Razón de cobertura de intereses Cláusulas de Ejemplo

Razón de cobertura de intereses. CAPACIDAD FINANCIERA 4.13.A.5 5,664,224,000 HABIL – Verificado en el RUP Se considerará HABIL el proponente que acredite un Patrimonio igual o superior al 20% del Presupuesto Oficial, es decir $37,984,800
Razón de cobertura de intereses. Este indicador suele mostrar datos extremos los cuales se deben manejar como datos atípicos, debido a que varias empresas muestran unos gastos de intereses mínimos en comparación a su utilidad, lo cual resulta en un indicador alto que distorsiona la muestra. El 44% de la muestra tiene una cobertura entre 1 y 5. Dentro de este rango la mayor concentración de empresas tiene razones de cobertura entre 1 y 2. Por esto Colombia Compra Eficiente recomienda exigir un indicador mayor o igual a 1. Es decir, los proponentes que tengan una razón de cobertura de intereses mayor o igual a 1 quedan habilitados con respecto a este indicador. El proponente que no tenga gastos de intereses queda habilitado para este indicador porque no tiene intereses que cubrir. El 85% de las empresas de la muestra tienen una razón de cobertura de intereses mayor o igual a 1. Este indicador es calculado a través de la división de dos cuentas del estado de resultados, la utilidad operacional sobre los gastos de intereses. Este indicador muestra la capacidad de pagar las obligaciones financieras con el resultado operacional de la empresa de un periodo. A mayor sea la razón menor es el riesgo financiero asociado al uso de la deuda. Si el Proponente es un consorcio o una unión temporal acreditará los indicadores de capacidad financiera de la siguiente manera: [definir la forma en la cual debe cumplir con su capacidad financiera de acuerdo con los criterios establecidos en el Manual para la Determinación y Verificación de Requisitos Habilitantes en Procesos de Contratación]. Los Proponentes extranjeros deben presentar la información financiera que se relaciona a continuación, de conformidad con la legislación propia del país de origen, avalados con la firma de quien se encuentre en obligación de hacerlo de acuerdo con la normativa vigente del país de origen: (i) Balance general (ii) Estado de resultados Los anteriores documentos también deben ser presentados utilizando el Plan Único de Cuentas para Colombia (PUC). D. Capacidad Organizacional11 Indicador Índice requerido
Razón de cobertura de intereses. Este indicador suele mostrar datos extremos los cuales se deben manejar como datos atípicos, debido a que varias empresas muestran unos gastos de intereses mínimos en comparación a su utilidad, lo cual resulta en un indicador alto que distorsiona la muestra. El 44% de la muestra tiene una cobertura entre 1 y 5. Dentro de este rango la mayor concentración de empresas tiene razones de cobertura entre 1 y 2. Por esto Colombia Compra Eficiente recomienda exigir un indicador mayor o igual a 1. Es decir, los proponentes que tengan una razón de cobertura de intereses mayor o igual a 1 quedan habilitados con respecto a este indicador. El proponente que no tenga gastos de intereses queda habilitado para este indicador porque no tiene intereses que cubrir. El 85% de las empresas de la muestra tienen una razón de cobertura de intereses mayor o igual a 1. Este indicador es calculado a través de la división de dos cuentas del estado de resultados, la utilidad operacional sobre los gastos de intereses. Este indicador muestra la capacidad de pagar las obligaciones financieras con el resultado operacional de la empresa de un periodo. A mayor sea la razón menor es el riesgo financiero asociado al uso de la deuda.
Razón de cobertura de intereses. La razón de cobertura de intereses deberá ser igual o mayor a uno (1), se calculará de acuerdo a la siguiente formula:
Razón de cobertura de intereses. La razón de cobertura de intereses para la oferta se calculará teniendo en cuenta la siguiente fórmula: El cual determina la capacidad del proponente de cumplir con sus obligaciones financieras. A mayor cobertura de intereses, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones financieras. La razón de cobertura acreditada por el oferente deber ser mayor o igual (>) XX
Razón de cobertura de intereses. Se define como la utilidad operacional dividida por los gastos de intereses el cual refleja la capacidad del proponente de cumplir con sus obligaciones financieras. A Nota: Los oferentes cuyos gastos de intereses sean cero (0), no podrán calcular el indicador de razón de cobertura de intereses. En este caso el oferente cumple el indicador, salvo que su utilidad operacional sea negativa, así las cosas, no cumple con el indicador de razón de cobertura de intereses.
Razón de cobertura de intereses. 100 PUNTOS
Razón de cobertura de intereses. Mayor o igual (>) al 0.05 Utilidad Operacional / Gastos de Intereses A mayor cobertura de intereses, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones financieras. RENTABILIDAD SOBRE PATRIMONIO Mayor o igual (>) al 0.07 Utilidad Operacional / Patrimonio A mayor rentabilidad sobre el patrimonio, mayor es la rentabilidad de los accionistas y mejor la capacidad organizacional del proponente RENTABILIDAD SOBRE ACTIVOS Mayor o igual (>) al 0.03 Utilidad Operacional / Activo Total A mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del negocio y mejor la capacidad organizacional del proponente. La siguiente es la fórmula aplicable para los indicadores que son índices. EL MINISTERIO DE DEFENSA. COMANDO GENERAL FFMM - DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA efectuará el análisis a los estados financieros teniendo en cuenta los siguientes indicadores: Indicadores de capacidad financiera INDICADOR PORCENTAJE SOLICITADO FORMULA DESCRIPCIÒN INDICE DE LIQUIDEZ Mayor o igual (≥) a 1.2 ACTIVO CORRIENTE / PASIVO CORRIENTE A mayor índice de liquidez, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones de corto plazo. ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO Menor o igual (≤) al 70 % PASIVO TOTAL / ACTIVO TOTAL A mayor índice de endeudamiento, mayor es la probabilidad del proponente de no poder cumplir con sus pasivos.
Razón de cobertura de intereses. El Proponente y en caso de Figuras Asociativas todos sus miembros, deberán acreditar una razón de cobertura de intereses mayor o igual a uno.
Razón de cobertura de intereses. El cual refleja la capacidad del proponente de cumplir con sus obligaciones financieras. A mayor cobertura de intereses, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones financieras. El Proponente extranjero debe presentar la información financiera que se relaciona a continuación, de conformidad con la legislación propia del país de origen, avalados con la firma de quien se encuentre en obligación de hacerlo de acuerdo con la normativa vigente del país de origen:  Balance general  Estado de resultados Los anteriores documentos también deben ser presentados utilizando el Plan Único de Cuentas para Colombia (PUC). INDICADOR FÓRMULA PROVEEDORES Liquidez Liquidez* = Activo corriente/ Pasivo corriente *El resultado se expresa en valores Si la liquidez es Mayor o igual a 1.0 la propuesta se calificará HABILITADO INDICADOR FÓRMULA PROVEEDORES Si la liquidez es Menor a 1.0 la propuesta se calificará NO HABILITADO Nivel de endeudamiento Nivel de endeudamiento*= (Pasivo total / Activo total)*100 *El resultado se expresa en términos porcentuales Si el nivel de endeudamiento es menor o igual a 60% la propuesta se calificará HABILITADO Si el nivel de endeudamiento es Mayor a 60% la propuesta se calificará NO HABILITADO Razón de Cobertura de Intereses Razón de Cobertura de Intereses = (Utilidad Operacional / Gastos de Intereses) Si la razón de cobertura de intereses es Igual o superior a 2, la propuesta se calificará HABILITADO Si la razón de cobertura de intereses es inferior a 2, la propuesta se calificará NO HABILITADO