CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL. De conformidad con lo establecido en el numeral 15 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, Artículo 6 la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 y el Decreto 1510 de 2013, la capacidad jurídica y la solidez financiera serán objeto de verificación sin calificarse en cuanto no son factores de comparación de las ofertas y por lo tanto, podrán complementarse en los términos que establezcan las citadas normas y la ANH. Personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras con domicilio en Colombia (inscritas en el RUP). Los interesados en el presente proceso de contratación y que sean personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras con domicilio en Colombia, deberán estar inscritos en el Registro Único de Proponentes (RUP) con el fin de que la entidad realice la verificación de los requisitos habilitantes de carácter financiero de conformidad con lo establecido en el Decreto 1510 de 2013 y el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012, cuando se renueve o actualice el RUP, la información que se modifica estará vigente hasta que la nueva información quede en firme. Para la habilitación financiera se requiere que el interesado presente: Certificado del RUP expedido bajo los fundamentos del Decreto 1510 de 2013 para verificar la capacidad financiera y organizacional del interesado. Interesados con menos de un año de constitución: Para aquellos casos en que el interesado tenga menos de un año de constitución y por esta razón en el RUP no conste la información del año 2013, la verificación se realizará con base en la información registrada en el RUP a la fecha de inscripción. Personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia (no inscritas en el RUP) Con el fin de verificar la capacidad financiera de las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán aportar el Balance General y el Estado de Resultados de acuerdo al cierre fiscal en cada país de origen o al balance de apertura, si son sociedades nuevas avalados con la firma de quien se encuentre en obligación de hacerlo de acuerdo con la normatividad vigente del país de origen, certificación del contador público o revisor fiscal de la sociedad extranjera, o en su defecto por el revisor fiscal de la sucursal de la sociedad extranjera e...
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL. El Oferente debe cumplir con los siguientes indicadores con base en la información contenida en el RUP: INDICADOR ÍNDICE REQUERIDO ÍNDICE DE LIQUIDEZ Mayor o igual a 1,2 ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO Menor o igual a 70 % RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES Mayor o igual a 0,80 CAPITAL DE TRABAJO* Mayor o Igual a: - Si se presenta a los cuatro (4) módulo: 24.000 SMMLV. - Si se presenta a tres (3) módulo: 20.000 SMMLV - Si se presenta a dos (2) módulos: 16.000 SMMLV - Si se presente a un (1) módulo: 12.000 SMMLV *Teniendo en cuenta las condiciones contractuales, la entidad considera importante establecer un indicador adicional, el cual será el Capital de Trabajo, el cual Refleja la capacidad financiera que tiene el proponente para responder en el corto plazo por las obligaciones contraídas, mostrando su independencia financiera frente a los recursos financieros entregados por el proceso de contratación. El capital de trabajo se podrá acreditar a través de los estados financieros o complementar o acreditar mediante certificación de cupo de crédito en firme expedida por entidad bancaria autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia. Si el Oferente es plural deberá acreditar su capacidad financiera, con el cumplimiento de los indicadores por cada uno de sus integrantes. Solo para el caso del indicador de capital de trabajo, su acreditación se hará mediante la modalidad denominada “Ponderación de los componentes de los indicadores” en la cual cada uno de los integrantes del oferente aporta al valor total del componente del indicador de acuerdo con su participación en la figura del oferente plural. Los proponentes cuyos gastos de intereses sean cero (0), no podrán calcular el indicador “cobertura de intereses”, caso en el cual, el proponente CUMPLE el indicador, salvo que su utilidad operacional sea negativa, caso en el cual NO CUMPLE el indicador de cobertura de intereses Si el proponente no iguala o supera el nivel de liquidez, endeudamiento, razón de cobertura de intereses y capital de trabajo mínimo establecido en el presente Pliego de Condiciones la oferta será INHABILITADA.
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.6.2 del Decreto 1082 de 2015, para verificar la capacidad financiera del oferente se requiere la siguiente información:
a) Certificado de clasificación de la cámara de comercio (registro único de proponentes - RUP) NOTA 1: En caso de consorcios o uniones temporales se deberá anexar a la propuesta el Registro Único de Proponentes de cada uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal. NOTA 2: En caso de empresas cuya fecha de constitución sea posterior al 31 de diciembre de 2018, los estados financieros que se verificarán serán los del balance de apertura reportados en el Certificado de Clasificación de la Cámara de Comercio RUP.
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL a) CERTIFICADO DE CLASIFICACIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO (REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES – RUP) NOTA 1: En caso de consorcios o uniones temporales se deberá anexar a la propuesta el Registro Único de Proponentes de cada uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal. NOTA 2: El Ministerio se reserva el derecho a solicitar al proponente la documentación financiera que no se encuentre en el RUP y que sea requerida para acreditar la capacidad del oferente. NOTA 3: En caso de empresas cuya fecha de constitución sea posterior al 31 de diciembre de 2018, los estados financieros que se verificarán serán los del balance de aperturas reportadas en el Certificado de Clasificación de la Cámara de Comercio RUP.
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL. La capacidad financiera y organizacional del proponente será determinada con base en los indicadores requeridos por el Ministerio de Educación Nacional, calculados según los datos financieros y operacionales del año inmediatamente anterior que figuran en el Registro Único de Proponentes; es decir, estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2018. Para los proponentes que aún no tienen actualizado el RUP con la información financiera de 2018, se verificará la información financiera con corte a 31 de diciembre de 2017 en firme reportada en el RUP. No obstante, lo anterior, el proponente que se encuentre en esta última circunstancia se obliga a anexar la constancia de solicitud de renovación de su Registro Único de Proponentes efectuada oportunamente ante la Cámara de Comercio respectiva, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 2.2.1.1.1.5.1 Inscripción, renovación actualización y cancelación del RUP del Decreto 1082 de 2015, el cual reza lo siguiente: En todo caso, la información que ha de presentarse sea en una u otra circunstancia, deberá encontrarse en firme con anterioridad a la fecha de presentación de la propuesta. Los oferentes extranjeros deberán presentar sus estados financieros, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
a) Las personas naturales o jurídicas extranjeras que no tengan domicilio o sucursal en Colombia, deberán presentar sus estados financieros del último período fiscal aplicado en su país, firmados por el representante legal o Apoderado del Oferente en Colombia y contador público colombiano, consularizados y visados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, acompañados de traducción oficial al castellano, expresados a la moneda colombiana, a la tasa de cambio reportada al cierre del año fiscal inmediatamente anterior (indicando la tasa de conversión).
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL. Es necesario verificar si aplica el presente subnumneral de acuerdo con las condiciones contractuales del objeto.
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL. En los casos donde no se pudo verificar la Información de, se optó por incluir los índices establecidos por las entidades contratantes en los pliegos de condiciones. Fundación con Vida 4,7 14,0% 5,4 12,0% 10,0% Publiobras Ltda 22,0 27,0% 14,1 38,0% 28,0% Ecosistemas ESP SAS 5,7 44,0% 3,1 17,0% 10,0% Colombia Limpia 5,0 6,6% 3,6 34,9% 32,6% Emc2 Ingeniería SAS 15,6 33,5% Indef. 16,2% 10,5% Consorcio Intercienaga 24,5 16,4% 50,5 7,7% 6,4% Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx 7,3 36,0% Agroestudios y Proyectos Ltda 22,1 4,0% Xxxx Xxxxxxx de los Xxxx Xxxxxx 10,3 6,0% Ingeniería Aplicada Ltda. 3,6 25,0% Consorcio Interventor CAS 2016 66,8 41,0% 3,0 34,0% 23,0% Distribuciones y Servicios Integrales Ambientales 6,9 43,0% 10,9 44,0% 25,0% Xxxxxx Consultoría y Medio Ambiente S.A.S 75,0 1,0% 49,8 16,0% 16,0% Corporación Ara de la Amazonia 148,0 0,0% 852,3 52,0% 52,0% Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx 47,5 1,0% 29,5 19,0% 19,0% Unión Temporal Ecobancos II 3,6 2417,0% 26,5 30,0% 23,0% Corporación GAIA 423,9 0,0% Indef. 7,0% 7,0%
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL. 4.2.1. Capacidad Financiera
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL. Para acreditar la capacidad financiera y capacidad organizacional se verificará la información registrada en el RUP con corte a diciembre 31 de 2017. La verificación del cumplimiento de la capacidad financiera y capacidad organizacional mínima exigida por Fiduagraria S.A. como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo VISR es un requisito habilitante para la participación de la propuesta en el proceso de selección y no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta cumple o no con los indicadores. El comité evaluador realizará la verificación de los requisitos habilitantes con la información financiera actualizada a 31 de diciembre de 2017. En ningún caso se podrán acreditar circunstancias o hechos ocurridos con posterioridad a la fecha de cierre de la presente invitación. No cumplir con todos y cada uno de los requisitos de carácter financiero establecidos dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO CUMPLE. La verificación de los indicadores financieros y de capacidad organizacional se realizará tomando como referencia dos decimales, prescindiendo de cualquier fórmula de redondeo o aproximación. La presente contratación se fundamenta en el desarrollo de las actividades necesarias para la Identificación de las características sociales, económicas, ambientales y culturales de la comunidad beneficiada en los proyectos estructurados a partir de los Subsidios de Vivienda de Interés Social Rural VISR de la vigencia 2015, a través de un Diagnóstico participativo con los beneficiarios para estar al tanto de la realidad de la las familias, con el fin de facilitar una Solución de Vivienda de Interés Social Rural a la población rural vulnerable, siempre que el beneficiario cumpla con las condiciones que se establecen en la reglamentación vigente. Como resultado del diagnóstico participativo enfocado en las particularidades sociales, económicas, culturales y ambientales de las familias beneficiadas, se deberá planear acciones que prioricen sus fortalezas y debilidades en dichos aspectos. De acuerdo con los requerimientos mencionados anteriormente, los indicadores de evaluación fueron establecidos con la finalidad de contratar un operador idóneo, que realice la ejecución del trabajo social y ambiental en el territorio donde se desarrollan los proyectos, de igual manera se buscan empresas con experiencia preferiblemente en el trabajo con población vulnerable, con enfoque de derechos y diferencial de las comunidades. Se buscan empresas que t...
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL a. Certificado del RUP del Proponente singular o de cada uno de los integrantes del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, si el Proponente es plural.
b. Los Estados financieros comparativos a 31 de diciembre de 2018 (Balance General, Estado de Resultados y Notas a los Estados Financieros).
c. Tarjeta profesional del contador y del revisor fiscal (en el caso en que éste último aplique)
d. Certificado de antecedentes disciplinarios del contador y del revisor fiscal, con fecha de expedición no superior a tres (3) meses anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección.