Common use of PLAZOS DE ENTREGA Clause in Contracts

PLAZOS DE ENTREGA. El XXXXXX CATALANA procurará siempre y con todo interés efectuar las entregas de mercancías en los plazos convenidos, los cuales, cuando se fijen por unidad de tiempo sin fecha, los cuales no empezaran a contar hasta que XXXXXX CATALANA no haya obtenido la confirmación por escrito del pedido. Esto es, éste no será vinculante hasta que el Comprador lo confirme y acepte por escrito. No obstante, cabe tener en cuenta que si los plazos de expedición y entrega se indican en las condiciones de transacción comercial, estos se entenderán aproximados y meramente indicativos. En estos casos, XXXXXX CATALANA no responderá por retraso en la entrega de las mercancías si dicho incumplimiento o retraso es debido a causas de fuerza mayor o por otros motivos que no le sean directamente imputables, o bien han sido expresamente comunicados con una antelación mínima de dos día. En estos casos, el Comprador no tendrá derecho a reclamar ningún tipo de indemnización, compensación, penalidad ni anulación total o parcial del pedido. En el caso de común acuerdo sobre la suspensión o aplazamiento de las fechas de entrega del pedido, ello tendrá siempre carácter temporal, salvo que ya se hubiesen convenido correctamente nuevas fechas. De no existir en forma fehaciente este último convenio, XXXXXX CATALANA podrá efectuar las entregas o poner las mercancías a disposición del Comprador cuando, a su criterio, considere terminado el plazo de suspensión o transcurridas las fechas de aplazamiento, sin que la parte compradora pueda oponerse a la recepción de las mercancías. De no haberse establecido desde el principio fechas de entrega, se entenderá que el Comprador se compromete a adquirir la totalidad del pedido en el tiempo máximo de seis meses. Por otro lado, en el caso de que la recogida de la mercancía incumba al Comprador y éste no la recoja tras su puesta a disposición, XXXXXX CATALANA tendrá derecho a almacenar la mercancía o, después de interpelar al Comprador, proceder a su entrega o venta compensatoria por cuenta y riesgo de este. En el caso de entregas sucesivas, si el Comprador persiste en no recoger las mercancías, XXXXXX CATALANA podrá resolver el contrato anulando en consecuencia aquella parte del pedido pendiente de servir. Las causas internas de ABELAN CATALANA que supongan un paro, una suspensión o una reducción pasajera de la producción, dan derecho a prórrogas por el tiempo equivalente a su duración, pero no podrán ser invocadas por las partes como causa de anulación de los pedidos, salvo caso de fuerza mayor.

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Samples: Condiciones Generales De Venta

PLAZOS DE ENTREGA. El XXXXXX CATALANA procurará Los plazos de entrega dependen del transportista seleccionado, y siempre y contarán con todo interés efectuar las entregas un tiempo de mercancías en los plazos convenidos, los cuales, cuando se fijen por unidad preparación del mismo de tiempo sin fecha, los cuales no empezaran a contar hasta que XXXXXX CATALANA no haya obtenido 24/48h desde la confirmación por escrito del pedido. Esto es, éste no será vinculante hasta que el Comprador lo confirme y acepte Si fuese necesario modificar estas condiciones por escrito. No obstante, cabe tener la especial naturaleza del pedido nos pondríamos en cuenta que si contacto con Usted para informarle de los plazos concretos. XXXXXX podrá realizar la entrega antes de expedición la fecha pactada, así como, en su caso, efectuar entregas parciales si lo estima conveniente, que producirán la entrega, transmisión del riesgo y devengo del precio en cuanto a dicha entrega parcial. Si por algún motivo no pudiésemos cumplir con la fecha de entrega estimada, le informaremos de esta circunstancia y le daremos la opción de seguir adelante con la compra estableciendo una nueva fecha de entrega o bien anular el pedido con el reembolso total del precio pagado. Cabe considerar en cualquiera de los casos que por regla general no se indican realizarán entregas en las condiciones Xxxxxxx, Xxxxxxxx o festivos según el calendario del lugar de transacción comercialentrega y del domicilio de AZIMUT. Las fechas o plazos de entrega señalados en la confirmación de pedido serán estimadas, estos se entenderán aproximados y meramente indicativos. En estos casos, XXXXXX CATALANA no responderá por constituyendo el retraso en la entrega incumplimiento esencial. En caso de las mercancías si dicho incumplimiento o retraso es debido a causas que AZIMUT no hubiese realizado la entrega de fuerza mayor o por otros motivos la mercancía transcurridos 7 días desde la fecha de entrega señalada, AZIMUT podrá fijar un plazo suplementario de duración razonable, que no le sean directamente imputablespodrá exceder de la mitad del plazo inicial, o bien han sido expresamente comunicados con una antelación mínima para el cumplimiento de dos día. En estos casos, el Comprador no tendrá derecho a reclamar ningún tipo de indemnización, compensación, penalidad ni anulación total o parcial del pedido. En el caso de común acuerdo sobre la suspensión o aplazamiento de las fechas de entrega del pedido, ello tendrá siempre carácter temporal, salvo que ya se hubiesen convenido correctamente nuevas fechas. De no existir en forma fehaciente este último convenio, XXXXXX CATALANA podrá efectuar las entregas o poner las mercancías a disposición del Comprador cuando, a su criterio, considere terminado el plazo de suspensión o transcurridas las fechas de aplazamiento, sin que la parte compradora pueda oponerse a la recepción de las mercancías. De no haberse establecido desde el principio fechas obligación de entrega, transcurrido el cual, quedará el COMPRADOR legitimado para cancelar el pedido sin coste alguno, y sin que por esa causa se entenderá que el Comprador se compromete derive responsabilidad alguna por daños y perjuicios imputables a adquirir la totalidad del pedido en el tiempo máximo de seis meses. Por otro lado, en el caso de que la recogida de la mercancía incumba al Comprador y éste no la recoja tras su puesta a disposición, XXXXXX CATALANA tendrá derecho a almacenar la mercancía o, después de interpelar al Comprador, proceder a su entrega o venta compensatoria por cuenta y riesgo de este. En el caso de entregas sucesivas, si el Comprador persiste en no recoger las mercancías, XXXXXX CATALANA podrá resolver el contrato anulando en consecuencia aquella parte del pedido pendiente de servir. Las causas internas de ABELAN CATALANA que supongan un paro, una suspensión o una reducción pasajera de la producción, dan derecho a prórrogas por el tiempo equivalente a su duración, pero no podrán ser invocadas por las partes como causa de anulación de los pedidos, salvo caso de fuerza mayorAZIMUT.

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Samples: Condiciones Generales De Venta

PLAZOS DE ENTREGA. En caso de no cumplir con los plazos fijados de entrega de Unidad Dental, Oxígeno, Credenciales, Programa de Expediente Clínico, Botiquín, Nebulizadores, se aplicará la penalización, por cada día de atraso sobre una iguala mensual por derechohabiente La suma de dichas penalizaciones no excederá del importe de la garantía a que alude la cláusula Sexta de este instrumento, se determinarán en función de los servicios no prestados oportunamente y en la aplicación de las mismas se deberá observar lo establecido en el “Anexo Técnico” del presente contrato. Las penas convencionales se podrán hacer efectivas con cargo al importe de los servicios realizados pendientes de pago y/o mediante la ejecución de la garantía otorgada, a partir del momento que se haga exigible el cumplimiento de la obligación. Conforme a lo dispuesto en el artículo 95 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el pago de los servicios objeto del presente contrato quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “El XXXXXX CATALANA procurará siempre prestador de servicios” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso. En términos de lo dispuesto en el artículo 100 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y con todo interés efectuar las entregas de mercancías Servicios del Sector Público, en los plazos convenidoscasos en que un servicio o parte del mismo no es efectuado y la pena convencional por atraso, los cuales, cuando se fijen por unidad rebase el monto de tiempo sin fecha, los cuales la pena establecida de manera proporcional respecto de la parte no empezaran a contar hasta que XXXXXX CATALANA no haya obtenido la confirmación por escrito del pedido. Esto es, éste no será vinculante hasta que el Comprador lo confirme y acepte por escrito. No obstante, cabe tener en cuenta que si los plazos de expedición y entrega se indican realizada en las condiciones fechas pactadas, “Pronósticos”, previa notificación a “El prestador de transacción comercialservicios” , estos sin rescindir el contrato correspondiente, podrá modificarlo, cancelando los servicios no realizados de que se entenderán aproximados y meramente indicativos. En estos casos, XXXXXX CATALANA no responderá por retraso en la entrega de las mercancías si dicho incumplimiento o retraso es debido a causas de fuerza mayor o por otros motivos que no le sean directamente imputablestrate, o bien han sido expresamente comunicados con parte de los mismos, aplicando a “El prestador de servicios” una antelación mínima de dos día. En estos casossanción por cancelación, el Comprador no tendrá derecho a reclamar ningún tipo de indemnización, compensación, penalidad ni anulación total o parcial del pedido. En el caso de común acuerdo sobre la suspensión o aplazamiento de las fechas de entrega del pedido, ello tendrá siempre carácter temporal, salvo que ya se hubiesen convenido correctamente nuevas fechas. De no existir en forma fehaciente este último convenio, XXXXXX CATALANA podrá efectuar las entregas o poner las mercancías a disposición del Comprador cuando, a su criterio, considere terminado el plazo de suspensión o transcurridas las fechas de aplazamiento, sin que la parte compradora pueda oponerse equivalente a la recepción de las mercancías. De no haberse establecido desde el principio fechas de entrega, se entenderá pena convencional por atraso máxima que el Comprador se compromete a adquirir la totalidad del pedido en el tiempo máximo de seis meses. Por otro lado, correspondería en el caso de que los servicios hubieran sido prestados en fechas posteriores a la recogida pactada para la prestación, siempre y cuando la suma total del monto de la mercancía incumba al Comprador y éste las cancelaciones no la recoja tras su puesta a disposición, XXXXXX CATALANA tendrá derecho a almacenar la mercancía o, después de interpelar al Comprador, proceder a su entrega o venta compensatoria rebase el diez por cuenta y riesgo de este. En el caso de entregas sucesivas, si el Comprador persiste en no recoger las mercancías, XXXXXX CATALANA podrá resolver el contrato anulando en consecuencia aquella parte ciento del pedido pendiente de servir. Las causas internas de ABELAN CATALANA que supongan un paro, una suspensión o una reducción pasajera de la producción, dan derecho a prórrogas por el tiempo equivalente a su duración, pero no podrán ser invocadas por las partes como causa de anulación de los pedidos, salvo caso de fuerza mayorimporte total del contrato.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

PLAZOS DE ENTREGA. 1. Los plazos de entrega podrán convenirse de forma vinculante o no vinculante, debiendo ser por escrito. El XXXXXX CATALANA procurará siempre y con todo interés efectuar las entregas plazo de mercancías en los plazos convenidos, los cuales, cuando entrega no se fijen por unidad de tiempo sin fecha, los cuales no empezaran a contar hasta que XXXXXX CATALANA no haya obtenido la confirmación por escrito del pedido. Esto es, éste no será vinculante iniciará hasta que el Comprador lo confirme cliente entregue la documentación necesaria, realice las autorizaciones pendientes, pague los anticipos convenidos y acepte por escritohasta que cumpla con todas las obligaciones que le incumban. 2. No obstante, cabe tener en cuenta que si los plazos El plazo de expedición y entrega se indican en las condiciones considerará cumplido si el producto a suministrar ha abandonado nuestra fábrica hasta el último día del plazo de transacción comercial, estos entrega o si se entenderán aproximados y meramente indicativosha notificado que la mercancía está lista para su envío. En estos casos, XXXXXX CATALANA no responderá por El plazo de entrega se prolongará convenientemente –incluso dentro de un retraso en la entrega entrega– en caso de impedimentos imprevistos que no hayamos podido evitar a pesar de haber actuado con la debida diligencia de acuerdo con las mercancías si dicho incumplimiento circunstancias del caso, independientemente de que se hayan producido en nuestra planta o retraso es en uno de nuestros subcontratistas, que por lo tanto no pueda suministrarnos a tiempo, por ejemplo, debido a causas interrupciones operativas, repercusiones de fuerza mayor acciones sindicales o por otros motivos que no le sean directamente imputables, o bien han sido expresamente comunicados con una antelación mínima de dos díasimilares.‌ 3. En estos casosparticular, el Comprador no tendrá derecho a reclamar ningún tipo de indemnización, compensación, penalidad ni anulación total o parcial del pedido. En el caso de común acuerdo sobre la suspensión o aplazamiento de las fechas de entrega del pedido, ello tendrá siempre carácter temporal, salvo que ya se hubiesen convenido correctamente nuevas fechas. De no existir en forma fehaciente este último convenio, XXXXXX CATALANA podrá efectuar las entregas o poner las mercancías a disposición del Comprador cuando, a su criterio, considere terminado el plazo de suspensión entrega se prolongará si no podemos cumplir una fecha de entrega debido a que no se nos abastezca oportuna y correctamente. Esto implica que en el momento de la celebración del contrato con el comprador hayamos realizado una correspondiente operación de cobertura con nuestro proveedor. A petición del cliente, le proporcionaremos pruebas de la realización oportuna de tal operación.‌ 4. Si no fuese factible realizar la entrega o transcurridas prestar el servicio o si esto se retrasase más de seis semanas debido a las fechas de aplazamientocircunstancias mencionadas previamente en los puntos 2 y 3, tanto el cliente como nosotros tendremos derecho a rescindir el contrato sin que ello conlleve la parte compradora pueda oponerse obligación de pago de daños y perjuicios. 5. Estamos autorizados a la recepción de las mercancías. De no haberse establecido desde el principio fechas de entrega, se entenderá que el Comprador se compromete a adquirir la totalidad del pedido realizar entregas fraccionadas en el tiempo máximo de seis meses. Por otro lado, en el caso de que la recogida de la mercancía incumba al Comprador y éste no la recoja tras su puesta a disposición, XXXXXX CATALANA tendrá derecho a almacenar la mercancía o, después de interpelar al Comprador, proceder a su entrega o venta compensatoria por cuenta y riesgo de este. En el caso de entregas sucesivas, si el Comprador persiste en no recoger las mercancías, XXXXXX CATALANA podrá resolver el contrato anulando en consecuencia aquella parte del pedido pendiente de servir. Las causas internas de ABELAN CATALANA que supongan un paro, una suspensión o una reducción pasajera de la producción, dan derecho a prórrogas por el tiempo equivalente a su duración, pero no podrán ser invocadas por las partes como causa de anulación de los pedidos, salvo caso de fuerza mayormedida razonable.

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Samples: Condiciones Generales

PLAZOS DE ENTREGA. El XXXXXX CATALANA procurará siempre y con todo interés efectuar las entregas 4.1. Los plazos de mercancías entrega incluidos en los plazos convenidos, los cuales, cuando se fijen por unidad de tiempo sin fecha, los cuales no empezaran a contar hasta que XXXXXX CATALANA no haya obtenido la confirmación de pedido son indicativos y serán respectados en todo lo posible por escrito parte del pedido. Esto esvendedor, éste no será vinculante hasta sin perjuicio que el Comprador lo confirme y acepte por escritovendedor se esforzará en cumplirlos. 4.2. No obstanteQueda entendido que, cabe tener en cuenta que si debido a la naturaleza indicativa de los plazos de expedición y entrega, el vendedor, en ningún caso podrá ser considerado responsable de los daños, directos e indirectos, que pudieran ocasionarse al comprador por retrasos en la entrega. 4.3. Queda, asimismo, facultado el vendedor para prorrogar el plazo de entrega se indican en o suspen- der la entrega del material objeto del contrato: a) cuando el comprador no respete las condiciones de transacción comercialpago convenidas o haya retrasos en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales (tales como, estos se entenderán aproximados y meramente indicativos. En estos casosa título de ejemplo, XXXXXX CATALANA no responderá por retraso en el pago de anticipos a cuenta, la constitución de garantías, la emisión y entrega de títulos de crédito, así como otras obligaciones financieras), incluyendo las mercancías si dicho incumplimiento o retraso es debido relativas a causas anteriores relaciones con el vendedor. b) en caso de fuerza mayor o de acontecimientos como, sólo a título de ejemplo: cierre pa- tronal, huelgas, totales o parciales, ausencias del trabajo, epidemia, guerra, requisiciones, incendio, inundación, accidentes de trabajo, interrupciones o retrasos en los transportes, falta o insuficiencia de energía motriz y, en cualquier caso, en presencia de cualquier otra circunstancia la causa de la cual no pueda imputarse al vendedor o a sus proveedores; c) cuando el comprador no provea en el tiempo previsto los datos necesarios para la eje- cución del suministro y/o los materiales reservados a suministrar al vendedor; d) cuando hayan habido modificaciones en el pedido, a pesar de ser aceptadas por otros motivos que no le sean directamente imputables, o bien han sido expresamente comunicados con una antelación mínima el vendedor; e) en caso de dos díadificultad en el suministro de materia prima. En estos casoslos casos en los que la suspensión del suministro o la prórroga de los plazos de entrega derive de causas, de cualquier tipo, atribuibles al comprador (como, solo a título de ejem- plo, en las hipótesis referidas en los apartados anteriores a, c, d), el Comprador no vendedor tendrá el derecho a reclamar ningún tipo de indemnizaciónal comprador una indemnización por los daños sufridos. All sales entered into by the Vendor are to be governed exclusively by the following General Conditions of Sale. Any clause or condition drawn up by the Buyer shall become null and void if found to be in conflict with the following conditions. 1. Quotes, compensaciónorders and order acknowledgements 1.1. Estimates issued by the Vendor, penalidad ni anulación total o parcial del pedidoincluding the description, technical features and prices of the goods shall not in any case be considered as a binding sales agreement, but rather a quote. En el caso de común acuerdo sobre la suspensión o aplazamiento de las fechas de entrega del pedidoThe conditions set forth in said quote shall lose all validity and ef- fect thirty days from the time they are transmitted to the Customer, ello tendrá siempre carácter temporalunless the Vendor receives an Order from the Customer in the meantime. 1.2. Any order sent by the Buyer shall be understood as an irrevocable purchase pro- posal, salvo que ya se hubiesen convenido correctamente nuevas fechaswhich shall be valid for 30 days, from the date it was received by the Vendor, unless said term is explicitly extended by the latter from time to time. 1.3. De no existir en forma fehaciente este último convenioThe Buyer’s Order must include indication of the quantity and name of the prod- ucts required. 1.4. The mere sending of the Order by the Buyer shall imply that the Buyer has read and is familiar with all these General Conditions of Sale, XXXXXX CATALANA podrá efectuar las entregas o poner las mercancías a disposición del Comprador cuandowhich shall consequently be fully accepted unconditionally and without restriction by the Parties. 1.5. Xxxxx’x Orders only become binding for the Vendor after the latter has sent an Order Acknowledgement to the Buyer. 1.6. Information provided in catalogues, a su criterioschedules and price-lists is not binding for the Vendor, considere terminado el plazo de suspensión o transcurridas las fechas de aplazamientowhich reserves the right to make any modification whatever to its products and to prices thereof in view of which, sin que la parte compradora pueda oponerse a la recepción de las mercancíasthe Vendor is to be considered bound only by such details as appear in the relative Order Acknowledgements 1.7. De no haberse establecido desde el principio fechas de entregaThe Vendor’s catalogues have been drawn up with the utmost attention in order to ensure the accuracy of information, se entenderá que el Comprador se compromete a adquirir la totalidad del pedido en el tiempo máximo de seis meses. Por otro ladohowever, en el caso de que la recogida de la mercancía incumba al Comprador y éste no la recoja tras su puesta a disposiciónthe Vendor declines responsibility for any errors or omissions contained in the same, XXXXXX CATALANA tendrá derecho a almacenar la mercancía oas the Parties are only bound by the contents of Orders, después de interpelar al Comprador, proceder a su entrega o venta compensatoria por cuenta y riesgo de este. En el caso de entregas sucesivas, si el Comprador persiste en no recoger las mercancías, XXXXXX CATALANA podrá resolver el contrato anulando en consecuencia aquella parte del pedido pendiente de servir. Las causas internas de ABELAN CATALANA que supongan un paro, una suspensión o una reducción pasajera de la producción, dan derecho a prórrogas por el tiempo equivalente a su duración, pero no podrán ser invocadas por las partes como causa de anulación de los pedidos, salvo caso de fuerza mayorOrder Acknowledgements and these General Conditions of Sale.

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Samples: General Conditions of Sale

PLAZOS DE ENTREGA. El XXXXXX CATALANA procurará 5.1 Los plazos de entrega comienzan una vez aclarados todos los detalles de la ejecución y son un requisito imprescindible para el cumplimiento debido y oportuno de las obligaciones del socio comercial. 5.2 Los plazos y las fechas de entrega vinculantes se acordarán de forma expresa. Si, tras la confirmación del pedido, el socio comercial deseara un modelo distinto del producto contractual, y nosotros aceptamos dicho cambio, el plazo de entrega comenzará de nuevo o se retrasará por el tiempo transcurrido entre el plazo de entrega original y el acuerdo de modificación, siempre y con todo interés efectuar cuando las entregas partes no acuerden nada distinto. Los costes adicionales de mercancías la modificación correrán por cuenta del socio comercial. 5.3 Nuestras obligaciones de suministro están sujetas a un abastecimiento propio correcto y oportuno, excepto cuando la demora o el error sea atribuible a nosotros. 5.4 No seremos responsables de la imposibilidad o los retrasos en los plazos convenidos, los cuales, el suministro cuando se fijen por unidad de tiempo sin fecha, los cuales no empezaran a contar hasta que XXXXXX CATALANA no haya obtenido la confirmación por escrito del pedido. Esto es, éste no será vinculante hasta que el Comprador lo confirme y acepte por escrito. No obstante, cabe tener en cuenta que si los plazos de expedición y entrega se indican en las condiciones de transacción comercial, estos se entenderán aproximados y meramente indicativos. En estos casos, XXXXXX CATALANA no responderá por retraso en la entrega de las mercancías si dicho incumplimiento o retraso es debido deban a causas de fuerza mayor u otros acontecimientos imprevisibles o por otros motivos inevitables en el momento de la celebración del contrato (p. ej., fallos de funcionamiento, efectos de pandemias o epidemias, huelgas, cierres legítimos, escasez general de energía o materias primas, órdenes o medidas legales o gubernamentales) de los que no le sean directamente imputables, o bien han sido expresamente comunicados con seamos responsables. 5.5 Informaremos al socio sin demora acerca del inicio y la finalización de esos impedimentos. Cuando tengan una antelación mínima de dos día. En estos casos, el Comprador no tendrá derecho a reclamar ningún tipo de indemnización, compensación, penalidad ni anulación total o parcial del pedido. En el caso de común acuerdo sobre la suspensión o aplazamiento de las fechas de entrega del pedido, ello tendrá siempre carácter duración temporal, salvo que ya se hubiesen convenido correctamente nuevas fechas. De no existir en forma fehaciente este último convenio, XXXXXX CATALANA podrá efectuar las entregas o poner las mercancías a disposición del Comprador cuando, a su criterio, considere terminado el plazo de suspensión suministro o transcurridas las fechas de aplazamiento, sin que la parte compradora pueda oponerse a la recepción de las mercancías. De no haberse establecido desde el principio fechas de entrega, provisión se entenderá que el Comprador prolongará o bien se compromete a adquirir la totalidad del pedido en retrasará por el tiempo máximo que dure el impedimento, más un plazo adicional adecuado. Cuando dichos acontecimientos nos compliquen de forma inaceptable o imposibiliten el suministro o también las alternativas y el impedimento se prolongue durante más de seis meses, ambas partes estarán facultadas a rescindir el contrato cuando mantenerlo les resulte inadmisible por causa de la duración del impedimento. Se reembolsará de inmediato cualquier contrapartida del socio comercial. 5.6 Si nos retrasamos en el suministro, el socio comercial podrá fijar una prórroga pertinente y, transcurrida esta sin producirse el suministro, rescindir total o parcialmente del contrato. No será necesario fijar una prórroga en los casos en los que resulte superflua de conformidad con el art. 323, ap. 2 del Código Civil alemán o el art. 376 del Código Mercantil alemán. Cuando seamos responsables del retraso, nuestra responsabilidad se limitará a la sustitución de los daños causados por el retraso (indemnización por daños y perjuicios en lugar de la prestación) al 5 % del precio de compra neto del suministro retrasado, siempre y cuando no se nos pueda a atribuir a nosotros ni a nuestros agentes dolo o negligencia grave, a excepción de las reclamaciones por daños personales. Por otro ladolo demás, serán de aplicación los reglamentos en el caso materia de que la recogida de la mercancía incumba al Comprador y éste no la recoja tras su puesta a disposición, XXXXXX CATALANA tendrá derecho a almacenar la mercancía o, después de interpelar al Comprador, proceder a su entrega o venta compensatoria por cuenta y riesgo de este. En el caso de entregas sucesivas, si el Comprador persiste en no recoger las mercancías, XXXXXX CATALANA podrá resolver el contrato anulando en consecuencia aquella parte responsabilidad del pedido pendiente de servir. Las causas internas de ABELAN CATALANA que supongan un paro, una suspensión o una reducción pasajera de la producción, dan derecho a prórrogas por el tiempo equivalente a su duración, pero no podrán ser invocadas por las partes como causa de anulación de los pedidos, salvo caso de fuerza mayorartículo 10.

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Samples: Condiciones Generales De Negocio

PLAZOS DE ENTREGA. El XXXXXX CATALANA procurará siempre i. Salvo que se estipule lo contrario en la oferta o confirmación xx XXXXX MINERALES S.A.U, todos los períodos de entrega de bienes o servicios serán indicativos y con todo interés efectuar las entregas se contarán a partir de mercancías en los plazos convenidosla fecha efectiva de Contrato, los cuales, cuando se fijen indicada por unidad de tiempo sin fecha, los cuales no empezaran a contar hasta que XXXXXX CATALANA no haya obtenido la confirmación por escrito del pedidoXXXXX MINERALES S.A.U ii. Esto es, éste no será vinculante hasta que el Comprador lo confirme y acepte por escrito. No obstante, cabe tener en cuenta que si los Los plazos de expedición y entrega se indican en las condiciones de transacción comercial, estos se entenderán aproximados y meramente indicativos. En estos casos, XXXXXX CATALANA no responderá por retraso en la entrega de las mercancías si dicho incumplimiento o bienes y prestaciones de servicios indicados por XXXXX MINERALES S.A.U son estimados y a título orientativo y, de conformidad, no obligan x XXXXX MINERALES S.A.U, ni dan lugar a la anulación del Contrato, a deducciones, ni a daños y perjuicios en caso de producirse un retraso por cualquier causa justificada, pues el tiempo no es debido a causas de fuerza mayor o por otros motivos que no le sean directamente imputables, o bien han sido expresamente comunicados con una antelación mínima de dos día. En estos casos, el Comprador no tendrá derecho a reclamar ningún tipo de indemnización, compensación, penalidad ni anulación total o parcial la esencia del pedidocontrato. iii. En el caso de común acuerdo sobre la suspensión que XXXXX MINERALES S.A.U se retrase al cumplir cualquiera de sus obligaciones en virtud del contrato debido a causas relacionadas con el CLIENTE o aplazamiento de las fechas de entrega del pedido, ello tendrá siempre carácter temporal, salvo que ya se hubiesen convenido correctamente nuevas fechas. De no existir en forma fehaciente este último convenio, XXXXXX CATALANA podrá efectuar las entregas o poner las mercancías a disposición del Comprador cuando, a su criterio, considere terminado sus colaboradores el plazo de suspensión entrega o transcurridas las fechas finalización de aplazamientotrabajos y el precio serán ajustados proporcionalmente en consecuencia. En tal caso, sin que si el CLIENTE no aceptara la parte compradora pueda oponerse a entrega de bienes o servicios, o no diera instrucciones adecuadas para la recepción de las mercancías. De no haberse establecido desde el principio fechas de entregaentrega Mercancía, se entenderá que el Comprador se compromete a adquirir la totalidad del pedido en el tiempo máximo de seis meses. Por otro lado, en el caso de que la recogida de la mercancía incumba al Comprador y éste no la recoja tras su puesta a disposición, XXXXXX CATALANA XXXXX MINERALES S.A.U tendrá derecho a almacenar depositar los bienes y suspender los servicios, a cargo del CLIENTE, hasta tanto acepte la mercancía o, después de interpelar al Comprador, proceder a su entrega o venta compensatoria por cuenta y riesgo de este. En el caso de entregas sucesivas, si el Comprador persiste en no recoger las mercancías, XXXXXX CATALANA podrá resolver el contrato anulando en consecuencia aquella parte del pedido pendiente de servir. Las causas internas de ABELAN CATALANA que supongan un paro, una suspensión o una reducción pasajera de la producción, dan derecho a prórrogas por el tiempo equivalente a su duración, pero no podrán ser invocadas por las partes como causa de anulación de los pedidos, salvo caso de fuerza mayorsituación.

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Samples: General Terms and Conditions of Contract

PLAZOS DE ENTREGA. El XXXXXX CATALANA procurará siempre y con todo interés efectuar las entregas de mercancías en los plazos convenidos, los cuales, cuando se fijen por unidad de tiempo sin fecha, los cuales no empezaran a contar hasta que XXXXXX CATALANA no haya obtenido la confirmación por escrito del pedido6.1. Esto es, éste no será vinculante hasta que el Comprador lo confirme y acepte por escrito. No obstante, cabe tener en cuenta que si Todos los plazos de expedición y entrega se indican calculan cuidadosamente basándose en las condiciones el Plan de transacción comercialTrabajo estimado actualmente para la empresa, estos se entenderán aproximados teniendo en cuenta la capacidad de producción, los plazos de entrega de los subcontratistas y meramente indicativoslos colaboradores. En estos casoscaso de cambio en esta base, XXXXXX CATALANA LUG Light Factory Sp. z o.o. se reserva el derecho a prolongar el plazo de entrega. 6.2. La fecha de entrega comienza con el envío de la confirmación del pedido, la finalización de los acuerdos comerciales y la ejecución técnica del contrato, el recibo por parte de LUG Light Factory Sp. z o.o. los documentos proporcionados por el COMPRADOR, la emisión de todas las autorizaciones y los permisos pertinentes, la firma del contrato y la transferencia a la cuenta de LUG Light Factory Sp. z o.o. los pagos previstos en el contrato. El cumplimiento del plazo de entrega dependerá del cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del COMPRADOR. 6.3. Cualquier cambio requerido por el COMPRADOR puede prolongar el plazo de entrega. 6.4. Los productos se consideran entregados dentro del plazo si se entregan al primer transportista o cuando se declaran listos para el envío antes de que expire el plazo acordado. 6.5. Las entregas parciales están permitidas. 6.6. Los pequeños defectos no responderá afectan a la obligación del COMPRADOR de recoger los productos; en este caso, el plazo de entrega se considera cumplido. 6.7. Si la entrega se retrasa por causas imputables al COMPRADOR o si no es recogida por el COMPRADOR a su debido tiempo, LUG Light Factory Sp. z o.o. si lo considera oportuno y sin ninguna responsabilidad tiene el derecho de almacenar los productos al riesgo del COMPRADOR, facturarlos y reclamar los costes de almacenamiento al COMPRADOR. Si el almacenamiento se lleva a cabo en los almacenes de LUG Light Factory Sp. z o.o., los costes de almacenamiento no son inferiores al 1,0% de su valor facturado por cada mes, a partir de la fecha de notificación de disponibilidad para el envío. LUG Light Factory Sp. z o.o. tiene el derecho de establecer el siguiente plazo de recogida, y después de que expire este plazo tiene el derecho de vender o disponer de los productos como quiera. La venta u otra distribución de los productos no eximen al COMPRADOR de la obligación de pagar por los productos. 6.8. Si la entrega se retrasa por acontecimientos imprevistos, independientemente de LUG Light Factory Sp. z o.o., tales como fuerza mayor, causados directa o indirectamente por incendios, inundaciones, accidentes, disturbios civiles, guerra, huelgas, cierres patronales, equipo mecánico, sabotaje, retardo de entrega de importantes materias primas y componentes, embargo, falta o retraso en la entrega recepción de las mercancías si dicho incumplimiento la autorizaciones oficiales importantes por parte del proveedor o retraso es subcontratista, o debido a causas motivos similares o diferentes a los anteriores, el plazo de fuerza mayor o por otros motivos que no le sean directamente imputables, o bien han sido expresamente comunicados con una antelación mínima de dos díaentrega será prolongado razonablemente. En estos casoseste caso, el Comprador COMPRADOR no tendrá está autorizado a rescindir el contrato ni a ninguna reclamación por el retraso de la entrega. El tiempo de entrega debe prolongarse por un período razonable, aunque el retraso no debe exceder un mes. 6.9. LUG Light Factory Sp. z o.o. puede negar la entrega o retrasar su ejecución sin incurrir en ninguna responsabilidad, y mantener el derecho a reclamar ningún tipo una indemnización del COMPRADOR cuando: el COMPRADOR inicia o acepta el procedimiento de indemnizaciónliquidación, compensaciónla administración concursal o cualquier negativa a pagar, penalidad ni anulación total se designó un síndico o parcial del pedido. En cesión en beneficio de acreedores, o si el caso COMPRADOR queda sujeto a procedimientos de común acuerdo sobre la suspensión insolvencia o aplazamiento de las fechas de entrega del pedido, ello tendrá siempre carácter temporal, salvo que ya se hubiesen convenido correctamente nuevas fechas. De no existir en forma fehaciente este último convenio, XXXXXX CATALANA podrá efectuar las entregas o poner las mercancías a disposición del Comprador cuando, a su criterio, considere terminado el plazo de suspensión o transcurridas las fechas de aplazamiento, sin que la parte compradora pueda oponerse a la recepción declaración de las mercancías. De no haberse establecido desde el principio fechas de entrega, se entenderá que el Comprador se compromete a adquirir la totalidad del pedido en el tiempo máximo de seis meses. Por otro lado, en el caso de que la recogida de la mercancía incumba al Comprador y éste no la recoja tras su puesta a disposición, XXXXXX CATALANA tendrá derecho a almacenar la mercancía o, después de interpelar al Comprador, proceder a su entrega o venta compensatoria por cuenta y riesgo de este. En el caso de entregas sucesivas, si el Comprador persiste en no recoger las mercancías, XXXXXX CATALANA podrá resolver el contrato anulando en consecuencia aquella parte del pedido pendiente de servir. Las causas internas de ABELAN CATALANA que supongan un paro, una suspensión o una reducción pasajera de la producción, dan derecho a prórrogas por el tiempo equivalente a su duración, pero no podrán ser invocadas por las partes como causa de anulación de los pedidos, salvo caso de fuerza mayorinsolvencia.

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Samples: Condiciones Generales De Venta

PLAZOS DE ENTREGA. 4.1 Las fechas y plazos de entrega acordados serán vinculantes. El XXXXXX CATALANA procurará siempre y con todo interés efectuar cumplimiento de las entregas fechas o plazos de mercancías entrega vendrá determinado por la fecha en que la entrega de los plazos convenidosProductos llegue al domicilio de la empresa que realizó el pedido o del destinatario designado por ésta. 4.2 Si se hubiera acordado, los cualesen contra de lo dispuesto en el apartado 3.1 del presente documento, cuando se fijen por unidad de tiempo sin fecha, los cuales no empezaran a contar hasta que XXXXXX CATALANA no haya obtenido la confirmación por escrito del pedido. Esto es, éste no será vinculante hasta que el Comprador lo confirme recogiera los Productos x xxxxxx debidos, el Proveedor deberá confirmar al Comprador la disponibilidad de los Productos solicitados al menos 2 días laborables (de lunes a viernes) antes del vencimiento del plazo de entrega, por correo electrónico a la dirección de correo electrónico especificada por el Comprador, y acepte poner los Productos a su disposición para su recogida, incluido el embalaje. 4.3 El Comprador podrá aplazar hasta 3 (tres) meses las fechas de entrega acordadas, sin que ello dé derecho al Proveedor a modificar los precios de los Productos ni a solicitar reembolso o indemnización por escrito. No obstante, cabe tener en cuenta que si los plazos de expedición daños y entrega se indican en las condiciones de transacción comercial, estos se entenderán aproximados y meramente indicativosperjuicios. En estos casos, XXXXXX CATALANA no responderá por retraso en la entrega de las mercancías si dicho incumplimiento o retraso es debido a causas de fuerza mayor o por otros motivos que no le sean directamente imputables, o bien han sido expresamente comunicados con una antelación mínima de dos día. En estos tales casos, el Comprador no tendrá derecho a reclamar ningún tipo de indemnización, compensación, penalidad ni anulación total o parcial del pedido. En el caso de común acuerdo sobre la suspensión o aplazamiento de notificará al Proveedor cualquier cambio en las fechas de entrega del pedido, ello tendrá siempre carácter temporal, salvo lo antes posible. 4.4 Si existe el peligro de que ya se hubiesen convenido correctamente nuevas fechas. De no existir en forma fehaciente este último convenio, XXXXXX CATALANA podrá efectuar las entregas o poner las mercancías a disposición del Comprador cuando, a su criterio, considere terminado el plazo de suspensión o transcurridas las fechas de aplazamiento, sin que la parte compradora pueda oponerse a la recepción de las mercancías. De no haberse establecido desde el principio fechas sobrepase una fecha de entrega, se entenderá que el Proveedor deberá notificarlo al Comprador inmediatamente después de tener conocimiento de ello. En tal caso, el Comprador se compromete a adquirir la totalidad del pedido en el tiempo máximo de seis meses. Por otro lado, en el caso de que la recogida de la mercancía incumba al Comprador y éste no la recoja tras su puesta a disposición, XXXXXX CATALANA tendrá derecho a almacenar designar la mercancía omodalidad de envío más adecuada. El Proveedor correrá con todos los gastos de envío adicionales que puedan originarse. 4.5 Las entregas anticipadas, después parciales y en exceso requerirán el consentimiento del Comprador. Sin dicho consentimiento, el Comprador podrá negarse a aceptar la entrega y, en su lugar, podrá almacenarla o enviarla de interpelar al Comprador, proceder a su entrega o venta compensatoria vuelta por cuenta y riesgo de este. En el caso de entregas sucesivas, si el Comprador persiste en no recoger las mercancías, XXXXXX CATALANA podrá resolver el contrato anulando en consecuencia aquella parte del pedido pendiente de servir. Las causas internas de ABELAN CATALANA que supongan un paro, una suspensión o una reducción pasajera de la producción, dan derecho a prórrogas por el tiempo equivalente a su duración, pero no podrán ser invocadas por las partes como causa de anulación de los pedidos, salvo caso de fuerza mayorProveedor.

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Samples: Condiciones Generales De Compra

PLAZOS DE ENTREGA. 4.1 El XXXXXX CATALANA procurará siempre y con todo interés efectuar las entregas plazo de mercancías entrega será acordado individualmente o especificado por el Contratista en los plazos convenidos, los cuales, cuando se fijen por unidad el momento de tiempo sin fecha, los cuales no empezaran a contar hasta que XXXXXX CATALANA no haya obtenido la confirmación por escrito aceptación del pedido. Esto esSi no es así, éste el plazo de entrega es de aprox. 5 a 6 meses. 4.2 El Contratista no será vinculante hasta que el Comprador lo confirme y acepte por escrito. No obstante, cabe tener en cuenta que si responsable de la imposibilidad de entrega ni de los plazos de expedición y entrega se indican en las condiciones de transacción comercial, estos se entenderán aproximados y meramente indicativos. En estos casos, XXXXXX CATALANA no responderá por retraso retrasos en la entrega de las mercancías si dicho incumplimiento o retraso es debido en la medida en que éstos se deban a causas de fuerza mayor u otros incidentes no previsibles en el momento de la celebración del contrato y fuera del control del Contratista (p. ej. el Contratista no responderá de defectos operativos de ningún tipo, de dificultades en la adquisición de materiales o energía, retrasos en el transporte, huelgas, cierres patronales legales, escasez de mano de obra, energía o materias primas, dificultades para obtener las aprobaciones oficiales necesarias, medidas oficiales o la falta de recepción de suministros por otros motivos parte de los proveedores o recepción incorrecta o retrasada de los mismos). 4.3 Si el Contratista no puede cumplir los plazos de entrega vinculantes por razones de las que no es responsable (falta de disponibilidad del servicio), el Contratista informará de ello al Cliente sin demora y, al mismo tiempo, le sean directamente imputablesinformará del nuevo plazo de entrega previsto. Si el servicio tampoco está disponible dentro del nuevo plazo de entrega, el Contratista tendrá derecho a rescindir el contrato en su totalidad o bien han sido expresamente comunicados en parte; el Contratista reembolsará inmediatamente cualquier contraprestación ya prestada por el Comprador. La falta de disponibilidad del servicio en este sentido también se considerará como falta de entrega oportuna por parte de los proveedores del Contratista si éste ha concluido una operación de cobertura congruente con una antelación mínima ellos y ni el Contratista ni su proveedor tienen la culpa o el Contratista no está obligado a realizar el suministro en el caso concreto. Si como consecuencia del retraso, no puede esperarse razonablemente que el Comprador acepte la entrega o el servicio, éste podrá rescindir el contrato mediante declaración inmediata por escrito al Contratista. 4.4 El incumplimiento de dos díala entrega por parte del Contratista se determinará de conformidad con las disposiciones legales. En estos casoscualquier caso, sin embargo, se requiere la reclamación previa por parte del Comprador. 4.5 Si el Cliente se retrasa en la aceptación, no coopera o si la entrega del Contratista se retrasa por otras razones de las que el Comprador es responsable, el Comprador no Contratista tendrá derecho a reclamar ningún tipo una indemnización por los daños y perjuicios causados, incluidos los gastos adicionales (por ejemplo, los costes de indemnización, compensación, penalidad ni anulación total o parcial del pedido. En el caso de común acuerdo sobre la suspensión o aplazamiento de las fechas de entrega del pedido, ello tendrá siempre carácter temporal, salvo que ya se hubiesen convenido correctamente nuevas fechas. De no existir en forma fehaciente este último convenio, XXXXXX CATALANA podrá efectuar las entregas o poner las mercancías a disposición del Comprador cuando, a su criterio, considere terminado el plazo de suspensión o transcurridas las fechas de aplazamiento, sin que la parte compradora pueda oponerse a la recepción de las mercancías. De no haberse establecido desde el principio fechas de entrega, se entenderá que el Comprador se compromete a adquirir la totalidad del pedido en el tiempo máximo de seis meses. Por otro lado, en el caso de que la recogida de la mercancía incumba al Comprador y éste no la recoja tras su puesta a disposición, XXXXXX CATALANA tendrá derecho a almacenar la mercancía o, después de interpelar al Comprador, proceder a su entrega o venta compensatoria por cuenta y riesgo de este. En el caso de entregas sucesivas, si el Comprador persiste en no recoger las mercancías, XXXXXX CATALANA podrá resolver el contrato anulando en consecuencia aquella parte del pedido pendiente de servir. Las causas internas de ABELAN CATALANA que supongan un paro, una suspensión o una reducción pasajera de la producción, dan derecho a prórrogas por el tiempo equivalente a su duración, pero no podrán ser invocadas por las partes como causa de anulación de los pedidos, salvo caso de fuerza mayoralmacenamiento).

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Samples: Condiciones Generales De Contratación