Common use of Precios Clause in Contracts

Precios. 7.1.1. En el caso de la realización de una obra o un servicio, el precio del Contrato incluye como mínimo, salvo que expresamente se incluya en otros conceptos, lo siguiente: 7.1.2. Los precios vendrán desglosados en precio de los servicios, precio de los materiales e impuestos que correspondan según la legislación aplicable. 7.1.3. El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletes, portes y otros gastos originados por el incumplimiento de las condiciones de entrega y envío establecidas en el Contrato. 7.1.4. No se pagarán materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de ENEL, debidamente facultado. 7.1.5. El Proveedor viene obligado a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones del alcance del Contrato, a los precios convenidos, siempre que las mismas no representen, en conjunto, un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partes. 7.1.6. Si las ampliaciones, modificaciones o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran en conjunto un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL tendrá derecho a resolver el Contrato sin derecho a indemnización a favor del Proveedor. 7.1.7. En los casos en que haya de ejecutarse una unidad de obra no prevista en el cuadro de precios del Contrato, el precio homónimo se determinará entre ENEL y el Proveedor, basándose en la descomposición de costos de otras unidades análogas para las que exista precio unitario. 7.1.8. La negociación del precio contradictorio será independiente de la realización de la unidad de que se trate, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido la orden de ENEL. 7.1.9. A petición de ENEL, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que ENEL considere necesario, durante la ejecución del Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros no previstas inicialmente en el alcance del Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en la cláusula 7.1.1. y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio contradictorio o en los casos en que ENEL lo estime necesario. 7.1.10. La realización de trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa ordende ejecución por escrito de ENEL. 7.1.11. En los costos del personal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidad, así como el equipo necesario para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos. 7.1.12. No se admitirán costos adicionales en concepto de transportes, dietas o manutención del personal del Proveedor.

Appears in 2 contracts

Sources: Anexo v Perú, Anexo v Perú

Precios. 7.1.1. En 5.1.1 Los precios fijados en el caso Contrato será la total y exclusiva contraprestación por el Suministro de la realización Equipos y Material e incluirá todos los impuestos, aduanas, derechos y otras cuotas públicas y los gastos de una obra o un serviciopaquete, el precio suministro, seguro, transporte, entrega e instalación del Contrato incluye como mínimoequipo y Materiales, salvo acuerdo en contrario por escrito de Iberdrola, por lo que expresamente se incluya en otros conceptos, lo siguiente:éstos tienen la consideración de valor total y definitivo. 7.1.2. 5.1.2 Los precios vendrán desglosados en (i) precio de los servicios, Equipos y Materiales; (ii) precio de los materiales Servicios Asociados y (iii) el IVA e impuestos que correspondan pertinentes, en su caso. 5.1.3 Los precios del Suministro adoptarán la modalidad de transporte, embalaje y seguro pagados por el Proveedor hasta la instalación definida por Iberdrola y, en el caso de suministro extranjero según la legislación aplicablemodalidad DDP (Entregado Derechos Pagados) recogida en los Incoterms de la Cámara de Comercio Internacional. No obstante, lo aquí indicado en relación al Incoterm DDP no será de aplicación para lo expresamente establecido en las presentes CG sobre seguros y transferencia del riesgo y propiedad. 7.1.3. El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por 5.1.4 Los precios se considerarán fijos y no revisables. 5.1.5 La variación de los fletes, portes y otros gastos originados por el incumplimiento tipos de las condiciones cambio no dará lugar a variaciones ni revisiones de entrega y envío establecidas los precios acordados en el Contrato. 7.1.4. 5.1.6 No se pagarán materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada podrá hacer un aumento de los precios (ya sea por el Proveedoraumento de los costes de material, de mano de obra o de transporte, la fluctuación de los tipos de cambio o de otro tipo) sin el consentimiento previo por escrito de Iberdrola. Ninguna cantidad que exceda del Precio será pagada por Iberdrola, a menos que se acuerde por escrito y con indicación expresa (i) firmada por representantes autorizados de su precioIberdrola o (II) confirmada por Iberdrola de una modificación del contrato, y aceptada, también por escrito, por un representante de ENEL, debidamente facultado. 7.1.5. El Proveedor viene obligado a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones del alcance del Contrato, no deberá abonar ningún importe adicional a los precios convenidos, siempre que las mismas no representen, en conjunto, un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partesprecios. 7.1.6. Si las ampliaciones, modificaciones o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran en conjunto un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL tendrá derecho a resolver el Contrato sin derecho a indemnización a favor del Proveedor. 7.1.7. En los casos en que haya de ejecutarse una unidad de obra no prevista en el cuadro de precios del Contrato, el precio homónimo se determinará entre ENEL y el Proveedor, basándose en la descomposición de costos de otras unidades análogas para las que exista precio unitario. 7.1.8. La negociación del precio contradictorio será independiente de la realización de la unidad de que se trate, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido la orden de ENEL. 7.1.9. A petición de ENEL, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que ENEL considere necesario, durante la ejecución del Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros no previstas inicialmente en el alcance del Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en la cláusula 7.1.1. y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio contradictorio o en los casos en que ENEL lo estime necesario. 7.1.10. La realización de trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa ordende ejecución por escrito de ENEL. 7.1.11. En los costos del personal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidad, así como el equipo necesario para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos. 7.1.12. No se admitirán costos adicionales en concepto de transportes, dietas o manutención del personal del Proveedor.

Appears in 2 contracts

Sources: Condiciones Generales De Contratación, Condiciones Generales De Contratación

Precios. 7.1.1. En 5.1.1 Los precios fijados en el caso Contrato son la contraprestación por la ejecución de la realización de una obra las Obras y/o un servicio, el precio Servicios objeto del Contrato incluye como mínimoy de los Equipos y Materiales Asociados, por lo que éstos tienen la consideración de precio total y definitivo, e incluyen el beneficio industrial y todo tipo de gastos y cargas que directa o indirectamente sean necesarios para la ejecución de las Obras y/o Servicios por el Proveedor. Todos los precios estarán indicados en Pesos, moneda de curso legal en México, salvo que Iberdrola y el Proveedor acuerden expresamente se incluya en otros conceptos, lo siguiente:una moneda distinta. 7.1.2. 5.1.2 Los precios vendrán desglosados en (i) precio de las Obras y/o Servicios; (ii) el precio de los servicios, precio de los materiales Equipos y Materiales Asociados y (ii) el IVA e impuestos que correspondan según la legislación aplicable. 7.1.3. El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletes, portes y otros gastos originados por el incumplimiento de las condiciones de entrega y envío establecidas en el Contrato. 7.1.4. No se pagarán materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de ENEL, debidamente facultado. 7.1.5. El Proveedor viene obligado a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones del alcance del Contrato, a los precios convenidos, siempre que las mismas no representen, en conjunto, un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entregapertinentes, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partes. 7.1.6. 5.1.3 Si Iberdrola considera conveniente o necesario realizar alguna unidad de las ampliaciones, modificaciones Obras y/o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran Servicios no expresamente recogida en conjunto un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL tendrá derecho a resolver el Contrato sin derecho a indemnización a favor o que suponga un cambio en el alcance del Proveedor. 7.1.7. En los casos en que Contrato y cuyo precio no haya de ejecutarse una unidad de obra no prevista sido explicitado en el cuadro de precios del Contratoprecios, el Proveedor deberá realizar la nueva unidad de las Obras y/o Servicios, acordándose entre las partes el precio homónimo se determinará entre ENEL y el Proveedor, que proceda basándose en la descomposición de costos de otras unidades análogas para las que exista precio unitario. 7.1.8. La negociación del precio contradictorio será independiente de la realización de la unidad de que se trate, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido la orden de ENEL. 7.1.9. A petición de ENEL, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que ENEL considere necesario, durante la ejecución del Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros no previstas inicialmente en el alcance del Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en la cláusula 7.1.1. y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio contradictorio o en los casos en que ENEL lo estime necesario. 7.1.10. La realización de trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa ordende ejecución por escrito la nueva unidad de ENELlas Obras y/o Servicios no estar supeditada al momento de acuerdo sobre su precio, debiendo ejecutarse previo al mismo, si su urgente necesidad así lo requiriese. Transcurrida la urgencia, las partes acordarán el precio a la mayor brevedad posible y formalizarán la documentación correspondiente al cambio efectuado. 5.1.4Los precios se considerarán fijos y no revisables. 7.1.11. En los costos del personal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidad, así como el equipo necesario para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos. 7.1.12. No se admitirán costos adicionales en concepto de transportes, dietas o manutención del personal del Proveedor.

Appears in 1 contract

Sources: Condiciones Generales De Contratación

Precios. 7.1.13.1 Cuando no se haya acordado de forma expresa algo distinto: 3.2 Si el socio comercial opera como un distribuidor, los precios se entienden sin descuento, neto, «de fábrica» (EXW, Incoterms 2020). Si es un socio de servicio, los precios son puerta a puerta, ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, libres de impuestos (DAP, Incoterms 2020). El impuesto sobre el valor añadido legal al tipo legal en el momento de elaboración de la factura se indicará por separado. 3.3 Si la entrega tiene lugar más de cuatro meses después de celebrar el contrato, o solo puede tener lugar de forma tan tardía por circunstancias atribuibles únicamente al socio comercial, estaremos facultados a incrementar el precio ex aequo et bono cuando, una vez celebrado el contrato, los costes subyacentes a nuestros cálculos (en particular, los costes de materiales y materias primas) aumenten por motivos no relacionados con nosotros y esto suponga un incremento de los costes totales de ejecución del contrato en consideración del resto de los costes. En el caso de la realización una disminución de una obra o un serviciolos costes totales, reduciremos el precio de forma correspondiente ex aequo et bono. Informaremos al socio comercial sin demora acerca del ajuste del precio. Si el precio incrementara en más del 10 %, el precio del Contrato incluye como mínimo, salvo que expresamente se incluya en otros conceptos, lo siguiente: 7.1.2. Los precios vendrán desglosados en precio de los servicios, precio de los materiales e impuestos que correspondan según la legislación aplicable. 7.1.3. El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletes, portes y otros gastos originados por el incumplimiento de las condiciones de entrega y envío establecidas en el Contrato. 7.1.4. No se pagarán materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de ENEL, debidamente facultado. 7.1.5. El Proveedor viene obligado a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones del alcance del Contrato, a los precios convenidos, siempre que las mismas no representen, en conjunto, un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partes. 7.1.6. Si las ampliaciones, modificaciones o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran en conjunto un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL socio comercial tendrá derecho a resolver rescindir el Contrato sin derecho a indemnización a favor del Proveedor. 7.1.7. En los casos en que haya de ejecutarse una unidad de obra no prevista en el cuadro de precios del Contrato, el precio homónimo se determinará entre ENEL y el Proveedor, basándose en la descomposición de costos de otras unidades análogas para las que exista precio unitario. 7.1.8contrato. La negociación del precio contradictorio será independiente carta de la realización de la unidad de que se trate, estando obligado el Proveedor a ejecutarla rescisión deberá presentarse inmediatamente después de haber recibido recibir la orden de ENELinformación. 7.1.9. A petición 3.4 Los costes del seguro de ENELtransporte, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que ENEL considere necesario, durante la ejecución del Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros no previstas inicialmente en el alcance del Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en la cláusula 7.1.1. descarga y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio contradictorio o en los casos en que ENEL lo estime necesario. 7.1.10. La realización de trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa ordende ejecución por escrito de ENEL. 7.1.11. En los costos del personal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidadtraslado, así como el equipo necesario para su proteccióncualesquiera costes aduaneros correrán por cuenta del socio comercial cuando no se haya acordado nada distinto por escrito en la confirmación del encargo en cuestión. Lo mismo se aplicará a tasas, seguridad impuestos y la correcta ejecución de los trabajosdemás gravámenes públicos. 7.1.12. No se admitirán costos adicionales en concepto de transportes, dietas o manutención del personal del Proveedor.

Appears in 1 contract

Sources: Condiciones Generales De Negocio

Precios. 7.1.13.1 Todos y cada uno de los precios serán en Euros, conforme a lo acordado, sin incluir IVA, salvo que se haya acordado una moneda diferente con el Comprador. Los pagos sólo podrán efectuarse en la moneda acordada. 3.2 El Vendedor y el Comprador acuerdan que no todas las mercancías que están sujetas al presente Contrato son existencias que se encuentran en el stock del Vendedor. En el caso periodo entre la formalización del Contrato y la entrega de las mercancías, podrán, pues, surgir circunstancias que causen un incremento significativo de los costes de producción de las mercancías que se deban producir y que no se pudieron tener en cuenta en el cálculo de los precios pertinentes en el momento en que se formalizó el Contrato. Por tanto, si tras la realización formalización del Contrato, pero con anterioridad a la entrega acordada, se produjera cualquier variación 1 de una obra octubre de 2012 Página 1 significativa en el coste de materias primas u otros costes directos y dicha variación excediera del 10%, de forma individual o un servicioen total, en comparación con el cálculo de precios en cuestión, el precio será renegociado. Las partes convienen de mutuo acuerdo que en el caso de que dicha variación de los citados factores de coste exceda del 20%, de forma individual o en total, constituirá una variación tan sustancial en comparación con los costes aplicables o previsibles para los citados factores de coste en el momento de la formalización del Contrato incluye que el cumplimiento del Contrato no se considerará razonable. En tal caso, cualquiera de las partes tendrá el derecho de rescindir el presente Contrato tan pronto como mínimo, salvo que expresamente se incluya en otros conceptos, lo siguiente: 7.1.2. Los precios vendrán desglosados en precio tuviere conocimiento del cambio sustancial respecto de uno o más de los servicioscitados factores de coste. Las estipulaciones de las cláusula 1.5 serán de aplicación mutatis mutandis. 3.3 Salvo acuerdo por escrito en otro sentido por parte del Vendedor (en particular, precio por medio de los materiales e impuestos que correspondan según INCOTERMS), los precios confirmados y reflejados en la legislación aplicabletarifa de precios serán precios netos, excluidos gastos aduaneros, pero incluidos los costes de embalaje y transporte estándar. Cualesquiera costes adicionales correrán por cuenta del Comprador. 7.1.3. El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletes, portes y otros gastos originados por 3.4 En caso de que se acuerden precios con el incumplimiento de las condiciones de entrega y envío establecidas Comprador en una moneda que no fuera el Contrato. 7.1.4. No se pagarán materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precioEuro, y aceptada, también por escrito, por dicha moneda se devaluara un representante 5% o más frente al Euro con posterioridad a la formalización del Contrato en comparación con la fecha de ENEL, debidamente facultado. 7.1.5. El Proveedor viene obligado a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones del alcance del Contrato, a los precios convenidos, siempre que las mismas no representen, en conjunto, un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partes. 7.1.6. Si las ampliaciones, modificaciones o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran en conjunto un aumento o disminución de más del 20% del importe formalización del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL Vendedor tendrá derecho a resolver el Contrato sin derecho fijar un nuevo precio incrementado, en consecuencia, en la cuantía de la devaluación y a indemnización a favor del Proveedorfacturar dicho precio superior, siempre se notifique al Comprador la existencia de tal incremento con al menos 10 días de antelación al mismo. 7.1.7. En los casos 3.5 Salvo acuerdo en que haya sentido contrario, será de ejecutarse una unidad de obra no prevista en el cuadro aplicación la respectiva tarifa de precios válidos, así como los recargos y descuentos mencionados en ella. 3.6 El Comprador estará obligado a aceptar desviaciones del precio facturado en comparación con el precio de la confirmación del pedido debido a cargos por servicios en virtud del Contrato, el precio homónimo se determinará entre ENEL y el Proveedorcomo por ejemplo, basándose en cuotas por almacenamiento o recargos o descuentos sobre la descomposición de costos de otras unidades análogas para las que exista precio unitariocantidad entregada. 7.1.8. La negociación del precio contradictorio será independiente 3.7 Los pedidos de aprovisionamiento (call off orders) estarán sujetos a la realización formalización de la unidad un contrato de que se trate, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido la orden de ENELstock válido. 7.1.9. A petición de ENEL, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que ENEL considere necesario, durante la ejecución del Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros no previstas inicialmente en el alcance del Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en la cláusula 7.1.1. y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio contradictorio o en los casos en que ENEL lo estime necesario. 7.1.10. La realización de trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa ordende ejecución por escrito de ENEL. 7.1.11. En los costos del personal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidad, así como el equipo necesario para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos. 7.1.12. No se admitirán costos adicionales en concepto de transportes, dietas o manutención del personal del Proveedor.

Appears in 1 contract

Sources: Condiciones Generales De Venta

Precios. 7.1.13.1.1 El precio del Contrato es la contraprestación acordada para la adquisición de materiales y/o equipos y la realización de obras o servicios, y toma en consideración el valor total del Contrato. Incluye todo lo necesario para la ejecución exacta de los servicios contractuales y todo lo que el Proveedor deba suministrar o realizar, incluyendo todos los costes o gastos que puedan resultar necesarios, sin perjuicio de los servicios y elementos que se hayan excluido de forma expresa y los impuestos legalmente establecidos. 3.1.2 Todos los precios se detallarán en el Contrato y en la forma indicada en el mismo. 3.1.3 En el caso de la realización de una obra o un servicio, el precio del Contrato incluye como mínimo, salvo que expresamente se incluya en incluyan otros conceptos, lo siguiente: 7.1.2. 3.1.4 Los precios vendrán desglosados en precio de los servicios, precio de los costos de materiales e impuestos que correspondan según la legislación aplicable. 7.1.3. 3.1.5 El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletes, portes y otros gastos originados por el incumplimiento de las condiciones de entrega y envío establecidas en el Contrato. 7.1.4. 3.1.6 No se pagarán costos asociados a materiales, equipos o trabajos servicios no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de ENEL, debidamente facultado.debidamente 7.1.5. 3.1.7 El Proveedor viene está obligado a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones del alcance del Contrato, a los precios convenidos, siempre que las mismas no representen, en conjunto, un aumento o disminución de más máximo del 2025% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partes, a propuesta razonada del Proveedor y aceptada por Enel. 7.1.6. 3.1.8 Si las ampliaciones, modificaciones o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran en conjunto un aumento o disminución de más del 2025% del importe del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL tendrá derecho a resolver el Contrato sin derecho a indemnización a favor del ProveedorContrato. 7.1.7. 3.1.9 En los casos en que haya de ejecutarse una unidad de obra no prevista en el cuadro de precios del Contrato, el precio homónimo correspondiente se determinará entre ENEL y el Proveedor, a propuesta de éste debidamente justificada, basándose en la descomposición de costos costes de otras unidades análogas para las que exista precio unitario. 7.1.8. 3.1.10 La negociación del precio contradictorio de la unidad de obra no prevista será independiente de la realización de la unidad de que se trate, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido la orden de ENEL. 7.1.9. A petición de ENEL, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que ENEL considere necesario, durante la ejecución del Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros no previstas inicialmente en el alcance del Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en la cláusula 7.1.1. y se aplicarán cuando 3.1.11 Cuando no sea posible fijar un precio contradictorio negociado o en los casos en que ENEL lo estime necesario., el precio se fijará por administración, a cuyo efecto el Proveedor incluirá en su oferta los correspondientes baremos e incluyendo, asimismo, iguales conceptos que los definidos en la cláusula 7.1.10. 3.1.12 La realización de trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa ordende orden de ejecución por escrito de ENEL. 7.1.11. 3.1.13 En los costos costes del personal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidad, así como el equipo necesario para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos. 7.1.12. 3.1.14 No se admitirán costos costes adicionales en concepto de transportes, dietas o manutención del personal del Proveedor.

Appears in 1 contract

Sources: Contract

Precios. 7.1.1. En 5.1.1 Los precios fijados en el caso Contrato son la contraprestación por la ejecución de la realización de una obra las Obras y/o un servicio, el precio Servicios objeto del Contrato incluye como mínimoy de los Equipos y Materiales Asociados, salvo por lo que expresamente se incluya en otros conceptoséstos tienen la consideración de precio total y definitivo, lo siguiente:e incluyen el beneficio industrial y todo tipo de gastos y cargas que directa o indirectamente sean necesarios para la ejecución de las Obras y/o Servicios por el Proveedor. 7.1.2. 5.1.2 Los precios vendrán desglosados en (i) precio de las Obras y/o Servicios; (ii) el precio de los servicios, precio de los materiales Equipos y Materiales Asociados y (ii) el IVA e impuestos que correspondan según la legislación aplicable. 7.1.3. El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletes, portes y otros gastos originados por el incumplimiento de las condiciones de entrega y envío establecidas en el Contrato. 7.1.4. No se pagarán materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de ENEL, debidamente facultado. 7.1.5. El Proveedor viene obligado a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones del alcance del Contrato, a los precios convenidos, siempre que las mismas no representen, en conjunto, un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entregapertinentes, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partes. 7.1.6. 5.1.3 Si Iberdrola considera conveniente o necesario realizar alguna unidad de las ampliaciones, modificaciones Obras y/o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran Servicios no expresamente recogida en conjunto un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL tendrá derecho a resolver el Contrato sin derecho a indemnización a favor o que suponga un cambio en el alcance del Proveedor. 7.1.7. En los casos en que Contrato y cuyo precio no haya de ejecutarse una unidad de obra no prevista sido explicitado en el cuadro de precios del Contratoprecios, el Proveedor deberá realizar la nueva unidad de las Obras y/o Servicios, acordándose entre las partes el precio homónimo se determinará entre ENEL y el Proveedor, que proceda basándose en la descomposición de costos de otras unidades análogas para las que exista precio unitario. 7.1.8. La negociación del precio contradictorio será independiente de la realización de la unidad de que se trate, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido la orden de ENEL. 7.1.9. A petición de ENEL, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que ENEL considere necesario, durante la ejecución del Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros no previstas inicialmente en el alcance del Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en la cláusula 7.1.1. y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio contradictorio o en los casos en que ENEL lo estime necesario. 7.1.10. La realización de trabajos la nueva unidad de las Obras y/o Servicios no estará 5.1.4 Los precios se considerarán fijos y no revisables. 5.1.5 La variación de los tipos de cambio no dará lugar a variaciones ni revisiones de los precios acordados en el Contrato. 5.1.6 No se podrá hacer un aumento de los precios (ya sea por administración sólo podrá efectuarse previa ordende ejecución el aumento de los costes de material, de mano de obra o de transporte, la fluctuación de los tipos de cambio o de otro tipo) sin el consentimiento previo por escrito de ENELIberdrola. Ninguna cantidad que exceda del Precio será pagada por Iberdrola, a menos que se acuerde por escrito y (i) firmada por representantes autorizados de Iberdrola o (ii) confirmada por Iberdrola de una modificación del Contrato, no deberá abonar ningún importe adicional a los precios. 7.1.11. En los costos del personal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidad, así como el equipo necesario para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos. 7.1.12. No se admitirán costos adicionales en concepto de transportes, dietas o manutención del personal del Proveedor.

Appears in 1 contract

Sources: General Conditions for Contracting Works and Services

Precios. 7.1.1. En el caso de la realización de una obra o un servicio, el precio del Contrato incluye como mínimo, salvo que expresamente se incluya en otros conceptos, lo siguiente: 7.1.2. Los precios vendrán desglosados en precio de los servicios, precio este concurso se establecen de los materiales e impuestos que correspondan según acuerdo a la legislación aplicable. 7.1.3. El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletes, portes y otros gastos originados por el incumplimiento estructura de las condiciones ejecución de entrega y envío establecidas mismo establecida en el Contrato. 7.1.4. No se pagarán materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito punto 4 de estos pliegos (Ver cuadro siguiente y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de ENEL, debidamente facultado. 7.1.5. El Proveedor viene obligado a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones del alcance del Contrato, a los precios convenidos, siempre que las mismas no representen, en conjunto, un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partes. 7.1.6. Si las ampliaciones, modificaciones o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran en conjunto un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL tendrá derecho a resolver el Contrato sin derecho a indemnización a favor del Proveedor. 7.1.7. En los casos en que haya de ejecutarse una unidad de obra no prevista en el cuadro de “oferta económica” incluido en anexo de los pliegos administrativos. Los precios de los apartados 1.1 y 1.2 (preventivo y correctivo) consisten en un precio por kilómetro efectivamente recorrido por cada tipo de bus. Los precios del Contratoapartado 1.3 de colisiones y reparaciones no incluidas en los puntos 1.1 y 1.2, se establecen en base a los precios de mano de obra y descuentos sobre materiales ofertados por el adjudicatario, y puntualmente a los presupuestos previamente aceptados por EMT. Los precios del apartado 1.4 correspondientes a conceptos estructurales de mantenimiento de instalaciones y de gestión se establecen en base a un importe fijo anual ofertado por los licitantes que no podrá superar un costo equivalente de 6 c€/km. Los precios del apartado 1.5 correspondiente a las penalizaciones se establecen en base al número de autobuses de exceso sobre la no disponibilidad establecida. Los precios del apartado 2.1 de limpieza y repostado se establecen en base a los precios ofertados en función de los vehículos que realicen efectivamente el servicio diario; mientras que el apartado 2.2 correspondiente a la limpieza de instalaciones y gestión y retirada de desechos se realizará en base a un precio homónimo anual ofertado por los licitantes. En caso de prórroga durante el tercer año de vigencia se determinará entre ENEL y aplicarán las mismas condiciones que para los dos primeros años, mientras que en caso de prórroga del cuarto año se llevaran a cabo todas las operaciones anteriores con la excepción de las incluidas en el Proveedor, basándose en la descomposición apartado 1.2 de costos de otras unidades análogas para las que exista precio unitario. 7.1.8mantenimiento correctivo a facturar por km recorrido. La negociación facturación real considerará los parámetros reales (km efectuados, colisiones y reparaciones reales, días reales de servicio de los autobuses, horas de trabajo reales realizados por el adjudicatario para EMT y horas de trabajo reales realizadas por operarios EMT para el adjudicatario, etc…) por lo que el importe máximo es un importe estimado, que puede sufrir variaciones en función del precio contradictorio será independiente trabajo realizado, máximo si tenemos en cuenta la antigüedad de la realización flota en cuestión. Los importes anteriores se actualizaran anualmente de la unidad acuerdo al IPC anual. Se establece además un incremento adicional fijo a partir del tercer año de que se trate6 céntimos de Euro por kilómetro efectivamente recorrido, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido la orden de ENEL. 7.1.9. A petición de ENEL, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que ENEL considere necesario, durante la ejecución del Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros no previstas inicialmente en el alcance del Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en la cláusula 7.1.1. y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio contradictorio o en los casos en que ENEL lo estime necesario. 7.1.10. La realización de trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa ordende ejecución por escrito de ENEL. 7.1.11. En los costos del personal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidad, así como el equipo necesario para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos. 7.1.12. No se admitirán costos adicionales en concepto de transportesactualización de precio por obsolescencia de la flota, dietas o manutención que se pagará al adjudicatario siempre que la antigüedad media de la flota sea superior a la del personal año anterior y se lleven a cabo todas las reparaciones necesarias que permitan y consigan mantener los mismos índices de disponibilidad que los conseguidos en los dos primeros años de vigencia del Proveedorcontrato, medidos en cada periodo de facturación. En la documentación técnica no se incluirá información de precios, siendo motivo de exclusión de la oferta.

Appears in 1 contract

Sources: Mantenimiento De Autobuses

Precios. 7.1.1. En 5.1.1 Los precios son precios fijos e incluyen IVA. 5.1.2 No se cobrará suma alguna a Eurofins por cotizaciones, muestras, envíos de prueba y materiales de muestra. 5.1.3 Los precios incluirán todos los costos relacionados con la suscripción del Contrato, como asimismo cualesquiera impuestos y/o derechos aplicables, y cubrirán el caso pago por todas las entregas y servicios asignados al Proveedor (incluyendo especialmente los costos de la realización preparar y acondicionar para embarque y los costos de una obra o un servicioembarque). 5.1.4 Los costos adicionales, de cualquier naturaleza, requerirán del consentimiento previo y por escrito de Eurofins. 5.1.5 Eurofins no hará ningún pago anticipado. 5.1.6 Donde el precio del Contrato incluye como mínimo, salvo que expresamente se incluya en otros conceptos, lo siguiente: 7.1.2. Los precios vendrán desglosados en precio total de los servicios, precio de los materiales e impuestos que correspondan según la legislación aplicable. 7.1.3. El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletes, portes y otros gastos originados por el incumplimiento de las condiciones de entrega y envío establecidas en el Contrato. 7.1.4. No se pagarán materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada Artículos dependa del tiempo dedicado por el Proveedor, el Proveedor ofrecerá sus servicios en la forma de ya sea un precio todo incluido no modificable o de un número máximo de horas o unidades a una tarifa horaria no modificable o tarifa unitaria. 5.1.7 Sin perjuicio de las disposiciones anteriores, Eurofins se beneficiará inmediatamente de la reducción de precios implementada por escrito y el Proveedor con indicación expresa anterioridad a la fecha de su precioentrega del Artículo. 5.1.8 Si en cualquier momento durante el Contrato, y aceptadaEurofins se entera de que el Proveedor, también por escritosus filiales o cualquier empresa relacionada/asociada al Proveedor a nivel mundial cobraba o cobra un precio más bajo a cualquier empresa relacionada/asociada a Eurofins, por un representante Artículo similar o idéntico, bajo circunstancias similares, dicho precio será de ENEL, debidamente facultadoinmediato aplicable también a Eurofins. 7.1.5. El Proveedor viene obligado a aceptar 5.1.9 Sin perjuicio de las ampliaciones, modificaciones y reducciones del alcance demás disposiciones de los GTP o del Contrato, los cambios de precios, honorarios o tarifas, como asimismo cualquier cambio en los términos de pago (el “Cambio”) sólo serán aplicables a los precios convenidosContratos de Cumplimiento Sucesivo a partir del primero de enero de cada año (la “Fecha de Vigencia”), siempre que las mismas no representen, en conjunto, un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partes. 7.1.6. Si las ampliaciones, modificaciones o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran en conjunto un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato, y cuando: - el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL tendrá derecho haya informado a resolver el Contrato sin derecho a indemnización a favor Eurofins del Proveedor. 7.1.7. En los casos en Cambio propuesto mediante carta certificada con acuse de recibo que haya de ejecutarse una unidad de obra no prevista en el cuadro de precios del Contrato, el precio homónimo se determinará entre ENEL y el Proveedor, basándose en la descomposición de costos de otras unidades análogas para las que exista precio unitario. 7.1.8. La negociación del precio contradictorio será independiente sido recibida por Eurofins por lo menos tres (3) meses antes de la realización Fecha de Vigencia; y - Eurofins haya acordado el Cambio con anterioridad a la unidad Fecha de que se trate, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido la orden de ENELVigencia. 7.1.9. A petición de ENEL, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que ENEL considere necesario, durante la ejecución del Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros no previstas inicialmente en el alcance del Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en la cláusula 7.1.1. y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio contradictorio o en los casos en que ENEL lo estime necesario. 7.1.10. La realización de trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa ordende ejecución por escrito de ENEL. 7.1.11. En los costos del personal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidad, así como el equipo necesario para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos. 7.1.12. No se admitirán costos adicionales en concepto de transportes, dietas o manutención del personal del Proveedor.

Appears in 1 contract

Sources: Términos Y Condiciones Generales De Compra

Precios. 7.1.1. En el caso 4.1 Los precios establecidos en la contratación sobre las bases de las propuestas aceptadas, serán invariables; sean cuales fueran los errores u omisiones que hubieran o los cambios experimentados con los precios de la realización mano de una obra o un servicio, el precio del Contrato incluye como mínimode los materiales, salvo que expresamente cláusulas especiales insertas en el llamado dictaminen otra alternativa. 5.-ADJUDICACIÓN 5.1 Para la adjudicación se incluya tendrá en otros conceptos, cuenta lo siguiente: 7.1.2. Los precios vendrán desglosados en precio a) Se hará por rubro o ítem o por fracción de los serviciosestos o por el total licitado, precio según convenga, como resultante de los materiales e impuestos que correspondan según la legislación aplicablecomparación de las ofertas presentadas y atendiendo a la naturaleza y especificidad de artículo y/o prestación requerida. 7.1.3. El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletesb) Se efectuará a la propuesta más conveniente, portes evaluando no solo el precio sino la calidad y otros gastos originados por el incumplimiento de las demás condiciones de entrega y envío establecidas en el Contratoexigidas. 7.1.4. No se pagarán materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de ENEL, debidamente facultado. 7.1.5. El Proveedor viene obligado a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones del alcance del Contrato, a los precios convenidos, siempre que las mismas no representen, en conjunto, un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partes. 7.1.6. Si las ampliaciones, modificaciones o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran en conjunto un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL tendrá derecho a resolver el Contrato sin derecho a indemnización a favor del Proveedor. 7.1.7. c) En los casos de similitud en las propuesta, O.S.S.E. podrá, a su solo juicio, invitar a los oferentes por escrito a mejorar sus ofertas dentro de un término máximo de 2 (dos) días hábiles, los que haya se deberán presentar en sobres perfectamente cerrados. Serán abiertos en la fecha y hora que se determinará al efecto. 5.2 La Autoridad de ejecutarse una unidad de obra no prevista en el cuadro de precios del ContratoOSSE, adjudicará al Oferente cuya oferta sea considerada a su exclusivo juicio como la “Oferta más conveniente”, donde el precio homónimo se determinará entre ENEL es un elemento más que hace a la conveniencia, pero no es determinante exclusivo de ello. Se podrá adjudicar el total de los renglones a un único oferente, o bien hacerlo en forma parcial a ese único o a varios oferentes. La decisión respecto a las calificaciones que le merezcan los oferentes y el Proveedorsus propuestas es absolutamente privativa de OSSE, basándose en la descomposición no encontrándose sujetas a impugnación ni recurso de costos de otras unidades análogas para las que exista precio unitarionaturaleza alguna. 7.1.8. 5.3 La negociación del precio contradictorio será independiente contratación queda perfeccionada por el solo hecho de la realización adjudicación por la autoridad facultada para contratar dentro de la unidad de que se tratelos plazos establecidos, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido librándose la orden de ENEL. 7.1.9compra, la cual deberá contener las estipulaciones básicas de la contratación. A petición de ENEL, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el En caso de que ENEL considere necesariodiscordancia con las cláusulas contractuales, durante la ejecución del Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros no previstas inicialmente en el alcance del Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en la cláusula 7.1.1. prevalecerán éstas últimas y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio contradictorio o en los casos interpretará que se trató de errores u omisiones en que ENEL lo estime necesariose incurrió al redactar la orden de compra. 7.1.10. La realización de trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa ordende ejecución por escrito de ENEL. 7.1.11. En los costos del personal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidad, así como el equipo necesario para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos. 7.1.12. No se admitirán costos adicionales en concepto de transportes, dietas o manutención del personal del Proveedor.

Appears in 1 contract

Sources: Contract for Mobile Telephony Services

Precios. 7.1.11. Los precios indicados por XSPlatforms no incluyen el IVA y otros gravámenes estatales aplicables sobre la venta y la entrega, y se basan en la entrega en fábrica según la versión de los Incoterms vigente en la fecha de la oferta, salvo estipulación en contrario en estas condiciones. Por “fábrica” se entenderá las instalaciones de XSPlatforms en Gorinchem, Países Bajos. 2. Si después de la fecha de celebración del contrato se produce un incremento en uno o más factores del precio de coste, incluso aunque se deba a circunstancias previsibles, XSPlatforms podrá incrementar proporcionalmente el precio acordado. 3. En el contrato se contempla el derecho de XSPlatforms a facturar por separado los trabajos adicionales que realice desde el momento en que conozca el importe a facturar por tal concepto. Para el cálculo de los trabajos adicionales se aplicarán por analogía los criterios establecidos en el apartado 1 y apartado 2 de este artículo. 4. Si en caso de la realización de una obra o un serviciopedidos adicionales XSPlatforms tuviera que hacer nuevos diseños, cálculos, descripciones, modelos, herramientas, etcétera, se cobrarán los costes correspondientes. 5. El embalaje no está incluido en el precio y se facturará por separado. No se recogerá el embalaje. 6. Si XSPlatforms ha aceptado montar/instalar el producto, el precio incluirá el montaje/la instalación y la entrega del Contrato incluye como mínimoproducto listo para su uso en el lugar indicado en la oferta, e incluirá todos los costes, salvo que expresamente se incluya en otros conceptos, lo siguiente: 7.1.2. Los precios vendrán desglosados en precio de los servicios, precio de los materiales e impuestos que correspondan según la legislación aplicable. 7.1.3. El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletes, portes y otros gastos originados por el incumplimiento de las condiciones de entrega y envío establecidas en el Contrato. 7.1.4. No se pagarán materiales, equipos o trabajos costes no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada precio con arreglo a los apartados anteriores o los mencionados en el artículo 10. Los costes incurridos por el Proveedorcondiciones meteorológicas adversas serán repercutidos. 7. Si XSPlatforms ofrece asesoramiento técnico en relación con la aplicación, ya sea verbal, por escrito o mediante ensayos o muestreo, este asesoramiento se ofrecerá según el ▇▇▇▇ saber y con indicación expresa entender de su precioXSPlatforms, y aceptada, también por escrito, por un representante si bien solo se aplicarán como instrucciones sin compromiso. XSPlatforms no garantiza la exactitud de ENEL, debidamente facultadodicho asesoramiento. 7.1.58. El Proveedor viene obligado a aceptar las ampliacionesasesoramiento no exime al Comprador de la obligación de examinar los productos y/o los servicios suministrados por XSPlatforms con el fin de verificar su idoneidad para la aplicación prevista. La aplicación, modificaciones uso y reducciones procesamiento de los productos suministrados corresponderán al ámbito del alcance del Contrato, a los precios convenidos, siempre que las mismas Comprador o sus clientes; XSPlatforms no representen, en conjunto, un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partes. 7.1.6. Si las ampliaciones, modificaciones o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran en conjunto un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero asume ninguna responsabilidad en este último caso, ENEL tendrá derecho a resolver el Contrato sin derecho a indemnización a favor del Proveedorsentido. 7.1.7. En los casos en que haya de ejecutarse una unidad de obra no prevista en el cuadro de precios del Contrato, el precio homónimo se determinará entre ENEL y el Proveedor, basándose en la descomposición de costos de otras unidades análogas para las que exista precio unitario. 7.1.8. La negociación del precio contradictorio será independiente de la realización de la unidad de que se trate, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido la orden de ENEL. 7.1.9. A petición de ENEL, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que ENEL considere necesario, durante la ejecución del Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros no previstas inicialmente en el alcance del Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en la cláusula 7.1.1. y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio contradictorio o en los casos en que ENEL lo estime necesario. 7.1.10. La realización de trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa ordende ejecución por escrito de ENEL. 7.1.11. En los costos del personal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidad, así como el equipo necesario para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos. 7.1.12. No se admitirán costos adicionales en concepto de transportes, dietas o manutención del personal del Proveedor.

Appears in 1 contract

Sources: Condiciones Generales De Venta Y Entrega

Precios. 7.1.13.1.1. En el caso de la realización de una obra o de la prestación de un servicio, el precio del Contrato incluye como mínimo, salvo que expresamente se incluya en otros conceptos, lo siguiente: 7.1.23.1.2. Los precios vendrán desglosados en precio de los servicios, precio de los materiales e impuestos que correspondan según la legislación aplicable. 7.1.33.1.3. El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletes, portes y otros gastos originados por el incumplimiento de las condiciones de entrega y envío establecidas en el Contrato. 7.1.43.1.4. No se pagarán materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de ENEL, debidamente facultado. 7.1.53.1.5. El Proveedor viene está obligado a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones del alcance del Contrato, a los precios convenidos, siempre que las mismas no representen, en conjunto, un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partes. 7.1.63.1.6. Si las ampliaciones, modificaciones o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran en conjunto un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL tendrá derecho a resolver el Contrato sin derecho a indemnización a favor del Proveedor. 7.1.73.1.7. En los casos en que haya de que ejecutarse una unidad de obra no prevista en el cuadro de precios del Contrato, el precio homónimo se determinará entre ENEL y el Proveedor, basándose en la descomposición de costos de otras unidades análogas para las que exista precio unitario. 7.1.83.1.8. La negociación del precio contradictorio será independiente de la realización de la unidad de que se trate, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido la orden de ENEL. 7.1.93.1.9. A petición de ENEL, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que ENEL considere necesario, durante la ejecución del Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros no previstas inicialmente en el alcance del Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en el primer apartado de la cláusula 7.1.1. presente subcláusula, y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio contradictorio o en los casos en que ENEL lo estime necesario. 7.1.103.1.10. La realización de trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa ordende ejecución por escrito de ENEL. 7.1.113.1.11. En los costos del personal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidad, así como el equipo necesario para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos. 7.1.123.1.12. No se admitirán costos adicionales en concepto de transportes, dietas alojamiento o manutención del personal del Proveedor.

Appears in 1 contract

Sources: Anexo v Perú

Precios. 7.1.17.1.1 Los precios fijados en la Documentación Contractual son la contraprestación del Suministro contratado, incluyendo el cumplimiento de los requisitos aplicables, por lo que éstos tienen la consideración de valor total y definitivo, salvo el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Será por cuenta del Suministrador el apoyo administrativo y técnico que a su juicio sea necesario, tanto de personal como de instalaciones. Se entenderá asimismo incluido en el precio el coste del trasporte necesario para la ejecución de los servicios, maquinaria, herramientas mencionados en el último párrafo de la Cláusula 6.4.5 y la cesión a favor de CNAT de los derechos de propiedad industrial e intelectual y know-how indicados en la Cláusula 12.2. 7.1.2 En el caso de la realización de una obra o un servicio, el precio del Contrato incluye como mínimo, salvo que expresamente se incluya en otros conceptos, lo siguiente: 7.1.2. Los precios vendrán desglosados en precio de los servicios, precio de los materiales e impuestos que correspondan según la legislación aplicable. 7.1.3. El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletes, portes y otros gastos originados por el incumplimiento de las condiciones de entrega y envío establecidas en el Contrato. 7.1.4. No se pagarán materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precioCNAT juzgue conveniente, y aceptadaasí lo solicitase mediante los cauces oficiales acordados, también por escrito, por un representante realizar alguna unidad de ENEL, debidamente facultado. 7.1.5. El Proveedor viene obligado a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones del Obra o Servicio que no estuviese expresamente prevista en la Documentación Contractual o que suponga alguna variación sobre el alcance del Contrato, a los precios convenidos, siempre que las mismas y cuyo precio no representen, en conjunto, un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partes. 7.1.6. Si las ampliaciones, modificaciones o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran en conjunto un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL tendrá derecho a resolver el Contrato sin derecho a indemnización a favor del Proveedor. 7.1.7. En los casos en que haya de ejecutarse una unidad de obra no prevista sido explicitado en el cuadro de precios del Contratoprecios, el precio homónimo se determinará Suministrador deberá acordar documentalmente con CNAT la realización de la nueva unidad de Obra o Servicio, negociándose entre ENEL las partes (de lo cual habrá de quedar constancia escrita) las nuevas circunstancias y el Proveedor, precio que proceda basándose en la descomposición de costos de otras unidades análogas para las que exista precio unitario. 7.1.8. La negociación del precio contradictorio será independiente de Si por urgente necesidad razonada objetivamente y por CNAT así lo que se requiriese, la realización de la nueva unidad de Obra o Servicio no estará supeditada al momento de acuerdo antes indicado, sobre su precio, debiendo empezar el Suministrador su ejecución incluso previamente a dicho acuerdo sin perjuicio de la obligación de CNAT de abonar un precio razonable por dichas nuevas unidades. 7.1.3 Los precios se considerarán fijos y no revisables. Sin embargo, para Suministros con plazo de ejecución interanual, se establecerán cláusulas de revisión, siempre que se trate, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido la orden de ENELpacten expresamente. 7.1.97.1.4 Los precios se fijarán mediante las modalidades indicadas en la Cláusula 4.3.1.d.5. A petición de ENEL, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios La Documentación Contractual definirá la modalidad escogida para cada caso concreto. 7.1.5 En el caso de que ENEL considere necesario, durante la ejecución del Contrato, la realización de Obras y Servicios el importe de los materiales cuya provisión sea gestionada por el Proveedor Suministrador a requerimiento de unidades de obraCNAT, servicios o suministros no previstas inicialmente será incrementado en el alcance siete por ciento (7%) de recargo por gastos de gestión sobre la factura neta de la empresa proveedora. Para los materiales suministrados directamente por el Suministrador o por cualquier empresa de su grupo, no aplicará el incremento del Contrato siete por ciento (7%) citado en el párrafo anterior. 7.1.6 Cuando por necesidades de los Servicios asignados se haga necesario el establecimiento de partidas alzadas o precios por administración). Dichos preciosunitarios no previstos en las condiciones para la Petición de Ofertas, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos sin perjuicio de la negociación prevista en la cláusula 7.1.1. Cláusula 7.1.2, el Suministrador estará obligado a presentarlos con el alcance, desglose y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio contradictorio o en los casos en definición que ENEL lo estime necesariodetermine CNAT. 7.1.10. La realización 7.1.7 Dentro de trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa ordende ejecución por escrito las Condiciones Particulares se establecerán tanto el plazo de ENELvalidez de los precios como la fórmula de revisión de los mismos a partir de la fecha que se determine en el mismo. 7.1.11. En 7.1.8 El Suministrador presentará a CNAT cuando así proceda, un parte de trabajo, por cada Obra o Servicio asignado, con la periodicidad que en cada caso se especifique en la Documentación Contractual, indicando la actividad desarrollada, medios materiales utilizados y nombre de los costos del personal estarán incluidos operarios asignados, con las herramientas propias de su especialidad, así como el equipo necesario necesarias observaciones para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajosdefinición. 7.1.12. No se admitirán costos adicionales en concepto de transportes, dietas o manutención del personal del Proveedor.

Appears in 1 contract

Sources: Condiciones Generales De Suministro

Precios. 7.1.11. Todos los precios tienen excluido el IVA y '▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇', a no ser que se haya pactado diferente por escrito. 2. No incluidos en el precio están: a) Derechos de importación especiales y/o impuestos o recaudaciones; b) envases y/o embalajes especiales c) gastos de carga y descarga, transporte y seguros 3. Los precios se basan en el precio de coste en vigor en el momento del suministro. Si el coste de materias primas, materiales, partes, transporte, sueldos, primas de seguro, cargas fiscales, derechos de importación, tipo de cambio, etc. , desde la fecha de la oferta incrementasen su precio, el PROVEEDOR está autorizado a repercutir este incremento en el precio final. 4. Lo estipulado en el artículo anterior también es válido, si estos factores que suben el precio de coste eran previsibles. 5. El CLIENTE tiene en caso de subida del precio mayor al 15% de un acuerdo ya pactado, el derecho a rescindir el acuerdo sin intervención judicial a través una carta certificada. En este caso estará obligado a compensar proporcionalmente lo ya suministrado. Para este parte del suministro quedan estas condiciones generales sin impedimentos. 6. Si un CLIENTE es CONSUMIDOR, este esta autorizado a anular un pedido si una subida de precio ocurriese como lo mencionado en el artículo 3, a no ser que la subida de precios ocurriese tres meses después de la firma del contrato, entonces sería aplicable el artículo 5 7. El CLIENTE está obligado a atenerse a los precios de ventas (mínimos) establecidos por el PROVEEDOR, a no ser que el CLIENTE haya pactado por escrito algo diferente con el PROVEEDOR. 8. Si el CLIENTE no cumple lo estipulado en el artículo anterior, el PROVEEDOR esta autorizado sin intervención judicial a suspender todos los acuerdos de suministro y en base del articulo 7 apartado 1 b rescindir el contrato, sin perjuicio de lo demás estipulado en articulo 7 9. Junto a esto todos los créditos son directamente exigibles por el PROVEEDOR 1. Los plazos acordados para el suministro nunca serán considerados como plazo terminal. En caso de entregas fuera tiempo, el PROVEEDOR debe explicar por que ha incurrido en falta de compromiso y concederle un último plazo para el suministro. 2. El CLIENTE está obligado a controlar (el envase de) lo suministrado para posibles faltas directamente en el momento de la entrega, o hacer este control después de la notificación del PROVEEDOR de que el suministro esté a disposición del CLIENTE. 3. Las posibles faltas de o en (el envase de) los suministros que sean observados en la entrega, se deberán anotar en el albarán, la factura o el documento de transporte. En caso de que no se haya hecho, no se tramitará su reclamación. La administración del PROVEEDOR será en este caso responsable. 4. Escasez del producto a comerciar o técnicamente inevitables desviaciones en la calidad, color, acabado, tamaño o peso etc. nunca darán al CLIENTE e derecho a denegar un suministro. 5. El PROVEEDOR está autorizado a suministrar por partes, por cual el PROVEEDOR puede facturar separadamente. El CLIENTE estará entonces obligado a pagar conforme lo estipulado en el articulo 12. 6. La obligación a suministrar del PROVEEDOR estará cumplida una vez se ofrezca el género al CLIENTE. El albarán firmado por el CLIENTE o la persona que le presenta, es una prueba de entrega. 7. En el caso de la realización no-compra repercutirían todos los gastos de una obra o un serviciotransporte, el precio del Contrato incluye como mínimo, salvo que expresamente se incluya en otros conceptos, lo siguiente: 7.1.2. Los precios vendrán desglosados en precio de los servicios, precio de los materiales e impuestos que correspondan según la legislación aplicable. 7.1.3. El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletes, portes almacenaje y otros gastos originados por al CLIENTE. Después un plazo de cuatro semanas, el incumplimiento PROVEEDOR esta autorizado a vender este género. La disminución de las condiciones de entrega la ganancia y envío establecidas gastos también repercutirá en el Contrato. 7.1.4. No se pagarán materialesCLIENTE, equipos o trabajos no incluidos sin dejar en efecto el derecho del PROVEEDOR y su reclamación de lo estipulado en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de ENEL, debidamente facultado. 7.1.5. El Proveedor viene obligado a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones del alcance del Contrato, a los precios convenidos, siempre que las mismas no representen, en conjunto, un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partes. 7.1.6. Si las ampliaciones, modificaciones o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran en conjunto un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL tendrá derecho a resolver el Contrato sin derecho a indemnización a favor del Proveedor. 7.1.7. En los casos en que haya de ejecutarse una unidad de obra no prevista en el cuadro de precios del Contrato, el precio homónimo se determinará entre ENEL y el Proveedor, basándose en la descomposición de costos de otras unidades análogas para las que exista precio unitario. 7.1.8. La negociación del precio contradictorio será independiente de la realización de la unidad de que se trate, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido la orden de ENEL. 7.1.9. A petición de ENEL, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que ENEL considere necesario, durante la ejecución del Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros no previstas inicialmente en el alcance del Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en la cláusula 7.1.1. y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio contradictorio o en los casos en que ENEL lo estime necesario. 7.1.10. La realización de trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa ordende ejecución por escrito de ENEL. 7.1.11. En los costos del personal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidad, así como el equipo necesario para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos. 7.1.12. No se admitirán costos adicionales en concepto de transportes, dietas o manutención del personal del Proveedor.artículo 7.3

Appears in 1 contract

Sources: General Terms and Conditions

Precios. 7.1.13.1 Todos y cada uno de los precios serán en Euros, conforme a lo acordado, sin incluir IVA, salvo que se haya acordado una moneda diferente con el Comprador. Los pagos sólo podrán efectuarse en la moneda acordada. 3.2 El Vendedor y el Comprador acuerdan que no todas las mercancías que están sujetas al presente Contrato se elaborarán con existencias que se encuentran en el inventario del Vendedor. En el caso periodo entre la formalización del Contrato y la entrega de las mercancías, podrán, pues, surgir circunstancias que causen un incremento significativo de los costos de producción de las mercancías que se deban producir y que no se pudieron tener en cuenta en el cálculo de los precios pertinentes en el momento en que se formalizó el Contrato. 1 de octubre de 2012 Página 1 Por tanto, si tras la realización formalización del Contrato, pero con anterioridad a la entrega acordada, se produjera cualquier variación significativa en el costo de una obra las materias primas u otros costos directos y dicha variación excediera del 10%, de forma individual o un servicioagregada, en comparación con el cálculo de precios en cuestión, el precio será renegociado. Las partes convienen de mutuo acuerdo que en el caso que dicha variación de los citados factores de costo exceda del 20%, de forma individual o en total, constituirá una variación tan sustancial en comparación con los costos aplicables o previsibles para los citados factores de costo en el momento de la formalización del Contrato incluye que el cumplimiento del Contrato no se considerará razonable. En tal caso, cualquiera de las partes tendrá el derecho de terminar el presente Contrato tan pronto como mínimo, salvo que expresamente se incluya en otros conceptos, lo siguiente: 7.1.2. Los precios vendrán desglosados en precio tuviere conocimiento del cambio sustancial respecto de uno o más de los servicioscitados factores de costo. Las disposiciones de las cláusula 1.5 serán de aplicación mutatis mutandis. 3.3 Salvo acuerdo por escrito por parte del Vendedor (en particular, precio por medio de los materiales e impuestos que correspondan según INCOTERMS), los precios confirmados y reflejados en la legislación aplicabletarifa serán precios netos, excluidos de gastos aduaneros, pero incluidos los costos de embalaje y transporte estándar. Cualesquiera costos accesorios serán asumidos por cuenta del Comprador. 7.1.3. El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletes3.4 En caso de que se acuerden precios con el Comprador en una moneda que no fuera el Euro, portes y otros gastos originados por dicha moneda se devaluara un 5% o más frente al Euro con posterioridad a la formalización del Contrato en comparación con la fecha de formalización del Contrato, el incumplimiento Vendedor tendrá derecho a fijar un nuevo precio incrementado, de las condiciones acuerdo a la magnitud de entrega la devaluación y envío establecidas en el Contratoa facturar dicho aumento de precio, siempre que se notifique al Comprador la existencia de tal incremento con al menos 10 días de antelación al mismo. 7.1.4. No 3.5 Salvo que se pagarán materialesindique lo contrario, equipos o trabajos no incluidos se aplicará la lista de precios vigente, así como los recargos y descuentos mencionados en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de ENEL, debidamente facultadoella. 7.1.5. 3.6 El Proveedor viene Comprador estará obligado a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones desviaciones en el precio facturado en comparación con el precio de la confirmación del alcance pedido debido a cargos por servicios en virtud del Contrato, a los precios convenidoscomo por ejemplo, siempre que las mismas no representen, en conjunto, un aumento cuotas por almacenamiento o disminución de más del 20% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partesrecargos o descuentos sobre la cantidad entregada. 7.1.6. Si las ampliaciones, modificaciones o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran en conjunto 3.7 Los pedidos de aprovisionamiento (call off orders) estarán sujetos a la formalización de un aumento o disminución contrato de más del 20% del importe del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL tendrá derecho a resolver el Contrato sin derecho a indemnización a favor del Proveedorstock válido. 7.1.7. En los casos en que haya de ejecutarse una unidad de obra no prevista en el cuadro de precios del Contrato, el precio homónimo se determinará entre ENEL y el Proveedor, basándose en la descomposición de costos de otras unidades análogas para las que exista precio unitario. 7.1.8. La negociación del precio contradictorio será independiente de la realización de la unidad de que se trate, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido la orden de ENEL. 7.1.9. A petición de ENEL, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que ENEL considere necesario, durante la ejecución del Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros no previstas inicialmente en el alcance del Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en la cláusula 7.1.1. y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio contradictorio o en los casos en que ENEL lo estime necesario. 7.1.10. La realización de trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa ordende ejecución por escrito de ENEL. 7.1.11. En los costos del personal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidad, así como el equipo necesario para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos. 7.1.12. No se admitirán costos adicionales en concepto de transportes, dietas o manutención del personal del Proveedor.

Appears in 1 contract

Sources: Condiciones Comerciales Generales De Venta

Precios. 7.1.11. En ausencia de acuerdo escrito, se aplicarán los precios reflejados en la lista publicada por ▇▇▇▇, “en casa del Cliente”, más el IVA vigente en cada momento. En las ventas al extranjero, éstas se realizan “ex works”, si el contrato no dispone otra cosa. A los pedidos con un valor inferior a 150,00 € netos se les aplicará un recargo por gestión del pedido de 15,00 €; a los pedidos con un valor inferior a 50,00 € netos se les aplicará un recargo por gestión del pedido de 30,00 €. Este recargo se aplicará tanto a los pedidos nacionales como internacionales. A petición del Cliente, los productos podrán ser enviados a una dirección alternativa con un cargo de 10,00 €. 2. ▇▇▇▇ únicamente realizará el envío de los productos a petición del Cliente. Ello no afectará a las disposiciones del Artículo 5. 3. Los precios a facturar serán aquéllos en vigor en el momento de la formalización del contrato, que se basarán en aquellos factores de costes vigentes en ese momento. Si entre la formalización del contrato y la fecha pactada de entrega se produjeran modificaciones en dichos factores de costes (especialmente en relación con los materiales, salarios, energía, etc.), ▇▇▇▇ se reserva el derecho a ajustar el precio. En casos de negocios de exportación, si se produjera una devaluación considerable de la moneda en que se haya formalizado el contrato, ▇▇▇▇ tendrá con carácter extraordinario derecho a cancelar aquella parte del contrato que aún no se hubiera suministrado o a ajustar convenientemente el precio de la misma. 4. En el caso de la realización operaciones “ex-works”, los productos se transportarán a cargo del Cliente. En todos los demás casos serán de una obra o un servicioaplicación en materia de seguros y de traspaso del riesgo las disposiciones contenidas en los INCOTERMS 2010, el precio en su versión en cada momento vigente. 5. En caso de piezas/productos especiales, que se fabriquen a petición expresa de algún Cliente, ▇▇▇▇ le informará acerca del Contrato incluye como mínimo, salvo que expresamente se incluya en otros conceptos, lo siguiente: 7.1.2. Los precios vendrán desglosados en precio volumen mínimo de fabricación de los serviciosmismos, precio debiendo el Cliente comprometerse a adquirir dicho volumen mínimo de los materiales e impuestos que correspondan según la legislación aplicablepiezas/productos. 7.1.36. El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletesSerán admisibles y no constituirán causa de reclamación aquellos supuestos de suministros en más o en menos de hasta un 5% (si se trata de herramientas especiales, portes y otros gastos originados por el incumplimiento de las condiciones de entrega y envío establecidas en el Contrato. 7.1.4. No se pagarán materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por hasta un representante de ENEL, debidamente facultado. 7.1.5. El Proveedor viene obligado a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones del alcance del Contrato, a los precios convenidos10%), siempre que las mismas no representencomprendan al menos 2 piezas. No obstante, en conjunto, un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en su caso, tal caso se establecerá de común acuerdo entre ambas Partesfacturará la cantidad realmente suministrada. 7.1.6. Si las ampliaciones, modificaciones o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran en conjunto un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL tendrá derecho a resolver el Contrato sin derecho a indemnización a favor del Proveedor. 7.1.7. En los casos en que haya de ejecutarse una unidad de obra no prevista en el cuadro de precios del Contrato, el precio homónimo se determinará entre ENEL y el Proveedor, basándose en la descomposición de costos de otras unidades análogas para las que exista precio unitario. 7.1.8. La negociación del precio contradictorio será independiente de la realización de la unidad de que se trate, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido la orden de ENEL. 7.1.9. A petición de ENEL, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que ENEL considere necesario, durante la ejecución del Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros no previstas inicialmente en el alcance del Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en la cláusula 7.1.1. y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio contradictorio o en los casos en que ENEL lo estime necesario. 7.1.10. La realización de trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa ordende ejecución por escrito de ENEL. 7.1.11. En los costos del personal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidad, así como el equipo necesario para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos. 7.1.12. No se admitirán costos adicionales en concepto de transportes, dietas o manutención del personal del Proveedor.

Appears in 1 contract

Sources: Condiciones Generales De Venta Y Suministro

Precios. 7.1.1. En el caso de la realización de una obra o de la prestación de un suministro o un servicio, el precio del Contrato incluye como mínimo, en tanto resulte aplicable y salvo que expresamente se incluya en otros conceptos, lo siguiente: 7.1.2. Los precios vendrán desglosados en precio de los servicios, precio de los materiales e impuestos que correspondan según la legislación aplicable. 7.1.3. El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletes, portes y otros gastos originados por el incumplimiento de las condiciones de entrega y envío establecidas en el Contrato. 7.1.4. No se pagarán materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de ENEL, debidamente facultado. 7.1.5. El Proveedor viene está obligado a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones del alcance del Contrato, a los precios convenidos, siempre que las mismas no representen, en conjunto, un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partes. 7.1.6. Si las ampliaciones, modificaciones o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran en conjunto un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL tendrá derecho a resolver el Contrato sin derecho a indemnización a favor del Proveedor. 7.1.7. En los casos en que haya de ejecutarse una unidad de obra o cuando se solicite suministros o servicios no prevista previstos en el cuadro de precios del Contrato, el precio homónimo aplicable se determinará entre ENEL y el Proveedor, y cuando sea factible basándose en la descomposición de costos de otras unidades análogas para las que exista precio unitario. 7.1.8. La negociación del precio contradictorio será independiente de la realización de la unidad de que se trate, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido la orden de ENEL. 7.1.9. A petición de ENEL, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que ENEL considere necesario, durante la ejecución del Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros no previstas inicialmente en el alcance del Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en la cláusula 7.1.1. y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio contradictorio o en los casos en que ENEL lo estime necesario. 7.1.10. La realización de trabajos por administración sólo podrá efectuarse previa ordende orden de ejecución por escrito de ENEL. 7.1.11. En los costos del personal estarán incluidos las herramientas propias de su especialidad, así como el equipo necesario para su protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos. 7.1.12. No se admitirán costos adicionales en concepto de transportes, dietas o dietas, manutención ni viáticos del personal del Proveedor.

Appears in 1 contract

Sources: Anexo v Perú