RIESGOS EXCLUIDOS EN FORMA ABSOLUTA Cláusulas de Ejemplo

RIESGOS EXCLUIDOS EN FORMA ABSOLUTA. Este anexo no cubre ninguna pérdida que resulte del "daño o destrucción” a productos elaborados, ni por el tiempo que se requiera para reemplazarlos.
RIESGOS EXCLUIDOS EN FORMA ABSOLUTA. Esta sección no cubre: 3.1 Bajo el convenio de seguro I, ninguna pérdida que dependa de computaciones de inventarios o de utilidades; a condición, sin embargo, de que esta exclusión no se aplicará a pérdidas de dinero, valores, u otras propiedades que el Asegurado pueda demostrar mediante evidencia que no son las mencionadas computaciones, sino por haber sufrido a causa de actos fraudulentos o dolosos cometidos por uno cualquiera, o más de uno de sus empleados; 3.2 Bajo los convenios de seguro II y III, ninguna pérdida a causa de actos fraudulentos, dolosos o criminales cometidos por un empleado, director, administrador o representante autorizado de cualquier Asegurado, se encuentren o no trabajando, sea que actúe por sí solo o en complicidad con otros; a condición de que esta exclusión no se aplicará a robo, o robo de caja de seguridad, o cualquier intento de los mismos; 3.3 Bajo los convenios de seguro II y III pérdidas: 1) por entrega de dinero o valores en operaciones de compra o cambio; (2) por errores u omisiones de contabilidad o cálculo; (3) por asentar incorrectamente en manuscritos, libros de cuenta o récords; 3.4 Bajo el convenio de seguro II, pérdida de dinero contenido en máquinas automáticas vendedoras o aparatos de diversión operados por monedas, a menos que la cantidad de dinero contenida en las mismas quede registrada 3.5 Bajo el convenio de seguro III, pérdida de propiedades aseguradas, mientras se encuentren bajo custodia de una Compañía de vehículos a motor, a menos que tal pérdida sea en exceso de la cantidad recobrada o recibida por el Asegurado bajo (1) contrato del Asegurado con la propia Compañía de vehículos a motor (2) Seguro mantenido para beneficio de sus clientes por la propia Compañía de vehículos a motor; y (3) cualquier otro seguro de indemnización en vigor, mantenido para beneficio de los clientes del citado servicio de la Compañía de vehículos a motor y, en ese caso, esta Póliza solo cubrirá tal exceso;
RIESGOS EXCLUIDOS EN FORMA ABSOLUTA. 2.1 El deducible estipulado en las condiciones particulares de la parte descriptiva de esta Póliza, el cual irá a cargo del Asegurado en cualquier evento; en caso de que queden dañados o afectados más de un bien asegurado en un mismo evento, el Asegurado asumirá por su propia cuenta solo una vez el deducible más elevado estipulado para esos bienes. 2.2 Pérdidas o daños causados por cualquier fallo o defecto existente al inicio de este seguro, que sean conocidos por el Asegurado o por sus representantes responsables de los bienes asegurados, sin tomar en cuenta de que dichos fallos o defectos fueren o no conocidos por la Compañía. 2.3 Pérdidas o daños que sean consecuencia directa del funcionamiento continuo (desgaste, cavitación, erosión, corrosión, incrustaciones) o deterioro gradual debido a condiciones atmosféricas. 2.4 Cualquier gasto incurrido con objeto de eliminar fallos operacionales, a menos que dichos fallos fueren causados por pérdidas o daños indemnizables ocurridos a los bienes asegurados. 2.5 Cualquier gasto erogado con respecto al mantenimiento de los bienes asegurados; tal exclusión se aplica también a las partes recambiadas en el curso de dichas operaciones de mantenimiento. 2.6 Pérdidas o daños cuya responsabilidad recaiga en el fabricante o el proveedor de los bienes asegurados, ya sea legal o contractualmente. 2.7 Pérdidas o daños a equipos arrendados o alquilados, cuando la responsabilidad recaiga en el propietario, ya sea legalmente o según convenio de arrendamiento y/o mantenimiento. 2.8 Pérdidas o responsabilidades consecuenciales de cualquier tipo. 2.9 Pérdidas o daños a partes desgastables, tales como bulbos, bandas, fusibles, sellos, cintas, alambres, cadenas, neumáticos, herramientas recambiables, rodillos grabados, objetos xx xxxxxx, porcelana o cerámica o cualquier medio de operación p. ej. lubricantes, combustibles, agentes químicos. 2.10 Defectos estéticos, tales como raspaduras de superficies pintadas, pulidas o barnizadas. 2.11 Acto intencional o negligencia manifiesta del Asegurado o de sus representantes.
RIESGOS EXCLUIDOS EN FORMA ABSOLUTA. Esta Póliza no ampara el incendio ni las pérdidas o daños materiales, que directa e indirectamente sean ocasionados por cualquiera de los hechos siguientes o que se produzcan como consecuencia de los mismos: 3.1 Apropiación por terceros de los bienes asegurados durante el siniestro o después del mismo. 3.2 Fermentación, vicio propio, combustión espontánea, así como la calefacción o la desecación a que hubieren sido sometidos los bienes asegurados. 3.3 Los daños y desperfectos que sufran los aparatos eléctricos y electrónicos y /o sus accesorios e instalaciones, por causa inherente a su funcionamiento o por la caída xx xxxx, aunque en los mismos se produzca incendio. Pero sí se cubrirán los daños causados en los demás bienes asegurados por incendio originados en dichos aparatos o accesorios así como los daños a los aparatos eléctricos y/o electrónicos y/o sus accesorios e instalaciones, por un incendio iniciado fuera de los mismos. 3.4 Daños a las mercaderías a granel, destruidas o averiadas por incendio, cuando éste sea a consecuencia de su propia combustión espontánea. 3.5 Infidelidad o actos deshonestos de los accionistas o socios, administradores o cualquiera de los trabajadores del Asegurado y los faltantes de inventario.
RIESGOS EXCLUIDOS EN FORMA ABSOLUTA. En adición a las exclusiones especificadas en la sección I, la presente sección no cubre las pérdidas que en su origen o extensión provengan de: 3.1 La ausencia o insuficiencia del seguro de daños de los bienes utilizados para el negocio del Asegurado 3.2 La suspensión, caducidad, demora y/o cancelación de cualquier escritura, licencia contrato o pedido, a menos que tal suspensión, caducidad, demora o cancelación resulte directamente de la interrupción del negocio 3.3 La pérdida de clientela y cualquier otra pérdida consecuencial, sea próxima o remota distinta de la estipulada en la presente sección. 3.4 La interferencia de huelguistas u otras personas en la reanudación o continuación del negocio o en la reconstrucción, reparación o reemplazo de los bienes utilizados para el negocio del Asegurado. 3.5 El cumplimiento de cualquier norma legal que regule la construcción, reparación o demolición de edificios o estructuras.
RIESGOS EXCLUIDOS EN FORMA ABSOLUTA. La Compañía no responde de pérdidas o daños causados por: 2.1 Incendio, explosión, impacto directo xxx xxxx, extinción de un incendio, remoción de escombros y desmontaje después del mismo, robo, hurto, hundimiento del terreno, desprendimiento de tierras y de rocas, desbordamiento, inundación, temblor de tierra, terremoto, erupción volcánica, huracán y demás fuerzas extraordinarias de la naturaleza. (siempre y cuando el Asegurado no contrate esta sección). 2.2 Defectos o vicios ya existentes al contratar el seguro.
RIESGOS EXCLUIDOS EN FORMA ABSOLUTA. 2.1 Cualquier gasto resultante de falsa programación, perforación, clasificación, inserción, anulación accidental de informaciones o descarte de portadores externos de datos, y pérdida de información causada por campos magnéticos. 2.2 Pérdidas consecuenciales de cualquier clase. 2.3 Acto intencional o negligencia manifiesta del Asegurado o de sus representantes.
RIESGOS EXCLUIDOS EN FORMA ABSOLUTA. 2.1 Restricciones impuestas por las autoridades públicas relativas a la reconstrucción u operación del sistema electrónico de procesamiento de datos asegurado; 2.2 Que el Asegurado no disponga de los fondos necesarios para reparar o reemplazar los equipos dañados o destruidos; 2.3 Acto intencional o negligencia manifiesta del Asegurado o de sus representantes.

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  • Forma para la Presentación de los Documentos Contenidos en el “Sobre A” Los documentos contenidos en el “Sobre A” deberán ser presentados en original debidamente marcado como “ORIGINAL” en la primera página del ejemplar, junto con TRES COPIAS fotocopias simples de los mismos, debidamente marcada, en su primera página, como “COPIA I, II y III”. El original y las copias deberán firmarse en todas las páginas por el Representante Legal, debidamente foliadas y deberán llevar el sello social de la compañía. El “Sobre A” deberá contener en su cubierta la siguiente identificación: (Sello Social) Firma del Representante Legal COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

  • LUGAR Y FORMA DE PAGO El Municipio se obliga a pagar al Banco el principal, intereses y demás cantidades pagaderas conforme al Contrato, en las Fechas de Pago establecidas, dentro de territorio nacional, a la cuenta que para tales efectos el Banco le notifique al Municipio, de tiempo en tiempo, dentro de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles de cada Periodo de Intereses. Sin perjuicio de lo anterior, el Banco y el Municipio acuerdan que este último podrá liberarse de sus obligaciones de pago conforme al presente Contrato, mediante los abonos o transferencias realizados por conducto del Fiduciario del Fideicomiso, a la cuenta que para tales efectos le notifique el Banco, para lo cual el Banco deberá seguir el procedimiento establecido para tales efectos en el Fideicomiso. El Municipio, en este acto, autoriza al Banco para que a través de la presentación de la Solicitud de Pago, instruya al Fiduciario del Fideicomiso a transferirle o abonarle, las cantidades pagaderas por el Municipio conforme a lo dispuesto en este Contrato y el Fideicomiso. En términos del Fideicomiso, en el caso que el Banco no presente la Solicitud de Pago en un Periodo de Pago, el Fiduciario del Fideicomiso abonará el importe de principal más intereses indicados en la última Solicitud de Pago entregada. En el caso que el Banco no entregue una Solicitud de Pago en términos del Fideicomiso, y que por tal motivo el pago que se realice a través del Fideicomiso sea erróneo, el Banco estará obligado a: (i) si el pago hubiera sido realizado en exceso, reintegrar al Fideicomiso las cantidades que hayan sido pagadas en exceso, a más tardar dentro de los 3 (tres) Días Hábiles siguientes a que hubiere recibido el pago en exceso; o (ii) en caso de que las cantidades que se hubieran pagado sean menores al monto que efectivamente debió pagarse al Banco, deberá esperar al siguiente Periodo de Intereses para solicitar y recibir el pago del importe de los intereses y/o principal que no le hubieren sido pagados y que, de acuerdo a lo previsto en el presente Contrato, le hubieren correspondido de haberse cumplido con el procedimiento establecido en el Fideicomiso para tal efecto. En este segundo supuesto, el Banco no tendrá derecho a cobrar intereses moratorios y/o a dar por vencido anticipadamente el Crédito.

  • Tramitación, procedimiento y forma de adju- dicación a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso.

  • FORMA Y LUGAR DE PAGO “EL INP” efectuará el pago a través de transferencia electrónica en pesos de los Estados Unidos Mexicanos, a mes vencido conforme a los servicios efectivamente prestados y a entera satisfacción del administrador del contrato y de acuerdo con lo establecido en los Anexos A, B y C que forman parte integrante de este contrato. El pago se realizará en un plazo máximo de 20 (veinte) días naturales siguientes, contados a partir de la fecha en que sea entregado y aceptado el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica a “EL INP”, con la aprobación (firma) del Administrador del presente contrato. El cómputo del plazo para realizar el pago se contabilizará a partir del día hábil siguiente de la aceptación del CFDI o factura electrónica, y ésta reúna los requisitos fiscales que establece la legislación en la materia, el desglose de los servicios prestados, los precios unitarios, se verifique su autenticidad, no existan aclaraciones al importe y vaya acompañada con la documentación soporte de la prestación de los servicios facturados. De conformidad con el artículo 90, del Reglamento de la “LAASSP”, en caso de que el CFDI o factura electrónica entregado presente errores, el Administrador del presente contrato o a quien éste designe por escrito, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes de su recepción, indicará a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir; por lo que, el procedimiento de pago reiniciará en el momento en que “EL PROVEEDOR” presente el CFDI y/o documentos soporte corregidos y sean aceptados. El tiempo que “EL PROVEEDOR” utilice para la corrección del CFDI y/o documentación soporte entregada, no se computará para efectos de pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la “LAASSP”. El CFDI o factura electrónica deberá ser presentada con cuatro copias fotostáticas. (únicamente se recibirán facturas que se encuentren debidamente requisitadas, la cual deberá consignar, entre otros , el número de contrato, número xx xxxxxxx, clave del artículo de los Servicios a entregar, el RFC y la dirección completa de “EL INP”, Insurgentes Sur número 3700 letra C, Colonia Insurgentes Cuicuilco, Demarcación Territorial Coyoacán, Código Postal 04530, Ciudad de México, de conformidad con los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; por lo que en caso de que la factura presente errores, “EL PROVEEDOR” deberá realizar las correcciones necesarias y entregarla a más tardar el día hábil siguiente. El CFDI o factura electrónica se deberá presentar desglosando el impuesto cuando aplique. “EL PROVEEDOR” manifiesta su conformidad que, hasta en tanto no se cumpla con la verificación, supervisión y aceptación de la prestación de los servicios, no se tendrán como recibidos o aceptados por el Administrador del presente contrato. Para efectos de trámite de pago, “EL PROVEEDOR” deberá ser titular de una cuenta bancaria, en la que se efectuará la transferencia electrónica de pago, respecto de la cual deberá proporcionar toda la información y documentación que le sea requerida por “EL INP”, para efectos del pago. “EL PROVEEDOR” deberá presentar la información y documentación “EL INP” le solicite para el trámite de pago, atendiendo a las disposiciones legales e internas de “EL INP”. El pago de la prestación de los servicios recibidos, quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales y, en su caso, deductivas. Para el caso que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el artículo 51, párrafo tercero, de la “LAASSP”.

  • Forma y contenido de las proposiciones Las proposiciones deberán presentarse en dos sobres electrónicos (archivos electrónicos): uno de ellos contendrá la “documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos” y el otro sobre recogerá la “documentación relativa a los criterios valorables en cifras o porcentajes”. El contenido será el siguiente: Dentro del sobre de “Documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos”, los licitadores deberán incluir los siguientes documentos: 1.- Declaración responsable, que se ajustará al formulario de documento europeo único de contratación (DEUC) de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 141 LCSP, y que consistirá en una declaración formal y actualizada de la empresa interesada que confirme que la empresa licitadora cumple los requisitos previos necesarios para participar en el procedimiento de licitación. La declaración debe ajustarse a lo previsto en el Artículo 140 LCSP, y, en todo caso, en dicha declaración deberá designarse una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones, que deberá ser «habilitada» de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta LCSP, toda vez que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx realizará las notificaciones a través de este sistema. El DEUC podrá cumplimentarse utilizando el servicio en línea gratuito que facilita la Comisión Europea, en la siguiente dirección de Internet: xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxx?xxxx=xx y accediendo como operador económico. En todo caso, el documento a presentar será conforme al modelo normalizado que figura en el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión, de 5 de enero de 2016, por el que se establece el formulario normalizado del documento europeo único de contratación. Además deberá cumplimentarse siguiendo las directrices indicadas en dicha norma, y en la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado sobre utilización del Documento Europeo Único de Contratación, aprobada por Resolución de 6 xx xxxxx de 2016, de la Dirección General de Patrimonio del Estado y publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 0 xx xxxxx xx 2016, cuyas disposiciones se entienden reproducidas en este pliego. Asimismo se hace constar, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de ejecución antes indicado, que se limita la información requerida sobre los criterios de selección a una sola pregunta, a saber, si los operadores económicos cumplen o no todos los criterios de selección necesarios, sin perjuicio de que el cumplimento de esos requisitos deba acreditarse con anterioridad a la adjudicación, y en la forma dispuesta en este pliego.

  • Prescripciones sobre los productos Características y recepción de los productos que se incorporan a las unidades de obra La recepción de los productos, equipos y sistemas se realizará conforme se desarrolla en la Parte II, Condiciones de recepción de productos. Este control comprende el control de la documentación de los suministros (incluida la correspondiente al marcado CE, cuando sea pertinente), el control mediante distintivos de calidad o evaluaciones técnicas de idoneidad y el control mediante ensayos. - Entibaciones: Elementos xx xxxxxx resinosa, de fibra recta, como pino o abeto: tableros, cabeceros, codales, etc. La madera aserrada se ajustará, como mínimo, a la clase I/80. El contenido mínimo de humedad en la madera no será mayor del 15%. La madera no presentará principio de pudrición, alteraciones ni defectos. - Tensores circulares xx xxxxx protegido contra la corrosión. - Sistemas prefabricados metálicos y xx xxxxxx: tableros, placas, puntales, etc. - Elementos complementarios: puntas, gatos, tacos, etc. - Maquinaria: pala cargadora, compresor, martillo neumático, martillo rompedor. - Materiales auxiliares: explosivos, bomba de agua. Cuando proceda hacer ensayos para la recepción de los productos, según su utilización, estos podrán ser los que se indican: - Entibaciones xx xxxxxx: ensayos de características físico-mecánicas: contenido de humedad. Peso específico. Higroscopicidad. Coeficiente de contracción volumétrica. Dureza. Resistencia a compresión. Resistencia a la flexión estática; con el mismo ensayo y midiendo la fecha a rotura, determinación del módulo de elasticidad E. Resistencia a la tracción. Resistencia a la hienda. Resistencia a esfuerzo cortante.

  • FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato. La garantía de fiel cumplimiento debe ser equivalente al 10% del monto total del contrato.-

  • Formato y firma de la Oferta 19.1 El Oferente preparará un original de los documentos que comprenden la Oferta según se describe en la Cláusula 13 de las IAO, el cual deberá formar parte del volumen que contenga la Oferta, y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. Además el Oferente deberá presentar el número de copias de la Oferta que se indica en los DDL y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”. En caso de discrepancia entre el original y las copias, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias. 19.2 El original y todas las copias de la Oferta deberán ser mecanografiadas o escritas con tinta indeleble y deberán estar firmadas por la persona o personas debidamente autorizada(s) para firmar en nombre del Oferente, de conformidad con la Subcláusula 5.3 (a) de las IAO. Todas las páginas de la Oferta que contengan anotaciones o enmiendas deberán estar rubricadas por la persona o personas que firme(n) la Oferta. 19.3 La Oferta no podrá contener alteraciones ni adiciones, excepto aquellas que cumplan con las instrucciones emitidas por el Contratante o las que sean necesarias para corregir errores del Oferente, en cuyo caso dichas correcciones deberán ser rubricadas por la persona o personas que firme(n) la Oferta. 19.4 El Oferente proporcionará la información sobre comisiones o gratificaciones que se describe en el Formulario de la Oferta, si las hay, pagadas o por pagar a agentes en relación con esta Oferta, y con la ejecución del contrato si el Oferente resulta seleccionado.

  • MONTO, MONEDA Y FORMA DE PAGO El monto total propuesto y aceptado por ambas partes para la adquisición de los BIENES asciende a la suma de (registrar en forma numeral y literal el monto del contrato en Bolivianos). La ENTIDAD procederá al pago del monto pactado (señalar una de las siguientes alternativas para el pago: Opción 1.- Pago total contra entrega.

  • Examen de las Ofertas para determinar su cumplimiento 27.1 Antes de proceder a la evaluación detallada de las Ofertas, el Contratante determinará si cada una de ellas: (a) cumple con los requisitos de elegibilidad establecidos en la cláusula 4 de las IAO; (b) ha sido debidamente firmada; (c) está acompañada de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta si se solicitaron; y (d) cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación. 27.2 Una Oferta que cumple sustancialmente es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones de los Documentos de Licitación sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de las Obras; (b) limita de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación. 27.3 Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá posteriormente transformarla en una oferta que cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación mediante la corrección o el retiro de las desviaciones o reservas.