CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL Cláusulas de Ejemplo

CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL. La capacidad financiera y organizacional de los proponentes se acreditará mediante los indicadores establecidos en el presente numeral, verificándose a partir del certificado de inscripción en el Registro Único de Proponentes (RUP) vigente y en firme de conformidad con el Decreto 1082 de 2015, con la información de los Estados Financieros a 31 de diciembre de 2019 a más tardar al vencimiento del término de traslado de la evaluación preliminar del proceso de selección. Su resultado determinará la solidez de la empresa a contratar y el nivel de riesgo de los oferentes. En el caso de empresas extranjeras, con domicilio en el país o jurídicas extrajeras que tenga sucursales en Colombia, debe presentar el Certificado de inscripción, Clasificación y Calificación Registro Único de Proponentes (RUP) vigente a la fecha del cierre y en firme a más tardar al vencimiento del término de traslado de la evaluación preliminar del proceso de selección. Las personas naturales o jurídicas que no tengan residencia ni domicilio en Colombia, deberán presentar Estados Financieros con corte al 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxx xxxxxx deben ser preparados de acuerdo con los principios y normas contables vigentes, en idioma castellano y en moneda legal colombiana, por ser ésta la unidad de medida por disposición legal. Los cuales deben venir acompañados de una certificación de Contador Público inscrito en la Junta Central de Contadores de Colombia, en la cual se certifique que se confirmó la veracidad de la información contenida en los estados financieros presentados, y de acuerdo con la misma se informe los siguientes ítem en pesos colombianos: • Fecha xx xxxxx de los estados financieros • Activo totalActivo corrientePasivo corriente • Pasivo total • Patrimonio • Utilidad Operacional • Gastos de Intereses El proponente acompañará su oferta con fotocopia clara y legible de la Tarjeta Profesional y certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores, vigente a la fecha de cierre del presente proceso, correspondiente al contador público que emite la certificación. Para la acreditación de los índices de Capacidad Financiera, los proponentes deberán cumplir con los indicadores así: FACTOR FORMULA MARGEN SOLICITADO INDICE DE LIQUIDEZ Activo corriente/ Pasivo corriente Mayor (>) o igual (=) a 1,9 Veces INDICE DE ENDEUDAMIENTO Pasivo total / Activo Total Menor (<) o igual (=) al 57 % RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES Utilidad Operacional / Gastos de Inter...
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL. Los Proponentes deberán acreditar los siguientes indicadores: Xxxxxx xx Xxxxxxxx* Mayor o igual a 20 Índice de Endeudamiento Menor o igual a 10 % Razón de Cobertura de Intereses Mayor o igual a 8 Rentabilidad del Patrimonio Menor o igual a 15% Rentabilidad del Activo Menor o igual a 17 % Si el Proponente es Plural cada indicador debe calcularse así: (∑n Componente 1 del indicadori) Indicador = i=1 (∑ n i=1 Componente 2 del indicadori) Donde 𝑛 es el número de integrantes del Proponente Plural (unión temporal o consorcio). El Proponente que no tiene pasivos corrientes está habilitado respecto del índice de liquidez. xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx-xxxxxx.xxx.xx El Proponente que no tiene gastos de intereses está habilitado respecto de la razón de cobertura de intereses, siempre y cuando la utilidad operacional sea igual o mayor a cero (0). Los Proponentes deberán acreditar los siguientes indicadores en los términos señalados en la Matriz 2 Rentabilidad sobre Patrimonio (Roe) Utilidad Operacional Patrimonio Rentabilidad del Activo (Xxx) Unidad Operacional Activo Total Si el Proponente es Plural cada indicador debe calcularse así: (∑n Componente 1 del indicadori) 𝐈𝐧𝐝𝐢𝐜𝐚𝐝𝐨𝐫 = i=1 (∑ n i=1 Componente 2 del indicadori) Donde 𝑛 es el número de integrantes del Proponente Plural (unión temporal o consorcio). La evaluación financiera y organizacional de las propuestas se efectuará a partir de la información contenida en el RUP vigente y en firme, con información financiera de fecha xx xxxxx a 2020 (DOS MIL VEINTE). Para personas jurídicas constituidas en el año en que se adelanta el Proceso de Contratación, la evaluación financiera y organizacional de las propuestas, se efectuará a partir de la información contenida en el Registro Único de Proponentes (RUP) vigente y en firme. Las personas jurídicas extranjeras con sucursal en Colombia deberán justificar y acreditar que la legislación propia del país de origen establece una fecha xx xxxxx diferente a la prevista en este pliego. Los Proponentes extranjeros sin domicilio o sucursal en Colombia no están obligados a tener RUP y por tanto la verificación de esta información procederá en los términos definidos en el numeral siguiente. Los Proponentes extranjeros deberán presentar la siguiente información financiera de conformidad con la legislación propia del país de origen. Los valores deben: (i) presentarse en pesos colombianos; (ii) convertirse a la tasa de cambio de la fecha xx xxxxx de los mismos, y (i...
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL a. Certificado del RUP del Proponente singular o de cada uno de los integrantes del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, si el Proponente es plural.
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL. Se encuentran relacionados en el estudio previo y en el pliego electrónico, más sin embargo se relacionan a continuación: Para la verificación de la capacidad financiera los oferentes deberán allegar lo siguiente: Registro Único de proponentes RUP con la información en firme y actualizada de conformidad con lo establecido en el art. 6 de la Ley 1150 de 2007, art. 2.2.1.1.1.5.1 y ss del Decreto 1082 de 2015 y art. 2 del Decreto 434 de 2020 y el Decreto 579 del 2021. La fecha de la información financiera del RUP de las sociedades extranjeras con sucursal en Colombia que requieren la inscripción en este Registro, corresponderá́ a la del último Balance General y Estado de Resultados, de conformidad con la legislación del respectivo país de origen. “PARÁGRAFO TRANSITORIO: De conformidad con los parágrafos transitorios de los artículos 2.2.1.1.1.5.2. y 2.2.1.1.1.5.6., y en desarrollo del deber de análisis de las Entidades Estatales, de que trata el artículo 2.2.1.1.1.6.1. de este Decreto, a partir del 1 de julio de 2021 las Entidades Estatales establecerán y evaluarán los requisitos habilitantes de capacidad financiera y organizacional teniendo en cuenta la información que conste en el Registro Único de Proponentes. En todo caso, se establecerán indicadores proporcionales al procedimiento de contratación. Para ello, atendiendo a las condiciones aludidas, en relación con los indicadores de la capacidad financiera y organizacional, de los procesos de selección cuyo acto administrativo de apertura o invitación se publique a partir del 1 de julio de 2021, se tendrá́ en cuenta la información vigente y en firme en el RUP, por lo que las Entidades Estatales evaluarán estos indicadores, teniendo en cuenta el mejor año fiscal que se refleje en el registró de cada proponente". En resumen y dando alcance a la aplicación del Decreto 579 de 31 xx xxxx de 2021, cuyo acto administrativo de apertura o invitación se publique a partir del 1 de julio de 2021 se tendrá́ en cuenta el mejor año fiscal que se refleje en el registro único de cada proponente (RUP) considerando los años 2019, 2020 y 2021 para ser evaluado financiera y organizacionalmente. Todos los integrantes de un consorcio, unión temporal o cualquier forma de asociación escogida, deben acreditar individualmente el requisito anterior. Si el proponente o el integrante de un proponente plural es una persona natural extranjera sin domicilio en el país o una persona jurídica extranjera que no tiene establecida sucursal en...
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL a) CERTIFICADO DE CLASIFICACIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO (REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES – RUP) NOTA 1: En caso de consorcios o uniones temporales se deberá anexar a la propuesta el Registro Único de Proponentes de cada uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal. NOTA 2: El Ministerio se reserva el derecho a solicitar al proponente la documentación financiera que no se encuentre en el RUP y que sea requerida para acreditar la capacidad del oferente. NOTA 3: En caso de empresas cuya fecha de constitución sea posterior al 31 de diciembre de 2018, los estados financieros que se verificarán serán los del balance de aperturas reportadas en el Certificado de Clasificación de la Cámara de Comercio RUP.
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL. 4.2.1. Capacidad Financiera
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL. Es necesario verificar si aplica el presente subnumneral de acuerdo con las condiciones contractuales del objeto.
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL. 4.2.1. Capacidad Financiera Tabla 10 – Indicadores de Capacidad Financiera Indicador Índice requerido
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL. En los casos donde no se pudo verificar la Información de, se optó por incluir los índices establecidos por las entidades contratantes en los pliegos de condiciones. Fundación con Vida 4,7 14,0% 5,4 12,0% 10,0% Publiobras Ltda 22,0 27,0% 14,1 38,0% 28,0% Ecosistemas ESP SAS 5,7 44,0% 3,1 17,0% 10,0% Colombia Limpia 5,0 6,6% 3,6 34,9% 32,6% Emc2 Ingeniería SAS 15,6 33,5% Indef. 16,2% 10,5% Consorcio Intercienaga 24,5 16,4% 50,5 7,7% 6,4% Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx 7,3 36,0% Agroestudios y Proyectos Ltda 22,1 4,0% Xxxx Xxxxxxx de los Xxxx Xxxxxx 10,3 6,0% Ingeniería Aplicada Ltda. 3,6 25,0% Consorcio Interventor CAS 2016 66,8 41,0% 3,0 34,0% 23,0% Distribuciones y Servicios Integrales Ambientales 6,9 43,0% 10,9 44,0% 25,0% Xxxxxx Consultoría y Medio Ambiente S.A.S 75,0 1,0% 49,8 16,0% 16,0% Corporación Ara de la Amazonia 148,0 0,0% 852,3 52,0% 52,0% Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx 47,5 1,0% 29,5 19,0% 19,0% Unión Temporal Ecobancos II 3,6 2417,0% 26,5 30,0% 23,0% Corporación GAIA 423,9 0,0% Indef. 7,0% 7,0%
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL. La capacidad financiera y organizacional del proponente será determinada con base en los indicadores requeridos por el Ministerio de Educación Nacional, calculados según los datos financieros y operacionales del año inmediatamente anterior que figuran en el Registro Único de Proponentes; es decir, estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2018. Para los proponentes que aún no tienen actualizado el RUP con la información financiera de 2018, se verificará la información financiera con corte a 31 de diciembre de 2017 en firme reportada en el RUP. No obstante, lo anterior, el proponente que se encuentre en esta última circunstancia se obliga a anexar la constancia de solicitud de renovación de su Registro Único de Proponentes efectuada oportunamente ante la Cámara de Comercio respectiva, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 2.2.1.1.1.5.1 Inscripción, renovación actualización y cancelación del RUP del Decreto 1082 de 2015, el cual reza lo siguiente: En todo caso, la información que ha de presentarse sea en una u otra circunstancia, deberá encontrarse en firme con anterioridad a la fecha de presentación de la propuesta. Los oferentes extranjeros deberán presentar sus estados financieros, teniendo en cuenta los siguientes aspectos: