PLAZOS DE ESPERA. Estará cubierto el fallecimiento como consecuencia de enfermedad, que ocurra después de un (1) mes contado a partir del inicio de la Póliza, la rehabilitación o la inclusión del Asegurado en la misma. En caso de fallecimiento como consecuencia de accidentes, no aplicará el plazo indicado.
PLAZOS DE ESPERA. Artículo 115. El contrato de seguros de hospitalización, cirugía y maternidad no podrá prever plazos de espera por períodos superiores a los de su vigencia.
PLAZOS DE ESPERA. Los asegurados tendrán derecho a la cobertura prevista en la póliza de Seguro Solidario, una vez transcurridos los plazos de espera que especifican a continuación, contados a partir del comienzo de la Póliza, la rehabilitación o la inclusión del Asegurado en la misma, según sea el caso:
PLAZOS DE ESPERA. Los ASEGURADOS inscritos en el seguro tienen derecho a gozar de las coberturas y beneficios establecidos en ésta Póliza, una vez transcurridos los Plazos de Espera que se especifican a continuación, los cuales serán contados a partir de la fecha de comienzo de la Póliza o la inclusión del ASEGURADO, según sea el caso:
PLAZOS DE ESPERA. Las ASEGURADAS inscritas en este seguro tienen derecho a gozar de las coberturas y beneficios establecidos en este Anexo, siempre que el estado de gravidez comience durante la vigencia del mismo y una vez transcurridos los Plazos de Espera que se especifican a continuación, los cuales serán contados a partir de la fecha de comienzo del Anexo, su rehabilitación o la inclusión de la ASEGURADA en el mismo, según sea el caso.
PLAZOS DE ESPERA. Todos los Asegurados amparados por esta póliza, tendrán derecho a la Cobertura a partir de la fecha de emisión, y para los nuevos Asegurados desde el momento de inclusión en la Póliza, una vez transcurridos los Plazos de Espera que se detallan a continuación:
PLAZOS DE ESPERA. Este plazo comenzará a contarse a partir de la fecha efectiva de perfeccionamiento del contrato, inclusión de un nuevo Asegurado, contratación de cobertura adicional o aumento de suma asegurada o cambio de plan. Para el aumento de suma asegurada o contratación de cobertura adicional, el plazo de espera sólo se aplicará para la diferencia de suma asegurada o para la diferencia del nuevo plan con respecto al anterior. Para los gastos médicos ocasionados por las enfermedades y/o intervenciones quirúrgicas descritas a continuación, se aplicarán los siguientes plazos de espera:
PLAZOS DE ESPERA. Aquel período, dentro de la vigencia de la cobertura del contrato de seguros o de cualquier anexo, durante el cual la Empresa de Seguros no cubre determinados riesgos establecidos en el contrato.
PLAZOS DE ESPERA. El Asegurado tendrá derecho a indemnización después de transcurridos diez (10) meses contados desde la fecha de comienzo de la Póliza y/o de la Cobertura o de la inclusión de cualquier familiar como Asegurado.
PLAZOS DE ESPERA. El Asegurado tendrá derecho a los Beneficios garantizados por esta Cobertura en los siguientes casos: