Procedimiento sancionador. 1) Antes de imponer sanciones por faltas graves o muy graves las empresas comunicarán por escrito los hechos a los trabajadores interesados, con el fin de que, si lo desean, puedan éstos exponer también por escrito, en el plazo de tres días laborales, lo que al respecto estimen oportuno. Asimismo esta comunicación se realizará a los delegados de personal y/o comité de empresa.
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Samples: aetrac.es, www.juntadeandalucia.es
Procedimiento sancionador. 1) Antes de imponer sanciones por faltas graves o muy graves las empresas comunicarán por escrito los hechos a los trabajadores interesados, con el fin de que, si lo desean, puedan éstos estos exponer también por escrito, en el plazo de tres días laborales, lo que al respecto estimen oportuno. Asimismo esta comunicación se realizará a los delegados de personal y/o comité de empresa.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Procedimiento sancionador. 1) Antes de imponer sanciones por faltas graves o muy graves las empresas comunicarán por escrito los hechos a los trabajadores interesados, con el fin de que, si lo desean, puedan éstos exponer también por escrito, en el plazo de tres días laborales, lo que al respecto estimen es- timen oportuno. Asimismo esta comunicación se realizará reali- zará a los delegados de personal y/o comité de empresaem- presa.
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Samples: www.juntadeandalucia.es
Procedimiento sancionador. 1) Antes de imponer sanciones por faltas graves o muy graves las empresas comunicarán por escrito los hechos a los trabajadores interesados, con el fin de que, si lo desean, puedan éstos exponer también por escrito, en el plazo de tres días laborales, lo que al respecto estimen esti- men oportuno. Asimismo esta comunicación se realizará reali- zará a los delegados de personal y/o comité de empresa.
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Samples: www.juntadeandalucia.es
Procedimiento sancionador. 1) 4.1. Antes de imponer sanciones por faltas graves o muy graves las empresas comunicarán comunicaran por escrito los hechos a las trabajadoras y los trabajadores interesados, con el fin de que, si lo desean, puedan éstos estos exponer también por escrito, en el plazo de tres días laborales, lo que al respecto estimen oportuno. Asimismo Asimismo, esta comunicación se realizará a los delegados de personal y/o comité de empresa.
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Samples: Convenio Colectivo Del Transporte De
Procedimiento sancionador. 1) Antes 1)Antes de imponer sanciones por faltas graves o muy graves las empresas comunicarán por escrito los hechos a los trabajadores interesados, con el fin de que, si lo desean, puedan éstos exponer también por escrito, en el plazo de tres días laborales, lo que al respecto estimen oportuno. Asimismo esta comunicación se realizará a los delegados de personal y/o comité de empresa.
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Procedimiento sancionador. 1) Antes de imponer sanciones por faltas graves o muy graves las empresas comunicarán por escrito los hechos a los trabajadores tra- bajadores interesados, con el fin de que, si lo desean, puedan éstos exponer también por escrito, en el plazo de tres días laborales, lo que al respecto estimen oportuno. Asimismo Asimismo, esta comunicación se realizará a los delegados delegados/as de personal y/o comité de empresa.
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Samples: www.fesmcugt.org