Definición de Rescate total

Rescate total. Es el retiro total del Valor Póliza solicitado por el Contratante, y que implica el término de la misma.
Rescate total. El tomador, mientras viva el asegurado, si las primas correspondientes a la primera anualidad de prima periódica completa hubieran sido satisfechas y desde el primer momento una vez abonada la prima en el caso de aportaciones a prima única, tendrá derecho a efectuar el rescate total de la póliza. El importe de la prestación se determinará en función del valor de póliza correspondiente en un máximo de tres días hábiles a contar desde que el asegurador reciba la solicitud por escrito.
Rescate total. Es un beneficio de la póliza consistente en que el contratante puede, en vida del asegurado, solicitar y retirar la totalidad del Valor de la Póliza, cuyo monto y procedimiento se determina de acuerdo a lo establecido en los artículos 15 y 16 de estas Condiciones Generales.

Examples of Rescate total in a sentence

  • Rescate total: El Tomador podrá, en cualquier momento mediante solicitud x XXXXXX MONDIALE VIDA, ejercer el derecho a rescindir el contrato percibiendo su valor de rescate y quedando anulado a todos los efectos, sin perjuicio de que el momento en que se efectúe el mismo pueda condicionar el tratamiento fiscal de la operación en función de lo establecido en la legislación fiscal vigente.

  • Son aquellos cargos que la Compañía deducirá del Valor Póliza, en el caso que el Contratante efectúe un Rescate total del Valor Póliza, y que se expresan en las Condiciones Particulares.

  • Rescate total: el valor por cobrar será el valor total del saldo acumulado.

  • El tomador podrá solicitar el rescate del importe del ahorro acumulado en cualquier momento, por escrito y durante la vigencia del contrato: • Rescate total: el reintegro total del importe del ahorro acumulado del contrato, lo que producirá la terminación del mismo.

  • El Contratante tendrá en cualquier momento el derecho a efectuar un Rescate, total o parcial, del Valor Póliza, salvo que haya efectuado una Cesión en Garantía o haya designado Beneficiarios en carácter irrevocable, en cuyo caso se requerirá el consentimiento del Cesionario o Beneficiarios correspondientes.

  • En caso que el Contratante no aceptare la nueva situación, ya sea por modificación o disolución de los Instrumentos o Activos de Inversión, se entenderá que solicita el Rescate total del Valor de la Póliza dando por terminado el seguro y se procederá según lo dispuesto en el artículo N° 13 de esta póliza.


More Definitions of Rescate total

Rescate total. Corresponderá al monto íntegro del valor póliza correspondiente al día en se apruebe en la compañía aseguradora la solicitud de rescate total. El contratante podrá solicitar el rescate total en cualquier momento de la vigencia del seguro y producirá el término del mismo, cesando toda responsabilidad del asegurador, con excepción de su obligación de pagar al contratante el valor de rescate solicitado. Rescate parcial: dentro del plazo, cumpliendo con los requisitos y con la frecuencia que se estipule en las Condiciones Particulares, el contratante podrá realizar rescates parciales. En las Condiciones Particulares se señalará la cantidad mínima y máxima que se podrá rescatar, manteniéndose vigente la póliza. Todo rescate parcial reducirá el valor póliza en la suma del monto rescatado más el cargo por rescate parcial. Adicionalmente, en el caso que el Plan A sea el escogido, se reducirá el capital asegurado en esta misma cantidad mediante un endoso a la póliza, a menos que el contratante solicite mantener o aumentar el capital asegurado, para la cual se aplicará según lo establecido en el artículo 19 de estas condiciones generales. La Compañía efectuará el pago del rescate dentro del plazo de 10 días hábiles de formalizada la correspondiente solicitud. El cálculo del monto a rescatar se realizará con los valores correspondientes al día en que la Compañía apruebe la solicitud. La solicitud se entenderá aprobada al sexto día hábil contado desde la fecha de la formalización de la solicitud de rescate a la Compañía. El contratante podrá solicitar la revocación de su solicitud de rescate por escrito, dentro de los plazos y de acuerdo al procedimiento indicado en las Condiciones Particulares. Préstamos: En las condiciones particulares de la póliza se establecerá el plazo a partir del cual el contratante podrá solicitar préstamos y su monto mínimo, indicando además el porcentaje máximo del valor de rescate total al que puede ascender el monto xxx xxxxxxxx solicitado. Los préstamos se documentarán en un contrato de mutuo, el cual no afectará las Condiciones Generales ni Particulares de la póliza. En el contrato de mutuo se estipulará la tasa de interés convenida. Todo préstamo quedará automáticamente garantizado por el valor de rescate total y a la fecha de fallecimiento del asegurado se descontará de la indemnización del seguro el saldo insoluto de los préstamos vigentes e intereses devengados, si los hubiere, según corresponda. Los préstamos serán pagados por la Co...
Rescate total. Corresponderá al monto íntegro del valor de rescate de la póliza y producirá el término del seguro, cesando toda responsabilidad del asegurador, con excepción de su obligación de pagar al contratante el valor de rescate solicitado. Rescate parcial: corresponderá a una porción del valor de rescate. En las Condiciones Particulares se señalará la cantidad mínima y máxima que se podrá rescatar, manteniéndose vigente la póliza. Todo rescate parcial reducirá el valor de la póliza en la suma del monto rescatado más el cargo por rescate. Adicionalmente en el caso que el Plan A sea el escogido, se reducirá el capital asegurado en esta misma cantidad mediante un endoso a la póliza, a menos que el contratante solicite mantener o aumentar el capital asegurado, para la cual se aplicará según lo establecido en el artículo 17 de estas condiciones generales.
Rescate total. El Tomador podrá, en cualquier momento mediante solicitud x XXXXXX MONDIALE VIDA, ejercer el derecho a rescindir el contrato percibiendo su valor de rescate, sin perjuicio de que el momento en que se efectúe el mismo pueda condicionar el tratamiento fiscal de la operación en función de lo establecido en la legislación fiscal vigente. La solicitud de rescate deberá acompañarse de fotocopia de N.I.F., del original de la póliza y, en su caso, de los suplementos emitidos con ocasión de cada prima adicional.
Rescate total. Corresponderá al monto íntegro del valor póliza correspondiente al día en se apruebe en la compañía aseguradora la solicitud de rescate total. El contratante podrá solicitar el rescate total en cualquier momento de la vigencia del seguro y producirá el término del mismo, cesando toda responsabilidad del asegurador, con excepción de su obligación de pagar al contratante el valor de rescate solicitado. Rescate parcial: dentro del plazo, cumpliendo con los requisitos y con la frecuencia que se estipule en las Condiciones Particulares, el contratante podrá realizar rescates parciales. En las Condiciones Particulares se señalará la cantidad mínima y máxima que se podrá rescatar, manteniéndose vigente la póliza. Todo rescate parcial reducirá el valor póliza en la suma del monto rescatado más el cargo por rescate parcial. La Compañía efectuará el pago del rescate dentro del plazo de 10 días hábiles de formalizada la correspondiente solicitud. El cálculo del monto a rescatar se realizará con los valores correspondientes al día en que la Compañía apruebe la solicitud. La solicitud se entenderá aprobada al sexto día hábil contado desde la fecha de la formalización de la solicitud de rescate a la Compañía. El contratante podrá solicitar la revocación de su solicitud de rescate por escrito, dentro de los plazos y de acuerdo al procedimiento indicado en las Condiciones Particulares.
Rescate total. Corresponderá al monto íntegro del valor de rescate de la póliza y producirá el término del seguro, cesando toda responsabilidad del asegurador, con excepción de su obligación de pagar al contratante el valor de rescate solicitado. Rescate parcial: corresponderá a una proporción del valor de rescate. En las Condiciones Particulares se señalará la cantidad mínima y máxima que se podrá rescatar, manteniéndose vigente la póliza. Todo rescate parcial reducirá el valor de la póliza en la suma del monto rescatado más el cargo por rescate.
Rescate total. Corresponderá al monto íntegro del valor de rescate de la póliza y producirá el término del seguro, cesando toda responsabilidad del asegurador.

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  • SHCP Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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