Common use of RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS Clause in Contracts

RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS. El contratista deberá facilitar la marcha simultánea o sucesiva de los trabajos ejecutados por él y de los que el Estado decida realizar directamente o por intermedio de otros contratistas, debiendo cumplir las indicaciones que en tal sentido formule la Inspección, respecto al orden de ejecución de esos trabajos. La vigilancia general de la obra quedará a cargo del contratista de las obras principales. Este permitirá a los otros contratistas el uso de andamios, escaleras, montacargas, etc., en las condiciones y con el alcance que se establezcan en las Cláusulas Especiales. Convendrá, asimismo, con aquéllos, y con intervención decisiva de la Inspección, en caso de desinteligencia, respecto a la ubicación de los materiales y enseres. Estará igualmente obligado a unir en forma apropiada su obra a la de los demás contratistas o a la que realice directamente el Estado, ajustándose a las indicaciones que se le impartirán o a los planos y especificaciones. Si el contratista experimentare demoras o fuese estorbado en sus trabajos por hechos, faltas, negligencia o retrasos de otros contratistas, deberá dar inmediatamente cuenta del hecho a la Inspección, para que ésta tome las determinaciones a que haya lugar.

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Samples: Licitación Pública

RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS. El contratista deberá facilitar Contratista está obligado a permitir la marcha simultánea ejecución de trabajos, ajenos a su Contrato, que la Universidad realice directamente o sucesiva encomiende a terceros, y acatará las órdenes que imparta la Inspección de Obra para evitar interferencias. Estará igualmente obligado a integrar en forma apropiada su Obra a la de los trabajos ejecutados por él y de los que el Estado decida realizar directamente o por intermedio de otros contratistasdemás Contratistas, debiendo cumplir ajustándose a las indicaciones que se le impartan y a los planos y especificaciones respectivos. En caso de desinteligencias entre los distintos Contratistas o Subcontratistas, la Dirección de Obra o la Inspección de Obra determinará el criterio a seguir en tal sentido formule cada caso, el cual será obligatorio para todos los Contratistas y Subcontratistas. En ese marco, si el Contratista experimentase demoras o fuere estorbado en sus trabajos por hechos, faltas, negligencias o retrasos, deberá notificarlos a la Inspección, respecto al orden Inspección de ejecución de esos trabajosObra en forma inmediata para que ésta tome las medidas que correspondan. La vigilancia general de la obra Obra quedará a cargo del contratista Contratista de las obras principales. Este Éste permitirá a los otros contratistas Contratistas el uso de andamios, escaleras, montacargas, etc., en las condiciones y con el alcance que se establezcan en las Cláusulas Especiales. Convendrá, asimismo, con aquéllos, y con intervención decisiva de la Inspección, en caso de desinteligencia, respecto a la ubicación de los materiales y enseres. Estará igualmente obligado a unir en forma apropiada su obra a la de los demás contratistas o a la que realice directamente el Estado, ajustándose a las indicaciones que se le impartirán o a los planos y especificaciones. Si el contratista experimentare demoras o fuese estorbado en sus trabajos por hechos, faltas, negligencia o retrasos de otros contratistas, deberá dar inmediatamente cuenta del hecho a la Inspección, para que ésta tome las determinaciones a que haya lugarPCP.

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Samples: Licitación Pública

RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS. El contratista Contratista deberá facilitar la marcha simultánea o sucesiva de los trabajos ejecutados por él y de los que el Estado Comitente decida realizar directamente o por intermedio de otros contratistasContratistas, debiendo cumplir las indicaciones que que, en tal sentido sentido, formule la Inspección, Inspección de Obra respecto al orden de ejecución de esos trabajos. La vigilancia general de la obra quedará a cargo del contratista de las obras principales. Este permitirá a los otros contratistas el uso de andamios, escaleras, montacargas, etc., en las condiciones y con el alcance que se establezcan en las Cláusulas Especiales. Convendrá, asimismo, con aquéllos, y con intervención decisiva de la Inspección, en caso de desinteligencia, respecto a la ubicación de los materiales y enseres. Estará - El Contratista estará igualmente obligado a unir en forma apropiada su obra a la de los demás contratistas o a la que realice directamente el Estadocontratistas, ajustándose a las indicaciones que se le impartirán o imparta La Inspección de la Obra y a los planos y especificacionesespecificaciones respectivos. - En caso de desinteligencia entre los distintos Contratistas o Subcontratistas, la Inspección de Obra determinará el criterio a seguir en cada caso, el cual será obligatorio para todos los Contratistas y Subcontratistas.- Si el contratista experimentare Contratista experimentase demoras o fuese fuere estorbado en sus trabajos por hechos, faltas, negligencia negligencias o retrasos de otros contratistasContratistas, deberá dar inmediatamente cuenta del hecho a la InspecciónInspección de Obra, para que ésta esta tome las determinaciones a que haya lugar.

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Samples: Pliego Único De Bases Y Condiciones Generales

RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS. El contratista Contratista deberá facilitar la marcha simultánea o sucesiva de los trabajos ejecutados por él el y de los que el Estado Comitente decida realizar directamente o por intermedio de otros contratistasContratistas, debiendo cumplir las indicaciones que que, en tal sentido sentido, formule la Inspección, Inspección de Obra respecto al orden de ejecución de esos trabajos. La vigilancia general de la obra quedará a cargo del contratista de las obras principales. Este permitirá a los otros contratistas el uso de andamios, escaleras, montacargas, etc., en las condiciones y con el alcance que se establezcan en las Cláusulas Especiales. Convendrá, asimismo, con aquéllos, y con intervención decisiva de la Inspección, en caso de desinteligencia, respecto a la ubicación de los materiales y enseres. Estará - El Contratista estará igualmente obligado a unir en forma apropiada su obra a la de los demás contratistas o a la que realice directamente el Estadocontratistas, ajustándose a las indicaciones que se le impartirán o impartan y a los planos y especificacionesespecificaciones respectivos. - En caso de desinteligencia entre los distintos Contratistas o Subcontratistas, la Inspección de Obra determinará el criterio a seguir en cada caso, el cual será obligatorio para todos los Contratistas y Subcontratistas.- Si el contratista experimentare Contratista experimentase demoras o fuese fuere estorbado en sus trabajos por hechos, faltas, negligencia negligencias o retrasos de otros contratistasContratistas, deberá dar inmediatamente cuenta del hecho a la InspecciónInspección de Obra, para que ésta esta tome las determinaciones a que haya lugar.

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Samples: Compulsa De Precios

RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS. El contratista deberá facilitar la marcha simultánea o sucesiva suce- siva de los trabajos ejecutados por él y de los que el Estado decida realizar directamente o por intermedio de otros contratistascon- tratistas, debiendo cumplir las indicaciones que en tal sentido sen- tido formule la Inspección, respecto al orden de ejecución de esos trabajos. La vigilancia general de la obra quedará a cargo del contratista contra- tista de las obras principales. Este permitirá a los otros contratistas el uso de andamios, escaleras, montacargas, etc., en las condiciones y con el alcance que se establezcan en las Cláusulas Especiales. Convendrá, asimismo, con aquéllos, y con intervención decisiva decisi- va de la Inspección, en caso de desinteligencia, respecto a la ubicación de los materiales y enseres. Estará igualmente obligado a unir en forma apropiada su obra a la de los demás contratistas o a la que realice directamente directamen- te el Estado, ajustándose a las indicaciones que se le impartirán impar- tirán o a los planos y especificaciones. Si el contratista experimentare demoras o fuese estorbado en sus trabajos por hechos, faltas, negligencia o retrasos de otros contratistas, deberá dar inmediatamente cuenta del hecho he- cho a la Inspección, para que ésta tome las determinaciones a que haya lugar.

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Samples: Licitación Pública

RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS. El contratista Contratista deberá facilitar la marcha simultánea o sucesiva de los trabajos ejecutados por él y de los que el Estado Comitente decida realizar directamente o por intermedio de otros contratistasContratistas, debiendo cumplir las indicaciones que en tal sentido formule la Inspección, Inspección respecto al orden de ejecución de esos trabajos. La vigilancia general de la obra Obra quedará a cargo del contratista Contratista de las obras principalesla obra principal. Este permitirá a los otros contratistas Contratistas el uso de andamios, escaleras, montacargas, etc., . en las condiciones y con el alcance que se establezcan en las Cláusulas Especialesel Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Convendrá, asimismo, con aquéllos, aquellos y con intervención decisiva de la Inspección, en caso de desinteligencia, respecto a la ubicación de los distintos depósitos de materiales y enseres. Estará igualmente obligado a unir en forma apropiada su obra Obra a la de los demás contratistas Contratistas o a la que realice directamente el EstadoComitente, ajustándose a las indicaciones que se le impartirán impartan y/o a los planos y de especificaciones. Si el contratista experimentare Contratista experimentase demoras o fuese fuere estorbado en sus trabajos por hechos, faltasfallas, negligencia negligencias o retrasos de otros contratistas, deberá dar inmediatamente cuenta del hecho a la Inspección, Inspección para que ésta tome las determinaciones a que haya lugar.

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Samples: Contract for Construction