Precios. 5.1.1 Los precios fijados en el Contrato será la total y exclusiva contraprestación por el Suministro de Equipos y Material e incluirá todos los impuestos, aduanas, derechos y otras cuotas públicas y los gastos de paquete, suministro, seguro, transporte, entrega e instalación del equipo y Materiales, salvo acuerdo en contrario por escrito de Iberdrola, por lo que éstos tienen la consideración de valor total y definitivo. 5.1.2 Los precios vendrán desglosados en (i) precio de los Equipos y Materiales; (ii) precio de los Servicios Asociados y (iii) el IVA e impuestos pertinentes, en su caso. 5.1.3 Los precios del Suministro adoptarán la modalidad de transporte, embalaje y seguro pagados por el Proveedor hasta la instalación definida por Iberdrola y, en el caso de suministro extranjero según la modalidad DDP (Entregado Derechos Pagados) recogida en los Incoterms de la Cámara de Comercio Internacional. No obstante, lo aquí indicado en relación al Incoterm DDP no será de aplicación para lo expresamente establecido en las presentes CG sobre seguros y transferencia del riesgo y propiedad. 5.1.4 Los precios se considerarán fijos y no revisables. 5.1.5 La variación de los tipos de cambio no dará lugar a variaciones ni revisiones de los precios acordados en el Contrato. 5.1.6 No se podrá hacer un aumento de los precios (ya sea por el aumento de los costes de material, de mano de obra o de transporte, la fluctuación de los tipos de cambio o de otro tipo) sin el consentimiento previo por escrito de Iberdrola. Ninguna cantidad que exceda del Precio será pagada por Iberdrola, a menos que se acuerde por escrito y (i) firmada por representantes autorizados de Iberdrola o (II) confirmada por Iberdrola de una modificación del contrato, no deberá abonar ningún importe adicional a los precios.
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Samples: Condiciones Generales De Contratación, Condiciones Generales De Contratación
Precios. 5.1.1 Los precios fijados en 7.1.1. En el caso de la realización de una obra o un servicio, el precio del Contrato será la total y exclusiva contraprestación por el Suministro de Equipos y Material e incluirá todos los impuestos, aduanas, derechos y otras cuotas públicas y los gastos de paquete, suministro, seguro, transporte, entrega e instalación del equipo y Materialesincluye como mínimo, salvo acuerdo que expresamente se incluya en contrario por escrito de Iberdrolaotros conceptos, por lo que éstos tienen la consideración de valor total y definitivo.siguiente:
5.1.2 7.1.2. Los precios vendrán desglosados en (i) precio de los Equipos y Materiales; (ii) servicios, precio de los Servicios Asociados y (iii) el IVA materiales e impuestos pertinentes, en su casoque correspondan según la legislación aplicable.
5.1.3 Los precios del Suministro adoptarán la modalidad de transporte7.1.3. El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletes, embalaje portes y seguro pagados otros gastos originados por el Proveedor hasta la instalación definida por Iberdrola y, en el caso incumplimiento de suministro extranjero según la modalidad DDP (Entregado Derechos Pagados) recogida en los Incoterms las condiciones de la Cámara de Comercio Internacional. No obstante, lo aquí indicado en relación al Incoterm DDP no será de aplicación para lo expresamente establecido en las presentes CG sobre seguros entrega y transferencia del riesgo y propiedad.
5.1.4 Los precios se considerarán fijos y no revisables.
5.1.5 La variación de los tipos de cambio no dará lugar a variaciones ni revisiones de los precios acordados envío establecidas en el Contrato.
5.1.6 7.1.4. No se podrá hacer pagarán materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de ENEL, debidamente facultado.
7.1.5. El Proveedor viene obligado a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones del alcance del Contrato, a los precios convenidos, siempre que las mismas no representen, en conjunto, un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partes.
7.1.6. Si las ampliaciones, modificaciones o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran en conjunto un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL tendrá derecho a resolver el Contrato sin derecho a indemnización a favor del Proveedor.
7.1.7. En los casos en que haya de ejecutarse una unidad de obra no prevista en el cuadro de precios (ya sea del Contrato, el precio homónimo se determinará entre ENEL y el Proveedor, basándose en la descomposición de costos de otras unidades análogas para las que exista precio unitario.
7.1.8. La negociación del precio contradictorio será independiente de la realización de la unidad de que se trate, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido la orden de ENEL.
7.1.9. A petición de ENEL, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que ENEL considere necesario, durante la ejecución del Contrato, la realización por el aumento Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros no previstas inicialmente en el alcance del Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los costes definidos en la cláusula 7.1.1. y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio contradictorio o en los casos en que ENEL lo estime necesario.
7.1.10. La realización de material, de mano de obra o de transporte, la fluctuación de los tipos de cambio o de otro tipo) sin el consentimiento previo trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa ordende ejecución por escrito de IberdrolaENEL.
7.1.11. Ninguna cantidad que exceda En los costos del Precio será pagada por Iberdrolapersonal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidad, a menos que así como el equipo necesario para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos.
7.1.12. No se acuerde por escrito y (i) firmada por representantes autorizados admitirán costos adicionales en concepto de Iberdrola transportes, dietas o (II) confirmada por Iberdrola de una modificación manutención del contrato, no deberá abonar ningún importe adicional a los preciospersonal del Proveedor.
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Samples: Anexo v Perú, Anexo v Perú
Precios. 5.1.1 4.1 Los precios fijados establecidos en el Contrato será la total y exclusiva contraprestación por el Suministro contratación sobre las bases de Equipos y Material e incluirá todos las propuestas aceptadas, serán invariables; sean cuales fueran los impuestos, aduanas, derechos y otras cuotas públicas y errores u omisiones que hubieran o los gastos de paquete, suministro, seguro, transporte, entrega e instalación del equipo y Materiales, salvo acuerdo en contrario por escrito de Iberdrola, por lo que éstos tienen la consideración de valor total y definitivo.
5.1.2 Los cambios experimentados con los precios vendrán desglosados en (i) precio de los Equipos y Materiales; (ii) precio de los Servicios Asociados y (iii) el IVA e impuestos pertinentes, en su caso.
5.1.3 Los precios del Suministro adoptarán la modalidad de transporte, embalaje y seguro pagados por el Proveedor hasta la instalación definida por Iberdrola y, en el caso de suministro extranjero según la modalidad DDP (Entregado Derechos Pagados) recogida en los Incoterms de la Cámara de Comercio Internacional. No obstante, lo aquí indicado en relación al Incoterm DDP no será de aplicación para lo expresamente establecido en las presentes CG sobre seguros y transferencia del riesgo y propiedad.
5.1.4 Los precios se considerarán fijos y no revisables.
5.1.5 La variación de los tipos de cambio no dará lugar a variaciones ni revisiones de los precios acordados en el Contrato.
5.1.6 No se podrá hacer un aumento de los precios (ya sea por el aumento de los costes de material, de mano de obra o de transportelos materiales, salvo que cláusulas especiales insertas en el llamado dictaminen otra alternativa. 5.-ADJUDICACIÓN
5.1 Para la adjudicación se tendrá en cuenta lo siguiente:
a) Se hará por rubro o ítem o por fracción de estos o por el total licitado, según convenga, como resultante de la comparación de las ofertas presentadas y atendiendo a la naturaleza y especificidad de artículo y/o prestación requerida.
b) Se efectuará a la propuesta más conveniente, evaluando no solo el precio sino la calidad y demás condiciones exigidas.
c) En los casos de similitud en las propuesta, O.S.S.E. podrá, a su solo juicio, invitar a los oferentes por escrito a mejorar sus ofertas dentro de un término máximo de 2 (dos) días hábiles, los que se deberán presentar en sobres perfectamente cerrados. Serán abiertos en la fecha y hora que se determinará al efecto.
5.2 La Autoridad de OSSE, adjudicará al Oferente cuya oferta sea considerada a su exclusivo juicio como la “Oferta más conveniente”, donde el precio es un elemento más que hace a la conveniencia, pero no es determinante exclusivo de ello. Se podrá adjudicar el total de los renglones a un único oferente, o bien hacerlo en forma parcial a ese único o a varios oferentes. La decisión respecto a las calificaciones que le merezcan los oferentes y sus propuestas es absolutamente privativa de OSSE, no encontrándose sujetas a impugnación ni recurso de naturaleza alguna.
5.3 La contratación queda perfeccionada por el solo hecho de la adjudicación por la autoridad facultada para contratar dentro de los plazos establecidos, librándose la orden de compra, la fluctuación cual deberá contener las estipulaciones básicas de los tipos la contratación. En caso de cambio o de otro tipo) sin el consentimiento previo por escrito de Iberdrola. Ninguna cantidad que exceda del Precio será pagada por Iberdroladiscordancia con las cláusulas contractuales, a menos prevalecerán éstas últimas y se interpretará que se acuerde por escrito y (i) firmada por representantes autorizados trató de Iberdrola o (II) confirmada por Iberdrola errores u omisiones en que se incurrió al redactar la orden de una modificación del contrato, no deberá abonar ningún importe adicional a los precioscompra.
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Precios. 5.1.1 Los precios fijados en el Contrato será son la total y exclusiva contraprestación por el Suministro la ejecución de las Obras y/o Servicios objeto del Contrato y de los Equipos y Material e incluirá todos los impuestos, aduanas, derechos y otras cuotas públicas y los gastos de paquete, suministro, seguro, transporte, entrega e instalación del equipo y Materiales, salvo acuerdo en contrario por escrito de IberdrolaMateriales Asociados, por lo que éstos tienen la consideración de valor precio total y definitivo, e incluyen el beneficio industrial y todo tipo de gastos y cargas que directa o indirectamente sean necesarios para la ejecución de las Obras y/o Servicios por el Proveedor. Todos los precios estarán indicados en Pesos, moneda de curso legal en México, salvo que Iberdrola y el Proveedor acuerden expresamente una moneda distinta.
5.1.2 Los precios vendrán desglosados en (i) precio de los Equipos y Materialeslas Obras y/o Servicios; (ii) el precio de los Servicios Equipos y Materiales Asociados y (iiiii) el IVA e impuestos pertinentes, en su caso.
5.1.3 Los precios Si Iberdrola considera conveniente o necesario realizar alguna unidad de las Obras y/o Servicios no expresamente recogida en el Contrato o que suponga un cambio en el alcance del Suministro adoptarán la modalidad Contrato y cuyo precio no haya sido explicitado en el cuadro de transporteprecios, embalaje y seguro pagados por el Proveedor hasta deberá realizar la instalación definida por Iberdrola nueva unidad de las Obras y/o Servicios, acordándose entre las partes el precio que proceda basándose en el caso la descomposición de suministro extranjero según la modalidad DDP (Entregado Derechos Pagados) recogida en los Incoterms otras unidades análogas para las que exista precio unitario. La realización de la Cámara nueva unidad de Comercio Internacionallas Obras y/o Servicios no estar supeditada al momento de acuerdo sobre su precio, debiendo ejecutarse previo al mismo, si su urgente necesidad así lo requiriese. No obstanteTranscurrida la urgencia, lo aquí indicado en relación las partes acordarán el precio a la mayor brevedad posible y formalizarán la documentación correspondiente al Incoterm DDP no será de aplicación para lo expresamente establecido en las presentes CG sobre seguros y transferencia del riesgo y propiedad.
5.1.4 Los cambio efectuado. 5.1.4Los precios se considerarán fijos y no revisables.
5.1.5 La variación de los tipos de cambio no dará lugar a variaciones ni revisiones de los precios acordados en el Contrato.
5.1.6 No se podrá hacer un aumento de los precios (ya sea por el aumento de los costes de material, de mano de obra o de transporte, la fluctuación de los tipos de cambio o de otro tipo) sin el consentimiento previo por escrito de Iberdrola. Ninguna cantidad que exceda del Precio será pagada por Iberdrola, a menos que se acuerde por escrito y (i) firmada por representantes autorizados de Iberdrola o (II) confirmada por Iberdrola de una modificación del contrato, no deberá abonar ningún importe adicional a los precios.
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Precios. 5.1.1 Los precios fijados de este concurso se establecen de acuerdo a la estructura de ejecución de mismo establecida en el Contrato será la total punto 4 de estos pliegos (Ver cuadro siguiente y exclusiva contraprestación por en el Suministro cuadro de Equipos y Material e incluirá todos “oferta económica” incluido en anexo de los impuestos, aduanas, derechos y otras cuotas públicas y los gastos de paquete, suministro, seguro, transporte, entrega e instalación del equipo y Materiales, salvo acuerdo en contrario por escrito de Iberdrola, por lo que éstos tienen la consideración de valor total y definitivo.
5.1.2 pliegos administrativos. Los precios vendrán desglosados en (i) precio de los Equipos apartados 1.1 y Materiales; 1.2 (iipreventivo y correctivo) consisten en un precio por kilómetro efectivamente recorrido por cada tipo de los Servicios Asociados y (iii) el IVA e impuestos pertinentes, en su caso.
5.1.3 bus. Los precios del Suministro adoptarán la modalidad apartado 1.3 de transporte, embalaje colisiones y seguro pagados por el Proveedor hasta la instalación definida por Iberdrola y, en el caso de suministro extranjero según la modalidad DDP (Entregado Derechos Pagados) recogida reparaciones no incluidas en los Incoterms de la Cámara de Comercio Internacional. No obstantepuntos 1.1 y 1.2, lo aquí indicado se establecen en relación al Incoterm DDP no será de aplicación para lo expresamente establecido en las presentes CG sobre seguros y transferencia del riesgo y propiedad.
5.1.4 Los precios se considerarán fijos y no revisables.
5.1.5 La variación de los tipos de cambio no dará lugar base a variaciones ni revisiones de los precios acordados en el Contrato.
5.1.6 No se podrá hacer un aumento de los precios (ya sea por el aumento de los costes de material, de mano de obra o y descuentos sobre materiales ofertados por el adjudicatario, y puntualmente a los presupuestos previamente aceptados por EMT. Los precios del apartado 1.4 correspondientes a conceptos estructurales de transporte, mantenimiento de instalaciones y de gestión se establecen en base a un importe fijo anual ofertado por los licitantes que no podrá superar un costo equivalente de 6 c€/km. Los precios del apartado 1.5 correspondiente a las penalizaciones se establecen en base al número de autobuses de exceso sobre la fluctuación no disponibilidad establecida. Los precios del apartado 2.1 de limpieza y repostado se establecen en base a los precios ofertados en función de los tipos vehículos que realicen efectivamente el servicio diario; mientras que el apartado 2.2 correspondiente a la limpieza de cambio o instalaciones y gestión y retirada de otro tipodesechos se realizará en base a un precio anual ofertado por los licitantes. En caso de prórroga durante el tercer año de vigencia se aplicarán las mismas condiciones que para los dos primeros años, mientras que en caso de prórroga del cuarto año se llevaran a cabo todas las operaciones anteriores con la excepción de las incluidas en el apartado 1.2 de mantenimiento correctivo a facturar por km recorrido. La facturación real considerará los parámetros reales (km efectuados, colisiones y reparaciones reales, días reales de servicio de los autobuses, horas de trabajo reales realizados por el adjudicatario para EMT y horas de trabajo reales realizadas por operarios EMT para el adjudicatario, etc…) sin por lo que el consentimiento previo importe máximo es un importe estimado, que puede sufrir variaciones en función del trabajo realizado, máximo si tenemos en cuenta la antigüedad de la flota en cuestión. Los importes anteriores se actualizaran anualmente de acuerdo al IPC anual. Se establece además un incremento adicional fijo a partir del tercer año de 6 céntimos de Euro por escrito kilómetro efectivamente recorrido, en concepto de Iberdrola. Ninguna cantidad que exceda del Precio será pagada actualización de precio por Iberdrolaobsolescencia de la flota, a menos que se acuerde por escrito pagará al adjudicatario siempre que la antigüedad media de la flota sea superior a la del año anterior y (i) firmada por representantes autorizados se lleven a cabo todas las reparaciones necesarias que permitan y consigan mantener los mismos índices de Iberdrola o (II) confirmada por Iberdrola disponibilidad que los conseguidos en los dos primeros años de una modificación vigencia del contrato, medidos en cada periodo de facturación. En la documentación técnica no deberá abonar ningún importe adicional a los se incluirá información de precios, siendo motivo de exclusión de la oferta.
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Samples: Mantenimiento De Autobuses
Precios. 5.1.1 Los precios fijados en 7.1.1. En el caso de la realización de una obra o un servicio, el precio del Contrato será la total y exclusiva contraprestación por el Suministro de Equipos y Material e incluirá todos los impuestos, aduanas, derechos y otras cuotas públicas y los gastos de paquete, suministro, seguro, transporte, entrega e instalación del equipo y Materialesincluye como mínimo, salvo acuerdo que expresamente se incluya en contrario por escrito otros conceptos, lo siguiente: Mano de Iberdrolaobra directa e indirecta. Maquinaria y el personal asociado. Amortización de maquinaria. Materiales permanentes y fungibles. Transporte hasta/y desde el lugar del trabajo, por lo del personal, material y medios. Instalación y autorización de servicios. Gastos de mantenimiento. Gastos generales y beneficio industrial. Impuestos, tasas y arbitrios que éstos tienen legalmente correspondan. Gastos que origine al PROVEEDOR, la consideración programación, reconocimientos y ensayos, control de valor total materiales, control de ejecución, pruebas, recepciones y definitivo.
5.1.2 Los precios vendrán desglosados otros análisis. Realización completa de todas las unidades con arreglo a las Especificaciones Técnicas y restantes documentos contractuales. Construcción, demolición y retirada de las instalaciones auxiliares de obra, vigilancia o almacenamiento y de las realizadas en (i) precio cumplimiento de los Equipos y Materiales; (ii) precio la Normativa de los Servicios Asociados y (iii) el IVA e impuestos pertinentesPrevención de Riesgos Laborales. Costes de garantía económica, seguros u otras garantías, en su caso.
5.1.3 7.1.2. Los precios del Suministro adoptarán vendrán desglosados en precio de los servicios, precio de los materiales e impuestos que correspondan según la modalidad de transportelegislación aplicable.
7.1.3. El PROVEEDOR asumirá cualquier coste adicional por los fletes, embalaje portes y seguro pagados otros gastos originados por el Proveedor hasta la instalación definida por Iberdrola y, en el caso incumplimiento de suministro extranjero según la modalidad DDP (Entregado Derechos Pagados) recogida en los Incoterms las condiciones de la Cámara de Comercio Internacional. No obstante, lo aquí indicado en relación al Incoterm DDP no será de aplicación para lo expresamente establecido en las presentes CG sobre seguros entrega y transferencia del riesgo y propiedad.
5.1.4 Los precios se considerarán fijos y no revisables.
5.1.5 La variación de los tipos de cambio no dará lugar a variaciones ni revisiones de los precios acordados envío establecidas en el Contrato.
5.1.6 7.1.4. No se podrá hacer pagarán materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el PROVEEDOR, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un aumento representante de ENEL, debidamente facultado.
7.1.5. EL PROVEEDOR se compromete a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones del ámbito del Contrato y de los precios acordados, siempre que los mismos no representen, en conjunto, un aumento o una disminución de más del 20% (ya sea veinte por ciento) del valor del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en ese caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partes, mediante propuesta detallada y fundamentada emitida por el PROVEEDOR.
7.1.6. En caso de que las ampliaciones, modificaciones y reducciones propuestas por ENEL, debidamente motivadas, representen en conjunto un aumento o una disminución superior al 20% (veinte por ciento) del valor del Contrato, se permitirá al PROVEEDOR aceptarlas o rechazarlas, si bien, en este último caso, ENEL tendrá derecho a extinguir el Contrato. En los casos en que haya de los ejecutarse una unidad de obra no prevista en el cuadro de precios del Contrato, el precio correspondiente se determinará entre ENEL y el PROVEEDOR, a propuesta de éste debidamente justificada, basándose en la descomposición de costes de materialotras unidades análogas para las que exista precio unitario.
7.1.7. La negociación del precio contradictorio será independiente de la realización de la unidad de que se trate, estando obligado el PROVEEDOR a ejecutarla inmediatamente después de mano haber recibido la orden de obra ENEL.
7.1.8. Cuando no sea posible fijar un precio negociado o en los casos en que ENEL lo estime necesario, el precio se fijará con base a los baremos que el PROVEEDOR deberá incluir en su oferta, los cuales deberán contener iguales conceptos que los definidos en la cláusula 7.1.1.
7.1.9. La realización de transporte, la fluctuación trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa orden de los tipos de cambio o de otro tipo) sin el consentimiento previo ejecución por escrito de IberdrolaENEL.
7.1.10. Ninguna cantidad que exceda En los costes del Precio será pagada por Iberdrolapersonal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidad, a menos que así como el equipo necesario para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos.
7.1.11. No se acuerde por escrito y (i) firmada por representantes autorizados admitirán costes adicionales en concepto de Iberdrola transportes, dietas o (II) confirmada por Iberdrola de una modificación manutención del contrato, no deberá abonar ningún importe adicional a los preciospersonal del PROVEEDOR.
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Samples: Purchase Agreement
Precios. 5.1.1 3.1 Todos y cada uno de los precios serán en Euros, conforme a lo acordado, sin incluir IVA, salvo que se haya acordado una moneda diferente con el Comprador. Los precios fijados pagos sólo podrán efectuarse en la moneda acordada.
3.2 El Vendedor y el Comprador acuerdan que no todas las mercancías que están sujetas al presente Contrato se elaborarán con existencias que se encuentran en el inventario del Vendedor. En el periodo entre la formalización del Contrato será y la total y exclusiva contraprestación por el Suministro entrega de Equipos y Material e incluirá todos los impuestoslas mercancías, aduanaspodrán, derechos y otras cuotas públicas y los gastos de paquetepues, suministro, seguro, transporte, entrega e instalación del equipo y Materiales, salvo acuerdo en contrario por escrito de Iberdrola, por lo surgir circunstancias que éstos tienen la consideración de valor total y definitivo.
5.1.2 Los precios vendrán desglosados en (i) precio causen un incremento significativo de los Equipos costos de producción de las mercancías que se deban producir y Materiales; (ii) precio que no se pudieron tener en cuenta en el cálculo de los Servicios Asociados precios pertinentes en el momento en que se formalizó el Contrato. 1 de octubre de 2012 Página 1 Por tanto, si tras la formalización del Contrato, pero con anterioridad a la entrega acordada, se produjera cualquier variación significativa en el costo de las materias primas u otros costos directos y (iii) el IVA e impuestos pertinentesdicha variación excediera del 10%, de forma individual o agregada, en su caso.
5.1.3 Los comparación con el cálculo de precios del Suministro adoptarán la modalidad en cuestión, el precio será renegociado. Las partes convienen de transporte, embalaje y seguro pagados por el Proveedor hasta la instalación definida por Iberdrola y, mutuo acuerdo que en el caso de suministro extranjero según la modalidad DDP (Entregado Derechos Pagados) recogida en los Incoterms de la Cámara de Comercio Internacional. No obstante, lo aquí indicado en relación al Incoterm DDP no será de aplicación para lo expresamente establecido en las presentes CG sobre seguros y transferencia del riesgo y propiedad.
5.1.4 Los precios se considerarán fijos y no revisables.
5.1.5 La que dicha variación de los tipos citados factores de costo exceda del 20%, de forma individual o en total, constituirá una variación tan sustancial en comparación con los costos aplicables o previsibles para los citados factores de costo en el momento de la formalización del Contrato que el cumplimiento del Contrato no se considerará razonable. En tal caso, cualquiera de las partes tendrá el derecho de terminar el presente Contrato tan pronto como se tuviere conocimiento del cambio no dará lugar a variaciones ni revisiones sustancial respecto de uno o más de los citados factores de costo. Las disposiciones de las cláusula 1.5 serán de aplicación mutatis mutandis.
3.3 Salvo acuerdo por escrito por parte del Vendedor (en particular, por medio de los INCOTERMS), los precios acordados confirmados y reflejados en la tarifa serán precios netos, excluidos de gastos aduaneros, pero incluidos los costos de embalaje y transporte estándar. Cualesquiera costos accesorios serán asumidos por cuenta del Comprador.
3.4 En caso de que se acuerden precios con el Comprador en una moneda que no fuera el Euro, y dicha moneda se devaluara un 5% o más frente al Euro con posterioridad a la formalización del Contrato en comparación con la fecha de formalización del Contrato, el Vendedor tendrá derecho a fijar un nuevo precio incrementado, de acuerdo a la magnitud de la devaluación y a facturar dicho aumento de precio, siempre que se notifique al Comprador la existencia de tal incremento con al menos 10 días de antelación al mismo.
3.5 Salvo que se indique lo contrario, se aplicará la lista de precios vigente, así como los recargos y descuentos mencionados en ella.
3.6 El Comprador estará obligado a aceptar las desviaciones en el precio facturado en comparación con el precio de la confirmación del pedido debido a cargos por servicios en virtud del Contrato, como por ejemplo, cuotas por almacenamiento o recargos o descuentos sobre la cantidad entregada.
5.1.6 No se podrá hacer 3.7 Los pedidos de aprovisionamiento (call off orders) estarán sujetos a la formalización de un aumento contrato de los precios (ya sea por el aumento de los costes de material, de mano de obra o de transporte, la fluctuación de los tipos de cambio o de otro tipo) sin el consentimiento previo por escrito de Iberdrola. Ninguna cantidad que exceda del Precio será pagada por Iberdrola, a menos que se acuerde por escrito y (i) firmada por representantes autorizados de Iberdrola o (II) confirmada por Iberdrola de una modificación del contrato, no deberá abonar ningún importe adicional a los preciosstock válido.
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Precios. 5.1.1 1. En ausencia de acuerdo escrito, se aplicarán los precios reflejados en la lista publicada por Xxxx, “en casa del Cliente”, más el IVA vigente en cada momento. En las ventas al extranjero, éstas se realizan “ex works”, si el contrato no dispone otra cosa. A los pedidos con un valor inferior a 150,00 € netos se les aplicará un recargo por gestión del pedido de 15,00 €; a los pedidos con un valor inferior a 50,00 € netos se les aplicará un recargo por gestión del pedido de 30,00 €. Este recargo se aplicará tanto a los pedidos nacionales como internacionales. A petición del Cliente, los productos podrán ser enviados a una dirección alternativa con un cargo de 10,00 €.
2. Xxxx únicamente realizará el envío de los productos a petición del Cliente. Ello no afectará a las disposiciones del Artículo 5.
3. Los precios fijados a facturar serán aquéllos en vigor en el Contrato será momento de la total formalización del contrato, que se basarán en aquellos factores de costes vigentes en ese momento. Si entre la formalización del contrato y exclusiva contraprestación por la fecha pactada de entrega se produjeran modificaciones en dichos factores de costes (especialmente en relación con los materiales, salarios, energía, etc.), Xxxx se reserva el Suministro derecho a ajustar el precio. En casos de Equipos y Material e incluirá negocios de exportación, si se produjera una devaluación considerable de la moneda en que se haya formalizado el contrato, Xxxx tendrá con carácter extraordinario derecho a cancelar aquella parte del contrato que aún no se hubiera suministrado o a ajustar convenientemente el precio de la misma.
4. En el caso de operaciones “ex-works”, los productos se transportarán a cargo del Cliente. En todos los impuestos, aduanas, derechos demás casos serán de aplicación en materia de seguros y otras cuotas públicas y de traspaso del riesgo las disposiciones contenidas en los gastos de paquete, suministro, seguro, transporte, entrega e instalación del equipo y Materiales, salvo acuerdo en contrario por escrito de Iberdrola, por lo que éstos tienen la consideración de valor total y definitivo.
5.1.2 Los precios vendrán desglosados en (i) precio de los Equipos y Materiales; (ii) precio de los Servicios Asociados y (iii) el IVA e impuestos pertinentesINCOTERMS 2010, en su casoversión en cada momento vigente.
5.1.3 Los precios del Suministro adoptarán la modalidad de transporte, embalaje y seguro pagados por el Proveedor hasta la instalación definida por Iberdrola y, en el 5. En caso de suministro extranjero según la modalidad DDP piezas/productos especiales, que se fabriquen a petición expresa de algún Cliente, Xxxx le informará acerca del volumen mínimo de fabricación de los mismos, debiendo el Cliente comprometerse a adquirir dicho volumen mínimo de piezas/productos.
6. Serán admisibles y no constituirán causa de reclamación aquellos supuestos de suministros en más o en menos de hasta un 5% (Entregado Derechos Pagados) recogida en los Incoterms si se trata de la Cámara de Comercio Internacionalherramientas especiales, hasta un 10%), siempre que comprendan al menos 2 piezas. No obstante, lo aquí indicado en relación al Incoterm DDP no será de aplicación para lo expresamente establecido en las presentes CG sobre seguros y transferencia del riesgo y propiedadtal caso se facturará la cantidad realmente suministrada.
5.1.4 Los precios se considerarán fijos y no revisables.
5.1.5 La variación de los tipos de cambio no dará lugar a variaciones ni revisiones de los precios acordados en el Contrato.
5.1.6 No se podrá hacer un aumento de los precios (ya sea por el aumento de los costes de material, de mano de obra o de transporte, la fluctuación de los tipos de cambio o de otro tipo) sin el consentimiento previo por escrito de Iberdrola. Ninguna cantidad que exceda del Precio será pagada por Iberdrola, a menos que se acuerde por escrito y (i) firmada por representantes autorizados de Iberdrola o (II) confirmada por Iberdrola de una modificación del contrato, no deberá abonar ningún importe adicional a los precios.
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Precios. 5.1.1 Los precios fijados 7.1.1. En el caso de la realización de una obra o de la prestación de un suministro o un servicio, el precio del Contrato incluye como mínimo, en el Contrato será la total tanto resulte aplicable y exclusiva contraprestación por el Suministro de Equipos y Material e incluirá todos los impuestossalvo que expresamente se incluya en otros conceptos, aduanas, derechos y otras cuotas públicas y los gastos de paquete, suministro, seguro, transporte, entrega e instalación del equipo y Materiales, salvo acuerdo en contrario por escrito de Iberdrola, por lo que éstos tienen la consideración de valor total y definitivo.siguiente:
5.1.2 7.1.2. Los precios vendrán desglosados en (i) precio de los Equipos y Materiales; (ii) servicios, precio de los Servicios Asociados y (iii) el IVA materiales e impuestos pertinentes, en su casoque correspondan según la legislación aplicable.
5.1.3 Los precios del Suministro adoptarán la modalidad de transporte7.1.3. El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletes, embalaje portes y seguro pagados otros gastos originados por el Proveedor hasta la instalación definida por Iberdrola y, en el caso incumplimiento de suministro extranjero según la modalidad DDP (Entregado Derechos Pagados) recogida en los Incoterms las condiciones de la Cámara de Comercio Internacional. No obstante, lo aquí indicado en relación al Incoterm DDP no será de aplicación para lo expresamente establecido en las presentes CG sobre seguros entrega y transferencia del riesgo y propiedad.
5.1.4 Los precios se considerarán fijos y no revisables.
5.1.5 La variación de los tipos de cambio no dará lugar a variaciones ni revisiones de los precios acordados envío establecidas en el Contrato.
5.1.6 7.1.4. No se podrá hacer pagarán materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de ENEL, debidamente facultado.
7.1.5. El Proveedor está obligado a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones del alcance del Contrato, a los precios convenidos, siempre que las mismas no representen, en conjunto, un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partes.
7.1.6. Si las ampliaciones, modificaciones o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran en conjunto un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL tendrá derecho a resolver el Contrato sin derecho a indemnización a favor del Proveedor.
7.1.7. En los precios (ya sea por el aumento casos en que haya de los costes de material, de mano ejecutarse una unidad de obra o cuando se solicite suministros o servicios no previstos en el cuadro de transporteprecios del Contrato, el precio aplicable se determinará entre ENEL y el Proveedor, y cuando sea factible basándose en la descomposición de costos de otras unidades análogas para las que exista precio unitario.
7.1.8. La negociación del precio contradictorio será independiente de la realización de la unidad de que se trate, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido la orden de ENEL.
7.1.9. A petición de ENEL, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que ENEL considere necesario, durante la ejecución del Contrato, la fluctuación realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros no previstas inicialmente en el alcance del Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los tipos definidos en la cláusula 7.1.1. y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio contradictorio o en los casos en que ENEL lo estime necesario.
7.1.10. La realización de cambio o trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa orden de otro tipo) sin el consentimiento previo ejecución por escrito de IberdrolaENEL.
7.1.11. Ninguna cantidad que exceda En los costos del Precio será pagada por Iberdrolapersonal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidad, a menos que así como el equipo necesario para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos.
7.1.12. No se acuerde por escrito y (i) firmada por representantes autorizados admitirán costos adicionales en concepto de Iberdrola o (II) confirmada por Iberdrola de una modificación transportes, dietas, manutención ni viáticos del contrato, no deberá abonar ningún importe adicional a los preciospersonal del Proveedor.
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Samples: Anexo v Perú
Precios. 5.1.1 Los precios fijados en el Contrato será la total y exclusiva contraprestación por el Suministro de Equipos y Material son precios fijos e incluirá todos los impuestos, aduanas, derechos y otras cuotas públicas y los gastos de paquete, suministro, seguro, transporte, entrega e instalación del equipo y Materiales, salvo acuerdo en contrario por escrito de Iberdrola, por lo que éstos tienen la consideración de valor total y definitivoincluyen IVA.
5.1.2 Los precios vendrán desglosados en (i) precio No se cobrará suma alguna a Eurofins por cotizaciones, muestras, envíos de los Equipos prueba y Materiales; (ii) precio materiales de los Servicios Asociados y (iii) el IVA e impuestos pertinentes, en su casomuestra.
5.1.3 Los precios incluirán todos los costos relacionados con la suscripción del Suministro adoptarán la modalidad Contrato, como asimismo cualesquiera impuestos y/o derechos aplicables, y cubrirán el pago por todas las entregas y servicios asignados al Proveedor (incluyendo especialmente los costos de transporte, embalaje preparar y seguro pagados por el Proveedor hasta la instalación definida por Iberdrola y, en el caso acondicionar para embarque y los costos de suministro extranjero según la modalidad DDP (Entregado Derechos Pagados) recogida en los Incoterms de la Cámara de Comercio Internacional. No obstante, lo aquí indicado en relación al Incoterm DDP no será de aplicación para lo expresamente establecido en las presentes CG sobre seguros y transferencia del riesgo y propiedadembarque).
5.1.4 Los precios se considerarán fijos costos adicionales, de cualquier naturaleza, requerirán del consentimiento previo y no revisablespor escrito de Eurofins.
5.1.5 La variación de los tipos de cambio Eurofins no dará lugar a variaciones ni revisiones de los precios acordados en el Contratohará ningún pago anticipado.
5.1.6 No se podrá hacer un aumento Donde el precio total de los precios (Artículos dependa del tiempo dedicado por el Proveedor, el Proveedor ofrecerá sus servicios en la forma de ya sea un precio todo incluido no modificable o de un número máximo de horas o unidades a una tarifa horaria no modificable o tarifa unitaria.
5.1.7 Sin perjuicio de las disposiciones anteriores, Eurofins se beneficiará inmediatamente de la reducción de precios implementada por el aumento Proveedor con anterioridad a la fecha de entrega del Artículo.
5.1.8 Si en cualquier momento durante el Contrato, Eurofins se entera de que el Proveedor, sus filiales o cualquier empresa relacionada/asociada al Proveedor a nivel mundial cobraba o cobra un precio más bajo a cualquier empresa relacionada/asociada a Eurofins, por un Artículo similar o idéntico, bajo circunstancias similares, dicho precio será de inmediato aplicable también a Eurofins.
5.1.9 Sin perjuicio de las demás disposiciones de los costes GTP o del Contrato, los cambios de materialprecios, honorarios o tarifas, como asimismo cualquier cambio en los términos de mano pago (el “Cambio”) sólo serán aplicables a Contratos de obra o Cumplimiento Sucesivo a partir del primero de transporteenero de cada año (la “Fecha de Vigencia”), siempre y cuando: - el Proveedor haya informado a Eurofins del Cambio propuesto mediante carta certificada con acuse de recibo que haya sido recibida por Eurofins por lo menos tres (3) meses antes de la fluctuación Fecha de los tipos Vigencia; y - Eurofins haya acordado el Cambio con anterioridad a la Fecha de cambio o de otro tipo) sin el consentimiento previo por escrito de Iberdrola. Ninguna cantidad que exceda del Precio será pagada por Iberdrola, a menos que se acuerde por escrito y (i) firmada por representantes autorizados de Iberdrola o (II) confirmada por Iberdrola de una modificación del contrato, no deberá abonar ningún importe adicional a los preciosVigencia.
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Precios. 5.1.1 Los precios fijados en 3.1.1. En el caso de la realización de una obra o de la prestación de un servicio, el precio del Contrato será la total y exclusiva contraprestación por el Suministro de Equipos y Material e incluirá todos los impuestos, aduanas, derechos y otras cuotas públicas y los gastos de paquete, suministro, seguro, transporte, entrega e instalación del equipo y Materialesincluye como mínimo, salvo acuerdo que expresamente se incluya en contrario por escrito de Iberdrolaotros conceptos, por lo que éstos tienen la consideración de valor total y definitivo.siguiente:
5.1.2 3.1.2. Los precios vendrán desglosados en (i) precio de los Equipos y Materiales; (ii) servicios, precio de los Servicios Asociados y (iii) el IVA materiales e impuestos pertinentes, en su casoque correspondan según la legislación aplicable.
5.1.3 Los precios del Suministro adoptarán la modalidad de transporte3.1.3. El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletes, embalaje portes y seguro pagados otros gastos originados por el Proveedor hasta la instalación definida por Iberdrola y, en el caso incumplimiento de suministro extranjero según la modalidad DDP (Entregado Derechos Pagados) recogida en los Incoterms las condiciones de la Cámara de Comercio Internacional. No obstante, lo aquí indicado en relación al Incoterm DDP no será de aplicación para lo expresamente establecido en las presentes CG sobre seguros entrega y transferencia del riesgo y propiedad.
5.1.4 Los precios se considerarán fijos y no revisables.
5.1.5 La variación de los tipos de cambio no dará lugar a variaciones ni revisiones de los precios acordados envío establecidas en el Contrato.
5.1.6 3.1.4. No se podrá hacer pagarán materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de ENEL, debidamente facultado.
3.1.5. El Proveedor está obligado a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones del alcance del Contrato, a los precios convenidos, siempre que las mismas no representen, en conjunto, un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partes.
3.1.6. Si las ampliaciones, modificaciones o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran en conjunto un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL tendrá derecho a resolver el Contrato sin derecho a indemnización a favor del Proveedor.
3.1.7. En los casos en que haya que ejecutarse una unidad de obra no prevista en el cuadro de precios (ya sea del Contrato, el precio homónimo se determinará entre ENEL y el Proveedor, basándose en la descomposición de costos de otras unidades análogas para las que exista precio unitario.
3.1.8. La negociación del precio contradictorio será independiente de la realización de la unidad de que se trate, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido la orden de ENEL.
3.1.9. A petición de ENEL, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que ENEL considere necesario, durante la ejecución del Contrato, la realización por el aumento Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros no previstas inicialmente en el alcance del Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los costes definidos en el primer apartado de materialla presente subcláusula, y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio contradictorio o en los casos en que ENEL lo estime necesario.
3.1.10. La realización de mano de obra o de transporte, la fluctuación de los tipos de cambio o de otro tipo) sin el consentimiento previo trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa ordende ejecución por escrito de IberdrolaENEL.
3.1.11. Ninguna cantidad que exceda En los costos del Precio será pagada por Iberdrolapersonal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidad, a menos que así como el equipo necesario para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos.
3.1.12. No se acuerde por escrito y (i) firmada por representantes autorizados admitirán costos adicionales en concepto de Iberdrola transportes, dietas alojamiento o (II) confirmada por Iberdrola de una modificación manutención del contrato, no deberá abonar ningún importe adicional a los preciospersonal del Proveedor.
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Samples: Anexo v Perú
Precios. 5.1.1 Los 3.1.1 El precio del Contrato es la contraprestación acordada para la adquisición de materiales y/o equipos y la realización de obras o servicios, y toma en consideración el valor total del Contrato. Incluye todo lo necesario para la ejecución exacta de los servicios contractuales y todo lo que el Proveedor deba suministrar o realizar, incluyendo todos los costes o gastos que puedan resultar necesarios, sin perjuicio de los servicios y elementos que se hayan excluido de forma expresa y los impuestos legalmente establecidos.
3.1.2 Todos los precios fijados se detallarán en el Contrato será y en la total y exclusiva contraprestación por forma indicada en el Suministro mismo.
3.1.3 En el caso de Equipos y Material e incluirá todos los impuestosla realización de una obra o un servicio, aduanas, derechos y otras cuotas públicas y los gastos de paquete, suministro, seguro, transporte, entrega e instalación el precio del equipo y MaterialesContrato incluye como mínimo, salvo acuerdo en contrario por escrito de Iberdrolaque expresamente se incluyan otros conceptos, por lo que éstos tienen la consideración de valor total y definitivo.siguiente:
5.1.2 3.1.4 Los precios vendrán desglosados en (i) precio de los Equipos y Materiales; (ii) servicios, precio de los Servicios Asociados y (iii) el IVA costos de materiales e impuestos pertinentes, en su casoque correspondan según la legislación aplicable.
5.1.3 Los precios del Suministro adoptarán la modalidad de transporte3.1.5 El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletes, embalaje portes y seguro pagados otros gastos originados por el Proveedor hasta la instalación definida por Iberdrola y, en el caso incumplimiento de suministro extranjero según la modalidad DDP (Entregado Derechos Pagados) recogida en los Incoterms las condiciones de la Cámara de Comercio Internacional. No obstante, lo aquí indicado en relación al Incoterm DDP no será de aplicación para lo expresamente establecido en las presentes CG sobre seguros entrega y transferencia del riesgo y propiedad.
5.1.4 Los precios se considerarán fijos y no revisables.
5.1.5 La variación de los tipos de cambio no dará lugar a variaciones ni revisiones de los precios acordados envío establecidas en el Contrato.
5.1.6 3.1.6 No se podrá hacer pagarán costos asociados a materiales, equipos o servicios no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de ENEL, debidamente
3.1.7 El Proveedor está obligado a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones del alcance del Contrato, a los precios convenidos, siempre que las mismas no representen, en conjunto, un aumento o disminución de máximo del 25% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partes, a propuesta razonada del Proveedor y aceptada por Enel.
3.1.8 Si las ampliaciones, modificaciones o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran en conjunto un aumento o disminución de más del 25% del importe del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL tendrá derecho a resolver el Contrato.
3.1.9 En los casos en que haya de ejecutarse una unidad de obra no prevista en el cuadro de precios (ya sea por del Contrato, el aumento precio correspondiente se determinará entre ENEL y el Proveedor, a propuesta de los éste debidamente justificada, basándose en la descomposición de costes de material, otras unidades análogas para las que exista precio unitario.
3.1.10 La negociación del precio de mano la unidad de obra no prevista será independiente de la realización de la unidad de que se trate, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido la orden de ENEL.
3.1.11 Cuando no sea posible fijar un precio negociado o en los casos en que ENEL lo estime necesario, el precio se fijará por administración, a cuyo efecto el Proveedor incluirá en su oferta los correspondientes baremos e incluyendo, asimismo, iguales conceptos que los definidos en la cláusula
3.1.12 La realización de transporte, la fluctuación trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa orden de los tipos de cambio o de otro tipo) sin el consentimiento previo ejecución por escrito de Iberdrola. Ninguna cantidad que exceda ENEL.
3.1.13 En los costes del Precio será pagada por Iberdrolapersonal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidad, a menos que así como el equipo necesario para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos.
3.1.14 No se acuerde por escrito y (i) firmada por representantes autorizados admitirán costes adicionales en concepto de Iberdrola transportes, dietas o (II) confirmada por Iberdrola de una modificación manutención del contrato, no deberá abonar ningún importe adicional a los preciospersonal del Proveedor.
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Samples: Contract
Precios. 5.1.1 Los precios fijados en el Contrato será son la total y exclusiva contraprestación por el Suministro la ejecución de las Obras y/o Servicios objeto del Contrato y de los Equipos y Material e incluirá todos los impuestos, aduanas, derechos y otras cuotas públicas y los gastos de paquete, suministro, seguro, transporte, entrega e instalación del equipo y Materiales, salvo acuerdo en contrario por escrito de IberdrolaMateriales Asociados, por lo que éstos tienen la consideración de valor precio total y definitivo, e incluyen el beneficio industrial y todo tipo de gastos y cargas que directa o indirectamente sean necesarios para la ejecución de las Obras y/o Servicios por el Proveedor.
5.1.2 Los precios vendrán desglosados en (i) precio de los Equipos y Materialeslas Obras y/o Servicios; (ii) el precio de los Servicios Equipos y Materiales Asociados y (iiiii) el IVA e impuestos pertinentes, en su caso.
5.1.3 Los precios Si Iberdrola considera conveniente o necesario realizar alguna unidad de las Obras y/o Servicios no expresamente recogida en el Contrato o que suponga un cambio en el alcance del Suministro adoptarán la modalidad Contrato y cuyo precio no haya sido explicitado en el cuadro de transporteprecios, embalaje y seguro pagados por el Proveedor hasta deberá realizar la instalación definida por Iberdrola nueva unidad de las Obras y/o Servicios, acordándose entre las partes el precio que proceda basándose en el caso la descomposición de suministro extranjero según la modalidad DDP (Entregado Derechos Pagados) recogida en los Incoterms otras unidades análogas para las que exista precio unitario. La realización de la Cámara nueva unidad de Comercio Internacional. No obstante, lo aquí indicado en relación al Incoterm DDP las Obras y/o Servicios no será de aplicación para lo expresamente establecido en las presentes CG sobre seguros y transferencia del riesgo y propiedad.estará
5.1.4 Los precios se considerarán fijos y no revisables.
5.1.5 La variación de los tipos de cambio no dará lugar a variaciones ni revisiones de los precios acordados en el Contrato.
5.1.6 No se podrá hacer un aumento de los precios (ya sea por el aumento de los costes de material, de mano de obra o de transporte, la fluctuación de los tipos de cambio o de otro tipo) sin el consentimiento previo por escrito de Iberdrola. Ninguna cantidad que exceda del Precio será pagada por Iberdrola, a menos que se acuerde por escrito y y
(i) firmada por representantes autorizados de Iberdrola o (IIii) confirmada por Iberdrola de una modificación del contratoContrato, no deberá abonar ningún importe adicional a los precios.
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Samples: General Conditions for Contracting Works and Services
Precios. 5.1.1 Los precios fijados en el Contrato será la total y exclusiva contraprestación por el Suministro de Equipos y Material e incluirá todos los impuestos, aduanas, derechos y otras cuotas públicas y los gastos de paquete, suministro, seguro, transporte, entrega e instalación del equipo y Materiales, salvo acuerdo en contrario por escrito de Iberdrola, por lo que éstos tienen la consideración de valor total y definitivo.
5.1.2 Los precios vendrán desglosados en (i) precio Alcance de los Equipos y Materiales; (ii) precio precios
2.1 - La entrega de los Servicios Asociados y (iii) suministros según el IVA e impuestos pertinentesINCOTERM acordado incluyendo, en su caso, el transporte hasta el lugar indicado así como la descarga, elevación y movimiento de los materiales en el recinto de la obra/planta o instalación.
5.1.3 2.2 - Los costes que se pudieran producir por las pruebas de recepción especificadas para cada partida.
2.3 - Toda la documentación y certificaciones solicitadas así como las instrucciones de uso y mantenimiento, la formación y el entrenamiento en el manejo de los equipos en caso de que se especifique.
2.4 - Todos los impuestos y arbitrios que graven el objeto del contrato, o se devenguen con motivo del mismo, excepto el I.V.A. o el que legalmente le sustituya.
2.5 - Los seguros necesarios y descritos en el presente contrato.
2.6 - Los medios auxiliares, herramientas, maquinaria y equipo necesario para los trabajos objeto del contrato, salvo lo que esté expresamente excluido
2.7 - Los precios del Suministro adoptarán la modalidad contractuales son fijos e inalterables. No se admitirán aumentos de transporte, embalaje y seguro pagados por el Proveedor hasta la instalación definida por Iberdrola y, precio sobre los establecidos en el caso de suministro extranjero según la modalidad DDP (Entregado Derechos Pagados) recogida contrato o en los Incoterms de la Cámara de Comercio Internacional. No obstante, lo aquí indicado en relación ampliaciones al Incoterm DDP no será de aplicación para lo expresamente establecido en las presentes CG sobre seguros y transferencia del riesgo y propiedadmismo.
5.1.4 Los precios 2.8 - No se considerarán fijos pagarán trabajos por administración salvo si su realización está prevista en contrato y han sido expresamente ordenados a EL PROVEEDOR por Xxxxxxx Agua, S.A.
2.9 - Tampoco se pagarán materiales, equipos o trabajos no revisables.
5.1.5 La variación de los tipos de cambio no dará lugar a variaciones ni revisiones de los precios acordados incluidos en el Contrato.
5.1.6 No se podrá hacer un aumento de los precios (ya sea contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el aumento de los costes de material, de mano de obra o de transporte, la fluctuación de los tipos de cambio o de otro tipo) sin el consentimiento previo por escrito de Iberdrola. Ninguna cantidad que exceda del Precio será pagada por Iberdrola, a menos que se acuerde EL PROVEEDOR por escrito y (i) firmada con indicación expresa de su precio, y aceptada también por representantes autorizados escrito por Xxxxxxx Agua, S.A.
2.10 - En caso de Iberdrola o (II) confirmada por Iberdrola aprobarse ejecución de una modificación del unidades nuevas en el contrato, se les aplicarán, siempre que existan, los precios unitarios contemplados en el presente contrato. En caso de que éstos no deberá abonar ningún importe adicional a existiesen, los preciosnuevos precios deberán mantenerse en la misma línea cuantitativa de los ya contratados.
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Samples: Supply Agreement