ÓRGANO COMPETENTE Cláusulas de Ejemplo

ÓRGANO COMPETENTE. El órgano competente para aprobar la presente licitación será la Concejal Delegada de Contratación, conforme lo dispuesto en el punto tercero de la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP) y según las delegaciones efectuadas por la Junta de Gobierno Local en la sesión celebrada el 30 xx xxxxx de 2.015, modificada por el acuerdo de 23 febrero de 2.016.
ÓRGANO COMPETENTE. Según se dispone en el apartado 3º de la Disposición Adicionalde la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público y art. 13 de los Estatutos del Patronato de Bienestar Social y hasta su adecuación al ROGA, el órgano de contratación es la Presidenta del Patronato
ÓRGANO COMPETENTE. Las penalidades por infracciones, cualquier que sea su gravedad, se impondrán por la Junta de Gobierno Local.
ÓRGANO COMPETENTE. El órgano competente para aprobar la presente licitación será la Presidencia del Patronato Sociocultural conforme a lo dispuesto en el artículo 15, apartado 12, de los vigentes Estatutos del Patronato Sociocultural, en relación con el punto 3 de la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP, para municipios de Gran Población , así como el acuerdo de delegaciones efectuadas mediante Decreto de Alcaldía nº 6150 de 11 xx xxxxx de 2011.
ÓRGANO COMPETENTE. El órgano competente para aprobar la presente licitación será la Junta de Gobierno Local conforme lo dispuesto en el punto tercero de la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP).
ÓRGANO COMPETENTE. Según se dispone en el apartado 3º de la Disposición Adicional 2ª del TRLCSP 3/2011, de 16 de Noviembre, Texto Refundido a la Ley de Contratos del Sector Público y art. 18.n de los Estatutos del Patronato de Bienestar Social el órgano de contratación es la Gerencia del Patronato quien por Resolución nº 2/2012 de 1 de octubre delego en la Presidencia del Patronato de Bienestar Social esta competencia
ÓRGANO COMPETENTE. El Órgano corporativo competente para contratar, de conformidad la LCSP (disposición adicional 2ª.1) es el Alcalde-Presidente.
ÓRGANO COMPETENTE. El órgano competente para la contratación es la Junta de Gobierno Local de la Ciudad de Granada, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda del RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
ÓRGANO COMPETENTE. 2.1.- El órgano de contratación que actúa en nombre del Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria es la Presidencia de este Organismo Autónomo, de acuerdo con lo previsto en las Bases de Ejecución del Presupuesto del presente ejercicio. 2.2.- En relación con este acuerdo marco y con los correspondientes contratos, el mencionado órgano ostenta las prerrogativas de interpretarlos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del adjudicatario a su impugnación ante la Jurisdicción competente.
ÓRGANO COMPETENTE. El órgano de contratación competente es el Diputado Delegado de Turismo (en virtud de los Decretos de la Presidencia nº 4541/2019 de 13 xx xxxxxx, n.º 5.745/2019, de 3 de octubre y el n.º 6262/2019, de 18 de octubre.