Common use of Promoción profesional Clause in Contracts

Promoción profesional. La promoción profesional tiene que ser una realidad en el seno de la Empresa a la que pueda acceder, dentro de los parámetros determinados en el presente artículo, cualquier persona trabajadora. Éste será un elemento importante a la hora de mantener motivada a la plantilla al posibilitar un plan xx xxxxxxx profesional, contribuyendo a su fidelización. A su vez, la Empresa se asegura, por medio de las promociones internas, del máximo aprovechamiento de los recursos propios y del conocimiento que las personas trabajadoras aportan a la misma. cve: BOE-A-2019-8222 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx La promoción profesional se llevará a cabo dentro de los itinerarios profesionales indicados a continuación, de modo que se vaya ascendiendo de una función profesional a otra de nivel superior, generalmente del mismo itinerario, siempre que previamente se cumplan los requisitos establecidos para el acceso a cada función, de modo que se garantice la idoneidad del perfil competencial de la persona con el de la función a desempeñar. También se puede llevar a cabo un cambio profesional desde un itinerario profesional a otro distinto. La promoción profesional conllevará la actualización salarial correspondiente, sin discriminación alguna, según el nuevo Grupo/Función/Nivel al que se promocione, sin que dicho incremento salarial pueda detraerse de complemento salarial alguno, salvo del «Complemento Voluntario de Empresa» si la persona trabajadora lo tuviera y siempre que no hubieran transcurrido más de 4 años desde el inicio de la percepción de su importe. Itinerario profesional 1: Diseño y desarrollo. Pertenecen a este itinerario las funciones relacionadas con el análisis, diseño, codificación, implementación, puesta en práctica y mantenimiento de servicios y soluciones de Software. Se incluyen en este itinerario las siguientes funciones profesionales por orden ascendente:

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Promoción profesional. La promoción profesional tiene que ser una realidad en el seno Dirección de la Empresa empresa procurará cubrir las vacantes que surjan, y que haya decidido no amortizar, a través de la que pueda acceder, dentro promoción interna de los parámetros determinados en el presente artículotrabajadores de plantilla, cualquier persona trabajadora. Éste será un elemento importante a la hora de mantener motivada a la plantilla y ello atendiendo al posibilitar un plan xx xxxxxxx profesionaldesempeño del trabajador/a, contribuyendo a su fidelizacióndesarrollo profesional y al grado de cumplimiento que muestra respecto al resto de factores ponderados que determinan la permanencia a un Grupo Profesional o a otro. A su vezNo obstante, y como única limitación, existirá la Empresa se asegura, por medio de las promociones internas, del máximo aprovechamiento de los recursos propios y del conocimiento que las personas trabajadoras aportan a la misma. siguiente promoción automática: cve: BOE-A-2019A-2024-8222 10660 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx La promoción profesional xxxxx://xxx.xxx.xx El personal clasificado en el Grupo 3 Nivel C ACOGE o Grupo 3 Nivel D ACOGE: – Ingresará en el nivel «3», en el que durante 6 meses irá conociendo y adaptándose a los principales procesos, sistemas, herramientas, medios, productos, etc. y se llevará comenzará a cabo dentro valorar sus conocimientos y formación externos e internos que para el desempeño de sus funciones se le van proporcionando. – Accederá entonces y de manera automática al nivel «2» en el que permanecerá 6 meses para ir poniendo más en práctica los itinerarios profesionales indicados conocimientos, formación y experiencia que va adquiriendo a continuación, de modo la vez que se vaya ascendiendo le continúa valorando su progresivo desempeño. – Pasará desde ese momento al nivel «1» donde completará durante 12 meses su período ACOGE y culminando así el período de adquisición de autonomía, iniciativa y responsabilidad bajo supervisión. Transcurrido el período conjunto de 24 meses, será clasificado como mínimo en el nivel «D» del Grupo 3 si realiza funciones técnicas de reparación y asistencia o en el nivel C del Grupo 3 si realiza otro tipo de funciones, y una función profesional a otra de vez alcanzado ese nivel superior, generalmente del mismo itinerario, siempre que previamente se cumplan los requisitos establecidos para el acceso a cada función, de modo que se garantice no será posible la idoneidad del perfil competencial reasignación por parte de la persona con el Dirección a niveles ACOGE. A partir de la función ese momento podrá optar a desempeñar. También niveles superiores si se puede llevar a cabo un cambio profesional desde un itinerario profesional a otro distinto. La promoción profesional conllevará la actualización salarial correspondientevan adquiriendo y desarrollando los factores mencionados de Conocimiento, sin discriminación algunaFormación, según el nuevo Grupo/Función/Nivel al que se promocioneAdaptación, sin que dicho incremento salarial pueda detraerse de complemento salarial algunoIniciativa, salvo del «Complemento Voluntario de Empresa» si la persona trabajadora lo tuviera Proactividad, Responsabilidad, Compromiso, Mando, Autonomía, Flexibilidad y siempre que no hubieran transcurrido más de 4 años desde el inicio de la percepción de su importe. Itinerario profesional 1: Diseño y desarrollo. Pertenecen a este itinerario las funciones relacionadas con el análisis, diseño, codificación, implementación, puesta en práctica y mantenimiento de servicios y soluciones de Software. Se incluyen en este itinerario las siguientes funciones profesionales por orden ascendente:Complejidad.

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Promoción profesional. La Dirección de la empresa procurará cubrir las vacantes que surjan, y que haya decidido no amortizar, a través de la promoción interna de los trabajadores de plantilla, y ello atendiendo al desempeño del trabajador/a, a su desarrollo profesional tiene y al grado de cumplimiento que ser una realidad muestra respecto al resto de factores ponderados que determinan la permanencia a un Grupo Profesional o a otro. No obstante, y como única limitación, existirá la siguiente promoción automática: El personal clasificado en el seno Grupo 4 Nivel ACOGE: - Ingresará en el Nivel «3», en el que durante 6 meses irá conociendo y adaptándose a los principales procesos, sistemas, herramientas, medios, productos, etc. Y se comenzará a valorar sus conocimientos y formación externos e internos que para el desempeño de sus funciones se le van proporcionando. - Accederá entonces y de manera automática al Nivel «2» en el que permanecerá 6 meses para ir poniendo más en práctica los conocimientos, formación y experiencia que va adquiriendo a la vez que se le continúa valorando su progresivo desempeño. - Pasará desde ese momento al Nivel «1» donde completará durante 12 meses su período acoge y culminando así el período de adquisición de autonomía, iniciativa y responsabilidad bajo supervisión. Transcurrido el período conjunto de 24 meses, será clasificado como mínimo en el Nivel «D» del Grupo 4 si realiza funciones técnicas de reparación y asistencia o en el Nivel C del Grupo 4 si realiza otro tipo de funciones, y una vez alcanzado ese Nivel no será posible la reasignación por parte de la Empresa Dirección a la que pueda acceder, dentro de los parámetros determinados en el presente artículo, cualquier persona trabajadora. Éste será un elemento importante a la hora de mantener motivada a la plantilla al posibilitar un plan xx xxxxxxx profesional, contribuyendo a su fidelizaciónNiveles Acoge. A su vezpartir de ese momento podrá optar a Xxxxxxx superiores si se van adquiriendo y desarrollando los factores mencionados de conocimiento, la Empresa se aseguraformación, por medio de las promociones internasadaptación, del máximo aprovechamiento de los recursos propios iniciativa, proactividad, responsabilidad, compromiso, mando, autonomía, flexibilidad y del conocimiento que las personas trabajadoras aportan a la misma. cve: BOE-A-2019-8222 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx La promoción profesional se llevará a cabo dentro de los itinerarios profesionales indicados a continuación, de modo que se vaya ascendiendo de una función profesional a otra de nivel superior, generalmente del mismo itinerario, siempre que previamente se cumplan los requisitos establecidos para el acceso a cada función, de modo que se garantice la idoneidad del perfil competencial de la persona con el de la función a desempeñar. También se puede llevar a cabo un cambio profesional desde un itinerario profesional a otro distinto. La promoción profesional conllevará la actualización salarial correspondiente, sin discriminación alguna, según el nuevo Grupo/Función/Nivel al que se promocione, sin que dicho incremento salarial pueda detraerse de complemento salarial alguno, salvo del «Complemento Voluntario de Empresa» si la persona trabajadora lo tuviera y siempre que no hubieran transcurrido más de 4 años desde el inicio de la percepción de su importe. Itinerario profesional 1: Diseño y desarrollo. Pertenecen a este itinerario las funciones relacionadas con el análisis, diseño, codificación, implementación, puesta en práctica y mantenimiento de servicios y soluciones de Software. Se incluyen en este itinerario las siguientes funciones profesionales por orden ascendente:complejidad.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Promoción profesional. La dirección de la empresa procurará cubrir las vacantes que surjan, y que haya decidido no amortizar, a través de la promoción interna de los trabajadores de plantilla, y ello atendiendo al desempeño del trabajador/a, a su desarrollo profesional tiene y al grado de cumplimiento que ser una realidad muestra respecto al resto de factores ponderados que determinan la permanencia a un grupo profesional o a otro. No obstante, y como única limitación, existirá la siguiente promoción automática: El personal clasificado en el seno grupo 4 nivel ACOGE: - Ingresará en el nivel "3", en el que durante 6 meses irá conociendo y adaptándose a los principales procesos, sistemas, herramientas, medios, productos, etc. Y se comenzará a valorar sus conocimientos y formación externos e internos que para el desempeño de sus funciones se le van proporcionando. - Accederá entonces y de manera automática al nivel "2" en el que permanecerá 6 meses para ir poniendo más en práctica los conocimientos, formación y experiencia que va adquiriendo a la vez que se le continúa valorando su progresivo desempeño. - Pasará desde ese momento al nivel "1" donde completará durante 12 meses su período acoge y culminando así el período de adquisición de autonomía, iniciativa y responsabilidad bajo supervisión. Transcurrido el período conjunto de 24 meses, será clasificado como mínimo en el nivel "d" del grupo 4 si realiza funciones técnicas de reparación y asistencia o en el nivel c del grupo 4 si realiza otro tipo de funciones, y una vez alcanzado ese nivel no será posible la reasignación por parte de la Empresa dirección a la que pueda acceder, dentro de los parámetros determinados en el presente artículo, cualquier persona trabajadora. Éste será un elemento importante a la hora de mantener motivada a la plantilla al posibilitar un plan xx xxxxxxx profesional, contribuyendo a su fidelizaciónniveles acoge. A su vezpartir de ese momento podrá optar a niveles superiores si se van adquiriendo y desarrollando los factores mencionados de conocimiento, la Empresa se aseguraformación, por medio de las promociones internasadaptación, del máximo aprovechamiento de los recursos propios iniciativa, Pro actividad, responsabilidad, compromiso, mando, autonomía, flexibilidad y del conocimiento que las personas trabajadoras aportan a la misma. cve: BOE-A-2019-8222 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx La promoción profesional se llevará a cabo dentro de los itinerarios profesionales indicados a continuación, de modo que se vaya ascendiendo de una función profesional a otra de nivel superior, generalmente del mismo itinerario, siempre que previamente se cumplan los requisitos establecidos para el acceso a cada función, de modo que se garantice la idoneidad del perfil competencial de la persona con el de la función a desempeñar. También se puede llevar a cabo un cambio profesional desde un itinerario profesional a otro distinto. La promoción profesional conllevará la actualización salarial correspondiente, sin discriminación alguna, según el nuevo Grupo/Función/Nivel al que se promocione, sin que dicho incremento salarial pueda detraerse de complemento salarial alguno, salvo del «Complemento Voluntario de Empresa» si la persona trabajadora lo tuviera y siempre que no hubieran transcurrido más de 4 años desde el inicio de la percepción de su importe. Itinerario profesional 1: Diseño y desarrollo. Pertenecen a este itinerario las funciones relacionadas con el análisis, diseño, codificación, implementación, puesta en práctica y mantenimiento de servicios y soluciones de Software. Se incluyen en este itinerario las siguientes funciones profesionales por orden ascendente:complejidad.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo De La