PRECIOS UNITARIOS MÁXIMOS DE LICITACIÓN POR SERVICIOS, IVA EXCLUIDO Cláusulas de Ejemplo

PRECIOS UNITARIOS MÁXIMOS DE LICITACIÓN POR SERVICIOS, IVA EXCLUIDO. Las empresas adjudicatarias se comprometen a ofertar el precio económicamente más ventajoso en todos los casos en función de las fechas, horarios y otras circunstancias que concurran, cumpliendo siempre las instrucciones comunicadas por la Universidad en esta materia, asesorando de forma previa al peticionario acerca de las mejores condiciones, las diferentes opciones y las tarifas especiales que puedan haber en cada momento. Las empresas adjudicatarias se comprometen a aplicar a los precios los descuentos o mejoras que se derivan de los acuerdos que la Universidad haya establecido o puedan establecer con empresas, compañías o entidades de transporte o alojamiento. Además, la empresa adjudicataria deberá aplicar los acuerdos suscritos por ella misma con dichas compañías a lo largo de la duración del contrato. Los precios ofertados serán de aplicación tanto para los servicios que se inicien en España, como en el extranjero. En caso de cambios o anulaciones por parte del personal de la Universidad, para los bonos de alojamiento o billetes de transporte, la empresa adjudicataria no aplicará ningún cargo suplementario por la realización de dicha gestión, aparte de los correspondientes por cambio o anulación en la tarifa que había sido adquirida. Otros gastos surgidos como consecuencia de las anulaciones o modificaciones y originados por una negligencia imputable a la empresa adjudicataria correrán a su cargo. A continuación, se indican algunas particularidades que deberán considerarse en cuanto a los precios de ciertos servicios: Se incluye la posibilidad de adquirir billetes cruzados, siempre que sea la opción más económica. Si el viajero no optara por la oferta más barata ofrecida por la empresa adjudicataria, será el firmante de la Solicitud de Servicio (Responsable del Centro de Gasto) el que, en función de su criterio y de las normas aplicables a los créditos con los que se vaya a hacer frente al pago del viaje, autorice dicha elección. En este caso, deberá constar en la Orden de Servicio una explicación de las causas que justifican la elección de una tarifa más cara. Los billetes de avión (nacionales, continentales y transoceánicos), tren, barco y autobús se emitirán sin que la Universidad xx Xxxxxxx haya de soportar cargo alguno por gastos de emisión. El viajero siempre podrá elegir el hotel que prefiera contratándolo a través de la adjudicataria y por el precio máximo que le aplique en su caso de acuerdo con la normativa vigente de liquidación de indem...

Related to PRECIOS UNITARIOS MÁXIMOS DE LICITACIÓN POR SERVICIOS, IVA EXCLUIDO

  • DERECHOS DEL SUSCRIPTOR Y/O USUARIO Son derechos de suscriptor y/o usuario aquellos reconocidos a favor del usuario en la Constitución Política, la Ley 142 de 1994, los decretos reglamentarios y la regulación vigente, así como los siguientes:

  • OBLIGACIONES DEL SUSCRIPTOR Y/O USUARIO Sin perjuicio de aquellas contenidas en la legislación, reglamentación y regulación vigente, son obligaciones del suscriptor y/o usuario, que se entienden incorporadas en el contrato de servicios públicos, las siguientes:

  • IMPUESTOS Y DERECHOS Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, serán pagados por "EL PROVEEDOR", mismos que no serán repercutidos a "EL CENACE".

  • PETICIONES, QUEJAS Y RECURSOS Los suscriptores y/o usuarios tienen derecho a presentar ante la persona prestadora peticiones, quejas y recursos por cualquiera de los siguientes medios: físico en los puntos de atención, líneas telefónicas, fax, correo electrónico, correo certificado. El término máximo que tiene la persona prestadora para responder son quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de su presentación y si la respuesta no ocurre en este plazo se produce el silencio administrativo positivo. Las peticiones, quejas y recursos serán tramitados de conformidad con el Título VIII Capítulo VII de la Ley 142 de 1994, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y la Ley 1755 de 2015.

  • DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS “LA EMPRESA” se obliga con “EL AYUNTAMIENTO”, a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar a “EL AYUNTAMIENTO” o a terceros, si con motivo de la contratación objeto del presente Contrato se viola derechos de autor, patentes y/o marcas registradas, de terceros u otro derecho inherentes a la Propiedad Intelectual, en tal virtud, “LA EMPRESA” manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito, establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor y La Ley de la Propiedad Industrial. En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de “EL AYUNTAMIENTO”, por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de éste, será la de dar aviso en el domicilio previsto en este instrumento a “LA EMPRESA”, para que ésta, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a “EL AYUNTAMIENTO” de cualquier controversia, liberándole de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de “LA ENTIDAD”.

  • LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS “EL PROVEEDOR” se obliga a observar y mantener vigentes las licencias, autorizaciones, permisos o registros requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones.

  • Formularios de la Oferta 1. Oferta

  • Ámbito de aplicación 1. Son contratos del sector público y, en consecuencia, están sometidos a la presente Ley en la forma y términos previstos en la misma, los contratos onerosos, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que celebren los entes, organismos y entidades enumerados en el artículo 3.

  • DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES 7.1 Los derechos y obligaciones de cada una de LAS PARTES son las que constan en el referido Pliego de Condiciones Específicas que regulan el presente Contrato.