CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO. 5.1. ALTA Y BAJA DE INSTALACIONES
CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO. El Cliente manifiesta que acepta el suministro del Servicio, sujeto a las condiciones técnicas propias del mismo y que, además, está en conocimiento que la calidad del servicio y la cobertura están limitadas a la zona de servicio de la concesión de Movistar establecida por la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL), dentro de la cual se garantizan estadísticamente las comunicaciones en conformidad a las normas aplicables al Servicio y, además está limitada a las condiciones de las redes telefónicas de destino a las cuales el Cliente quisiere acceder. Las condiciones de uso del servicio referidas precedentemente forman parte esencial y determinante en la prestación del Servicio. El Cliente declara estar en pleno conocimiento y aceptar que el Servicio puede verse afectado o sufrir interrupción, interferencia, corte o suspensión, todas justificadas, dentro de la zona de servicio, entre otras causas, por las siguientes: por limitaciones de capacidad y disponibilidad propias de las redes, fenómenos atmosféricos, uso del equipo terminal en el interior de inmuebles, subterráneos, túneles y otros lugares de similares características, donde no existe señal o ésta es débil, y cualquier otra circunstancia natural o artificial que afecten las transmisiones, y puede ser interrumpido, suspendido o cortado por modificaciones de equipamiento, trabajos de ingeniería o cualquier trabajo de reparación o actividades similares, necesarias para el correcto o mejor funcionamiento del Servicio. MOVISTAR no será responsable ni podrá ser sujeto de reclamo por incumplimiento o deficiencias del Servicio que correspondan a problemas derivados de extinción, caducidad, suspensión o terminación de concesión; fuerza mayor o caso fortuito; actos u omisiones de autoridad, ni cualquier otra causa que no pueda ser controlada por la Compañía. Asimismo, y en los mismos términos, MOVISTAR no será responsable por la interferencia, intercepción, interrupción, captación o grabación, intencional o no, del Servicio o de cualquier otra información que se emita a través del Servicio atribuible a terceros, sin que cuenten con la debida autorización del usuario o de los organismos pertinentes en cuanto éstos actúen dentro de sus facultades legales. MOVISTAR podrá, en todo tiempo, con el objeto de brindar un mejor Servicio, alterar la marca, modelo o configuración del equipo móvil o de sus códigos para su uso en conexión con el sistema de telefonía móvil. El usuario acepta que, en caso de hacerse efe...
CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO a) Ámbito geográfico El ámbito geográfico de prestación del servicio será el término municipal xx Xxxxxx.
b) Horario del servicio El Servicio de retirada, depósito y custodia de vehículos se prestará de forma ininte- rrumpida las veinticuatro horas del día, todos los días del año.
c) Equipos en servicio Se establece el siguiente número mínimo de grúas en servicios y su horario corres- pondiente:
1) De Enero a Junio y de Septiembre a Diciembre: MAÑANA 1 grúa de 07:30 a 14:301 grúa de 08:00 a 13:001 grúa de 09:00 a 13:001 grúa de 09:30 a 13:30 2 grúas de 07:30 a 14:30 1 grúa de 07:30 a 14:30 TARDE 1 grúa de 14:30 a 21:301 grúa de 15:30 a 19:301 grúa de 16:00 a 20:001 grúa de 16:30 a 20:30 2 grúas de 14:30 a 21:30 1 grúa de 14:30 a 21:30 TURNO NOCHE Domingo, lunes y martes. Miércoles, Jueves, viernes y sábado 1 grúa de 21:30 a 07:30 2 Grúas de 21:30 a 07:301 Grúa de 21:30 a 05:00
2) En el mes de Julio: MAÑANA 2 grúas de 07:30 a 14:30 1 grúa de 07:30 a 14:30 1 grúa de 07:30 a 14:30 TARDE 2 grúas de 14:30 a 21:30 1 grúa de 14:30 a 21:30 1 grúa de 14:30 a 21:30 NOCHE 1 grúa de 21:30 a 07:30 1 grúa de 21:30 a 07:30 1 grúa de 21:30 a 07:30
3) En el mes xx Xxxxxx: MAÑANA 1 grúa de 07:30 a 14:30 1 grúa de 07:30 a 14:30 1 grúa de 07:30 a 14:30 TARDE 1 grúa de 14:30 a 21:30 1 grúa de 14:30 a 21:30 1 grúa de 14:30 a 21:30 NOCHE 1 grúa de 21:30 a 07:30 1 grúa de 21:30 a 07:30 1 grúa de 21:30 a 07:30 Estos horarios podrán ser modificados para una mejor prestación del Servicio por la Jefa- tura de la Policía Local.
d) Modificaciones de los equipos en servicio El Ayuntamiento podrá requerir de forma ocasional o permanentemente la modifi- cación del número de equipos en servicio. El requerimiento en forma ocasional se realizará con un mínimo de 24 horas de antelación y no tendrán una duración superior a 1 mes. El requerimiento en forma permanente, se realizará con un mínimo de antelación de dos meses.
e) Medios materiales del servicio El adjudicatario deberá contar con los medios materiales idóneos y en perfecto esta- do para la realización del Servicio, que mínimamente serán los señalados a continuación y que cumplirán con las siguientes condiciones: - Todos los medios previstos para el servicio se consideraran adscritos al mismo, no pudiendo destinarse para otros usos sin la previa autorización municipal. - Todos los medios materiales del Servicio serán propiedad del adjudicatario, cuya amortización deberá prever en el estudio económico del Servicio, hasta el vencimiento ...
CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO a) Para el cumplimiento de este requisito el invitado se debe comprometer a que cumplirá con todas las condiciones del servicio que hacen parte del presente documento, para lo cual deberá firmar el Anexo No. 12 - Requerimientos técnicos mínimos del servicio.
CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO. CLÁUSULA 23- CONDICIONES TÉCNICAS. Se cumplirá con las condiciones técnicas establecidas en los capítulos 1-2-5 del título 2 del Decreto 1077 de 2015 adicionado por el Decreto 569 de 2016.
CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO. 3.1.- Reparto de correspondencia.
CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO. 2.1 El suministro del Servicio estará sujeto a las condiciones técnicas propias del funcionamiento de las redes de los Servicios públicos telefónicos, por los que el Servicio estará limitado a las condiciones de las redes telefónicas de destino a las cuales el Cliente quisiere acceder y por los eventos de congestión que puedan producirse por situaciones de sobredemanda del Servicio (como en caso de horarios peak de año nuevo, navidad, situaciones de catástrofes naturales, etc.).
2.2 Adicionalmente, el Servicio puede verse afectado o sufrir interrupción, interferencia, corte o suspensión, todas justificadas, entre otras causas, por las siguientes: por limitaciones de capacidad y disponibilidad propias de las redes, fenómenos atmosféricos, y cualquier otra circunstancia natural o artificial que afecten las transmisiones, y puede ser interrumpido, suspendido o cortado por modificaciones de equipamiento, trabajos de ingeniería o cualquier trabajo de reparación o actividades similares, necesarias para el correcto o mejor funcionamiento del Servicio.
2.3 TMCH no será responsable ni podrá ser sujeto de reclamo por incumplimiento o deficiencias del Servicio que correspondan a problemas derivados de extinción, caducidad, suspensión o terminación de concesión; fuerza mayor o caso fortuito; actos u omisiones de autoridad, ni cualquier otra causa que no pueda ser controlada por TMCH.
2.4 Asimismo, y en los mismos términos, TMCH no será responsable por la interferencia, intercepción, interrupción, captación o grabación, intencional o no, del Servicio o de cualquier otra información que se emita a través del Servicio, atribuible a actos ilícitos de terceros que no cuenten con la debida autorización del usuario.
CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO. Los servicios a prestar por el adjudicatario habrán de cumplir las especificaciones y características establecidas como mínimas en el presente Pliego.
CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO. AMBITO GEOGRÁFICO: El ámbito geográfico de prestación del servicio será el término municipal xx Xxxxx. - HORARIO DEL SERVICIO: El Servicio de retirada, depósito y custodia de vehículos se prestará de forma ininterrumpida las veinticuatro horas del día, todos los días del año. - MEDIOS MATERIALES DEL SERVICIO: El adjudicatario deberá contar con los medios materiales suficientes, idóneos y en perfecto estado para la realización del Servicio, que mínimamente serán los señalados a continuación y que cumplirán con las siguientes condiciones: • Vehículos: - 2 vehículos grúa con capacidad de carga para 2.000.- kg. - 1 vehículo grúa con capacidad hasta 5.000.- kg. Todos los vehículos irán equipados con los correspondientes medios mecánicos (carrillos, gatos hidráulicos, barras, llaves, tensores, etc.) y demás accesorios necesarios para realizar eficazmente el servicio. Todos los vehículos incorporarán un sistema de señalización de emergencia tipo Vector Visión o similar. El concesionario dispondrá de al menos un vehículo de forma permanente a disposición del servicio. • Comunicación. Se dotará al servicio y a todos los vehículos de equipos de telefonía móvil. Igualmente se dispondrá de teléfono y fax en las oficinas de la empresa, siendo la utilización del teléfono, para la comunicación con la Policía Local durante las 24 horas. • Medios informáticos. El Servicio dispondrá del sistema informático necesario para posibilitar su completa gestión mecanizada y que permita realizar mínimamente las siguientes operaciones: La copia impresa de este documento podrá ser validada mediante su CSV: 10710771063166631115 en: xxxx://xxxxxxx.xxxxx.xx - Histórico del servicio (libro registro) en el que figuren por vehículo, matrícula, clase, fecha y hora de entrada/salida y resto de datos de la retirada, enganche o movimiento. - Edición de partes y estadísticas del Servicio, de realización diaria, de recogida en la empresa en horario de oficina o envío mediante fax. El adjudicatario garantizará conforme x Xxx, la confidencialidad de las bases de datos del Servicio. • Depósito y custodia de vehículos: El local ofertado por el licitador deberá reunir las características propias para su uso como depósito y custodia de los vehículos, lo más cercano al casco xxxxxx xx Xxxxx, con personal propio del concesionario para la vigilancia y atención a los propietarios para facilitar la retirada de vehículos. • Puesta en marcha del Servicio: El adjudicatario deberá poner en marcha el Servicio en ...
CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO. El prestador deberá tener en cuenta: ▪ Estar inscritos con los servicios habilitados en el REPS (Registro Especial de Prestadores de Salud extramural). ▪ Garantizar la prestación de servicios a los pacientes directamente en los ERON (Establecimiento de Reclusión de Orden Nacional). ▪ El proponente debe garantizar para realización de exámenes optométricos: ✓ Optotipos para determinación de la agudeza visual en visión lejana, con sistema adecuado de iluminación. ✓ Optotipos para determinación de agudeza visual en visión próxima. Equipo básico de refracción que cuente con los siguientes elementos: Estuche de diagnóstico con oftalmoscopio directo y retinoscopio, cajas de pruebas o foropter, montura de pruebas, reglilla milimetrada, set de prismas sueltos, queratómetro, lensómetro, lámpara de hendidura y tonómetro. ✓ Test o pruebas de valoración cromática y de estereopsis. ▪ Cumplir con lo establecido en el Decreto 1030 de 2007 sobre los requisitos para la producción, adecuación y dispensación de los dispositivos médicos sobre medidas para la salud visual y ocular (lentes y monturas), garantizando su origen y precisión, y las demás norma que lo modifiquen, sustituyan o adicionen; la Resolución 4396 de 2008, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, Manual de las Condiciones Técnico Sanitarias de los establecimientos en los que se elaboren y comercialicen dispositivos médicos sobre medida para la salud visual y ocular. ▪ Realizar la Gestión y recepción de Autorizaciones de servicios de consulta de optometría y suministro xx xxxxxx y monturas, ante el Contact center contratado por el Consorcio Fondo de atención en Salud para la PPL. ▪ Establecer y reportar al consorcio, el cronograma de brigadas en los distintos ERON de acuerdo a la demanda. ▪ Realizar la organización de las brigadas con el responsable de sanidad xxx XXXX en donde debe garantizar el recurso humano, los equipos y demás insumos que se requieran para el desarrollo exitoso de la brigada. ▪ Realizar el suministro xx xxxxxx y monturas quince (15) días después de realizada la consulta de optometría a todos los pacientes que acrediten su derecho de estar afiliado al Fondo Nacional de Salud. ▪ Disponer permanentemente de los recursos físicos, el recurso humano: optómetra para la valoración previa y la adaptación de los lentes, la disponibilidad de los lentes y el recurso tecnológico para la valoración inicial y la adaptación de los mismos, lo cual implica la disponibilidad permanente de la ...