Requisitos específicos del contratista Cláusulas de Ejemplo

Requisitos específicos del contratista a) Clasificación: No se exige. b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Tal y como se es- pecifica en el apartado J del Cuadro Resumen de Características que forma parte xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares como Anexo I.
Requisitos específicos del contratista a) Solvencia económica y financiera, técnica y profesional: En los términos indicados en el Anexo II del cuadro-resumen xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
Requisitos específicos del contratista a) Clasificación (grupo, subgrupo y categoría) en su caso: no. b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional (en su caso): La establecida en la cláu- sula 13.ª xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones técnicas.
Requisitos específicos del contratista. Según se indica en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige esta contratación.
Requisitos específicos del contratista a) Clasificación: No será exigible con carácter obligatorio.
Requisitos específicos del contratista. La acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica se realizará aportando la documentación prevista en los artículos 16 y 19 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Admi- nistraciones Públicas, en los términos previstos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Requisitos específicos del contratista b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional, conforme a la cláusula decimonovena xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares que señala: La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse mediante el volumen anual de negocios correspondiente a los tres últimos ejercicios concluidos, debiendo justificar en el año de mayor volumen, que éste es igual o superior a 390.000 €. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera se efectuará mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario está inscrito en él, y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil deberán acreditar su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el citado Registro. Solvencia técnica profesional: Para la acreditación de la solvencia técnica se tendrá en cuenta la experien- cia de la empresa en los cinco últimos años (2011, 2012, 2013, 2014 y 2015). La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia técnica se efectuará mediante relación de los principales trabajos o servicios relacionados con el objeto del contrato realizados durante los cinco últimos años, acompañada de los certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de esta certificado, mediante una declaración del em- presario. Será requisito mínimo que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato (174.335 €). Deberán especificarse los datos referidos a cada servicio prestado (anualidad, duración, beneficiario públi- co o privado y cuantificación económica del servicio).
Requisitos específicos del contratista. Solvencia económica, financiera, técnica y profesional: Cláusula Decimoprimera xxx Xxxxxx de Condiciones.
Requisitos específicos del contratista a) Clasificación: No se requiere clasificación.