramales que se deriven o acometan a él.
En caso de no encontrarse elementos en ese tramo, se realizará inspección los primeros elementos encontrados fuera del tramo.
Los Servicios Municipales realizarán la verificación de los aspectos recogidos en el punto anterior de forma visual.
El tamaño mínimo de muestra será de 1 tramo seleccionado por distrito y mes durante el periodo de noviembre x xxxxx, ambos inclusive, y de 2 tramos por distrito y quincena durante el periodo xx xxxx a octubre ambos inclusive.
12.4 Periodicidad.
Aplicación en la certificación mensual a partir de los datos recogidos en el mes en curso. Se implantará a partir del segundo mes del contrato.
Los ámbitos de aplicación se ajustarán al calendario de incorporaciones al contrato.
13 INDICADOR DE CONSERVACION DEL ESTADO DE ARENA DE LAS AREAS INFANTILES.
13.1 Objetivo.
Este Indicador tiene por objeto garantizar que la arena de las áreas infantiles se mantiene en un estado adecuado de seguridad y salubridad.
13.2 Fórmula de cálculo.
Este Indicador se obtiene a partir de los valores puntuales de los diferentes parámetros evaluados sobre el terreno en la muestra seleccionada. Se plantea en base a controles efectuados tras la prestación del servicio en los que se verificará el estado de la arena de las áreas infantiles con los parámetros que se relacionan a continuación, indicándose el valor porcentual de cada aspecto en el peso del indicador:
Presencia de malas hierbas (I1) ......................................................10%
Arena sin extender fuera de las áreas de seguridad (I2) ..................10%
Arena sin extender en las áreas de seguridad y/o falta de arena en los areneros de juego (I3).......................................................................10%
Falta de arena, presencia de huecos o partes de suelo compactadas (I4) ...20%
Afloramiento de piedras, cascotes, etc. en cualquier parte del área (I5)...25%.
Movimiento de la arena de las áreas infantiles según planning previsto (I1)
.............25%
El cálculo del Indicador de conservación del estado de la arena de las áreas infantiles se efectuará aplicando la siguiente expresión polinómica:
Iarena = 0,1.I1 + 0,1.I2 + 0,1.I3 + 0,2.I4+ 0,25.I5 + I6
Donde cada uno de los valores Ii se obtienen como proporción de anomalías (en tanto por uno) detectadas en el aspecto i respecto al número de inspecciones totales.
13.3 Método de medida.
Se visitarán al menos el 5% de las áreas infantiles con pavimento de arena incluidas en el ámbito territorial del contrato (contemplando todos los distritos de la zona), comprobándose el estado en el que se encuentra la arena de las mismas. En cada muestra se tendrá en consideración toda la superficie del área infantil. Se comprobará la presencia/ausencia del conjunto de incumplimientos que componen el Indicador anteriormente indicado.
Para la cumplimentación de los datos se marcará uno, varios o ninguno de los incumplimientos siguientes:
Presencia de malas hierbas: se considerará este incumplimiento en caso de que en la superficie del área infantil se observe la presencia de malas hierbas.
Arena sin extender fuera de las áreas de seguridad: se considerará este incumplimiento en caso de que en el área infantil se observe que en la superficie de la misma, fuera de las áreas de seguridad de los elementos que la componen, la arena no se encuentre suficientemente extendida.
Arena sin extender en las áreas de seguridad y/o falta de arena en los areneros de juego: se considerará este incumplimiento en caso de que en el área infantil se observe que en las áreas de seguridad de los elementos la arena no se encuentre suficientemente extendida ni uniforme, especialmente en la salida de los toboganes, bajo los columpios y bajo los elementos de juego giratorios.
También se considerará este incumplimiento en caso de que falte arena en los areneros de juego de las áreas que tengan instalado este tipo de elemento.
Falta de arena, presencia de huecos o partes de suelo compactadas: se considerará este incumplimiento en caso de que en la superficie del área infantil (en cualquier parte de la misma) se observe que falta arena, existen huecos o irregularidades en la misma, o la arena se encuentre compactada.
Afloramiento de piedras, cascotes, etc. en cualquier parte del área: se considerará este incumplimiento en caso de que en la superficie del área infantil (en cualquier parte de la misma) se observe que afloran piedras, cascotes o cualquier otro tipo de elemento sobre la superficie.
Movimiento de la arena de las áreas infantiles según planning: se considerará este incumplimiento en caso de que se observe que no se ha producido el movimiento de la arena en el periodo previsto.
Observaciones: se detallarán las causas que llevan al Servicio Municipal a marcar el incumplimiento.
Observaciones: se detallarán las causas que llevan al Servicio Municipal a marcar un incumplimiento. Por ejemplo si se ha detectado el incumplimiento “Arena sin extender en las áreas de seguridad y/o falta de arena en los areneros de juego”, en observaciones se indicarán los elementos del área que presentan la deficiencia.
13.4 Periodicidad.
Aplicación en la certificación mensual a partir de los datos recogidos en el mes en curso. Se implantará a partir del segundo mes del contrato.
14 INDICADOR DE SATISFACCION CIUDADANA.
14.1 Objetivo.
El objeto del presente indicador es la medición de la evolución de las quejas presentadas por los ciudadanos, para conocer la percepción de la calidad de la prestación del servicio mediante el número de quejas presentadas asociadas a una deficiente prestación del servicio.
14.2 Fórmula de cálculo.
Desde los Servicios Municipales, se realizará una clasificación de las quejas recibidas de particulares a través de los medios que disponga el Ayuntamiento.
Se llevará un registro mensual que permita conocer su evolución a lo largo del tiempo, y la percepción de los ciudadanos respecto de la prestación realizada.
14.3 Método de medida.
Se comparará el número de quejas recibidas en referencia a las prestaciones incluidas en este contrato, en un trimestre con el mismo trimestre del año anterior.
Durante el primer año del contrato se recogerán las quejas del máximo número de meses disponibles.
La fórmula de cálculo será:
I1= (Qtaa – Qtac)/ Qtaa
Qtaa: Nº quejas del trimestre del año anterior.
Qtac; Nº quejas del trimestre del año en curso.
Si el numero de quejas del trimestre del año en curso en inferior al numero de quejas del trimestre del año anterior I1=0
14.4 Periodicidad
Aplicación en la certificación mensual de los meses xx xxxxx, junio, septiembre y diciembre. Se implantará a partir del cuarto mes del contrato, a partir de los datos recogidos en el trimestre anterior.
ANEXO 4
PLANTILLA DE PERSONAL DE LA CONTRATA ACTUAL.
-
Nº
Antigüedad
Tipo Contrato
Categoría Laboral
1
03/11/1997
100
Oficial Cond./Oficial Jard.
2
03/11/1997
100
Oficial Cond./Oficial Jard.
3
02/08/1999
100
Oficial Cond./Oficial Jard.
4
12/04/2000
109
Oficial Cond./Oficial Jard.
5
01/11/2002
100
Auxiliar Jardinería
6
03/06/2002
189
Jardinero
7
05/11/2012
189
Jardinero
8
02/04/2012
189
Jardinero
9
01/11/2002
100
Auxiliar Jardinería
10
01/11/2002
100
Auxiliar Jardinería
11
01/11/2002
100
Oficial Cond./Oficial Jard.
12
01/11/2002
189
Jardinero
13
13/12/2005
189
Auxiliar Jardinería
14
21/10/2014
189
Jardinero
115