Acreditación de la solvencia técnica. De conformidad con el artículo 90.1 LCSP, la solvencia técnica se apreciará teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, por los medios siguientes:
Acreditación de la solvencia técnica a) De acuerdo con el Artículo 90 de la LCSP, la solvencia técnica o profesional exigida para participar en esta licitación, será apreciada teniendo en cuenta sus medios, conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que podrá acreditarse, al momento de presentar su propuesta, pudiendo complementarla con cualquiera otra documentación que permita valorar la capacidad técnica del solicitante, por los medios siguientes: Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato para la ejecución de obras, mantenimiento, gestión y explotación de las instalaciones de alumbrado exterior, según la legislación vigente.
b) Declaración sobre la plantilla medida anual de la empresa, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
c) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente y que debe incluir como mínimo los siguientes equipos: – Detector de averías subterráneas. – Camión cesta para una altura igual o superior a 16 metros, con sistema de comunicación y GPS. – Luxómetro registrador. – Luminancímetro registrador – Elementos de medición y control xx xxxxx de tierra, aislamiento y tensiones de paso y contacto. – Elementos de medición múltiples de potencia, tensión, intensidad y coseno de fi. 4.- Reglas sobre representación Los que contraten con la Administración podrán hacerlo por sí, o mediante la representación de personas debidamente facultadas para ello. Los documentos acreditativos de la representación podrán ser calificados en el seno de la Mesa de Contratación, consignándose expresamente en el acta si la documentación aportada es bastante para que el representante ejerza las facultades de licitar en relación con el expediente concreto.
Acreditación de la solvencia técnica. La solvencia técnica del empresario se acreditará mediante la presentación de: .- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en los últimos tres años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El periodo de tres años comprende desde el desde el día equivalente al siguiente a la finalización del plazo para la presentación de proposiciones al 31 de diciembre del año 2015, los años 2016 y 2017 completos, y el año 2018 desde el día 1 de enero al día de finalización del plazo para la presentación de proposiciones. La suficiencia de la solvencia técnica será enjuiciada por la Mesa de Contratación, debiendo reunir como requisitos mínimos los siguientes: Haber realizado servicios del mismo tipo o naturaleza que el que es objeto de contratación, en el curso de los últimos tres años, por un importe mínimo en el año de mayor ejecución de 69.500,00 €. Deberá aportar certificados que acrediten la suma señalada, referidos a un mismo año de ejecución dentro de los tres últimos. Los certificados serán expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los dos primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV.
Acreditación de la solvencia técnica. Se considerará acreditada la solvencia técnica por aquellos empresarios que acrediten: ▪ Una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años, por importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior a 200.000 €. ▪ El personal tendrá como mínimo 2 años de experiencia en trabajos similares a los que son objeto de contratación. ▪ La empresa adjudicataria deberá disponer de, al menos, dos personas para la prestación del servicio a la Autoridad Portuaria xx Xxxxx, durante toda la vigencia del contrato. La solvencia técnica se acreditará: o Por los licitadores: mediante la declaración responsable, incluida en el sobre número 1 “requisitos previos”. Página 7 de 14 SJ-ASE-CTR-MAY-2018-001 Contrato de servicios de agencia de viajes de la Autoridad Portuaria xx Xxxxx. Documento firmado digitalmente. CSV: APG4srCc5mwzvxfyGaJgg+w. Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx El documento consta de un total de:101 página/s. Página 7 de 101. o Por el adjudicatario: mediante la presentación de: ☒ Certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. ☒ Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de documentos obrantes en su poder que acrediten la realización de la prestación. ☒ Currículum vitae.
Acreditación de la solvencia técnica. Al Sr. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, por incumplimiento del apartado 13.2 del PCA, y que deberá aportar la siguiente documentación:
Acreditación de la solvencia técnica. Medios de acreditación:
Acreditación de la solvencia técnica. 1. Experiencia del licitador: Relación de los principales servicios efectuados durante los tres últimos años en la que se detalle los trabajos realizados en relación a la comunicación, trabajos de gabinete de prensa, comunicación cultural o gestión de redes sociales para instituciones culturales. Se entregará a modo de fichas incluyendo al menos -Título -Cliente -Importe -Descripción de los trabajos realizados -Enlaces e imágenes Deberá ir acompañado por certificados de buena ejecución, o por los correspondientes contratos y facturas. Para poder concurrir a esta licitación se exige que la suma total de los contratos realizados sea al menos igual o superior a 15.000,00 euros, IVA excluido.
2. Medios humanos: Relación de los medios humanos que el licitador pone a disposición del Centro Huarte para la ejecución del contrato en el ámbito de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx siguiendo lo indicado en el apartado 4º del ANEXO III.
1. Relación del personal asignado (nombre y apellidos).
2. Currículo de cada persona incluyendo, cronológicamente: periodo laboral, empresa, cargo/función y zona geográfica de responsabilidad.
3. Acreditaciones académicas/formativas citadas en el currículo.
Acreditación de la solvencia técnica. La solvencia técnica o profesional del empresario será apreciada teniendo en cuenta sus medios, conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que podrá acreditarse, al momento de presentar su propuesta, pudiendo complementarla con cualquiera otra documentación que permita valorar la capacidad técnica del solicitante, por los medios siguientes: Certificación del Registro de la CNMV en que conste la inscripción como Sociedad Gestora de Entidades de capital Riesgo. Una declaración que indique la estructura y medios de la empresa con titulaciones de los empresarios y del personal de dirección de la empresa. Una relación de los fondos de capital riesgo gestionados directamente por el proponente que incluya al menos, el nombre del fondo, importes invertidos, fechas y promotores públicos o privados de los mismos. Una relación de otros servicios prestados por la empresa que puedan tener relación con el objeto del contrato, que incluya nombre del proyecto, importes, fechas y promotores públicos o privados de los mismos. Una declaración que indique la plantilla de personal laboral directamente a cargo de la empresa. Una declaración responsable que indique el equipo humano que pretende destinar a la prestación del servicio contratado, indicando estructura propuesta, forma de relacionarse con IDAE, identificación del responsable de proyecto por parte del proponente, y el % de tiempo (horas de dedicación) a la prestación del servicio. Se adjuntará a esta declaración el curriculum vitae de dichas personas que incluya antigüedad en la empresa, nombre de los proyectos en que hayan participado (especialmente los relacionados con el objeto del contrato), fechas y promotores públicos o privados de los mismos, de tal manera que puedan ser comprobados por el IDAE. Una declaración de las instalaciones, equipos, herramientas informáticas bases de datos, y cualquier elemento de que disponga el empresario y que puedan servir de apoyo a la realización de las actividades relacionadas con el contrato. Una declaración responsable que especifique que la empresa ofertante cumple con los requisitos establecidos en el art. 10 de la Ley 25/2005.
Acreditación de la solvencia técnica. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 89 de la LCSP:
Acreditación de la solvencia técnica. En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros no será aplicable la letra a) a las empresas de nueva creación (antigüedad inferior a 5 años).