Salida Cláusulas de Ejemplo

Salida. 2.13.1 Llaves: 2.13.2 Hora de salida: a) El Residente debe notificar al Propietario de la fecha exacta de su marcha, al menos, 15 días antes de la expiración de su Contrato, si dicha fecha es diferente a la estipulada en el Contrato.
Salida. En la situación donde existan acciones/cuotas sociales de la firma en poder del Fideicomiso, éste tendrá la opción de salir de su posición accionaria o de socio, ante el ingreso de otro inversor, con prioridad frente a las acciones/cuotas sociales de los demás accionistas/socios. En el caso de una fusión con otra firma, el Fideicomiso podrá optar por ampliarse, como se explica en el punto 20, mantenerse con su capital inicial, o retirarse y que sus acciones/cuotas sociales sean compradas por el nuevo grupo para salir de la firma. A efectos de asegurar los derechos del Fideicomiso, se podrá acordar en el contrato respectivo, la obligación de la firma prestataria y sus accionistas de celebrar junto con la Fiduciaria acuerdos de sindicación; cesión de derechos de preferencia a favor de la Fiduciaria, o solicitar el depósito de las acciones bajo su custodia, así como cualquier otra acción relativa a asegurar el recupero de la financiación otorgada mediante la adquisición de acciones/cuotas sociales.
Salida. CUANDO SE RECIBAN LOS PAÑALES ABSORBENTES, SE AVISARÁ A TODAS LAS TRABAJADORAS QUE ESTÉN EN ACTIVO, PARA ORDENAR Y COLOCAR LAS CAJAS EN EL PATIO DEL SÓTANO. REPONER XXXXXXX XXXXXXXXX Y PAPEL HIGIENICO EN LAS ZONAS QUE CORRESPONDEN AL TURNO. SACAR LAS BASURAS GENERADAS A LOS CONTENEDORES PUBLICOS.
Salida. CUANDO SE RECIBAN LOS PAÑALES ABSORBENTES, SE AVISARÁ A TODAS LAS TRABAJADORAS QUE ESTÉN EN ACTIVO, PARA ORDENAR Y COLOCAR LAS CAJAS EN EL PATIO DEL SÓTANO.
Salida. El día de la salida indicada en el contrato, tendrá que liberar la parcela a las 12 :00 h y el alojamiento deberá dejarse libre antes de las 10 de la mañana y deberá entregarse en perfecto estado de limpieza, pudiendo verificarse el inventario, corriendo a cargo xxx xxxxxxxx todos los objetos rotos o deteriorados, así como la reparación de las infraestructuras, si fuese necesario. La fianza se devolverá al final de la estancia descontando las indemnizaciones pertinentes, con facturas justificativas, por los posibles desperfectos constatados en la verificación realizada a la salida. La retención de la fianza no excluye un resarcimiento adicional en caso de que los gastos fuesen superiores al importe de la fianza. Alojamientos: en caso de que en el momento de la salida el alojamiento no hubiera sido limpiado, se pedirá un suplemento de limpieza mínimo de 80 € IVA inc. En caso de salir fuera de hora, se podrá facturar un día adicional según el precio vigente de la noche.
Salida. 33.1 Modo de salida: Salida lanzada 33.2 Procedimiento de salida: A los participantes se les mostrarán las siguientes pancartas una vez que la parrilla de salida esté completa:  5 minutos  3 minutos - ¡los miembros del equipo deben abandonar la parrilla! (aún está permitida la permanencia de un miembro del equipo por coche)  1 minuto - se deben encender los motores (todos los miembros de equipos deben abandonar la parrilla inmediatamente)  30 segundos Los motores deberán encenderse al mostrarse la pancarta de un minuto. Cuando se muestre la bandera verde, los coches procederán a dar la vuelta de formación detrás del coche oficial y realizarán dos vueltas completas al circuito. Deberá mantenerse el orden de salida. No está permitido adelantar al coche oficial antes de que se de la señal de salida. Cualquier incumplimiento de estas condiciones/prescripciones tendrá como consecuencia una penalización a discreción del Director de Competición. El Director de Competición también podrá informar del incumplimiento a los CC.DD. para que impongan una penalización a su discreción. 33.3 El organizador tomará las medidas adecuadas para mantener la pista libre durante la vuelta de formación. Los participantes tienen prohibido reducir la velocidad a paso xx xxxxxx o detenerse en pista durante la vuelta de formación. 33.4 Se darán DOS vueltas de formación detrás del Coche Oficial. Durante la primera vuelta detrás del Coche Oficial está permitido calentar neumáticos. Durante la segunda vuelta detrás del Coche Oficial debe establecerse una formación de 2x2 limpia. Durante esta segunda vuelta detrás del Coche Oficial está prohibido realizar maniobras de zigzag y la distancia respecto al coche precedente no debe ser superior a la correspondiente a 3 coches. Al final de la segunda vuelta de formación y si el Director de Competición lo considera apropiado, dará instrucciones al Coche Oficial para retirarse de la pista. Cuando el Coche Oficial se haya retirado, el coche en la pole position será el responsable de mantener la velocidad hasta llegar a la línea de salida (aprox. 60 km/h). A partir de este momento se podrá dar la señal de salida. Los coches en la primera línea mantendrán la velocidad (de aprox. 60 km/h) hasta que la xxx XXXX se haya APAGADO. No está permitido adelantar hasta haber cruzado la línea de salida, siempre y cuando el semáforo ROJO se haya apagado. Cuando el semáforo ROJO esté APAGADO y se haya cruzado la línea de salida, se podrá adelantar a los demás ...
Salida. 1. Monopolar: al menos 2 (DOS) zócalos de salidas. 2. Bipolar: al menos 1 (UN) zócalo de salida.
Salida. La salida empieza cuando cualquiera de los ocupantes, da el primer paso para iniciar la evacuación, y finaliza cuando el último de los ocupantes sale de las instalaciones. El tiempo de salida, enmarcado en los dos parámetros anteriores, va a depender da varios factores como son la carga ocupacional, la capacidad y disposición de salidas como puertas, pasillos y escaleras, las distancias de recorrido y el entrenamiento. La evacuación deberá comenzar una vez escuchado la alarma por parte de los encargados de evacuación y de los brigadistas. La evacuación de las áreas deberá incluir una lista actualizada de los ocupantes que tienen impedimentos físicos, incluyendo a las personas que no pueden usar escaleras o vías de escapes debido a enfermedades temporales u otra incapacidad física. Los Coordinadores de evacuación deben asegurarse de que todas las personas de su grupo y áreas a cargo salgan al presentarse una evacuación. Por lo tanto, deberán revisar baños y las zonas poco frecuentadas y confiar sólo en la presencia física de los ocupantes, no en la voz de los mismos, que pudieran no encontrarse en condiciones de oír o estar temporalmente indispuestos o desmayados. Cuando en las instalaciones de la empresa se encuentran visitantes o personal ajeno a la misma, se debe fijar la responsabilidad de dirigir la evacuación de estas personas, sea por parte del empleado a quien están visitando o por los coordinadores de evacuación. Este cálculo se realizó mediante la fórmula desarrollada por K. Togawa: N D TS = ---------- + -------- A x K V Donde: TS = Tiempo de salida en segundos N = Número de personas A = Ancho de salida en metros K = Constante experimental: 1,3 personas/metro-segundo D = Distancia total de recorrido en metros N: 1 A = 0.50 Metros K = 1,3 personas/metro.seg D: 3 Metros V = 0,4 m/seg N: 3 A = 1 Metro K = 1,3 personas/metro.seg D: 5 Metros V = 0,4 m/seg Piso 4 1 3 9 Piso 8 3 5 14 Se suman, el tiempo más largo de cualquier número de pisos hasta la escalera + el tiempo más largo horizontal.

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  • CALIDAD “EL PROVEEDOR” deberá contar con la infraestructura necesaria, personal técnico especializado en el ramo, herramientas, técnicas y equipos adecuados para la prestación del servicio requerido, a fin de garantizar que el servicio objeto de este Contrato sea proporcionado con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a realizarlo a satisfacción de “LA SECRETARÍA” y con estricto apego a lo establecido en las cláusulas y el ANEXO ÚNICO del presente Contrato. “LA SECRETARÍA” se encargará de comprobar, supervisar y verificar la realización correcta y eficiente de la prestación del servicio objeto del presente contrato

  • Señalización INCISO: 2.1 Protocolo de señalización.

  • FINALIDAD PÚBLICA De acuerdo con el Art. 41°del ROF de la SUTRAN, la Gerencia de Prevención es “el órgano de línea encargado de fomentar una cultura de prevención y cumplimiento de la normativa en materia de transporte, de tránsito, servicios complementarios y de vehículos, en el ámbito de competencia de la SUTRAN; así como orientar a la ciudadanía sobre los servicios que presta la entidad”. En mérito de ello, tiene dentro de sus funciones específicas, coordinar y ejecutar las acciones establecidas en el Plan Anual de Prevención, Fiscalización, Seguimiento y Evaluación de la SUTRAN 2022. En el marco de la ejecución de las acciones del plan mencionado, se encuentra el desarrollo de diferentes actividades, acciones o programas que realiza la Gerencia de Prevención: SUTRAN Capacita Transportistas, Gobiernos Regionales, Locales o funcionarios públicos; así como; SUTRAN Capacita al Personal Operativo, SUTRAN Educa y la Promoción de la cultura Preventiva a usuarios o transportistas, dichas actividades se realizaron a través de capacitación, información o promoción a los diferentes públicos objetivos mediante el uso de la plataforma virtual o de forma Firmado digitalmentpe proer GsOeNnZAcLEiaS x. XXXXXXX Xxxxxx FAU 20536902385 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 04.10.2022 D15:e52:2i6g-0u5:a00l forma, según el MTC, AL 31 de diciembre de 2021, cuenta con 5.315 empresas de transporte de pasajeros y 163,593 empresas de transporte de carga, teniendo como universo a 168,908 empresas. De igual forma, según el Instituto Nacional de Estadísticas e Informática (INEI) al 11 de julio de 2021, el Perú alcanzo 33 millones 35,304 habitantes. La GP, desde su creación a la fecha realiza acciones de prevención a nivel nacional, las cuales implica la capacitación a distancia, presencial y mixta, así como el fomento a través de la sensibilización a conductores y orientación a los usuarios. Firmado digitalmente por XXXXXXX XXXXXXXXX Xxx Xxxxx FAU 20536902385 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 04.10.2022 18:32:24 -05:00 Así mismo, en nuestro país, según Boletín Estadísticos de Siniestralidad Vial I semestre 2020 de la Dirección de Seguridad Vial, los factores que intervinieron en siniestros viales fueron: factor humano con 19387 siniestros, representando el 73.6%; factor vehículo con 532 siniestros, 2.0%; factor infraestructura y entorno vial con 708 siniestros, 2.7%; y, no identifica y/o no tiene la certeza de determinar la causa con 5720 siniestros, 21.7%. En este sentido GP, realiza acciones orientadas al factor humano (administrados y usuarios del sistema de transporte), los cuales son actores principales, mediante la educación de la normativa de transporte terrestre, cultura preventiva, seguridad vial y otros temas que se encuentran vinculados a la prevención del incumplimiento de la normativa y como resultados los siniestros viales disminuyan. En este sentido, a inicios del 202 y debido al COVID-19, los programas presenciales de la GP tuvieron que ser reestructurados a fin que se realicen de forma digital, por lo que, a partir del 2022, con las nuevas medidas de bioseguridad ha permitido continuar con algunas actividades presenciales y seguir fortaleciendo las actividades virtuales. Es por ello, que con la presenta adquisición se dotara al personal GP con casaca con forro polar, necesarios para la continuidad de la actividades que coadyuven a la consecución de nuestras metas y resultado de gestión de la Gerencia de Prevención considerados en el POI y Plan Anual de Prevención, Fiscalización, Seguimiento y Evaluación de la SUTRAN 2022.

  • Plazo de Mantenimiento de Oferta Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de noventa (90) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura. La Entidad Contratante, excepcionalmente podrá solicitar a los Oferentes/Proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus Ofertas, con indicación del plazo. Los Oferentes/Proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus Ofertas, por lo cual la Entidad Contratante procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Seriedad de Oferta ya constituida. Aquellos que la consientan no podrán modificar sus Ofertas y deberán ampliar el plazo de la Garantía de Seriedad de Oferta oportunamente constituida.

  • Modalidades Contratos de duración determinada.

  • Otras modalidades de contratación 1. Los trabajadores y trabajadoras que formalicen contratos de duración determinada, por circunstancias de la producción o por interinidad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato corres- pondiente por expiración del tiempo convenido, a percibir una in- demnización de carácter no salarial por cese del 7% calculada so- bre el total de las retribuciones devengadas durante la vigencia del contrato, a excepción de los pluses extrasalariales. 2. También podrá concertarse el contrato de duración determi- nada previsto en el apartado 1.b) del artículo 15 del texto refundi- do de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, cuya duración má- xima será de doce meses en un período de dieciocho meses, computándose dicha duración desde que se produzca la causa que justifique su celebración. En tal supuesto, se considerará que se produce la causa que justifica la celebración del citado contra- to cuando se incremente el volumen de trabajo o se considere ne- xxxxxxx aumentar el número de personas que realicen un determi- nado trabajo o presten un servicio. 3. Las empresas afectadas por el presente Convenio podrán concertar con Empresas de Trabajo Temporal contratos de pues- ta a disposición, siempre que no tengan por objeto alguna de las ocupaciones, puestos de trabajo o tareas que expresamente se determinan en el Anexo VII del V Convenio General del Sector de la Construcción, y ello por razón de los riesgos para la seguridad y salud en el trabajo asociados a los mismos. A estos contratos les será de aplicación las disposiciones pre- vistas en el artículo 25, apartado 3, del V Convenio General del Sector de la Construcción, debiendo los trabajadores contratados para ser cedidos a empresas usuarias percibir las retribuciones económicas, fijas o variables, establecidas en el presente Conve- nio para el puesto de trabajo a desarrollar. Deberá incluir, en to- do caso, la parte proporcional correspondiente al descanso sema- nal, las pagas extraordinarias, los festivos y las vacaciones, sien- do responsabilidad de la empresa usuaria la cuantificación de las percepciones finales del trabajador. A tal efecto, dicha empresa usuaria deberá consignar las retribuciones a que se refiere este párrafo en el contrato de puesta a disposición del trabajador. Cuando el contrato se haya concertado por tiempo determina- do el trabajador tendrá derecho, además, a recibir una indemniza- ción económica a la finalización del contrato de puesta a disposi- ción equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resul- taría de abonar una indemnización por cese del 7 por ciento cal- culada sobre todos los conceptos salariales de las tablas del con- venio aplicable devengados durante la vigencia del contrato. En este caso la indemnización podrá ser prorrateada durante la vi- gencia del contrato.

  • Encabezados Las Partes convienen en que los encabezados que aparecen al inicio de cada una de las cláusulas que conforman este Contrato se han insertado única y exclusivamente para facilitar su lectura y manejo, motivo por el cual, no se considerará en ningún caso que definan o limiten las obligaciones de las cláusulas.

  • MODALIDAD La forma de adjudicación del contrato que se aplicará a este pliego será la de licitación pública mediante anuncio publicado en la página Web de la SEGIB, de acuerdo al régimen de procedimiento de contratación vigente en la SEGIB, pudiendo presentar proposiciones todas aquellas personas jurídicas que lo deseen, en los términos previstos en la resolución de convocatoria en este pliego de cláusulas administrativas y en el de prescripciones técnicas.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura, salvo que en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares se fijara un plazo diferente. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido o el que se establezca en el pertinente pliego particular se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura. El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta. Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 21.1 El Oferente deberá presentar como parte de su oferta una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si así se estipula en los DDL. 21.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá expedirse por la cantidad especificada en los DDL y en la moneda del país del Comprador o en una moneda de libre convertibilidad, y deberá: (a) a opción del Oferente, adoptar la forma de una carta de crédito, o una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una fianza emitida por una aseguradora; (b) ser emitida por una institución de prestigio seleccionada por el Oferente y ubicada en un país elegible. Si la institución que emite la garantía está localizada fuera del país del Comprador, deberá tener una sucursal financiera en el país del Comprador que permita hacer efectiva la garantía; (c) estar sustancialmente de acuerdo con alguno de los formularios de la Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección IV, Formularios de la Oferta, u otro formulario aprobado por el Comprador con anterioridad a la presentación de la oferta; (d) ser pagadera a la vista ante solicitud escrita del Comprador en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 21.5 de las IAO; (e) ser presentada en original; no se aceptarán copias; (f) permanecer válida por un período de 28 días posteriores a la fecha límite de la validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 20.2 de las IAO; 21.3 Si la Subcláusula 21.1 de las IAO exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, todas las ofertas que no estén acompañadas por una Garantía que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Comprador por incumplimiento. 21.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas tan pronto como sea posible una vez que el Oferente adjudicado haya suministrado su Garantía de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 44 de las IAO. 21.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar si: (a) un Oferente retira su oferta durante el período de validez de la oferta especificado por el Oferente en el Formulario de Oferta, salvo a lo estipulado en la Subcláusula 20.2 de las IAO; o; (b) si el Oferente seleccionado no: (i) firma el Contrato de conformidad con la Cláusula 43 de las IAO; (ii) suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 44 de las IAO. 21.6 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de una Asociación en Participación o Consorcio deberá ser emitido en nombre de la Asociación en Participación o Consorcio que presenta la oferta. Si dicha Asociación o Consorcio no ha sido legalmente constituido en el momento de presentar la oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá ser emitida en nombre de todos los futuros socios de la Asociación o Consorcio tal como se denominan en la carta de intención mencionada en el subpárrafo 7 del Formulario de Información sobre el Oferente, incluido en la Sección IV, Formularios de la Oferta. 21.7 Si en los DDL no se exige una Garantía de Mantenimiento de Oferta, y (a) un Oferente retira su Oferta durante el período de tiempo de validez señalado por él en la Carta de la Oferta, con excepción de lo dispuesto en la Subcláusula 20.2 de las IAO o (b) el Oferente seleccionado no firma el Contrato de conformidad con la Cláusula 43 de las IAO, o no suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 44 de las IAO; el Prestatario podrá, si así se dispone en los DDL, declarar al Oferente no elegible para la adjudicación de un contrato por parte del Contratante durante el período que se estipule en los DDL.