Common use of RECHAZO DE LAS PROPUESTAS Clause in Contracts

RECHAZO DE LAS PROPUESTAS. Son causales de rechazo las siguientes: Cuando al proponente se le haya requerido con el propósito de subsanar o aclarar un documento de la propuesta y no lo efectúe dentro del plazo indicado o no lo realice correctamente o de acuerdo con lo solicitado, siempre que la subsanabilidad requerida sea necesaria para cumplir un requisito habilitante. Cuando el proponente aporte información no veraz o altere de cualquier forma algún documento original presentado. Si se establece que la persona natural, o jurídica, o miembro de proponente plural presentaron más de una propuesta, cuando se presente esta situación todas las ofertas que incurran en esta situación serán rechazadas. Modificar durante la etapa pre-contractual los porcentajes de participación de los integrantes del Consorcio o Uniones Temporales y su integración. Tener el representante legal de la persona jurídica limitaciones para comprometer a la sociedad y no contar con la autorización suficiente del órgano social. No corresponder el objeto social de las personas jurídicas con las actividades objeto del presente proceso. No cumplir las personas jurídicas con la duración exigida en el presente pliego de condiciones Estar incursa la persona jurídica proponente individual o integrante del proponente de la estructura plural en causal de disolución o liquidación Estar incurso el proponente o alguno de los integrantes de la estructura plural en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición previstas en la legislación colombiana para contratar. Estar reportado el proponente o alguno de los integrantes de la estructura plural en el Boletín de Responsables Fiscales emitido por la Contraloría General de la República. Presentar el proponente o alguno de los integrantes de la estructura plural, antecedentes vigentes que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado. Exceder el valor total corregido de la oferta el presupuesto oficial para el proceso. No incluir la propuesta económica para el proceso, o no estar debidamente firmada por el representante legal del proponente. Adicionar, modificar, suprimir o alterar los ítems, la descripción, las unidades o cantidades establecidas en el Formulario No. 1. Presentar la oferta económica con tachaduras o enmendaduras que no esté convalidada en la forma indicada en el numeral 3.21 No consignar o no ofrecer el valor de un precio unitario u ofrecer como valor de ese precio unitario cero (0), o superar el valor unitario de algunos o algunos de los ítems ofrecidos con respecto al valor establecido para cada ítem del Presupuesto Oficial Publicado por la Entidad en el Formulario del Presupuesto Oficial. Ofrecer un porcentaje para imprevistos inferior al previsto en el presupuesto oficial (formulario No 1) de la presente Invitación. No discriminar en la oferta económica el porcentaje de AIU en la forma como lo establece el pliego de condiciones. Que se hayan modificado los valores estimados en los presupuestos oficiales, como NO MODIFICABLES O INMODIFICABLES. No corresponder la propuesta económica al presente proceso de selección. Cuando la persona natural (proponente individual o integrante de la estructura plural) que presenta la propuesta no posea título como Ingeniero Civil o Arquitecto. La inobservancia de los requisitos establecidos en el numeral 3.21 (apertura del sobre No. 2) Las demás previstas en este pliego de condiciones y las que se encuentren establecidas en la normatividad vigente cuando se presente propuesta alternativa condicionada para la adjudicación del contrato. La no entrega de la garantía de seriedad y el recibo de pago junto con la propuesta.

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Samples: Invitación Pública De Mayor Cuantía, Invitación Pública De Mayor Cuantía

RECHAZO DE LAS PROPUESTAS. Son Las ofertas serán objeto de rechazo por cualquiera de las causales señaladas a lo largo de esta invitación y las que se relacionan a continuación:  Si el oferente no acredita la capacidad jurídica y/o técnica exigida.  Cuando la oferta supere el presupuesto total oficial estimado para la contratación.  Cuando el oferente, su representante legal, algunos de los miembros del Consorcio o Unión Temporal (incluidos sus representantes legales) se encuentre(n) incurso(s) en alguna de las causales de rechazo las siguientes: inhabilidad o incompatibilidad establecidas en la Constitución y la ley.  Cuando al proponente el oferente se le haya requerido encuentre en xxxx de sus obligaciones con el propósito Sistema de subsanar Seguridad Social Integral y/o aclarar un documento parafiscales.  Si la oferta se presenta en forma parcial.  Si dentro del término concedido para subsanar, el proponente no subsana, no presenta la documentación que la Entidad le solicite, no aclara y/o no responde los requerimientos que realice la corporación o cuando habiendo respondido a la Corporación la información o documento(s) aportado(s) difiera de los requerimientos de la propuesta y no lo efectúe dentro del plazo indicado o no lo realice correctamente o de acuerdo con lo solicitado, siempre que invitación pública.  Si la subsanabilidad requerida sea necesaria para cumplir un requisito habilitante. Cuando el proponente aporte información no veraz o altere oferta se presenta subordinada al cumplimiento de cualquier forma algún documento original presentadocondición o si la oferta económica presentada incluyendo la carga tributaria correspondiente, tiene un valor superior al presupuesto total oficial estimado. Si se establece que la persona natural, o jurídica, o miembro de proponente plural presentaron  Cuando un oferente presente más de una propuestaoferta, cuando se presente esta situación todas las ofertas que incurran por sí o por interpuesta persona. Se entienden incluidas en esta situación serán rechazadas. Modificar durante la etapa pre-contractual los porcentajes de participación de los integrantes del Consorcio o Uniones Temporales y su integración. Tener el representante legal de la persona jurídica limitaciones para comprometer a la sociedad y no contar con la autorización suficiente del órgano social. No corresponder el objeto social de las personas jurídicas con las actividades objeto del presente proceso. No cumplir las personas jurídicas con la duración exigida en el presente pliego de condiciones Estar incursa la persona jurídica proponente individual o integrante del proponente de la estructura plural en causal de disolución o liquidación Estar incurso el proponente o alguno de los integrantes de la estructura plural en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición previstas en la legislación colombiana para contratar. Estar reportado el proponente o alguno de los integrantes de la estructura plural en el Boletín de Responsables Fiscales emitido por la Contraloría General de la República. Presentar el proponente o alguno de los integrantes de la estructura plural, antecedentes vigentes que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado. Exceder el valor total corregido de la oferta el presupuesto oficial para el proceso. No incluir la propuesta económica para el proceso, o no estar debidamente firmada por el representante legal del proponente. Adicionar, modificar, suprimir o alterar los ítems, la descripcióncausa, las unidades participaciones en sociedades, asociaciones, consorcios, uniones temporales o cantidades establecidas en el Formulario No. 1. Presentar la oferta económica con tachaduras o enmendaduras futuras sociedades que no esté convalidada en la forma indicada en el numeral 3.21 No consignar o no ofrecer el valor de un precio unitario u ofrecer como valor de ese precio unitario cero (0), o superar el valor unitario de algunos o algunos de los ítems ofrecidos con respecto se estén presentando al valor establecido para cada ítem del Presupuesto Oficial Publicado por la Entidad en el Formulario del Presupuesto Oficial. Ofrecer un porcentaje para imprevistos inferior al previsto en el presupuesto oficial (formulario No 1) de la presente Invitación. No discriminar en la oferta económica el porcentaje de AIU en la forma como lo establece el pliego de condiciones. Que se hayan modificado los valores estimados en los presupuestos oficiales, como NO MODIFICABLES O INMODIFICABLES. No corresponder la propuesta económica al presente mismo proceso de selección. Cuando la persona natural (proponente individual se determine discordancia o integrante inexactitud de la estructura plural) que presenta la propuesta no posea título como Ingeniero Civil o Arquitecto. La inobservancia información en alguno de los requisitos establecidos en el numeral 3.21 (apertura del sobre Nodocumentos que la integran. 2) Las demás previstas causales no contempladas expresamente en este pliego de condiciones y las numeral, que se encuentren establecidas en señaladas a lo largo de la normatividad vigente cuando presente invitación.  Cuando el valor de la propuesta supere el presupuesto oficial.  Cuando el formato de presentación de la propuesta económica NO se presente propuesta alternativa condicionada para la adjudicación del contrato. La no entrega de la garantía de seriedad y el recibo de pago junto con la propuestao NO esté diligenciado completamente.

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RECHAZO DE LAS PROPUESTAS. Son Serán causales de rechazo de las propuestas, las siguientes: Cuando No adjuntar la carta de presentación de la propuesta, o la presentación de la carta sin firma, o firmada por persona distinta al proponente se Representante Legal del Proponente o a quien estatutariamente tenga la facultad de comprometer al Proponente. Presentación de varias propuestas por el mismo Proponente, por si o por interpuesta persona (en Consorcio, Unión Temporal o individualmente). La no acreditación por las personas jurídicas Proponentes que su objeto social le haya requerido permite desarrollar el objeto del Proceso de Selección o que el término de duración no sea superior al de la vigencia del contrato y un (1) año más. En caso de Consorcio o Unión Temporal, la no acreditación por lo menos de uno de sus integrantes, de que su objeto social les permite desarrollar el objeto del Proceso de Selección o que el término de duración no sea superior al de la vigencia del contrato y un (1) año más. La limitación de facultades del Representante Legal para presentar propuesta y suscribir el contrato. Encontrarse el Proponente incurso en alguna de las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades de que trata el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011 y Manual de Contratación de ICETEX. La no conformación del Consorcio o Unión Temporal con el propósito de subsanar o aclarar un documento anterioridad a la presentación de la propuesta o la no presentación del documento que acredite su conformación. También constituye causal de rechazo no expresar en el documento de conformación del Consorcio o de Unión Temporal que su término de duración o el de sus integrantes no será inferior a la vigencia del contrato y no lo efectúe dentro del plazo indicado un año (1) año más. No señalar las reglas básicas que regulen las relaciones de los consorciados o unidos temporalmente, o no lo realice correctamente o de acuerdo con lo solicitado, siempre que la subsanabilidad requerida sea necesaria para cumplir un requisito habilitante. Cuando fijar el proponente aporte información no veraz o altere de cualquier forma algún documento original presentado. Si se establece que la persona natural, o jurídica, o miembro de proponente plural presentaron más de una propuesta, cuando se presente esta situación todas las ofertas que incurran en esta situación serán rechazadas. Modificar durante la etapa pre-contractual los porcentajes porcentaje de participación de cada uno de los integrantes o no designar representante del Consorcio o Unión Temporal o la extralimitación de funciones de este en los términos de este Pliego de Condiciones. Cuando la persona natural o jurídica Proponente o los integrantes del Consorcio o la Unión Temporal no acrediten estar debidamente facultados por la Superintendencia Financiera para ejercer la actividad aseguradora o inscritos en la Cámara de Comercio, o cuando la fecha de expedición del certificado respectivo sea superior a treinta (30) días y no se haya subsanado el documento a pesar del requerimiento que en tal sentido haga ICETEX o si en el aportado no consta que la persona natural o jurídica se constituyó con anticipación a la fecha de la presentación de la propuesta o no consta que su vigencia es igual a la duración del contrato y un año (1) año más. Cuando el Proponente o su Representante Legal en caso de personas jurídicas, o cualquier integrante de Consorcios o Uniones Temporales o su Representante Legal se encuentren reportados en el boletín de responsables fiscales. No acreditar la debida constitución de apoderado en Colombia y su integración. Tener la suficiencia de las facultades a él otorgadas por parte de las Sociedades Extranjeras Proponentes, de acuerdo con lo exigido en el representante legal pliego o cuando el término de duración de sus facultades no abarca hasta la constitución de la persona jurídica limitaciones sucursal en Colombia. La no presentación del poder, cuando la propuesta sea presentada a través de apoderado. Los Proponentes que no estén inscritos en el Registro Único de Tributario (RUT), al momento de presentar la propuesta. Cuando no se presente la propuesta económica o ésta supere el presupuesto oficial del Grupo (s) en los cuales participa el proponente. Cuando no presente propuesta técnica o no cumpla con todas las especificaciones técnicas mínimas establecidas en el Pliego de Condiciones. Cuando no presente la certificación de respaldo mínimo de reaseguro para comprometer los Grupos 2 o 4, acorde con lo indicado en el Numeral 3.3.1.3 xxx xxxxxx de condiciones Cuando la propuesta se reciba con posterioridad a la sociedad fecha y no contar con hora fijadas para el cierre del proceso o haya sido enviada por correo ordinario o certificado, correo electrónico o fax, o entregada en oficina o dependencia diferente a la autorización suficiente indicada en el Pliego de Condiciones. Cuando se presente la propuesta en forma subordinada al cumplimiento de cualquier condición o modalidad que represente un condicionamiento de la propuesta para la adjudicación del órgano socialProceso de Selección. No corresponder Cuando el objeto social Proponente se encuentre incurso en alguna de las personas jurídicas con las actividades objeto del presente proceso. No cumplir las personas jurídicas con la duración exigida en el presente pliego de condiciones Estar incursa la persona jurídica proponente individual o integrante del proponente de la estructura plural en causal causales de disolución o liquidación Estar incurso de sociedades. Cuando la propuesta no cumpla con los indicadores financieros mínimos establecidos en el proponente presente Pliego de Condiciones. Cuando no presente los estados financieros debidamente certificados y dictaminados dentro del término señalado por ICETEX a pesar de haber sido requerido por ella, o alguno cuando el dictamen sea negativo o cuando se hayan presentado con salvedades que tengan relación o incidencia respecto de la propuesta presentada de conformidad con lo estipulado en la Ley 222 de 1995. Cuando no se presente la Garantía de Seriedad de la Propuesta, o no se presente el certificado de modificación de la misma, pese al requerimiento de ICETEX o presentarlo extemporáneamente. Cuando se compruebe que la información suministrada por el Proponente o los documentos allegados no coincidan con la realidad o sean contradictorios en los aspectos jurídicos, financieros, económicos o técnicos. El no encontrarse al día en el pago de aportes parafiscales al momento del cierre del presente Proceso de Selección. Cuando el Proponente no aporte a pesar del requerimiento los certificados de antecedentes disciplinarios vigentes de las personas allí indicadas, en donde conste que no hayan sido sancionados. Cuando no se presenten las certificaciones que acrediten la experiencia del Proponente, exigida como requisito de verificación o habilitante en el Presente Pliego a pesar de habérsele requerido o no se demuestre la experiencia exigida. Cuando el Proponente habiendo sido requerido por ICETEX no xxxxxxx los documentos, información o aclaraciones solicitadas, sin las cuales no sea posible valorar objetivamente y en condiciones de igualdad las propuestas. Pero en ningún caso podrá subsanarse la falta de capacidad para presentar la propuesta ni acreditarse circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso. Cuando se presenten propuestas parciales o alternativas. Cuando se compruebe confabulación entre un Proponente y funcionarios de ICETEX y/o con otros Proponentes para influir en la evaluación de las propuestas y/o en la decisión de adjudicación que tome la administración. Cuando se compruebe que al Proponente o a uno de los integrantes de las diversas formas de asociación que presente propuesta se le declaró la estructura plural caducidad administrativa de algún contrato celebrado con anterioridad, mediante acto administrativo en causal de inhabilidadfirme, incompatibilidad o prohibición previstas en la legislación colombiana para contratar. Estar reportado el proponente o alguno de durante los integrantes últimos cinco (5) años, contados a partir de la estructura plural presentación de la propuesta. Cuando se compruebe que un Proponente ejerció alguna influencia sobre el proceso de evaluación de las propuestas o sobre la decisión de adjudicación de ICETEX. Cuando el ICETEX establezca por cualquier medio que el Proponente se encuentra incluido en listas de control para el Boletín lavado de Responsables Fiscales emitido activos y financiación del terrorismo, acorde con las políticas aprobadas por la Contraloría General de la República. Presentar el proponente o alguno de los integrantes de la estructura plural, antecedentes vigentes que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado. Exceder el valor total corregido de la oferta el presupuesto oficial para el proceso. No incluir la propuesta económica para el proceso, o no estar debidamente firmada por el representante legal del proponente. Adicionar, modificar, suprimir o alterar los ítems, la descripción, las unidades o cantidades establecidas en el Formulario No. 1. Presentar la oferta económica con tachaduras o enmendaduras que no esté convalidada en la forma indicada en el numeral 3.21 No consignar o no ofrecer el valor de un precio unitario u ofrecer como valor de ese precio unitario cero (0), o superar el valor unitario de algunos o algunos de los ítems ofrecidos con respecto al valor establecido para cada ítem del Presupuesto Oficial Publicado por la Entidad en el Formulario del Presupuesto Oficial. Ofrecer un porcentaje para imprevistos inferior al previsto en el presupuesto oficial (formulario No 1) de la presente Invitación. No discriminar en la oferta económica el porcentaje de AIU en la forma como lo establece el pliego de condiciones. Que se hayan modificado los valores estimados en los presupuestos oficiales, como NO MODIFICABLES O INMODIFICABLES. No corresponder la propuesta económica al presente proceso de selección. Cuando la persona natural (proponente individual o integrante de la estructura plural) que presenta la propuesta no posea título como Ingeniero Civil o Arquitecto. La inobservancia de los requisitos establecidos en el numeral 3.21 (apertura del sobre No. 2) Las demás previstas en este pliego de condiciones y las que se encuentren establecidas en la normatividad vigente cuando se presente propuesta alternativa condicionada para la adjudicación del contrato. La no entrega de la garantía de seriedad y el recibo de pago junto con la propuestaJunta Directiva.

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RECHAZO DE LAS PROPUESTAS. Son causales Se rechazarán aquellas propuestas que se encuentren en cualquiera de rechazo las siguienteslos siguientes casos: Cuando al proponente se le haya requerido con el propósito La participación simultánea de subsanar o aclarar un documento una jurídica en más de una propuesta de la propuesta presente invitación. Cuando se compruebe que los documentos presentados por el proponente, la información suministrada por el mismo o la contenida en los documentos, formatos y certificaciones anexas a la propuesta, no lo efectúe dentro del plazo indicado es exacta o no lo realice correctamente o de acuerdo con lo solicitado, siempre que corresponde a la subsanabilidad requerida sea necesaria para cumplir un requisito habilitanterealidad. Cuando el proponente aporte información no veraz se encuentre incurso en alguna de las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades fijadas por la Constitución y la Ley para contratar con el Estado, y/o altere de cualquier forma algún documento original presentado. Si se establece que la persona natural, o jurídica, o miembro de proponente plural presentaron más de una propuesta, cuando se presente esta situación todas las ofertas que incurran en esta situación serán rechazadas. Modificar durante la etapa pre-contractual los porcentajes de participación de los integrantes del Consorcio o Uniones Temporales y su integración. Tener el representante legal de la persona jurídica limitaciones para comprometer a la sociedad y no contar con la autorización suficiente del órgano social. No corresponder el objeto social de las personas jurídicas con las actividades objeto del presente proceso. No cumplir las personas jurídicas con la duración exigida en el presente pliego de condiciones Estar incursa la persona jurídica proponente individual o integrante del proponente de la estructura plural en causal de disolución o liquidación Estar incurso el proponente o alguno de los integrantes de la estructura plural en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición previstas en la legislación colombiana para contratar. Estar reportado el proponente o alguno de los integrantes de la estructura plural encuentre registrado en el Boletín de Responsables Fiscales emitido por la Contraloría General de la RepúblicaRepública como responsable fiscal. Presentar Cuando la propuesta modifique los términos de la invitación. Cuando no se aporte el documento de constitución del consorcio o unión temporal de conformidad con lo establecido en los condiciones de participación. Cuando se presente la propuesta en forma extemporánea Cuando la propuesta sea presentada por personas incapaces para obligarse o que no cumpla con todas las calidades y condiciones de participación indicadas en la invitación. Cuando los documentos necesarios para la comparación de las propuestas tengan tachones, enmendadoras, correcciones que no permitan establecer con claridad la información contenida y que no estén salvadas con la firma del proponente. Cuando se solicite presentar algún documento o subsanar o aclarar alguna información necesarios para el cumplimiento de los requisitos habilitantes, o para la aclaración de los referidos a los factores técnicos, y el proponente no aporte, subsane o alguno aclare lo pertinente, en los plazos y condiciones determinados en el respectivo requerimiento. Cuando la propuesta económica no sea consistente respecto de las actividades descritas en la propuesta técnica y que además su clarificación o ajustes necesarios a las mismas, modifican aspectos sustanciales de los requerimientos técnicos. Cuando el valor corregido de la propuesta supere la disponibilidad presupuestal. Cuando la propuesta sea presentada por persona jurídica y el representante legal no esté debidamente facultado o no cuente con la facultad para comprometer a su representada o que no cumplan todas las calidades y condiciones de participación indicadas dentro de la presente invitación. Cuando la propuesta sea presentada por persona jurídica o uno de los integrantes de la estructura plural, antecedentes vigentes que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado. Exceder el valor total corregido de la oferta el presupuesto oficial para el proceso. No incluir la propuesta económica para el proceso, del consorcio o no estar debidamente firmada por unión temporal sea persona jurídica y el representante legal del proponente. Adicionar, modificar, suprimir o alterar los ítems, la descripción, las unidades o cantidades establecidas en el Formulario No. 1. Presentar la oferta económica con tachaduras o enmendaduras que no esté convalidada en la forma indicada en el numeral 3.21 No consignar o no ofrecer el valor de un precio unitario u ofrecer como valor de ese precio unitario cero (0), o superar el valor unitario de algunos o algunos de los ítems ofrecidos con respecto al valor establecido debidamente facultado para cada ítem del Presupuesto Oficial Publicado por la Entidad en el Formulario del Presupuesto Oficial. Ofrecer un porcentaje para imprevistos inferior al previsto en el presupuesto oficial (formulario No 1) de la presente Invitación. No discriminar en la oferta económica el porcentaje de AIU en la forma como lo establece el pliego de condiciones. Que se hayan modificado los valores estimados en los presupuestos oficiales, como NO MODIFICABLES O INMODIFICABLEScomprometer a su representada. No corresponder la propuesta económica al presente proceso de selecciónselección salvo si se trata de un error en la identificación del proceso. Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos tergiversados, alterados o que contengan errores que determinen el resultado de la evaluación. Lo anterior sin perjuicio de las acciones adelantadas por el departamento ante las entidades correspondientes para que inicien las investigaciones del caso. Cuando para este proceso se presenten varias propuestas por el Proponente, por si o por interpuesta persona, en Consorcio, Unión Temporal o individualmente. Cuando la propuesta este incompleta por no incluir alguno de los documentos necesarios para la comparación de las ofertas exigidos en este termino de referencia. Cuando no se suscriba la carta de presentación de la propuesta por la persona natural (proponente individual o integrante por el representante legal de la estructura plural) que presenta sociedad, consorcio o unión temporal proponente, o cuando este no se encuentre debidamente autorizado o facultado para presentar la propuesta de acuerdo con los estatutos sociales o con el documento de integración del consorcio o unión temporal. Cuando la propuesta no posea título como Ingeniero Civil o Arquitecto. La inobservancia cumpla con la integridad del objeto de los requisitos establecidos en el numeral 3.21 (apertura del sobre No. 2) Las demás previstas en este pliego de condiciones y las que se encuentren establecidas en la normatividad vigente cuando presente invitación, es decir, se presente propuesta alternativa condicionada para la adjudicación del contrato. La no entrega de la garantía de seriedad y el recibo de pago junto con la propuestaen forma parcial.

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RECHAZO DE LAS PROPUESTAS. Son Serán causales de rechazo de las propuestas, las siguientes: Cuando al • Presentación de dos o más propuestas por el mismo proponente, bajo el mismo nombre o con nombres diferentes, por si o por interpuesta persona (en Consorcio, Unión Temporal o individualmente). • Encontrarse el proponente se le haya requerido individual o los integrantes de las propuestas conjuntas (Unión Temporal o Consorcios) incursos en alguna de las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades de que trata el artículo 8 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, Artículos 0, 0, 0, 0, 0, 00 de la Ley 1474 de 2011, y demás normas que rigen la materia o presentarse conflicto de interés. • No conformar el Consorcio o Unión Temporal con el propósito de subsanar o aclarar un documento anterioridad a la presentación de la propuesta • El Proponente que no presente oferta económica para la totalidad de los xxxxx contemplados en cada grupo, Propuesta Económica (Formato No.4 -RESUMEN ECONOMICO DE LA PROPUESTA), o cuando la propuesta sea por la totalidad de los grupos y no lo efectúe dentro del plazo indicado se incluyan todos los xxxxx señalados en el Pliego de Condiciones, o cuando habiéndose incluido no se le asigne valor, o no lo realice correctamente se cotice a totalidad de los xxxxx incluidos en la Propuesta Económica, o cuando el mismo sea modificado o alterado. • Cuando los valores de la propuesta económica superen el presupuesto oficial para cada grupo estimado o supere el presupuesto oficial total señalado en el numeral 1.4 Presupuesto Oficial y Disponibilidad Presupuestal. • Cuando la propuesta sea reciba con posterioridad a la fecha y hora fijada para el cierre del proceso. • Cuando la propuesta, o alguna autorización requerida para presentarla, o para suscribir el contrato se presente en forma subordinada al cumplimiento de cualquier condición o modalidad que represente un condicionamiento de la misma, para la adjudicación del proceso de selección o a cualquier condición distinta de la aceptación de la oferta o de acuerdo con lo solicitado, siempre que la subsanabilidad requerida sea necesaria para cumplir un requisito habilitantelas establecidas en las reglas de participación. Cuando el proponente aporte información no veraz o altere de cualquier forma algún documento original presentado. Si se establece que la persona natural, o jurídica, o miembro de proponente plural presentaron más de una propuesta, cuando se presente esta situación todas las ofertas que incurran en esta situación serán rechazadas. Modificar durante la etapa pre-contractual los porcentajes de participación de los integrantes del Consorcio o Uniones Temporales y su integración. Tener el representante legal de la persona jurídica limitaciones para comprometer a la sociedad y no contar con la autorización suficiente del órgano social. No corresponder el objeto social de las personas jurídicas con las actividades objeto del presente proceso. No cumplir las personas jurídicas con la duración exigida en el presente pliego de condiciones Estar incursa la persona jurídica proponente individual o integrante del proponente de la estructura plural se encuentre en causal de disolución o liquidación Estar incurso • Cuando el oferente de manera definitiva no cumpla con los requisitos habilitantes dentro del término adicional concedido para aportar los documentos y subsanar requisitos, siempre que fueren subsanables. Cuando el proponente habiendo sido requerido por EL ICETEX, no xxxxxxx dentro del plazo que se le indique, los documentos, información o alguno aclaraciones solicitadas. En ningún caso podrá subsanarse la falta de capacidad para presentar la propuesta. • Cuando se presenten propuestas parciales o alternativas, o condicionadas. • Cuando se compruebe que al proponente o a uno de los integrantes de las diversas formas de asociación que presente propuesta se le declaró la estructura plural caducidad administrativa de algún contrato celebrado con anterioridad, mediante acto administrativo en causal firme, durante los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha prevista para el cierre del plazo de inhabilidadpresentación de las propuestas. • Cuando EL ICETEX establezca por cualquier medio que el proponente se encuentra incluido en listas de control para el lavado de activos y financiación del terrorismo, incompatibilidad o prohibición previstas en la legislación colombiana para contrataracorde con el sistema SARLAFT y las políticas aprobadas por Junta Directiva del ICETEX. Estar reportado • Cuando el proponente o alguno de los integrantes de la estructura plural consorcios o uniones temporales, estén registrados en el Boletín de Responsables Fiscales emitido por de la Contraloría General de La República vigente a la República. Presentar el proponente o alguno fecha de los integrantes de la estructura plural, antecedentes vigentes que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado. Exceder el valor total corregido de la oferta el presupuesto oficial para el proceso. No incluir la propuesta económica para el proceso, o no estar debidamente firmada por el representante legal cierre del proponente. Adicionar, modificar, suprimir o alterar los ítems, la descripción, las unidades o cantidades establecidas en el Formulario No. 1. Presentar la oferta económica con tachaduras o enmendaduras que no esté convalidada en la forma indicada en el numeral 3.21 No consignar o no ofrecer el valor de un precio unitario u ofrecer como valor de ese precio unitario cero (0), o superar el valor unitario de algunos o algunos de los ítems ofrecidos con respecto al valor establecido para cada ítem del Presupuesto Oficial Publicado por la Entidad en el Formulario del Presupuesto Oficial. Ofrecer un porcentaje para imprevistos inferior al previsto en el presupuesto oficial (formulario No 1) de la presente Invitación. No discriminar en la oferta económica el porcentaje de AIU en la forma como lo establece el pliego de condiciones. Que se hayan modificado los valores estimados en los presupuestos oficiales, como NO MODIFICABLES O INMODIFICABLES. No corresponder la propuesta económica al presente proceso de selección. Cuando la persona natural (proponente individual el término de duración o integrante vigencia de la estructura plural) que presenta la propuesta no posea título como Ingeniero Civil sociedad, consorcio y/o Arquitecto. La inobservancia unión temporal sea inferior al término de los requisitos establecidos duración establecido en el numeral 3.21 (apertura del sobre Nopliego. 2) Las demás previstas en este pliego causales indicadas dentro xxx xxxxxx de condiciones y las que se encuentren establecidas en la normatividad vigente cuando se presente propuesta alternativa condicionada para la adjudicación del contrato. La no entrega de la garantía de seriedad y el recibo de pago junto con la propuestacondiciones.

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