Common use of REGIMEN JURIDICO Clause in Contracts

REGIMEN JURIDICO. El presente contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el art. 20 de la Ley 30/ 2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, y en cuanto a su preparación y adjudicación, se regirá por: - Las Cláusulas contenidas en este Pliego. - La legislación que regula los Patrimonios Municipales de Suelo y, en concreto, La Ley Vasca 2/2006, de 30 xx xxxxx, de Suelo y Urbanismo y Decreto 105/2.008, de 3 xx xxxxx de medidas urgentes en desarrollo de la citada Ley. - La legislación que regula el Patrimonio de las Administraciones Públicas, Ley 33/2.003, de 3 de noviembre, en lo que resulta de aplicación a las Entidades Locales. - La legislación especifica sobre bienes de las Entidades Locales, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1996 de 13 xx xxxxx. - Ley 30/ 2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público por remisión de las normas anteriores. - La Ley de Bases de Régimen Local de 2 xx Xxxxx de 1985 modificado por la Ley 11/1999 de 21 xx Xxxxx y Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx Xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. - Restantes Normas de Derecho Administrativo. En cuanto a sus efectos y extinción se regirá, además de por lo dispuesto en este Pliego, por las Normas de Derecho Privado.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Enajenacion, Mediante Procedimiento Abierto Y La Forma De Subasta, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Enajenacion, Mediante Procedimiento Abierto Y La Forma De Subasta, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Enajenacion, Mediante Procedimiento Abierto Y La Forma De Concurso

REGIMEN JURIDICO. El presente contrato contrato, que con base en este Pliego se realice, tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el art. 20 de la Ley 30/ 2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Públicoadministrativo, y en cuanto a su preparación y adjudicación, se regirá porregirá: - Las Cláusulas Por las cláusulas contenidas en este PliegoPliego de Cláusulas Administrativas Particulares y las contenidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas. - La legislación que regula los Patrimonios Municipales de Suelo y, en concreto, La Ley Vasca 2/2006, de 30 xx xxxxx, de Suelo y Urbanismo y Decreto 105/2.008, de 3 xx xxxxx de medidas urgentes en desarrollo de la citada Ley. - La legislación que regula Por el Patrimonio de las Administraciones Públicas, Ley 33/2.003, de 3 de noviembre, en lo que resulta de aplicación a las Entidades Locales. - La legislación especifica sobre bienes de las Entidades Locales, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1996 de 13 xx xxxxx. - Ley 30/ 2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público por remisión de las normas anteriores. - La Ley de Bases de Régimen Local de 2 xx Xxxxx de 1985 modificado por la Ley 11/1999 de 21 xx Xxxxx y Real Decreto Legislativo 781/19863/2011, de 18 xx Xxxxx14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público - Por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las disposiciones legales vigentes en materia Administraciones Públicas. - Por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx Xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Por la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local. - Restantes Normas Por cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación tanto en el ámbito estatal como de Derecho Administrativola Comunidad Autónoma de Euskadi y que resulten aplicables a la misma. En cuanto a sus efectos caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y extinción se regiráel resto de la documentación técnica unida al expediente, además de por prevalecerá lo dispuesto en este Pliego, por las Normas de Derecho Privado.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Han De Regir La Contratación, Mediante Procedimiento Abierto Con Diversidad Criterios De Adjudicacion, Consistente en El “Suministro Y Disparo De Espectaculos De Fuegos Artificiales, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratación, Mediante Procedimiento Abierto Con Diversos De Criterios , Del Servicio De Retransmision Y Publicacion De Plenos Municipales, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Adjudicacion Del Contrato Administrativo Consistente en El Suministro De Material De Imprenta

REGIMEN JURIDICO. El presente contrato contrato, que con base en este Pliego se realice, tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el art. 20 de la Ley 30/ 2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Públicoadministrativo, y en cuanto a su preparación y adjudicación, se regirá porregirá: - Las Cláusulas Por las cláusulas contenidas en este PliegoPliego de Cláusulas Administrativas Particulares y las contenidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas. - La legislación que regula los Patrimonios Municipales Por la Directiva 2014/24/UE, de Suelo y26 de febrero de 2014, sobre contratación pública, en concreto, La Ley Vasca 2/2006, todo aquello que se de 30 xx xxxxx, de Suelo y Urbanismo y Decreto 105/2.008, de 3 xx xxxxx de medidas urgentes en desarrollo de la citada Leydirecta aplicación . - La legislación que regula Por el Patrimonio de las Administraciones Públicas, Ley 33/2.003, de 3 de noviembre, en lo que resulta de aplicación a las Entidades Locales. - La legislación especifica sobre bienes de las Entidades Locales, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1996 de 13 xx xxxxx. - Ley 30/ 2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público por remisión de las normas anteriores. - La Ley de Bases de Régimen Local de 2 xx Xxxxx de 1985 modificado por la Ley 11/1999 de 21 xx Xxxxx y Real Decreto Legislativo 781/19863/2011, de 18 xx Xxxxx14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público - Por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las disposiciones legales vigentes en materia Administraciones Públicas. - Por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx Xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Por la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local. - Restantes Normas Por cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación tanto en el ámbito estatal como de Derecho Administrativola Comunidad Autónoma de Euskadi y que resulten aplicables a la misma. En cuanto a sus efectos caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y extinción se regiráel resto de la documentación técnica unida al expediente, además de por prevalecerá lo dispuesto en este Pliego, por las Normas de Derecho Privado.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratación, Mediante Procedimiento Abierto Con Diversos De Criterios De Adjudicacion , Del Servicio De Mantenimiento De Los Ascensores, Escaleras Y Rampas Mecanicas Del Ayuntamiento De Portugalete, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratación, Mediante Procedimiento Abierto Con Diversos De Criterios De Adjudicacion , Del Servicio De Mantenimiento De Las Areas De Juegos Infantiles, Areas De Aparatos Biosaludables Y Equipamiento Deportivo Situados en La Via

REGIMEN JURIDICO. El presente contrato, que con base en este Pliego tiene la consideración de contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el art. 20 de la Ley 30/ 2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Públicoprivado, y en cuanto a su preparación y adjudicación, se regirá porregirá: - Las Cláusulas contenidas en este Pliego. - La legislación que regula los Patrimonios Municipales de Suelo y, en concreto, La Ley Vasca 2/2006, de 30 xx xxxxx, de Suelo y Urbanismo y Decreto 105/2.008, de 3 xx xxxxx de medidas urgentes en desarrollo de la citada Ley. - La legislación que regula Por el Patrimonio de las Administraciones Públicas, Ley 33/2.003, de 3 de noviembre, en lo que resulta de aplicación a las Entidades Locales. - La legislación especifica sobre bienes de las Entidades Locales, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1996 de 13 xx xxxxx. - Ley 30/ 2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público por remisión de las normas anteriores. - La Ley de Bases de Régimen Local de 2 xx Xxxxx de 1985 modificado por la Ley 11/1999 de 21 xx Xxxxx y Real Decreto Legislativo 781/1986, 781/1986 de 18 xx Xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. - Restantes Normas Por la Ley 33/2003 de Derecho Administrativo3 de noviembre de Patrimonio de las AA. PP., en lo que resulta aplicable a las Entidades Locales. - Por el Reglamento de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1373/2009 de 28 xx xxxxxx, en lo que resulta aplicable a las Entidades Locales. - Por el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986 de 13 xx xxxxx. - Por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público . ( artículo 4 y Disposición Adicional segunda) - Por cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación tanto a nivel estatal como de la Comunidad Autónoma de Euskadi y que resulten aplicables en el ámbito de la misma. - En cuanto a sus efectos y extinción extinción, se regirá, además de regirá por lo dispuesto en este Pliego, por las Normas los artículos pertinentes del Código Civil y demás disposiciones de Derecho Privado.

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Samples: www.portugalete.org, www.portugalete.org

REGIMEN JURIDICO. El presente contrato tiene contrato, que con base en este Pliego se realice, tendrá carácter privado administrativo, de conformidad con lo dispuesto previsto en el art. 20 artículo 19.1 de la Ley 30/ 2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, y en cuanto a su preparación y adjudicación, se regirá porregirá: - Las Cláusulas Por las cláusulas contenidas en este PliegoPliego y las especificaciones xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, que forman parte integrante del mismo. - La legislación que regula los Patrimonios Municipales de Suelo y, en concreto, La Por la Ley Vasca 2/2006, de 30 xx xxxxx, de Suelo y Urbanismo y Decreto 105/2.008, de 3 xx xxxxx de medidas urgentes en desarrollo de la citada Ley. - La legislación que regula el Patrimonio de las Administraciones Públicas, Ley 33/2.003, de 3 de noviembre, en lo que resulta de aplicación a las Entidades Locales. - La legislación especifica sobre bienes de las Entidades Locales, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1996 de 13 xx xxxxx. - Ley 30/ 200730/2007, de 30 de octubre octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP). - Por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por remisión el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las normas anteriores. Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP), en tanto continúe vigente.. - La Por la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local de 2 xx Xxxxx de 1985 modificado por la Ley 11/1999 de 21 xx Xxxxx y el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx Xxxxxxxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, en cuanto no se oponga a lo establecido en el citado TRLCAP. - Restantes Normas Por cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación tanto a nivel estatal como de Derecho Administrativola Comunidad Autónoma de Euskadi y que resulten aplicables en el ámbito de la misma. En cuanto a sus efectos caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y extinción se regiráel resto de la documentación técnica unida al expediente, además de por prevalecerá lo dispuesto en este Pliego, por las Normas de Derecho Privado.

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Samples: Contrato De Servicios, Contrato De Servicios

REGIMEN JURIDICO. El presente contrato tiene carácter privado La Comunidad de conformidad Madrid de acuerdo con lo dispuesto en el art. 20 artículo 26.3.1.4 de la Ley 30/ 2007Organica 3/1983, de 30 25 de octubre febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con las bases y la Ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado, en los términos dispuestos en los artículos 38, 131 y en las materias 110 y 130 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución, ostenta competencia exclusiva en materias de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0981587466523405608738 La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, a través de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, es la competente en materia de protección y bienestar animal, de acuerdo con el Decreto 84/2018, de 5 xx xxxxx, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, el Decreto 59/2018, de 24 xx xxxx, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid y el Decreto 58/2018, de 21 xx xxxx, del Presidente de la Comunidad de Madrid, el cual establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. Asimismo, la competencia atribuida a la Comunidad de Madrid en relación al Servicio que se contrata, se encuentra establecida en la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los animales de compañía de la Comunidad de Madrid, que, en su art. 20, establece que corresponde a los Ayuntamientos recoger los animales que sean vagabundos o que estén extraviados, e ingresarlos en los centros de acogida de animales. En su punto 2, establece que los municipios de menos de 5.000 habitantes que no dispongan de medios para ejercer su competencia para la recogida y mantenimiento, podrán suscribir convenios de colaboración en esta materia con la Comunidad de Madrid. La Comunidad de Madrid se encargará de la recogida de los animales extraviados, vagabundos y abandonados de estos municipios para su alojamiento en el Centro Integral de Acogida de Animales de la Comunidad (CIAAM), centro para el que se contrata la gestión. La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio no puede prestar con sus propios medios este Servicio, ya que carece de recursos humanos suficientes y adecuados para la correcta gestión y funcionamiento de un Centro de Acogida de Animales de tales características, por lo que ha de recurrir a una contratación externa para su ejecución. Por todo ello, y al amparo de lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y en cuanto se procede a su preparación y adjudicación, se regirá por: - Las Cláusulas contenidas en este Pliegoelaborar el presente Pliego de Prescripciones Técnicas de contrato de servicios. - La legislación que regula los Patrimonios Municipales De acuerdo con el artículo 202 de Suelo y, en concreto, La la Ley Vasca 2/20069/2017, de 30 xx xxxxx, de Suelo y Urbanismo y Decreto 105/2.008, de 3 xx xxxxx de medidas urgentes en desarrollo de la citada Ley. - La legislación que regula el Patrimonio de las Administraciones Públicas, Ley 33/2.003, de 3 8 de noviembre, se establece, como condición especial de ejecución de tipo medioambiental, la correcta eliminación de cadáveres y el uso de envases específicos para eliminación de productos biosanitarios. Igualmente, los residuos generados de la limpieza de las instalaciones y de los animales alojados, serán tratados mediante los métodos menos lesivos para el medio ambiente a través de entidades especializadas en lo el tratamiento, destrucción y en su caso, transformación de los mismos para su uso con fines medioambientales. Esta condición especial de ejecución será exigida igualmente a todos los subcontratistas que resulta participen de aplicación la ejecución del contrato. En caso de incumplimiento de la condición medioambiental establecida, al tener carácter de obligación esencial, causará resolución del contrato conforme a las Entidades Locales. - La legislación especifica sobre bienes causas previstas en el Artículo 211 de las Entidades Locales, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1996 de 13 xx xxxxx. - Ley 30/ 2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público por remisión de las normas anteriores. - La Ley de Bases de Régimen Local de 2 xx Xxxxx de 1985 modificado por la Ley 11/1999 de 21 xx Xxxxx y Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx Xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. - Restantes Normas de Derecho Administrativo. En cuanto a sus efectos y extinción se regirá, además de por lo dispuesto en este Pliego, por las Normas de Derecho Privado9/2017.

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Samples: www.madrid.org

REGIMEN JURIDICO. El presente contrato tiene por tanto carácter privado Administrativo Especial (consultoría, obra y adjudicación de conformidad con lo dispuesto en el art. 20 de la Ley 30/ 2007, de 30 de octubre de Contratos suelo) conforme artículo 19.1.b) del Sector PúblicoTRLCSP, y se regirá en cuanto a su preparación preparación, adjudicación, efectos y adjudicaciónextinción por las normas de Derecho Administrativo. En lo no previsto en este Pliego, se regirá por: - Las Cláusulas contenidas por lo establecido en este Pliego. - La legislación que regula los Patrimonios Municipales de Suelo y, en concreto, La Ley Vasca 2/2006, de 30 xx xxxxx, de Suelo y Urbanismo y Decreto 105/2.008, de 3 xx xxxxx de medidas urgentes en desarrollo de la citada Ley. - La legislación que regula el Patrimonio de las Administraciones Públicas, Ley 33/2.003, de 3 de noviembre, en lo que resulta de aplicación a las Entidades Locales. - La legislación especifica sobre bienes de las Entidades Locales, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1996 de 13 xx xxxxx. - Ley 30/ 2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público por remisión de las normas anteriores. - La Ley de Bases de Régimen Local de 2 xx Xxxxx de 1985 modificado por la Ley 11/1999 de 21 xx Xxxxx y Real Decreto Legislativo 781/19863/2011, de 18 xx Xxxxx14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico • Anexo I modelo proposición económica de adquisición de las disposiciones legales vigentes parcelas. • Anexo II. modelo proposición económica del coste de las obras. • Xxxxx XXX modelo proposición económica de honorarios de redacción del proyecto técnico, del estudio de Xxxxxxxxx y Salud, honorarios de los trabajos facultativos de dirección e inspección y de coordinación de seguridad y salud, control de calidad, etc D./Xx con domicilio en materia Provincia de Régimen Local. - Restantes Normas , y NIF en plena posesión de Derecho Administrativo. En cuanto su capacidad jurídica y de obrar, actuando en nombre propio (o en representación de , con CIF , y domicilio fiscal en , conforme acredito con poder bastanteado) enterado del anuncio publicado en el B.O.P. xx Xxxx, del día de , de ' y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de “ENAJENACION DE PARCELAS CLASIFICADAS COMO BIENES PATRIMONIALES DEL AYUNTAMIENTO DE CARRACEDELO, CON LA FINALIDAD DE SU URBANIZACION, Y SIMULTANEA CONSTRUCCION Y PROMOCION DE 38 VIVIENDAS DE PROTECCION OFICIAL EN EL NÚCLEO DE POSADA DEL BIERZO” , se compromete en nombre de a sus efectos su adquisición, con estricta sujeción a los expresado requisitos y extinción se regirá, además de por lo dispuesto en este Pliegocondiciones, por la cantidad de En a _ de de Fdo.: _ D./Xx con domicilio en Provincia de , y NIF en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, actuando en nombre propio (o en representación de , con CIF , y domicilio fiscal en , conforme acredito con poder bastanteado) enterado del anuncio publicado en el B.O.P. xx Xxxx, del día de , de ' y de las Normas condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de Derecho Privado“ENAJENACION DE PARCELAS CLASIFICADAS COMO BIENES PATRIMONIALES DEL AYUNTAMIENTO DE CARRACEDELO, CON LA FINALIDAD DE SU URBANIZACION, Y SIMULTANEA CONSTRUCCION Y PROMOCION DE 38 VIVIENDAS DE PROTECCION OFICIAL EN EL NÚCLEO DE POSADA DEL BIERZO” , se compromete en nombre de a ejecutar el objeto del contrato, con estricta sujeción a los expresado requisitos y condiciones, asumiendo la ejecución a su xxxxx de las obras de edificación y urbanización por la cantidad de En a _ de de Fdo.: _ D./Xx con domicilio en Provincia de , y NIF en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, actuando en nombre propio (o en representación de , con CIF , y domicilio fiscal en , conforme acredito con poder bastanteado) enterado del anuncio publicado en el B.O.P. xx Xxxx, del día de , de ' y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de “ENAJENACION DE PARCELAS CLASIFICADAS COMO BIENES PATRIMONIALES DEL AYUNTAMIENTO DE CARRACEDELO, CON LA FINALIDAD DE SU URBANIZACION, Y SIMULTANEA CONSTRUCCION Y PROMOCION DE 38 VIVIENDAS DE PROTECCION OFICIAL EN EL NÚCLEO DE POSADA DEL BIERZO” , se compromete en nombre de a ejecutar el objeto del contrato, con estricta sujeción a los expresado requisitos y condiciones, asumiendo a su xxxxx los honorarios de redacción del proyecto técnico, del estudio de Seguridad y Salud, honorarios de los trabajos facultativos de dirección e inspección y de coordinación de seguridad y salud, control de calidad, etc..por la cantidad de En a _ de de

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Que Han De Regir El Procedimiento Para La Enajenacion De Parcelas Clasificadas Como Bienes Patrimoniales Del Ayuntamiento De Carracedelo, Con La Finalidad De Su Urbanizacion, Y Simultanea Construccion Y Promocion De 38 Viviendas De Proteccion Oficial en El Núcleo De Posada Del Bierzo

REGIMEN JURIDICO. El presente Este contrato tiene carácter privado administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el art. 20 artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley 30/ 2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , c/ , n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad , con CIF n.º , a efectos de su participación en la licitación para la CONTRATACIÓN DE LOS DIFERENTES SERVICIOS TECNICOS PARA EL CENTRO DE ATENCION INFANTIL TEMMPRANA. DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: pliegos de Clausulas Administrativas y Prescripciones Técnicas conoce y acepta en cuanto a su preparación y adjudicación, se regirá por: - Las Cláusulas contenidas en este Pliegointegridad. - La legislación que regula los Patrimonios Municipales de Suelo — Que posee personalidad jurídica y, en concretosu caso, La Ley Vasca 2/2006representación. — Que está en posesión de los requisitos de solvencia económica y financiera, así como técnica y profesional establecidos en el Pliego de 30 xx xxxxx, Clausulas Administrativas. — Que no está incurso en una prohibición para contratar de Suelo y Urbanismo y Decreto 105/2.008, de 3 xx xxxxx de medidas urgentes las recogidas en desarrollo el artículo 60 del Texto Refundido de la citada Ley. - La legislación que regula el Patrimonio de las Administraciones Públicas, Ley 33/2.003, de 3 de noviembre, en lo que resulta de aplicación a las Entidades Locales. - La legislación especifica sobre bienes de las Entidades Locales, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1996 de 13 xx xxxxx. - Ley 30/ 2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por remisión las disposiciones vigentes. — Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las normas anterioresincidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. - La Ley (En el caso de Bases empresas extranjeras) — Que la dirección de Régimen Local correo electrónico en que efectuar notificaciones es Y para que conste, firmo la presente declaración. En , a de 2 de 20 . D. , con domicilio en X/ xxx. xx Xxxxx , xxx xxxxx capacidad de 1985 modificado obrar, en nombre propio ( o en representación de -- Táchese lo que no proceda -, enterado del expediente para la CONTRATACIÓN DE LOS DIFERENTES SERVICIOS TECNICOS PARA EL CENTRO DE ATENCION INFANTIL TEMMPRANA, hago constar que conozco los pliegos de clausulas administrativas y prescripciones técnicas que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el precio de licitación establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas que se fija en la Ley 11/1999 de 21 xx Xxxxx y Real Decreto Legislativo 781/1986, cantidad de 18 xx Xxxxx€/hora, por el incluidos todos los impuestos, tasas, etc. que se aprueba el Texto Refundido le puedan ser de las disposiciones legales vigentes en materia aplicación, lo que asciende a un total de Régimen Local. - Restantes Normas de Derecho Administrativo94.860,00 EUROS. En cuanto a sus efectos y extinción se regirálos criterios de adjudicación, además oferta la realización de por lo dispuesto en este Pliegoun total de En , por las Normas a de Derecho Privadode 20 .

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratacion De Los Servicios Tecnicos

REGIMEN JURIDICO. El presente contrato, que con base en este Pliego se realice, tendrá naturaleza de contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el art. 20 de la Ley 30/ 2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Públicoprivado, y en cuanto a su preparación y adjudicación, se regirá porregirá: - Las Cláusulas Por las cláusulas contenidas en este Pliego. - La legislación que regula los Patrimonios Municipales de Suelo y, en concreto, La Por la Ley Vasca 2/20067/1985, de 30 2 xx xxxxx, Reguladora de Suelo y Urbanismo y Decreto 105/2.008, las Bases de 3 xx xxxxx de medidas urgentes en desarrollo de la citada LeyRégimen Local. - La legislación que regula Por el Patrimonio de las Administraciones Públicas, Ley 33/2.003, de 3 de noviembre, en lo que resulta de aplicación a las Entidades Locales. - La legislación especifica sobre bienes de las Entidades Locales, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1996 1372/1986, de 13 xx xxxxx. - Por la Ley 30/ 2007, 33/2003 de 30 3 de octubre noviembre de Contratos del Sector Público por remisión Patrimonio de las normas anterioresAA. PP., en lo que resulta aplicable a las Entidades Locales. - La Por el Reglamento de la Ley de Bases Patrimonio de Régimen Local las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1373/2009 de 2 28 xx Xxxxx de 1985 modificado por la Ley 11/1999 de 21 xx Xxxxx y xxxxxx, en lo que resulta aplicable a las Entidades Locales. - Por el Real Decreto Legislativo 781/19863/2011, de 18 xx Xxxxx14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes la Ley de Contratos del Sector Público (en materia de Régimen Localadelante TRLCSP). - Restantes Normas Por el Real Decreto 1098/2001, de Derecho Administrativo12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP), en tanto continúe vigente. - Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (XXX). - Por cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación tanto a nivel estatal como de la Comunidad Autónoma de Euskadi y que resulten aplicables en el ámbito de la misma. - En cuanto a sus efectos y extinción extinción, se regirá, además de regirá por lo dispuesto en este Pliego, por las Normas los artículos pertinentes del Código Civil y demás disposiciones de Derecho Privado.

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Samples: www.portugalete.org

REGIMEN JURIDICO. El presente contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el art. 20 de la Ley 30/ 2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, administrativo y en cuanto a su preparación y adjudicación, se regirá por: - Las Cláusulas cláusulas contenidas en este Pliegopliego, conformadas con las especificaciones de su Carátula y en el Pliego de Prescripciones Técnicas. - La legislación que regula los Patrimonios Municipales de Suelo y, en concreto, La Ley Vasca 2/20069/2017, de 30 xx xxxxx8 de noviembre, de Suelo y Urbanismo y Contratos del Sector Público (LCSP). - El Real Decreto 105/2.0081098/2001, de 3 xx xxxxx 12 de medidas urgentes en desarrollo octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la citada Ley. - La legislación que regula el Patrimonio Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, Ley 33/2.003, de 3 de noviembre, en lo que resulta de aplicación a las Entidades LocalesPúblicas (RGLCAP). - La legislación especifica sobre bienes de las Entidades Locales, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1996 817/2009 de 13 xx xxxxx. - desarrollo parcial de la Ley 30/ 2007, 30/2007 de 30 de octubre de la Ley de Contratos del Sector Público por remisión de las normas anterioresPúblico. - La Ley de Bases de Régimen Local Local, de 2 xx Xxxxx xxxxx de 1985 modificado por la Ley 11/1999 de 21 xx Xxxxx 1987 y el Real Decreto Legislativo 781/1986781/86, de 18 xx Xxxxx, xxxxx por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen LocalLocal (LBRL). - Restantes Normas Cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación, tanto a nivel estatal como autonómico y local, y que resulten aplicables al ámbito local. - Con carácter supletorio, se aplicarán las restantes normas de Derecho AdministrativoAdministrativo y, en su defecto, las normas de Derecho Privado. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos al mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole dictados por la Administración que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al empresario de la obligación de su cumplimiento. En cuanto a sus efectos caso de discrepancia entre el presente pliego y extinción el resto de documentación que reviste carácter contractual, prevalecerá el presente pliego. Cuando la discordancia se regirá, además produzca entre los documentos que integran el proyecto se estará al orden de por prelación que fije el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares que integra aquél. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en este Pliego, por las Normas el artículo 27.1 de Derecho Privadola LCSP.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir El Contrato De Las Obras De Ejecucion De Cubierta De Zona De Juegos Infantiles en Armintza a Adjudicar Por Procedimiento Abierto Simplificado

REGIMEN JURIDICO. El presente contrato tiene carácter privado naturaleza jurídica de conformidad con concesión administrativa de dominio público, consistente en el uso privativo de un bien de dominio público. En todo lo no previsto en este pliego, se estará a lo dispuesto en el art. 20 de la Ley 30/ 2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, y en cuanto a su preparación y adjudicación, se regirá por: - Las Cláusulas contenidas en este Pliego. - La legislación que regula los Patrimonios Municipales de Suelo y, en concreto, La Ley Vasca 2/2006, de 30 xx xxxxx, de Suelo y Urbanismo y Decreto 105/2.008, de 3 xx xxxxx de medidas urgentes en desarrollo de la citada Ley. - La legislación que regula el Patrimonio de las Administraciones Públicas, Ley 33/2.003, 33/2003 de 3 de noviembre, LPAP, en lo aquellos preceptos que resulta sean de aplicación a las Entidades Locales. - La legislación especifica sobre bienes de las Entidades Localescarácter básico, en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1996 Locales de 13 xx xxxxx. - Ley 30/ 2007xxxxx de 1986, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público por remisión de las normas anteriores. - La Ley de Bases de Régimen Local en la ley 7/1985, de 2 xx Xxxxx xxxxx, reguladora de 1985 modificado por la Ley 11/1999 las bases de 21 xx Xxxxx y Régimen Local; en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx Xxxxxxxxxx, por el que se aprueba aprueban el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. - Restantes Normas , Ley 8/2010, de Derecho Administrativo23 xx xxxxx, de Régimen Local de la Comunidad Valenciana, Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y en defecto de esta normativa, se aplicarán las reglas generales del derecho administrativo y, en su defecto, las normas del derecho privado. En cuanto a sus efectos y extinción las posibles responsabilidades penales se regirá, además de por estará a lo dispuesto en este Pliegoel artículo 262 del Código Penal que tipifica las conductas delictivas tendentes a alterar el precio en las licitaciones públicas. Xxxxx Xxxx Xxxxx La entidad (razón social de la entidad financiera) con C.I.F. domiciliada en y en su nombre Que (nombre y apellidos de la persona física o denominación social de la persona jurídica) con N.I.F. o C.I.F. domiciliada en de Que según los antecedentes obrantes en esta entidad, el mencionado licitador tiene suficiente solvencia económica y financiera para contratar con el Excmo. Ayuntamiento de Castellón de la Plana la concesión administrativa de los puestos del Mercado de San Xxxxxxx de propiedad municipal, con un tipo de licitación de 422,88 euros anuales y un plazo de duración de la concesión xx xxxx años. Y para que así conste y surta los efectos oportunos ante donde sea procedente, expido la presente en a de de 2012. D./Xx. , mayor de edad, con domicilio en , con N.I.F. nº Asimismo, declara que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con el Excmo. Ayuntamiento de Castellón de la Plana y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. , a de de Fdo.: - MODELO LICITADOR PERSONA JURÍDICA: D./Xx. , mayor de edad, con domicilio en , con N.I.F. nº , con C.I.F. nº , declara que la mercantil a la que representa no se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones de contratar, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido la Ley de Contratos del Sector Público. Asimismo, declara que la indicada mercantil se halla al corriente en el cumplimiento de las Normas obligaciones tributarias con el Estado, con el Excmo. Ayuntamiento de Derecho PrivadoCastellón de la Plana y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. , a de de Fdo.: D con N.I.F. en nombre propio o en representación de ……………… , C.I.F. autoriza al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx a solicitar de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones con ambos organismos, para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos para contratar con este Ayuntamiento la concesión administrativa de los puestos xxx Xxxxxxx Municipal San Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx. La presente autorización se otorga exclusivamente a los efectos de la adjudicación de la citada concesión y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 95.1 K) de la Ley 58/2003, General Tributaria que permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones, así como lo previsto en el artículo 14.2.b del Real Decreto 209/2003, sobre la obtención de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social. La presente autorización comporta el conocimiento y aceptación de las condiciones que rigen la cesión de datos conforme a las previsiones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento de Medidas de Seguridad de Ficheros Automatizados que contengan datos de Carácter Personal, aprobado por el real decreto 944/1999, de 11 xx xxxxx. Fecha y firma del licitador o de su representante y sello de la empresa. , con C.I.F. nº , declara que la plantilla de la mercantil a la que representa está constituida por personas, de las cuales son mujeres y son hombres. Asimismo, declara que la indicada mercantil ofrece las siguientes medidas de conciliación: , a de de Fdo.: D./Xx. , con N.I.F. nº , en nombre propio o en representación de , como (señalar facultades de representación), , con domicilio en datos presentados en el sobre para la concesión administrativa de los puestos del Mercado de San Xxxxxxx de propiedad municipal, que considera de carácter confidencial son los que a continuación se relacionan: Y para que conste, firmo esta declaración responsable. , a de de Fdo.:

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Regulador De La Concesión Administrativa De Los Puestos Del Mercado Municipal De San Antonio

REGIMEN JURIDICO. El presente contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en convenio que se realice, se regirá: - Por las presentes bases y por las condiciones técnicas, que forman parte integrante del mismo. - Por el art. 20 de la Ley 30/ 2007Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre Octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Contratos del Sector Público, y en cuanto a su preparación y adjudicación, se regirá por: - Las Cláusulas contenidas en este Pliegola Ley General de la Seguridad Social. - La legislación que regula los Patrimonios Municipales de Suelo y, en concreto, La Por la Ley Vasca 2/200635/2014, de 30 xx xxxxx26 de diciembre, por la que se modifica el TRLGSS en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. - Por el Real Decreto 1993/1995, de Suelo 7 de diciembre, por el que se aprobó el Reglamento General sobre colaboración en la gestión de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Urbanismo y Decreto 105/2.008, de 3 xx xxxxx de medidas urgentes en desarrollo Enfermedades profesionales de la citada Ley. - La legislación que regula el Patrimonio Seguridad Social, modificada por Reales Decretos 250/97 de las Administraciones Públicas, Ley 33/2.003, 21 de 3 Febrero y 576/97 de noviembre, en lo que resulta de aplicación a las Entidades Locales. - La legislación especifica sobre bienes de las Entidades Locales, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1996 de 13 18 xx xxxxx. - Por la Ley 30/ 20073/1995, de 30 8 de octubre noviembre, de Contratos Prevención de Riesgos laborales. - Por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprobó el Reglamento de Servicios de prevención. - Por el Real Decreto 1630/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la prestación de servicios sanitarios y de recuperación por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social. - Por la Orden del Sector Público Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 22 xx xxxxx de 1997, que regula el régimen de funcionamiento en el desarrollo de actividades de prevención de riesgos laborales. - Por la Orden ESS/184/2012, de 2 de febrero, por remisión la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2012. - Disposición Adicional Cuarta de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre. - Por la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las normas anteriores. - La Ley de Bases de Régimen Local de 2 xx Xxxxx de 1985 modificado por la Ley 11/1999 de 21 xx Xxxxx y el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx Xxxxxxxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, en cuanto no se oponga a lo establecido en el citado TRLCAP. - Restantes Normas Por el R.D. Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley Contratos del Sector Público –TRLCSP-. - Por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP), en tanto continúe vigente. - Supletoriamente regirán las restantes normas del Derecho AdministrativoAdministrativo y en su defecto las del Derecho Privado. En cuanto a sus efectos y extinción se regirácaso de contradicción con el resto de la documentación técnica unida al expediente, además de por prevalecerá lo dispuesto en este Pliego, por las Normas de Derecho Privadoestas bases.

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REGIMEN JURIDICO. El presente contrato tiene carácter privado naturaleza jurídica de conformidad con concesión administrativa de dominio público, consistente en el uso privativo de un bien de dominio público. En todo lo no previsto en este pliego, se estará a lo dispuesto en el art. 20 de la Ley 30/ 2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, y en cuanto a su preparación y adjudicación, se regirá por: - Las Cláusulas contenidas en este Pliego. - La legislación que regula los Patrimonios Municipales de Suelo y, en concreto, La Ley Vasca 2/2006, de 30 xx xxxxx, de Suelo y Urbanismo y Decreto 105/2.008, de 3 xx xxxxx de medidas urgentes en desarrollo de la citada Ley. - La legislación que regula el Patrimonio de las Administraciones Públicas, Ley 33/2.003, 33/2003 de 3 de noviembre, LPAP, en lo aquellos preceptos que resulta sean de aplicación a las Entidades Locales. - La legislación especifica sobre bienes carácter básico, en la Ley 8/2010 de las Entidades Locales23 xx xxxxx, de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana, en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1996 Locales de 13 xx xxxxx. - Ley 30/ 2007xxxxx de 1986, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público por remisión de las normas anteriores. - La Ley de Bases de Régimen Local en la ley 7/1985, de 2 xx Xxxxx xxxxx, reguladora de 1985 modificado por la Ley 11/1999 las bases de 21 xx Xxxxx y Régimen Local; en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx Xxxxxxxxxx, por el que se aprueba aprueban el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. - Restantes Normas Local y en defecto de Derecho Administrativoesta normativa, se aplicarán las reglas generales del derecho administrativo y, en su defecto, las normas del derecho privado. En cuanto a sus efectos y extinción las posibles responsabilidades penales se regirá, además de por estará a lo dispuesto en este Pliegoel artículo 262 del Código Penal que tipifica las conductas delictivas tendentes a alterar el precio en las licitaciones públicas. Conforme, La Jefa de Sección de Patrimonio y Contratación, Fdo.: Xxxxx Xxxx Xxxxx La entidad (razón social de la entidad financiera) con C.I.F. domiciliada en y en su nombre INFORMAN Que (nombre y apellidos de la persona física o denominación social de la persona jurídica) con N.I.F. o C.I.F. domiciliada en de Que según los antecedentes obrantes en esta entidad, el mencionado licitador tiene suficiente solvencia económica y financiera para contratar con el Ayuntamiento de Castellón de la Plana la concesión administrativa del uso privativo para la explotación comercial de los elementos adscritos al servicio xx xxxxxxxx de bicicletas de uso publico. Y para que así conste y surta los efectos oportunos ante donde sea procedente, expido la presente en a de de . D/Dña. (nombre y apellidos) , con xxxxxxxxx en código postal , provisto de D.N.I. (o documento que reglamentariamente le sustituya) número , actuando en su propio nombre y derecho o en representación de (identificación de la persona que representa) , con C.I.F. (o documento que reglamentariamente le sustituya) número , y domicilio en calle/plaza/avenida , código postal , localidad , por su calidad de (apoderado, administrador, etc..) , al objeto de participar en la contratación de referencia, DECLARA bajo su responsabilidad (señálese lo que proceda) Que los datos y circunstancias acreditados mediante certificación de fecha , de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana/Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado se encuentran vigentes, así como las Normas circunstancias que sirvieron de Derecho Privado.base para la obtención de la referida certificación, sin que se encuentre pendiente ninguna variación de datos o circunstancias reflejadas en los documentos confiados al mismo. Que los datos y circunstancias acreditados mediante certificación de fecha , de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana/Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado se encuentran vigentes, así como las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la referida certificación, excepto en lo que a continuación se indica, según se acredita mediante los documentos que se adjuntan a la presente declaración:

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratacion De La Concesión Del Uso Privativo