Contract
III
OTRAS RESOLUCIONES
MARTES, 20
de enero de 2015
NÚMERO 12
Consejería de Hacienda y Administración Pública
Convenios. Resolución de 8 de enero de 2015, de la Secretaría General, por la que se da pu- blicidad a la Adenda al Convenio Marco de Colaboración con el Colegio Profesional de Educa- doras y Educadores Sociales de Extremadura, para la realización de prácticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regu- lan las prácticas no laborales en empresas por la que se dispone su xxxxxxxx 0000
Xxxxxxxxx. Resolución de 8 de enero de 2015, de la Secretaría General, por la que se da pu- blicidad a la Adenda al Convenio Marco de Colaboración con el Colegio Profesional de Fisiote- rapeutas de Extremadura, para la realización de prácticas no laborales en empresas de acuer- do con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas por la que se dispone su xxxxxxxx 0000
Xxxxxxxxx. Resolución de 8 de enero de 2015, de la Secretaría General, por la que se da pu- blicidad a la Adenda al Convenio Marco de Colaboración con el Colegio Profesional xx Xxxx- nieros en Informática de Extremadura, para la realización de prácticas no laborales en em- presas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas por la que se dispone su xxxxxxxx 0000
Xxxxxxxxx. Resolución de 8 de enero de 2015, de la Secretaría General, por la que se da pu- blicidad a la Adenda al Convenio Marco de Colaboración con la Delegación en Extremadura del Colegio Profesional de Químicos xx Xxxxxxx, para la realización de prácticas no laborales en
empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regu- lan las prácticas no laborales en empresas por la que se dispone su xxxxxxxx 0000
Xxxxxxxxx. Resolución de 8 de enero de 2015, de la Secretaría General, por la que se da pu- blicidad a la Adenda al Convenio Marco de Colaboración con el Colegio Profesional xx Xxxxxx- narios de Badajoz, para la realización de prácticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no labora- les en empresas por la que se dispone su xxxxxxxx 0000
Xxxxxxxxx. Resolución de 8 de enero de 2015, de la Secretaría General, por la que se da pu- blicidad a la Adenda al Convenio Marco de Colaboración con el Colegio Profesional xx Xxxxxx- narios xx Xxxxxxx, para la realización de prácticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no labora- les en empresas por la que se dispone su prórroga 1528
Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo
Sentencias. Ejecución. Resolución de 18 de diciembre de 2014, de la Secretaría General, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 850/2014, dictada por la Sala de lo Con- tencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el procedimiento ordinario n.º 135/2013 1531
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía
Sentencias. Ejecución. Resolución de 5 de diciembre de 2014, de la Secretaría General, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 319/2014, dictada por la Sala de lo Con- tencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el procedimiento ordinario n.º 3/2012 1533
Sentencias. Ejecución. Resolución de 11 de diciembre de 2014, de la Secretaría General, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 683/2014, dictada por la Sala de lo Con- tencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el procedimien- to ordinario n.º 415/2013 1534
Instalaciones eléctricas. Resolución de 18 de diciembre de 2014, del Servicio de Ordena- ción Industrial de Badajoz, autorizando el establecimiento de instalación eléctrica. Ref.: 06/AT- 14208-17534 1535
Instalaciones eléctricas. Resolución de 5 de enero de 2015, del Servicio de Ordenación In- dustrial xx Xxxxxxx, autorizando y declarando, en concreto, de utilidad pública el estableci- miento de la instalación eléctrica. Ref.: 10/AT-8812 1537
Servicio Extremeño de Salud
Relaciones de puestos de trabajo. Resolución de 5 de enero de 2015, de la Dirección Ge- rencia, por la que se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal fun- cionario adscrito a las Áreas de Salud del Organismo Autónomo 1539
Recursos. Emplazamientos. Resolución de 7 de enero de 2015, de la Secretaría General, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimiento abreviado n.º 255/2014 e inter- puesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Badajoz, y se emplaza a los posibles interesados en el mismo 1542
IV
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 de Olivenza
Notificaciones. Edicto de 28 de noviembre de 2014 sobre notificación de sentencia dictada en el procedimiento ordinario n.º 268/2012 1543
V
ANUNCIOS
Consejería de Hacienda y Administración Pública
Notificaciones. Citación. Anuncio de 12 de enero de 2015 sobre citación a los obligados tri- butarios que se relacionan para ser notificados por comparecencia 1547
Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo
Contratación. Corrección de errores de la Resolución de 22 de diciembre de 2014, de la Se- cretaría General, por la que se convoca, por procedimiento abierto mediante tramitación or- dinaria y vía anticipada, la contratación de la obra de "Depósito en Valdastillas (Xxxxxxx)". Expte.: OBR0515059 1554
Contratación. Xxxxxxxxxx xx 0 xx xxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxx General, por la que se con- voca, por procedimiento abierto mediante tramitación ordinaria y vía anticipada, la contrata- ción del servicio de asistencia técnica para la "Redacción del proyecto de las obras de Ronda Sur de Badajoz, tramo III. EX-107 - Recinto Ferial". Expte.: SER0515074 1555
Contratación. Xxxxxxxxxx xx 0 xx xxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxx General, por la que se con- voca, por procedimiento abierto mediante tramitación ordinaria y vía anticipada, la contrata- ción de la obra de "Nuevo depósito regulador en Gargüera". Expte.: OBR0515046 1559
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía
Notificaciones. Anuncio de 2 de diciembre de 2014 sobre notificación de expedientes xx xxx- nes técnicos xx xxxx 1562
Instalaciones eléctricas. Anuncio de 11 de diciembre de 2014 sobre solicitud de autoriza- ción administrativa de instalación eléctrica. Ref.: 06/AT-1618/17550 1564
Notificaciones. Anuncio de 9 de enero de 2015 sobre notificación de requerimiento de do- cumentación en expedientes relativos a ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas de montaña y en zonas distintas a las de montaña, co- rrespondientes a la campaña 2014-2015 1565
Consejería de Educación y Cultura
Notificaciones. Anuncio de 16 de diciembre de 2014 sobre notificación de resolución en el expediente n.º 0609-11-44, de responsabilidad patrimonial por accidente escolar 1566
Servicio Extremeño Público de Empleo
Formación Profesional Continua. Subvenciones. Anuncio de 30 de diciembre de 2014 por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas a las entidades sin ánimo de lucro pa- ra la realización de planes de formación intersectoriales dirigidos prioritariamente a trabaja- dores ocupados correspondiente al año 2014 1567
Formación Profesional Continua. Subvenciones. Anuncio de 30 de diciembre de 2014 por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas para la realización de planes de for- mación a desarrollar por entidades y centros de formación dirigidos prioritariamente a traba- jadores ocupados correspondiente al año 2014 1569
Delegación del Gobierno en Extremadura
Notificaciones. Edicto de 30 de diciembre de 2014 sobre notificación de resolución en ex- pedientes sancionadores 1572
Ayuntamiento xx Xxxxxxxx
Oferta de Empleo Público. Anuncio de 7 de enero de 2015 sobre aprobación de la oferta de empleo público correspondiente al año 2015 1573
Notaría xx Xxxxxxxxx
Información pública. Edicto de 17 de diciembre de 2014 sobre acta de notoriedad para cons- tatación de exceso de cabida 1574
Notaría xx Xxxxx
Subastas. Anuncio de 8 de enero de 2015 sobre subasta notarial de una finca 1575
Consorcio Gran Teatro xx Xxxxxxx
Estatutos. Anuncio de 14 de enero de 2015 por el que se da publicidad a los nuevos Esta- tutos 1577
Colegio Oficial de Podólogos de Extremadura
Datos de carácter personal. Acuerdo de 1 de diciembre de 2014 sobre creación de fiche- ros de datos de carácter personal de titularidad pública 1585
III
OTRAS RESOLUCIONES
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
RESOLUCIÓN de 8 de enero de 2015, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio Marco de Colaboración con el Colegio Profesional de Educadoras y Educadores Sociales de Extremadura, para la realización de prácticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas por la que se dispone su prórroga. (2015060064)
Habiéndose firmado el día 3 de diciembre de 2014, la Adenda al Convenio Marco de Colabo- ración con el Colegio Profesional de Educadoras y Educadores Sociales de Extremadura para la realización de prácticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas por la que se dispone su prórroga, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del De- creto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUEL VO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como Anexo de la presente resolución.
Mérida, a 8 de enero de 2015.
La Secretaria General
PD Jefe de la Unidad de Xxxxxxx Xxxxxxxx y Relaciones Consultivas (Resolución de 09/08/2011, DOE n.º 154, de 10 xx xxxxxx), XXXXX XXXX XXXXXXXXX
ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN CON EL COLEGIO PROFESIONAL DE EDUCADORAS Y EDUCADORES SOCIALES DE EXTREMADURA, PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS NO LABORALES EN EMPRESAS DE ACUERDO CON EL REAL DECRETO 1543/2011, DE 31 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULAN LAS PRÁCTICAS NO LABORALES EN EMPRESAS POR LA QUE SE DISPONE SU PRÓRROGA
Mérida, a 3 de diciembre de 2014.
De una parte, la Excma. Sra. D.ª Xxxxx de los Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, titular de la Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales (Decreto del Presidente 27/2014, de 19 xx xxxxx; DOE núm. 118, de 20 xx xxxxx) que, de conformidad con lo previsto en el artículo 6.1 de los Es- tatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), aprobados por el Decreto 26/2009, de 00 xx xxxxxxx (XXX xxx. 00, xx 0 xx xxxxx), interviene en su condición de Presidenta del Servicio Extremeño Público de Empleo, actuando en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 6.2.c) de los citados Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, en la redacción establecida en el Decreto 172/2014, de 5 xx xxxxxx (DOE núm. 153, de 8 de agos- to), por el que se modifican los citados Estatutos, habiendo avocado para sí la suscripción del presente Convenio, mediante Resolución de fecha 8 de julio de 2014.
Y de otra, Xxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Presidente del Colegio Oficial de Educadores y Educa- dores Sociales de Extremadura, cargo para el cual fue elegido por decisión de la Junta de Go- bierno, en sesión de fecha 29 xx xxxxx de 2014, actuando en representación del citado Co- legio, conforme al artículo 34 de los Estatutos Definitivos del Colegio Oficial de Educadoras y Educadores Sociales de Extremadura.
Ambos, en el ejercicio de las facultades que estatutariamente tienen conferidas, se recono- cen recíprocamente capacidad jurídica y de obrar bastante para obligarse en los términos re- cogidos en la presente Adenda y a tales efectos,
MANIFIESTAN
1. Que con fecha 24 de septiembre de 2014 se suscribe Convenio Marco de Colaboración con el Colegio Oficial de Educadores y Educadores Sociales de Extremadura para la realización de prácticas no laborales en empresas.
2. Que de conformidad con la cláusula decimosexta del citado convenio marco, este entrará en vigor al día siguiente de su firma, manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014, pudiéndose prorrogar por acuerdo expreso de las partes antes de cumplida su vigencia.
3. Que como quiera que continúan desarrollándose las prácticas profesionales no laborales en los despachos profesionales de conformidad con el contenido del programa de prácti- cas establecido en el Convenio Marco y propuesto por el Colegio profesional, es necesa- rio prorrogar la vigencia del Convenio Xxxxx para amparar la ejecución de las mismas has- ta su finalización.
En virtud de lo anteriormente expuesto, ambas partes ACUERDAN:
Primero. Prorrogar la vigencia del Convenio Xxxxx de Colaboración suscrito con fecha 24 de septiembre de 2014 con el Colegio Profesional de Abogados de Badajoz para la realización de
prácticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de oc- tubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas, hasta el 31 de diciembre de 2015.
Segundo. La presente adenda producirá efectos desde el 1 de enero de 2015 y se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Estando las partes conformes con el contenido de este documento, se suscribe el presente, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
Por el Servicio Extremeño Público Por el Colegio Profesional de Educadores de Empleo y Educadoras Sociales de Extremadura
Fdo.: Xxxxx de los Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Fdo.: Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Presidenta del Servicio Extremeño Presidente del Colegio Oficial de Educadoras
Público de Empleo y Educadores Sociales de Extremadura
• • •
XXXXXXXXXX xx 0 xx xxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxx General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio Marco de Colaboración con el Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Extremadura, para la realización de prácticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas por la que se dispone su prórroga. (2015060065)
Habiéndose firmado el día 3 de diciembre de 2014, la Adenda al Convenio Marco de Colabo- ración con el Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Extremadura para la realización de prácticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de oc- tubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas por la que se dispone su prórroga, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUEL VO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como Anexo de la presente resolución.
Mérida, a 8 de enero de 2015.
La Secretaria General
PD Jefe de la Unidad de Xxxxxxx Xxxxxxxx y Relaciones Consultivas (Resolución de 09/08/2011, DOE n.º 154, de 10 xx xxxxxx), XXXXX XXXX XXXXXXXXX
ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN CON EL COLEGIO PROFESIONAL DE FISIOTERAPEUTAS DE EXTREMADURA, PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS NO LABORALES EN EMPRESAS DE ACUERDO CON EL REAL DECRETO 1543/2011, DE 31
DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULAN LAS PRÁCTICAS NO LABORALES EN EMPRESAS POR LA QUE SE DISPONE SU PRÓRROGA
Mérida, a 3 de diciembre de 2014.
De una parte, la Excma. Sra. D.ª Xxxxx de los Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, titular de la Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales (Decreto del Presidente 27/2014, de 19 xx xxxxx; DOE núm. 118, de 20 xx xxxxx) que, de conformidad con lo previsto en el artículo 6.1 de los Es- tatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), aprobados por el Decreto 26/2009, de 00 xx xxxxxxx (XXX xxx. 00, xx 0 xx xxxxx), interviene en su condición de Presidenta del Servicio Extremeño Público de Empleo, actuando en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 6.2.c) de los citados Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, en la redacción establecida en el Decreto 172/2014, de 5 xx xxxxxx (DOE núm. 153, de 8 de agos- to), por el que se modifican los citados Estatutos, habiendo avocado para sí la suscripción del presente Convenio, mediante Resolución de fecha 8 de julio de 2014.
Y de otra, Xxx Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Presidente del Colegio Profesional de Fisioterapeu- tas de Extremadura, tomando posesión de su cargo el día 7 xx xxxx de dos mil catorce, ac- tuando en representación del citado Colegio, conforme determina el artículo 41.a de los vi- gentes Estatutos del Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Extremadura, publicados por Resolución de la Dirección General de Administración Local, Justicia e Interior del Gobierno de Extremadura de 8 xx xxxx de 2014 (DOE n.º 96, de 21 xx xxxx de 2014).
Ambos, en el ejercicio de las facultades que estatutariamente tienen conferidas, se recono- cen recíprocamente capacidad jurídica y de obrar bastante para obligarse en los términos re- cogidos en la presente Adenda y a tales efectos,
MANIFIESTAN
1. Que con fecha 29 de julio de 2014 se suscribe Convenio Marco de Colaboración con el Co- legio Oficial de Fisioterapeutas de Extremadura, para la realización de prácticas no labo- rales en empresas.
2. Que de conformidad con la cláusula decimosexta del citado convenio marco, este entrará en vigor al día siguiente de su firma, manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014, pudiéndose prorrogar por acuerdo expreso de las partes antes de cumplida su vigencia.
— Que como quiera que continúan desarrollándose las prácticas profesionales no labora- les en los despachos profesionales de conformidad con el contenido del programa de prácticas establecido en el Convenio Xxxxx y propuesto por el Colegio profesional, es necesario prorrogar la vigencia del Convenio Xxxxx para amparar la ejecución de las mismas hasta su finalización.
En virtud de lo anteriormente expuesto, ambas partes ACUERDAN:
Primero. Prorrogar la vigencia del Convenio Xxxxx de Colaboración suscrito con fecha 29 de julio de 2014 con el Colegio Profesional de Abogados de Badajoz para la realización de prác-
ticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas, hasta el 31 de diciembre de 2015.
Segundo. La presente adenda producirá efectos desde el 1 de enero de 2015 y se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Estando las partes conformes con el contenido de este documento, se suscribe el presente, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
Por el Servicio Extremeño Público Por el Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Empleo de Extremadura
Fdo.: Xxxxx de los Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Fdo.: Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Presidenta del Servicio Extremeño Presidente xxx Xxxxxxx Colegio Profesional de
Público de Empleo Fisioterapeutas de Extremadura
• • •
XXXXXXXXXX xx 0 xx xxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxx General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio Marco de Colaboración con el Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Extremadura, para la realización de prácticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas por la que se dispone su prórroga. (2015060066)
Habiéndose firmado el día 3 de diciembre de 2014, la Adenda al Convenio Marco de Colabo- ración con el Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Extremadura, para la reali- zación de prácticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas por la que se dis- pone su prórroga, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUEL VO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como Anexo de la presente resolución.
Mérida, a 8 de enero de 2015.
La Secretaria General
PD Jefe de la Unidad de Xxxxxxx Xxxxxxxx y Relaciones Consultivas (Resolución de 09/08/2011, DOE n.º 154, de 10 xx xxxxxx), XXXXX XXXX XXXXXXXXX
ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN CON LA DEMARCACIÓN DE EXTREMADURA, DEL COLEGIO PROFESIONAL DE INGENIEROS EN INFORMÁTICA DE EXTREMADURA, PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS NO LABORALES EN EMPRESAS DE ACUERDO CON EL REAL DECRETO 1543/2011, DE 31 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULAN LAS PRÁCTICAS NO LABORALES EN EMPRESAS POR LA QUE SE DISPONE SU PRÓRROGA
Mérida, a 3 de diciembre de 2014.
De una parte, la Excma. Sra. D.ª Xxxxx de los Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, titular de la Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales (Decreto del Presidente 27/2014, de 19 xx xxxxx; DOE núm. 118, de 20 xx xxxxx) que, de conformidad con lo previsto en el artículo 6.1 de los Es- tatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), aprobados por el Decreto 26/2009, de 00 xx xxxxxxx (XXX xxx. 00, xx 0 xx xxxxx), interviene en su condición de Presidenta del Servicio Extremeño Público de Empleo, actuando en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 6.2.c) de los citados Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, en la redacción establecida en el Decreto 172/2014, de 5 xx xxxxxx (DOE núm. 153, de 8 de agos- to), por el que se modifican los citados Estatutos, habiendo avocado para sí la suscripción del presente Convenio, mediante Resolución de fecha 8 de julio de 2014.
Y de otra, Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Presidente del Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Extremadura, cargo para el cual fue elegido en las elecciones al consejo de go- bierno realizadas el 14 xx xxxx de 2014, con proclamación de resultados definitiva el 00 xx xxxx xx 0000 (xxxxx indica el calendario electoral). Tomando posesión del cargo un mes des- pués de la proclamación definitiva, actuando en representación del citado Colegio, conforme al indica el estatuto en el capítulo 5 artículo 46.
Ambos, en el ejercicio de las facultades que estatutariamente tienen conferidas, se recono- cen recíprocamente capacidad jurídica y de obrar bastante para obligarse en los términos re- cogidos en la presente Adenda y a tales efectos,
MANIFIESTAN
1. Que con fecha 24 de septiembre de 2014 se suscribe Convenio Marco de Colaboración con el Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Extremadura, para la realización de prácticas no laborales en empresas.
2. Que de conformidad con la cláusula decimosexta del citado convenio marco, este entrará en vigor al día siguiente de su firma, manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014, pudiéndose prorrogar por acuerdo expreso de las partes antes de cumplida su vigencia.
— Que como quiera que continúan desarrollándose las prácticas profesionales no labora- les en los despachos profesionales de conformidad con el contenido del programa de prácticas establecido en el Convenio Xxxxx y propuesto por el Colegio profesional, es necesario prorrogar la vigencia del Convenio Xxxxx para amparar la ejecución de las mismas hasta su finalización.
En virtud de lo anteriormente expuesto, ambas partes ACUERDAN:
Primero. Prorrogar la vigencia del Convenio Xxxxx de Colaboración suscrito con fecha 24 de septiembre de 2014 con el Colegio Profesional de Abogados de Badajoz para la realización de
prácticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de oc- tubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas, hasta el 31 de diciembre de 2015.
Segundo. La presente adenda producirá efectos desde el 1 de enero de 2015 y se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Estando las partes conformes con el contenido de este documento, se suscribe el presente, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
Por el Servicio Extremeño Público Por el Colegio Profesional de Ingenieros de Empleo en Informática de Extremadura
Fdo.: Xxxxx de los Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Fdo.: Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Presidenta del Servicio Extremeño Presidente del Colegio Profesional de Ingenieros
Público de Empleo en Informática de Extremadura
• • •
XXXXXXXXXX xx 0 xx xxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxx General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio Marco de Colaboración con la Delegación en Extremadura del Colegio Profesional de Químicos xx Xxxxxxx, para la realización de prácticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas por la que se dispone su prórroga. (2015060067)
Habiéndose firmado el día 3 de diciembre de 2014, la Adenda al Convenio Marco de Colabo- ración con la Delegación en Extremadura, del Colegio Profesional de Químicos xx Xxxxxxx pa- ra la realización de prácticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011 de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas por la que se dispone su prórroga, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del De- creto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUEL VO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como Anexo de la presente resolución.
Mérida, a 8 de enero de 2015.
La Secretaria General
PD Jefe de la Unidad de Xxxxxxx Xxxxxxxx y Relaciones Consultivas (Resolución de 09/08/2011, DOE n.º 154, de 10 xx xxxxxx), XXXXX XXXX XXXXXXXXX
ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN CON LA DELEGACIÓN EN EXTREMADURA DEL COLEGIO PROFESIONAL DE QUÍMICOS XX XXXXXXX, PARA
LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS NO LABORALES EN EMPRESAS DE ACUERDO CON EL REAL DECRETO 1543/2011, DE 31 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULAN LAS PRÁCTICAS
NO LABORALES EN EMPRESAS POR LA QUE SE DISPONE SU PRÓRROGA
Mérida, a 3 de diciembre de 2014.
De una parte, la Excma. Sra. D.ª Xxxxx de los Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, titular de la Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales (Decreto del Presidente 27/2014, de 19 xx xxxxx; DOE núm. 118, de 20 xx xxxxx) que, de conformidad con lo previsto en el artículo 6.1 de los Es- tatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), aprobados por el Decreto 26/2009, de 00 xx xxxxxxx (XXX xxx. 00, xx 0 xx xxxxx), interviene en su condición de Presidenta del Servicio Extremeño Público de Empleo, actuando en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 6.2.c) de los citados Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, en la redacción establecida en el Decreto 172/2014, de 5 xx xxxxxx (DOE núm. 153, de 8 de agos- to), por el que se modifican los citados Estatutos, habiendo avocado para sí la suscripción del presente Convenio, mediante Resolución de fecha 8 de julio de 2014.
Y de otra, Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxx, Delegado en Extremadura del Colegio Ofi- cial de Químicos xx Xxxxxxx, cargo para el cual fue elegido con fecha 20 de octubre de 2012, actuando en representación del citado Colegio, conforme a lo previsto en sus Estatutos y tras acuerdo de Junta Directiva de 14 de febrero de 2014 mediante el que se aprueba la formali- zación del presente Convenio.
Ambos, en el ejercicio de las facultades que estatutariamente tienen conferidas, se recono- cen recíprocamente capacidad jurídica y de obrar bastante para obligarse en los términos re- cogidos en la presente Adenda y a tales efectos,
MANIFIESTAN
1. Que con fecha 23 xx xxxx de 2014 se suscribe Convenio Marco de Colaboración con la Delegación en Extremadura del Colegio Oficial de Químicos xx Xxxxxxx, para la realización de prácticas no laborales en empresas.
2. Que de conformidad con la cláusula decimosexta del citado convenio marco, este entrará en vigor al día siguiente de su firma, manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014, pudiéndose prorrogar por acuerdo expreso de las partes antes de cumplida su vigencia.
— Que como quiera que continúan desarrollándose las prácticas profesionales no labora- les en los despachos profesionales de conformidad con el contenido del programa de prácticas establecido en el Convenio Xxxxx y propuesto por el Colegio profesional, es necesario prorrogar la vigencia del Convenio Xxxxx para amparar la ejecución de las mismas hasta su finalización.
En virtud de lo anteriormente expuesto, ambas partes ACUERDAN:
Primero. Prorrogar la vigencia del Convenio Xxxxx de Colaboración suscrito con fecha 23 xx xxxx de 2014 con el Colegio Profesional de Abogados de Badajoz para la realización de prác-
ticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas, hasta el 31 de diciembre de 2015.
Segundo. La presente adenda producirá efectos desde el 1 de enero de 2015 y se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Estando las partes conformes con el contenido de este documento, se suscribe el presente, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
Por el Servicio Extremeño Público Por la Delegación en Extremadura del de Empleo Colegio Profesional Químicos xx Xxxxxxx
Fdo.: Xxxxx de los Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Fdo.: XX Xxxxxxxx xxx Xxxxx, Presidenta del Servicio Extremeño Delegado del Colegio de Químicos
Público de Empleo. en Extremadura
• • •
XXXXXXXXXX xx 0 xx xxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxx General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio Marco de Colaboración con el Colegio Profesional de Veterinarios de Badajoz, para la realización de prácticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas por la que se dispone su prórroga. (2015060068)
Habiéndose firmado el día 3 de diciembre de 2014, la Adenda al Convenio Marco de Colabo- ración con el Colegio Profesional de Veterinarios de Badajoz para la realización de prácticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas por la que se dispone su prórroga, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUEL VO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como Anexo de la presente resolución.
Mérida, a 8 de enero de 2015.
La Secretaria General
PD Jefe de la Unidad de Xxxxxxx Xxxxxxxx y Relaciones Consultivas (Resolución de 09/08/2011, DOE n.º 154, de 10 xx xxxxxx), XXXXX XXXX XXXXXXXXX
ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN CON COLEGIO PROFESIONAL
DE VETERINARIOS DE BADAJOZ, PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS NO LABORALES EN EMPRESAS DE ACUERDO CON EL REAL DECRETO 1543/2011, DE 31 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULAN LAS PRÁCTICAS NO LABORALES EN EMPRESAS POR LA
QUE SE DISPONE SU PRÓRROGA
Mérida, a 3 de diciembre de 2014.
De una parte, la Excma. Sra. D.ª Xxxxx de los Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, titular de la Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales (Decreto del Presidente 27/2014, de 19 xx xxxxx; DOE núm. 118, de 20 xx xxxxx) que, de conformidad con lo previsto en el artículo 6.1 de los Es- tatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), aprobados por el Decreto 26/2009, de 00 xx xxxxxxx (XXX xxx. 00, xx 0 xx xxxxx), interviene en su condición de Presidenta del Servicio Extremeño Público de Empleo, actuando en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 6.2.c) de los citados Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, en la redacción establecida en el Decreto 172/2014, de 5 xx xxxxxx (DOE núm. 153, de 8 de agos- to), por el que se modifican los citados Estatutos, habiendo avocado para sí la suscripción del presente Convenio, mediante Resolución de fecha 8 de julio de 2014.
Y de otra, Don Xxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Presidente del Colegio Oficial de Veterinarios de Ba- dajoz, cargo para el cual fue elegido por elección entre los colegiados, el día 21 de enero de 2003, actuando en representación del citado Colegio.
Ambos, en el ejercicio de las facultades que estatutariamente tienen conferidas, se recono- cen recíprocamente capacidad jurídica y de obrar bastante para obligarse en los términos re- cogidos en la presente Adenda y a tales efectos,
MANIFIESTAN
1. Que con fecha 22 de enero de 2014 se suscribe Convenio Marco de Colaboración con el Colegio Oficial de Veterinarios de Badajoz, para la realización de prácticas no laborales en empresas.
2. Que de conformidad con la cláusula decimosexta del citado convenio marco, este entrará en vigor al día siguiente de su firma, manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014, pudiéndose prorrogar por acuerdo expreso de las partes antes de cumplida su vigencia.
— Que como quiera que continúan desarrollándose las prácticas profesionales no labora- les en los despachos profesionales de conformidad con el contenido del programa de prácticas establecido en el Convenio Xxxxx y propuesto por el Colegio profesional, es necesario prorrogar la vigencia del Convenio Xxxxx para amparar la ejecución de las mismas hasta su finalización.
En virtud de lo anteriormente expuesto, ambas partes ACUERDAN:
Primero. Prorrogar la vigencia del Convenio Marco de Colaboración suscrito con fecha 22 de enero de 2014 con el Colegio Profesional de Abogados de Badajoz para la realización de prác- ticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas, hasta el 31 de diciembre de 2015.
Segundo. La presente adenda producirá efectos desde el 1 de enero de 2015 y se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Estando las partes conformes con el contenido de este documento, se suscribe el presente, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
Por el Servicio Extremeño Público Por el Colegio Profesional de de Empleo Veterinarios de Badajoz
Fdo.: Xxxxx de los Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Fdo.: Xxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Presidenta del Servicio Extremeño Presidente del Colegio Oficial de
Público de Empleo Veterinarios de Badajoz
• • •
XXXXXXXXXX xx 0 xx xxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxx General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio Marco de Colaboración con el Colegio Profesional de Veterinarios xx Xxxxxxx, para la realización de prácticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas por la que se dispone su prórroga. (2015060069)
Habiéndose firmado el día 3 de diciembre de 2014, la Adenda al Convenio Marco de Colabo- ración con el Colegio Profesional de Veterinarios xx Xxxxxxx para la realización de prácticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas por la que se dispone su prórroga, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUEL VO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como Anexo de la presente resolución.
Mérida, a 8 de enero de 2015.
La Secretaria General
PD Jefe de la Unidad de Xxxxxxx Xxxxxxxx y Relaciones Consultivas (Resolución de 09/08/2011, DOE n.º 154, de 10 xx xxxxxx), XXXXX XXXX XXXXXXXXX
ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN CON COLEGIO PROFESIONAL
DE VETERINARIOS XX XXXXXXX, PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS NO LABORALES EN EMPRESAS DE ACUERDO CON EL REAL DECRETO 1543/2011, DE 31 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULAN LAS PRÁCTICAS NO LABORALES EN EMPRESAS POR LA
QUE SE DISPONE SU PRÓRROGA
Mérida, a 3 de diciembre de 2014.
De una parte, la Excma. Sra. D.ª Xxxxx de los Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, titular de la Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales (Decreto del Presidente 27/2014, de 19 xx xxxxx; DOE núm. 118, de 20 xx xxxxx) que, de conformidad con lo previsto en el artículo 6.1 de los Es- tatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), aprobados por el Decreto 26/2009, de 00 xx xxxxxxx (XXX xxx. 00, xx 0 xx xxxxx), interviene en su condición de Presidenta del Servicio Extremeño Público de Empleo, actuando en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 6.2.c) de los citados Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, en la redacción establecida en el Decreto 172/2014, de 5 xx xxxxxx (DOE núm. 153, de 8 de agos- to), por el que se modifican los citados Estatutos, habiendo avocado para sí la suscripción del presente Convenio, mediante Resolución de fecha 8 de julio de 2014.
Y de otra, Xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, Presidente del Colegio Oficial de Veterinarios xx Xxxxxxx, cargo para el cual fue elegido por elección entre los colegiados, el día 20 de octubre de 2004, actuando en representación del citado Colegio.
Ambos, en el ejercicio de las facultades que estatutariamente tienen conferidas, se recono- cen recíprocamente capacidad jurídica y de obrar bastante para obligarse en los términos re- cogidos en la presente Adenda y a tales efectos,
MANIFIESTAN
1. Que con fecha 22 de enero de 2014 se suscribe Convenio Marco de Colaboración con el Colegio Oficial de Veterinarios xx Xxxxxxx, para la realización de prácticas no laborales en empresas.
2. Que de conformidad con la cláusula decimosexta del citado convenio marco, este entrará en vigor al día siguiente de su firma, manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014, pudiéndose prorrogar por acuerdo expreso de las partes antes de cumplida su vigencia.
3. Que como quiera que continúan desarrollándose las prácticas profesionales no laborales en los despachos profesionales de conformidad con el contenido del programa de prácti- cas establecido en el Convenio Marco y propuesto por el Colegio profesional, es necesa- rio prorrogar la vigencia del Convenio Xxxxx para amparar la ejecución de las mismas has- ta su finalización.
En virtud de lo anteriormente expuesto, ambas partes ACUERDAN:
Primero. Prorrogar la vigencia del Convenio Marco de Colaboración suscrito con fecha 22 de enero de 2014 con el Colegio Profesional de Abogados de Badajoz para la realización de prác- ticas no laborales en empresas de acuerdo con el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas, hasta el 31 de diciembre de 2015.
Segundo. La presente adenda producirá efectos desde el 1 de enero de 2015 y se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Estando las partes conformes con el contenido de este documento, se suscribe el presente, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
Por el Servicio Extremeño Público Por el Colegio Profesional de de Empleo Veterinarios xx Xxxxxxx
Fdo.: Xxxxx de los Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Fdo.: Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, Presidenta del Servicio Extremeño Presidente del Colegio Oficial de
Público de Empleo Veterinarios xx Xxxxxxx
CONSEJERÍA DE FOMENTO, VIVIENDA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y TURISMO
RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2014, de la Secretaría General, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 850/2014, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el procedimiento ordinario n.º 135/2013. (2015060114)
En el procedimiento ordinario n.º 135/2013 promovido por la Procuradora Xxx. Xxxxx Xxxxxx, en nombre y representación de X. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx y Dña. Xxxxx Xxxxx Xxxx, contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de alzada interpuesto ante el Consejero de Fomento de la Junta de Extremadura contra la Resolución del Director Gene- ral de Urbanismo y Ordenación del Territorio de 24 xx xxxxx de 2012 denegando la calificación urbanística para legitimar las obras y el uso inherentes a las mismas respecto a la construc- ción de una vivienda unifamiliar con una superficie construida de 252,44 m2 en las parcelas 5310 y 5311 del polígono 506 del término municipal de Fresnedoso xx Xxxx, ha recaído sen- tencia n.º 850/2014 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Jus- ticia de Extremadura que ha alcanzado firmeza.
El Decreto 59/1991, de 23 julio (DOE de 30/07/1991) regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales.
La competencia material para dictar la correspondiente resolución administrativa en orden al cumplimiento de la referida sentencia viene atribuida a la Dirección General de Transportes, Ordenación del Territorio y Urbanismo de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 6.2.1 del Decreto 314/2007, de 26 de octubre, de atribuciones de los órganos urbanísticos y de orde- nación del territorio, y de organización y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Or- denación del Territorio de Extremadura, Decreto del Presidente 15/2011, de 0 xx xxxxx (XXX xxxxxxxxxxxxxx x.x 0, xx 0 xx xxxxx xx 0000), Xxxxxxx 104/2011, de 22 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 142, de 25 de julio de 2011) y Decreto 208/2011, de 5 xx xxxxxx, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo (DOE n.º 152, de 8 xx xxxxxx de 2011), modificado por Decreto 75/2012, de 11 xx xxxx.
Habiéndose recibido en esta Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Tu- rismo el expediente administrativo y testimonio de la referida sentencia, procede dar cumpli- miento a lo dispuesto por los artículos 103 a 113 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, regula- xxxx de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Por tanto, en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente y de acuerdo con la delegación de competencias en materia de tramitación administrativa en la ejecución de re- soluciones judiciales efectuada por Resolución de 26 de julio de 2011 (DOE n.º 146, de 29 de julio), del Consejero de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo, esta Secre- taría General, vistos los preceptos citados y demás de pertinente aplicación,
RESUEL VE:
Proceder a la ejecución de la sentencia n.º 850/2014 de la Sala de lo Contencioso-Adminis- trativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura dictada en el procedimiento ordina- rio 135/2013 llevando a puro y debido efecto el fallo, que es del tenor literal siguiente:
“Que en atención a lo expuesto debemos estimar parcialmente y así estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por X. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx y Xxxx Xxxxx Xxxxx Xxxx, contra la resolución de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 24.4.2012 a que se refieren los presentes autos, y en su virtud la debemos anular y anula- mos por no ser conforme a Derecho, declarando que la unidad mínima de cultivo no consti- tuye ningún óbice para la concesión de la calificación urbanística, condenando a la Adminis- tración a que continúe el procedimiento por sus trámites, y todo ello sin expresa condena en cuanto a las costas.
En el presente caso no es procedente acceder a la totalidad de lo solicitado, en tanto que anu- lando los actos impugnados ordenamos la continuación del procedimiento de concesión xx xx- cencias declarando que no constituye ningún óbice para su concesión la normativa referente a unidad mínima de cultivo”.
Mérida, a 18 de diciembre de 2014.
El Secretario General
(PD Resolución de 26 de julio de 2011, DOE n.º 146, de 29 de julio), XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA
RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2014, de la Secretaría General, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 319/2014, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el procedimiento ordinario n.º 3/2012. (2015060091)
En el Recurso Contencioso-Administrativo, número 3 de 2012, seguido en la Sala de lo Con- tencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, interpuesto por el Procurador de los Tribunales Xx. Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxx, actuando en nombre y repre- sentación de Xxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, y como Demandada, la Junta de Extremadura, re- presentada y asistida por el Letrado de los Servicios Jurídicos, frente a la Resolución de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, de 28 de octubre de 2011, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria denominada “Colada de Casas de Xxx Xxxxx al Camino xx Xxxxxxxxx”, tramo: en todo su recorrido, excepto el tramo ya des- lindado, del término municipal xx Xxxxx, de la provincia xx Xxxxxxx, ha recaído sentencia fir- me, dictada con fecha 27 xx xxxxx de 2014, estimando el recurso citado.
El artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación admi- nistrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el titular del órgano com- petente dictará la correspondiente resolución en atención a dar cumplimiento de la sentencia.
Por cuanto queda expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas a tenor de lo indicado en el Decreto del Presidente 23/2011, de 4 xx xxxxxx, por el que se modifica el Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
RESUEL VO:
Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia número 319, de 27 xx xxxxx de 2014, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, dic- tada en el Recurso Contencioso-Administrativo número 3/2012, llevando a puro y debido efec- to el fallo, cuya parte dispositiva dice:
“Que estimando el recurso interpuesto por el Procurador Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxx, en nom- bre Xxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, debemos anular la Resolución recurrida y en su conse- cuencia el deslinde practicado en la zona a la que se refieren las actuaciones, deslinde que deberá practicarse y respetar las circunstancias físicas y técnicas del informe pericial aporta- do por la Parte. Ello con imposición en costas a la Administración”.
Mérida, a 5 de diciembre de 2014.
El Secretario General
(PD del Consejero Resolución de 26 de julio de 2011, DOE núm. 147, de 1 xx xxxxxx),
XXXXXXX DE XXXXXX XXXXXXXX
• • •
RESOLUCIÓN de 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxx General, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 683/2014, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el procedimiento ordinario n.º 415/2013. (2015060093)
En relación con el recurso contencioso-administrativo número 415 de 2013, seguido en la Sa- la de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, inter- puesto por el Letrado de la Diputación Provincial xx Xxxxxxx, actuando en nombre y repre- sentación del Excmo. Ayuntamiento de Zarza la Mayor, recurso que versa sobre la resolución presunta, de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, del Go- bierno de Extremadura, del recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de 7 de no- viembre de 2012, sobre reintegro de ayudas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, con- forme al cual el titular del órgano competente dictará la correspondiente resolución en aten- ción a dar cumplimiento de la sentencia.
Esta Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía es competente pa- ra dictar la presente resolución, en virtud de las competencias atribuidas mediante Decreto del Presidente 23/2011, de 4 xx xxxxxx, por el que se modifica el Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y competencias de las Con- sejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por cuanto queda expuesto,
RESUEL VO
Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia número 683, de 18 de julio de 2014, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, dic- tada en el recurso Contencioso-Administrativo número 415/2013, llevando a puro y debido efecto el fallo, cuya parte dispositiva dice:
“Estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado de la Diputación Provincial xx Xxxxxxx en nombre y representación de Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx la Ma- yor contra la Resolución referida en el primer fundamento, debemos declarar y declaramos que la misma no es ajustada a Derecho, condenando a la demanda al pago de las costas pro- cesales causadas”.
Mérida, a 11 de diciembre de 2014.
El Secretario General
(PD del Consejero Resolución de 26 de julio de 2011, DOE núm. 147, de 1 xx xxxxxx),
XXXXXXX DE XXXXXX XXXXXXXX
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RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2014, del Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz, autorizando el establecimiento de instalación eléctrica. Ref.: 06/AT-14208-17534. (2015060087)
Resolución del Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz de la Dirección General de In- dustria y Energía, autorizando el establecimiento, proyecto desvío de LMT 15/20 kv con 1,220 kms y su conversión en líneas de salida en MT de la Subestación 66/15-20 Kv xx Xxxxxxxxxx, en el término municipal xx Xxxxxxxxxx.
Visto el expediente iniciado en este Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz a petición de: Distribuidora Eléctrica xx Xxxxxxxxxx, SLU, con domicilio en: X/ Xxxxxx x Xxxxxxx, 0, 0.x, Xxxxxxx solicitando autorización administrativa y cumplidos los trámites reglamentarios orde- nados en el artículo 128 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE-27-12-2000), así como lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico:
Este Servicio ha resuelto:
Autorizar a Distribuidora Eléctrica xx Xxxxxxxxxx, SLU, el establecimiento de la instalación eléc- trica, cuyas características son las siguientes:
Línea eléctrica:
Origen: Subestación xx Xxxxxxxxxx.
Final: Postes salida Circunvalación, 1, Xxxxxx xx Xxxx, Montemolí, Cala, Xxxxxxxx, El Real de la Xxxx y Circunvalación 2.
Términos municipales afectados: Monesterio. Tipo de línea: Subterránea.
Tensión de servicio en KV: 15/20. Aisladores: Materiales: Vidrio Tipo: U40BS. Longitud total en kms: 1,22.
Emplazamiento de la línea: Circunvalación Sur xx Xxxxxxxxxx. Finalidad: Mejora del suministro eléctrico de la zona.
Referencia del expediente: 06/AT-14208/17534.
Esta instalación no podrá entrar en funcionamiento mientras no cuente el peticionario de la misma con el Acta de Puesta en servicio previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el artículo 132 del mencionado RD 1955/2000, de 1 de diciembre.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interpo- nerse recurso de alzada ante la Dirección General de Industria y Energía de esta Consejería, de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 de dicha norma legal.
Badajoz, a 18 de diciembre de 2014.
El Jefe de Servicio Ordenación Industrial, XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX
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RESOLUCIÓN de 5 de enero de 2015, del Servicio de Ordenación Industrial xx Xxxxxxx, autorizando y declarando, en concreto, de utilidad pública el establecimiento de la instalación eléctrica. Ref.: 10/AT-8812. (2015060089)
Visto el expediente iniciado en este Servicio de Ordenación Industrial xx Xxxxxxx a petición de: Eléctrica Oeste Distribución, SLU, con domicilio en: Xxxx. Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, 00-0, Xx- xxxxx solicitando autorización de la instalación eléctrica, y declaración, en concreto, de utili- dad pública cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el artículo 148 del Real De- creto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE-27-12-2000), así como lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico:
Este Servicio ha resuelto:
Autorizar a Eléctrica Oeste Distribución, SLU, el establecimiento de la instalación eléctrica, cu- yas características son las siguientes:
Línea eléctrica:
Origen: Apoyo n.º 9 LAMT "Riegos Oeste Ambroz". Final: Actual apoyo soporte CT Riegos Ambroz.
Términos municipales afectados: Xxxxx de Granadilla. Tipo de línea: Aérea.
Tensión de servicio en KV: 13,2. Longitud línea aérea en Kms: 0,559. Longitud total en Kms: 0,559.
Emplazamiento de la línea: Varios parajes del TM de Zarza de Granadilla. Finalidad: Modificación línea aérea de alta tensión por antigüedad de la instalación. Referencia del expediente: 10/AT-8812.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación eléctrica, que se autoriza a los efec- tos señalados en el artículo 149 del RD 1955/2000, de 1 de diciembre y en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Esta instalación no podrá entrar en funcionamiento mientras no cuente el peticionario de la misma con el Acta de Puesta en servicio previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el artículo 132 del mencionado RD 1955/2000, de 1 de diciembre.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interpo- nerse recurso de alzada ante la Dirección General de Industria y Energía de esta Consejería, de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 de dicha norma legal.
Cáceres, a 5 de enero de 2015.
El Jefe de Servicio de Ordenación Industrial xx Xxxxxxx, XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 5 de enero de 2015, de la Dirección Gerencia, por la que se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal funcionario adscrito a las Áreas de Salud del Organismo Autónomo. (2015060078)
La Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su ar- tículo 74 que las Administraciones Públicas estructuran su organización a través de relaciones de puestos de trabajo y otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al me- nos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o es- calas, en su caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones com- plementarias. Dichos instrumentos serán públicos.
En este mismo sentido, el Decreto Legislativo 1/1990, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de Extremadura dispone en su artículo 26 que las relaciones de puestos de trabajo actúan como el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal de acuerdo con las necesidades de los servicios, de- biéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de pues- tos de trabajo.
La disposición adicional segunda del Decreto 203/2006, de 28 de noviembre, por el que se establecen procedimientos para la integración del personal funcionario y laboral que presta servicios en el Servicio Extremeño de Salud en el régimen de personal estatutario de los Ser- vicios de Salud, dispone que una vez finalizado el proceso de integración en el régimen de personal estatutario, el Servicio Extremeño de Salud elaborará las relaciones de puestos de trabajo “a amortizar” del personal funcionario y laboral que no haya optado por la integración en el régimen de personal estatutario.
Mediante Resolución de 26 de noviembre de 2007, de la Dirección Gerencia del Servicio Extre- meño de Salud, se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal funcionario y personal laboral adscrito a las áreas de salud del Organismo Autónomo, Servicio Extremeño de Salud.
Asimismo en dicha disposición adicional segunda del Decreto 203/2006, se dispone que los puestos de trabajo de la referida relación que figuran con la clave PAR, cuyos titulares se des- vinculen definitivamente de ellos, quedarán automáticamente transformados en plazas bási- cas de personal estatutario de la categoría correspondiente.
Como quiera que se ha producido la baja definitiva en un puesto de trabajo identificado co- mo “Pendiente de Xxxxxxxxx y Reestructurar” PAR en Anexo I de la citada relación de pues- tos de trabajo, procede amortizar el mismo.
Es de aplicación el Decreto 29/1994, de 7 xx xxxxx, por el que se establecen criterios a se- guir para la elaboración y aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura, en cuanto a lo que se refiere al contenido de las mismas.
En su virtud, esta Dirección Gerencia en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 4, apartado 1), de los Estatutos del Organismo Autónomo, Servicio Extremeño de Salud, apro- bados por el Decreto 221/2008, de 24 de octubre (DOE n.º 210, de 30 de octubre),
RESUEL VE:
Primero. Modificar la relación de puestos de trabajo de personal funcionario adscrito a las áreas de salud del Organismo Autónomo, Servicio Extremeño de Salud, amortizando el puesto de trabajo que figura en el Anexo adjunto a la presente resolución.
Segundo. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, a 5 de enero de 2015.
El Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud, XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX
NÚMERO 12
Martes, 20 de enero de 2015
ANEXO
CONSEJERIA..............: 9000 CONSEJERIA DE SALUD Y POLITICA SOCIOSANITARIA Amortización puestos de trabajo Personal Funcionario CENTRO DIRECTIVO......: 4207710 S.E.S. - AREA DE SALUD DE BADAJOZ | ||||||||||||
UNIDAD/ CODIGO | DENOMINACION/UBICACION | HOR | NI | NIV | COMPLEMENTO ESPECIFICO | TP PR | GR. / SUBGR. | REQUISITOS PARA SU DESEMPEÑO | MERITOS | OBSERVAC. | ||
TIPO | SUBCONC | TITUL. | ESPECIALIDAD/OTROS | |||||||||
4207710 F9024 | X. XXX. XVIII BADAJOZ | 19 | P.18 | IDR | S C | C1/C2 | PAR |
1541
• • •
XXXXXXXXXX xx 0 xx xxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxx General, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimiento abreviado n.º 255/2014 e interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo n.º 1 de Badajoz, y se emplaza a los posibles interesados en el mismo. (2015060092)
Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Badajoz se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo, tramitado por procedimiento abreviado n.º 255/2014, promovido por D.ª Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, contra la desestimación por silencio administrativo el re- curso de reposición de fecha 10 de octubre de 2014 interpuesto contra la Resolución de 11 de septiembre de 2014 de la Secretaría General del Servicio Extremeño de Salud por la que se nombra a la interesada como personal estatutario temporal con carácter eventual en la ca- tegoría de enfermero/a en el Hospital xx Xxxxxxx perteneciente a las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y dando cumplimiento al requerimiento efectuado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Badajoz, se acuerda la remisión del expediente administrativo y se emplaza a los posibles interesados en el mismo, para que puedan personarse ante dicho Juzgado, si a su derecho conviniera, en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.
De personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte para los trámites no precluí- dos, continuando el procedimiento por sus trámites y sin que haya lugar a practicarles noti- ficación de clase alguna.
Mérida, a 7 de enero de 2015.
El Secretario General del Servicio Extremeño de Salud, XXXXX XXXXXX XXXXXXX
IV
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 DE OLIVENZA
EDICTO de 28 de noviembre de 2014 sobre notificación de sentencia dictada en el procedimiento ordinario n.º 268/2012. (2014ED0367)
Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Secretario/a judicial, del Jdo. 1.ª Inst. e Instrucción n.º 1 de Oli- venza, doy fe y testimonio que en los autos de Procedimiento Ordinario 0000268/2012 cons- ta Sentencia n.° 49/14, que literalmente se pasa a transcribir a continuación:
SENTENCIA N.° 41/14
En Olivenza a veintiséis xx xxxxx de dos mil catorce.
D. Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx de la Xxxx Xxxx del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Oli- venza y su partido judicial, ha visto los presentes autos de juicio ordinario registrados con el número 268/12, que se han seguido a instancia de D. Xxxxxxx Xxxxxxxx de la O representa- do por la Procuradora Dña. Xxxxx de la Xxx Xxxxxxxxx Xxxxx y asistido del Xxxxxxx X. Xxxx Xx- más Xxxxxx Xxxxxx frente a SAU Inmobiliaria Xxxxxxxxxx demandada que no ha comparecido en el procedimiento, siendo declarada en situación de rebeldía procesal.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Con fecha 11 xx xxxxx de 2012 se presentó ante este Juzgado demanda de juicio ordinario por parte de la representación de X. Xxxxxxx Xxxxxxxx de la O. En el suplico de di- cha demanda se solicitaba la condena de la demandada a llevar a cabo las actuaciones ne- cesarias para evitar que los daños se sigan produciendo y en segundo lugar, una vez repa- rada la causa origen de los daños, reparar los desperfectos originados en la vivienda propiedad de la demandante. Subsidiariamente se solicita que sea condenada la demandada a ejecutar a su xxxxx y en ambas propiedades la obras necesarias para subsanar y erradicar los daños causados.
Por último se solicita que se condene a los demandados sufragar los gastos derivados xx xx- norarios técnicos, que en su caso deban diseñar o dirigir las obras de reparación, tasas o im- puestos municipales necesarios para obtener los permisos licencias municipales de las obras de reparación y cuantos actos, documentos y contratos sean necesarios para tal fin.
SEGUNDO. Mediante Decreto de fecha 5 de octubre de 2012 fue admitida a trámite la deman- da, dándose finalmente traslado de la demanda a la parte demandada a través de edictos.
TERCERO. En fecha 29 de enero de 2014 se celebró la audiencia previa correspondiente al presente procedimiento. En ese mismo acto quedaron los autos vistos para sentencia.
CUARTO. En el presente procedimiento se han observado todas las prescripciones legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. Establece el artículo 1902 del Código Civil que "El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado" y el artículo 1903, párrafo primero que "La obligación que impone el artículo anterior es exigible, no sólo por los actos u omisiones propios, sino por los de aquellas personas de quienes se de- be responder".
El Tribunal Supremo en su Sentencia de 21 de enero de 2000, estableció que "En definitiva, hay que precisar —ya que en las Sentencias de instancia se hace hincapié en ello— los tres presupuestos de la llamada responsabilidad extra contractual: el primero, es la acción u omi- sión, que es voluntaria y libre y, en tanto productora de un daño, antijurídica en cuanto aten- ta al principio de «alterum non laedere»; el segundo, es el daño, que es, a su vez, el objeto de la obligación de reparar; el tercero, es el nexo causal entre aquella acción y este daño, que se rompe cuando se produce (y se prueba) una acción xx xxxxxxx o del propio perjudicado o caso fortuito o fuerza mayor. El tan discutible elemento de la culpabilidad existe en el texto del artículo 1902 del Código Civil y en la realidad, pero lo que ha ido evolucionando es su prueba y se tiende a estimarla inmersa en el primero, la acción u omisión, en el sentido de que si ésta, con nexo causal, produce un daño, necesariamente la culpa se halla en la acción u omisión pues, a no ser que medie dolo, no se habría producido daño de no haber culpa; es decir, se da un desplazamiento de la culpa al nexo causal.
Dándose una acción u omisión que causa —nexo causal— un daño (culpable o dolosamente en cuanto causante de daño) nace la obligación de repararlo «in natura» o por equivalencia, mediante la indemnización de daños y perjuicios".
Esta responsabilidad, basada en la culpabilidad, ha sido matizada por la jurisprudencia en atención a la evolución social realizando una interpretación más acorde con el articulo 3 del Código Civil. Por ello, se acude a dos tipos de circunstancias para atenuar las exigencias de- rivadas de la acreditación de esta culpa. En primer lugar, se entiende que producido el daño, el sujeto causante debe responder de él aunque haya observado todas las prescripciones le- gales y reglamentarias ya que la observancia de las mismas no es suficiente si el evento da- ñoso se ha producido. Se exige por tanto un plus que acredito que el sujeto adoptó todas las medidas a su alcance para que el daño no se produjera y el mismo ha tenido lugar por cir- cunstancias imprevisibles o inevitables (SSTS de 27 xx xxxx de 1984, 25 de enero de 1985, 31 de octubre de 1985 o 15 xx xxxx de 1986).
Por otro lado, y en el ámbito de la circulación de vehículos a motor se acude a la teoría del riesgo.
SEGUNDO. Xxxx estimarse la demanda presentada.
De la documental obrante en autos queda acreditado, a criterio de este Juzgador los elemen- tos de la responsabilidad extracontractual.
En primer lugar queda acreditado que el demandado es titular de la vivienda sita en la Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx xxxxxx 00 xx Xxxxxxx, la cual sufre los daños especificados en el informe pericial. Consta igualmente acreditado que la demandada es la propietaria de la vivienda si- ta en la misma calle pero en el numero 57, colindante con la de la parte actora.
En segundo lugar, queda suficientemente acreditada la existencia de daños en la vivienda de la actora, daños cuya cuantía y consideración aparecen reflejados en el informe pericial aportado.
Por último, queda acreditada la relación de causalidad existente entre los daños y el mal es- tado de la vivienda colindante, originadora de los mismos.
Por todo lo anterior, procede la condena de la demandada a:
— Demolición completa de cubierta formada por cubrición xx xxxx de cualquier tipo, sopor- tes de hormigón, metálicos o madera y tablero cerámico o madera, por medios manua- les, incluso limpieza y retirada de escombros a pie de carga, con transporte al vertedero y con p.p. de medios auxiliares, con medidas de protección colectivas.
— Realizar una nueva cubierta formada por estructura de soporte metálica u hormigón sobre muros de carga, tablero machihembrado de 100 x 30 x 4,50 cm, capa de compresión de 30 mm de mortero de cemento, capa de 30 mm de proyectado de espuma rígida de po- liuretano con una densidad mínima de 30 kg/m3 y espesor medio 3 cm, fabricado in situ, incluso maquinaria de proyección y medios auxiliares y teja cerámica curva roja de 40 x 19 cm recibida con mortero de cemento CEMII/A—P32,5 X x xxxxx xx xxx 0/0 (x-00), x/x.x. xx xxxxx, caballetes, emboquillado, remates, medios auxiliares y elementos de seguridad.
— Rascado y relleno de huecos con lucido de yeso la zona con humedad.
— Pintura para interiores, dos manos.
— Realizar las obras necesarias en su inmueble para evitar que se sigan produciendo daños en el inmueble de la parte actora.
— SAU Inmobiliaria Ramapallas deberá además sufragar los gastos derivados de honorarios técnicos, que en su caso deban diseñar o dirigir las obras de reparación, tasas o impues- tos municipales necesarios para obtener los permisos o licencias municipales de las obras de reparación y cuantos actos, documentos y contratos sean necesarios para tal fin.
TERCERO. De acuerdo con lo establecido en el artículo 394 de la LEC, procede la imposición de las costas a la paree demandada.
En atención a lo expuesto:
FALLO
Que con estimación de la demanda presentada por la Procuradora Dña. Xxxxx xx xx Xxx Xx- xxxxxxx Xxxxx debo condenar y condeno a SAU Inmobiliaria Ramapallas a las siguientes actua- ciones en el inmueble de la actora:
— Demolición completa de cubierta formada por cubrición xx xxxx de cualquier tipo, sopor- tes de hormigón, metálicos o madera y tablero cerámico o madera, por medios manua- les, incluso limpieza y retirada de escombros a pie de carga, con transporte al vertedero y con p.p. de medios auxiliares, con medidas de protección colectivas
— Realizar una nueva cubierta formada por estructura de soporte metálica u hormigón so- bre muros de carga, tablero machihembrado de 100 x 34 x 4,50 cm, capa de compresión
de 30 mm de mortero de cemento, capa de 30 mm de proyectado de espuma rígida de poliuretano con una densidad mínima de 30 kg/m3 y espesor medio 3 cm, fabricado in si- tu, incluso maquinaria de proyección y medios auxiliares y teja cerámica curva roja de 40 x 19 cm recibida con mortero de cemento CEMII/A—P32,5 X x xxxxx xx xxx 0/0 (x-00), x/x.x. xx xxxxx, caballetes, emboquillado, remates, medios auxiliares y elementos de se- guridad.
— Rascado y relleno de huecos con lucido de yeso la zona con humedad.
— Pintura para interiores, dos manos.
SAU Inmobiliaria Xxxxxxxxxx deberá realizar las obras necesarias en su inmueble para evitar que se sigan produciendo daños en el inmueble de la parte actora.
Por último, SAU Inmobiliaria Ramapallas deberá además sufragar los gastos derivados xx xx- norarios técnicos, que en su caso deban diseñar o dirigir las obras de reparación, tasas o im- puestos municipales necesarios para obtener los permisos o licencias municipales de las obras de reparación y cuantos actos, documentos y contratos sean necesarios para tal fin.
Han de imponerse las costas a la parte condenada.
Notifíquese esta sentencia a las partes con la advertencia de que contra la misma cabe re- curso de apelación que deberá ser interpuesto ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación de la misma para su resolución por la Sección Segunda de la Ilma. Au- diencia Provincial de Badajoz.
Líbrese testimonio de esta sentencia a los autos de su razón e incorpórese el original al Libro de Sentencias.
Así lo pronuncio, mando y firmo.
Lo anteriormente trascrito concuerda bien y fielmente con su original al que me remito, ex- tendiéndose el presente en Olivenza, a veintiocho de noviembre de dos mil catorce.
El/la Secretario/a Judicial
V
ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ANUNCIO de 12 de enero de 2015 sobre citación a los obligados tributarios que se relacionan para ser notificados por comparecencia. (2015080111)
En virtud de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, no siendo posible practicar la notificación por causas no imputables a la Adminis- tración y habiéndose realizado, al menos, los intentos de notificación exigidos por el citado artículo, por el presente anuncio se cita a los interesados o representantes que se relacionan en los Anexos, para ser notificados por comparecencia de los actos administrativos derivados de los procedimientos que en los mismos se incluyen.
Los interesados o sus representantes deberán comparecer en el plazo máximo de 15 días na- turales, contados desde el día siguiente al de esta publicación, en horario de nueve a cator- ce horas, de lunes a viernes, en los lugares que en cada caso se señalan, al efecto de prac- ticarse las notificaciones pendientes en los procedimientos tramitados por los órganos relacionados en los Anexos.
Cuando transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido, la notificación se entenderá pro- ducida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señala- do para comparecer.
Mérida, a 12 de enero de 2015. La Directora General de Tributos, XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX.
NÚMERO 12
Martes, 20 de enero de 2015
1548
ANEXO I
NIF | NOMBRE | PROCEDIMIENTO | EXPEDIENTE | OFICINA GESTORA | DIRECCION | MUNICIPIO |
B06411573 | FERGONORT SL | Liquidación complementaria | 2005 T 1498 | ALMENDRALEJO | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
B06411573 | FERGONORT SL | Liquidación complementaria | 2005 T 1498 | ALMENDRALEJO | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
B06411573 | FERGONORT SL | Liquidación complementaria | 2005 T 2587 | ALMENDRALEJO | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
80031429-X | XXXXXXX XXXXX, XXXXXXX | Xxxxxxxxxxx complementaria | 2011 T 2525 | ALMENDRALEJO | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
34781178A | XXXXX XXXXXX, XXXXXXXXX | Xxxxxxxxxxx complementaria | 2011 T 2616 | ALMENDRALEJO | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
28329809-X | XXXXX XXXXXX, XXXX XXXXXXX | Xxxxxxxxxxx complementaria | 2012 T 2075 | ALMENDRALEJO | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
33973683-S | XXXXX XXXXXXXX, XXXXXXX | Xxxxxxxxxxx complementaria | 2013 T 142 | ALMENDRALEJO | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
8763784W | XXXXXXXXX XXXXXXXXX, XXXXX XXXXXX | Liquidación complementaria | 0000 X 000 | XXXXXXXXXXXX | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
34775973L | XXXXXXXX XXXXX, XXXXXXXXX | Xxxxxxxxxxx complementaria | 2012 T 1840 | ALMENDRALEJO | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
76201237Y | XXXXXXX XXXXXX, XXXX XXXXXXX | Liquidación complementaria | 2012 T 1689 | ALMENDRALEJO | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
8763784W | XXXXXXXXX XXXXXXXXX, XXXXX XXXXXX | Liquidación complementaria | 2014 T 2293 | ALMENDRALEJO | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
08635957-D | XXXX XXXXXXXXX, XXXXXXXXX | Xxxxxxxxxxx complementaria | 0000 X 000 | XXXXXXXXXXXX | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
08630728-X | XXXXXXXX XXXXX, XXXXXX | Xxxxxxxxxxx complementaria | 2013 T 260 | ALMENDRALEJO | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
33973708-X | XXXX XXXXXXX, XXXXX XXXXXXXX | Liquidación complementaria | 0000 X 000 | XXXXXXXXXXXX | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
33973708-X | XXXX XXXXXXX, XXXXX XXXXXXXX | Liquidación complementaria | 0000 X 000 | XXXXXXXXXXXX | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
08688744-X | XXXXXXXXX XXXXXX, XXXXXX | Xxxxxxxxxxx complementaria | 0000 X 000 | XXXXXXXXXXXX | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
44781367-E | XXXXXX XXXXXX, XXXX XXXXX | Liquidación complementaria | 0000 X 000 | XXXXXXXXXXXX | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
8690717Y | XXXXXX XXXXX, XXXX XXXXX | Liquidación complementaria | 0000 X 000 | XXXXXXXXXXXX | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
08665384-L | XXXXXXXXX XXXXXXX, XXXXXXX | Xxxxxxx de Audiencia | 2012 T 2678 | ALMENDRALEJO | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
08746302-X | XXXXXX XXXXXXX, XXXXXXX | X x X/ 0000/0000/0 | XXXXXXXXXXXX | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX | |
33970592Y | XXXXXXX XXXXX, XXXX XXXXXXX | Liquidación complementaria | 0000 X 000 | XXXXXXXXXXXX | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
76028106-X | XXXX XXXXX, XXXXXXX | TP y AJD/ 2012/618/1/1 | ALMENDRALEJO | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX | |
08682909-X | XXXXXXX XXXXX, XXXXXX | Xxxxxxx de Audiencia | 0000 X 000 | XXXXXXXXXXXX | Xxxx. Xxx Xxxxxxx, 00 | XXXXXXXXXXXX |
NÚMERO 12
Martes, 20 de enero de 2015
1549
NIF | NOMBRE | PROCEDIMIENTO | EXPEDIENTE | OFICINA GESTORA | DIRECCION | MUNICIPIO |
00000000X | XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX | Xxxxxx Procedimiento Trámite Audiencia | 1387/2014 | Servicio Fiscal de Badajoz | C/ Padre Xxxxx, nº 4 | Badajoz |
44777285B | XXXX XXXXXXX, XXXXX XXX XXXXXX | Inicio Procedimiento Trámite Audiencia | 1388/2014 | Servicio Fiscal de Badajoz | X/ Xxxxx Xxxxx, xx 0 | Xxxxxxx |
B10232593 | MAN CONSULTING SL | Inicio Procedimiento Trámite Audiencia | 1426/2014 | Servicio Fiscal de Badajoz | X/ Xxxxx Xxxxx, xx 0 | Xxxxxxx |
B06500458 | LLERAPROMO S.L. | Inicio Procedimiento Trámite Audiencia | 1464/2014 | Servicio Fiscal de Badajoz | X/ Xxxxx Xxxxx, xx 0 | Xxxxxxx |
06999944D | XXXXXXXX XXXXXX, XXXXX | Xxxxxx 117 Propuesta de liquidación | 1171000002410 | Servicio Fiscal de Badajoz | X/ Xxxxx Xxxxx, xx 0 | Xxxxxxx |
76053421B | BOULKHAIR XXXXX XXXXXXXX | Modelo 903. Carta de pago | 9031000003340 | Servicio Fiscal de Badajoz | C/ Padre Xxxxx, nº 4 | Badajoz |
80090330Y | XXXXXXXX XXXXXXX, XXXXXXXX | Modelo 602 | 6024020034593 | Servicio Fiscal de Badajoz | C/ Padre Xxxxx, nº 4 | Badajoz |
08836836Y | XXXXXX XXXXXXXXX, XXXXXX | Xxxxxx 000 | 0000000000000 | Xxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxx | C/ Padre Xxxxx, nº 4 | Badajoz |
44407284B | XXXXXX XXXXXXX, XXXXXXX | Xxxxxx 602 | 6024020034611 | Servicio Fiscal de Badajoz | C/ Padre Xxxxx, nº 4 | Badajoz |
Y1637753Y | TAOUFIK, NAOUI | Modelo 602 | 6024020034620 | Servicio Fiscal de Badajoz | C/ Padre Xxxxx, nº 4 | Badajoz |
80075516G | XXXXXXXX XXXXXXXXX, XXXX XXXXXX | Xxxxxx 000 | 0000000000000 | Xxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxx | C/ Padre Xxxxx, nº 4 | Badajoz |
08852719L | XXXXXX XXXXX, XXXX XXXXXX | Contestación Alegaciones Trámite de Audiencia | 021352/2014 | Servicio Fiscal de Badajoz | X/ Xxxxx Xxxxx, xx 0 | Xxxxxxx |
NÚMERO 12
Martes, 20 de enero de 2015
1550
NIF | NOMBRE | PROCEDIMIENTO | EXPEDIENTE | OFICINA GESTORA | DIRECCION | MUNICIPIO |
00000000-X | XXXXXXXXX XXXX, XXXX XXXXXXX | TRAMITE ALEGACIONES | 2014 S 416 | Oficina Liquidadora Castuera | Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, 2 | Castuera |
08682769-X | XXXXX XXXXX, XXXXX | LIQUIDACION PROVISIONAL | 2014 S 379 | Oficina Liquidadora Castuera | Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, 2 | Castuera |
ANEXO IV
NIF | NOMBRE | PROCEDIMIENTO | EXPEDIENTE | OFICINA GESTORA | DIRECCION | MUNICIPIO |
00000000-X | XXXXXXX XXXXXXX, XXXXX | Liquidación complementaria | 2014 S 152 | OFICINA LIQUIDADORA DE JARANDILLA | AVDA XXXXXXX XXXX XXXXX, 44,1º | JARANDILLA DE LA VERA |
NÚMERO 12
Martes, 20 de enero de 2015
1551
ANEXO V
NIF | NOMBRE | PROCEDIMIENTO | EXPEDIENTE | OFICINA GESTORA | DIRECCION | MUNICIPIO |
00000000-X | XXXXXX XXXXXXXXX, XXXX XXXXXX | Xxxxxxxxxxx complementaria | 2014 S 79 | OL LOGROSAN | Xxxxx Xxxx xx Xxxx, 59 | LOGROSAN |
06841544-X | XXXXXX XXXXXXXXX, XXXX XXXXXX | Xxxxxxxxxxx complementaria | 2014 S 115 | OL LOGROSAN | Xxxxx Xxxx xx Xxxx, 59 | LOGROSAN |
NIF | NOMBRE | PROCEDIMIENTO | EXPEDIENTE | OFICINA GESTORA | DIRECCION | MUNICIPIO |
00000000X | Xxxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxxxxx / Fraccionamiento | 9144010000246 | Servicio de Gestión Tributaria e Ingresos | Xxxxx Xxxx, x/x Xxxxxx X, 0x xxxxxx | Xxxxxx |
08856250P | Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxxxxx / Fraccionamiento | 9144010005322 | Servicio de Gestión Tributaria e Ingresos | Xxxxx Xxxx, x/x Xxxxxx X, 0x xxxxxx | Xxxxxx |
45850246E | Xxxxxx de la Xxx, Xxxxxxxx | Aplazamiento / Fraccionamiento | 9142010008302 | Servicio de Gestión Tributaria e Ingresos | Xxxxx Xxxx, x/x Xxxxxx X, 0x xxxxxx | Xxxxxx |
03922193A | Portero Xxxxxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxxxxx / Fraccionamiento | 9143010004642 | Servicio de Gestión Tributaria e Ingresos | Xxxxx Xxxx, x/x Xxxxxx X, 0x xxxxxx | Xxxxxx |
G06242630 | Asoc. Extremeña Esclorosis Múltiple | Aplazamiento / Fraccionamiento | 9143010017942 | Servicio de Gestión Tributaria e Ingresos | Xxxxx Xxxx, x/x Xxxxxx X, 0x xxxxxx | Xxxxxx |
08883433M | Xxxxx Xxxxx, Xxxx | Xxxxxxxxxxxx / Fraccionamiento | 9144010001560 | Servicio de Gestión Tributaria e Ingresos | Xxxxx Xxxx, x/x Xxxxxx X, 0x xxxxxx | Xxxxxx |
01169694Y | Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxx | Xxxxxxxxxxxx / Fraccionamiento | 9143010018292 | Servicio de Gestión Tributaria e Ingresos | Xxxxx Xxxx, x/x Xxxxxx X, 0x xxxxxx | Xxxxxx |
08853136E | Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx | Aplazamiento / Fraccionamiento | 9143010007153 | Servicio de Gestión Tributaria e Ingresos | Xxxxx Xxxx, x/x Xxxxxx X, 0x xxxxxx | Xxxxxx |
09157752A | Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxxxxx / Fraccionamiento | 9144010001865 | Servicio de Gestión Tributaria e Ingresos | Xxxxx Xxxx, x/x Xxxxxx X, 0x xxxxxx | Xxxxxx |
76249205L | XXXXX XXXXXXX, XXXXXXXXX | INICIO PROPUESTA EXP.SANCIONADOR | 11201401010274 | Oficina Gestora Mérida | Xxxxx Xxxx, x/x Xxxxxx X, xxxxxx xxxx | Xxxxxx |
76257710Z | XXXXXXX XXXXXXXXX, XXX XXXXXXX | LIQUIDACIÓN SANCIONADOR | 9011401002423 | Oficina Gestora Mérida | Xxxxx Xxxx, x/x Xxxxxx X, xxxxxx xxxx | Xxxxxx |
80087282V | XXXXXXXXX XXXX, XXXXX | LIQUIDACIÓN SANCIONADOR | 9011401002545 | Oficina Gestora Mérida | Xxxxx Xxxx, x/x Xxxxxx X, xxxxxx xxxx | Xxxxxx |
09195332R | XXXXXX XXXXX, XXXXXXXX | TRÁMITE AUDIENCIA Y PROPUESTA LIQUIDACIÓN | 0022/2011 | Oficina Gestora Mérida | Xxxxx Xxxx, x/x Xxxxxx X, xxxxxx xxxx | Xxxxxx |
NÚMERO 12
Martes, 20 de enero de 2015
1552
76258499K | XXXXX XXXXXXX, XXXXXXXXX | LIQUIDACIÓN EXP.SANCIONADOR | 0000000000000 | Oficina Gestora Mérida | Xxxxx Xxxx, x/x Xxxxxx X, xxxxxx xxxx | Xxxxxx |
07019330Y | XXXXXX XXXXXXX, XXXXX | Tramitación abreviada Acuerdo Inicio/ Propuesta Resolución | 11201488010660 | Servicio de Inspección Fiscal | Xxxxx Xxxx, x/x Xxxxxx X, 0x xxxxxx | Xxxxxx |
08621797V | XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX | Xxxxxxxxxxx abreviada Acuerdo Inicio/ Propuesta Resolución | 11201488010680 | Servicio de Inspección Fiscal | Xxxxx Xxxx, x/x Xxxxxx X, 0x xxxxxx | Xxxxxx |
07304204W | XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX | Traslado propuesta regularización y apertura tramite de audiencia | 14030317 | Servicio de Inspección Fiscal | Xxxxx Xxxx, x/x Xxxxxx X, 0x xxxxxx | Xxxxxx |
76231854X | XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX | Xxxxxxxx propuesta regularización y apertura tramite de audiencia | 14030536 | Servicio de Inspección Fiscal | Xxxxx Xxxx, x/x Xxxxxx X, 0x xxxxxx | Xxxxxx |
33983498D | XXXXX XXXXXX XXXXX DEL PUERTO | Traslado propuesta regularización y apertura tramite de audiencia | 14030537 | Servicio de Inspección Fiscal | Xxxxx Xxxx, x/x Xxxxxx X, 0x xxxxxx | Xxxxxx |
76215753D | XXXXXX XXXXXX, XXXX | Xxxxxxxxxx recurso reposición canon saneamiento | Referencia RP- CS 25/2014 | Servicio de Inspección Fiscal | Xxxxx Xxxx, x/x Xxxxxx X, 0x xxxxxx | Xxxxxx |
NÚMERO 12
Martes, 20 de enero de 2015
1553
CONSEJERÍA DE FOMENTO, VIVIENDA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y TURISMO
CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 22 de diciembre de 2014, de la Secretaría General, por la que se convoca, por procedimiento abierto mediante tramitación ordinaria y vía anticipada, la contratación de la obra de "Depósito en Valdastillas (Xxxxxxx)". Expte.: OBR0515059. (2015060090)
Advertido error en la Resolución de 22 de diciembre de 2014 de la Secretaría General, por la que se convoca, por procedimiento abierto mediante tramitación ordinaria y vía anticipada, la contratación de la obra de “Depósito en Valdastillas (Xxxxxxx)” Expediente OBR0515059, pu- blicada en el DOE n.º 2, de 5 de enero de 2015, se procede a su oportuna rectificación.
En la página 207, Apartado 6. REQUISITOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATISTA:
Donde dice:
“Aunque por la cuantía del contrato, inferior a 500.000,00 € la clasificación no sea exigible, aquellos licitadores que acrediten estar clasificados en el Grupo E, Subgrupo 7 y Categoría c, y en aplicación de lo establecido en el apartado 2 del artículo 74 del TRLCSP, están exentos de acreditar su solvencia por otros medios”.
Debe decir:
“Aunque por la cuantía del contrato, inferior a 500.000,00 € la clasificación no sea exigible, aquellos licitadores que acrediten estar clasificados en el Grupo E, Subgrupo 1 y Categoría c, y en aplicación de lo establecido en el apartado 2 del artículo 74 del TRLCSP, están exentos de acreditar su solvencia por otros medios”.
En consecuencia con lo anterior también se modifican el fin de plazo de presentación de pro- posiciones así como las fechas de celebración de las mesas, por lo que:
Donde dice:
“Fecha límite de presentación de ofertas: Hasta las 14:00 horas del día 2 de febrero de 2015.
— Apertura de ofertas:
• Documentación General (Sobre 1):
Fecha: 12 de febrero de 2015.
Hora: 14:00.
• Documentación para la valoración de criterios cuya valoración es automática (Sobre 3): Fecha: 19 de febrero de 2014.
Hora: 12:30”.
Debe decir:
“Fecha límite de presentación de ofertas: Hasta las 14:00 horas del día 19 de febrero de 2015.
— Apertura de ofertas:
• Documentación General (Sobre 1): Fecha: 2 xx xxxxx de 2015.
Hora: 14:00.
• Documentación para la valoración de criterios cuya valoración es automática (Sobre 3): Fecha: 9 xx xxxxx de 2015.
Hora: 13:30”.
Mérida, a 12 de enero de 2015. El Secretario General (PD del Consejero, Resolución de 26 de julio de 2011 (DOE n.º 146, de 29 de julio), PS El Director General de Arquitectura y Vivienda (Resolución de 23 de septiembre de 2011, DOE n.º 197, de 13 de octubre), XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX.
•••
RESOLUCIÓN de 2 de enero de 2015, de la Secretaría General, por la que se convoca, por procedimiento abierto mediante tramitación ordinaria y vía anticipada, la contratación del servicio de asistencia técnica para la "Redacción del proyecto de las obras de Ronda Sur de Badajoz, tramo III. EX-107 - Recinto Ferial". Expte.: SER0515074. (2015060054)
1. ENTIDAD ADJUDICADORA:
a) Organismo: Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General.
c) Obtención de documentación e información:
1) Dependencia: Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turis- mo; Secretaría General.
2) Domicilio: Xxxx. xx xxx Xxxxxxxxxxx, x/x.
0) Xxxxxxxxx x xxxxxx xxxxxx: Xxxxxx 00000. 4) Teléfono: 000 000000.
5) Telefax: 924 332381.
6) Correo electrónico: xxxxxxx.xxxxx@xxxxx.xx
7) Dirección de internet del Perfil de contratante: xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx/
8) Fecha límite de obtención de documentación e información: Seis días antes de la fi- nalización del plazo de presentación de ofertas.
d) Número de expediente: SER0515074.
2. OBJETO DEL CONTRATO:
a) Tipo de contrato: Servicio.
b) Descripción del objeto: Asistencia técnica para la redacción del proyecto de las obras de Ronda Sur de Badajoz, tramo III. EX-107 — Recinto Ferial.
c) División por lotes y número: No procede.
d) Lugar de ejecución/entrega: Comunidad Autónoma de Extremadura.
e) Plazo de ejecución/entrega: 9 meses.
f) Admisión de prórroga: En los casos previstos en el TRLCSP y en el Cuadro Resumen del PCAP.
g) CPV (Referencia de Nomenclatura): 71311000-1.
3. TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO:
a) Tramitación: Ordinaria vía anticipada.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Subasta electrónica: No procede.
d) Criterios de adjudicación:
Criterios de adjudicación cuya valoración es automática:
− Oferta económica: Hasta 60,00 puntos.
− Ampliación de la garantía: Hasta 10,00 puntos.
Criterios de adjudicación cuya valoración depende de un juicio de valor:
− Calidad técnica de la propuesta: Hasta 30,00 puntos.
1. Memoria descriptiva: Hasta 10,00 puntos.
2. Metodología propuesta: Hasta 10,00 puntos.
3. Planificación y control: Hasta 10,00 puntos.
4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: Importe neto: 633.213,26 €.
IVA (21 %): 132.974,78 €.
Importe total: 766.188,04 €.
Valor estimado del contrato: 633.213,26 €.
5. GARANTÍAS EXIGIDAS: Provisional: No se exige.
Definitiva: 5 % del importe de adjudicación, IVA excluido. Art 95 del TRLCSP.
6. REQUISITOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATISTA:
a) Clasificación: No se exige.
b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Tal y como se es- pecifica en el apartado J del Cuadro Resumen de Características que forma parte xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares como Anexo I.
7. PRESENTACIÓN DE OFERTAS O DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:
a) Fecha límite de presentación: Hasta las 14:00 horas del día 26 de febrero de 2015.
b) Modalidad de presentación: Según lo especificado en el Pliego de Cláusulas Adminis- trativas Particulares. Sobre 1: Documentación administrativa; Sobre 2: Documentación para valoración de criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor; Sobre 3: Documentación para valoración de criterios cuantificables de forma automática.
c) Lugar de presentación:
1. Dependencia: Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo (Registro General).
2. Domicilio: Xxxx. xx xxx Xxxxxxxxxxx, x/x.
0. Xxxxxxxxx x xxxxxx xxxxxx: Xxxxxx 00000.
4. Dirección electrónica:
5. Teléfono: 000 000000.
6. N.º fax para notificar envío por correo: 924 332375.
d) Número previsto de empresas a las que se pretende invitar a presentar ofertas (pro- cedimiento restringido): No procede.
e) Admisión de variantes, si procede: No.
f) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener su oferta: Dos meses para la adjudicación a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con el artículo 161.2 del TRLCSP.
8. APERTURA DE OFERTAS:
— Documentación General (Sobre 1): A los efectos establecidos en el art. 53 del TRLCSP, el resultado de la calificación de la Documentación General se hará público a la través del Perfil de contratante en la siguiente dirección de internet: xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx y será comunicado verbalmente a los licitadores, a continuación del examen de dicha do- cumentación, en la siguiente fecha, hora y lugar:
a) Entidad: Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo.
b) Domicilio: Avda. de las Comunidades, s/n.
c) Localidad: Mérida.
d) Fecha: 10 xx xxxxx de 2015.
e) Hora: 12:00 horas.
— Documentación para valoración de criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor (Sobre 2):
a) Entidad: Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo.
b) Domicilio: Avda. de las Comunidades, s/n.
c) Localidad: Mérida.
d) Fecha: 17 xx xxxxx de 2015.
e) Hora: 9:30 horas.
— Documentación para la valoración de criterios cuya valoración es automática (Sobre 3):
a) Entidad: Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo.
b) Domicilio: Avda. de las Comunidades, s/n.
c) Localidad: Mérida.
d) Fecha: 7 xx xxxxx de 2015.
e) Hora: 9:30 horas.
Cualquier variación en las fechas y horas indicadas para la celebración de las mesas se comunicará a través del Perfil de contratante en la siguiente dirección de internet: xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx.
9. GASTOS DE PUBLICIDAD:
De conformidad con el artículo 75 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, será de cuenta del adjudicatario del contrato la publicación, por una sola vez, de los anuncios de licitación en el Boletín Oficial del Estado o en los respectivos diarios o boletines oficiales en los supuestos a que se refiere el artículo 142 del TRLCSP.
10. FECHA DE ENVÍO DEL ANUNCIO AL DIARIO OFICIAL DE LA UNIÓN EUROPEA, EN SU CASO: 2 de enero de 2015.
11. FUENTE DE FINANCIACIÓN:
Fondos del Programa Operativo FEDER Extremadura 2014-2020. Objetivo Específico: (OE 7.2.1).
12. PERFIL DE CONTRATANTE: (ART. 53 del TRLCSP): xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx/
Mérida, a 2 de enero de 2015. El Secretario General (PD Res. de 26/07/11, DOE n.º 146, de 29/07/11), XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX.
•••
XXXXXXXXXX xx 0 xx xxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxx General, por la que se convoca, por procedimiento abierto mediante tramitación ordinaria y vía anticipada, la contratación de la obra de "Nuevo depósito regulador en Gargüera". Expte.: OBR0515046. (2015060074)
1. ENTIDAD ADJUDICADORA:
a) Organismo: Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General.
c) Obtención de documentación e información:
1) Dependencia: Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turis- mo; Secretaría General.
2) Domicilio: Xxxx. xx xxx Xxxxxxxxxxx, x/x.
0) Xxxxxxxxx x xxxxxx xxxxxx: Xxxxxx 00000. 4) Teléfono: 000 000000.
5) Telefax: 924 332381.
6) Correo electrónico: xxxxxxx.xxxxx@xxxxx.xx
7) Dirección de internet del Perfil de contratante: xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx/
8) Fecha límite de obtención de documentación e información: Seis días antes de la fi- nalización del plazo de presentación de ofertas.
d) Número de expediente: OBR0515046.
2. OBJETO DEL CONTRATO:
a) Tipo de contrato: Obra.
b) Descripción del objeto: Nuevo depósito regulador en Gargüera (Xxxxxxx).
c) División por lotes y número: No procede.
d) Lugar de ejecución/entrega: Comunidad Autónoma de Extremadura.
e) Plazo de ejecución/entrega: 5 meses.
f) Admisión de prórroga: En los casos previstos en el TRLCSP y en el Cuadro Resumen del PCAP.
g) CPV (Referencia de Nomenclatura): 45240000.
3. TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO:
a) Tramitación: Ordinaria anticipada de gasto.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Subasta electrónica: No procede.
d) Criterios de adjudicación:
Criterios de adjudicación cuya valoración es automática:
— Oferta económica: Hasta 91,00 puntos.
— Extensión de garantía: Hasta 9,00 puntos.
4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: Importe neto: 372.711,86 €.
IVA (21 %): 78.269,49 €.
Importe total: 450.981,35 €.
Valor estimado del contrato: 372.711,86 €.
5. GARANTÍAS EXIGIDAS: Provisional: No se exige.
Definitiva: 5 % del importe de adjudicación, IVA excluido. Artículo 95 del TRLCSP.
6. REQUISITOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATISTA:
Aunque por la cuantía del contrato inferior a 500.000,00 € la clasificación no sea exigible, aquellos licitadores que acrediten estar clasificados en el Grupo E, Subgrupo 1 y Categoría d, y en aplicación de lo establecido en el apartado 2 del artículo 74 del TRLCSP, están exentos de acreditar su solvencia por otros medios.
a) Clasificación: No se exige.
b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Tal y como se es- pecifica en el apartado E del Cuadro Resumen de Características que forma parte xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares como Anexo I.
7. PRESENTACIÓN DE OFERTAS O DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:
a) Fecha límite de presentación: Hasta las 14:00 horas del día 17 de febrero de 2015.
b) Modalidad de presentación: Según lo especificado en el Pliego de Cláusulas Adminis- trativas Particulares. Sobre 1: Documentación administrativa; Sobre 3: Documentación para valoración de criterios cuantificables de forma automática.
c) Lugar de presentación:
1. Dependencia: Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo (Registro General).
2. Domicilio: Xxxx. xx xxx Xxxxxxxxxxx, x/x.
0. Xxxxxxxxx x xxxxxx xxxxxx: Xxxxxx 00000.
4. Dirección electrónica: xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxx@xxxxx.xx 5. Teléfono: 000 000000.
6. N.º fax para notificar envío por correo: 924 332375.
d) Número previsto de empresas a las que se pretende invitar a presentar ofertas (pro- cedimiento restringido): No procede.
e) Admisión de variantes, si procede: No.
f) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener su oferta: Dos meses para la adjudicación a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con el artículo 161.2 del TRLCSP.
8. APERTURA DE OFERTAS:
— Documentación General (Sobre 1): A los efectos establecidos en el artículo 53 del TRLCSP, el resultado de la calificación de la Documentación General se hará públi- co a la través del Perfil de contratante en la siguiente dirección de internet: xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx y será comunicado verbalmente a los licitadores, a con- tinuación del examen de dicha documentación, en la siguiente fecha, hora y lugar:
a) Entidad: Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo.
b) Domicilio: Avda. de las Comunidades, s/n.
c) Localidad: Mérida.
d) Fecha: 27 de febrero de 2015.
e) Hora: 12:00 horas.
— Documentación para la valoración de criterios cuya valoración es automática (Sobre 3):
a) Entidad: Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo.
b) Domicilio: Avda. de las Comunidades, s/n.
c) Localidad: Mérida.
d) Fecha: 6 xx xxxxx de 2015.
e) Hora: 12:30 horas.
Cualquier variación en las fechas y horas indicadas para la celebración de las mesas se comunicará a través del Perfil de contratante en la siguiente dirección de internet: xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx.
9. GASTOS DE PUBLICIDAD:
De conformidad con el artículo 75 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, será de cuenta del adjudicatario del contrato la publicación, por una sola vez, de los anuncios de licitación en el Boletín Oficial del Estado o en los respectivos diarios o boletines ofi- ciales en los supuestos a que se refiere el artículo 142 del TRLCSP.
10. FECHA DE ENVÍO DEL ANUNCIO AL DIARIO OFICIAL DE LA UNIÓN EUROPEA, EN SU CASO:
No procede.
11. FUENTE DE FINANCIACIÓN:
Financiado el 80 % con Fondos FEDER y el 20 % con Fondos de la Comunidad Autóno- ma. Tema prioritario: 45. “Gestión y distribución de agua (agua potable)”.
12. PERFIL DE CONTRATANTE: (ART. 53 del TRLCSP): xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx/
Mérida, a 7 de enero de 2015. El Secretario General (PD Res. de 26/07/11, DOE n.º 146, de 29/07/11), XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX.
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA
ANUNCIO de 2 de diciembre de 2014 sobre notificación de expedientes de planes técnicos xx xxxx. (2015080040)
No habiendo sido posible practicar en el domicilio de los destinatarios que se relacionan en el Anexo adjunto la notificación de expedientes de planes técnicos, tramitados en la provincia Badajoz, se procede a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis- traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE n.º 285, de 27 de no- viembre), en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE n.º 12, de 14 de ene- ro), que modifica la anterior.
Los interesados podrán tomar conocimiento de su texto íntegro en la siguiente dirección: Con- sejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, Dirección General Medio Ambiente, Sección xx Xxxx —planta baja—, xxxx. Xxx Xxxxxxx, 0 —00000 Xxxxxxx—.
Mérida, a 2 de diciembre de 2014. El Director General de Medio Ambiente, XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX.
ANEXO
N.º EXPTE. | TITULAR | ULTIMO DOMICILIO | DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA |
COT/433/12 | GUADÁMEZ, CB | X/ Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, 0-0.x 00000 Xxxxxxxxxxxx (Xxxxxxx) | Resolución de aprobación del plan técnico xxx xxxx EX 212-008-M |
PT/255/14 | AGROPLAZA, SL | X/ Xxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx (Xxxxxxx) | Subsanación de carencias para aprobación del plan técnico xxx xxxx EX 114-013-M |
NÚMERO 12
Martes, 20 de enero de 2015
1563
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ANUNCIO de 11 de diciembre de 2014 sobre solicitud de autorización administrativa de instalación eléctrica. Ref.: 06/AT-1618/17550. (2014084556)
Acuerdo del Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz de la Dirección General de Indus- tria y Energía, por el que se somete a información pública la petición de autorización admi- nistrativa, de proyecto de sustitución de dos transformadores de 6,5 MVA por uno de 15 MVA y los cuadros de control y maniobra de la subestación transformadora de 44/22 KV en el tér- xxxx Municipal de Guareña.
Visto el expediente iniciado en este Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz a petición de Hijos de Xxxxxxx Xxxxxxx Distribuidora Eléctrica, SLU, con domicilio en xxxxxxxx xxxxxxxxxx Xx Xxxxxxx, xxxxxxx 00, XX 00000 xx Xxxxxxx, solicitando autorización administrativa para la mo- dificación de una instalación eléctrica cuyas características principales son las siguientes:
Subestación transformadores reductora de 44/22 kV en el término municipal de Guareña.
Posiciones de transformación: Sustitución de dos transformadores de 6,5 MVA (existentes) por uno de 15 MVA, con regulación en carga destinado a reserva, quedado la potencia total de la subestación en dos trafos de 15 MVA, uno de reserva.
Posiciones de control y maniobra: Sustitución de los cuadros de control y maniobra. Emplazamiento: “Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx”, xxxxxxx xxxxxxxxx xx Xxxxxxx.
Finalidad: Mejora del suministro eléctrico. Referencia del expediente: 06/AT-1618/17550.
A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de ins- talaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de información pública la petición de au- torización administrativa, para que pueda ser examinado el expediente en este Servicio sito en Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx, xxxx. Xxxxxx xx Xxxxx, 0, xx Xxxxxxx, y formularse las recla- maciones oportunas en el plazo de veinte días contados a partir del siguiente al de la publi- cación de este anuncio.
Badajoz, a 11 de diciembre de 2014. El Jefe de Servicio de Ordenación Industrial, XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX.
•••
ANUNCIO de 9 de enero de 2015 sobre notificación de requerimiento de documentación en expedientes relativos a ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas de montaña y en zonas distintas a las de montaña, correspondientes a la campaña 2014- 2015. (2015080134)
Por la presente se notifica trámite de requerimiento de documentación de las solicitudes de las ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas de montaña y en zonas distintas a las de montaña, campaña 2014-2015, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, concediendo un plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente al de recepción de la presente notificación, para presentar los documentos indicados. En caso contrario, se le informa que se le podrá declarar decaído en su derecho a este trámite.
La relación de solicitantes afectados por dicho trámite, se encuentra publicada en internet en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura, xxxx://xxx.xxxxx.xx/xxxx000/ , pudiéndose acceder con las res- pectivas claves personalizadas a la aplicación Laboreo donde se encuentra el texto íntegro del trámite de requerimiento de documentación.
Las alegaciones podrán presentarlas en el Registro General de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura, así como en los Cen- tros de Atención Administrativa, Oficinas de Respuesta Personalizada, o en los demás lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ám- bito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme al artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y se dirigirán al Servicio de Ayudas Complementarias, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Me- dio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura, en la avenida de Xxxx Xxxxxxx, x/x., 00000 Xxxxxx (Xxxxxxx), con indicación del número de expediente asignado a su solicitud de ayuda.
Mérida, a 9 de enero de 2015. El Jefe de Servicio de Ayudas Complementarias, XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX.
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
ANUNCIO de 16 de diciembre de 2014 sobre notificación de resolución en el expediente n.º 0609-11-44, de responsabilidad patrimonial por accidente escolar. (2015080079)
Intentada la notificación al interesado, y no habiéndose podido practicar en el último domici- lio conocido, de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación por medio del presente anuncio:
N.º Expte.: 0609-11-44.
Interesado: Xxxxxx X. Xxxx Xxxxxxxxx.
Asunto: Reclamación de responsabilidad patrimonial por accidente escolar, por daños sufridos por su hijo en el CP “Puente Real” de Badajoz.
El texto íntegro de la Resolución se encuentra archivado en el Servicio de Asuntos Jurídicos, de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Cultura, sito en la xxxxxxx Xxxxxx- xx, x/x., XXX Xxxxxxx, xxxxxx 0, 0.x xxxxxx, xx Xxxxxx, donde podrá dirigirse el interesado pa- ra el conocimiento íntegro del mismo en el plazo xx xxxx días contados a partir del día si- guiente a la publicación del presente anuncio.
Mérida, a 16 de diciembre de 2014. El Secretario General, XXXXX XXXXXX XXXXXX-XXXXXXXX.
SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO
ANUNCIO de 30 de diciembre de 2014 por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas a las entidades sin ánimo de lucro para la realización de planes de formación intersectoriales dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados correspondiente al año 2014. (2015080092)
El Decreto 168/2012, de 17 xx xxxxxx (DOE n.º 163, de 23 xx xxxxxx), establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades previstas en el artículo 23.1 para la financiación de planes de formación intersectoriales. Por Orden de 12 xx xxxxx de 2014 (DOE n.º 123, de 27 xx xxxxx), se realiza la convocatoria pública de dichas subvenciones co- rrespondiente al ejercicio 2014.
La finalidad de estas subvenciones es ofrecer a los trabajadores, tanto ocupados como de- sempleados, una formación ajustada a las necesidades xxx xxxxxxx de trabajo que atienda a los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas y a las aspiraciones de promoción profesional y desarrollo personal de los trabajadores. Asimismo, se dirige a pro- porcionar a los trabajadores una formación que les capacite para el desempeño cualificado de las distintas profesiones y el acceso al empleo, promoviendo la realización de itinerarios inte- grados de formación para la inserción profesional y favoreciendo que los trabajadores puedan optar a un reconocimiento efectivo de la formación que reciban.
La financiación de las subvenciones se ha realizado con cargo a la aplicación presupuestaria 1440.242B.489.00, proyecto 200419004000100, por importe total de 3.271.082,42 € con car- go a los Presupuestos Generales de Comunidad Autónoma de Extremadura para los años 2014 y 2015, del cual 1.635.541,21 € se imputan al ejercicio 2014 y 1.635.541,21 € se imputan al ejercicio 2015.
Una vez resueltas y notificadas las resoluciones de concesión de subvenciones a las entida- des beneficiarias de acuerdo con lo dispuesto en la precitada Orden, y en virtud de lo esta- blecido en el artículo 27.4 del Decreto 168/2012, de 17 xx xxxxxx, que establece que el ór- gano concedente publicará en el Diario Oficial de Extremadura las subvenciones concedidas, con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, be- neficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención, y dando cumplimiento a los principios de publicidad y concurrencia que han de presidir los procedimientos de con- cesión de subvenciones públicas,
ACUERDO:
Único. Dar publicidad a las subvenciones concedidas para la financiación de planes de formación intersectoriales dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados correspondiente al ejercicio 2014, que son las que se detallan en el Anexo de este anuncio, con expresión de los datos rela- tivos a las entidades beneficiarias, proyecto objeto de financiación y la cantidad concedida.
Mérida, a 30 de diciembre de 2014. La Directora General de Formación para el Empleo del SEXPE. PD Resolución de 15/04/2014, DOE n.º 79, de 25 xx xxxxx, XXXXX XXXX XXXXXX DEL CAMPO.
ANEXO I
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14.40.242B.489.00 CODIGO PROYECTO DE GASTO: 200419004000100 IMPORTE CONVOCADO: 4.000.000 €
NOMBRE ENTIDAD | CIF | NOMBRE DEL PROYECTO | SUBVENCIÓN CONCEDIDA |
Confederación de Empresas de Extremadura (CREEX) | G-06063960 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 1.458.665,00 € |
Unión General de Trabajadores - EXTREMADURA | G-06208136 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 783.600,00 € |
Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F) | G-10233542 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 266.420,00 € |
Confederación de Entidades de la Economía Social y Autónomos (CEPES- EXTREMADURA) | G-06401921 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 86.480,00 € |
Unión de Cooperativas de Extremadura de Trabajo Asociado (UCETA) | G06068662 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 73.520,00 € |
Confederación de Entidades de la Economía Social y Autónomos (CEPES- EXTREMADURA) | G-06401921 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 111.922,42 € |
Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) | G-06315337 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 136.875,00€ |
Federación de Organización de Profesionales y Autónomos (FOPA – EXTREMADURA) | G-06363360 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 141.824,00 € |
Asociación Extremeña de Trabajadores Autónomos (AEXTA) | G10436012 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 106.062,00 € |
Asociación Intersectorial de Autónomos de Extremadura (CEAT – EXTREMADURA) | G10316784 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 105.714,00 € |
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ANUNCIO de 30 de diciembre de 2014 por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas para la realización de planes de formación a desarrollar por entidades y centros de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados correspondiente al año 2014. (2015080093)
El Decreto 168/2012, de 17 xx xxxxxx (DOE n.º 163, de 23 xx xxxxxx), establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades previstas en el artículo 23.1.e para la financiación de planes de formación a desarrollar por entidades y centros de forma- ción. Por Orden de 15 de julio de 2014 (DOE n.º 138, de 18 de julio), se realiza la convoca- toria pública de dichas subvenciones correspondiente al ejercicio 2014.
La finalidad de estas subvenciones es ofrecer a los trabajadores, tanto ocupados como de- sempleados, una formación ajustada a las necesidades xxx xxxxxxx de trabajo que atienda a los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas y a las aspiraciones de promoción profesional y desarrollo personal de los trabajadores. Asimismo, se dirige a pro- porcionar a los trabajadores una formación que les capacite para el desempeño cualificado de las distintas profesiones y el acceso al empleo, promoviendo la realización de itinerarios inte- grados de formación para la inserción profesional y favoreciendo que los trabajadores puedan optar a un reconocimiento efectivo de la formación que reciban.
La financiación de las subvenciones con cargo a la aplicación presupuestaria 1440.242B.470.00, proyecto 200219004000100, por importe total de 576.792,35 € con car- go a los Presupuestos Generales de Comunidad Autónoma de Extremadura para los años 2014 y 2015, del cual 288.396,17 € se imputan al ejercicio 2014 y 288.396,18 € se imputan al ejer- cicio 2015.
Una vez resueltas y notificadas las resoluciones de concesión de subvenciones a las entida- des beneficiarias de acuerdo con lo dispuesto en la precitada Orden, y en virtud de lo esta- blecido en el artículo 27.4 del Decreto 168/2012, de 17 xx xxxxxx, que establece que el ór- gano concedente publicará en el Diario Oficial de Extremadura las subvenciones concedidas, con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, be- neficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención, y dando cumplimiento a los principios de publicidad y concurrencia que han de presidir los procedimientos de con- cesión de subvenciones públicas,
ACUERDO:
Único. Dar publicidad a las subvenciones concedidas para la financiación de planes de forma- ción a desarrollar por entidades y centros de formación dirigidos prioritariamente a trabaja- dores ocupados, correspondiente al ejercicio 2014, que son las que se detallan en el Anexo de este anuncio, con expresión de los datos relativos a las entidades beneficiarias, proyecto objeto de financiación y la cantidad concedida.
Mérida, a 30 de diciembre de 2014. La Directora General de Formación para el Empleo del SEXPE, PD Resolución de 15/04/2014 (DOE n.º 79, de 25 xx xxxxx), XXXXX XXXX XXXXXX DEL CAMPO.
ANEXO I
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14.40.242B.470.00 CODIGO PROYECTO DE GASTO: 200219004000100 IMPORTE CONVOCADO: 600.000 €
ENTIDAD | CIF | NOMBRE DEL PROYECTO | IMPORTE |
EXTREMEÑA DE FORMACION Y DISEÑO, SL | B06555908 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 11.345,60 € |
XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX (INFORMAEX) | 09184495C | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 9.392,00 € |
METODO-EXTREMADURA | B27700475 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 7.560,00 € |
XXXXX XXXXX XXXXXXXXX | 76019034D | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 11.635,14 € |
ACADEMIA XXXXX DE LOS XXXX | X00000000 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 10.080,00 € |
AUDIOLIS CENTRO FORMATIVO DE INSERCION LABORAL SAL | A06281240 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 8.268,26 € |
EUROCERES FORMACION, SL | B10364990 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 10.760,20 € |
XXXXX-XXXXX XXXXXXXX XXXXX | 09177192P | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 8.236,28 € |
AMBULANCIAS AMCOEX, SL | B06028013 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 11.760,00 € |
Xx XXXXXXX XXXXXX XXXXX - CENTRO DE F P SOYCA | 11762100S | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 11.481,80 € |
FORMACION EXTREMEÑA 2012 | B06616478 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 9.921,60 € |
A LA VERA DEL JERTE FORMACION, SL | B10252559 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 11.193,00 € |
XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXX - DOBLECLICK | 79262943K | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 9.449,44 € |
FISSEP VEGAS ALTAS, SL | B06547129 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 10.800,00 € |
CONAVANZA, SL | B10329654 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 11.616,00 € |
FRAEFORMA, SL | B06398655 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 9.954,36 € |
RESIDENCIA GERIATRICA NUESTRA SEÑORA DE LA LUZ, SL | B10178002 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 11.209,50 € |
XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX | 08816925J | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 9.920,00 € |
ÁNFORA FORMACIÓN | B91015750 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 9.120,00 € |
ATHENEA CENFOR, SL. | B06383327 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 10.793,75 € |
FORMACIÓN XXXXXX XX XXXXXX, SL. | B06601405 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 10.584,00 € |
XXXXXX XXXXXXXX PILA | 30203906F | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 10.230,00 € |
XXXX XXXXXXX XXXXXX - ACADEMIA ATENEA | 7433110Q | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 10.912,00 € |
CENFOR, SL. | B06150791 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 10.912,00 € |
XXXXXX CENTRO DE FORMACIÓN, SC | F10190122 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 7.990,00 € |
XXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXX | 08864747H | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 11.000,00 € |
INSTITUTO DE DESARROLLO SAN XXXXXX, SA | A10294338 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 10.320,00 € |
AFIMEC FORMACIÓN, SL | B06200687 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 11.000,00 € |
EDUCACIÓN Y TECNOLOGÍA DE EXTREMADURA, SLU | B10248755 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 10.513,68 € |
FORMEX-HIGHLEVEL, SL | B06328934 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 6.784,00 € |
FORMACIÓN Y DESARROLLO GREDOS, SL | B10199321 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 9.000,00 € |
XXXXXXX XXXXXXX, SC | X00000000 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 8.124,48 € |
XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX | 52966933A | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 10.400,00 € |
INETCOM INTERNACIONAL, SL. | B10271575 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 10.385,00 € |
ADALID EXTREMADURA, SL. | B06409460 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 11.000,00 € |
XXXXX DEL XXXXXX XXXX XXXXXXXXX | 34769621S | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 8.000,00 € |
XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXX | 33983973R | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 7.877,76 € |
CESUR | A92194844 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 9.520,00 € |
ROYAL ENGLISH COLLEGE | B06203582 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 7.020,00 € |
ICARO FORMACIÓIN | B10311231 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 7.095,00 € |
CENTRO DE FORMACIÓN VEGAS & XXXXXX, SL | B06639843 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 9.046,40 € |
FOREXT ACADEMIA SLU | B06212922 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 9.298,30 € |
XXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX | 79309449-K | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 10.227,84 € |
INTAEX CONSULTORES | B06352421 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 8.962,56 € |
ATEEX RECURSOS HUMANOS SL. | B10193183 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 9.108,00 € |
CENPROEX FORMACIÓN Y EMPLEO | B10234375 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 9.120,00 € |
XXXXX XXXXX XXXX | 52964947H | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 9.720,00 € |
EXSERFORMPREV SL. | B06546204 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 8.800,00 € |
XXXXXXX XXXXX XXXXXX | 53264784G | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 9.720,00 € |
SIGNO FORMACIÓN | B10321115 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 10.560,00 € |
XXXX XXXXXX XXXXXXX-AFAVAL | 11784395T | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 9.880,00 € |
FORMACIÓN Y EMPLEO EXTREMADURA SL | B10439339 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 7.242,00 € |
HI&CA TELEMÁTICA | B06441919 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 9.222,50 € |
CASTUERA INFORMÁTICA SL | B06234579 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 7.936,00 € |
MULTISERVICIOS XXXXXX SL (CENTRO DE FORMACIÓN ACADEMIA XXXXXXX) | B06642383 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 8.640,00 € |
GUPO ALBA INTERNACIONAL SLL | B10245884 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 7.149,30 € |
CEMA INFORMÁTICA SL | B06289037 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 8.224,92 € |
AUTOESCUELAS JEREZ SL | B06198402 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 10.080,00 € |
ACADEMIA RURAL DE ENSEÑANZA | B06191688 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 10.176,00 € |
INFORMATICA XXXXXXXX, SL | B06543607 | CONTRATO PROGRAMA PARA LA FORMACIÓN DE TRABAJADORES | 10.513,68 € |
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN EXTREMADURA
EDICTO de 30 de diciembre de 2014 sobre notificación de resolución en expedientes sancionadores. (2015ED0006)
En aplicación de lo prevenido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27-11-92), se da publicidad a las notificaciones relativas a las resoluciones dictadas por esta Delegación del Gobierno en Extremadura contra las personas que se citan, que han resultado desconocidas en sus últimos domicilios, haciéndoles saber que contra dicha resolu- ción podrán interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Ministro del Interior, en el plazo de un mes.
N. EXPTE. | NOMBRE Y APELLIDOS | DNI | LOCALIDAD | F. RESOLUCIÓN | PRECEPTO INFRINGIDO | SANCION |
2858/2014 | XXXX XXXXXX XXXXXXXXXX | 00000000X | XXXXXXX (XXXXXXX) | 27/11/2014 | LO 1/1992 - 25.1 | 500 € |
2859/2014 | XXXXXXX XXXXX XXXXXXX | 00000000X | XXXXXXXXXXXX (XXXXXXX) | 27/11/2014 | LO 1/1992 - 25.1 | 306 € |
2871/2014 | XXXXXXXX XXXXXX XX XXXX XXXXX | 00000000X | XXX XXXXXX (XXXXXXX) | 27/11/2014 | LO 1/1992 - 25.1 | 306 € |
2874/2014 | XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXX | 00000000X | XXXXXXX (XXXXXXX) | 27/11/2014 | LO 1/1992 - 25.1 | 306 € |
2881/2014 | XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX | 00000000X | XXXXXXXXX (XXXXXXX) | 27/11/2014 | LO 1/1992 - 26.h) | 200 € |
2885/2014 | XXXXXXXX XXXXXXXXX | Y1546780K | XXXXXX XXX XXXXXX (BADAJOZ) | 27/11/2014 | LO 1/1992 - 25.1 | 306 € |
2897/2014 | XXXXX XXXXX XXXXXX | 08889374N | REINA (BADAJOZ) | 27/11/2014 | LO 1/1992 - 25.1 | 500 € |
2905/2014 | XXXXX XXXX | X0000000X | XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX (XXXXXXX) | 01/12/2014 | LO 1/1992 - 26.g) | 200 € |
2918/2014 | XXXXXX XXXXX XXXXXX | 00000000X | XXXXXXXX (XXXXXXX) | 01/12/2014 | LO 1/1992 - 25.1 | 306 € |
2924/2014 | XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX | 00000000X | XXXXXXXX (XXXXXXX) | 27/11/2014 | LO 1/1992 - 26.i) | 200 € |
2965/2014 | XXXX XXXX XXXXXXXX XXXXXX | 00000000X | XXXXXXX (XXXXXXX) | 01/12/2014 | LO 1/1992 - 26.i) y 26.h) | 200 € |
2967/2014 | XXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXXX | 00000000X | XXXXXXX (XXXXXXX) | 01/12/2014 | LO 1/1992 - 26.i) | 100 € |
3001/2014 | XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | 00000000X | XXXXX XX XXX XXXXXXXXXX (XXXXXXX) | 27/11/2014 | LO 1/1992 - 26.i) | 200 € |
3016/2014 | XXXXXXX XXXXX XXXX | 00000000X | XXXXXX XXX XXXXXX (XXXXXXX) | 04/12/2014 | LO 1/1992 - 25.1 | 306 € |
3023/2014 | XXXXXXX XXXX XXXXX | 00000000X | XXXXXX (XXXXXXX) | 21/11/2014 | LO 1/1992 - 25.1 | 306 € |
3024/2014 | XXXXX XXXXXX XXXXXXXX | 00000000X | XXXXXX (XXXXXXX) | 04/12/2014 | LO 1/1992 - 25.1 | 306 € |
3076/2014 | XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX | 00000000X | XXXXXX XX XXXXXX (XXXXXXX) | 03/12/2014 | LO 1/1992 - 26.f) | 150 € |
3131/2014 | XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX | 00000000X | XXXXXXX (XXXXXXX) | 21/11/2014 | LO 1/1992 - 25.1 | 306 € |
3144/2014 | XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX | 80040979J | JEREZ DE LOS CABALLEROS (BADAJOZ) | 27/11/2014 | LO 1/1992 - 26.c) | 100 € |
3173/2014 | XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX | 00000000X | XXXXXX (XXXXXXX) | 18/11/2014 | LO 1/1992 - 25.1 | 306 € |
3207/2014 | XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXX | 00000000X | XXXXXX (XXXXXXX) | 27/11/2014 | LO 1/1992 - 26.h) | 200 € |
3239/2014 | XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | 00000000X | XXXXXXX (XXXXXXX) | 27/11/2014 | LO 1/1992 - 25.1 | 306 € |
3303/2014 | XXXXXXXX XXXXXXXXX ADIR | Y1998895W | XXX XXXXXX (BADAJOZ) | 27/11/2014 | LO 1/1992 - 25.1 | 306 € |
3354/2014 | XXXXXX XXXXXX XXXXXXX | Y0577267G | ALMENDRALEJO (BADAJOZ) | 04/12/2014 | LO 1/1992 - 26.i) | 150 € |
3362/2014 | XXXX XXXXXXX XXXX XXXXX | 00000000X | XXXXXXX (XXXXXXX) | 04/12/2014 | LO 1/1992 - 25.1 | 306 € |
3374/2014 | XXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX | 00000000X | XXXXXX (XXXXXXX) | 04/12/2014 | LO 1/1992 - 25.1 | 306 € |
3387/2014 | XXXXXXX XXXXXX | X4928747P | ALMENDRALEJO (BADAJOZ) | 04/12/2014 | LO 1/1992 - 25.1 | 306 € |
3429/2014 | XXXXXXX XX XXXXXX | X0000000X | XXXXXXXXXXXX (XXXXXXX) | 11/12/2014 | LO 1/1992 - 26.f) | 150 € |
3436/2014 | XXXXX XXXXX XXXXXX | 08889374N | REINA (BADAJOZ) | 04/12/2014 | LO 1/1992 - 25.1 | 306 € |
3441/2014 | XXXXX XXXXXXXX XXXXXX | 76130466Y | MÉRIDA (BADAJOZ) | 04/12/2014 | LO 1/1992 - 25.1 | 306 € |
3586/2014 | XXXX XXXXX XXXXXX | 00000000X | XXXXXXX (XXXXXXX) | 10/12/2014 | LO 1/1992 - 25.1 | 500 € |
Badajoz, a 30 diciembre 2014. La Secretaria Gral. Accidental, XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXX.
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXX
ANUNCIO de 7 de enero de 2015 sobre aprobación de la oferta de empleo público correspondiente al año 2015. (2015080094)
Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento de fecha 30 de diciembre de 2014, se ha apro- bado la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2015, que se detalla a continuación:
FUNCIONARIOS XX XXXXXXX
Denominación: Agente de la Policía Local, Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, categoría Agente, subgrupo C-1, nivel CD 18.
N.º de plazas: 2.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo establecido en el artículo 000 xxx XX Xxxxxxxxx- vo 781/1986, de 18 abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones lega- les vigentes en materia de régimen local.
Castuera, a 7 de enero de 2015. El Xxxxxxx, XXXXXX XXXXX XXXXXXX XX XXXX.
NOTARÍA XX XXXXXXXXX
EDICTO de 17 de diciembre de 2014 sobre acta de notoriedad para constatación de exceso de cabida. (2015ED0009)
Yo, Xxxxxx Xxxxxxxxx-Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio de Extremadura, con residen- cia en Almendral:
DOY FE:
1.º Que con fecha 16 de diciembre de 2014, se inició Acta de Notoriedad para Constatación de Exceso de Cabida, a instancia xx Xxxx Xxxxx de los Angeles Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx, DNI/NIF: 0000000-X, Xxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, DNI/NIF: 0000000-M y Xxx Xx- xxxxx Xxxxxx Xxxxx, DNI/NIF: 0000000-X, pretendiéndose que se declare, previas las oportunas diligencias, notificaciones y pruebas, como notoria la superficie de la finca que a continuación se describe:
URBANA. Casa en la calle Xxxxx Xxxxxxxx, número cinco, de Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxx. Tiene una superficie de terreno, no de setenta metros cuadrados, como se refleja en el Regis- tro de la Propiedad de Olivenza, sino que, tras el exceso de cabida que se pretende de doscientos diecisiete metros cuadrados de solar, con una superficie construida total de doscientos cincuenta y cinco metros cuadrados. Al frente, calle Xxxxx Xxxxxxxx; por la de- recha entrando, con la vivienda de la calle Xxxxx Xxxxxxxx, señalada con el número siete, identificada catastralmente a nombre de Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, y la vivienda de la ca- lle San Xxxxx, señalada con el número cuatro, identificada catastralmente a nombre del Xxxxxxxx xx Xxxxxx-Badajoz; izquierda, con la vivienda de la calle Xxxxx Xxxxxxxx, seña- lada con el número tres, identificada catastralmente a nombre de UGT Extremadura; y las viviendas de la calle San Xxxxx, señaladas con los números dos y dos A, identificadas catastralmente a nombre de Xxxx Xxxxxxxxx Xxx e Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, respectiva- mente; y fondo, calle San Xxxxx.
INSCRIPCIÓN. Tomo 619, Libro 70, folio 21, finca número 3.500, inscripción 2.ª, 3.ª y 4.ª.
REFERENCIA CATASTRAL. La referencia catastral del inmueble es la número 9992732PC5499S0001OR.
2.º Que se expide el presente edicto para su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, con el fin de notificar por medio de esta publicación a todos los que se crean interesados y con derechos sobre el exceso de cabida pretendido, que puedan comparecer, en el pla- zo de veinte días, desde su publicación, en mi despacho de la Notaria xx Xxxxxxxxx, sito en la calle Xxxx xx Xxxxxxx, n.º 11-A, y justificar tales derechos.
Almendral, a 17 de diciembre de 2014.
NOTARÍA XX XXXXX
ANUNCIO de 8 de enero de 2015 sobre subasta notarial de una finca. (2015080109)
Xxxx-Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio de Extremadura, con residencia en Za- fra, con despacho Notarial en la calle Xxxxxxx Xxxxxxxx, número 20, 1.º, de dicha localidad,
HAGO SABER:
1.º Que ante mí se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria de la siguiente finca:
— Urbana, vivienda encimada en Zafra, señalada con el número dieciséis alto de la calle Mártires.
Tiene una superficie útil de ciento ocho metros con treinta y tres decímetros cuadra- dos, y construida de ciento treinta y tres metros con veintidós decímetros cuadrados.
Consta de distribuidor, salón, tres dormitorios, recibidor, cocina y dos cuartos de baño, contando además con una terraza en la parte trasera de treinta y ocho metros con cua- renta decímetros cuadrados.
Xxxxx, por la derecha, entrando, con la puerta de entrada a la finca uno; por la iz- quierda, con la finca uno; y por el fondo, con el patio de la indicada finca uno; estos linderos se han indicado tomando como referencia la puerta de entrada de la escalera que sirve de acceso a la misma.
Cuota de participación: 40 %.
Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad xx Xxxxx al tomo 1.604, libro 250, folio 195, finca número 15.543, inscripción 2.ª.
2.º En anuncios publicados en el Ayuntamiento y en el Registro de la Propiedad xx Xxxxx, en el Diario Oficial de Extremadura el día diecinueve de diciembre de dos mil catorce, y en el Boletín Oficial del Estado el día dieciséis de diciembre de dos mil catorce, se anunció la subasta de dicha finca, en las condiciones y fecha que se señalaron.
3.º En dichos anuncios, por error material involuntario, se señalaron unas condiciones para la subasta que no se correspondían con las condiciones en que real y correctamente de- be celebrarse la subasta de dicha finca.
4.º A la vista de lo cual, yo, Xxxx-Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx xx Xxxxx, hago constar que los anuncios de subasta indicados quedan sustituidos por el siguiente, que recoge las re- ales y exactas condiciones de la subasta de dicha finca:
Procediendo la subasta de dicha finca, ésta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:
1. Se señala la subasta para el día veinticinco de febrero de dos mil quince, a las once horas.
2. La subasta se celebrará en la Notaría, en la dirección y hora indicada.
3. El tipo para la subasta será el de ciento veintiún mil cien euros.
4. La documentación y la certificación registral pueden consultarse en la Notaría; se en- tenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.
5. Los postores deberán consignar previamente en la Notaría el treinta por ciento del ti- po correspondiente, para poder participar en la subasta.
6. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento mismo de la subasta.
7. Solo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acre- edor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Zafra, a ocho de enero de dos mil quince. Xxxxxxx xx Xxxxx, XXXX-XXXXX XXXXXXX XXXXXXX.
CONSORCIO GRAN TEATRO XX XXXXXXX
ANUNCIO de 14 de enero de 2015 por el que se da publicidad a los nuevos Estatutos. (2015080113)
Por Decreto 63/1994, de 3 xx xxxx, se acordó la participación de la Junta de Extremadura en el Consorcio Gran Teatro, xx Xxxxxxx, aprobándose sus Estatutos.
La entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalidad y sostenibilidad de la Administración Local introduce en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Ju- rídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, una nue- va Disposición adicional, vigésima, relativa al régimen jurídico de los consorcios, establecien- do la Disposición transitoria sexta de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, que los consorcios que estuvieran ya creados en el momento de la entrada en vigor de dicha Ley deben adaptar sus estatutos a lo en ella previsto en el plazo de un año desde su entrada en vigor.
Así mismo, el 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xxxxx xx xxxxx la Ley 15/2014, de 16 de septiem- bre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa. En di- cha ley se introduce un régimen jurídico, con carácter básico, sencillo y ex novo del derecho de separación de los miembros del consorcio administrativo y, cuando ello dé lugar a su di- solución, se establecen las reglas por las que se regirá. En el artículo 15 de la citada ley se recoge el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la misma, para que los estatutos que rigen los Consorcios ya creados, sean adaptados.
De acuerdo con lo establecido en las leyes anteriormente mencionadas, se exige adaptar los estatutos del Consorcio Gran Teatro, xx Xxxxxxx a lo en ellas establecido.
Habiéndose acordado la reforma de los citados Estatutos en reunión del Consejo Rector del Consorcio Gran Teatro, xx Xxxxxxx de fecha 30 de diciembre de 2014, con la aprobación de las instituciones consorciadas, de conformidad con el procedimiento establecido en el artícu- lo 22 de los mismos, según lo previsto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de no- viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis- trativo Común, procede la publicación de los Estatutos en su nueva redacción, incluyéndose al efecto en Anexo al presente anuncio.
Mérida, a 14 de enero de 2015. El Secretario del Consejo Rector del Consorcio Gran Teatro, xx Xxxxxxx, XXXXX XXXXXX XXXXXX-XXXXXXXX.
ANEXO
ESTATUTOS DEL CONSORCIO «GRAN TEATRO, XX XXXXXXX» CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.º Constitución.
El Consorcio denominado «Gran Teatro, xx Xxxxxxx» se constituye como una entidad de de- recho público, integrada por la Junta de Extremadura, el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx, la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxx y la Caja de Ahorros de Extremadura.
El Consorcio Gran Teatro xx Xxxxxxx, queda adscrito a la Comunidad Autónoma de Extrema- dura, de acuerdo con la Disposición Final Segunda de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local (BOE núm. 312, de 30 de diciem- xxx xx xxxxxxxxx xx 0000).
XXXXXXXX 0.x Personalidad Jurídica.
El Consorcio tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumpli- miento de sus fines específicos.
ARTÍCULO 3.º Fines.
El Consorcio tiene por objeto la cooperación económica, técnica y administrativa entre las En- tidades que lo integran para la gestión, organización y prestación de los servicios culturales que se promuevan en el Gran Teatro xx Xxxxxxx.
ARTÍCULO 4.º Duración.
La Institución se constituye por tiempo indefinido y sólo podrá disolverse por las causas pre- vistas en la Ley o los presentes Estatutos.
ARTÍCULO 5.º Xxxxxxx Xxxxxxxx.
1. El Consorcio se rige por las disposiciones contenidas en estos Estatutos, por la reglamen- tación interna dictada en desarrollo de los mismos y, supletoriamente por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi- miento Administrativo Común, la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local.
El Consorcio Gran Teatro xx Xxxxxxx está sujeto al régimen presupuestario, contable y de control de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el punto 4 de la DA 20.ª de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de su sujeción a lo previsto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 xx xxxxx, de Estabilidad Presu- puestaria y Sostenibilidad Financiera. En todo caso, se llevará a cabo una auditoria de las cuentas anuales, que será responsabilidad del órgano de control de la Comunidad Autóno- ma de Extremadura. Su presupuesto deberá formar parte del Presupuesto General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en cuanto Administración Pública de adscripción.
ARTÍCULO 6.º Sede.
El Consorcio tiene su sede en el Xxxx Xxxxxx, xxxxx Xxx Xxxxx, x/x., xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx.
CAPÍTULO II
ÓRGANOS DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
ARTÍCULO 7.º Enumeración.
Son órganos de gobierno y administración del Consorcio los siguientes:
A) El Consejo Rector.
B) La Comisión Ejecutiva.
C) El Director.
Mediante la reglamentación interna, o por acuerdo específico del Consejo Rector, se podrán crear Comisiones de Asesoramiento.
ARTÍCULO 8.º Carácter y composición del Consejo Rector.
El Consejo Rector constituye el órgano superior de gobierno y administración del Consorcio. Está integrado por los siguientes miembros:
— Presidente. El Consejero de Cultura y Patrimonio de la Junta de Extremadura.
— Vicepresidentes. El Alcalde del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx, el Presidente de la Excma.
Diputación Provincial xx Xxxxxxx y el Presidente de la Caja de Ahorros de Extremadura.
— Vocales. Cuatro representantes de la Consejería de Cultura y Patrimonio de la Junta de Extremadura, tres representantes del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, tres represen- tantes de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y tres representantes de la Caja de Ahorros de Extremadura.
— Secretario. Un representante de la Consejería de Cultura y Patrimonio de la Junta de Ex- tremadura, con voz y voto.
Los miembros Vocales y el Secretario serán elegidos por un periodo de cuatro años, renova- bles, pudiendo no obstante ser revocados libremente y en cualquier momento por la Entidad por la que han sido designados.
ARTÍCULO 9.º Competencias del Consejo Rector.
El Consejo Rector tiene las siguientes atribuciones:
a) Fijar las directrices y los criterios generales de actuación del Consorcio.
b) Aprobar los reglamentos y normas de régimen interno del Consorcio y de todos los órga- nos que lo integran.
c) Aprobar los presupuestos anuales del Consorcio, las cuentas y la liquidación de los pre- supuestos vencidos.
d) Aprobar, a propuesta de la Comisión Ejecutiva, el plan anual de actuaciones y proyectos.
e) Aprobar la forma de gestión por la que se deban regir los servicios del Consorcio.
f) Aprobar la plantilla de personal y la forma de provisión de los puestos creados.
g) Nombrar y separar al Director.
h) La aprobación de las operaciones de endeudamiento.
i) Proponer la modificación de los Estatutos.
j) Proponer la disolución y liquidación del Consorcio.
k) Ejercer todas aquellas atribuciones no expresamente asignadas a otros órganos en los pre- sentes Estatutos.
ARTÍCULO 10.º Reuniones del Consejo Rector.
El Consejo Rector se reunirá con carácter ordinario una vez al año y, con carácter extraordi- nario siempre que sea convocado por el Presidente o cuando lo solicite, como mínimo, la mi- tad de sus miembros.
Las reuniones se celebrarán en primera convocatoria cuando concurran, como mínimo, la mi- tad de sus miembros. De no alcanzarse dicho quórum, se celebrará en una segunda convo- catoria cuando concurran, al menos, un tercio de sus miembros. Los acuerdos requerirán el voto favorable de la mayoría simple de los miembros presentes en la reunión.
Podrá asistir a las sesiones del Pleno, siempre que sea requerido por su Presidente, el Direc- tor, con voz y sin voto.
ARTÍCULO 11.º Competencias del Presidente del Consorcio.
El Presidente del Consorcio tendrá las siguientes atribuciones:
a) Ejercer la más alta representación del Consorcio.
b) Ejercer ante los Tribunales la representación del Consorcio en todo tipo de acciones judiciales.
c) Convocar, presidir y dar por finalizadas las reuniones del Consejo Rector y dirigir las deli- beraciones.
d) Proponer a los órganos de gobierno y administración del Consorcio las resoluciones que les corresponden en la esfera de sus competencias.
e) Velar por la ejecución de los acuerdos que adopte el Consejo Rector.
f) Concertar y firmar los compromisos necesarios o convenientes para el funcionamiento del Consorcio.
g) Hacer uso del voto de calidad para dirimir las cuestiones que se susciten en el seno del Consejo Rector.
h) Desarrollar todas las demás facultades que le otorgue el Consejo Rector.
ARTÍCULO 12.º Composición de la Comisión Ejecutiva.
La Comisión Ejecutiva está integrada por los siguientes miembros:
— Presidente. El Presidente del Consejo Rector o persona en quien delegue.
— Vocales. Uno de los representantes de la Consejería de Cultura y Patrimonio de la Junta de Extremadura en el Consejo Rector del Consorcio, uno de los representantes del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres en el Consejo Rector del Consorcio, uno de los representantes de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres en el Consejo Rector del Consorcio y uno de los representantes de la Caja de Extremadura en el Consejo Rector del Consorcio.
— Secretario. Actuará como Secretario el Director del Consorcio, con voz y sin voto.
ARTÍCULO 13.º Competencias de la Comisión Ejecutiva.
La Comisión Ejecutiva tiene las siguientes atribuciones:
a) Elaborar y presentar al Consejo Rector los proyectos de presupuestos y el plan de actua- ción para su aprobación, y hacer el seguimiento una vez aprobado.
b) Aprobar la organización de los servicios del Consorcio y controlar la actividad de los mismos.
c) Aprobar los proyectos de obras y las remodelaciones que afecten a los diversos servicios del Consorcio.
d) Contratar y despedir al personal correspondiente a la plantilla del Consorcio, salvo al Director.
e) Aprobar, modificar o suprimir las tarifas o los precios de los diferentes servicios que pres- te el Consorcio.
f) Proponer el nombramiento de Director del Consorcio al Consejo Rector.
g) Delegar en el Director las facultades oportunas.
ARTÍCULO 14.º Reuniones de la Comisión Ejecutiva.
La Comisión Ejecutiva se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez cada tres meses, y en sesión extraordinaria siempre que sea convocada por su Presidente o cuando lo solicite, co- mo mínimo, la mitad de sus miembros.
Las reuniones se celebrarán en primera convocatoria cuando concurran, como mínimo, la mi- tad de sus miembros. De no alcanzarse dicho quórum, se celebrará en una segunda convo- catoria cuando concurran, al menos, un tercio de sus miembros.
Los acuerdos requerirán el voto favorable de la mayoría simple de los miembros presentes en la reunión.
ARTÍCULO 15.º Competencias del Director.
Corresponde al Director impulsar y coordinar el funcionamiento de los servicios a su cargo, y en particular:
a) La gestión de los recursos financieros, presupuestarios y contables, ordenando gastos y contrayendo obligaciones conforme al presupuesto, o de acuerdo con las delegaciones re- cibidas, en representación del Consorcio.
b) Elaborar el anteproyecto de presupuestos y el de liquidación del presupuesto vencido.
c) Elaborar el anteproyecto de actuaciones.
d) Ejecutar los acuerdos del Consejo Rector y de la Comisión Ejecutiva.
e) La dirección y jefatura del personal.
f) La gestión del patrimonio y los bienes que corresponden a los servicios a su cargo.
g) Las demás funciones que le deleguen el Consejo Rector y la Comisión Ejecutiva.
ARTÍCULO 16.º Retribuciones.
Los miembros del Consejo Rector y de la Comisión Ejecutiva, salvo el Director, no percibirán retribuciones por el desempeño de sus cargos en el Consorcio, salvo las indemnizaciones que se establezcan por asistencia a las sesiones de los mismos.
CAPÍTULO III RÉGIMEN ECONÓMICO
ARTÍCULO 17.º Recursos económicos y contabilidad.
Los recursos económicos del Consorcio son los siguientes:
a) Las aportaciones de las Entidades consorciadas.
b) Rendimiento de sus servicios.
c) Subvenciones y otros ingresos de derecho público o privado.
d) Empréstitos y préstamos.
e) Aquellos otros legalmente establecidos.
El Consorcio organizará sus cuentas conforme al Plan General de Contabilidad Pública.
ARTÍCULO 18.º Patrimonio.
El Consorcio posee un patrimonio propio vinculado a sus fines, que está integrado por los si- guientes bienes:
a) Los bienes adscritos o cedidos por las entidades públicas y privadas que integran el Con- sorcio.
b) Los bienes que adquiera el Consorcio, por cualquier concepto.
ARTÍCULO 19.º Control financiero.
El control de carácter financiero del Consorcio se realizará de acuerdo con lo que establece la Ley General de Hacienda Pública de Extremadura.
ARTÍCULO 20.º Régimen de contrataciones.
El régimen de contratación del Consorcio es el que establece la legislación de contratos del sector público para las Administraciones Públicas.
ARTÍCULO 21.º Personal.
— Con carácter general, el personal al servicio del Consorcio estará sometido al régimen la- boral establecido por la Comunidad Autónoma de Extremadura para el personal a su ser- vicio, todo ello en virtud de lo establecido en la DA 20.ª de la Ley 30/1992, de 26 de no- viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Este personal, no guardará, en ningún caso, relación jurídica o la- boral alguna con las Instituciones consorciadas.
— El personal al servicio del Consorcio que pudiera incorporarse, a partir de la vigencia de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administra- ción Local, únicamente podrá ser funcionario o laboral procedente exclusivamente de una reasignación de puestos de trabajo de las Administraciones participantes, siendo su régi- men jurídico el fijado respecto de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en cuanto Ad- ministración pública de adscripción, y sus retribuciones, en ningún caso, podrán superar las establecidas para puestos de trabajo equivalente en aquellas.
CAPÍTULO IV
MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS Y DISOLUCIÓN DEL CONSORCIO
ARTÍCULO 22.º Modificación de los Estatutos.
La modificación de los Estatutos se producirá a propuesta del Consejo Rector del Consorcio y con la posterior aprobación, como mínimo, de dos de las Entidades representadas en el mismo.
ARTÍCULO 23.º Causas y procedimiento para el ejercicio del derecho de separación de algunos de los miembros del Consorcio.
1. Los miembros del Consorcio podrán separarse del mismo en cualquier momento. El dere- cho de separación habrá de ejercitarse mediante escrito notificado al Consejo Rector del Consorcio.
2. El Consejo Rector podrá ejercitar el derecho de separación de alguno de sus miembros. En dicho escrito deberá hacerse constar el incumplimiento que motiva la separación, la formulación de requerimiento previo de su cumplimiento y el transcurso del plazo otor- gado para cumplir tras el requerimiento.
ARTÍCULO 24.º Disolución del Consorcio.
1. El Consorcio podrá disolverse con la aprobación de las Entidades consorciadas previa pro- puesta y deliberación del Consejo Rector.
Podrá disolverse, igualmente, por el ejercicio del derecho de separación de algunos de los miembros del Consorcio, salvo que el resto de sus miembros, de conformidad con lo pre- visto en estos estatutos, acuerden su continuidad y sigan permaneciendo en el consorcio, al menos, dos Administraciones, o dos entidades u organismos públicos vinculados o de- pendientes de más de una Administración.
2. Si el ejercicio del derecho de disolución no conlleva la disolución del consorcio se aplica- rá lo dispuesto en el artículo 13.2. de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionali- zación del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa.
Cualquiera de las entidades consorciadas podrá separarse voluntariamente del Consorcio debiendo comunicar fehacientemente tal eventualidad al Consejo Rector, procediéndose a la liquidación parcial conforme se establece en el artículo siguiente.
ARTÍCULO 25.º Procedimiento de disolución y liquidación del Consorcio.
1. La disolución del Consorcio producirá su liquidación y extinción. En todo caso será causa de disolución que los fines estatutarios del Consorcio hayan sido cumplidos.
2. El Consejo Rector del Consorcio, al adoptar el acuerdo de liquidación nombrará un li- quidador. A falta de acuerdo, el liquidador será el Secretario del Consejo Rector del Con- sorcio.
3. El liquidador calculará la cuota de liquidación que corresponde a cada miembro del Con- sorcio de conformidad con la participación que le corresponda en el saldo resultante del patrimonio neto tras la liquidación, teniendo en cuenta que el criterio de reparto se esta- blecerá teniendo en cuenta tanto el porcentaje de las aportaciones que haya efectuado cada miembro al fondo patrimonial del mismo, como la financiación concedida en los úl- timos 5 años. Si alguno de los miembros del Consorcio no hubiere realizado aportaciones por no estar obligado a ello, el criterio de reparto será la participación en los ingresos que, en su caso, hubiera recibido durante el tiempo que ha pertenecido al Consorcio.
4. Se acordará por el Consejo Rector del Consorcio la forma y condiciones en que tendrá lu- gar el pago de la cuota de liquidación en el supuesto en que ésta resulte positiva.
5. Las entidades consorciadas podrán acordar, por unanimidad, la cesión global de activos y pasivos a otra entidad jurídicamente adecuada con la finalidad de mantener la continui- dad de la actividad y alcanzar los objetivos del consorcio que se liquida.
Fdo.: D. Jorge Mateos Mateos-Villegas.
El Secretario del Consejo Rector del Consorcio Gran Teatro, de Cáceres.
COLEGIO OFICIAL DE PODÓLOGOS DE EXTREMADURA
ACUERDO de 1 de diciembre de 2014 sobre creación de ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública. (2015AC0001)
El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Ca- rácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Ad- ministraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente.
La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de di- ciembre, de Protección de datos de carácter personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas no- vedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de es- pecificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado.
El Colegio Oficial de Podólogos de Extremadura es una corporación de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
Como corporación de derecho público y en los términos que figuran en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, corresponde al Colegio Oficial el ejercicio de todas aquellas funciones de interés público que directamente y en relación con la profesión por el legislador le sean encomendadas o bien le sean delegadas por la Administración.
Entre las indicadas funciones corresponden al Colegio Oficial de Podólogos de Extremadura, en el ámbito de su competencia, la ordenación de la actividad profesional, velando por la éti- ca y dignidad profesional y el respeto debido a los derechos de los particulares, así corno el ejercicio de la facultad disciplinaria en el orden profesional y colegial y la adopción de todas aquellas medidas conducentes a evitar el intrusismo profesional.
Los ficheros que se recogen en el Anexo I de este Acuerdo, se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en to- do caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.
Por la presente se acuerdan los siguientes puntos:
Primero: Creación. Creación de los ficheros de carácter personal señalados en el Anexo I, Co- legiados, Expedientes deontológicos, Sociedades profesionales, Consumidores y usuarios.
Segundo: Medidas de seguridad. Los ficheros creados por la presente cumplen con las medi- das de seguridad establecidas por la Ley Orgánica 15 de 1999, de 13 de diciembre, y por el Real Decreto 1720 de 2007, por el que se aprueba la normativa de desarrollo reglamentario de dicha Ley.
Tercero: Publicación. De acuerdo con el artículo 20 de la LOPD, se acuerda la publicación de la presente disposición en el diario oficial correspondiente.
Cuarto: Entrada en vigor. El presente acuerdo, entrará en vigor el día siguiente a su publica- ción en el Diario Oficial correspondiente.
En Badajoz, a 1 de diciembre de 2014.
Fdo. El Presidente Fdo. El Secretario General
ANEXO I
A. CREACIÓN DEL FICHERO COLEGIADOS.
1. Identificación y finalidad del fichero que se crea: COLEGIADOS, cuya finalidad es el cum- plimiento estatutario, la gestión del censo de colegiados a través del registro de datos identificativos, personales y académicos, control de títulos de ejercicio profesional y es- pecializaciones acreditadas, control de incompatibilidades profesionales, registro de car- gos corporativos, gestión de recibos, tramitación de expedientes de alta y baja colegial.
2. Usos previstos: Gestión contable fiscal y administrativa, procedimiento administrativo.
3. Origen y procedencia de los datos: Del propio interesado o su representante legal.
4. Colectivos afectados: Asociados o miembros; Colegiados del Colegio Oficial de Podólogos de Extremadura.
5. Procedimiento de recogida: Encuestas, formularios, cupones, transmisión electrónica de datos/Internet.
6. Estructura básica del fichero: NIF/DNI, Dirección, Imagen/Voz, Teléfono, Nombre y Ape- llidos, Firma, Correo electrónico, Número de Colegiado. Académicos y profesionales, fi- nancieros y de seguros, circunstancias sociales, detalles del empleo, información comer- cial, datos de transacciones.
7. Sistema de tratamiento: Mixto.
8. Comunicaciones previstas. Destinatarios: Bancos, cajas de ahorro y cajas rurales, enti- dades aseguradoras, Consejo General de Podólogos de España, administración pública con competencia en la materia, otros colegios oficiales.
9. Transferencia Internacional de datos: No se prevén.
10. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Colegio Oficial de Podó- logos de Extremadura.
11. Órgano, servicio o unidad ante el que deberán ejercitar los derechos de oposición, acce- so, rectificación o cancelación: C/ Guardia Civil, 5, 1 D, 06001, Badajoz, 924 260823, copoex@hotmail.com.
12. Medidas de seguridad que se aplicarán: Nivel básico.
B. CREACIÓN DEL FICHERO EXPEDIENTES DEONTOLÓGICO
1. Identificación y finalidad del fichero que se crea: EXPEDIENTES DEONTOLÓGICO, cuya fi- nalidad es la gestión de las funciones legalmente previstas de control deontológico de los colegiados, aplicación del régimen disciplinario y tramitación de los expedientes, protec- ción de los intereses de los consumidores y usuarios.
2. Usos previstos: Procedimiento administrativo. Gestión sancionadora.
3. Origen y procedencia de los datos: Del propio interesado o su representante legal. Otras personas físicas distintas del interesado o su representante legal.
4. Colectivos afectados: Colegiados del Colegio Oficial de Podólogos de Extremadura. De- nunciantes e interesados.
5. Procedimiento de recogida: Encuestas, formularios, cupones, transmisión electrónica de datos/Internet. Denuncia.
6. Estructura básica del fichero: NIF/DNI, Dirección, Teléfono, Nombre y Apellidos, Firma, Correo electrónico, Número de Colegiado. Académicos y profesionales, financieros y de seguros, circunstancias sociales, detalles del empleo, información comercial. Todos los da- tos incluidos en el escrito o denuncia.
Datos de infracciones: Infracciones penales, infracciones administrativas.
7. Sistema de tratamiento: Mixto.
8. Comunicaciones previstas. Destinatarios: Entidades aseguradoras, Consejo General de Podólogos de España, Administración pública con competencia en la materia.
9. Transferencia Internacional de datos: No se prevén.
10. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Colegio Oficial de Podó- logos de Extremadura.
11. Órgano, servicio o unidad ante el que deberán ejercitar los derechos de oposición, acce- so, rectificación o cancelación: C/ Guardia Civil, 5 - 1 D, 06001, Badajoz, 924 260823, copoex@hotmail.com.
12. Medidas de seguridad que se aplicarán: Nivel medio.
C. CREACIÓN DEL FICHERO SOCIEDADES PROFESIONALES.
1. Identificación y finalidad del fichero que se crea: SOCIEDADES PROFESIONALES, cuya fi- nalidad es el registro de sociedades profesionales de Extremadura para el cumplimiento de las finalidades en relación a la Ley 2/2007. Incorporación de sociedades para que el colegio pueda ejerce el ordenamiento sobre los profesionales colegiados integrantes en di- chas sociedades.
2. Usos previstos: Procedimiento administrativo, Gestión contable fiscal y administrativa.
3. Origen y procedencia de los datos: Del propio interesado o su representante legal. Otras personas físicas distintas del interesado o su representante legal.
4. Colectivos afectados: Socios colegiados de la entidad a inscribir en el registro de socie- dades profesionales.
5. Procedimiento de recogida: Encuestas, formularios, cupones, transmisión electrónica de datos/internet.
6. Estructura básica del fichero: NIF/DNI, Dirección, Imagen/Voz, Teléfono, Nombre y Ape- llidos, Firma, Correo electrónico, Número de Colegiado. Académicos y profesionales, fi- nancieros y de seguros, circunstancias sociales, detalles del empleo, información comer- cial, datos de transacciones.
7. Sistema de tratamiento: Mixto.
8. Comunicaciones previstas. Destinatarios: Bancos, cajas de ahorro y cajas rurales, enti- dades aseguradoras, Consejo General de Podólogos de España, administración pública con competencia en la materia.
9. Transferencia Internacional de datos: No se prevén.
10. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Colegio Oficial de Podó- logos de Extremadura.
11. Órgano, servicio o unidad ante el que deberán ejercitar los derechos de oposición, acce- so, rectificación o cancelación: C/ Guardia Civil, 5 - 1 D, 06001, Badajoz, 924 260823, copoex@hotmail.com.
12. Medidas de seguridad que se aplicarán: Nivel básico.
D. CREACIÓN DEL FICHERO CONSUMIDORES Y USUARIOS.
1. Identificación y finalidad del fichero que se crea: CONSUMIDORES y USUARIOS, cuya fi- nalidad es dar cumplimiento a la Ley 25/2009 que determina el servicio de atención a los consumidores y usuarios para resolver quejas y reclamaciones referidas a la activi- dad profesional.
2. Usos previstos: Procedimiento administrativo, otras finalidades.
3. Origen y procedencia de los datos: Del propio interesado o su representante legal.
4. Colectivos afectados: Consumidores y usuarios.
5. Procedimiento de recogida: Encuestas, formularios, cupones, transmisión electrónica de datos/internet.
6. Estructura básica del fichero: NIF/DNI, Dirección, Imagen/Voz, Teléfono, Nombre y Ape- llidos, Firma, Correo electrónico. Circunstancias sociales, información comercial.
7. Sistema de tratamiento: Mixto.
8. Comunicaciones previstas. Destinatarios: Interesados legítimos. Consejo General de Po- dólogos de España.
9. Transferencia Internacional de datos: No se prevén.
10. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Colegio Oficial de Podó- logos de Extremadura.
11. Órgano, servicio o unidad ante el que deberán ejercitar los derechos de oposición, acce- so, rectificación o cancelación: C/ Guardia Civil, 5 - 1 D, 06001, Badajoz, 924 260823, copoex@hotmail.com.
12. Medidas de seguridad que se aplicarán: Nivel básico.
GOBIERNO DE EXTREMADURA
Consejería de Hacienda y Administración Pública
Secretaría General
Avda. Valhondo, s/n. 06800 Mérida Teléfono: 924 005012 - 924 005114