Common use of RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA Clause in Contracts

RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA será el único responsable de la organización de los elementos de trabajo en el sitio de la obra y de la realización del suministro a él encomendado en virtud de este Contrato. Será plena y enteramente responsable de la calidad, idoneidad y suficiencia del equipo de trabajo y mano de obra, (inclusive la supervisión de la misma) de los materiales, y en general de todos los medios, elementos y recursos utilizados para la ejecución del contrato. El CONTRATISTA es exclusivamente el único responsable de las reclamaciones de cualquier carácter por daños causados a las personas, propiedades, instalaciones del CONTRATANTE o de terceros como consecuencia de la ejecución de los trabajos a él encomendados, por falta de cuidado en el trabajo o por cualquier otra causa que le sea imputable, debiendo en consecuencia reparar o indemnizar el daño o perjuicio ocasionado. El CONTRATISTA será responsable por cualquier robo o extravío de materiales o equipos de construcción pertenecientes al CONTRATISTA o a terceros en el sitio de obras, imputable a su personal. Deberá adoptar todas las medidas de prevención necesarias a fin de evitar que los mismos ocurran. Para asegurar el pago de eventuales indemnizaciones por reclamos hechos al CONTRATISTA, el CONTRATANTE podrá retener parcial o totalmente los pagos mensuales de los trabajos ejecutados o el monto acumulado de la retención caucional, hasta que se compruebe que dichas reclamaciones o responsabilidades hayan quedado satisfactoriamente arregladas. EL CONTRATISTA informará de inmediato al CONTRATANTE sobre cualquier accidente a personas o cosas, que pueda afectar la realización de los trabajos o dar lugar a responsabilidad civil o penal. En el informe describirá detalladamente lo acontecido. EL CONTRATISTA enviará inmediatamente al CONTRATANTE copia de todo documento que se refiera a notificaciones judiciales o legales y que, bajo cualquier aspecto, pueda estar relacionado con el Contrato.

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Samples: Contrato De Provisión Y Colocación De Barandas Obra, Contrato De Provisión Y Colocación De Fachada Vidriada Obra, Contrato De Provisión De Carpintería Metálica

RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA Contratista” se obliga a que los materiales y equipos que se utilicen en los trabajos objeto de este contrato, cumplan con las Normas de Calidad que “La Dependencia” tiene en vigor, mismas que forman parte integrante del presente contrato, y a que la realización de todas y cada una de las partes de los trabajos se efectúen de conformidad con los términos de referencia y en apego al proyecto y especificaciones pactados por las partes en el presente contrato, así como a responder por su cuenta y riesgo de los defectos y vicios ocultos que se llegaran a presentar en los trabajos y de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se lleguen a causar a “La Dependencia” o a terceros, en cuyo caso, se hará efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato, hasta por el monto total de la misma. En caso de violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, la responsabilidad estará a cargo de “El Contratista”. Asimismo, la propiedad intelectual, que se derive del contrato invariablemente se constituirá a favor de “La Dependencia”, salvo que exista impedimento para ello, en términos de las disposiciones aplicables. Igualmente se obliga “El Contratista” a no transferir a terceras personas físicas x xxxxxxx sus derechos y obligaciones derivadas de este contrato y sus anexos, sobre los bienes o trabajos ejecutados que ampara este contrato, salvo los derechos de cobro sobre las estimaciones por trabajos ejecutados, en cuyo caso se requerirá la previa aprobación expresa y por escrito de “La Dependencia”, en los términos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento. Si con motivo de la transmisión de los derechos de cobro solicitada por el contratista se origina un retraso en el pago, no procederá el pago de gastos financieros a que hace referencia el artículo 55 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. “El Contratista” será el único responsable de la organización de los elementos de trabajo en el sitio de la obra y de la realización del suministro a él encomendado en virtud de este Contrato. Será plena y enteramente responsable de la calidad, idoneidad y suficiencia del equipo de trabajo y mano de obra, (inclusive la supervisión de la misma) de los materiales, y en general de todos los medios, elementos y recursos utilizados las obligaciones que adquiera con las personas que subcontrate para la ejecución del contrato. El CONTRATISTA es exclusivamente el único responsable de las reclamaciones de cualquier carácter por daños causados a las personas, propiedades, instalaciones del CONTRATANTE o de terceros como consecuencia de la ejecución de los trabajos a él encomendados, por falta de cuidado en el trabajo o por cualquier otra causa que le sea imputable, debiendo en consecuencia reparar o indemnizar el daño o perjuicio ocasionado. El CONTRATISTA será responsable por cualquier robo o extravío de materiales o equipos de construcción pertenecientes al CONTRATISTA o a terceros en el sitio de obras, imputable a su personal. Deberá adoptar todas las medidas de prevención necesarias a fin de evitar que los mismos ocurran. Para asegurar el pago de eventuales indemnizaciones por reclamos hechos al CONTRATISTA, el CONTRATANTE podrá retener parcial o totalmente los pagos mensuales de los trabajos ejecutados o el monto acumulado de la retención caucional, hasta que se compruebe que dichas reclamaciones o responsabilidades hayan quedado satisfactoriamente arregladas. EL CONTRATISTA informará de inmediato al CONTRATANTE sobre cualquier accidente a personas o cosas, que pueda afectar la realización de los trabajos. El subcontratista no tendrá ninguna acción o derecho que hacer valer en contra de “La Dependencia” por tales obligaciones. “La Dependencia” tendrá la facultad de verificar si los trabajos o dar lugar a responsabilidad civil o penal. En el informe describirá detalladamente lo acontecido. EL CONTRATISTA enviará inmediatamente al CONTRATANTE copia objeto de todo documento que este contrato se refiera a notificaciones judiciales o legales y que, bajo cualquier aspecto, pueda estar relacionado están ejecutando por “El Contratista” de acuerdo con el Contrato.programa de ejecución convenido, para lo cual “La Dependencia” comparará periódicamente el avance físico de las obras. Si como consecuencia de dichas comparaciones el avance de los trabajos es menor que lo que debió realizarse, “La Dependencia” procederá a:

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Que Contiene Las Bases De Contratación De Servicios Relacionados Con La Obra Pública a Precio, Invitación a Cuando Menos Tres Personas Que Contiene Las Bases De Contratación De Servicios Relacionados Con La Obra Pública a Precio, www.sct.gob.mx

RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA EL CONTRATISTA" se obliga a que los materiales y equipos que se utilicen en los trabajos objeto de este contrato, cumplan con las Normas de Calidad que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” tiene en vigor, mismas que forman parte integrante del presente contrato, y a que la realización de todas y cada una de “LAS PARTES” de los trabajos se efectúen de conformidad con los Proyecto ejecutivo y en apego al proyecto y especificaciones pactados por “LAS PARTES” en el presente contrato, así como a responder por su cuenta y riesgo de los defectos y vicios ocultos que se llegaran a presentar en los trabajos y de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se lleguen a causar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” o a terceros, en cuyo caso, se hará efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato, hasta por el monto total de la misma. En caso de violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, la responsabilidad estará a cargo de "EL CONTRATISTA". Asimismo, la propiedad intelectual, que se derive del contrato invariablemente se constituirá a favor de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, salvo que exista impedimento para ello, en términos de las disposiciones aplicables. Igualmente se obliga "EL CONTRATISTA" a no transferir a terceras personas físicas x xxxxxxx sus derechos y obligaciones derivadas de este contrato y sus anexos, sobre los bienes o trabajos ejecutados que ampara este contrato, salvo los derechos de cobro sobre las estimaciones por trabajos ejecutados, en cuyo caso se requerirá la previa aprobación expresa y por escrito de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, en los términos de la “LOPSRM” y su Reglamento Si con motivo de la transmisión de los derechos de cobro solicitada por “EL CONTRATISTA” se origina un atraso en el pago, no procederá el pago de gastos financieros a que hace referencia el artículo. 55 de la “LOPSRM”. "EL CONTRATISTA" será el único responsable de las obligaciones que adquiera con las personas que subcontrate para la organización realización de los elementos trabajos, El Subcontratista no tendrá ninguna acción o derecho para hacer valer en contra de trabajo en el sitio de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por tales obligaciones. Si posterior a la obra y de adjudicación del contrato, "EL CONTRATISTA" tuviera la realización del suministro a él encomendado en virtud de este Contrato. Será plena y enteramente responsable de necesidad por la calidad, idoneidad y suficiencia del equipo de trabajo y mano de obra, (inclusive la supervisión de la misma) naturaleza o especialidad de los materialestrabajos de subcontratar, y en general de todos los medios, elementos y recursos utilizados para este deberá solicitar la ejecución autorización previa al titular del contrato. El CONTRATISTA es exclusivamente el único Área responsable de las reclamaciones de cualquier carácter por daños causados a las personas, propiedades, instalaciones del CONTRATANTE o de terceros como consecuencia de la ejecución de los trabajos a él encomendados, por falta trabajos. Dicha autorización en ningún caso significará una ampliación al monto o al plazo del contrato de cuidado en el trabajo o por cualquier otra causa que le sea imputable, debiendo en consecuencia reparar o indemnizar el daño o perjuicio ocasionado. El CONTRATISTA será responsable por cualquier robo o extravío de materiales o equipos de construcción pertenecientes al CONTRATISTA o a terceros en el sitio de obras, imputable a su personal. Deberá adoptar todas las medidas de prevención necesarias a fin de evitar que los mismos ocurran. Para asegurar el pago de eventuales indemnizaciones por reclamos hechos al CONTRATISTA, el CONTRATANTE podrá retener parcial o totalmente los pagos mensuales de los trabajos ejecutados o el monto acumulado de la retención caucional, hasta que se compruebe que dichas reclamaciones o responsabilidades hayan quedado satisfactoriamente arregladas. EL CONTRATISTA informará de inmediato al CONTRATANTE sobre cualquier accidente a personas o cosas, que pueda afectar la realización de los trabajos o dar lugar a responsabilidad civil o penal. En el informe describirá detalladamente lo acontecido. EL CONTRATISTA enviará inmediatamente al CONTRATANTE copia de todo documento que se refiera a notificaciones judiciales o legales y que, bajo cualquier aspecto, pueda estar relacionado con el Contratotrate.

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Samples: Contrato De Obra Pública Bajo La Condición De Pago Precios Unitarios, Anual/Plurianual Con Carácter Nacional, Contrato De Obra Pública Bajo La Condición De Pago Precios

RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA será el único responsable La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, respondiendo éste de la organización calidad de los elementos bienes y de trabajo los vicios ocultos que pudieran apreciarse durante el plazo de garantía. (art, 215 y 292.2 TRLCSP) Quedan exceptuados de lo dispuesto en el sitio párrafo anterior los defectos que se puedan apreciar que sean consecuencia directa e inmediata de una actuación u orden de la obra y Administración. El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la realización del suministro a él encomendado Administración, salvo que ésta hubiese incurrido en virtud de este Contratoxxxx al recibirlos. Será plena y enteramente responsable de la calidad, idoneidad y suficiencia obligación del equipo de trabajo y mano de obra, (inclusive la supervisión de la misma) de los materiales, y en general de contratista indemnizar todos los mediosdaños y perjuicios que se causen a terceros, elementos y recursos utilizados para por sí o por personal o medios dependientes del mismo, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes. (art.214 TRLCSP) El CONTRATISTA es exclusivamente el único contratista será responsable de obtener las reclamaciones cesiones, permisos y autorizaciones de cualquier carácter los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación que, en su caso, resulten necesarias, corriendo por su cuenta el abono de las indemnizaciones que pudieran corresponder por tales conceptos. Asimismo, serán responsables de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial, debiendo indemnizar, en su caso, a la Administración de todos los daños causados a las personas, propiedades, instalaciones del CONTRATANTE o de terceros como consecuencia y perjuicios que para la misma pudieran derivarse con motivo de la ejecución interposición de reclamaciones. Cuando el acto de recepción de los trabajos bienes objeto del suministro sea posterior a él encomendadossu entrega, por falta de cuidado en el trabajo o por cualquier otra causa que le sea imputable, debiendo en consecuencia reparar o indemnizar el daño o perjuicio ocasionado. El CONTRATISTA la Administración será responsable por cualquier robo o extravío de materiales o equipos la custodia de construcción pertenecientes al CONTRATISTA o a terceros en el sitio de obras, imputable a su personal. Deberá adoptar todas las medidas de prevención necesarias a fin de evitar que los mismos ocurran. Para asegurar durante el pago de eventuales indemnizaciones por reclamos hechos al CONTRATISTA, el CONTRATANTE podrá retener parcial o totalmente los pagos mensuales de los trabajos ejecutados o el monto acumulado de la retención caucional, hasta tiempo que se compruebe que dichas reclamaciones o responsabilidades hayan quedado satisfactoriamente arregladas. EL CONTRATISTA informará de inmediato al CONTRATANTE sobre cualquier accidente a personas o cosas, que pueda afectar la realización de los trabajos o dar lugar a responsabilidad civil o penal. En el informe describirá detalladamente lo acontecido. EL CONTRATISTA enviará inmediatamente al CONTRATANTE copia de todo documento que se refiera a notificaciones judiciales o legales medie entre una y que, bajo cualquier aspecto, pueda estar relacionado con el Contratootra.

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Samples: www.valencia.es, www.valencia.es

RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el Trabajo. El contratista deberá constituir el órgano con función específica de velar por el cumplimiento de las disposiciones vigentes sobre Seguridad y Salud en el Trabajo y designará el personal técnico de seguridad que asuma las obligaciones correspondientes. Para ello el adjudicatario contará con un coordinador propio de prevención de riesgos que vigile y asegure el estricto cumplimiento de la legislación vigente. El adjudicatario será el único responsable de los daños y/o perjuicios, incluso a terceros, que se ocasionen por culpa, negligencia o incumplimiento de las obligaciones en la organización prestación de los elementos trabajos desarrollados, así como consecuencia de trabajo una deficiente protección de las obras en materia de seguridad y salud en el sitio trabajo. El adjudicatario tendrá en sus almacenes vallas de protección normalizadas en cantidad y calidad suficiente para delimitar perfectamente los trabajos requeridos. La señalización utilizada y su disposición se deben ajustar en todo momento a la obra y legislación vigente. El adjudicatario debe disponer de la realización del suministro a él encomendado en virtud un seguro de este Contrato. Será plena y enteramente responsable de la calidad, idoneidad y suficiencia del equipo de trabajo y mano de obra, (inclusive la supervisión de la misma) de responsabilidad civil que cubra los materiales, y en general de todos los medios, elementos y recursos utilizados para riesgos que puedan producirse durante la ejecución del contratocontrato por un importe de al menos 6000.000 euros. Deberá contar como mínimo, con el personal previsto en el artículo correspondiente el cual se ajustará en todo momento a las exigencias contractuales derivadas de lo dispuesto en el Pliego, lo especificado en su oferta y las instrucciones que, por escrito, reciba del Ayuntamiento. El CONTRATISTA es exclusivamente personal operario indicado tiene carácter de mínimo, estando obligado el único responsable de las reclamaciones de cualquier carácter por daños causados contratista a adecuar la plantilla a las personas, propiedades, instalaciones necesidades reales derivadas del CONTRATANTE trabajo. Los Servicios Técnicos Municipales tendrán derecho y podrá imponer al contratista que separe del servicio o sancione a cualquier empleado adscrito al servicio de terceros como consecuencia conservación y mantenimiento que diera motivo de ello. El representante de la ejecución de los trabajos Empresa, representará a él encomendadosésta ante el Ayuntamiento. Asistirá, por falta de cuidado en el trabajo o por cualquier otra causa que le sea imputablesin excusa, debiendo en consecuencia reparar o indemnizar el daño o perjuicio ocasionado. El CONTRATISTA será responsable por cualquier robo o extravío de materiales o equipos de construcción pertenecientes al CONTRATISTA o a terceros en el sitio de obras, imputable las reuniones a su personal. Deberá adoptar todas las medidas de prevención necesarias a fin de evitar que los mismos ocurran. Para asegurar el pago de eventuales indemnizaciones por reclamos hechos al CONTRATISTA, el CONTRATANTE podrá retener parcial o totalmente los pagos mensuales de los trabajos ejecutados o el monto acumulado de la retención caucional, hasta que se compruebe le invite para tratar asuntos relativos al Servicio, siempre que dichas reclamaciones o responsabilidades hayan quedado satisfactoriamente arregladas. EL CONTRATISTA informará su convocatoria se haya realizado con veinticuatro horas de inmediato al CONTRATANTE sobre cualquier accidente a personas o cosasantelación o, que pueda afectar la realización en su defecto, delegar en persona con similar poder de los trabajos o dar lugar a responsabilidad civil o penal. En el informe describirá detalladamente lo acontecido. EL CONTRATISTA enviará inmediatamente al CONTRATANTE copia de todo documento que se refiera a notificaciones judiciales o legales y que, bajo cualquier aspecto, pueda estar relacionado con el Contratodecisión.

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Samples: Pliego De Condiciones Técnico Económico Que Ha De Regir en El Contrato De Prestación De Servicio

RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA será Artículo 9 Las responsabilidades que tiene el único contratista son las siguientes: En coordinación con la dependencia que contrata el trabajo o servicio, es responsable del conocimiento y alcance que tenga todo su personal de este reglamento y el Sistema de Gestión Integrado de la organización CNFL y debe asegurarse, que el mismo reciba la inducción sobre este por parte de la CNFL. Proporcionar el equipo de protección personal que corresponda según el trabajo o servicio a desarrollar (zapatos de seguridad, botas, gafas, tapones para oídos, casco, ropa de trabajo, entre otros) y los elementos o accesorios de trabajo seguridad requeridos (señales, barreras, chalecos de seguridad, cintas, cuerdas, rótulos, protector solar u otros.) y asegurar su uso y funcionamiento. De no contar con éstos, las obras se detendrán hasta que se cumpla con el requisito, en el sitio de la obra y de la realización perjuicio del suministro a él encomendado en virtud de este Contratocontratista. Será plena y enteramente responsable de la calidad, idoneidad y suficiencia del equipo Garantizar que las herramientas de trabajo y mano equipos, se encuentran en óptimas condiciones de obrafuncionamiento y debe asegurar un mantenimiento adecuado para que operen con seguridad y no causen daños a la salud de las personas (trabajadores o terceros). Presentar y ejecutar un procedimiento de notificación, (inclusive la supervisión registro, investigación y análisis de la misma) de incidentes, si es clasificado como contrato tipo II y tipo III. Además, debe comunicar en forma escrita al Administrador del contrato y a los materialesórganos externos competentes, y los incidentes laborales que les ocurran a sus trabajadores, en general de todos los medios, elementos y recursos utilizados función del trabajo que estén realizando para la ejecución del contratoCNFL. El CONTRATISTA es exclusivamente De conformidad con lo solicitado en los requerimientos de adquisición, mantener el único responsable orden en los lugares de trabajo (lo anterior, incluye disponer de las reclamaciones herramientas y materiales indispensables para la realización de cualquier carácter sus tareas). Así mismo, recoger los residuos o escombro generados diariamente por daños causados el trabajo que ejecuta y disponer de este en el formulario que contiene el Plan para la gestión de residuos y el Manual para la inclusión de criterios de sostenibilidad en la adquisición de bienes y servicios, bajo su propio costo y responsabilidad. Los mismos deben ser tratados de acuerdo con lo que establece la legislación nacional referente a las personasla gestión integral de residuos. Deben contar siempre con el registro especial Permiso de trabajo, propiedadesel cual es un requerimiento del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Así mismo, instalaciones del CONTRATANTE o de terceros como consecuencia de cuando en la ejecución de los obras o servicios contratados, se realicen trabajos a él encomendadosespeciales o de alto riesgo, por falta tales como, pero que no se limite a: Trabajos en altura Mantenimiento de cuidado subestaciones eléctricas o paneles energizados Construcción y mantenimiento de sistemas de tendido eléctrico en general Espacios confinados Manipulación, almacenamiento y desecho de sustancias químicas peligrosas Trabajos calientes calificados (generación de calor y chispas) Trabajos con fuentes radioactivas Portación xx xxxxx Manipulación de alimentos, deben contar con el permiso especial escrito de la entidad competente autorizada en el trabajo o por cualquier otra causa país. En caso de que le sea imputable, debiendo en consecuencia reparar o indemnizar el daño o perjuicio ocasionado. El CONTRATISTA será responsable por cualquier robo o extravío de materiales o equipos de construcción pertenecientes al CONTRATISTA o no exista a terceros en el sitio de obras, imputable a su personal. Deberá adoptar todas las medidas de prevención necesarias a fin de evitar que los mismos ocurran. Para asegurar el pago de eventuales indemnizaciones por reclamos hechos al CONTRATISTAnivel nacional, el CONTRATANTE podrá retener parcial o totalmente los pagos mensuales contratista debe entregar una nota, certificando la competencia de los trabajos ejecutados o el monto acumulado de la retención caucional, hasta sus trabajadores y que se compruebe que dichas reclamaciones o responsabilidades hayan quedado satisfactoriamente arregladas. EL CONTRATISTA informará de inmediato al CONTRATANTE sobre cualquier accidente a personas o cosascuenta con los procedimientos correspondientes, que pueda afectar la realización de los trabajos o dar lugar a responsabilidad civil o penal. En el informe describirá detalladamente lo acontecido. EL CONTRATISTA enviará inmediatamente al CONTRATANTE así como remitir una copia de todo documento que se refiera a notificaciones judiciales o legales y que, bajo cualquier aspecto, pueda estar relacionado con el Contratoese permiso al Administrador de contrato para verificar la documentación.

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Samples: www.cnfl.go.cr

RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA contratista, adjudicatario del contrato, será responsable del correcto desarrollo y ejecución de las soluciones previstas en el único Pliego de Prescripciones Técnicas hasta la terminación satisfactoria de los servicios, trabajos y prestaciones contratadas, correspondiéndole la realización a buen fin de todos los trabajos de los diferentes oficios que intervienen para la total realización del contrato, incluidos todos los materiales y medios auxiliares, con sujeción a los documentos xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, y que constituyen parte integrante del contrato por un precio cerrado. La sola presentación de oferta implica la declaración por parte del contratista de haber cumplido con su obligación de reconocer todos los lugares en que deben ejecutarse los servicios, trabajos y prestaciones y tener conocimiento de las condiciones de los mismos, de haber estudiado detenidamente los documentos contractuales, en especial el Pliego de Prescripciones Técnicas, que considera suficientes tanto para responsabilizarse de su oferta como para el posterior desarrollo de los trabajos y, en consecuencia, que se responsabiliza plenamente de la ejecución del contrato y en la forma, plazo y condiciones convenidas. El contratista es especialmente responsable de la organización selección y vigilancia de los elementos de trabajo su personal ocupado en el sitio de la obra y de la realización del suministro a él encomendado en virtud de este Contrato. Será plena y enteramente responsable de la calidad, idoneidad y suficiencia del equipo de trabajo y mano de obra, (inclusive la supervisión de la misma) de los materiales, y en general de todos los medios, elementos y recursos utilizados para la ejecución del contrato, ejercitando el poder de dirección del mismo, estando obligado a adoptar y hacer aplicar, a su xxxxx, las disposiciones vigentes sobre las normas y condiciones de seguridad que correspondan a las características del objeto del contrato y las que se promulguen durante la ejecución del contrato, así como las medidas que dicten la Inspección de Trabajo y demás Organismos competentes. El CONTRATISTA es exclusivamente el único responsable Igualmente, estará obligado, con respecto al personal que emplee en los trabajos, al cumplimiento de las reclamaciones disposiciones de aplicación en cada momento en materia laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales, respondiendo de cualquier carácter perjuicio que por tales incumplimientos pudiera ocasionar a la APC o a terceros. Será responsabilidad del contratista indemnizar todos los daños causados y perjuicios que se causen a las personasterceros, propiedades, instalaciones del CONTRATANTE a la propia APC o de terceros como consecuencia al personal de la misma, mientras dure la ejecución del contrato y hasta tanto haya transcurrido el plazo de los trabajos a él encomendados, por falta de cuidado en el trabajo o por cualquier otra causa que le sea imputable, debiendo en consecuencia reparar o indemnizar el daño o perjuicio ocasionado. El CONTRATISTA será responsable por cualquier robo o extravío de materiales o equipos de construcción pertenecientes al CONTRATISTA o a terceros en el sitio de obras, imputable a su personal. Deberá adoptar todas las medidas de prevención necesarias a fin de evitar que los mismos ocurran. Para asegurar el pago de eventuales indemnizaciones por reclamos hechos al CONTRATISTA, el CONTRATANTE podrá retener parcial o totalmente los pagos mensuales de los trabajos ejecutados o el monto acumulado de la retención caucional, hasta que se compruebe que dichas reclamaciones o responsabilidades hayan quedado satisfactoriamente arregladas. EL CONTRATISTA informará de inmediato al CONTRATANTE sobre cualquier accidente a personas o cosas, que pueda afectar la realización de los trabajos o dar lugar a responsabilidad civil o penal. En el informe describirá detalladamente lo acontecido. EL CONTRATISTA enviará inmediatamente al CONTRATANTE copia de todo documento que se refiera a notificaciones judiciales o legales y que, bajo cualquier aspecto, pueda estar relacionado con el Contratogarantía.

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Samples: Pliego De Condiciones Generales Para La Contratación De Los Servicios

RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA será el único responsable de la organización de los elementos de trabajo en el sitio de la obra y de la realización del suministro a él encomendado en virtud de este Contrato. Será plena y enteramente responsable de la calidad, idoneidad y suficiencia del equipo de trabajo y mano de obra, (inclusive la supervisión de la misma) de los materiales, y en general de todos los medios, elementos y recursos utilizados para la ejecución del contrato. El CONTRATISTA es exclusivamente el único responsable de las reclamaciones de cualquier carácter por daños causados a las personas, propiedades, instalaciones del CONTRATANTE o de terceros como consecuencia de la ejecución de los trabajos a él encomendados, por falta de cuidado en el trabajo o por cualquier otra causa que le sea imputable, debiendo en consecuencia reparar o indemnizar el daño o perjuicio ocasionado. El CONTRATISTA Contratista será responsable por cualquier robo falla o extravío defecto que aparezca durante la ejecución de materiales o equipos la obra, mientras dure el período de construcción pertenecientes al CONTRATISTA o a terceros garantía estipulado en el sitio de obrascontrato, imputable a debiendo efectuar por su personal. Deberá adoptar cuenta y sin recargo alguno para el Contratante, todas las medidas de prevención necesarias a fin de evitar que los mismos ocurranreparaciones necesarias. Para asegurar el pago de eventuales indemnizaciones por reclamos hechos al CONTRATISTAAl constatar la existencia xx xxxxxx o defectos, el CONTRATANTE podrá retener parcial o totalmente Contratante lo pondrá en conocimiento del Contratista por escrito, fijándole fechas para el inicio y terminación de las reparaciones y reposiciones necesarias. Si el Contratista no diera principio a los pagos mensuales trabajos de reparación en la fecha fijada el Contratante estará en libertad de ejecutar tales trabajos por Administración ó contratando a una tercera persona, otorgándole todos los gastos que ocasione tal trabajo a la fianza depositada a favor del Contratante, por concepto de garantía. Al vencimiento del plazo de garantía, si no se presentare ningún problema, el Departamento de Obras Físicas deberá extender la autorización correspondiente para el retiro de la fianza respectiva. El Contratista, desde el inicio de los trabajos ejecutados o hasta el monto acumulado momento de la retención caucionalentrega, hasta deberá proteger debidamente la obra de los daños que puedan ocasionarle los elementos naturales o bien el personal o la maquinaria del Contratista, ya sea debido a los métodos de construcción empleados o por simple descuido. Esta protección deberá comprender los materiales, trabajo ya ejecutado, las referencias de los ejes principales, bancos de nivel, etc. El Contratista reconstruirá, restaurará ó mediará cualquier daño que se compruebe que dichas reclamaciones o responsabilidades hayan quedado satisfactoriamente arregladas. EL CONTRATISTA informará ocasionare a porción alguna de inmediato al CONTRATANTE sobre la obra por cualquier accidente a personas o cosas, que pueda afectar la realización de los trabajos o dar lugar a responsabilidad civil o penal. En el informe describirá detalladamente lo acontecido. EL CONTRATISTA enviará inmediatamente al CONTRATANTE copia de todo documento que se refiera a notificaciones judiciales o legales y que, bajo cualquier aspecto, pueda estar relacionado con el Contratocausa.

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Samples: h1.honducompras.gob.hn

RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA será el único responsable de la organización de los elementos de trabajo en el sitio La responsabilidad civil por vicios o defectos de la obra y será exigible en forma personal e individualizada, tanto por actos u omisiones propios, como por actos u omisiones de personas por las que, con arreglo a la Ley 38/1999, de 5 noviembre, de Ordenación de la realización del suministro a él encomendado Edificación, se deba responder. No obstante, cuando no pudiera individualizarse la causa de los daños materiales o quedase debidamente probada la concurrencia de culpas sin que pudiera precisarse el grado de intervención de cada agente en virtud el daño producido, el contratista responderá con ellos de este Contratoforma solidaria. Será plena y enteramente responsable El contratista responderá directamente de los daños materiales causados en la obra por vicios o defectos derivados de la calidadimpericia, idoneidad y suficiencia del equipo falta de trabajo y mano de obracapacidad profesional o técnica, (inclusive la supervisión de la misma) de los materiales, y en general de todos los medios, elementos y recursos utilizados para la ejecución del contrato. El CONTRATISTA es exclusivamente el único responsable negligencia o incumplimiento de las reclamaciones obligaciones atribuidas al jefe de cualquier carácter por daños causados a las personas, propiedades, instalaciones del CONTRATANTE obra y demás personas físicas o jurídicas que de terceros como consecuencia de él dependan. Cuando el contratista subcontrate con otras personas físicas o jurídicas la ejecución de determinadas partes o instalaciones de la obra, será directamente responsable de los trabajos daños materiales por vicios o defectos de su ejecución, sin perjuicio de la repetición a él encomendadosque hubiere lugar. Asimismo, el contratista responderá directamente de los daños materiales causados en la obra por falta las deficiencias de cuidado los productos de construcción adquiridos o aceptados por él, sin perjuicio de la repetición a que hubiere lugar. Las responsabilidades por daños no serán exigibles al contratista, si se prueba que aquéllos fueron ocasionados por caso fortuito, fuerza mayor, acto xx xxxxxxx (diferente de los sujetos expresados en el trabajo los tres apartados anteriores) o por cualquier otra causa que le sea imputable, debiendo en consecuencia reparar el propio perjudicado por el daño. Este régimen de responsabilidad es independiente y compatible con las obligaciones específicas del contratista durante el plazo de garantía y con la responsabilidad de carácter contractual o indemnizar el daño o perjuicio ocasionado. El CONTRATISTA será responsable por cualquier robo o extravío de materiales o equipos de construcción pertenecientes al CONTRATISTA o a terceros en el sitio de obras, imputable a su personal. Deberá adoptar todas las medidas de prevención necesarias a fin de evitar que los mismos ocurran. Para asegurar el pago de eventuales indemnizaciones por reclamos hechos al CONTRATISTA, el CONTRATANTE podrá retener parcial o totalmente los pagos mensuales de los trabajos ejecutados o el monto acumulado de la retención caucional, hasta que se compruebe que dichas reclamaciones o responsabilidades hayan quedado satisfactoriamente arregladas. EL CONTRATISTA informará de inmediato al CONTRATANTE sobre cualquier accidente a personas o cosas, extracontractual que pueda afectar la realización de los trabajos o dar lugar a responsabilidad civil o penal. En el informe describirá detalladamente lo acontecido. EL CONTRATISTA enviará inmediatamente exigirse conforme al CONTRATANTE copia de todo documento que se refiera a notificaciones judiciales o legales y que, bajo cualquier aspecto, pueda estar relacionado con el Contratoderecho privado.

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Samples: www.asturias.es

RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA se obliga a designar anticipadamente a la iniciación de los trabajos, un representante que permanecerá en el sitio de realización de los mismos y que actuará como su Supervisor de Obra, para efectos de este instrumento se designa como el RESIDENTE quien deberá tener poder amplio y suficiente para tomar decisiones en todo lo relativo al cumplimiento de este contrato. EL CONTRATISTA se obliga también a que los materiales y equipo que se utilicen en los trabajos objeto de este contrato, cumplan con las normas de construcción señaladas en el Reglamento de Construcciones para el Estado de Tabasco y relacionados y las especificaciones particulares del proyecto ejecutivo de instalaciones que forman parte de este instrumento, y a que la realización de todas y cada una de la partes de dicha OBRA , se efectúen a satisfacción de la EMPRESA CONTRATANTE, así como a responder por su cuenta y riesgo de los defectos y vicios ocultos de la misma y de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se lleguen a causar a la EMPRESA CONTRATANTE, o a terceros , en cuyo caso se hará efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato , hasta por el monto total de la misma. Igualmente, no se autoriza a EL CONTRATISTA, poder llevar a cabo subcontratos en forma parcial o total ni ceder en forma parcial o total a favor de cualquier otra persona física o moral, los derechos y obligaciones derivados de este contrato, sobre las estimaciones por trabajos ejecutados, en cuyo caso se deberá contar con la aprobación previa y por escrito de la EMPRESA CONTRATANTE. El CONTRATISTA será el pleno y único responsable de la organización de los elementos de trabajo en el sitio de consecución, obtención, compras, descarga, almacenamiento, y entrega del material que se necesite para la obra y de la realización del suministro a él encomendado en virtud de este Contrato. Será plena y enteramente OBRA, así como responsable de la calidad, idoneidad su cuidado y suficiencia del equipo de trabajo y mano de obra, (inclusive la supervisión de la misma) de los materiales, y en general de todos los medios, elementos y recursos utilizados para la ejecución del contrato. El CONTRATISTA es exclusivamente el único responsable de las reclamaciones de cualquier carácter por daños causados a las personas, propiedades, instalaciones del CONTRATANTE o de terceros como consecuencia de la ejecución de los trabajos a él encomendados, por falta de cuidado en el trabajo o por cualquier otra causa que le sea imputable, debiendo en consecuencia reparar o indemnizar el daño o perjuicio ocasionado. El CONTRATISTA será responsable por cualquier robo o extravío de materiales o equipos de construcción pertenecientes al CONTRATISTA o a terceros en el sitio de obras, imputable a su personal. Deberá adoptar todas las medidas de prevención necesarias a fin de evitar que los mismos ocurran. Para asegurar el pago de eventuales indemnizaciones por reclamos hechos al CONTRATISTA, el CONTRATANTE podrá retener parcial o totalmente los pagos mensuales de los trabajos ejecutados o el monto acumulado de la retención caucional, hasta que se compruebe que dichas reclamaciones o responsabilidades hayan quedado satisfactoriamente arregladas. EL CONTRATISTA informará de inmediato al CONTRATANTE sobre cualquier accidente a personas o cosas, que pueda afectar la realización de los trabajos o dar lugar a responsabilidad civil o penal. En el informe describirá detalladamente lo acontecido. EL CONTRATISTA enviará inmediatamente al CONTRATANTE copia de todo documento que se refiera a notificaciones judiciales o legales y que, bajo cualquier aspecto, pueda estar relacionado con el Contratoprotección.

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Samples: Contrato De Servicios De Corresponsalia

RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA Contratista deberá llevar a cabo las actividades a su cargo con objeto de que la prestación del servicio que se contrata se realice de manera uniforme, no discriminatoria, continua y regular, conforme a lo dispuesto en las Leyes Aplicables, el Convenio para la Operación Técnica y Comercial de la Transmisión y el Contrato. A partir de la fecha de inicio de vigencia del Contrato, el Contratista será el único responsable respecto de cualquier demanda, reclamación o procedimiento administrativo de cualquier naturaleza, incluyendo aquellos de tipo laboral, ambiental, fiscal, agrario, mercantil, penal o civil, relacionados con el Contrato e iniciados por cualquier Autoridad Gubernamental o por terceros, por lo que releva a la Contratante de toda y cualquier responsabilidad relacionada con las mismas, siempre y cuando las causas de dichas demandas, reclamaciones o procedimientos administrativos sean posteriores a la fecha de inicio de Vigencia del Contrato. Para tal caso, la Contratante notificará oportunamente al Contratista de cualquier demanda, reclamación o procedimiento administrativo que le sea notificada para los efectos señalados en esta Cláusula. Los daños y perjuicios que el Contratista ocasione a cualquier persona con motivo del ejercicio de sus derechos o del cumplimiento de sus obligaciones bajo el presente Contrato, correrán por su exclusiva cuenta y riesgo, y en consecuencia, el Contratista no podrá reclamar o ejercitar acción alguna por estos conceptos en contra de la organización Contratante o el Estado. Salvo la operación de la infraestructura de transmisión objeto del Contrato, el Contratista podrá utilizar los servicios de terceros para la realización de actividades relacionadas con el objeto del Contrato, pero será el único y exclusivo responsable ante la Contratante, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato. El Contratista no podrá establecer compromiso contractual o extracontractual, de naturaleza alguna, con ningún tercero o Filial que contravenga, eluda o haga nugatoria alguna disposición contenida en este Contrato o las Leyes Aplicables, de hacerlo, todo compromiso carecerá de validez y será responsable de los elementos daños y perjuicios que tal conducta ocasione. El Contratista está obligado a realizar las acciones de trabajo en el sitio de la obra gestión y de la realización del suministro a él encomendado en virtud operación que se conviene, por lo que no se encontrará facultado para realizar acciones distintas al objeto de este Contrato. Será plena El Contratista se obliga a actuar oportunamente y enteramente responsable de la calidadbuena fe, idoneidad y suficiencia del equipo de trabajo y mano de obra, (inclusive la supervisión de la misma) de los materiales, y en general de todos los medios, elementos y recursos utilizados para la ejecución del contrato. El CONTRATISTA es exclusivamente el único responsable de las reclamaciones de cualquier carácter por daños causados a las personas, propiedades, instalaciones del CONTRATANTE o de terceros como consecuencia de la ejecución de los trabajos a él encomendados, por falta de cuidado conforme se establece en el trabajo o por cualquier otra causa que le sea imputable, debiendo en consecuencia reparar o indemnizar el daño o perjuicio ocasionado. El CONTRATISTA será responsable por cualquier robo o extravío de materiales o equipos de construcción pertenecientes al CONTRATISTA o a terceros en el sitio de obras, imputable a su personal. Deberá adoptar todas Contrato y las medidas de prevención necesarias a fin de evitar que los mismos ocurran. Para asegurar el pago de eventuales indemnizaciones por reclamos hechos al CONTRATISTA, el CONTRATANTE podrá retener parcial o totalmente los pagos mensuales de los trabajos ejecutados o el monto acumulado de la retención caucional, hasta que se compruebe que dichas reclamaciones o responsabilidades hayan quedado satisfactoriamente arregladas. EL CONTRATISTA informará de inmediato al CONTRATANTE sobre cualquier accidente a personas o cosas, que pueda afectar la realización de los trabajos o dar lugar a responsabilidad civil o penal. En el informe describirá detalladamente lo acontecido. EL CONTRATISTA enviará inmediatamente al CONTRATANTE copia de todo documento que se refiera a notificaciones judiciales o legales y que, bajo cualquier aspecto, pueda estar relacionado con el ContratoLeyes Aplicables.

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Samples: Bases De Licitación Para La Adjudicación Del Contrato De Gestión Y Operación De La Infraestructura De Transmisión

RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA será Además de las responsabilidades ya enunciadas en estos términos, el único responsable de Contratista deberá tener en cuenta las siguientes:  A todos los efectos legales el Contratista asume la organización completa responsabilidad de los elementos de trabajo en el sitio de la obra y de la realización del suministro accidentes a él encomendado imputables que puedan producirse durante el desarrollo del contrato, comprendiendo esta responsabilidad todo accidente que pueda sufrir cualquier persona que al servicio del Contratista tome parte en virtud de este Contrato. Será plena y enteramente responsable de la calidad, idoneidad y suficiencia del equipo de trabajo y mano de obra, (inclusive la supervisión de la misma) de los materiales, y en general de todos los medios, elementos y recursos utilizados para la ejecución del trabajo, cualquiera que sea el servicio que se realice.  Cualquier daño originado en el desarrollo de las actividades y que afecte a CHEC, será de exclusiva responsabilidad del Contratista siempre y cuando sea imputable al descuido o impericia de este.  El Contratista entregará a CHEC, antes de la iniciación del contrato, fotocopia de todas las hojas de vida del personal seleccionado para realizar las actividades objeto de esta contratación con toda la documentación soporte, especialmente documento de identidad y verificación de antecedentes judiciales expedida por el organismo competente del Estado. En medio magnético entregará la información registrada de cada trabajador.  Todo movimiento de personal, ingresos y retiros debe ser informado previamente al Interventor, en todo caso las vinculaciones deben ser informadas por el interventor quien también podrá recomendar la desvinculación de personal cuando considere que se lesionan los intereses de CHEC o sea inconveniente para el desarrollo del contrato. El CONTRATISTA es exclusivamente  Será responsabilidad del Contratista el único conservar la seguridad en las labores ejecutadas y su entorno de actuación durante la realización de las mismas, así como del estado final en que éstas queden y su área circundante, tanto para impedir posibles accidentes como para evitar cualquier tipo de sanción por deterioro paisajístico o daño ambiental. CHEC, no será en consecuencia responsable de los accidentes que pueda sufrir el Contratista, su personal o terceros en el curso de los trabajos o con ocasión de ellos.  Los vehículos usados para el desarrollo del trabajo objeto de esta Contratación deben identificarse según el manual de imagen física adjunto a estos términos.  El Contratista se obliga y compromete a observar rigurosa confidencialidad con toda la documentación entregada por CHEC, tanto de su propiedad, como de terceros, que hubieran podido servir de soporte en el estudio de otros documentos. Por ello, ninguno de los documentos podrá ser revelado total o parcialmente a terceros. Así mismo, el Contratista se obliga a no publicar libros, artículos, fotos, filmaciones, dar charlas, conferencias o a realizar cualquier otra actividad que revele información facilitada por CHEC o del desarrollo del contrato sin previo consentimiento por escrito de ésta. Este acuerdo de confidencialidad obliga al CONTRATISTA, no sólo durante la ejecución del Contrato con CHEC sino hasta que dicha documentación se haya hecho pública sin restricción.  Dentro de los ocho (8) días anteriores a la iniciación de las reclamaciones labores objeto de cualquier carácter esta contratación, el contratista y su personal adscrito a este contrato deberá cumplir con una etapa de inducción concertada con CHEC, con el fin de que el día de iniciación de las labores se tenga: Un conocimiento de todos las políticas, lineamientos, reglas de negocio, procesos, procedimientos, guías y manuales usados por daños causados CHEC en las actividades objeto del contrato; conocimiento de la Empresa, normas de salud ocupacional, seguridad industrial, procedimientos en caso de emergencia y manejo de situaciones difíciles a su personal. El contratista debe asumir los costos asociados de su personal durante este periodo de inducción y capacitación.  A prestar el servicio objeto del contrato de lunes x xxxxxxx, incluidos días feriados, en el horario indicado.  El Contratista se compromete a cumplir las personas, propiedades, instalaciones del CONTRATANTE o de terceros como consecuencia de disposiciones laborales durante la ejecución de los trabajos trabajos, se obliga a él encomendadostener el personal que mantiene para el cumplimiento del Objeto del contrato debidamente contratado, por falta de cuidado estar x xxx y salvo en el trabajo o por cualquier otra causa que le sea imputable, debiendo en consecuencia reparar o indemnizar el daño o perjuicio ocasionado. El CONTRATISTA será responsable por cualquier robo o extravío de materiales o equipos de construcción pertenecientes al CONTRATISTA o a terceros en el sitio de obras, imputable a su personal. Deberá adoptar todas las medidas de prevención necesarias a fin de evitar que los mismos ocurran. Para asegurar el pago de eventuales indemnizaciones por reclamos hechos salarios correspondientes y al CONTRATISTA, día en el CONTRATANTE podrá retener parcial o totalmente los pagos mensuales cumplimiento de sus obligaciones en materia de Sistema de Seguridad Social Integral. El Contratista suministrará fotocopias de los trabajos ejecutados comprobantes de pago a la Seguridad Social (EPS, ARL, Jubilaciones), Caja de Compensación, los cuales son necesarias para tramitar las facturas. En consecuencia el Contratista se obliga a dar completa y puntual observancia a todas las obligaciones de carácter administrativo, fiscal o laboral que le sean exigidos para la formalización del contrato y en desarrollo del mismo.  Además de cumplir con todo lo relacionado con la protección del personal a cargo en el monto acumulado SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES, se compromete a proporcionarles la dotación adecuada de vestido y calzado de acuerdo a las CONDICIONES ESPECIFICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO suministradas por CHEC, elementos de protección personal de acuerdo a las normas y a las condiciones de seguridad que para cada caso tenga estipulado CHEC y equipos y herramientas en estado óptimo para su buen desempeño. El incumplimiento por parte del Contratista de estas obligaciones, da la facultad a CHEC de no tramitar las facturas, hasta el momento que presente la xxxxxxxxxx xx xxx y salvo con sus trabajadores por tales conceptos, expedida por la autoridad competente.  El Contratista se obliga a cumplir con las normas de seguridad de CHEC y a atender las indicaciones de la retención caucional, hasta que se compruebe que dichas reclamaciones o responsabilidades hayan quedado satisfactoriamente arregladas. EL CONTRATISTA informará de inmediato al CONTRATANTE sobre cualquier accidente a personas o cosas, que pueda afectar la realización de los trabajos o dar lugar a responsabilidad civil o penal. En el informe describirá detalladamente lo acontecido. EL CONTRATISTA enviará inmediatamente al CONTRATANTE copia de todo documento que se refiera a notificaciones judiciales o legales y que, bajo cualquier aspecto, pueda estar relacionado con el ContratoInterventoría en este sentido.

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Samples: aplicaciones.chec.com.co