REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS Cláusulas de Ejemplo

REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 6° la Ley 1150 de 2007, la Agencia Nacional de Tierras – ANT, verificará la capacidad financiera de los proponentes con base en los indicadores definidos en el Decreto 1082 de 2015 para cada caso y la información contenida en el Certificado de Inscripción y Clasificación Registro Único de Proponentes – RUP, correspondiente a los estados financieros con corte a treinta y uno (31) de diciembre de 2017. La ANT realizará la verificación del cumplimiento de la capacidad financiera y organizacional exigida para el presente proceso de la siguiente forma: Todos los indicadores financieros y organizacionales habilitantes establecidos en el presente numeral deberán ser cumplidos por todos los proponentes, sin excepción. En el caso de personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia o personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia, los estados financieros (con corte a 31 de diciembre de 2017 o a la fecha xx xxxxx del país de origen) de los cuales se tome la información deberán estar preparados de conformidad con los estándares internacionales de reporte financiero – IFRS, y deberán encontrarse DEBIDAMENTE AUDITADOS Y DICTAMINADOS. También podrán, a opción de la persona jurídica extranjera sin sucursal en Colombia o persona natural extranjera sin domicilio en Colombia, presentar estados financieros bajo los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia – COLGAAP, caso en el cual la información contable que se obtenga de los mismos deberá presentarse debidamente certificada por Contador Público Colombiano el cual deberá presentar fotocopia de la tarjeta profesional y certificado de antecedentes disciplinarios de la Junta Central de Contadores. Los proponentes deberán acreditar los siguientes indicadores de capacidad financiera y organizacional, los cuales serán verificados en el correspondiente RUP expedido por la cámara de comercio del domicilio respectivo, el cual debe estar en firme, con corte a 31 de diciembre de 2017. Para el caso de las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia o personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia, la información se verificará directamente de los estados financieros (balance general y estado de resultados, junto con las notas a los estados financieros) ya mencionados con corte a 31 de diciembre de 2017, adicionalmente deberá presentar el resultado de los indicadores financieros y organizacionales en la forma establecida en el anex...
REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS. El Proponente debe tener la capacidad suficiente para ejecutar adecuadamente el contrato, por lo tanto deberá demostrar dicha capacidad, con los estados financieros de los dos (2) últimos años de acuerdo con los siguientes aspectos: El objeto de la verificación financiera, es validar si los proponentes cuentan con los recursos suficientes para ejecutar las actividades solicitadas en la presente invitación, garantizando optimizar los recursos y el buen manejo de los mismos, evitando al máximo incumplimientos que originen sanciones. De acuerdo con lo establecido en el numeral 15 del art 25 de la ley 80 de 1993, Articulo 6 de la ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del decreto ley 019 de 2012 y el decreto 1082 de 2015, la capacidad financiera será objeto de verificación sin calificarse, por cuanto no es un factor de comparación de las ofertas y, por lo tanto, podrá complementarse en los términos que establezcan las citadas normas y el FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ. Se considera que el proponente y los integrantes del consorcio o unión temporal, cumplen con los requisitos documentales si aportan la totalidad de los siguientes documentos, completos y totalmente legibles. El proponente y los integrantes del Consorcio o Unión temporal, deberán presentar el Registro Único tributario RUT, expedido por la DIAN, en el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, dicho documentos deberá ser aportado por cada uno de los integrantes del mismo.
REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS. Además de presentar la documentación que se mencionará en el presente acápite, los oferentes deben cumplir los indicadores financieros establecidos.
REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS. 2 3.6.1. DOCUMENTACIÓN
REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS. El oferente deberá anexar el Balance General y el Estado de Resultados con corte al 31 de diciembre de 2014. Los documentos deberán estar certificados por el representante legal y el contador que los elaboró, de conformidad con el artículo 37 de la Ley 222 de 1995. Para este efecto, Balance General y Estado de Resultados certificados son aquellos que de conformidad con la Circular Externa N° 047 de 2006 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, el representante legal y el contador responsable de la preparación de los estados financieros, deberán declarar que se han verificado previamente las afirmaciones contenidas en ellos, conforme al reglamento y que las mismas se han tomado fielmente de los libros, de conformidad con las normas previstas en el artículo 57 del Decreto 2649 de 1993.
REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS. Las ESE participantes efectuarán el análisis de la situación financiera de cada oferente, con base en la información reportada en el Registro Único de Proponentes, teniendo en cuenta los siguientes indicadores: N.E. = ((Pasivo Total / Activo Total) x 100) Su resultado debe ser menor o igual a 0,70
REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS. Atendiendo lo señalado en el artículo 6º de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con los artículos del 9 al 14 del decreto 1510 de 2013, la verificación de las condiciones financieras serán timadas de la información contenida en el Certificado del Registro Único de proponentes vigente y en firme, sea persona natural o jurídica, o de cada uno de los integrantes del consorcio o la Unión Temporal, con corte al 31 de diciembre de 2014.
REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS. 3.2.1 Indicadores financieros INDICADOR FORMULA MARGEN SOLICITADO INDICADOR FORMULA MARGEN SOLICITADO
REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS. 56 6.3 REQUISITOS HABILITANTES TÉCNICOS 56 PROTOCOLO DE BIOSEGURIDAD PARA EL SECTOR DE MECÁNICA AUTOMOTRIZ 59
REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS. Los siguientes requisitos financieros exigidos, serán objeto de verificación por parte del Comité Evaluador designado por la Junta del Fideicomiso Estación Central: Para efectos de la verificación financiera el proponente debe acreditar mediante el Registro Único de Proponentes, los siguientes índices de la capacidad Financiera con corte a 31 de diciembre de 2015: