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Salida Cláusulas de Ejemplo

Salida. 2.13.1 Llaves: 2.13.2 Hora de salida: a) El Residente debe notificar al Propietario de la fecha exacta de su marcha, al menos, 15 días antes de la expiración de su Contrato, si dicha fecha es diferente a la estipulada en el Contrato.
Salida. En la situación donde existan acciones/cuotas sociales de la firma en poder del Fideicomiso, éste tendrá la opción de salir de su posición accionaria o de socio, ante el ingreso de otro inversor, con prioridad frente a las acciones/cuotas sociales de los demás accionistas/socios. En el caso de una fusión con otra firma, el Fideicomiso podrá optar por ampliarse, como se explica en el punto 20, mantenerse con su capital inicial, o retirarse y que sus acciones/cuotas sociales sean compradas por el nuevo grupo para salir de la firma. A efectos de asegurar los derechos del Fideicomiso, se podrá acordar en el contrato respectivo, la obligación de la firma prestataria y sus accionistas de celebrar junto con la Fiduciaria acuerdos de sindicación; cesión de derechos de preferencia a favor de la Fiduciaria, o solicitar el depósito de las acciones bajo su custodia, así como cualquier otra acción relativa a asegurar el recupero de la financiación otorgada mediante la adquisición de acciones/cuotas sociales.
Salida. El día de la salida indicada en el contrato, tendrá que liberar la parcela a las 12 :00 h y el alojamiento deberá dejarse libre antes de las 10 de la mañana y deberá entregarse en perfecto estado de limpieza, pudiendo verificarse el inventario, corriendo a cargo xxx xxxxxxxx todos los objetos rotos o deteriorados, así como la reparación de las infraestructuras, si fuese necesario. La fianza se devolverá al final de la estancia descontando las indemnizaciones pertinentes, con facturas justificativas, por los posibles desperfectos constatados en la verificación realizada a la salida. La retención de la fianza no excluye un resarcimiento adicional en caso de que los gastos fuesen superiores al importe de la fianza. Alojamientos: en caso de que en el momento de la salida el alojamiento no hubiera sido limpiado, se pedirá un suplemento de limpieza mínimo de 80 € IVA inc. En caso de salir fuera de hora, se podrá facturar un día adicional según el precio vigente de la noche.
Salida. 33.1 Modo de salida: Salida lanzada 33.2 Procedimiento de salida: A los participantes se les mostrarán las siguientes pancartas una vez que la parrilla de salida esté completa:  5 minutos  3 minutos - ¡los miembros del equipo deben abandonar la parrilla! (aún está permitida la permanencia de un miembro del equipo por coche)  1 minuto - se deben encender los motores (todos los miembros de equipos deben abandonar la parrilla inmediatamente)  30 segundos Los motores deberán encenderse al mostrarse la pancarta de un minuto. Cuando se muestre la bandera verde, los coches procederán a dar la vuelta de formación detrás del coche oficial y realizarán dos vueltas completas al circuito. Deberá mantenerse el orden de salida. No está permitido adelantar al coche oficial antes de que se de la señal de salida. Cualquier incumplimiento de estas condiciones/prescripciones tendrá como consecuencia una penalización a discreción del Director de Competición. El Director de Competición también podrá informar del incumplimiento a los CC.DD. para que impongan una penalización a su discreción. 33.3 El organizador tomará las medidas adecuadas para mantener la pista libre durante la vuelta de formación. Los participantes tienen prohibido reducir la velocidad a paso xx xxxxxx o detenerse en pista durante la vuelta de formación. 33.4 Se darán DOS vueltas de formación detrás del Coche Oficial. Durante la primera vuelta detrás del Coche Oficial está permitido calentar neumáticos. Durante la segunda vuelta detrás del Coche Oficial debe establecerse una formación de 2x2 limpia. Durante esta segunda vuelta detrás del Coche Oficial está prohibido realizar maniobras de zigzag y la distancia respecto al coche precedente no debe ser superior a la correspondiente a 3 coches. Al final de la segunda vuelta de formación y si el Director de Competición lo considera apropiado, dará instrucciones al Coche Oficial para retirarse de la pista. Cuando el Coche Oficial se haya retirado, el coche en la pole position será el responsable de mantener la velocidad hasta llegar a la línea de salida (aprox. 60 km/h). A partir de este momento se podrá dar la señal de salida. Los coches en la primera línea mantendrán la velocidad (de aprox. 60 km/h) hasta que la xxx XXXX se haya APAGADO. No está permitido adelantar hasta haber cruzado la línea de salida, siempre y cuando el semáforo ROJO se haya apagado. Cuando el semáforo ROJO esté APAGADO y se haya cruzado la línea de salida, se podrá adelantar a los demás ...
Salida. La salida empieza cuando cualquiera de los ocupantes, da el primer paso para iniciar la evacuación, y finaliza cuando el último de los ocupantes sale de las instalaciones. El tiempo de salida, enmarcado en los dos parámetros anteriores, va a depender da varios factores como son la carga ocupacional, la capacidad y disposición de salidas como puertas, pasillos y escaleras, las distancias de recorrido y el entrenamiento. La evacuación deberá comenzar una vez escuchado la alarma por parte de los encargados de evacuación y de los brigadistas. La evacuación de las áreas deberá incluir una lista actualizada de los ocupantes que tienen impedimentos físicos, incluyendo a las personas que no pueden usar escaleras o vías de escapes debido a enfermedades temporales u otra incapacidad física. Los Coordinadores de evacuación deben asegurarse de que todas las personas de su grupo y áreas a cargo salgan al presentarse una evacuación. Por lo tanto, deberán revisar baños y las zonas poco frecuentadas y confiar sólo en la presencia física de los ocupantes, no en la voz de los mismos, que pudieran no encontrarse en condiciones de oír o estar temporalmente indispuestos o desmayados. Cuando en las instalaciones de la empresa se encuentran visitantes o personal ajeno a la misma, se debe fijar la responsabilidad de dirigir la evacuación de estas personas, sea por parte del empleado a quien están visitando o por los coordinadores de evacuación. Este cálculo se realizó mediante la fórmula desarrollada por K. Togawa: N D TS = ---------- + -------- A x K V Donde: TS = Tiempo de salida en segundos N = Número de personas A = Ancho de salida en metros K = Constante experimental: 1,3 personas/metro-segundo D = Distancia total de recorrido en metros N: 1 A = 0.50 Metros K = 1,3 personas/metro.seg D: 3 Metros V = 0,4 m/seg N: 3 A = 1 Metro K = 1,3 personas/metro.seg D: 5 Metros V = 0,4 m/seg Piso 4 1 3 9 Piso 8 3 5 14 Se suman, el tiempo más largo de cualquier número de pisos hasta la escalera + el tiempo más largo horizontal.
Salida. CUANDO SE RECIBAN LOS PAÑALES ABSORBENTES, SE AVISARÁ A TODAS LAS TRABAJADORAS QUE ESTÉN EN ACTIVO, PARA ORDENAR Y COLOCAR LAS CAJAS EN EL PATIO DEL SÓTANO.
Salida. CUANDO SE RECIBAN LOS PAÑALES ABSORBENTES, SE AVISARÁ A TODAS LAS TRABAJADORAS QUE ESTÉN EN ACTIVO, PARA ORDENAR Y COLOCAR LAS CAJAS EN EL PATIO DEL SÓTANO. REPONER XXXXXXX XXXXXXXXX Y PAPEL HIGIENICO EN LAS ZONAS QUE CORRESPONDEN AL TURNO. SACAR LAS BASURAS GENERADAS A LOS CONTENEDORES PUBLICOS.
Salida. 1. Monopolar: al menos 2 (DOS) zócalos de salidas. 2. Bipolar: al menos 1 (UN) zócalo de salida.

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  • CALIDAD EL PROVEEDOR" deberá contar con la infraestructura necesaria, personal técnico especializado en el ramo, herramientas, técnicas y equipos adecuados para proporcionar los servicios requeridos, a fin de garantizar que el objeto de este contrato sea proporcionado con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a realizarlo a satisfacción de "EL CENACE" y con estricto apego a lo establecido en las cláusulas del presente instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.

  • FINALIDAD PÚBLICA El presente servicio tiene como finalidad dar seguridad al dren y a las áreas de cultivo de los pequeños agricultores de la localidad El Tallan distrito de Catacaos, provincia y departamento de Piura, recuperando las condiciones hidráulicas del referido dren, beneficiando a 200 productores, 1000 familias y 500 hectáreas de cultivo arroz, maíz, menestras y de pan llevar. Contratar una persona natural o jurídica para que brinde el servicio de alquiler de maquinaria pesada para mejorar las condiciones para la conducción de agua del Dren DS 13.08 – 17.06, previendo posibles desbordes y afecciones a pobladores y cultivos.

  • Plazo de Mantenimiento de Oferta Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de noventa (90) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura. La Entidad Contratante, excepcionalmente podrá solicitar a los Oferentes/Proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus Ofertas, con indicación del plazo. Los Oferentes/Proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus Ofertas, por lo cual la Entidad Contratante procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Seriedad de Oferta ya constituida. Aquellos que la consientan no podrán modificar sus Ofertas y deberán ampliar el plazo de la Garantía de Seriedad de Oferta oportunamente constituida.

  • Modalidades Contratos de duración determinada.

  • Otras modalidades de contratación 1. Los trabajadores que formalicen contratos de duración determinada, conforme a lo establecido en el artículo 15.1,b) del E.T. o contrato de interinidad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato por expiración del tiempo convenido, a percibir una indemnización de carácter no salarial por cese del 7 por 100 calculada sobre los conceptos salariales de las tablas del convenio aplicable devengados durante la vigencia del contrato. 2. La duración máxima de los contratos celebrados de acuerdo al indicado artículo 15.1,b) del E.T. será de doce meses dentro de un periodo de dieciocho, computándose dicha duración desde que se produzca la causa que justifica su celebración. En tal supuesto, se considerará que se produce la causa que justifica la celebración del citado contrato cuando se incremente el volumen de trabajo o se considere necesario aumentar el número de personas que realicen un determinado trabajo o presten un servicio. 3. Las empresas afectadas por este Convenio y las Empresas de Trabajo Temporal podrán concertar contratos de puesta a disposición. De conformidad con el artículo 8.b) Ley 14/1994, de 1 xx Xxxxx, por la que se regulan las Empresas de Trabajo Temporal y el artículo 17, apartado 6, de la Ley 35/2010, de 17 de Septiembre, de medidas urgentes para la reforma xxx xxxxxxx de trabajo, las empresas afectadas por el presente Convenio no podrán celebrar contratos de puesta a disposición para las ocupaciones, puestos de trabajo o tareas que expresamente se determinan en el Anexo VII de este Convenio, y ello por razón de los riesgos para la seguridad y salud en el trabajo asociados a los mismos. A estos contratos les será de aplicación las siguientes disposiciones: a) Los trabajadores contratados para ser cedidos a empresas usuarias tendrán derecho durante los períodos de prestación de servicios en las mismas a la aplicación de las condiciones esenciales de trabajo y empleo establecidas en el correspondiente convenio colectivo sectorial que les corresponderían de haber sido contratados directamente por la empresa usuaria para ocupar el mismo puesto.

  • CAMBIOS 22.1 El Contratista no efectuará cambios a las especificaciones convenidas, ni ejecutará trabajos adicionales a los programados por GAS TRANSBOLIVIANO sin la previa y expresa aceptación de esta última. 22.2 GAS TRANSBOLIVIANO, por su parte, podrá ordenar en cualquier momento cambios a los servicios que conforman la Obra, prescindir de parte de ellos o requerir servicios o trabajos adicionales y el Contratista deberá cumplir estas instrucciones, aplicándose, cuando ello sea posible, y ya sea a los fines de incrementar o disminuir la contraprestación final acordada, los precios definidos en el Anexo 3, conviniéndose que, en el caso de que se requiriesen durante la ejecución de la Obra movilizaciones y desmovilizaciones adicionales, el costo de estas no será aquel definido para dichas actividades en el Anexo 3, sino que será definido entre partes sobre la base del costo real incurrido por el Contratista a consecuencia de lo instruido por GAS TRANSBOLIVIANO. Cuando las adiciones o exclusiones requeridas no estén íntegramente relacionadas con alguno de los precios anotados en el Anexo 3, las Partes definirán de manera conjunta los importes afectados por las mismas, tomando siempre como referencia los precios convenidos en el marco del anexo mencionado. 22.3 Todo cambio que toque al objeto, plazo o contraprestación establecidos en el presente instrumento deberá ser formalizado a través de la suscripción de una Orden de Cambio o, si así lo requiere GAS TRANSBOLIVIANO, de un addendum a este Contrato. Cualquier modificación realizada por el Contratista sin la aprobación expresa de GAS TRANSBOLIVIANO será de absoluta responsabilidad suya. 22.4 Ningún cambio perjudicará la aplicabilidad de las garantías concedidas a GAS TRANSBOLIVIANO por el Contratista. En caso de adicionarse servicios que incrementasen la contraprestación final acordada, las garantías deberán ser ajustadas proporcionalmente.

  • MODALIDAD La forma de adjudicación del contrato que se aplicará a este pliego será la de licitación pública mediante anuncio publicado en la página Web de la SEGIB, de acuerdo al régimen de procedimiento de contratación vigente en la SEGIB, pudiendo presentar proposiciones todas aquellas personas jurídicas que lo deseen, en los términos previstos en la resolución de convocatoria en este pliego de cláusulas administrativas y en el de prescripciones técnicas.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura, salvo que en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares se fijara un plazo diferente. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido o el que se establezca en el pertinente pliego particular se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura. El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta. Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 21.1 El Oferente deberá presentar como parte de su oferta una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si así se estipula en los DDL. 21.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá expedirse por la cantidad especificada en los DDL y en la moneda del país del Comprador o en una moneda de libre convertibilidad, y deberá: (a) a opción del Oferente, adoptar la forma de una carta de crédito, o una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una fianza emitida por una aseguradora; (b) ser emitida por una institución de prestigio seleccionada por el Oferente y ubicada en un país elegible. Si la institución que emite la garantía está localizada fuera del país del Comprador, deberá tener una sucursal financiera en el país del Comprador que permita hacer efectiva la garantía; (c) estar sustancialmente de acuerdo con alguno de los formularios de la Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección IV, Formularios de la Oferta, u otro formulario aprobado por el Comprador con anterioridad a la presentación de la oferta; (d) ser pagadera a la vista ante solicitud escrita del Comprador en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 21.5 de las IAO; (e) ser presentada en original; no se aceptarán copias; (f) permanecer válida por un período de 28 días posteriores a la fecha límite de la validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 20.2 de las IAO; 21.3 Si la Subcláusula 21.1 de las IAO exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, todas las ofertas que no estén acompañadas por una Garantía que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Comprador por incumplimiento. 21.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas tan pronto como sea posible una vez que el Oferente adjudicado haya suministrado su Garantía de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 44 de las IAO. 21.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar si: (a) un Oferente retira su oferta durante el período de validez de la oferta especificado por el Oferente en el Formulario de Oferta, salvo a lo estipulado en la Subcláusula 20.2 de las IAO; o; (b) si el Oferente seleccionado no: (i) firma el Contrato de conformidad con la Cláusula 43 de las IAO; (ii) suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 44 de las IAO. 21.6 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de una Asociación en Participación o Consorcio deberá ser emitido en nombre de la Asociación en Participación o Consorcio que presenta la oferta. Si dicha Asociación o Consorcio no ha sido legalmente constituido en el momento de presentar la oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá ser emitida en nombre de todos los futuros socios de la Asociación o Consorcio tal como se denominan en la carta de intención mencionada en el subpárrafo 7 del Formulario de Información sobre el Oferente, incluido en la Sección IV, Formularios de la Oferta. 21.7 Si en los DDL no se exige una Garantía de Mantenimiento de Oferta, y (a) un Oferente retira su Oferta durante el período de tiempo de validez señalado por él en la Carta de la Oferta, con excepción de lo dispuesto en la Subcláusula 20.2 de las IAO o (b) el Oferente seleccionado no firma el Contrato de conformidad con la Cláusula 43 de las IAO, o no suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 44 de las IAO; el Prestatario podrá, si así se dispone en los DDL, declarar al Oferente no elegible para la adjudicación de un contrato por parte del Contratante durante el período que se estipule en los DDL.

  • Vinculación a la totalidad Las condiciones pactadas en este convenio forman un todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas globalmente.