Common use of RECEPCIÓN DEL CONTRATO Clause in Contracts

RECEPCIÓN DEL CONTRATO. El contrato, de tracto sucesivo, se entenderá cumplido por el contratista cuando éste lo vaya realizando, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de G.H.K., la totalidad de la prestación. Mensualmente, tendrá lugar el acto de recepción de la prestación, según facturación mensual, levantándose la correspondiente Acta de conformidad. G.H.K. determinará si la prestación mensual realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, G.H.K. podrá rechazar la misma quedando exenta de obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Se establece un plazo de garantía de un año a contar desde la fecha de recepción, una vez finalizado y liquidado el contrato, prórrogas incluidas. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, el Órgano de Contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que G.H.K. haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada. El contratista tendrá derecho a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.

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Samples: Contrato De Regulación Armonizada, Contrato De Regulación Armonizada, Contrato De Regulación Armonizada

RECEPCIÓN DEL CONTRATO. 21.1.- Recepción de las obras. El contratocontratista, con una antelación de tracto sucesivo45 días hábiles, se entenderá cumplido comunicará por el contratista cuando éste lo vaya realizandoescrito a la dirección de la obra, de acuerdo con los términos del mismo y para su elevación a satisfacción de G.H.K.GICAMAN, la totalidad fecha prevista para la terminación o ejecución del contrato a efectos de que se pueda realizar su recepción. GICAMAN fijará la fecha de la prestaciónrecepción, citando por escrito a la dirección de la obra, a la Consejería de Salud y Bienestar Social y al contratista. Mensualmente, tendrá lugar el acto Este último tiene obligación de asistir a la recepción de la prestaciónobra. Si por causas que le sean imputables no cumple esta obligación, según facturación mensualGICAMAN le remitirá un ejemplar del acta para que, en el plazo de 10 días formule las alegaciones que considere oportunas, sobre las que se adoptará el acuerdo que corresponda. Si las obras se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, se darán por recibidas, levantándose la correspondiente Acta acta, que suscribirán todos los asistentes, retirando cada uno un ejemplar, y comenzando el plazo de conformidadgarantía. G.H.K. determinará si la prestación mensual realizada por Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, se hará constar en el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución acta y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización el director de las prestaciones contratadas y la subsanación de mismas señalará los defectos observados con ocasión y detallará las instrucciones precisas, fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiere efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato. Cuando tengan lugar en el contrato recepciones parciales de partes de obra susceptibles de ser entregadas al uso público, deberá expedirse la correspondiente certificación a cuenta. GICAMAN podrá acordar, por razones excepcionales de interés público, la ocupación efectiva de las obras o su puesta en servicio para el uso público, aun sin el cumplimiento del acto formal de recepción. Previo a cualquier acuerdo de ocupación de las obras o de puesta en servicio para el uso público, se levantará acta de comprobación de las obras, que será suscrita por un representante de la Consejería de Salud y Bienestar Social, otro de GICAMAN, el director de la obra y el contratista. Desde el momento de la ocupación de las obras o de la puesta en servicio de las mismas para el uso público se producirán los efectos y consecuencias propios de la recepción, si de conformidad con el acta de comprobación, las obras estuviesen finalizadas y fuesen conformes con las prescripciones previstas en el contrato. Si los trabajos efectuados no por el contrario se adecuan a la prestación contratadaobservarán defectos, como consecuencia deberán detallarse en el acta de vicios o defectos imputables al contratista, G.H.K. podrá rechazar la misma quedando exenta de obligación de pago o teniendo derecho, en su casocomprobación junto con las instrucciones precisas y plazo para subsanarlos. GICAMAN, a la recuperación del precio satisfecho. Se establece un plazo de garantía de un año a contar desde la fecha de recepción, una vez finalizado y liquidado el contrato, prórrogas incluidas. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, el Órgano de Contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación vista de los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que G.H.K. haya formalizado alguno de los reparos o defectos, decidirá sobre la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada. El contratista tendrá derecho a ser oído sobre las observaciones que se formulen ocupación y puesta en relación con el cumplimiento de la prestación contratadaservicio.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas De La Licitación Del Contrato

RECEPCIÓN DEL CONTRATO. Realizada normalmente la entrega, la administración procederá a efectuar la comprobación de los bienes suministrados y su adecuación a las prescripciones establecidas y a fin al que estén destinados pudiendo ordenar o realizar, ensayos y pruebas de funcionamiento que considere pertinentes y sean necesarios para dicha comprobación. El contrato, de tracto sucesivo, contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste lo vaya realizandohaya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de G.H.K.la Administración, la totalidad de su objeto. En cualquier caso la prestación. Mensualmente, tendrá lugar el entrega se deberá constatar mediante un acto de recepción formal y positivo dentro del mes siguiente a la entrega en los términos establecidos en los artículos 205 y 268 de la prestación, según facturación mensual, levantándose L.C.S.P. El plazo y condiciones de la correspondiente Acta garantía se establecen en la cláusula 7ª xxx xxxxxx de conformidadprescripciones técnicas. G.H.K. determinará si la prestación mensual realizada Los gastos de publicidad deberán ser abonados por el contratista se ajusta adjudicatario o adjudicatarios y ascenderán a un máximo de 1500 €. Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la L.C.S.P. el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las prescripciones establecidas para dudas que ofrezca su ejecución y cumplimiento, requiriendomodificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. Los contratos administrativos solo podrán ser modificados por razones de interés público en su casolos casos y en la forma previstos en el título V del libro I, de la realización L.C.S.P. y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 195. En estos casos, las prestaciones contratadas modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para los contratistas. Con carácter general, salvo lo establecido en la L.C.S.P. para casos específicamente tratados, cuantas incidencias surjan entre la Administración y el empresario en la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, G.H.K. podrá rechazar la misma quedando exenta de obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Se establece un plazo de garantía ejecución de un año a contar desde contrato de suministro, por las diferencias en la fecha interpretación de recepciónlo convenido o por la necesidad de modificar las condiciones contractuales, una vez finalizado y liquidado el contratose tramitarán mediante expediente contradictorio, prórrogas incluidas. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, el Órgano de Contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que G.H.K. haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada. El contratista tendrá derecho a ser oído sobre comprenderá preceptivamente las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.actuaciones siguientes:

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Samples: santander.es

RECEPCIÓN DEL CONTRATO. En el pliego de prescripciones técnicas se indicará, en su caso, el lugar de celebración del objeto del contrato. El contrato, órgano de tracto sucesivo, se entenderá cumplido por el contratista cuando éste lo vaya realizando, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de G.H.K., la totalidad de la prestación. Mensualmente, tendrá lugar el acto de recepción de la prestación, según facturación mensual, levantándose la correspondiente Acta de conformidad. G.H.K. contratación determinará si la prestación mensual realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, G.H.K. podrá rechazar la misma quedando exenta exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Se establece un La recepción del objeto de contrato se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 222 y 307 del TRLCSP. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del trabajo y cumplido el plazo de garantía que, en su caso, se indique en el epígrafe 6 del Anexo I, (“Cuadro de un año características del contrato”), se procederá a contar desde la fecha devolución de recepciónla garantía prestada, una vez finalizado y liquidado si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la misma, de conformidad con lo establecido en el contratoartículo 102 del TRLCSP. C.I.F. B-41827148 Registro Mercantil xx Xxxxxxx Tomo 2.614, prórrogas incluidasFolio 53, hoja nº SE- 31.610. Inscripción 1ª Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, efectuados el Órgano órgano de Contratación contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que G.H.K. XxxxxXxxxxx, S.L. haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada. El contratista tendrá derecho a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.

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Samples: www.desdearahal.com

RECEPCIÓN DEL CONTRATO. El contrato, de tracto sucesivo, contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste lo vaya realizandohaya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de G.H.K.la Administración, la totalidad gestión pactada durante el plazo previsto. Cuando finalice el plazo contractual el servicio revertirá al Ayuntamiento debiendo el contratista entregar todos los bienes muebles e inmuebles afectos a la concesión en buen estado de conservación y funcionamiento. En el plazo de 6 meses anteriores a la finalización de la prestaciónconcesión el Ayuntamiento adoptará las medidas encaminadas a que la entrega de los bienes se verifique en las condiciones convenidas. Mensualmente, tendrá lugar El plazo de garantía lo será el acto de recepción de la prestaciónduración del contrato más seis meses contados desde la recepción o conformidad, según facturación mensualtranscurrido en cual quedará extinguida la responsabilidad del contratista. Transcurrido este periodo y dentro mes siguiente, levantándose deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente Acta de conformidad. G.H.K. determinará si la prestación mensual realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución del contrato y cumplimiento, requiriendoabonársele, en su caso, el saldo resultante. Asimismo se procederá junto con la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, G.H.K. podrá rechazar la misma quedando exenta de obligación de pago o teniendo derecho, en su casoliquidación, a la recuperación reversión a favor del precio satisfechoAyuntamiento de cuantos bienes estuvieren adscritos al servicio. Se establece un plazo Previamente a la reversión, y con la antelación suficiente será realizada por el Ayuntamiento – con la obligada colaboración del contratista- la comprobación e inspección de garantía de un año a contar desde la fecha de recepción, una vez finalizado su estado y liquidado el contrato, prórrogas incluidas. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, el Órgano de Contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que G.H.K. haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada. El contratista tendrá derecho a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratadaconservación.

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Samples: villajoyosa.com