Pruebas practicadas. Como prueba de los hechos que sirven de fundamento a sus posiciones la convocante y la convocada aportaron varios documentos. Otros tantos fueron aportados en el curso de las inspecciones judiciales con exhibición de documentos mutuamente solicitadas por las partes. A solicitud de las partes se recibieron los testimonios de Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, La apoderada de la parte convocante desistió de los testimonios de Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx y de Xxxxxx Xxxxxxxxx. A su vez, los testimonios de los señores Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx y Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, decretados a solicitud de la parte convocada, no fueron recibidos porque, según informó su apoderada en audiencias del 00 xx xxxxx x 0 xx xxxxxx xx 2015, no pudo ubicarlos. Igualmente, los representantes legales de PROBOCA S.A. y de QUIRURGIL S.A. rindieron sendos interrogatorios. A solicitud de la convocante se recibieron un dictamen contable – financiero que fue objeto de aclaraciones y complementaciones. En esta forma se concluyó la instrucción del proceso durante la cual las partes tuvieron la oportunidad de controvertir las pruebas en los términos xx xxx.
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Pruebas practicadas. Como prueba de los hechos que sirven de fundamento a sus posiciones la convocante y la convocada pretensiones o excepciones, las partes aportaron varios documentos. Otros tantos fueron aportados en el curso remitidos por la Comisión Nacional de las inspecciones judiciales con exhibición Televisión por solicitud de documentos mutuamente solicitadas la convocada y por las partesdisposición oficiosa del Tribunal. A solicitud de las partes se recibieron los testimonios de Xxxxx Xxxxx Xxxx Xxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxy Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx. Adicionalmente, Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, La apoderada dentro de la parte convocante desistió instrucción del proceso, el Tribunal dispuso de los testimonios oficio el testimonio del Página 13 de Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx 105 representante legal de las sociedades TELMEX HOGAR S.A. y de Xxxxxx XxxxxxxxxCABES HOLDING INC. A su vez, los testimonios de los señores Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx y Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, decretados a solicitud Por petición de la parte convocadaconvocada se recibió el interrogatorio del representante legal de INGELCOM. Sin embargo, no fueron recibidos porque, según informó su apoderada en audiencias del 00 xx xxxxx x 0 xx xxxxxx xx 2015, no pudo ubicarlos. Igualmente, posteriormente el Tribunal de manera oficiosa dispuso que los representantes legales de PROBOCA S.A. y de QUIRURGIL S.A. rindieron sendos interrogatoriosambas partes rindieran el interrogatorio que los mismos árbitros les formularon en audiencia. A solicitud petición de la convocante se recibieron decretó y practicó una inspección judicial con exhibición de documentos e intervención de un perito contador en las oficinas de FILIGRANA y de TELMEX HOGAR S.A., y por solicitud de ambas partes se rindió un dictamen contable – financiero por parte del mencionado auxiliar de la justicia, el cual fue objetado de manera parcial por la convocada, objeción que fue objeto de aclaraciones y complementacionesdio lugar a un segundo dictamen. En esta forma se concluyó la instrucción del proceso durante la cual las partes tuvieron la oportunidad de controvertir las pruebas en los términos xx xxx.
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Pruebas practicadas. Como prueba de los hechos que sirven de fundamento a sus posiciones la convocante y la convocada las partes aportaron varios documentos. Otros tantos fueron aportados en el curso de las inspecciones judiciales con exhibición de documentos mutuamente solicitadas por las partes. A solicitud de las partes se recibieron los testimonios de Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxx, Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxx XxxxXxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxx XxxxxXxxxxxx Xxxx y Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx. LA DISTRIBUIDORA presentó una experticia para apoyar sus pretensiones económicas. El Tribunal decretó el dictamen pericial contable que había pedido la demandada y, Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxsimultáneamente, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, La apoderada dispuso que el perito efectuara la verificación de algunos documentos que la parte demandante había pedido adelantar mediante inspección judicial en los archivos de la parte convocante desistió demandada. Finalmente, de común acuerdo los testimonios apoderados de Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx la demandante y de Xxxxxx Xxxxxxxxx. A su vezla demandada aportaron otros documentos que eran objeto de inspección judicial en las sedes de ambas partes y de exhibición por parte de BAVARIA y, los testimonios por lo tanto, desistieron de los señores Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx las respectivas inspecciones y Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, decretados a solicitud prescindieron de la parte convocada, no fueron recibidos porque, según informó su apoderada en audiencias del 00 xx xxxxx x 0 xx xxxxxx xx 2015, no pudo ubicarlos. Igualmente, los representantes legales de PROBOCA S.A. y de QUIRURGIL S.A. rindieron sendos interrogatorios. A solicitud de la convocante se recibieron un dictamen contable – financiero que fue objeto de aclaraciones y complementacionesexhibición. En esta forma se concluyó la instrucción del proceso durante la cual las partes tuvieron la oportunidad de controvertir las pruebas en los términos xx xxx, por lo cual manifestaron que las pruebas decretadas fueron practicadas de conformidad con las normas legales y que tuvieron oportunidad de controvertirlas. Igualmente, que se les respetó el derecho de defensa durante el trámite del proceso y que no encontraban ninguna irregularidad ni causal de nulidad en la actuación.
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Pruebas practicadas. Como prueba de los hechos que sirven de fundamento tanto a sus posiciones la convocante y la convocada las pretensiones como a las excepciones, las partes aportaron varios documentos. Otros tantos fueron aportados incorporados en el curso virtud de las inspecciones judiciales con exhibición de documentos mutuamente solicitadas por las partes. A los oficios librados a solicitud de las partes se y a consecuencia de la inspección judicial decretada de oficio por el Tribunal a las oficinas del interventor. Se recibieron los testimonios de Xxxxx Xxxxx XxxxxxxXXXXXXX XXXXX, Xxxxxxx Xxxxxxxx XxxxXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX, Xxxxxxx Xxxxx XxxxxXXXX XXXX XXXXXXX, Xxxxxxxx Xxxxxxx XxxxxxxxxXXXXX XXXXXXXX XXXXX, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx XxxxxxxxXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXX, Xxxxxxxxx Xxxxxxx XxxxxxXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXX, La apoderada XXXXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXX, XXXXXX XXXXXXX XXXX, XXXX XXXXXXX XXX XXXXX, XXXX X. XXXXXX, XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX y XXXXXXXXX XXXXXXXX. El Tribunal dispuso de oficio la parte convocante desistió práctica de los testimonios una inspección judicial al sitio de Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx y de Xxxxxx Xxxxxxxxxlas obras. A su vez, los testimonios de los señores Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx y Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, decretados Así mismo se practicaron interrogatorios a solicitud de la parte convocada, no fueron recibidos porque, según informó su apoderada en audiencias del 00 xx xxxxx x 0 xx xxxxxx xx 2015, no pudo ubicarlos. Igualmente, los representantes legales de PROBOCA S.A. y de QUIRURGIL S.A. rindieron sendos interrogatorioslas sociedades demandantes, integrantes del CONSORCIO URBANO 090. A solicitud También se practicó un dictamen pericial técnico decretado a petición de la convocante se recibieron un dictamen parte convocante, y uno contable – financiero dispuesto de oficio por el Tribunal, pruebas que fue objeto de fueron sometidas a aclaraciones y complementaciones. Finalmente el dictamen pericial técnico fue parcialmente objetado por la parte convocante, y ambas experticias fueron parcialmente objetadas por la parte convocada. En esta forma se concluyó la instrucción del proceso durante la cual las partes tuvieron la oportunidad de controvertir las pruebas en los términos xx xxx.
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