PLAZO DE DURACIÓN DEL ARRENDAMIENTO Cláusulas de Ejemplo

PLAZO DE DURACIÓN DEL ARRENDAMIENTO. El contrato tendrá una duración de CUATRO AÑOS desde la formalización en documento administrativo. Por otra parte, en caso de que el Ayuntamiento deje de necesitar las instalaciones para los fines propios de este contrato, se procederá a la resolución voluntaria del arrendamiento.
PLAZO DE DURACIÓN DEL ARRENDAMIENTO. El plazo de duración del presente contrato será de UN AÑO, a contar el día __ de __ de 201_, y hasta el día __ de __ 201_. Llegado el día del vencimiento del contrato, este se prorrogará obligatoriamente por períodos anuales y hasta alcanzar una duración mínima de cinco años, salvo que los arrendatarios manifiesten a la arrendadora, con treinta días de antelación como mínimo, la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prorrogas y su voluntad de no renovarlo.
PLAZO DE DURACIÓN DEL ARRENDAMIENTO. La duración del arrendamiento será de cuatro años a contar desde la formalización del contrato.
PLAZO DE DURACIÓN DEL ARRENDAMIENTO. El plazo de duración del contrato de arrendamiento será de 20 años a contar desde la fecha de puesta en funcionamiento de la actividad. El adjudicatario deberá presentar, en el plazo máximo de 2 meses, a contar desde la fecha de formalización del arrendamiento, el proyecto necesario para obtener la autorización prevista en el artículo 10 de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos. El plazo máximo para la ejecución de las obras será de 6 meses, a contar desde los 3 meses siguientes a la presentación del proyecto o desde la fecha de la comunicación de la resolución municipal en la que se determinan los requisitos o condicionamientos técnicos a que se refiere el apartado 2 de este artículo. Transcurrido el plazo de duración del arrendamiento, las obras y las instalaciones revertirán al Ayuntamiento de Valencia, sin indemnización alguna por parte de éste y en perfecto estado de conservación.
PLAZO DE DURACIÓN DEL ARRENDAMIENTO. La duración del contrato será de CINCO (5) AÑOS, prorrogable anualmente de mutuo acuerdo, antes de su finalización, por un máximo de otros cinco años, suscrito con un mes de antelación a su terminación. La decisión de no prorrogar el contrato podrá tomarla cualquiera de las partes, comunicándola a la otra con un mínimo de antelación de 3 meses. A la terminación del contrato, y hasta la entrada de un nuevo adjudicatario, el saliente estará obligado a mantener en funciones el servicio BAR-CAFETERÍA, a que se refiere este contrato, si así lo exige la Propiedad, en cuyo caso el arrendamiento se mantendrá mes a mes, con el mismo importe xx xxxxx mensual que se estuviera devengado hasta ese momento. El incumplimiento de esta obligación supondrá la pérdida completa de las fianzas y garantías previstas en el contrato.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.