RETIRO DE LA ORDEN DE COMPRA Cláusulas de Ejemplo

RETIRO DE LA ORDEN DE COMPRA. Una vez firmado del contrato, la Dirección Regional Pacifico Central enviará al contratista la Orden de Compra a cualquiera de los medios señalados por el adjudicatario en su oferta. La Orden de Compra representará el contenido presupuestario adquirido por ambas partes en el proceso de la licitación durante el periodo anual
RETIRO DE LA ORDEN DE COMPRA. El Adjudicatario dispondrá de un máximo de dos días hábiles
RETIRO DE LA ORDEN DE COMPRA. La Proveeduría Institucional enviará a la empresa adjudicada las Órdenes de Compra por la dirección de correo electrónico que indicó en su oferta, y a partir de dicha notificación iniciará el periodo de ejecución contractual. La Orden de Compra representará el contenido presupuestario adquirido por ambas partes en el proceso de la contratación durante el periodo anual
RETIRO DE LA ORDEN DE COMPRA. El oferente dispondrá de un máximo de dos (2) días hábiles para retirar la Orden de Compra, contados a partir del comunicado emitido por el Departamento de Proveeduría (vía correo electrónico o llamada telefónica). Una vez recibida la orden de compra (no antes), el contratista deberá dar inicio al servicio una vez finalizado el contrato actual con vencimiento al 01 de diciembre del 2014. ENCARGADO GENERAL DE LA CONTRATACIÓN (EGC): Con el objeto de supervisar esta contratación, gestionar, facilitar la coordinación de todos los aspectos técnicos y administrativos que se requieran, formalizar mediante minutas o actas los alcances interpretativos que se produzcan durante la ejecución contractual, regular todo lo relativo a la correcta ejecución de la misma, y velar por el perfecto cumplimiento de cada una de las obligaciones indicadas en el cartel, la oferta y el contrato, el BCCR ha designado como Encargado General de la Contratación a la funcionaria: Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, número telefónico 2243-3154. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx X. El puntaje total será calculado adicionando el puntaje logrado por la firma en cada uno de los criterios establecidos en esta sección. El puntaje total mínimo para ser calificado deberá ser igual o mayor a 70%. Se seleccionará a la empresa que tenga el mayor puntaje. En caso de que ninguna de la ofertas alcance la nota mínima especificada, el Banco se reserva el derecho de seleccionar la oferta que haya obtenido el mayor puntaje, o bien, declarar desierto el concurso, según la mejor conveniencia de los intereses públicos. Respuesta a los criterios de evaluación: Cada oferta debe poseer todos los datos requeridos en cada una de las solicitudes del cartel para poder realizar la calificación, en caso contrario el BCCR no podrá asumir respuesta alguna y por ello no se le asignará la ponderación correspondiente a ese requerimiento en particular. Los datos deben ser claros, concisos y completos. Factores de redondeo: Para aquellos casos en los que existan puntajes con valores decimales, únicamente serán tomados los dos primeros dígitos no se tomarán los decimales ni se redondeará hacia arriba, de tal forma que la estructura numérica comprenderá el siguiente formato: ##. En caso de que dos o más oferentes presenten igualdad de puntos en sus respectivas evaluaciones, se tomará un criterio de desempate en función de los siguientes elementos en su orden respectivo:
RETIRO DE LA ORDEN DE COMPRA. El Departamento de Servicios Generales de la Corporación Buenos Aires Sur S.E. le comunicará al adjudicatario por medio fehaciente, que la Orden de Compra o Contrata, según corresponda, se encuentra a su disposición para poder ser retirada por él en dicha Repartición. El adjudicatario deberá presentar antes del retiro de la Orden de Compra o Contrata la siguiente documentación: -Nóminas del Personal -Declaraciones Juradas, destacando el personal que la única relación laboral existente es la que lo vincula con el adjudicatario. -Libretas sanitarias -Libro de Órdenes
RETIRO DE LA ORDEN DE COMPRA. El adjudicatario dispondrá de un máximo de dos días hábiles para retirar la orden de compra, contados a partir del comunicado emitido (vía correo electrónico o llamada telefónica) por el Departamento de Proveeduría. Una vez recibida la orden de compra, (no antes), el contratista deberá coordinar con el EGC, los trámites correspondientes al punto 6.13. CONTRATO Y ESPECIES FISCALES: Se deberá formalizar un contrato entre las partes, en el cual queda plasmado las obligaciones de éstas. En todo caso, formarán parte integral de la contratación, con la misma fuerza y validez, cual si estuvieren literalmente insertos y transcritos en un contrato, el cartel de licitación, especificaciones técnicas, la oferta, el acto de adjudicación, adendas, anotaciones, aclaraciones al cartel y demás documentos relacionados con el presente concurso. Todos estos tendrán carácter complementario, no excluyentes en sus partes. Para el retiro de la orden de compra es necesaria la presentación de las especies fiscales correspondientes, según se establece en el inciso 2) del artículo 272 del Código Fiscal. El cálculo del monto de esos timbres deberá calcularse multiplicando el principal de la orden de compra por 0.0025.
RETIRO DE LA ORDEN DE COMPRA. El Adjudicatario dispondrá de un máximo de dos días hábiles para retirar la Orden de Compra, contados a partir del comunicado emitido (vía correo electrónico) por el Departamento de Proveeduría. Una vez recibida la orden de compra (no antes) y en la fecha y hora, previamente coordinada y definida por el EGC, a partir del comunicado de entrega de la orden de compra inicial, el Adjudicatario deberá dar inicio a la prestación del servicio al BCCR.

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  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

  • RECEPCIÓN DE LA OBRA El contrato se entenderá cumplido por el contratista, cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo, y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto. Dentro del mes siguiente a la finalización de la obra, se procederá, mediante acto formal, a la recepción de la misma. Dicho acto será comunicado, cuando resulte preceptivo, a la Intervención General, a efectos de su asistencia potestativa al mismo. Si las obras se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, el funcionario técnico designado por la Administración contratante o, en el caso de que se hubiese nombrado, el responsable del contrato, las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta por cuadruplicado, que deberá ser firmada por los concurrentes a la recepción, entregándose un ejemplar al funcionario técnico que represente a la Administración, otro al director de la obra, el tercero al representante de la Intervención General y el cuarto al contratista, comenzando entonces el plazo de garantía. En el acta de recepción el director de la obra fijará la fecha para el inicio de la medición general, quedando notificado el contratista para dicho acto. El contratista tiene obligación de asistir a la recepción de la obra. Si por causas que le sean imputables no cumple esta obligación, el representante de la Administración le remitirá un ejemplar del acta para que, en el plazo xx xxxx días, formule las alegaciones que considere oportunas, sobre las que resolverá el órgano de contratación. Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, se hará constar así en el acta, y el Director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiese efectuado, podrá concedérsele otro plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, por causas imputables al contratista.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA El CONTRATISTA ejecutará y entregará la obra satisfactoriamente concluida, en estricto acuerdo con los ítems de la propuesta adjudicada, los planos del diseño final, la validación del lugar de la obra, las especificaciones técnicas y el Cronograma de Ejecución de Obra en el plazo de (Registrar en forma literal y numeral el plazo de ejecución de la obra) calendario, que serán computados a partir de la fecha en la que el SUPERVISOR expida la Orden de Proceder, por orden de la ENTIDAD. Emitida la Orden de Proceder, que constará en el Libro de Órdenes, comenzará a correr el plazo de ejecución de la obra. El plazo para la movilización del CONTRATISTA, realizando los trabajos de instalación de faenas, facilidades para la SUPERVISIÓN y propias, que será de (Registrar en forma literal y numeral el plazo previsto para el efecto) días calendario, forma parte del plazo total de ejecución de la obra, por lo que también se computa a partir de la emisión de la Orden de Proceder. El plazo de ejecución de la obra, establecido en la presente cláusula, podrá ser ampliado en los siguientes casos: a) Cuando la ENTIDAD así lo determine. b) Por demora en el pago de planillas de avance de obra. c) Por otras de las causales previstas en este Contrato y documentos que forman parte del mismo. En los casos señalados precedentemente se aplicara el procedimiento establecido en la Cláusula Trigésima, dando lugar a una modificación del contrato por Orden de Cambio y/o Contrato Modificatorio, conforme lo establecido en los incisos b) y c) del numeral 30.4, del presente contrato. El CONTRATISTA deberá efectuar el trámite de reclamo en su favor, cumpliendo el procedimiento pertinente, el que será analizado por el SUPERVISOR para luego emitir informe y recomendación respectiva al FISCAL, a efectos de la emisión de la Orden de Cambio y/o Contrato Modificatorio que establezca la ampliación de plazo.

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS “EL PROVEEDOR”, se obliga a prestar los

  • ACEPTACIÓN DE LAS PARTES 15.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.

  • Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros, se efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por quien actúe por cuenta y nombre de los anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con cuya intervención se hubiera gestionado el seguro.

  • LUGAR DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS El CONSULTOR realizará la CONSULTORÍA, objeto del presente contrato en _____________ (señalar el lugar o lugares donde realizará la consultoría).

  • De La Declaratoria De Desierto O De La Cancelación Del Proceso 1.- De la Declaratoria de Desierto a) Cuando no se presente postulantes al proceso. b) Cuando ninguno de los postulantes cumple los requisitos mínimos. c) Cuando habiendo cumplido los requisitos mínimos, no se obtiene puntaje mínimo en las etapas de la evaluación.

  • PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN CASO DE SINIESTRO INDEMNIZABLE POR EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS En caso de siniestro, el asegurado, tomador, beneficiario, o sus respectivos representantes legales, directamente o a través de la entidad aseguradora o del mediador de seguros, deberá comunicar, dentro del plazo de siete días de haberlo conocido, la ocurrencia del siniestro, en la delegación regional del Consorcio que corresponda, según el lugar donde se produjo el siniestro. La comunicación se formulará en el modelo establecido al efecto, que está disponible en la página web del Consorcio (xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx), o en las oficinas de éste o de la entidad aseguradora, al que deberá adjuntarse la documentación que, según la naturaleza de los daños, se requiera. Asimismo, se deberán conservar restos y vestigios del siniestro para la actuación pericial y, en caso de imposibilidad absoluta, presentar documentación probatoria de los daños, tales como fotografías, actas notariales, vídeos o certificados oficiales. Igualmente, se conservarán las facturas correspondientes a los bienes siniestrados cuya destrucción no pudiera demorarse. Se deberán adoptar cuantas medidas sean necesarias para aminorar los daños. La valoración de las pérdidas derivadas de los acontecimientos extraordinarios se realizará por el Consorcio de Compensación de Seguros, sin que éste quede vinculado por las valoraciones que, en su caso, hubiese realizado la entidad aseguradora que cubriese los riesgos ordinarios. Para aclarar cualquier duda que pudiera surgir sobre el procedimiento a seguir, el Consorcio de Compensación de Xxxxxxx dispone del siguiente teléfono de atención al asegurado: 902 222 665.