REGLAS DE INTERPRETACIÓN. Para la interpretación de las Bases de Licitación y del Contrato de Gestión y Operación, se deberán considerar las siguientes Reglas: 2.5.1 Corresponde a la Secretaría interpretar las disposiciones contenidas en las Bases de Licitación. 2.5.2 Los términos definidos que se establecen en estas Bases de Licitación aplicarán tanto en singular como en plural. Cuando el contexto así lo requiera, cualquier pronombre incluirá la forma masculina, femenina o neutral correspondiente. 2.5.3 Si existiera alguna discrepancia o confusión en el significado de algún término definido en las Bases de Licitación, prevalecerá para efectos de interpretación el significado establecido en la Ley de la Industria Eléctrica, su Reglamento, el Contrato de Gestión y Operación o las Bases de Licitación, en ese orden. 2.5.4 Salvo indicación en contrario, los días señalados en las Bases de Licitación se entenderán como Días; y cuando se haga referencia a año, éste se entenderá como año calendario. 2.5.5 En caso de discrepancias entre dos o más documentos, se aplicarán las reglas siguientes: 1. Entre la información de la Convocatoria y las Bases de Licitación, prevalecerán las Bases de Licitación. 2. Entre las versiones electrónicas emitidas por la Secretaría y cualquier impresión de las Bases de Licitación, prevalecerán las versiones electrónicas emitidas por la Secretaría a través del Sitio Web. 3. Entre dos versiones electrónicas emitidas por la Secretaría, prevalecerá la más reciente. 4. Entre las Bases de Licitación y el proyecto de Contrato de Gestión y Operación y sus Anexos prevalecerá el proyecto de Contrato de Gestión y Operación y sus Anexos. 5. Entre las Bases de Licitación y los Anexos que forman parte de las mismas, prevalecerán las Bases de Licitación. 2.5.6 Salvo disposición en contrario, todas las referencias aquí contenidas a secciones, bases, numerales, literales, párrafos, incisos, subincisos, formatos o anexos se entienden como aquellos referidos en las Bases de Licitación.
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Samples: Bases De Licitación, Bases De Licitación, Bases De Licitación
REGLAS DE INTERPRETACIÓN. Para efectos de la interpretación y aplicación de las Bases de Licitación los términos, declaraciones, condiciones y del Contrato de Gestión y Operación, se deberán considerar las siguientes Reglas:
2.5.1 Corresponde a la Secretaría interpretar las disposiciones contenidas demás estipulaciones contenidos en las Bases de Licitación.
2.5.2 Los términos definidos que se establecen en estas Bases de Licitación aplicarán tanto en singular como en plural. Cuando el contexto así lo requiera, cualquier pronombre incluirá la forma masculina, femenina o neutral correspondiente.
2.5.3 Si existiera alguna discrepancia o confusión en el significado de algún término definido en las Bases de Licitación, prevalecerá para efectos de interpretación el significado establecido en la Ley de la Industria Eléctrica, su Reglamento, el Contrato de Gestión y Operación o las Bases de Licitación, en ese orden.
2.5.4 Salvo indicación en contrario, los días señalados en las Bases de Licitación se entenderán como Días; y cuando se haga referencia a año, éste se entenderá como año calendario.
2.5.5 En caso de discrepancias entre dos o más documentos, se aplicarán las reglas siguientes:
1. Entre la información de la Convocatoria y las Bases de Licitación, prevalecerán las Bases de Licitación.
2. Entre las versiones electrónicas emitidas por la Secretaría y cualquier impresión de las Bases de Licitación, prevalecerán las versiones electrónicas emitidas por la Secretaría a través del Sitio Web.
3. Entre dos versiones electrónicas emitidas por la Secretaría, prevalecerá la más reciente.
4. Entre las Bases de Licitación y el proyecto de Contrato de Gestión y Operación y sus Anexos prevalecerá el proyecto de Contrato de Gestión y Operación este Pliego y sus Anexos, se atenderá a las siguientes reglas:
a. En la medida que exista conflicto entre los términos del cuerpo principal de este Pliego y aquellos de sus Anexos, los términos del cuerpo principal de este Pliego prevalecerán en todo aquello que se refiera al Concurso.
5. Entre las Bases b. Cuando el sentido de Licitación los términos y los Anexos que forman parte expresiones utilizados en el Pliego sean claros, no se desatenderá su tenor literal, a pretexto de las mismas, prevalecerán las Bases de Licitaciónconsultar su espíritu.
2.5.6 Salvo disposición c. Los términos y expresiones utilizados se interpretarán en contrariosu sentido natural y obvio, todas salvo que, se les haya asignado otro significado en el Pliego.
d. Los Anexos y las referencias aquí contenidas son parte integrante xxx Xxxxxx.
e. Los Anexos regirán únicamente los aspectos técnicos y económicos del Concurso.
f. Todas las referencias que se hagan a alguna norma, acto o contrato, se entenderán efectuadas a la norma, acto o contrato respectivo con todas sus reformas y en su última versión vigente, a menos que se señale expresamente de otra manera en este pliego.
g. Excepto cuando el contexto lo requiera de otra manera, las referencias, capítulos, secciones, basesacápites, numeralesnumerales o literales son referencias hechas a los capítulos, literalessecciones, párrafosacápites, incisosnumerales o literales de este Pliego.
h. Las referencias efectuadas al Gestor Privado, subincisosincluyen a sus sucesores, formatos subrogantes y cesionarios permitidos.
i. Las palabras que únicamente indiquen el singular también incluirán el plural, y viceversa, según el contexto lo requiera.
j. Todos los plazos establecidos en meses o anexos años, sin ninguna indicación adicional, se entienden computarán desde el día siguiente a la fecha de referencia hasta el mismo día del mes o el año que corresponda a la fecha de referencia según el plazo otorgado.
k. Para cualquier caso de vencimiento de un plazo verificado en un día no hábil, se tomará como aquellos referidos en las Bases día de Licitaciónvencimiento el da hábil inmediato siguiente.
l. Las referencias a horas corresponden a la hora oficial del Ecuador y a horas hábiles.
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Samples: Public Procurement Agreement
REGLAS DE INTERPRETACIÓN. Para la interpretación 1.1.1 Toda referencia efectuada en este Contrato a “Cláusula” o “Anexo” se deberá entender efectuada a Cláusulas o Anexos de este Contrato, respectivamente, salvo indicación expresa en sentido contrario. Todos los Anexos al presente Contrato forman parte del mismo.
1.1.2 Los títulos contenidos en este Contrato son referenciales y no deben ser entendidos para limitar o ampliar el contenido de este Contrato o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes.
1.1.3 Los términos que figuren en mayúsculas en este Contrato y que no se encuentren expresamente definidos en éste, corresponden a Leyes Aplicables, o a términos definidos en las Bases, o a términos que son corrientemente utilizados en mayúsculas.
1.1.4 Cualquier referencia a “Leyes Aplicables” deberá entenderse efectuada a las leyes y disposiciones mencionadas en el Numeral 1.4 de las Bases, así como a todas las regulaciones y reglamentos que sean emitidos por una Autoridad Gubernamental, incluyendo normas complementarias, suplementarias, modificatorias y reglamentarias.
1.1.5 Las expresiones en singular comprenden, en su caso, al plural y viceversa.
1.1.6 También forman parte integrante de este Contrato las Bases Integradas y Circulares así como todos y cada uno de los documentos y declaraciones presentados por el Adjudicatario, sus integrantes o sus Empresas Afiliadas, tal como estas últimas han sido definidas en las Bases, durante el desarrollo de la Licitación y del Contrato de Gestión y Operación, se deberán considerar las siguientes Reglas:
2.5.1 Corresponde a la Secretaría interpretar las disposiciones contenidas en las Bases de Licitación.
2.5.2 Los términos definidos que se establecen en estas Bases de Licitación aplicarán tanto en singular como en plural. Cuando el contexto así lo requiera, cualquier pronombre incluirá la forma masculina, femenina o neutral correspondiente.
2.5.3 Si existiera alguna discrepancia o confusión en el significado de algún término definido en las Bases de Licitación, prevalecerá para efectos de interpretación el significado establecido en la Ley Fecha de la Industria Eléctrica, su Reglamento, el Contrato Cierre. Todos y cada uno de Gestión los derechos y Operación o obligaciones derivados de dichos documentos son plenamente exigibles entre las Bases de Licitación, en ese orden.
2.5.4 Salvo indicación en contrario, los días señalados en las Bases de Licitación se entenderán como Días; y cuando se haga referencia a año, éste se entenderá como año calendario.
2.5.5 Partes. En caso de discrepancias conflicto entre dos lo dispuesto por las Bases Integradas o más documentosCirculares y este Contrato, primará lo establecido en este último; en caso de discrepancia entre lo dispuesto por las Circulares y lo señalado por las Bases Integradas, prevalecerá lo establecido en estas últimas sobre las Circulares emitidas antes de dicha integración.
1.1.7 Las referencias a “Días” deberán entenderse efectuadas en los días que no sean xxxxxx, xxxxxxx o feriado, en la ciudad de Lima. Todas las referencias horarias se aplicarán las reglas siguientes:deberán entender efectuadas a la hora oficial que rija en el Perú.
1. Entre la información 1.1.8 Los plazos establecidos en el presente Contrato se computarán en días, meses o años según corresponda.
1.1.9 El idioma del presente Contrato es el español, salvo que el Contrato establezca un idioma distinto.
1.1.10 El uso de la Convocatoria y las Bases disyunción “o” en una enumeración deberá entenderse que comprende solamente a alguno de Licitación, prevalecerán las Bases los elementos de Licitacióntal enumeración.
2. Entre las versiones electrónicas emitidas por 1.1.11 El uso de la Secretaría y cualquier impresión conjunción “y” en una enumeración deberá entenderse que comprende a todos los elementos de las Bases de Licitación, prevalecerán las versiones electrónicas emitidas por la Secretaría a través del Sitio Webtal enumeración o lista.
3. Entre dos versiones electrónicas emitidas por la Secretaría, prevalecerá la más reciente.
4. Entre las Bases de Licitación y el proyecto de Contrato de Gestión y Operación y sus Anexos prevalecerá el proyecto de Contrato de Gestión y Operación y sus Anexos.
5. Entre las Bases de Licitación y los Anexos que forman parte de las mismas, prevalecerán las Bases de Licitación.
2.5.6 Salvo disposición en contrario, todas las referencias aquí contenidas a secciones, bases, numerales, literales, párrafos, incisos, subincisos, formatos o anexos se entienden como aquellos referidos en las Bases de Licitación.
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Samples: Contrato De Concesión De La Operación Del Servicio De Transporte De Pasajeros
REGLAS DE INTERPRETACIÓN. Para la interpretación 1.1.1 Toda referencia efectuada en este Contrato a “Cláusula” o “Anexo” se deberá entender ef ectuada a Cláusulas o Anexos de este Contrato, respectivamente, salvo indicación expresa en sentido contrario. Todos los Anexos al presente Contrato forman parte del mismo.
1.1.2 Los títulos contenidos en este Contrato son referenciales y no deben ser entendido s para limitar o ampliar el contenido de este Contrato o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes.
1.1.3 Los términos que figuren en mayúsculas en este Contrato y que no se encuentren expresamente definidos en éste, corresponden a Leyes Aplica bles, o a términos definidos en las Bases, o a términos que son corrientemente utilizados en mayúsculas.
1.1.4 Cualquier referencia a “Leyes Aplicables” deberá entenderse efectuada a las leyes y disposiciones mencionadas en la Cláusula 1.4 de las Bases, así com o a todas las regulaciones y reglamentos que sean emitidos por una Autoridad Gubernamental, incluyendo normas complementarias, suplementarias, modificatorias y reglamentarias.
1.1.5 Las expresiones en singular comprenden, en su caso, al plural y viceversa.
1.1.6 Tam bién forman parte integrante de este Contrato las Bases y Circulares así como todos y cada uno de los documentos y declaraciones presentados por el Adjudicatario, sus integrantes o sus Empresas Afiliadas, tal como estas últimas han sido definidas en las Bases, durante el desarrollo de la Licitación y del Contrato de Gestión y Operación, se deberán considerar las siguientes Reglas:
2.5.1 Corresponde a la Secretaría interpretar las disposiciones contenidas en las Bases de Licitación.
2.5.2 Los términos definidos que se establecen en estas Bases de Licitación aplicarán tanto en singular como en plural. Cuando el contexto así lo requiera, cualquier pronombre incluirá la forma masculina, femenina o neutral correspondiente.
2.5.3 Si existiera alguna discrepancia o confusión en el significado de algún término definido en las Bases de Licitación, prevalecerá para efectos de interpretación el significado establecido en la Ley Fecha de la Industria Eléctrica, su Reglamento, el Contrato Cierre. Todos y cada uno de Gestión los derechos y Operación o obligaciones derivados de dichos documentos son plenamente exigibles entre las Bases de Licitación, en ese orden.
2.5.4 Salvo indicación en contrario, los días señalados en las Bases de Licitación se entenderán como Días; y cuando se haga referencia a año, éste se entenderá como año calendario.
2.5.5 Partes. En caso de discrepancias conflicto entre dos lo dispuesto por las Bases o más documentosCirculare s y este Contrato, primará lo establecido en este último; en caso de discrepancia entre lo dispuesto por las Bases y Circulares, prevalecerá lo establecido en estas últimas.
1.1.7 Las referencias a “días” deberán entenderse efectuadas en los días que no xxxx xx xxxx, xxxxxxx o feriado, en la ciudad de Lima. Todas las referencias horarias se aplicarán las reglas siguientes:deberán entender efectuadas a la hora oficial que rija en el Perú.
1. Entre la información 1.1.8 Los plazos establecidos en el presente Contrato se computarán en días, meses o años según corresponda.
1.1.9 El idioma del presente Contrato es el castellano, salvo que el Contrato establezca un idioma distinto.
1.1.10 El uso de la Convocatoria y las Bases disyunción “o” en una enumeración deberá entenderse que comprende solamente a alguno de Licitación, prevalecerán las Bases los elementos de Licitacióntal enumeración.
2. Entre las versiones electrónicas emitidas por 1.1.11 El uso de la Secretaría y cualquier impresión conjunción “y” en una enumeración deberá entenderse que comprende a todos los elementos de las Bases de Licitación, prevalecerán las versiones electrónicas emitidas por la Secretaría a través del Sitio Webtal enumeración o lista.
3. Entre dos versiones electrónicas emitidas por 1.1.12 Cualquier mención a una Autoridad Gubernamental específica deberá entenderse efectuada a ésta o a quien la Secretaría, prevalecerá la más recientesuceda o a quien ésta designe p ara realizar los actos a que se refiere este Contrato o las Leyes Aplicables.
4. Entre las Bases 1.1.13 Si cualquier término o disposición de Licitación y el proyecto este Contrato es considerado inválido o no exigible por autoridad o persona competente, dicha invalidez o inexigibilidad deberá int erpretarse restrictivamente, por lo que no afectará la validez o exigibilidad de Contrato cualquier otra disposición de Gestión y Operación y sus Anexos prevalecerá el proyecto de Contrato de Gestión y Operación y sus Anexoseste Contrato.
5. Entre las Bases de Licitación y los Anexos que forman parte de las mismas, prevalecerán las Bases de Licitación.
2.5.6 Salvo disposición en contrario, todas las referencias aquí contenidas a secciones, bases, numerales, literales, párrafos, incisos, subincisos, formatos o anexos se entienden como aquellos referidos en las Bases de Licitación.
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Samples: Concession Agreement
REGLAS DE INTERPRETACIÓN. Para la interpretación de las Bases de Licitación y del Contrato de Gestión y Operación, se deberán considerar las siguientes Reglas:
2.5.1 Corresponde Corresponderá a la Secretaría interpretar las disposiciones contenidas en las Bases de Licitación.
2.5.2 Los términos definidos que se establecen en estas Bases de Licitación aplicarán tanto en singular como en plural. Cuando el contexto así lo requiera, cualquier pronombre incluirá la forma masculina, femenina o neutral correspondiente.,
2.5.3 Si existiera alguna discrepancia o confusión en el significado de algún término definido en las Bases de Licitación, prevalecerá para efectos de cualquier interpretación el significado establecido en la Ley de la Industria Eléctrica, su Reglamento, el Contrato de Gestión y Operación o las Bases de Licitación, en ese orden.
2.5.4 Salvo indicación en contrario, los días señalados en las Bases de Licitación se entenderán como DíasDía; y cuando se haga referencia a año, éste se entenderá como año calendario.
2.5.5 En caso de discrepancias diferencias entre dos o más documentos, se aplicarán las reglas siguientes:
1. Entre la información de la Convocatoria y las Bases de Licitación, prevalecerán las Bases de Licitación.
2. Entre las versiones electrónicas emitidas por la Secretaría y cualquier impresión de las Bases de Licitación, prevalecerán las versiones electrónicas emitidas por la Secretaría a través del Sitio Web.
3. Entre dos versiones electrónicas emitidas por la Secretaría, prevalecerá la más reciente.
4. Entre las Bases de Licitación y el proyecto de Contrato de Gestión y Operación y sus Anexos prevalecerá el proyecto de Contrato de Gestión y Operación y sus Anexos.
5. Entre Sin perjuicio de la prelación señalada en la Base inmediato anterior, entre las Bases de Licitación y los sus Anexos que forman parte de las mismas, prevalecerán las Bases de Licitación.
2.5.6 Salvo disposición en contrario, todas las referencias aquí contenidas a secciones, basesBases, numerales, literales, párrafos, incisos, subincisos, formatos o anexos se entienden como aquellos entiende referidos en las a los de estas Bases de Licitación.
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Samples: Bases De Licitación
REGLAS DE INTERPRETACIÓN. Para a. Los términos y expresiones utilizadas en el CAE se interpretarán en su sentido natural y obvio, salvo que específicamente se les haya asignado otro significado de conformidad con la cláusula 3.1 de este Contrato.
b. La interpretación de los términos y expresiones con letra inicial minúscula que estuvieren definidos por el Régimen Jurídico Aplicable, se efectuará de conformidad con éste último.
c. En la medida que exista conflicto entre los contenidos de este contrato y aquellos de los otros Documentos de la Transacción, se ha de aplicar el siguiente orden de prevalencia: CAE, Fideicomiso, Pliego, Oferta y los restantes Documentos de la Transacción en las materias que específicamente les corresponde, según su propia naturaleza.
d. En la medida que exista conflicto entre el contenido de los Anexos de los Documentos de la Transacción y aquel de los instrumentos a los que aquellos se adjuntan, prevalecerán los términos del Documento Principal, a menos que se indique expresamente de otra manera.
e. Los Anexos a este contrato formarán parte de él, y las referencias a ellos serán referencias a los Anexos adjuntos a este Contrato, a menos que se indique expresamente de otra manera.
f. Los títulos o epígrafes de las cláusulas de este contrato se han incluido con propósitos meramente indicativos y no alteran la interpretación de las Bases de Licitación y del Contrato de Gestión y Operación, se deberán considerar las siguientes Reglas:
2.5.1 Corresponde a la Secretaría interpretar las disposiciones estipulaciones contenidas en las Bases de Licitaciónel CAE.
2.5.2 Los términos definidos que se establecen g. Las referencias efectuadas a una Parte o sujeto, órgano, organismo o Autoridad Competente en estas Bases de Licitación aplicarán tanto en singular como en plural. Cuando el contexto así lo requieraCAE, cualquier pronombre incluirá la forma masculinaincluyen a sus sucesores, femenina o neutral correspondientesubrogantes y cesionarios permitidos.
2.5.3 Si existiera alguna discrepancia o confusión h. A menos que expresamente se estipule lo contrario en el significado de algún término definido en las Bases de Licitación, prevalecerá para efectos de interpretación el significado establecido en la Ley de la Industria Eléctrica, su Reglamento, el Contrato de Gestión y Operación o las Bases de Licitación, en ese orden.
2.5.4 Salvo indicación en contrario, los días señalados en las Bases de Licitación se entenderán como Días; y cuando se haga referencia a año, éste se entenderá como año calendario.
2.5.5 En caso de discrepancias entre dos o más documentos, se aplicarán las reglas siguientes:
1. Entre la información de la Convocatoria y las Bases de Licitación, prevalecerán las Bases de Licitación.
2. Entre las versiones electrónicas emitidas por la Secretaría y cualquier impresión de las Bases de Licitación, prevalecerán las versiones electrónicas emitidas por la Secretaría a través del Sitio Web.
3. Entre dos versiones electrónicas emitidas por la Secretaría, prevalecerá la más reciente.
4. Entre las Bases de Licitación y el proyecto de Contrato de Gestión y Operación y sus Anexos prevalecerá el proyecto de Contrato de Gestión y Operación y sus Anexos.
5. Entre las Bases de Licitación y los Anexos que forman parte de las mismas, prevalecerán las Bases de Licitación.
2.5.6 Salvo disposición en contrarioCAE, todas las referencias aquí contenidas que se hagan a seccionesalgún acto o Alianza, basesse entenderán efectuadas al acto o Alianza respectivo con todas sus reformas y en su última versión vigente.
i. Las referencias hechas al CAE, numeralesse entenderán comprensivas de todos los Documentos de la Transacción.
j. Los contenidos del CAE se interpretarán de buena fe y bajo el principio de la unidad contractual, literalesde modo que se procurará que las estipulaciones sean interpretadas sistemática e integralmente y, párrafospor tanto, incisosno serán aplicadas en forma aislada.
k. Las disposiciones de este CAE que regulan procedimientos para la tramitación de autorizaciones o aprobaciones de PORTOVIVIENDA EP ante determinados actos o hechos del Socio Estratégico, subincisosdeberán ser cumplidas por parte de éste sin perjuicio de otras disposiciones que ordenen tramitaciones, formatos procedimientos y actuaciones administrativas en general, que también deberán ser cumplidas por el Socio Estratégico conforme al Régimen Jurídico Aplicable.
l. Los plazos establecidos en el CAE serán en días, sin indicación adicional, se computarán como días calendario, esto es, días continuos, incluidos xxxxxxx, xxxxxxxx y días inhábiles. Se considerarán días hábiles a aquellos laborables en el Ecuador.
m. Todos los plazos establecidos en el CAE en meses o años, sin ninguna indicación adicional, se computarán desde el día siguiente a la fecha de referencia hasta el mismo día del mes o el año de la fecha de referencia que corresponda según el plazo otorgado.
n. Para cualquier caso de vencimiento de un plazo verificado en un día inhábil, se tomará como día de vencimiento el día hábil inmediato siguiente.
o. Las referencias a horas corresponden a la hora oficial del Ecuador y a horas hábiles.
p. El cierre del proyecto es el proceso de culminación de todas las actividades de los procesos de un proyecto, para completarlo formalmente.
q. Los documentos del concurso público de selección serán parte integrante del presente contrato sin necesidad de que sean protocolizados o que se encuentren anexos se entienden como aquellos referidos en las Bases de Licitaciónal mismo.
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Samples: Contrato De Alianza Estratégica