Por Medios Remotos Cláusulas de Ejemplo

Por Medios Remotos. 3.1 El Partícipe también podrá realizar aportes y solicitar rescates de cuotas por medios remotos, ya sea a través de internet (en adelante “Internet”) o de una plataforma telefónica especialmente habilitada con este objeto (en adelante la “Plataforma Telefónica). 3.2 Para poder acceder al uso de estos medios remotos, el Partícipe deberá previamente: (a) Suscribir el presente Contrato General de Fondos con la Administradora; y, (b) Tener registrada una dirección válida de correo electrónico en la Administradora. En caso que el Partícipe no cuente con una dirección de correo electrónico para estos efectos, sus aportes y rescates deberán efectuarse en forma presencial o mediante instrucción por escrito dirigida al domicilio principal de la Sociedad o de sus Agentes, según sea el caso. 3.3 Sólo se podrán realizar aportes y solicitar rescates de cuotas a través de Internet o de la Plataforma Telefónica, en el caso de aquellos fondos administrados por la Sociedad cuyos Reglamentos Internos contemplen expresamente, además, la posibilidad de realizar aportes y solicitar rescates de cuotas a través de estos medios remotos. 3.4 Los aspectos más relevantes y la forma de operar de estos sistemas remotos se describen a continuación: 3.4.1 Toda la información relativa a las operaciones de aporte y rescate de cuotas que el Partícipe efectúe por medios remotos, ya sea a través de Internet o de la Plataforma Telefónica, quedará respaldada en archivos que la Administradora mantendrá debidamente custodiados. 3.4.2 En caso xx xxxxxx o de interrupciones en estos sistemas remotos, el Partícipe podrá realizar sus aportes y solicitar sus rescates en forma presencial, de acuerdo a lo indicado en el número 1. de esta cláusula o mediante el envío de instrucciones conforme lo indicado en el número 2. de esta cláusula. 3.4.3 Las operaciones de aporte y rescate que se soliciten a través de Internet en días xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos, y las que se realicen a través de Internet o de la Plataforma Telefónica en días hábiles, pero con posterioridad al cierre de operaciones del fondo correspondiente, para todos los efectos a que haya lugar, se entenderán efectuadas el día hábil bancario siguiente, antes del cierre de operaciones del fondo respectivo. Se tendrá por día y hora de la solicitud de aporte o de rescate, aquélla que conste en la base de datos del dispositivo remoto seleccionado. 3.4.4 En las solicitudes de inversión que se realicen a través de medios remotos, el aporte se enten...

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