DURACIÓN DEL ARRENDAMIENTO. El Arrendamiento de los Vehículos podrá contratarse por un periodo de entre UNA (1) hora (el “Periodo Mínimo”) y NOVENTA (90) días (el "Periodo Máximo"). La duración del arrendamiento será contratada a través de la App o desde la web de cita previa, pudiendo el Arrendatario contratar ampliaciones del periodo de duración contratado inicialmente desde la App siempre y cuando el Vehículo esté disponible y no esté ya reservado para las fechas seleccionadas. El arrendamiento comenzará a la fecha de puesta a disposición del Vehículo y expirará en la fecha contratada por el Arrendatario para la finalización del Arrendamiento (ya sea la fecha inicial o cualquiera de las ampliaciones que en su caso haya podido contratar) (“Periodo de Vigencia Obligatorio”). En consecuencia, en caso de que el Arrendatario quiera cancelar su alquiler antes de que finalice el Periodo de Vigencia Obligatorio, no se le reembolsará importe alguno. Esta condición no se aplicará cuando usted ejerza el derecho de desistimiento que se describe en la Estipulación 9 siguiente. El Arrendamiento se extinguirá automáticamente en la fecha indicada, sin necesidad de notificación alguna entre el Arrendador y el Arrendatario y renunciando ambas Partes a la tácita reconducción prevista en el artículo 1566 del Código Civil. Alcanzada la fecha de terminación indicada el Arrendatario se compromete a devolver el Vehículo en los términos previstos en la Estipulación 7 de las Condiciones Generales, en las instalaciones del Concesionario Adherido en el que se le entregó el Vehículo o en el lugar indicado, en su caso, por el Concesionario Adherido.
DURACIÓN DEL ARRENDAMIENTO. El período irrevocable de duración del arrendamiento financiero que se haya convenido por el Arrendador y Arrendatario. Legalmente se establece que el período mínimo de duración de los contratos de arrendamiento financiero de bienes muebles será de dos años. FIADOR: La/s persona/s física/s o jurídica/s que garantizan solidariamente, frente al Arrendador, el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Arrendatario con la firma del presente contrato.
DURACIÓN DEL ARRENDAMIENTO. El arrendamiento comienza al momento de la entrega de la autocaravana, conforme al documento anexo al presente contrato, y finaliza el día , en que el arrendatario deberá devolverla en el mismo lugar de la entrega, esto es, en Cánoves i Samalús, Avinguda Ca L’Esmandia, 50, antes de las 19,00 horas.
DURACIÓN DEL ARRENDAMIENTO. El presente contrato entra en vigor el día xx xxx y tiene una duración de dos años. Llegada la expresada fecha de finalización, el contrato se prorrogará por períodos anuales si ninguna de las partes comunica a la otra su voluntad de extinguir el arriendo con una antelación de un año, al menos, a la fecha de finalización del plazo contractual o, en su caso, a la del vencimiento de la prórroga correspondiente. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0964072399124731687798 La duración total del presente arrendamiento, incluidas las prórrogas, será, como máximo de cinco años. Una vez terminada la vigencia de este contrato o extinguido el mismo, las partes procederán conjunta y recíprocamente a la devolución y recepción de las llaves, estando obligada la arrendataria, sin perjuicio de las obras que se ejecuten al amparo de lo estipulado en la condición octava de este contrato, a entregar el objeto de este arrendamiento en buen estado de conservación.
DURACIÓN DEL ARRENDAMIENTO. El presente contrato tendrá una duración total de cuarenta y cinco (45) años, contados a partir de su firma, sin perjuicio de aquellos supuestos en que sea terminado de manera anticipada de conformidad con lo previsto en este contrato y en el ordenamiento jurídico vigente.
4.1.1. Las partes reconocen y aceptan que la duración del contrato resulta de una duración base de nueve (9) años, renovable cuatro (4) veces de manera automática, siempre que el ARRENDATARIO cumpla con todas las obligaciones puestas a su cargo.
DURACIÓN DEL ARRENDAMIENTO. El presente arrendamiento se inicia a partir del dia con la firma de este documento y tendrá vigencia hasta el día , fecha en la que deberá ser restituida a la ARRENDADORA la posesión efectiva de los inmuebles, sin perjuicio de las prórrogas a las que legalmente tenga derecho la parte arrendataria, según lo establecido en el Artª 9 de la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos, a las que no renuncia. Se abonará la cantidad de euros como gastos de gestión realizados por la empresa Gestion Reaviva S.L. que serán abonados al 50% de este importe por las parte arrendataria y arrendadora en este acto. A la finalización del contrato quedará éste extinguido de pleno derecho y la ARRENDATARIA deberá proceder a la devolución de las llaves de la vivienda, dejando los inmuebles vacuos y expeditos, quedando requerido de ello desde este momento a los efectos de lo dispuesto en el artículo 1.566 del Código Civil y advertido de que el incumplimiento de esta obligación llevará consigo, como cláusula penal, la obligación de indemnizar a la ARRENDADORA con la cantidad equivalente a 100 €/dia natural que transcurra sin que se produzca tal devolución, todo ello sin perjuicio de las acciones judiciales que procedan.
DURACIÓN DEL ARRENDAMIENTO. El plazo máximo de duración del arrendamiento será de DOS AÑO a contar desde la firma del mismo, prorrogable por períodos iguales hasta un máximo de CUATRO AÑOS, en caso de acuerdo entre ambas partes. La prórroga de los contratos será por mutuo acuerdo de las partes y habrá de formalizarse por escrito mediante cláusula adicional al contrato principal debiendo haber sido comunicada la solicitud de prórroga por escrito por el arrendador con al menos dos meses de antelación a la finalización del contrato. Ambas partes se reconocen el derecho de rescisión unilateral anticipada al vencimiento del contrato o sus prórrogas, en todo caso por incumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato o por causa debidamente justificada de la inviabilidad de continuidad, debiendo mediar para ello comunicación escrita con al menos tres meses de antelación al efecto de la misma. En ninguno de los casos el adjudicatario tendrá derecho a percibir o reclamar indemnización por concepto alguno, cuando finalice el contrato de arrendamiento, sea cual sea la duración de éste.
DURACIÓN DEL ARRENDAMIENTO. El plazo de duración del arrendamiento aplicable para el cálculo de cuotas de todos los equipos incluidos en la Cláusula 3, “ALCANCE DEL SERVICIO DE RENTING”, del presente Pliego de Prescripciones Técnicas, será de CUARENTA Y OCHO (48) MESES, pudiendo ser prorrogado, por acuerdo unilateral de la APB, por otros DOCE (12) MESES más. En este supuesto, durante el año de prórroga, el arrendatario sólo podrá facturar por el consumo de copias realizado, con su mantenimiento implícito. No serán admitidos plazos de arrendamiento distintos a los indicados.
DURACIÓN DEL ARRENDAMIENTO. ( ), en El plazo de duración del presente contrato de arrendamiento es de , contado a partir de la fecha de suscripción del presente documento. Sin embargo, dicho plazo podrá ser renovado por acuerdo entre las partes.
DURACIÓN DEL ARRENDAMIENTO. Artículo 562-1. Plazo inicial de duración Artículo 562-2. Prórroga del contrato.