Common use of RESIDENTE Clause in Contracts

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: Convenio Entre El Reino De España Y La República De Colombia Para Evitar La Doble Imposición Y Prevenir La Evasión Fiscal en Materia De Impuestos Sobre La Renta Y Sobre El Patrimonio, Convenio Entre El Reino De España Y La República Oriental Del Uruguay Para Evitar La Doble Imposición Y Prevenir La Evasión Fiscal en Materia De Impuestos Sobre La Renta Y Sobre El Patrimonio, Convenio Entre El Reino De España Y La República De Costa Rica Para Evitar La Doble Imposición Y Prevenir La Evasión Fiscal en Materia De Impuestos

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» Contratante” significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección dirección, lugar de constitución o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo análoga e incluye también a ese al propio Estado y a sus subdivisiones políticas cualquier subdivisión política o entidades localesautoridad local. Esta Sin embargo, esta expresión no incluye, sin embargo, incluye a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: Convenio Entre La Republica De Chile Y La Republica Del Paraguay Para Evitar La Doble Imposicion Y Para Prevenir La Evasion Fiscal en Relacion Al Impuesto a La Renta Y Al Patrimonioy Su Protocolo, Convenio Entre La Republica De Chile Y La Republica De Peru Para Evitar La Doble Tributacion Y Para Prevenir La Evasion Fiscal en Relacion Al Impuesto a La Renta Y Al Patrimonio, Convenio Entre La Republica De Chile Y La Republica Del Ecuador

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» Contratante” significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por en razón de su domicilio, residencia, sede de dirección dirección, lugar de constitución o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo análoga e incluye también a ese al propio Estado y a sus subdivisiones políticas cualquier subdivisión política o entidades localesautoridad local del mismo. Esta Sin embargo, esta expresión no incluye, sin embargo, incluye a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: Convenio Entre La Republica De Chile Y El Reino De Noruega Para Evitar La Doble Imposicion Y Para Prevenir La Evasion Fiscal en Relacion a Los Impuestos a La Renta Y Al Patrimonio, Convenio Entre La Republica De Chile Y El Reino De Dinamarca, Convenio Entre La Republica De Chile Y El Reino De Noruega Para Evitar La Doble Imposicion Y Para Prevenir La Evasion Fiscal en Relacion a Los Impuestos a La Renta Y Al Patrimonio

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección dirección, lugar de registro o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado y Estado, a sus subdivisiones políticas políticas, sus entidades locales o las entidades localespúblicas que de ellos dependen. Esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: Convenio Entre El Reino De España Y El Sultanato De Omán Para Evitar La Doble Imposición Y Prevenir La Evasión Fiscal en Materia De Impuestos Sobre La Renta, emigracion.xunta.gal

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «"residente de un Estado contratante» Contratante significa toda persona que, que en virtud de la legislación de ese Estado, este Estado esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga. Sin embargo, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta esta expresión no incluye, sin embargo, incluye a las personas que estén sujetas a imposición en ese este Estado exclusivamente por la renta que obtengan procedente xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, Estado o por el patrimonio situado que posean en el mismo.

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Samples: Convenio Para Evitar La Doble Tributacion Entre Ecuador Y Suiza, Convenio Para Evitar La Doble Tributacion Entre Ecuador Y Suiza

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» Contratante” significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección dirección, lugar de constitución o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo e incluye también a ese al propio Estado y a sus subdivisiones políticas cualquier subdivisión política o entidades localesentidad local. Esta Sin embargo, esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: Convenio Entre El Reino De España Y La República De Chile Para Evitar La Doble Imposición Y Prevenir La Evasión Fiscal en Materia De Impuestos Sobre La Renta Y Sobre El Patrimonio, Convenio Entre El Reino De España Y La República De Chile

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» significa toda persona que, que en virtud de la legislación de ese Estado, este Estado esté sujeta a imposición en el mismo él por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga. Sin embargo, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta esta expresión no incluye, sin embargo, incluye a las personas que estén sujetas a imposición en ese este Estado exclusivamente por la renta que obtengan procedente xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado que posean en el mismo.

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Samples: www.boe.es, www.mitramiss.gob.es

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado y a Estado, sus subdivisiones políticas o entidades públicas o locales. Esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: www.boe.es, emigracion.xunta.gal

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» Contratante” significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección dirección, lugar de constitución o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo análoga e incluye también a ese al propio Estado y a sus subdivisiones políticas cualquier subdivisión política o entidades localesautoridad local. Esta Sin embargo, esta expresión no incluye, sin embargo, incluye a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: Convenio Entre La República De Chile E Irlanda Para Evitar La Doble Imposición Y Para Prevenir La Evasión Fiscal en Relación Al Impuesto a La Renta Y a Las Ganancias De Capital, Convenio Entre Chile E Irlanda

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga. Sin embargo, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta esta expresión no incluye, sin embargo, incluye a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: Convenio Entre El Reino De España Y La República De Cuba Para Evitar La Doble Imposición Y Prevenir La Evasión Fiscal en Materia De Impuestos Sobre La Renta Y Sobre El Patrimonio Y Protocolo, Hechos en Madrid El 3 De Febrero De 1999, Y Canje De Notas De 9 De Noviembre Y 30 De Diciembre De 1999 Que Los Modifica

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» significa toda persona que, que en virtud de la legislación de ese Estado, Estado esté sujeta a imposición en el mismo él por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga. Sin embargo, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta esta expresión no incluye, sin embargo, incluye a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta las rentas que obtengan procedentes xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, Estado o por el patrimonio situado que posean en el mismo.

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Samples: Convenio Entre El Reino De España Y La República De Bolivia Para Evitar La Doble Imposición Y Prevenir La Evasión Fiscal en Materia De Impuestos Sobre La Renta Y Sobre El Patrimonio

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección dirección, lugar de registro o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: Convenio Entre El Gobierno Del Reino De España Y El Gobierno De La Federación

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: Convenio Entre El Reino De España Y El Principado De Andorra Para Evitar La Doble Imposición en Materia De Impuestos Sobre La Renta Y Prevenir La Evasión Fiscal

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección dirección, lugar de incorporación o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: www.hacienda.gob.es

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo él por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección o sede de su oficina central, o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: Convenio Entre El Gobierno De España Y El Gobierno De La República

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» Contratante” significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por en razón de su domicilio, residencia, sede de dirección dirección, lugar de constitución o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o administrativas o entidades locales. Esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: www.mef.gob.pe

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» Contratante” significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección dirección, lugar de constitución o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo análoga e incluye también a ese al propio Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades autoridades locales. Esta Sin embargo, esta expresión no incluye, sin embargo, incluye a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: Convenio Entre

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» Contratante” significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección dirección, lugar de constitución o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo análoga e incluye también a ese al propio Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta expresión no incluyecualquier subdivisión política, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el autoridad local u organismo de derecho público del mismo.

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Samples: Convenio Entre La Republica De Chile Y Malasia Para Evitar La Doble Imposicion Y Para Prevenir La Evasion Fiscal en Relacion Al Impuesto a La Renta Y Al Patrimonio Y Su Protocolo

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» Contratante” significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección dirección, lugar de incorporación o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o políticas, entidades locales. Esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el locales u organismos públicos del mismo.

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Samples: Convenio Entre

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «"residente de un Estado contratante» " significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: www.transparenciafiscal.gob.sv

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» Contratante” significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, lugar de incorporación, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado y a Estado, sus subdivisiones políticas o entidades autoridades locales. Esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta rentas que obtengan exclusivamente xx xxxxxxx situadas en el citado ese Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: Convenio Entre

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección dirección, lugar de constitución (registro), o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado Estado, sus subdivisiones políticas y entidades locales, y a sus subdivisiones políticas o entidades localespúblicas. Esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado ese Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: emigracion.xunta.gal

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Conveniodel presente Xxxxxxxx, la expresión «residente de un Estado contratante» significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese dicho Estado, esté sujeta a imposición en el mismo él por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga. Sin embargo, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta esta expresión no incluye, sin embargo, incluye a las personas que solamente estén sujetas a imposición en ese dicho Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, mencionado Estado o por el patrimonio situado que posean en el mismo.

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Samples: Convenio Entre España Y La República Socialista Checoslovaca Para Evitar La Doble Imposición Yprevenir La Evasión Fiscal en Materia De Impuestossobre La Renta Y Sobre El Patrimonio

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «"residente de un Estado contratante» " significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, lugar de registro, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga. Sin embargo, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta esta expresión no incluye, sin embargo, incluye a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: Convenio Entre El Gobierno De La Republica De Cuba Y El Gobierno De La Federacion De Rusia

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» Contratante” significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección dirección, lugar de incorporación, o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado o autoridad territorial del mismo y a las entidades públicas de ese Estado o sus subdivisiones políticas o entidades localesautoridades territoriales. Esta expresión no incluye, sin Sin embargo, este término no incluye a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: Convenio Entre

RESIDENTE. 1. A a los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, lugar de constitución, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: www.boe.es

RESIDENTE. 1. ) A los efectos de este del presente Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» Contratante” significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición tributación en el mismo él por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección dirección, lugar de constitución o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo análoga e incluye también a ese al propio Estado y a sus subdivisiones políticas cualquier subdivisión política o entidades locales. Esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismoautoridad local.

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Samples: docs.venezuela.justia.com

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, Convenio la expresión «residente de un Estado contratante» significa toda persona que, que en virtud de la legislación de ese Estado, este Estado esté sujeta a imposición en el mismo él por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga. Sin embargo, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta esta expresión no incluye, sin embargo, incluye a las personas que estén sujetas a imposición en ese este Estado exclusivamente por la renta que obtengan procedente xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado que posean en el mismo.

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Samples: Convenio Entre El Reino De España Y La República Francesa a Fin De Evitar La Doble Imposición Y De Prevenir La Evasión Y El Fraude Fiscal en Materia De Impuestos Sobre La Renta Y Sobre El Patrimonio, Firmado en Madrid El 10 De Octubre De 1995

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» Contratante” significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección dirección, lugar de constitución o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo análoga e incluye también a ese al propio Estado y a sus subdivisiones políticas cualquier subdivisión política o entidades localesautoridad local. Esta Sin embargo, esta expresión no incluye, sin embargo, incluye a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado EstadoEsta do, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: Convenio Entre La Republica De Chile Y La Republica De Colombia Para Evitar La Doble Imposicion Y Para Prevenir La Evasion Fiscal en Relacion Al Impuesto a La Renta Y Al Patrimonio

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» significa toda persona que, que en virtud de la legislación de ese Estado, esté Estado está sujeta a imposición en el mismo él por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: Convenio Entre El Reino De España Y La República De Indonesia Para Evitar La Doble Imposición Y Prevenir La Evasión Fiscal en Materia De Impuestos Sobre

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» Contratante” significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo ese Estado por razón de su domicilio, residencia, lugar de incorporación, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo y también a ese incluye al Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades autoridades locales. Esta expresión no incluyeEste término, sin embargo, no incluye a las personas ninguna persona que estén sujetas esté sujeta a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan Contratante sólo respecto de los ingresos y ganancias de capital xx xxxxxxx situadas en el citado ese Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: Convenio Entre

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, lugar de constitución, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: www.hacienda.gob.es

RESIDENTE. 1. A los efectos de este del Convenio, la expresión «"residente de un Estado contratante» Contratante" significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por en razón de su domicilio, residencia, sede de dirección dirección, lugar de constitución o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo y también se aplica a ese Estado y u a cualquiera de sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismopolíticas.

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Samples: Convenio Entre La República De Chile Y La República Federativa Del Brasil Para Evitar La Doble Imposición Y Prevenir La Evasión Fiscal en Relación Al Impuesto Sobre La Renta

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Conveniodel presente Xxxxxxxx, la expresión «residente de un Estado contratanteContratante» significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta expresión no incluye2. Cuando en virtud de las disposiciones del apartado 1 una persona física sea residente de ambos Estados Contratantes, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por su situación se resolverá de la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.siguiente manera:

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Samples: Convenio Entre El Reino De España Y La República Argelina

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «"residente de un Estado contratante» Contratante" significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección dirección, lugar de constitución o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo e incluye también a ese al propio Estado y a sus subdivisiones políticas cualquier subdivisión política o entidades localesentidad local. Esta Sin embargo, esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: Convenio Entre El Reino De España Y La República De Chile Para Evitar La Doble Imposición Y Prevenir La Evasión Fiscal en Materia De Impuestos Sobre La Renta Y Sobre El Patrimonio Y Protocolo, Hecho en Madrid El 7 De Julio De 2003

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» significa toda persona que, que en virtud de la legislación de ese Estado, este Estado esté sujeta a imposición en el mismo él por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga. Sin embargo, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta esta expresión no incluye, sin embargo, incluye a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta las rentas que obtengan procedentes xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, él o por el patrimonio situado que posean en el mismo.

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Samples: www.hacienda.gob.es

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, Estado o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: www.boe.es

RESIDENTE. 1. A los efectos de este Convenio, la expresión «residente de un Estado contratante» significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo por razón de su domicilio, residencia, lugar de constitución, sede de dirección efectiva o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan xx xxxxxxx situadas en el citado Estado, o por el patrimonio situado en el mismo.

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Samples: www.boe.es