RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES Cláusulas de Ejemplo

RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES. CAPACIDAD FINANCIERA 4.13.A.5 2,996,531,813 HABIL – Verificado en el RUP Se considerará HABIL el proponente que acredite un Patrimonio igual o superior al 20% del Presupuesto Oficial, es decir $37,984,800 CAPACIDAD ORGANIZACIONAL 4.13.B.1 5.08% HABIL – Verificado en el RUP Se considerará HABIL el proponente que acredite una RENTABILIDAD SOBRE ACTIVOS mayor o igual a 3%. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL 4.13.B.1 9.42% HABIL – Verificado en el RUP Se considerará HABIL el proponente que acredite una RENTABILIDAD SOBRE PATRIMONIO mayor o igual a 5%.
RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES. Este indicador suele mostrar datos extremos los cuales se deben manejar como datos atípicos, debido a que varias empresas muestran unos gastos de intereses mínimos en comparación a su utilidad, lo cual resulta en un indicador alto que distorsiona la muestra. El 44% de la muestra tiene una cobertura entre 1 y 5. Dentro de este rango la mayor concentración de empresas tiene razones de cobertura entre 1 y 2. Por esto Colombia Compra Eficiente recomienda exigir un indicador mayor o igual a 1. Es decir, los proponentes que tengan una razón de cobertura de intereses mayor o igual a 1 quedan habilitados con respecto a este indicador. El proponente que no tenga gastos de intereses queda habilitado para este indicador porque no tiene intereses que cubrir. El 85% de las empresas de la muestra tienen una razón de cobertura de intereses mayor o igual a 1. Este indicador es calculado a través de la división de dos cuentas del estado de resultados, la utilidad operacional sobre los gastos de intereses. Este indicador muestra la capacidad de pagar las obligaciones financieras con el resultado operacional de la empresa de un periodo. A mayor sea la razón menor es el riesgo financiero asociado al uso de la deuda.
RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES. La razón de cobertura de intereses para la oferta se calculará teniendo en cuenta la siguiente fórmula: El cual determina la capacidad del proponente de cumplir con sus obligaciones financieras. A mayor cobertura de intereses, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones financieras. La razón de cobertura acreditada por el oferente deber ser mayor o igual (>) XX El capital de trabajo requerido para la oferta se calculará teniendo en cuenta la siguiente fórmula: El Capital de Trabajo representa la liquidez operativa del proponente, es decir el remanente del proponente luego de liquidar sus activos corrientes (convertidos en efectivo) y pagar el pasivo de corto plazo. Un capital de trabajo positivo contribuye con el desarrollo eficiente de la actividad económica del proponente. Se decide que el oferente deberá acreditar un capital de trabajo igual o superior al (≥) 100% del presupuesto oficial estimado del presente proceso, debido a la forma de pago, el cual no tiene anticipo y al tiempo de ejecución del presente proceso contractual. Es decir que el oferente debe acreditar un capital de trabajo igual o superior a (≥) $ XX Por lo expuesto se presenta el resumen de los indicadores financieros requeridos, así: Ítem INDICADOR PROVEEDORES 1 Liquidez Si la liquidez es Mayor o igual a XX la propuesta se calificará HABILITADO Si la liquidez es Menor a XX la propuesta se calificará NO HABILITADO 2 Endeudamiento Si el nivel de endeudamiento es Menor o igual a XX% la propuesta se calificará HABILITADO Ítem INDICADOR PROVEEDORES Si el nivel de endeudamiento es Mayor a XX% la propuesta se calificará NO HABILITADO 3 Cobertura de los intereses Si la razón de cobertura de intereses es Igual o superior a XX la propuesta se calificará HABILITADO Si la razón de cobertura de intereses es inferior a XX la propuesta se calificará NO HABILITADO 4 Capital de Trabajo Si el Capital de Trabajo es Igual o superior a 100% del valor del presupuesto oficial estimado, la propuesta se calificará HABILITADO. Si el Capital de Trabajo es inferior a 100%, la propuesta se calificará NO HABILITADO
RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES. La razón de cobertura de intereses deberá ser igual o mayor a uno (1), se calculará de acuerdo a la siguiente formula:
RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES. Este indicador suele mostrar datos extremos los cuales se deben manejar como datos atípicos, debido a que varias empresas muestran unos gastos de intereses mínimos en comparación a su utilidad, lo cual resulta en un indicador alto que distorsiona la muestra. El 44% de la muestra tiene una cobertura entre 1 y 5. Dentro de este rango la mayor concentración de empresas tiene razones de cobertura entre 1 y 2. Por esto Colombia Compra Eficiente recomienda exigir un indicador mayor o igual a 1. Es decir, los proponentes que tengan una razón de cobertura de intereses mayor o igual a 1 quedan habilitados con respecto a este indicador. El proponente que no tenga gastos de intereses queda habilitado para este indicador porque no tiene intereses que cubrir. El 85% de las empresas de la muestra tienen una razón de cobertura de intereses mayor o igual a 1. Este indicador es calculado a través de la división de dos cuentas del estado de resultados, la utilidad operacional sobre los gastos de intereses. Este indicador muestra la capacidad de pagar las obligaciones financieras con el resultado operacional de la empresa de un periodo. A mayor sea la razón menor es el riesgo financiero asociado al uso de la deuda. Si el Proponente es un consorcio o una unión temporal acreditará los indicadores de capacidad financiera de la siguiente manera: [definir la forma en la cual debe cumplir con su capacidad financiera de acuerdo con los criterios establecidos en el Manual para la Determinación y Verificación de Requisitos Habilitantes en Procesos de Contratación]. Los Proponentes extranjeros deben presentar la información financiera que se relaciona a continuación, de conformidad con la legislación propia del país de origen, avalados con la firma de quien se encuentre en obligación de hacerlo de acuerdo con la normativa vigente del país de origen:
RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES. Se define como la utilidad operacional dividida por los gastos de intereses el cual refleja la capacidad del proponente de cumplir con sus obligaciones financieras. A Nota: Los oferentes cuyos gastos de intereses sean cero (0), no podrán calcular el indicador de razón de cobertura de intereses. En este caso el oferente cumple el indicador, salvo que su utilidad operacional sea negativa, así las cosas, no cumple con el indicador de razón de cobertura de intereses.
RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES. 100 PUNTOS
RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES. El Proponente y en caso de Figuras Asociativas, deberán acreditar una razón de cobertura de intereses mayor o igual a uno.
RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES. Mayor o igual (>) al 0.05 Utilidad Operacional / Gastos de Intereses A mayor cobertura de intereses, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones financieras. RENTABILIDAD SOBRE PATRIMONIO Mayor o igual (>) al 0.07 Utilidad Operacional / Patrimonio A mayor rentabilidad sobre el patrimonio, mayor es la rentabilidad de los accionistas y mejor la capacidad organizacional del proponente RENTABILIDAD SOBRE ACTIVOS Mayor o igual (>) al 0.03 Utilidad Operacional / Activo Total A mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del negocio y mejor la capacidad organizacional del proponente. La siguiente es la fórmula aplicable para los indicadores que son índices. EL MINISTERIO DE DEFENSA. COMANDO GENERAL FFMM - DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA efectuará el análisis a los estados financieros teniendo en cuenta los siguientes indicadores: Indicadores de capacidad financiera INDICADOR PORCENTAJE SOLICITADO FORMULA DESCRIPCIÒN INDICE DE LIQUIDEZ Mayor o igual (≥) a 1.2 ACTIVO CORRIENTE / PASIVO CORRIENTE A mayor índice de liquidez, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones de corto plazo. ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO Menor o igual (≤) al 70 % PASIVO TOTAL / ACTIVO TOTAL A mayor índice de endeudamiento, mayor es la probabilidad del proponente de no poder cumplir con sus pasivos.
RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES. (Utilidad Operacional / Gastos de Intereses): Las empresas que al cierre de su ejercicio económico no registren gastos por Intereses Financieros, y que el resultado del indicador de Cobertura de Intereses resulta indeterminado por la operación matemática de dividir entre cero (0), se considerará que CUMPLE con el requisito. Se considera que el Proponente CUMPLE con la capacidad financiera solicitada por la Agencia y que está habilitado para continuar en el proceso, si obtiene en cada indicador los márgenes anteriormente establecidos.