Prórroga del contrato. El presente contrato tendrá la duración establecida en el apartado 8 del Cuadro Resumen del presente pliego. El contrato que se suscriba no podrá tener un plazo inicial de vigencia superior a cuatro años, con las condiciones y límites establecidos en las normas presupuestarias, si bien podrá ser prorrogado por mutuo acuerdo de las partes, de acuerdo con lo establecido por el artículo 303 del TRLCSP, expresado por escrito, con antelación suficiente respecto a su vencimiento. La prórroga o prórrogas, así acordadas aislada o conjuntamente, no podrán tener una duración superior al plazo fijado originariamente y, en ningún caso, la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, podrá superar los seis años. La prórroga se producirá en las condiciones del contrato inicial, sin perjuicio de las modificaciones aprobadas con anterioridad.
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Samples: Contract for the Provision of Editing Services, Service Agreement, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares